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Educar es un arte superior. No moldea arcilla,
moldea personas. Gana en inmortalidad a una melodía
musical, a una obra pictórica, a una composición literaria…
estas proceden de sentimientos inspiradores plasmados
por un alma de artista. Educar es amar. Y el amor
procede de Dios... artista supremo.
María Teresa Sancho, D.M.S.F. (2007)
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ACUERDOS DE CONVIVENCIA
ESCOLAR Y COMUNITARIA
4
ACUERDOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR YCOMUNITARIA
TÍTULO I
Disposiciones Fundamentales
La presente normativa se basa en la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela (2000), ley Orgánica de Educación (2009) y su Reglamento General
(2003), la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente (LOPNA
2007), la Gaceta Municipal del Municipio Chacao (2004) y demás organismos
disposiciones que dicte el ejecutivo en uso de sus atribuciones.
1. Objeto y Finalidad:
Los presentes Acuerdos Internos de Convivencia Escolar y comunitaria
tienen por objeto regular la organización y funcionamiento de la U.E. Colegio Santo
Domingo de Guzmán, así como establecer las normas de convivencia para todo el
alumnado y una educación integral de la más alta calidad que contribuya a su
formación, de forma tal de mantener en la convivencia escolar los principios de
igualdad y participación con la finalidad de velar por el cumplimiento de los deberes
y derechos colectivos del niño y del adolescente.
2. Ámbito de Aplicación:
En la elaboración o reforma de los Acuerdos de Convivencia Escolar y
Comunitaria se deberá tomar en cuenta los principios de igualdad y no discriminación
(Art. 3), prioridad absoluta (Art. 7) el interés superior del niño (Art. 8) y demás
disposiciones contenidas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y
Adolescentes relativa a los derechos de Educación (Art 53) y participación (Art. 81).
La aplicación del presente Acuerdo establece líneas de acción de carácter obligatorio
para todas las instancias de la comunidad educativa del Colegio Santo Domingo de
Guzmán y pone límite a la discrecionalidad de sus acciones.
5
TÍTULO II
De la Denominación, Objeto, Estructura
CAPÍTULO I
Del Nombre, Objetivo y Organigrama
Esta institución es el lugar de encuentro de una Comunidad Educativa
Cristiana cuya congregación está enraizada en la orden de predicadores, fundada por
Domingo de Guzmán (1170 – 1220) de quien las Dominicas Misioneras de la
Sagrada Familia toman el nombre para fundar dicha centro educativo.
Objetivo:
Desarrollar procesos educativos integrales de calidad fundamentada en los
valores del evangelio para crear agentes dinamizadores de cambio que promueva la
justicia, el trabajo, la participación y la solidaridad.
CAPÍTULO II
Naturaleza y Fines
La Unidad Educativa Colegio Santo Domingo de Guzmán se constituye en
una institución educativa sin fines de lucro, dedicada a la formación humano cristiana
del niño, niña y adolescente que propugna como valores superiores de su
ordenamiento jurídico y de su actuación: la vida, libertad, justicia, igualdad,
solidaridad, democracia y responsabilidad social.
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TÍTULO III
De los Derechos, Garantías, Deberes y Responsabilidad de los Integrantes del
Colegio.
CAPÍTULO I
De los Alumnos y Alumnas
Todos los alumnos/as de la institución gozan de los derechos y garantías
establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley
Orgánica de Educación con su Reglamento General, la Ley Orgánica para la
Protección del Niño, Niña y Adolescente y otras disposiciones que dicten las
autoridades competentes.
Derechos y Garantías:
1. Derecho a una educación integral y de calidad permanente, en igualdad de
condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus
aptitudes, vocación y aspiraciones. (Art. 103 de la Constitución)
2. Derecho a recibir una formación que asegure que responda a los fines
generales que persigue el estado venezolano. Derecho a ser informado y a
participar libre, activa y plenamente en su propio proceso educativo y en todos
los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas,
recreacionales, deportivas, sociales y culturales. (Art. 68 LOPNA)
3. Derecho a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de
plena objetividad.
4. Derecho a que se respete su libertad de conciencia así como sus convicciones
religiosas y morales, de acuerdo con la constitución, Ley Orgánica para la
Protección del Niño, Niña y Adolescente.
5. Derecho a que se respete su integridad y dignidad personal.
6. Derecho a presentar o dirigir peticiones al personal directivo, docente,
administrativo, obrero, padres, madres, representantes y a cualquier otra
instancia y a obtener oportuna y adecuada respuesta.
7
7. Derecho al debido proceso y a la defensa.
8. Derecho a ser atendido justa y oportunamente por las autoridades educativas y
por los directivos de la comunidad educativa.
9. Derecho de elegir y ser elegido en las asociaciones de estudiantes, de
conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico, el presente
reglamento interno y si fuera el caso de los reglamentos especiales.
10. Derecho a ser orientado en sus problemas personales, académicos y en su
conducta personal.
11. Derecho a mantener su inscripción en la institución siempre que cumpla con
los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento jurídico
venezolano y el presente reglamento interno, salvo cuando los padres y
representantes manifiesten su voluntad de retirarlos.
12. Derecho a ser respetado por todas las personas que forman la institución
educativa. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de
forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.
13. Derecho a defender sus derechos por sí mismos.
14. Derecho a utilizar el local, mobiliario, útiles de enseñanza y demás elementos
de la dotación material del plantel, de acuerdo a los fines que se les destina y
a las normas correspondientes.
Responsabilidades y Deberes:
Las normas conllevan a una convivencia armónica dentro de nuestra
Institución, para así lograr los objetivos propuestos y un mejor desempeño de nuestra
labor, por ello el alumnado tendrá dentro de la Comunidad Educativa los siguientes
deberes:
1. Asistir regularmente y puntualmente a todas las actividades escolares y de la
institución educativa con el material y los útiles necesarios. La entrada es a las
7:25 am para todos los niveles. En caso de retardo injustificado se permitirán tres
(3) pases por Lapso, una vez expirado el tercero se le informará al representante
por escrito, con el cuarto pase se citará al representante para dialogar sobre la
situación consuetudinaria de llegar tarde a la institución. (Art. 54º de la LOPNA).
8
De seguir ocurriendo la impuntualidad se llevaran los recaudos a la
Defensoría Educativa quien manejará la situación.
La hora de salida para el nivel preescolar es a las 12:30 pm y para el resto de
los niveles es a la 1:15 pm.
2. Permanecer en la institución educativa, durante todo el horario de actividades
escolares, salvo los casos en que esté permitido ausentarse con autorización
previa, escrita y por razones justificadas de sus padres, madres, representantes o
responsables y de la coordinación respectiva. Ningún/a alumno/a puede salir
del aula sin la autorización del/la profesor/a.
3. La asistencia de los alumnos y alumnas a clase es obligatoria. Se requerirá un
porcentaje mínimo de asistencia para optar a la aprobación del grado, área,
asignatura o similar de setenta y cinco por ciento (75 %) (Art. 109º Reglamento de
la Ley Orgánica de Educación). Cada docente en su área llevará un registro de
asistencia de los mismos e informará al docente Guía los casos donde exista
inasistencias reiteradas, a los fines de que se tomen las previsiones a que hubiera
lugar.
Aquellos alumnos y alumnas que aparezcan insistentes en días y horas
anteriores sin justificativo correspondiente del representante, tendrá que asistir al
plantel con su representante para aclarar la situación.
En caso de enfermedad del alumno y/o alumna, el Representante deberá
consignar en la coordinación respectiva la constancia médica original. El
coordinador informará a los Docentes para que se le fije la fecha de evaluaciones
que el alumno(a) pudiera haber perdido durante el período de reposo.
4. Vestir el traje escolar conforme a las siguientes instrucciones:
a. Todos/as deben llevar la camisa o chemise (de acuerdo al nivel al cual
pertenecen) por dentro del pantalón o la falda.
b. El pantalón y la falda escolar (a la rodilla) deben ser de color azul oscuro. Los
varones llevarán correa negra.
c. El sweters debe ser de color azul oscuro llevando solamente el logotipo del
Colegio.
d. El distintivo del Colegio debe ir cosido del lado izquierdo de la camisa o
chemise y sweater.
9
e. Los zapatos deben ser negros (colegiales) En el caso de las alumnas el
tacón del zapato debe ser bajo y las medias blancas debajo de las rodillas.
f. El traje de deporte debe ser un mono escolar de color azul oscuro (sin rayas
laterales), con la franela deportiva del Colegio por dentro del mono y zapatos
deportivos blancos o negros.
g. Los/as alumnos/as deberán presentarse en el Colegio correctamente
vestidos/as y aseados/as.
h. El/la alumno/a debe respetar al traje escolar fuera del Plantel, evitando
actitudes inadecuadas.
i. Las alumnas no deberán presentarse con maquillaje al Colegio, ni usar
accesorios llamativos como más de una cadena, pircing, pañoletas u otro que
distorsione el uso del traje escolar.
j. El corte de cabello de los varones deberá ser acorde con el de un estudiante,
con el corte y estilo de peinado clásico de caballero: abstenerse de usar
cabello largo, peinado tipo erizo o con pinchos, barba y/o bigote.
5. Mantener el orden y la disciplina dentro y fuera del aula.
6. Cumplir las disposiciones y órdenes dictadas por las autoridades educativas del
Plantel.
7. Mantener en todos los integrantes de la institución educativa, relaciones
personales que se caractericen por; la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la
cooperación y la amabilidad.
8. No interrumpir, perturbar u obstaculizar injustificadamente el normal desarrollo
de las actividades escolares.
9. No está permitido el consumo de ningún tipo de alimentos o golosinas durante
las horas de clase. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias
estupefacientes o psicotrópicas dentro de las instalaciones del Plantel y sus
adyacencias, de igual forma está prohibido la tenencia de las mismas.
10. En las horas de clases no ésta permitido el uso de material que entorpezca el
normal desarrollo de las actividades escolares (juguetes, walkman, MP3, radios
reproductores, barajitas, revistas, celulares, cámaras, etc.). El/la alumno/a es el/la
único/a responsable de los objetos que traiga al Colegio.
11. No está permitido traer videojuegos al colegio.
10
12. Durante los recesos, todos/as los/as alumnos/as deben estar en los patios
de recreo.
13. El/la alumno/a debe asistir y participar de las actividades programadas para su
formación integral: paseos, convivencias, retiros, etc.
14. Los alumnos/as no deben permanecer en las afueras y/o alrededores del
colegio (a más de 150 metros) a la hora de la salida.
15. No está permitido traer pelotas y balones al Colegio.
16. Acceder a la Cantina Escolar sólo dentro del horario establecido para cada
subsistema, siendo para el nivel preescolar a las 8: 30 am, primaria a las 8:45 am
y bachillerato a las 9:00. Salvo los días de convivencia o paseos con previa
autorización del docente encargado.
17. Cumplir con los deberes referidos en el Artículo 93 de la LOPNA:
a. Honrar a la patria y a sus símbolos;
b. Respetar, cumplir y obedecer todas las disposiciones del ordenamiento
jurídico y las órdenes legítimas que, en la esfera de sus atribuciones,
dicten los órganos del poder público;
c. Respetar los derechos y garantías de las demás personas;
d. Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes o responsables,
siempre que sus órdenes no violen sus derechos y garantías o
contravengan al ordenamiento jurídico;
e. Ejercer y defender activamente sus derechos;
f. Cumplir sus obligaciones en materia de educación;
g. Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas;
h. Conservar el medio ambiente;
i. Cualquier otro deber que sea establecido en la ley.
