2. Escuela Nacional
• La Oficina de Control
de la Magistratura del
Poder Judicial (OCMA)
es el órgano
disciplinario de este
poder del Estado, que
tiene por función
investigar la conducta
de los magistrados y
auxiliares
jurisdiccionales (con
excepción de los
vocales supremos).
3. Escuela Nacional
Procesar las quejas y
reclamos contra los
magistrados y auxiliares
jurisdiccionales.
Aplicar las medidas
disciplinarias de
apercibimiento, multa o
suspensión.
Proponer la destitución de
magistrados y auxiliares
jurisdiccionales.
4. Para el desarrollo de sus funciones, la OCMA
cuenta con los siguientes órganos:
• Una Oficina Central de Control de la
Magistratura, con sede en Lima y con
competencia en todo el territorio nacional.
• Oficinas Desconcentradas de Control de la
Magistratura (ODECMAs), con competencia
en el ámbito de cada Corte Superior.
Escuela Nacional
5. Escuela Nacional
• Es el Órgano de Dirección
de la OCMA, que se
encuentra a cargo de un
Vocal Supremo Titular,
elegido por la Sala Plena
de la Corte Suprema de
Justicia, por un plazo
improrrogable de tres años
y cuya función es a
dedicación exclusiva. Su
competencia se extiende
todo el territorio nacional.
6. • Estas oficinas tienen competencia en el ámbito de
cada Corte Superior y se encuentran bajo la
dirección de magistrados que realizan labores de
control.
Escuela Nacional
7. • La Oficina de Control de la Magistratura y sus
Oficinas Desconcentradas se encargan de
velar por los derechos de los usuarios del
Poder Judicial. Por ello, investiga y sanciona
actos irregulares garantizando así, un proceso
judicial transparente, imparcial y en los plazos
establecidos por la ley.
• Las ODECMAS funcionan en cada uno de los
distritos judiciales.
Escuela Nacional
8. a. Disponer y practicar operativos de control
Escuela Nacional
frente a una denuncia.
b. Abrir investigaciones inmediatas por mandato
de la Jefatura de la OCMA, cuando exista
una queja escrita o verbal y cuando tome
conocimiento de actos, hechos y
circunstancias que por su naturaleza
constituyen indicios de irregular conducta
funcional de parte de los magistrados y
auxiliares jurisdiccionales.
9. d. Realizar visitas judiciales a los juzgados e
inspecciones de manera sorpresiva o a
pedido de algún usuario, sin necesidad de
aviso previo.
e. Investigar y sancionar casos de corrupción
cometidos por magistrados y personal
jurisdiccional.
Escuela Nacional
10. Puede dar lugar a la presentación de una queja
cualquier:
Escuela Nacional
• Irregularidad,
• Acto de Corrupción, o
• Inconducta Funcional;
de un magistrado o auxiliar jurisdiccional en el
marco de un proceso judicial de cualquier
naturaleza (civil, penal, constitucional, laboral,
contencioso-administrativo, etc.).
11. La OCMA puede imponer
medidas de
apercibimiento,
multa y suspensión
Escuela Nacional
Magistrados
las
La destitución es una
decisión
que corresponde adoptar al
Consejo Nacional de la
Magistratura, a propuesta
de la OCMA
12. La OCMA puede imponer las
medidas de apercibimiento,
multa y suspensión
Escuela Nacional
Auxiliares
JurisdiccionalesL
a destitución es una decisión
que corresponde adoptar al
Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial, a propuesta
de la OCMA
13. Escuela Nacional
• Por escrito
– En la sede de la OCMA o las
ODECMAS
• A través del teléfono
– 0800-12121 (llamada gratuita)
• A través de correo electrónico:
– ocmapj@pj.gob.pe
• A través de un acta:
– En el caso de las quejas
verbales
14. 1. Datos de la persona que presenta la
Escuela Nacional
queja.
2. Datos de la persona contra la cual se
dirige la queja (magistrados o
auxiliares jurisdiccionales).
3. Datos del expediente judicial o del
proceso a propósito del cual se
presenta la queja.
4. Hechos denunciados y fundamentos.
5. Medios probatorios.
Notas del editor
La Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial es el órgano de control de este poder del Estado, que tiene por función investigar la conducta de los magistrados y auxiliares jurisdiccionales (con excepción de los vocales supremos).
Para el desarrollo de sus funciones, la OCMA cuenta con los siguientes órganos:
Una Oficina Central de Control de la Magistratura, con sede en Lima y con competencia en todo el territorio nacional.
Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura (ODECMAs), con competencia en el ámbito de cada Corte Superior.
El Órgano de Dirección de la OCMA es la Jefatura Suprema de Control, que se encuentra a cargo de un Vocal Supremo Titular, elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, por un plazo improrrogable de tres años y cuya función es a dedicación exclusiva.
Su competencia se extiende a todo el territorio nacional.
Estas oficinas tienen competencia en el ámbito de cada Corte Superior y se encuentran bajo la dirección de una Jefatura Desconcentrada de Control.
Puede dar lugar a la presentación de una queja cualquier irregularidad, acto de corrupción o inconducta funcional de un magistrado o auxiliar jurisdiccional en el marco de un proceso judicial de cualquier naturaleza (civil, penal, constitucional, laboral, contencioso-administrativo, etc.).
En el caso de los magistrados, la OCMA puede imponer las medidas de apercibimiento, multa y suspensión. La destitución es una decisión que corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura, a propuesta de la OCMA.
Es pertinente señalar que en el caso de los auxiliares jurisdiccionales, la OCMA puede imponer las medidas de apercibimiento, multa y suspensión. La destitución es una decisión que corresponde adoptar al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a propuesta de la OCMA.
Por escrito
En la sede de la OCMA o las ODECMAS
A través del teléfono
0800-12121 (llamada gratuita)
A través de correo electrónico:
[email_address]
A través de un acta:
En el caso de las quejas verbales
Requisitos para presentar una queja:
Datos de la persona que presenta la queja.
Datos de la persona contra la cual se dirige la queja (magistrados o auxiliares jurisdiccionales).
Datos del expediente judicial o del proceso a propósito del cual se presenta la queja.
Hechos denunciados y fundamentos.
Medios probatorios.