58478560 principios-y-situacion-del-control-y-las-sanciones-en-el-peru-funciones-de-fics-odc is
1. Funciones de la Fiscalía Suprema
de Control Interno (FSCI) y
Oficinas Desconcentradas del
Control Interno (ODCIs)
Raúl Callirgos
2. • La Fiscalía Suprema de Control Interno
(FSCI) es el órgano encargado del control
disciplinario y de la evaluación permanente
de los Fiscales de todas las instancias, con
excepción de los Fiscales Supremos.
• A su vez, se encarga de la investigación de
los delitos cometidos en el ejercicio de la
función por los Fiscales y Jueces, a
excepción de los Magistrados Supremos.
Escuela Nacional
3. Escuela Nacional
Procesar las quejas y
reclamos contra los
fiscales y auxiliares
fiscales.
Aplicar las medidas
disciplinarias de
apercibimiento, multa o
suspensión.
Proponer la destitución de
fiscales y auxiliares fiscales.
4. Para el desarrollo de sus funciones, la FSCI
cuenta con los siguientes órganos:
• Una Fiscalía Suprema Central de Control
Interno, con sede en Lima y con competencia
en todo el territorio nacional.
• Oficinas Desconcentradas de Control Interno
(ODCIs), con competencia en el ámbito de los
Distritos Judiciales, según corresponda.
Escuela Nacional
5. • La Fiscalía Suprema de Control Interno, es el órgano del
Ministerio Público encargado del control disciplinario y de la
evaluación en forma permanente, del desempeño de las
funciones que son de competencia de los fiscales; actúa en
el marco de la mejora continua de los niveles de eficiencia,
transparencia y probidad en el servicio que brinda como parte
sustancial del Sistema de impartición de justicia.
• Otra de sus funciones relevantes, en la competencia a nivel
nacional, en la conducción de las investigaciones de las
conductas punibles en las que incurren los Fiscales y Jueces,
cometidas en el ejercicio de sus funciones; en las mismas
actúa a nivel preliminar basada en la sospecha simple de la
presunta comisión de delitos, buscando los indicios
corroborantes de la hipótesis primaria planteada.
Escuela Nacional
6. • Cuenta con la Oficina de Atención al Usuario, que se
constituye en una unidad encargada de orientar al público
usuario en la presentación de sus quejas y denuncias contra
magistrados del Ministerio Público y del Poder Judicial y,
excepcionalmente, resuelve en forma inmediata los reclamos
que no ameritan investigación disciplinaria.
• La transparencia de sus actos como Fiscales de Control se
evidencia a través del conocimiento de las actividades y
resoluciones que se informen en su página web; una activa
participación, de los usuarios del sistema, en los servicios y
funciones que presta la Fiscalía Suprema de Control Interno,
consolida su labor como órgano tutelar de los derechos
ciudadanos.
Escuela Nacional
7. • En cada Distrito Judicial funciona una Oficina
Desconcentrada de Control Interno, la que
tiene como jefe a un Fiscal Superior. El Fiscal
Supremo de Control Interno puede proponer a
la Junta de Fiscales Supremos la creación y/o
fusión de dos o más Oficinas
Desconcentradas de Control Interno, según
las necesidades de los usuarios.
Escuela Nacional
8. Escuela Nacional
1. AMAZONAS
2. ANCASH
3. APURIMAC
4. AREQUIPA
5. AYACUCHO
6. CAJAMARC
A
7. CALLAO
8. CUSCO
9. HUANCAVELIC
A
10. HUANUCO
-PASCO
11. ICA - CAÑETE
12. HUAURA
13. JUNIN
14. LA LIBERTAD
-SANTA
15. LAMBAYEQUE
16. LIMA
17. LIMA NORTE
18. LIMA SUR
19. LORETO
20. MADRE DE
DIOS
21. MOQUEGUA -
TACNA
22. PIURA -
TUMBES
23. PUNO
24. SAN MARTIN
25. UCAYALI
9. 1. Planificar y organizar el trabajo de la Oficina
Desconcentrada de Control Interno a su cargo, así
como efectuar evaluaciones semestrales de la
labor realizada dando cuenta de los resultados a
la Oficina Central.
2. Conocer de las quejas y/o denuncias propias de
Escuela Nacional
su competencia.
3. Programar las visitas a las diferentes fiscalías de
su jurisdicción.
4. Planificar y ejecutar en el ámbito territorial de su
competencia, las acciones destinadas a la
erradicación de la corrupción en la administración
de justicia.
10. 5. Iniciar investigación por mandato de la Oficina
Central de Control Interno, o de oficio cuando
tome conocimiento de irregularidades cometidas
en el ejercicio de la función.
6. Imponer en primera instancia, las sanciones de
Escuela Nacional
amonestación, multa y suspensión.
7. Proponer a la Oficina Central la medida de
abstención en el ejercicio de la Función Fiscal; así
como la sanción definitiva de destitución, cuando
fuere aplicable en los casos bajo su conocimiento.
8. Las demás que señale la ley.
11. Puede dar lugar a la presentación de una queja
cualquier:
Escuela Nacional
• Irregularidad,
• Acto de Corrupción, o
• Inconducta Funcional;
de un fiscal o auxiliar fiscal en el marco de un
proceso judicial de cualquier naturaleza.
12. Escuela Nacional
• Por escrito
– En la sede de la FSCI o las
ODCIs
• A través del teléfono
– 0801-00455 (llamada
gratuita)
• A través de un acta:
– En el caso de las quejas
verbales
13. 1. Datos de la persona que presenta la
Escuela Nacional
queja.
2. Datos de la persona contra la cual se
dirige la queja (fiscales o auxiliares
fiscales).
3. Datos del expediente o del proceso a
propósito del cual se presenta la
queja.
4. Hechos denunciados y fundamentos.
5. Medios probatorios.
Notas del editor
La Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial es el órgano de control de este poder del Estado, que tiene por función investigar la conducta de los magistrados y auxiliares jurisdiccionales (con excepción de los vocales supremos).
Para el desarrollo de sus funciones, la OCMA cuenta con los siguientes órganos:
Una Oficina Central de Control de la Magistratura, con sede en Lima y con competencia en todo el territorio nacional.
Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura (ODECMAs), con competencia en el ámbito de cada Corte Superior.
El Órgano de Dirección de la OCMA es la Jefatura Suprema de Control, que se encuentra a cargo de un Vocal Supremo Titular, elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, por un plazo improrrogable de tres años y cuya función es a dedicación exclusiva.
Su competencia se extiende a todo el territorio nacional.
Puede dar lugar a la presentación de una queja cualquier irregularidad, acto de corrupción o inconducta funcional de un magistrado o auxiliar jurisdiccional en el marco de un proceso judicial de cualquier naturaleza (civil, penal, constitucional, laboral, contencioso-administrativo, etc.).
Por escrito
En la sede de la OCMA o las ODECMAS
A través del teléfono
0800-12121 (llamada gratuita)
A través de correo electrónico:
[email_address]
A través de un acta:
En el caso de las quejas verbales
Requisitos para presentar una queja:
Datos de la persona que presenta la queja.
Datos de la persona contra la cual se dirige la queja (magistrados o auxiliares jurisdiccionales).
Datos del expediente judicial o del proceso a propósito del cual se presenta la queja.
Hechos denunciados y fundamentos.
Medios probatorios.