RECONOCIMIENTOS:
Con el fin de recompensar la conducta, laboriosidad, cooperación y cualidades
sobresalientes del alumnado, los/as docentes y/o la Dirección del Colegio
establecerán los correspondientes reconocimientos teniendo en cuenta los resultados
11
de las evaluaciones periódicas y el criterio de los/as Docentes, con el fin de que
ninguna acción que lo merezca quede sin reconocimiento.
FALTAS:
Se entiende por “falta” el quebrantamiento de una norma u orden establecido,
de forma que se dificulte o entorpezca el proceso educativo individual o colectivo.
NATURALEZA DE LAS FALTAS
Se establecen los siguientes grados de falta:
 Leves.
 Graves.
SE CONSIDERAN FALTAS LEVES:
Los alumnos y alumnas incurren en falta leve cuando:
1. Llega a clase con retardo.
2. No cumplir con sus obligaciones en materia de educación.
3. Conversar en clases. Interrumpir, perturbar u obstaculizar injustificadamente
el normal desarrollo de las actividades escolares.
4. Indisciplina dentro del Plantel. (Aulas, canchas deportivas, pasillos, etc.)
5. Ingerir alimentos o golosinas durante las horas de clase y dentro de las
canchas deportivas.
6. Sacar o usar cualquier material que entorpezca el normal desarrollo de las
actividades escolares (juguetes, walkman, MP3, radios reproductores,
barajitas, revistas, celulares, videojuegos, cámaras, etc.).
7. Traer pelotas y/o balones al Colegio.
8. Incumplimiento del horario para el uso de la cancha deportiva.
9. Irrespetar los derechos y garantías de las demás personas.
12
10. Falta de colaboración en la conservación, limpieza y mantenimiento,
dentro de los límites de sus responsabilidades del local, mobiliario y cualquier
otro material de la Institución Educativa, especialmente, de su aula de clase.
11. Lanzar desperdicios en cualquier área del Plantel.
12. No usar el traje escolar establecido, salvo en los casos en que ello sea
imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas. Llevar la
chemise o franela de deporte por fuera del pantalón o mono.
13. Asistir con maquillaje al plantel.
14. Tener un corte o peinado no permitido.
15. Irrespetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas de
algún miembro de la comunidad educativa, o del personal docente,
administrativo u obrero del plantel.
16. Emplear un lenguaje inapropiado.
17. Permanecer en las aulas, laboratorios o pasillos durante los recesos sin
autorización.
18. No realizar la formación en columna durante el himno nacional y del Colegio;
en la hora de la entrada y la salida, respetando la distancia entre cada
estudiante y en silencio.
SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES:
Los alumnos y alumnas incurren en falta grave en los casos siguientes:
1. Incumplimiento reiterado de una falta leve.
2. Cuando cometan actos violentos de hecho o de palabra contra cualquier
miembro de la comunidad educativa, o del personal docente, administrativo u
obrero del plantel.
3. Cuando provoquen desórdenes durante la realización de cualquier prueba de
evaluación o participen en hechos que comprometan su eficacia.
4. Cuando deterioren o destruyan en forma voluntaria los locales, dotaciones y
demás bienes del ámbito escolar.
5. Faltar a clases sin justificación.
6. Irrespeto a las normas de la moral y buenas costumbres.
13
7. Falsificar firmas y documentos. Destruir comunicados que sean enviados
al representante.
8. Hurtar bienes, exámenes y/o material para la evaluación de alumnos(as).
9. Ingerir bebidas alcohólicas.
10. Consumo, tráfico o tenencia de sustancias prohibidas.
11. Introducir objetos prohibidos al Plantel (cortantes, punzantes, detonantes,
materiales inflamables, armas, navajas, etc.)
12. Irrespetar a la patria y a sus símbolos. (Artículo 93 de la LOPNA)
Procedimiento para la aplicación de medidas socio-educativas por
incurrir en falta leve:
1. Faltas Leves:
 Corrección o advertencia verbal al alumno/a.
 Amonestación verbal, informando sobre la falta cometida.
 Actuación diaria del alumno o alumna.
 Comunicación escrita al representante informando el número de faltas
acumuladas por su representado/a.
 Citación a los padres y/o representantes, firma conjunta de acta
compromiso, en la que se incluirán las recomendaciones para la familia.
 Aplicación de medidas Socio-educativa. (Disposiciones Transitorias N° 10
LOE).
Las medidas socio educativas son producto de la mediación y conciliación que
adopten los integrantes de la comunidad educativa resguardando siempre el derecho a
la educación y a la legislación de protección a niños, niñas y adolescentes
(Disposiciones Transitorias N° 10 LOE). Entre ellas se cuentan:
 Asignación y cumplimiento de una labor social dentro del plantel.
 Desarrollo de un tema ante el alumnado asignado, el cual debe trabajar el
valor humano-cristiano vulnerado en la falta cometida.
14
Es importante destacar que toda llamada de atención realizada al estudiante de
forma oral o escrita, amonestación, así como las notificaciones al representante,
deben quedar reseñadas en los registros descriptivos del docente.
El Artículo 54 de la LOPNA, señala la obligación de los padres,
representantes o responsables a “participar activamente” en el proceso educativo, el
Artículo 55 le confiere el derecho. Por lo tanto la escuela tiene la obligación de velar
por el cumplimiento de esto, incorporando a los padres y/o representantes a las
distintas actividades programadas y orientarlos en el proceso.
Descripción de los pasos a seguir ante una falta leve:
a) Se conversa con el alumno(a) de la conducta presentada utilizando la
mediación y el manejo de conflicto. Esta puede ser de forma grupal apelando
a los acuerdos de convivencia escolar y comunitaria.
b) Se conversa con el alumno(a) por segunda vez, utilizando la mediación,
recordando el compromiso dado por él y negociar nuevamente si es necesario.
Aclarar dudas. Esta puede ser individual o grupal.
c) Se conversa con el alumno(a) por tercera vez, utilizando la mediación. Esta
puede ser individual o grupal. Se le informa al alumno(a) que de presentarse
nuevamente esta conducta se aplicará una amonestación escrita a través del
formato: ACTUACIÓN DIARIA, en la cual se le hará la observación al
representante de las veces que se ha abordado la conducta en el aula,
mediando con su representado y no ha cumplido con los acuerdos. Se le pide
al representante trabajar en el hogar dicha conducta. Esta deberá estar firmada
y ser archivada por la docente guía en la carpeta del alumno.
d) A la cuarta vez de presentarse la misma conducta se entrega la ACTUACIÓN
DÍARIA. Se debe llevar registro de la misma indicando la fecha (registro
anecdótico o descriptivo del docente, y en la hoja de diario del salón o el
15
registro de situación, a partir de 1° grado de primaria) y pedirla
obligatoriamente al siguiente día firmada por el representante, si no la trae
enviar una nota indicando la situación al representante y comunicar al niño
que de no traer la amonestación firmada al segundo día, se debe enviar al
estudiante a la Coordinación respectiva.
e) Si aún con el cumplimiento de estos pasos el alumno(a) manifiesta
nuevamente la misma conducta se refiere a la Coordinación Pedagógica
respectiva. Allí se seguirá con el procedimiento administrativo que amerite la
situación. (Ver pasos para aplicar procedimiento administrativo, pág. 23ss)
2. Faltas Graves:
Si la falta que manifieste el alumno(a) es grave, se refiere directamente a la
Coordinación Pedagógica respectiva donde se aplicará el procedimiento
administrativo.
 Acta de Situación (Derecho a la Defensa) y
 Citación del representante por parte del coordinador o coordinadora.
 Citación del representante por parte del director o directora.
 Aplicación de medidas socio educativa. (Disposiciones Transitorias N° 10
LOE).
 Firma del libro de vida. (Expediente del/a alumno/a)
Procedimiento Administrativo:
Para dar inicio a cualquier proceso, por la reincidencia de una falta leve o por
una falta grave, deberá iniciarse el proceso administrativo elaborando un expediente
que contendrá todos los recaudos necesarios que lleven al esclarecimiento de la
situación, incluyendo:
 Acta de inicio de averiguación.
16
 Entrevista con el/la estudiante y opinión del/a mismo/a. (Art. 80 y
86 de la LOPNA)
 Declaraciones de los testigos.
 Informe del/a afectado/a. (Si lo hubiere)
 Antecedentes del/a estudiante incluyendo posibles atenuantes como
buena conducta y rendimiento académico.
 Informe del Departamento Psico-educativo del Colegio.
 Referir el caso a otros organismos (red de apoyo)
 Seguimiento del caso.
Para la aplicación de las medidas socio-educativas (Disposiciones
Transitorias N° 10 LOE) hay que tomar en cuenta los siguientes criterios:
 Lo pautado en el Artículo 8, 32, 57, 80, 85, 86 y 88 de la LOPNA
 La edad del alumna o alumna.
 La naturaleza y gravedad del hecho.
 El grado de responsabilidad en el hecho.
 Los esfuerzos del alumno o alumna para reparar los daños causados.
Hay que tener presente que las medidas socio-educativas se aplican
principalmente con la intención de modificar la o las conductas inadecuadas del
alumno/a, de tal forma que se beneficie tanto él como la comunidad escolar, que ve
entorpecida su labor con el incumplimiento de las normas que facilitan la sana
convivencia. Toda medida debe promover un cambio de conducta positivo en el
alumno y cumplir un fin pedagógico.
La Institución Educativa deberá agotar todas las instancias internas para tratar
los problemas tanto de conducta como de aprendizaje, por lo tanto es importante la
participación del Departamento de Orientación, así como llevar un registro detallado
de las reuniones y recomendaciones dadas a los padres y/o representantes y saber si
éstas se han cumplido.
17
Una vez agotadas las instancias y de persistir el problema, al no
evidenciarse cambios, ni compromiso por parte de la familia, el caso puede remitirse
a la Defensoría Escolar del Niño y el Adolescente, al que pertenezca el Plantel,
quienes procederán de acuerdo a la Ley.
PASOS PARA APLICAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
CORRECCIÓN:
Es una amonestación o llamado de atención verbal particular sobre una
conducta inapropiada. Con ella se espera que el/la alumno/a modifique su actitud y
comportamiento. La corrección se hará con el debido respeto a la persona y puede
estar acompañada de otras sanciones según la falta.
18
CITACIÓN:
Consiste en una convocatoria escrita dirigida a los padres del/a alumno/a
con el propósito de exponerle alguna conducta irregular que el/la alumno/a haya
presentado y puede ir acompañado de otras medidas según la falta.
Con Respecto a la Evaluación:
1. Los/as alumnos/as dispondrán del tiempo asignado por el/la docente para la
prueba. En caso de finalizar antes del tiempo asignado el alumno/a tendrá la
obligación de esperar en silencio y sentado en su lugar hasta que culmine el
tiempo señalado.
2. Todos/as los/as alumnos/as deberán portar los útiles escolares necesarios para
la realización de una prueba.
3. Una vez aplicada la prueba el/la alumno/a deberá conocer los resultados de la
misma con un máximo de dos semana después de su aplicación.
4. El/la alumno/a que sea sorprendido copiando trabajos y/o exámenes, se le
anulará la evaluación o trabajo.
5. La ausencia justificada o injustificada a clase obligará al alumno/a a
recuperar, por su cuenta, todo lo avanzado en las clases durante su ausencia.
También es responsabilidad suya informarse sobre los trabajos, prácticas,
exámenes, etc. y ponerse al día con ellos.
6. El/la alumno/a que falte injustificadamente a una evaluación o entrega de
trabajo se le aplicará o será entregado el día de su reincorporación a clases.
7. La evaluación en el nivel de Educación Inicial se hará de forma cualitativa por
áreas de aprendizaje.
8. La expresión cualitativa de la evaluación final de los alumnos y alumnas de la
Educación Primaria se hará de manera descriptiva en forma global y en
términos literales. (Art. 108º Reglamento de la Ley Orgánica de Educación)
19
9. Para la Educación Media: todo/a alumno/a tiene derecho a repetición de
prueba, siempre y cuando hayan aplazado el 30% o más. (Art. 112º
Reglamento de la Ley Orgánica de Educación)
10. Todo/a alumno/a tiene derecho a revisión de prueba con el/la profesor/a de la
materia.
11. La asistencia a clases es obligatoria. El porcentaje mínimo de asistencia para
optar a la aprobación de un grado, área, asignatura o similar será del setenta y
cinco por ciento (75%.). Art. 109º Reglamento de la Ley Orgánica de Educación.
CAPÍTULO II
De la Rectora:
La Rectora es la representante de las Dominicas Misioneras de la Sagrada
Familia, en la Institución Educativa. Su Misión consiste en cumplir con las
finalidades de la Educación en conformidad con las prioridades y líneas de acción del
Proyecto de la Congregación. Es nombrada por La Comunidad de Dominicas
Misioneras de la Sagrada Familia a la que está asignada; por un período, renovable,
de tres años.
Perfil personal y profesional
 Persona identificada con el Carisma de la Congregación.
 Conocedora de la historia congregacional, especialmente de su itinerario
educativo.
 Con suficiente experiencia en el ámbito de la educación y demostrada
vocación de Maestra.
 Persona conocedora y comprometida con la misión del Colegio.
 Compasiva, con una calidad humana basada en el amor, la ternura y el
servicio a los demás.
 Persona que avanza por el camino de Santo Domingo, del Padre Cueto y de la
Madre Pilar, con los ojos puestos en Jesús de Nazaret.
20
Personalidad:
 Conocimiento y aceptación personal
 Sentido de la vida
 Sociabilidad con capacidad de relación y comunicación
 Con deseo continuo de actualizarse
 Con capacidad de tomar decisiones
 Actitud de respeto hacia las personas, la naturaleza y la creación.
 Sensibilidad social reflexiva y crítica.
 Comprometida con la realidad.
 Abierta al diálogo con el mundo.
 Asume los compromisos institucionales
 Capaz de trabajar en equipo
 Se identifica y compromete con las Dominicas Misioneras de la Sagrada
Familia.
 Centra su vida en los valores del Evangelio
 Formación religiosa actualizada
 Madurez espiritual y humana.
Funciones y Atribuciones
1. Orienta y promueve, en la acción educativa del Colegio, la espiritualidad
dominicana, manifestada en los documentos de la Congregación de
Dominicas Misioneras de la Sagrada familia.
2. En colaboración con el equipo directivo del Colegio, impulsa y actualiza el
Proyecto Educativo, en todo lo que concierne a la formación humano-cristiana
y académica.
3. Promueve programas permanentes de evaluación institucional en el marco de
los criterios de calidad educativa y de las orientaciones de las Dominicas
Misioneras de la Sagrada Familia.
21
4. Promueve, junto con la Directora, la formación permanente del docente,
tanto en el ámbito humano-espiritual, como profesional.
5. Junto con la Directora, es responsable de la selección y admisión de nuevos
docentes, alumnos y representantes.
6. Promueve encuentros de Exalumnas/os.
7. Anima a cada uno de los miembros del Equipo Directivo para que se sientan
estimulados y apreciados en el cumplimiento de sus funciones.
8. Impulsa la Pastoral del Colegio, dándole la prioridad que posee.
9. Convoca y preside el Equipo Directivo
10. Mantiene contacto formal e informal frecuente con los docentes, alumnos/as,
personal administrativo y obrero, y padres y representantes.
De la Dirección:
La Dirección es el órgano de la institución escolar ejercido por el Director o
Directora, quien es la primera autoridad y supervisor nato del mismo. El Director
o Directora velará por que las actividades de la institución estén orientadas a
lograr los objetivos del Estado venezolano; es nombrado por la Comunidad de
Hermanas Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia que rige el Colegio por
un período, renovable, de tres años, y debe rendir cuentas a dicha Comunidad
Religiosa.
Perfil Personal y Profesional:
 Persona identificada y comprometida con la educación.
 Conoce las líneas fundamentales de la educación de las Dominicas Misioneras
de la Sagrada Familia y se compromete con ellas.
Funciones y Atribuciones:
El Director o Directora de la institución educativa, es la autoridad superior del
plantel y es el órgano autorizado para dirigirse al Ministerio del Poder Popular
22
para la Educación y a las actividades docentes (Zona Educativa, Distrito
Escolar y Sector) respecto a los asuntos del gobierno y organización del
establecimiento. Además de las contempladas en la legislación escolar vigente.
Tendrá los siguientes deberes y atribuciones:
1. Llegar al plantel por lo menos treinta (30) minutos antes de iniciarse las
actividades.
2. Dirigir y coordinar las actividades académicas de acuerdo al Proyecto
Educativo y la Planificación Anual del Colegio.
3. Conocer el contenido y alcance de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, Ley Orgánica de Educación y su Reglamento, Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos, Ley Orgánica del Poder Ciudadano, Ley
Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley Orgánica de
Salvaguardia de Patrimonio Público, Ley Orgánica para la Protección del
Niño, Niña y Adolescente y otras normas emanadas de las autoridades
públicas competentes, así mismo, cumplirlas y orientar convenientemente a
otras para su cumplimiento cuando así le sea solicitado.
4. Fijar y dirigir los actos académicos, convocar y dirigir el Consejo General, el
Consejo Técnico Docente y el Consejo de Docentes.
5. Autorizar con su firma y sello del Colegio, los certificados y demás
documentos que expide el Plantel.
6. Ejecutar los acuerdos de los Órganos de Gobierno Colegiados en el ámbito de
sus facultades, facilitar la información que corresponda a los diversos
estamentos de la Comunidad Educativa.
7. Autorizar de acuerdo con los Coordinadores, la celebración de actos y
reuniones generales: las salidas, viajes culturales, y convivencias escolares.
8. Promover las actividades complementarias de su competencia con la
colaboración de los otros miembros del Consejo General, de los Docentes, el
Consejo Estudiantil y el Comité de Madres, Padres y Representantes y
Responsables.
23
9. Representar como Directora a la Institución ante los organismos oficiales
y privados y responder por el funcionamiento técnico, docente y
administrativo del Plantel.
10. Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica de Educación, los Acuerdos de
Convivencia Escolar y Comunitaria y todas las demás disposiciones de las
autoridades competentes.
11. Responsable ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación, del
cumplimiento de las políticas y normas emanadas del Despacho de acuerdo a
las leyes vigentes.
12. Responsable administrativo del Colegio ante la AVEC y CONAPREC.
13. Responsabilizarse del proceso a seguir para la entrega de Certificados de
Educación Básica y Títulos de Bachiller.
14. Velar por la asistencia y puntualidad del personal, así como por la disciplina
y la buena marcha de la Institución.
15. Autorizar las inasistencias de los docentes.
16. Favorecer la entrega de estímulos a los miembros del personal docente y no
docente que se distingan en algún aspecto de la labor educativa y vida del
Centro, de acuerdo con el Consejo de Docentes.
17. Instruir expedientes y establecer correctivos a los miembros del personal
docente, y no docente que así lo necesiten, de acuerdo con el Órgano
Unipersonal correspondiente.
18. Impulsa proyectos de innovación pedagógica y calidad educativa en el marco
de la actualización de los Planes de Estudio e investigación y de la aplicación
creativa del Carisma Educativo de las Dominicas Misioneras de la Sagrada
Familia.
19. Responsabilizarse de que se lleve a cabo el Proyecto Educativo Integral
Comunitario (PEIC) del Colegio.
20. Supervisa y evalúa el Proyecto Curricular en todos sus aspectos,
conjuntamente con los coordinadores/as y el Equipo Directivo.
21. Admite y despide a alumnos/as, profesores/as y personal encargado de los
Servicios Académicos comunes.
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22. Juntamente con la persona encargada de la Administración, elabora y
tramita la aprobación del presupuesto del Colegio.
23. Convoca y preside las reuniones del Consejo Técnico Docente y Consejo
general de profesores.
CAPÍTULO III
Coordinador de Educación Media.
Funciones y Atribuciones:
1. Corresponsabilizarse de la gestión ordinaria del Plantel, así como de hacer
cumplir el reglamento interno.
2. Convocar y dirigir previo acuerdo con la Dirección, reuniones de docentes de
su nivel.
3. Responsabilizarse de la elaboración de los horarios de su nivel.
4. Atender, orientar e informar a los Padres y Representantes, en coordinación
con los docentes de su nivel todo lo referente a la marcha académica de los
alumnos.
5. Proponer a la Dirección cursos de actualización pedagógica para los docentes
de su nivel.
6. Corresponsabilizarse del cumplimiento del Reglamento Interno del Plantel.
7. Informar a la Directora sobre las necesidades de los docentes de su nivel en lo
concerniente a la tarea educativa.
8. Coordinar la celebración de actos y reuniones del nivel respectivo, así como
las salidas culturales.
9. Llevar el control de los justificativos y permisos de los alumnos y alumnas,
así como autorizar en base a éstos, su retiro del Plantel.
10. Presentar la lista de textos, revistas y otras fuentes de información, elaborada
previamente por los docentes para seleccionar el material de consulta, así
como equipos y material didáctico correspondiente.
11. Colaborar con la Dirección en la planificación y evaluación institucional.
12. Cumplir con el horario de trabajo asignado.
25
13. Velar por la disciplina del Plantel.
14. Informar periódicamente a la Dirección sobre los problemas que se presenten
en el orden disciplinario, moral y social.
15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la
naturaleza de su cargo.
Coordinador Pedagógico
Funciones y Atribuciones:
1. Responsabilizarse de la acción educativa de su nivel conjuntamente con la
Dirección del Plantel.
2. Convocar y dirigir, previo acuerdo con dirección, las reuniones de los
docentes de su nivel.
3. Convocar y dirigir, previo acuerdo con dirección las reuniones con Padres y
Representantes de los alumnos de su nivel.
4. Organizar, dirigir y supervisar el proceso de enseñanza aprendizaje en las
áreas académicas del Educación Inicial y Primaria.
5. Dirigir la planificación y programación académica de su nivel, de acuerdo con
los objetivos, criterios curriculares, PEIC, Carisma Dominicano y la
normativa emanada de la Dirección del Colegio y del Ministerio del Poder
Popular para la Educación.
6. Dirigir la evaluación de los productos del aprendizaje en Educación Inicial y
Primaria, adelantar acciones para mejorar el rendimiento escolar.
7. Dirigir y supervisar la ejecución de las actividades académicas.
8. Velar porque las actividades académicas de su nivel estén de acuerdo con los
niveles establecidos en el Currículo respectivo.
9. Atender, orientar e informar a los padres de familia en coordinación con los
docentes de su nivel, en todo lo referente a la marcha académica de los
estudiantes.
10. Orientar a los profesores de su nivel en el planeamiento y desarrollo de los
proyectos de aprendizaje (PA).
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11. Proponer a la Dirección cursos de actualización pedagógica para los
docentes de Preescolar, primera y segunda etapa de Educación Básica.
12. Corresponsabilizarse del cumplimiento del Reglamento Interno del Plantel.
13. Informar a la Dirección sobre las necesidades de los docentes de su nivel en lo
concerniente a la tarea educativa.
14. Autorizar y coordinar la celebración de actos y celebraciones de su nivel.
15. Presentar la lista de textos y otras fuentes de información escogida
previamente por los docentes de Preescolar, primera y segunda etapa de
Educación Básica; así como solicitar el material que requieran los docentes de
dichos niveles.
16. Colaborar con la Dirección en la Planificación y Evaluación del personal del
nivel.
17. Asistir a las reuniones convocadas por el Ministerio del Poder Popular para la
Educación cuando la Directora lo indique.
18. Corresponsabilizarse de la gestión ordinaria del Plantel.
19. Elaboración del Informe Final correspondiente a su nivel.
Del Departamento de Evaluación
Tiene como finalidad hacer cumplir las normativas legales vigentes
establecidas en la Ley Orgánica de Educación (Art. 44). Reglamento General de
la Ley Orgánica de Educación (Art. 87 al 104), Resolución 35 (28 de julio 2006),
así como velar por el desarrollo de los planes y programas de estudio y su correcta
aplicación, asistiendo a los docentes en el mejoramiento de los métodos, técnicas,
procedimientos de enseñanza, uso de materiales didácticos y mejoramiento
profesional.
Funciones y Atribuciones:
1. Planificar, ejecutar y evaluar el Plan General de actividades del Departamento.
2. Recibir, revisar, corregir y autorizar los planes de clase, evaluación y pruebas
para ser aplicadas.
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3. Supervisar por lapso el desempeño profesional de los Docentes, en cada
una de las áreas de estudio.
4. Mantener un proceso continuo de comunicación y retroalimentación sobre el
desempeño profesional del personal docente.
5. Elaborar y publicar los calendarios de Pruebas Finales de lapso, Materia
Pendiente y Revisión.
6. Recibir, revisar y verificar las calificaciones definitivas obtenidas por los
alumnos y alumnas en cada lapso del Año Escolar.
7. Publicar por lapso la estadística de los resultados académicos por asignatura y
curso.
8. Coordinar todas las acciones relacionadas con las Pruebas de Revisión,
Materia Pendiente y Alumnos Diferidos.
9. Cooperar con la Dirección en el proceso de evaluación de los docentes.
10. Estar al corriente de la legislación que afecte a los centros en materia de
planificación y evaluación, e informar a los interesados.
11. Velar para que el proceso de evaluación se cumpla en forma continua e
integral.
12. Elaborar las normas que deben cumplir los instrumentos de Evaluación que se
apliquen en la Institución.
13. Asesorar y orientar a los docentes en consultas referentes al proceso de
planificación y evaluación.
14. Implementar las medidas y los recursos necesarios para que los alumnos,
padres y representantes conozcan los procesos y resultados de la Evaluación.
15. Analizar los resultados de las evaluaciones periódicas o de culminación con el
objeto de promover reajustes o mejoras en el proceso de evaluación.
16. Participar conjuntamente con la Dirección en la tramitación de lo conducente
a resolver situaciones atípicas en lo referente a evaluación.
17. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la
naturaleza de su cargo.
28
Del Departamento de Control de Estudio
Tiene como finalidad la aplicación organizacional, coordinación, asesoría y
control de todas aquellas actividades relacionadas con matrícula, ingreso, egreso,
registro de información, certificaciones, transferencias y constancias relacionadas con
los estudios que se realicen en la institución.
Funciones y Atribuciones:
1. Estar al corriente de la legislación que afecte a la Institución en materia de
Control de Estudios e informar a los interesados.
2. Procesar las calificaciones Finales de Lapso
3. Emitir Boletines de Calificaciones Finales de Lapso
4. Procesar las Planillas de Matrícula Inicial, Resumen Final del Rendimiento
Estudiantil, etc.
5. Presentar al Consejo de Docentes la documentación correspondiente de los
alumnos y alumnas que concluyan el nivel de Educación Básica y el Ciclo
Diversificado, para el otorgamiento de Certificados y Títulos de Bachiller.
6. Emitir los Certificados de Educación Básica y Títulos de Bachiller
7. Llevar un registro por años escolares, de los Certificados, Títulos de Bachiller
y demás credenciales de carácter académico que otorgue la Dirección del
Colegio.
8. Asesorar a la Dirección en los procedimientos relativos a equivalencias y
transferencias de estudios.
9. Informar al alumno sobre equivalencias y transferencias de estudios.
10. Recibir, clasificar y archivar la documentación oficial tanto de alumnos,
alumnas como de docentes.
11. Orientar e informar a las personas que solicitan documentos probatorios de
estudios, acerca de requisitos, normas o dependencias donde realizar la
tramitación.
29
12. Responsabilizarse de las solicitudes de ingreso al Colegio por
equivalencia de estudios y verificar la autenticidad de la documentación
académica presentada por los alumnos y alumnas que se inscriben por primera
vez.
13. Participar conjuntamente con la Dirección en la tramitación de lo conducente
a resolver situaciones atípicas en lo referente a Control de Estudio.
14. Asistir a las reuniones convocadas por el Ministerio del Poder Popular para la
Educación cuando la Directora lo indique.
15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la
naturaleza de su cargo.
Departamento de Pastoral
El departamento de Pastoral está conformado por el servicio de Formación
Cristiana y dominicana.
Funciones y Atribuciones:
1. Planificar, ejecutar y evaluar el Plan General de Actividades del
Departamento.
2. Planificar y desarrollar las actividades pastorales específicas de la Institución
de Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia.
3. Motivar y orientar la Educación de la Fe en sus distintos niveles (niñez,
preadolescencia, adolescencia y juventud), teniendo como marco la formación
de l valores humanos, cristianos y la espiritualidad dominicana.
4. Coordinar el trabajo y las actividades que ejecute el equipo de docentes de
Educación de la Fe y de Guiaturas.
5. Unificar criterios y metodologías respecto a las clases de Educación de la Fe,
dinamizando y actualizando el empleo de recursos didácticos en las mismas.
6. Motivar y preparar en la vivencia sacramental, especialmente la
Reconciliación y la Eucaristía, a todos los miembros de la Comunidad
Educativa Dominicana.
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7. Celebrar los tiempos fuertes del Calendario Litúrgico y las fiestas y
solemnidades dominicanas.
8. Planificar, coordinar y ejecutar jornadas de reflexión, retiros espirituales y
convivencias con Alumnos (as), Docentes y Padres o Representantes.
9. Contribuir a la consolidación del proceso formativo de la Escuela de Padres,
encuentros matrimoniales y jornadas con los ex alumnos del colegio.
10. Presentar informe de actividades a la Dirección al culminar el Año Escolar.
11. Potenciar el funcionamiento de Grupos Juveniles Dominicanos.
12. Impregnar toda la acción educativa de los valores del Evangelio, al estilo de
Domingo de Guzmán.
13. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la
naturaleza de su cargo.
Del Personal Especializado: Orientador
Deberes
1. Planificar, ejecutar y evaluar el Plan General de actividades del
Departamento.
2. Diagnosticar y orientar a los/as alumnos/as en los aspectos aptitudinales y
conductuales referentes a valores y hábitos de trabajo.
3. Participar en la admisión de los alumnos.
4. Orientar a los/as alumnos/as en períodos de decisión profesional.
5. Mantener contacto permanente con los Docentes a fin de estimular a los/as
alumnos/as a optimizar su rendimiento académico y relaciones
interpersonales, tratando de lograr alternativas de solución a los casos de bajo
rendimiento y conducta inadecuada de los/as alumnos/as.
6. Acompañar al docente en su praxis educativa.
7. Entrevistar a los Padres y Representantes cuando sea necesario o conveniente
para el óptimo desarrollo de los/as estudiantes.
8. Remitir a los alumnos y alumnas que así lo requieran, al especialista
correspondiente.
31
9. Prestar la asesoría a los miembros de la Comunidad Educativa, que así lo
soliciten, en lo que respecta a planificación y ejecución de programas.
10. Cumplir con su asignación académica de acuerdo con su horario de trabajo.
Del Personal Especializado: Psicopedagogo
Deberes
1. Planificar, ejecutar y evaluar el Plan General de actividades del Departamento.
2. Planificar y ejecutar el proceso de admisión de los alumnos y alumnas en la
institución.
3. Mantener contacto permanente con los Docentes a fin de estimular a los/as
alumnos/as a optimizar su rendimiento académico y relaciones
interpersonales, tratando de lograr alternativas de solución a los casos de bajo
rendimiento y conducta inadecuada de los/as alumnos/as.
4. Detectar los problemas de aprendizaje y coordinar programas de respuestas a
las necesidades presentadas.
5. Brindar a los docentes las orientaciones necesarias para el manejo de
situaciones académicas y conductuales en el aula.
6. Remitir a los alumnos y alumnas que así lo requieran, al especialista
correspondiente.
7. Entrevistar a los Padres y Representantes cuando sea necesario o conveniente
para el óptimo desarrollo de los/as estudiantes.
CAPÍTULO IV
Del Personal Docente:
Además de los derechos y deberes que consagra el Reglamento del Ejercicio
de la Profesión Docente (Decreto Nº 1.011 Gaceta oficial Nº 5,496 Extraordinario del
31-10-2000. Art. 6 al 8) y la Ley del estatuto de la función pública (Gaceta oficial Nº
37482 del 11-07-2002 Art. 22 al 33), se reconoce a los profesionales de la docencia
otros derechos y garantías que se enuncian a continuación:
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Derechos y Garantías:
1. Derecho al libre ejercicio de la docencia, en armonía con lo establecido en el
ordenamiento jurídico venezolano y el presente Reglamento Interno.
2. Derecho a disponer y utilizar los medios, materiales e instalaciones de la
Institución Educativa para ejercer la docencia, de conformidad con lo
establecido en el presente Reglamento Interno y los Reglamentos Especiales.
3. Derecho a ser informado y a participar libre, activa y plenamente en los
procesos educativos de los alumnos y alumnas, así como en todos los ámbitos
de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas, recreacionales,
deportivas, sociales y culturales.
4. Derecho a solicitar y recibir del personal directivo y de los coordinadores
orientación oportuna y adecuada para mejorar la calidad de sus labores
docentes.
5. Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la institución
educativa. Nunca deberá ser sancionado en público o privado, de forma
humillante, ofensiva o contraria su dignidad como persona humana.
6. Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones
mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores docentes.
7. Derecho a presentar y dirigir peticiones al personal obrero, administrativo y
directivo, así como a cualquier otro órgano de la Institución Educativa o
Comunidad Educativa, sobre los asuntos que le conciernan y/a obtener
respuesta oportuna sus peticiones.
8. Derecho a expresar libremente su opinión en todos sus asuntos de la vida de la
Institución Educativa.
9. Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de los alumnos y las
alumnas de la Institución.
10. Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todos los
procedimientos de carácter sancionatorio.
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Deberes del/a Docente Guía:
El Docente Guía es aquel o aquella docente que observa, reflexiona, intuye,
respeta y orienta de forma coherente dentro de un ámbito de exigencia y honestidad
tanto a los alumnos y alumnas, como a los demás docentes, teniendo una actitud
democrática, respetuosa que facilite la participación. Debe conocer y manejar
técnicas de dinámicas grupales y de apertura.
1. Coordinar toda la actividad educativa de su grupo de alumnos y alumnas y
ayudar a crear un clima de convivencia, orden, estudio y disciplina que facilite
su formación integral.
2. Orientar a los alumnos en su proceso de aprendizaje. Ayudarles a descubrir
sus capacidades y aceptar sus limitaciones.
3. Relacionarse y dialogar con sus alumnos y alumnas, individual y
colectivamente, para conocer su situación real y el entorno familiar y social en
que viven.
4. Formar a los alumnos y alumnas en hábitos de estudio, orden, disciplina, aseo
personal.
5. Estimular la formación de aspectos generales propios de cada edad:
compañerismo, autoestima, aprecio y valoración de lo que le rodea, servicio,
justicia, etc.
6. Informar a los alumnos de las decisiones tomadas por los Consejos de Curso o
por la Directora del Colegio.
7. Mantener contactos individuales y colectivos con los Padres y Representantes
de sus alumnos y alumnas.
8. Mantener relación frecuente con los demás docentes de los alumnos de su
curso, a fin de asegurar la necesaria coherencia en su respectiva función
educadora.
9. Dirigir y moderar los Consejos de Curso de los alumnos y alumnas de su
grupo, informar sobre la marcha de éste, así como las características de cada
alumno y alumna.
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10. Motivar a los alumnos y orientarles en la realización de actividades
culturales, sociales y recreativas.
11. Presentar, explicar y comentar a los alumnos de su grupo aquellos aspectos
del estilo propio de la Unidad Educativa, del PEIC y del Reglamento Interno
que les afecten.
12. Llevar un registro de cada alumno y alumna con las anotaciones
correspondientes a conducta, rendimiento, etc.
13. Promover la participación de los miembros de la Comunidad Educativa en
actividades escolares y extra escolares.
14. Cumplir con el horario de trabajo asignado
15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la
naturaleza de su cargo.
16. Entregar los resultados del rendimiento académico del alumno y de la
alumna.
Deberes del/a Docente:
1. El/la docente debe identificarse con el Ideario del Colegio fomentando los
valores y actitudes cristianas.
2. Debe llegar puntualmente a sus actividades escolares.
3. Todos los docentes que tengan clase a primera hora deberán acompañar al
grado que le corresponda en el Acto de Formación. Una vez concluido se
trasladarán al salón de clase en forma ordenada y dirigir la oración inicial.
4. Crear el hábito en los estudiantes de recibir a los docentes de pie al lado de
sus pupitres respectivos.
5. El/la docente velará por el cumplimiento del traje escolar en el plantel.
6. El uso del celular está prohibido dentro del salón de clases, tampoco debe
estar a la vista de los estudiantes y mantenerlos apagados. Cuando un docente
tenga una emergencia que justifique el uso del teléfono en horas de clase debe
notificarlo en la coordinación respectiva.
7. Mantener un tono de voz moderado.
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8. Será el responsable único del orden, disciplina, óptimo desarrollo del
trabajo escolar y clima de respeto entre los/as alumnos/as en el salón de clase.
9. El/la docente deberá remitir al coordinador respectivo a aquellos alumnos/as,
que incurran en una falta grave de disciplina en la clase.
10. Debe informar al docente guía de las actuaciones y rendimiento de los y las
estudiantes.
11. No permitirá a los/as alumnos/as el uso de materiales innecesarios para el
trabajo escolar: juguetes, barajitas, walkmans, etc. Si fuese necesario, podrá
efectuar decomisos temporales.
12. El/la docente podrá citar a los Padres o representantes de un/a alumno/a
cuando así lo amerite la necesidad o la conveniencia con previa notificación
al docente - guía. Las citaciones se harán siempre por escrito. El resultado de
la entrevista será consignado en el Libro de Vida del alumno/a o registro de
entrevista. Este registro incluirá la fecha, la situación planteada, el
compromiso de los padres y las firmas de los presentes.
13. El/la docente deberá ser el primero en llegar al salón de clases y el último en
salir de él, bien sea a los recesos o al finalizar la jornada escolar. Supervisar
las condiciones en la que queda el salón de clase y según el caso tomar
acciones al respecto. (Orden, limpieza, luces y ventilador apagados)
14. Al sonar el timbre de entrada y salida de la institución, debe acompañar a sus
estudiantes en la formación en columna y no subir hasta que estos estén
ordenados y en silencio.
15. Los/as docentes deben presentar a los/as alumnos/as al inicio de cada lapso
el plan de evaluación.
16. Una vez comenzados los exámenes trimestrales el/la docente debe entregar
al Departamento de Evaluación el acumulado del 70 % de la nota del
alumno/a.
17. Entregar a tiempo los recaudos solicitados por el Departamento de Control
de Estudio, Evaluación y Coordinación Pedagógica respectiva.
18. El/la docente deberá dispensar un trato correcto a los miembros de la
Comunidad Educativa.
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19. La atención de los padres y/o representantes de los/as alumnos/as se hará
con previa cita y en los lugares indicados para tal fin. Se debe llevar registro
de cada una de ellas.
20. Debe ser responsable de su actualización académica, creativo/a, dinámico/a
y abierto/a al cambio.
21. Los docentes de áreas complementarias deben buscar y llevar a los estudiantes
al salón de clase en correcta formación en la hora establecida según el horario.
22. Debe favorecer la inclusión de los y las estudiantes, no discriminar a ningún
estudiante, ni permitir que lo hagan sus compañeros.
NATURALEZA DE LAS FALTAS
SE CONSIDERAN FALTAS LEVES:
El incumplimiento de las normas citadas anteriormente.
SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES: (Disposiciones Transitorias, N° 5, LOE)
1. Reincidencia de alguna falta leve.
2. La agresión verbal o física por parte del docente hacia algún miembro de la
Comunidad Educativa.
3. Fomentar la desconfianza, la desunión, la crítica destructiva o el
enfrentamiento entre los Docentes o entre éstos y los Directivos del Colegio.
4. Defender o fomentar actitudes en los alumnos/as contrarios al orden,
disciplina o aprovechamiento escolar.
5. Observar conductas contrarias a la moral, ética profesional, buenas
costumbres y a los principios que informan la Constitución y las demás leyes
de la República.
6. Abandonar injustificadamente sus tareas o ausentarse del Colegio sin la
debida autorización.
7. Mantener un bajo nivel o negligencia en el desempeño profesional y las
demás obligaciones inherentes al puesto de trabajo.
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8. Por la inasistencia y el incumplimiento reiterado de las obligaciones que
le corresponden en las funciones de evaluación del rendimiento estudiantil.
9. Por utilizar medios fraudulentos para beneficiarse de cualesquiera de los
derechos que acuerde la Ley Orgánica de Educación y el Reglamento del
Ejercicio de la Profesión Docente.
10. Por coadyuvar a la comisión de faltas graves cometidas por otros miembros de
la Comunidad Educativa.
11. Por reiterado incumplimiento de obligaciones legales, reglamentarias o
administrativas.
12. Por inasistencia injustificada durante tres días hábiles en el período de un mes.
13. Las dispuestas en Ley Orgánica de Educación (Disposiciones Transitorias N°
5,) y artículo 150 y 151 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente,
SANCIONES:
El personal será sancionado según la gravedad de la falta, siguiendo los criterios
establecidos en la ley Orgánica de Educación y su Reglamento, el Reglamento del
Ejercicio de la Profesión Docente. (Art. 149)
1. Faltas leves:
 Amonestación verbal.
 Notificación por escrito.
 Descuento de horas (incorporación tarde al aula de clases)
2. Faltas graves:
 Separación del cargo. (Disposición Transitorias N° 8, Ley Orgánica de
Educación)
 Destitución e inhabilitación para el ejercicio de la profesión docente.
(Art. 153 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente)
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CAPÍTULO V
Del Personal Especializado: Bibliotecario/a
Funciones
1. Recopilar toda la documentación existente en el centro, así como los
materiales y recursos didácticos relevantes.
2. Organizar los recursos de manera que sean fácilmente accesibles y utilizables.
3. Hacer posible su uso cuando se necesiten, mediante un sistema de
información centralizado.
4. Ofrecer a los alumnos(as) y docentes, la información en diferentes soportes
para satisfacer las necesidades curriculares, culturales y complementarias.
5. Ofrecer asistencia y orientación al usuario.
6. Fomentar la lectura de todo tipo de lenguajes y en todo tipo de soportes,
como medio de entretenimiento y de información.
7. Formación en la búsqueda, análisis y tratamiento de la información y la
documentación.
8. Fomentar la expresión oral y escrita, la creatividad y el hábito de lectura.
CAPÍTULO VI
Personal Obrero y Administrativo
Derechos y Garantías:
Se reconoce al personal obrero y administrativo de la institución educativa los
derechos y garantías que se enumeran a continuación:
1. Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la institución
educativa. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de
forma humillante ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.
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2. Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones
mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores.
3. Derecho al debido proceso a la defensa especialmente en todos los
procedimientos de carácter sancionatorio.
4. Derecho a ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad
por el personal docente y directivo cuando acudan ante ellos para tratar
asuntos que les concierne, durante los horarios establecidos a tal efecto.
5. Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de los niños, niñas y
adolescentes.
6. Derecho a opinar libremente sobre los asuntos de la institución en el que
tengan interés.
7. Derecho a que el personal directivo brinde facilidades de acuerdo a las
posibilidades de institución educativa para asistir a talleres, cursos,
convivencias, reuniones y cualquier tipo de actividades dirigidas al
perfeccionamiento de su profesión y/o la mejora de la calidad de su labor.
8. Derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida de la Institución
Educativa.
Deberes:
1. Prestar sus servicios personalmente con la eficiencia requerida para el
cumplimiento de las tareas que tengan encomendadas.
2. Acatar las órdenes e instrucciones emanadas de los superiores jerárquicos que
dirijan o supervisen la actividad del servicio correspondiente.
3. Prestar la información necesaria a los particulares de los asuntos y expedientes
en que aquello tenga un interés legítimo, con las limitaciones establecidas en
la ley.
4. Guardar en todo momento una conducta decorosa y observar en sus relaciones
con sus superiores, subordinados, y con el público, toda la consideración y
cortesía debida.
5. Poner en conocimiento de sus superiores las iniciativas que estimen útiles
para la conservación de la institución o mejoramiento de los servicios.
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6. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los reglamentos, los
instructivos y las órdenes que deben ejecutar.
7. Asistir regularmente y puntualmente a todas las actividades laborales.
Cumplir cabal y oportunamente con todas sus obligaciones.
8. Respetar los derechos y garantías de las demás personas.
Funciones, actividades y/o tareas del Auxiliar de Preescolar
1. Instruye y vela por el cumplimiento de las normas de higiene, buen
comportamiento y presentación personal del grupo de niños y niñas bajo su
cargo conjuntamente con la docente.
2. Juntamente con la docente, vela por la seguridad personal de los niños y
niñas.
3. Organiza y distribuye el material didáctico a los y las estudiantes.
4. Participa, con la docente, en la programación de las actividades recreativas y
de estimulación a los niños.
5. Participa en la ambientación de las instalaciones.
6. Colabora con el control de los ingresos y egresos de los niños y niñas durante
el día.
7. Asiste y participa en reuniones planificadas por la institución.
8. Colabora en la elaboración de los registros de observaciones que se hagan de
los niños y niñas.
9. Llevar cotidianamente el registro de asistencia.
10. Asistir puntualmente a las labores educativas (de 7:25 am hasta las 1:15 pm).
excepto personal de guardia. Evitar ingerir alimentos dentro del aula en
horario de trabajo, excepto cuando se trate de actividades que lo ameriten.
11. Evitar el uso de aparatos de sonidos y celulares durante la jornada diaria.
(Avisar cuando exista una emergencia o dar el número del colegio)
12. Colaborar con la dirección del plantel en las labores o actividades técnicas,
administrativas y materiales.
13. Colaborar en los festivales, ceremonias y actos cívicos de los niños y niñas.
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14. Asistir con puntualidad a los talleres, seminarios, cursos de capacitación y
mejoramiento profesional que se convoquen.
15. Queda estrictamente prohibido aplicar castigos corporales a los educandos o
ejercer contra ellos actos que puedan lesionar su dignidad, susceptibilidad, o
lastimar su personalidad.
16. Observar buena presentación y una intachable conducta.
17. Utilizar un vocabulario adecuado tanto con los niños, como con el personal y
padres o representantes.
18. Mantener limpios los salones de clases, mesas, estantes y anexos.
19. Colaborar con la puesta en marcha de las actividades planeadas por la
educadora para los niños.
20. Asiste en la ejecución de actividades pedagógicas en las áreas de aprendizaje.
21. Dar sugerencias y colaborar en la planificación de los Proyectos Didácticos,
Planes Quincenales o Especiales.
22. Asistir a los niños en sus necesidades fisiológicas.
23. Reportar a la docente cualquier observación o anomalía presenciada.
24. Identificarse con el Ideario del Colegio fomentando los valores y actitudes
cristianas.
25. Velar con el cumplimiento del traje escolar de los estudiantes.
26. No permitirá a los/as alumnos/as el uso de materiales innecesarios para el
trabajo escolar: juguetes, barajitas, walkmans, entre otros. Si fuese necesario,
podrá efectuar decomisos temporales.
27. Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada.
CAPÍTULO VII
Con Respecto a la Familia o Representantes
Derechos:
1. Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la Institución
Educativa. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de
forma humillante ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.
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2. Derecho a ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y
equidad por el personal docente y directivo cuando acudan ante ellos para
tratar asuntos que les concierne, durante los horarios establecidos a tal efecto.
3. Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de los niños, niñas y
adolescentes.
4. Derecho a que el personal directivo brinde facilidades de acuerdo a las
posibilidades de institución educativa para asistir a talleres, cursos,
convivencias, reuniones y cualquier tipo de actividades dirigidas al interés
superior del niño y del adolescente.
Deberes:
1. Conozca el Proyecto Educativo del Colegio y lo secunde.
2. Esté vinculado activamente a la comunidad Educativa, aceptando por encima
de los intereses particulares que afectan la educación de su propio hijo/a,
aquellas responsabilidades más generales que se derivan de la educación
cristiana de todos los alumnos/as de la Institución.
3. Sea miembro participativo de la Comunidad Educativa.
4. Fundamente la vida del hogar en actitudes y valores evangélicos.
5. Ser responsables de las diferentes obligaciones que tiene su representado en el
Colegio.
6. Establezca una relación habitual con los docentes de sus hijos/as y así pueda
garantizar que la educación de sus representados logre la necesaria coherencia
y continuidad.
SE CONSIDERAN FALTAS:
1. La no conformidad de criterios, por parte de la familia, en lo que se refiere a
la orientación general del Colegio.
2. La oposición e incluso la falta de colaboración de las familias respecto a las
actividades formativas, que se promueven en beneficio del alumno/a dentro y
fuera del Colegio.
43
3. La inasistencia reiterada de los Padres o Representantes a las reuniones de
curso y a todas aquellas consideradas importantes para el desarrollo integral
del niño y del adolescente.
4. La no presencia del Representante cuando es convocado por la persona
responsable del curso (guía, maestra, etc.), en relación a la marcha de su
representado/a.
5. La agresión verbal, física o psicológica por parte del representante a cualquier
miembro de la Comunidad Educativa.
6. Confabular o instigar por parte del representante a cualquier miembro de la
Comunidad Educativa
SANCIONES
1. Faltas leves:
 Amonestación verbal.
 Notificación por escrito.
NOTA: Al ser amonestado verbalmente y notificado por escrito por la misma falta, a
la tercera se convierte en una falta grave
2. Faltas graves:
 Ser retirado de la institución escolar como padre o representante del
alumno o alumna impidiendo el paso a las instalaciones del colegio.
 Ser denunciado por la institución escolar en las Instancias
Competentes.
TÍTULO IV
De las Normas Internas de la Institución
CAPÍTULO I
De la Inscripción de los Alumnos y Alumnas:
44
Los/as representantes que deseen que sus hijos/as ingresen en este
Colegio, deben estar de acuerdo en asumir las orientaciones contenidas en el Ideario y
Reglamento. Esta conformidad la expresarán firmando la carta de compromiso.
1. Todos los niños, niñas y adolescentes, tienen derecho a ser inscritos para
recibir una educación integral en la Institución Educativa, siempre que:
a) Cumplan con los requisitos y disposiciones previstas en el
ordenamiento jurídico y el presente Reglamento Interno
b) Existan cupos en la modalidad escolar.
2. Los alumnos y alumnas de la Institución tiene derecho a mantener la
inscripción en la misma, siempre que cumplan con los requisitos y
disposiciones previstas en el ordenamiento jurídico y el presente reglamento
interno.
Requisitos de Admisión:
1. Presentar fotocopia de la partida de nacimiento a la vista del original y cédula
de identidad y/o cédula escolar, constancia de o pruebas que acrediten su
nivel de escolaridad y cualquier otro requisito establecido en el ordenamiento
jurídico.
2. Se realizarán entrevistas a los/as alumnos/as, a sus padres y/o representantes
desde el nivel Preescolar hasta el Bachillerato, con la finalidad de tener una
visión integral de la familia.
TÍTULO VI
De la Participación en el Colegio
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales:
La participación es el derecho inalienable de toda persona a ser sujeto de su
propia historia que le permite construir su futuro individual y colectivo.
45
La participación en la institución educativa, tiene como finalidad formar
personas concientes de sí mismas y de su proceso de liberación personal, que
desarrollen aptitudes y actitudes de autonomía y critica responsable, que sea solidaria
y asuma un compromiso de servicio y transformación social dirigidas a crear un
nuevo orden social, económico, político y religioso.
De la Participación de los Alumnos y Alumnas:
Los alumnos y alumnas de la institución educativa participan a través de:
1. Las Organizaciones Estudiantiles.
2. Comité de Derechos.
3. Los Delegados y Delegadas de Aula.
4. En el Consejo Consultivo de la Comunidad Educativa a través de tres
representantes.
5. Dos representantes ante el Concejo General de docentes y en las
deliberaciones de los demás consejos de docentes en que tengan interés.
6. Cualquiera otra forma de participación, asociaciones, clubes y agrupaciones
que sean desarrolladas por los alumnos y alumnas, que no sean contrarias a lo
establecido en el ordenamiento jurídico.
El Concejo Técnico Docente podrá crear y fomentar otras formas de
participación de los alumnos y alumnas en la Institución Educativa. Las personas que
integran el personal docente deberán crear y desarrollar oportunidades, espacios y
mecanismos para la participación directa de los alumnos y alumnas en su proceso
pedagógico y en las demás actividades de la institución.
Definición y Objetivos del Consejo Estudiantil:
El consejo Estudiantil es la instancia organizativa y corresponsable del colectivo de
las y los estudiantes. Actúa de forma participativa, protagónica y corresponsable en
46
los diferentes ámbitos, planes, programas, proyectos educativos y comunitarios
en un clima democrático, de paz, respeto, tolerancia y solidaridad.
El Consejo Estudiantil está Integrado por:
1. Voceros/as de las y los estudiantes de todos los niveles y modalidades del
subsistema de educación básica.
2. Está asesorado por dos docentes, uno seleccionado por el Consejo General de
Docentes y otro por el Consejo Estudiantil
Son funciones del Consejo Estudiantil las siguientes:
1. Participar en forma protagónica en las diferentes acciones, ámbitos, planes,
programas y proyectos educativos y comunitarios; ejerciendo sus derechos y
deberes como sujetos sociales en un clima democrático, de respeto, paz,
tolerancia y solidaridad, contribuyendo con la armonía y el buen
funcionamiento de la institución educativa.
2. Convocar a sus voceras y voceros a reuniones ordinarias y extraordinarias; en
cada una de la institución educativa.
3. Organizar las actividades referidas a la defensa de nuestra identidad,
preservación y conservación del patrimonio ambiental, histórico y cultural.
4. Asumir corresponsablemente el compromiso del mantenimiento de la planta
física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a la
institución educativa. Asimismo, en el desarrollo de acciones que disminuyan
factores de riesgo y potencien los factores de protección.
5. Participar en la construcción del Proyecto Educativo Integral Comunitario
(PEIC), Proyectos de Aprendizajes (PA) y otras formas de organizaciones de
los aprendizajes en la institución educativa, en aras de la integración de las
familias, escuela y comunidad, a fin de garantizar las transformaciones que
ellos requieran.
6. Articular con otras instituciones educativas para la organización y desarrollo
de los Comité Estudiantiles hacia la conformación de las redes estudiantiles
locales, regionales y nacionales.
47
7. Sistematizar y divulgar a través de diferentes formas de comunicación, las
experiencias organizativas del Comité Estudiantil a nivel local, regional,
nacional e internacional.
8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables
Es la instancia de participación del colectivo social para ejercer funciones
enmarcadas en la formación de principios, creencias, actitudes, hábitos, valores como
el respeto, reflexión para concretizar en lo local, regional y nacional la
responsabilidad y corresponsabilidad de las familias, escuela, sociedad y el Estado.
El Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables está
conformado por:
Madres, padres, representantes y responsables. Los colectivos sociales de la
comunidad y de la escuela, reconociendo el hogar como la primera instancia
socializadora, responsable y corresponsable en los procesos de aprendizaje y
desarrollo de sus hijos e hijas.
Son funciones del Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables:
1. Asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por el Consejo
Educativo.
2. Participar en actividades educativas, sociales, asistenciales, económicas,
culturales, artísticas, deportivas y recreativas promovidas por el Consejo
Educativo.
3. Participar en la construcción, ejecución, control, seguimiento y evaluación del
Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC).
48
4. Organizar, promover y ejecutar jornadas de conservación, mantenimiento y
recuperación, de los bienes, muebles e inmuebles, infraestructuras de las
instituciones educativas.
5. Promover la articulación de las familias, escuela y comunidad para coadyuvar e la
atención educativa integral en los procesos de enseñanza- aprendizaje de las
niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos, participando en la
elaboración y ejecución de los planes de acción.
6. Sistematizar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar, en los
ámbitos local, municipal, regional y nacional.
7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Comité Académico
El Comité Académico es la instancia que contribuye a la formación permanente e
integral de las ciudadanas y los ciudadanos responsables y corresponsables de la
gestión escolar. Apoya en el desarrollo de potencialidades para aprender y propicia la
construcción e innovación del conocimiento, de los saberes, fomentando la
actualización, el mejoramiento y el desarrollo profesional de quienes la integran.
El Comité Académico está integrado por:
El Colectivo de Formación e Investigación Permanente, estudiantes, trabajadoras y
trabajadores administrativos, directivos, docentes, obreras y obreros.
Son funciones del Comité Académico:
1. Impulsar la formación permanente e integral de todas y todos los responsables y
corresponsables que constituyen el Consejo Educativo , en los aspectos
pedagógicos, ecológicos, ambientales, culturales, recreativos, deportivos,
49
socioproductivos, agroalimentarios, de salud, comunicacional, de
investigación, de tecnológico, experiencias y saberes con el fin de generar una
nueva ciudadanía con responsabilidad social.
2. Promover la actualización y mejoramiento del nivel de conocimientos y
desempleos de las y los responsables de la formación de ciudadanas y
ciudadanos.
3. Participar conjuntamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en la
planificación y ejecución de la evaluación del desempeño de los y las
responsables de la gestión escolar.
4. Impulsar el proceso curricular según la realidad local, municipal, regional y
nacional en el marco del enfoque geohistórico.
5. Participar protagónicamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en
la gestión escolar.
6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
el ámbito local, municipal, regional y nacional.
7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Comité de Comunicación e Información
Es la instancia que contribuye a la promoción, divulgación y comunicación referidas
a las variables escolares mediante el trabajo articulado con la red de medios públicos
y comunitarios.
El Comité de Comunicación e Información está conformado por:
1. Estudiantes, directivas (os), docentes, trabajadoras y trabajadores administrativos,
obreras, obreros y las organizaciones comunitarias del poder popular.
50
Son funciones del Comité de Comunicación e Información:
1. Impulsar la conformación de formas y medios de comunicación (impresos,
radiales y audiovisuales) en las instituciones educativas y en la comunidad.
2. Hacer uso de la tecnología de la información y la comunicación para coordinar,
organizar y orientar la gestión escolar.
3. Participar en la creación y organización de un sistema de comunicación
institucional, comunitario y alternativo, así como en la conformación del comité
de usuarias y usuarios para promover y defender los derechos e intereses
comunicacionales de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos.
4. Participar y articular acciones con los medios públicos, alternativos y
comunitarios para el apoyo y difusión de las actividades y programas educativos,
sociales y culturales que promuevan la conciencia social, convivencia en
armonía, amor, respeto, paz y tolerancia en el marco del vivir bien.
5. Impulsar la conformación de los Comité de usuarios y usuarias voluntarios(as)
con el propósito de fortalecer el uso reflexivo y crítico de los mensajes
transmitidos a través de los medios de comunicación social.
6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Comité de Seguridad y Defensa Integral
Es la instancia encargada de ejercer acciones dirigidas a la prevención , seguridad,
defensa y protección, en el marco de la responsabilidad y la corresponsabilidad,
orientados por valores de respeto, reflexión y participación.
El Comité de Seguridad y Defensa Integral está conformado por:
Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos,
trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios.
51
Son funciones del Comité de Seguridad y Defensa Integral:
1. Elaborar y Coordinar un plan de promoción, defensa, prevención y protección
integral para las instituciones educativas, en el cual se articulan acciones
conjuntas entre familia, escuela y comunidad para contrarrestar cualquier
expresión de violencia en la escuela y su entorno.
2. Impulsar acciones ara la formación permanente del Consejo Educativo que
potencien una cultura de defensa, prevención y protección integral frente a
situaciones que se constituyen en amenazas, vulnerabilidades y riesgos para la
integridad de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos.
3. Articular estrategias para la seguridad y protección de las niñas, los niños,
adolescentes, jóvenes, adultas ya adultos y la protección de las instituciones
educativas, con los entes de seguridad ciudadana, tales como: Policía Nacional
Bolivariana, Bomberos, Protección Civil, Guardia Nacional Bolivariana, Tránsito
Terrestre, Milicia Nacional Bolivariana, Comité de Seguridad de los Consejos
Comunales y Comunas, Salas de Batalla, Oficina Nacional Antidrogas (ONA),
Fundación José Félix Ribas y Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana
(DBISC), entre otros.
4. Contribuir con la formación de los colectivos de gestión integral de riesgo en la
elaboración de planes de emergencia, señalizaciones de seguridad, mapas de
estrategias para la seguridad y protección de las niñas, niños, adolescentes,
jóvenes, adultas, adultos y la protección de las instituciones educativas.
5. Impulsar y elaborar sistemas de alerta temprana, simulacros en situaciones de
emergencia, entre otros, en el marco de la articulación intra e interinstitucional y
la comunidad para la prevención de riesgos.
6. Realizar inventarios de los daños causados en la instituciones educativas,
correspondientes a bienes materiales, seres humanos y gestionar ante los
organismos competentes las soluciones pertinentes a las realidades evidenciadas.
7. Impulsar jornadas culturales, recreativas y deportivas que contribuyan a la
formación permanente e integral de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes,
adultas y adultos de las instituciones educativas y comunidades.
52
8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar
en esta materia en los ámbitos local, municipal, regional y nacional,
9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades, ante la
Asamblea Escolar.
Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral
Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, prevención,
conservación y preservación del ambiente a favor de la salud integral, orientada por
valores de fraternidad, responsabilidad, corresponsabilidad, cooperación y la
convivencia en el marco de la solidaridad.
El Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral está conformado por:
Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos,
trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios.
Son funciones del Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral:
1. Impulsar acciones en el marco del Eje Integrador Ambiente y Salud Integral para
potenciar el desarrollo local, regional y nacional a través de experiencias, saberes
populares y ancestrales que contribuyan con la preservación y conservación del
ambiente y de la salud integral de las familias, la escuela y la comunidad.
2. Garantizar el desarrollo del programa de Alimentación Escolar (PAE) junto con
los consejos comunales.
3. Fortalecer la función social de la escuela a través del desarrollo de jornadas de la
prevención y promoción para potenciar la salud integral de las niñas, niños,
adolescentes, jóvenes, adultas y adultos, con articulación intra e interinstitucional
con Barrio Adentro, comité de los Consejos Comunales y Comunas, Centros de
Diagnóstico Integral, Hospitales, Instituto Nacional de Nutrición, entre otros.
4. Impulsar la formación permanente integral de los actores claves del proceso
educacional para que participen reflexiva, crítica y creativamente en el sistema
53
alimentario de las instituciones educativas y en la preservación y
conservación del ambiente.
5. Garantizar la Salud Integral a través de acciones que creen conciencia individual
y colectiva sobre una alimentación autóctona, sana, segura, balanceada, nutritiva
y sabrosa en las familias, escuela y la comunidad, a través de la supervisión,
seguimiento, control y evaluación del servicio alimentario de las instituciones
educativas.
6. Promover una educación de salud preventiva no sólo con el uso de la medicina
convencional, sino también con la medicina alternativa, como parte de los saberes
populares y ancestrales en local, regional y nacional.
7. Crear colectivos ambientalistas y ecológicos para la protección del ambiente.
defensa del patrimonio cultural, ambiental y la soberanía nacional.
8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Comité de Deportes y Educación Física:
Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción,
organización, fomento y administración de la educación física y el deporte, con fines
educativos y sociales, orientada por los principios y valores de la identidad nacional,
democrática, participativa y protagónica, soberanía, justicia, honestidad, libertad,
respeto a los derechos humanos, igualdad, lealtad a la patria y sus símbolos, equidad
de género, cooperación, autogestión, corresponsabilidad, solidaridad y protección del
ambiente.
El Comité de Deportes y Educación Física está conformado por:
54
Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos,
trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios.
Son funciones del Comité de Deportes y Educación Física:
1. Articular con el Ministerio del Poder Popular para el Deporte a los fines de
planificar, ejecutar y evaluar la educación física y el deporte en las instituciones
educativas.
2. Crear colectivos de educación física y deportes que fortalezcan la salud integral
de las y los estudiantes, las familias, la comunidad educativa en general y la
comunidad circundante.
3. Garantizar el desarrollo de los deportes y la educación física mediante planes,
proyectos y programas propuestos por las organizaciones comunitarias y las
instituciones educativas.
4. Crear alternativas de vida que formen parte de la conciencia social, que tributen a
la cultura física, al vivir bien y al desarrollo de habilidades deportivas en las
diferentes disciplinas.
5. Garantizar el cuido y mantenimiento de las instalaciones deportivas existentes en
las instituciones educativas.
6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
7. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la
población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica
sistemática de deportes y la educación física.
8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Comité de Cultura:
Es la instancia responsable de organizar, orientar e impulsar el reconocimiento de las
culturas a través de actividades locales, regionales y nacionales en las instituciones y
55
centros educativos, promoviendo la formación integral con la finalidad de aportar
estrategias para el desarrollo de sus capacidades creativas, expresivas y recreativas
siempre bajo la política de inclusión vinculadas a la gestión escolar.
El Comité de Cultura está conformado por:
Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos,
trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios.
Son funciones del Comité de Cultura:
1. Promover la construcción de la identidad nacional, recuperando colectivamente su
historia, descubriendo y preservando sus raíces, tradiciones y luchas nacionales
libertarias.
2. Impulsar proyectos culturales permanentes e integrales que contribuyan a
convertir la escuela en el eje dinamizador de la actividad comunitaria.
3. Estructurar y desarrollar programas de apoyo para el sistema de redes escolares y
culturales en cada instancia de organización y participación comunitaria.
4. Promover y participar en actividades culturales que contribuyan al desarrollo y
consolidación del PEIC y la integración de toda la comunidad educativa en la
gestión escolar.
5. Desarrollar e integrar las actividades culturales con los ejes integradores del
proceso curricular.
6. Planificar, organizar y participar en actividades culturales articulando con las
organizaciones comunitarias e instituciones del estado a nivel local, regional y
nacional.
7. Fortalecer las potencialidades creativas, expresivas de las y los estudiantes,
directivos, docentes, padres, madres, responsables, representantes y de la
comunidad en general, reconociendo y respondiendo a las culturas originarias de
los pueblos y comunidades indígenas y afrovenezolanas, valorando su idioma,
cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y organización social que
constituyen los valores de la Nación.
56
8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar
en los ámbitos, local, municipal, regional y nacional.
9. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la
población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica
sistemática de actividades culturales.
10. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Comité de Infraestructura y Habitat Escolar:
Es la instancia organizativa encargada de gestionar, promover, planificar y evaluar las
acciones intra e interinstitucionales dirigidas a la construcción, ampliación,
mantenimiento, rehabilitación, dotación, y preservación de los bienes nacionales y la
planta física escolar.
El Comité de Infraestructura y Habitat Escolar está conformado por:
Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos,
trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios.
Son funciones del Comité de Infraestructura y Habitat Escolar:
1. Caracterizar las condiciones de los espacios educativos en los siguientes aspectos:
ubicación geográfica, tipo de terreno, medios de accesibilidad, planta física,
sistema eléctrico, instalaciones sanitarias, ambientación, áreas verdes, dotación
(mobiliarios y equipos), entre otros.
2. Elaborar y presentar ante la Asamblea Escolar un plan de acción previamente
discutido, para atender las necesidades detectadas enn función de generar las
posibles alternativas de solución.
3. Impulsar y garantizar que las infraestructuras escolares existentes y las que sean
construidas respondan a las normas de accesibilidad y los criterios de calidad
establecidos para la construcción de la planta física escolar.
57
4. Organizar y desarrollar jornadas permanentes para el mantenimiento y
preservación de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes
pertenecientes a las instituciones educativas. Así mismo, jornadas para la
seguridad, protección y vigilancia de la infraestructura escolar.
5. Planificar y desarrollar de manera articulada con los organismos competentes y
las organizaciones comunitarias, actividades de promoción y prevención en el
marco de la gestión integral de riesgos y de desastres.
6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar, en
los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Comité de Contraloría Social:
Es la instancia del Consejo Educativo encargado de la prevención, supervisión,
acompañamiento, control y evaluación de la gestión escolar, antes, durante y después
de la ejecución de los planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo,
basada en los principios de justicia, equidad, transparencia, corresponsabilidad,
celeridad, honestidad, ética para la protección y defensa del buen uso de todos los
recursos disponibles de la gestión escolar.
El Comité de Contraloría Social está conformado por:
Las vocerías de los distintos comités que integran el Consejo Educativo y
organizadores comunitarias.
Son funciones del Comité de Contraloría Social:
1. Prevenir, supervisar, acompañar, seguir, controlar y evaluar la gestión escolar de
los planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo que se
planifiquen, ejecuten y desarrollen en las instituciones educativas.
58
2. Procesar y evaluar los planteamientos presentados por las y los integrantes de
los colectivos sociales en relación a la gestión de los Comités que conforman el
Consejo Educativo e informar de manera oportuna a la Asamblea Escolar.
3. Divulgar los soportes jurídicos vinculados al Consejo Educativo y garantizar su
cumplimiento.
4. Garantizar el estricto cumplimiento del Calendario Escolar, los procesos
pedagógicos y académicos, las líneas orientadoras que viabilizan el currículo, los
horarios de las trabajadoras y los trabajadores, los horarios escolares, la
cuadratura, la sinceración de nómina, la matrícula, la inscripción y las estadísticas
de las instituciones educativas.
5. Supervisar, acompañar, controlar y evaluar la calidad y funcionamiento de los
bienes y servicios, obras de infraestructura ejecutadas en las instituciones
educativas; así como los procesos relacionados con el servicio alimentario
(insumos, abastecimiento, procesamiento y distribución), higiene, manipulación y
calidad de los alimentos, menú suministrado y contratación de los servicios, entre
otros.
6. Establecer mecanismos para conocer, procesar, denunciar y hacer seguimiento
ante los organismos competentes de las irregularidades pedagógicas,
administrativas y jurídicas detectadas en las instituciones educativas.
7. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de actividades ante la
Asamblea Escolar.
Comité de la Asamblea Escolar:
Es la máxima instancia de participación, deliberación y toma de decisiones del
Consejo Educativo, para dar cumplimiento a lo establecido en las leyes y demás
normas que rigen el Subsistema de Educación Básica.
El Comité de la Asamblea Escolar está conformado por:
59
Las y los responsables y corresponsables como sujetos claves del proceso
educativo vinculados a la gestión escolar.
Las decisiones de la Asamblea Escolar serán tomadas por consenso de la mayoría de
los y las asistentes a la Asamblea vinculados a la gestión escolar.
Son funciones del Comité de la Asamblea Escolar:
1. Aprobar y legitimar el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) con sus
respectivos planes, programas, proyectos y recursos, de acuerdo a la política
educativa el Estado.
2. Aprobar el documento de Registro del Consejo Educativo y sus normas de
funcionamiento, en un lapso no mayor de tres (03) meses a partir del inicio del
año escolar.
3. Definir criterios para revocatoria del mandato de las y los integrantes de los
diferentes comités, partiendo de lo establecido en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (1999), La Ley Orgánica de Educación (2009), La Ley
Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007) y el conjunto
de Leyes del Poder Popular (2010-2011) que garantizan los derechos de las
ciudadanas y los ciudadanos.
4. Discutir, aprobar o revocar los proyectos de comunicación alternativa, salud,
socio-productivos, infraestructura, recreación, actividad física y deportes, los
cuales se enmarcarán en el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y se
articularán con los proyectos de la comunidad organizada y los organismos del
Estado.
5. Discutir y por consenso diferir, aprobar o revocar la Memoria y Cuenta del
Consejo Educativo.
60
HIMNO DEL COLEGIO
“A SANTO DOMINGO POBRE”
ESTRELLA
Del cielo de Castilla,
voz del profeta,
Amigo del Señor.
Tú eres
solidario con los pobres,
enseñas a los jóvenes
una lección de Amor.
ESTRIBILLO:
No quieres estudiar
sobre pieles muertas,
mientras manos con hambre
se tienden yertas (bis).
Quisiéramos
hacer nuevos destinos,
abrir nuevos caminos,
para el hombre de hoy.
No quieres estudiar .....
Luz y fuego
es Domingo de Guzmán,
Predicador itinerante,
de la Verdad fiel amante
del estudio y la oración,
admirador de la Virgen María
en él vemos la alegría,
en él vemos el Amor.
No quieres estudiar ...
Letra: María Teresa Sancho
Música: Isabel Pinto
61
U.E. COLEGIO “SANTO DOMINGO DE GUZMÁN”
Calle Junín – El Rosal – Caracas 1060
Correo electrónico: santodomingog @ cantv.net
Página Web: www.colegiosantodomingoguzman.com
Teléfono: 953.17.63
Fax 953.17.50
Diciembre, 2013

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Acuerdos de convivencia escolar y comunitaria

  • 1. 1
  • 2. 2 Educar es un arte superior. No moldea arcilla, moldea personas. Gana en inmortalidad a una melodía musical, a una obra pictórica, a una composición literaria… estas proceden de sentimientos inspiradores plasmados por un alma de artista. Educar es amar. Y el amor procede de Dios... artista supremo. María Teresa Sancho, D.M.S.F. (2007)
  • 4. 4 ACUERDOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR YCOMUNITARIA TÍTULO I Disposiciones Fundamentales La presente normativa se basa en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000), ley Orgánica de Educación (2009) y su Reglamento General (2003), la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente (LOPNA 2007), la Gaceta Municipal del Municipio Chacao (2004) y demás organismos disposiciones que dicte el ejecutivo en uso de sus atribuciones. 1. Objeto y Finalidad: Los presentes Acuerdos Internos de Convivencia Escolar y comunitaria tienen por objeto regular la organización y funcionamiento de la U.E. Colegio Santo Domingo de Guzmán, así como establecer las normas de convivencia para todo el alumnado y una educación integral de la más alta calidad que contribuya a su formación, de forma tal de mantener en la convivencia escolar los principios de igualdad y participación con la finalidad de velar por el cumplimiento de los deberes y derechos colectivos del niño y del adolescente. 2. Ámbito de Aplicación: En la elaboración o reforma de los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria se deberá tomar en cuenta los principios de igualdad y no discriminación (Art. 3), prioridad absoluta (Art. 7) el interés superior del niño (Art. 8) y demás disposiciones contenidas en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes relativa a los derechos de Educación (Art 53) y participación (Art. 81). La aplicación del presente Acuerdo establece líneas de acción de carácter obligatorio para todas las instancias de la comunidad educativa del Colegio Santo Domingo de Guzmán y pone límite a la discrecionalidad de sus acciones.
  • 5. 5 TÍTULO II De la Denominación, Objeto, Estructura CAPÍTULO I Del Nombre, Objetivo y Organigrama Esta institución es el lugar de encuentro de una Comunidad Educativa Cristiana cuya congregación está enraizada en la orden de predicadores, fundada por Domingo de Guzmán (1170 – 1220) de quien las Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia toman el nombre para fundar dicha centro educativo. Objetivo: Desarrollar procesos educativos integrales de calidad fundamentada en los valores del evangelio para crear agentes dinamizadores de cambio que promueva la justicia, el trabajo, la participación y la solidaridad. CAPÍTULO II Naturaleza y Fines La Unidad Educativa Colegio Santo Domingo de Guzmán se constituye en una institución educativa sin fines de lucro, dedicada a la formación humano cristiana del niño, niña y adolescente que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación: la vida, libertad, justicia, igualdad, solidaridad, democracia y responsabilidad social.
  • 6. 6 TÍTULO III De los Derechos, Garantías, Deberes y Responsabilidad de los Integrantes del Colegio. CAPÍTULO I De los Alumnos y Alumnas Todos los alumnos/as de la institución gozan de los derechos y garantías establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Educación con su Reglamento General, la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y otras disposiciones que dicten las autoridades competentes. Derechos y Garantías: 1. Derecho a una educación integral y de calidad permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. (Art. 103 de la Constitución) 2. Derecho a recibir una formación que asegure que responda a los fines generales que persigue el estado venezolano. Derecho a ser informado y a participar libre, activa y plenamente en su propio proceso educativo y en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas, recreacionales, deportivas, sociales y culturales. (Art. 68 LOPNA) 3. Derecho a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena objetividad. 4. Derecho a que se respete su libertad de conciencia así como sus convicciones religiosas y morales, de acuerdo con la constitución, Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. 5. Derecho a que se respete su integridad y dignidad personal. 6. Derecho a presentar o dirigir peticiones al personal directivo, docente, administrativo, obrero, padres, madres, representantes y a cualquier otra instancia y a obtener oportuna y adecuada respuesta.
  • 7. 7 7. Derecho al debido proceso y a la defensa. 8. Derecho a ser atendido justa y oportunamente por las autoridades educativas y por los directivos de la comunidad educativa. 9. Derecho de elegir y ser elegido en las asociaciones de estudiantes, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico, el presente reglamento interno y si fuera el caso de los reglamentos especiales. 10. Derecho a ser orientado en sus problemas personales, académicos y en su conducta personal. 11. Derecho a mantener su inscripción en la institución siempre que cumpla con los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento jurídico venezolano y el presente reglamento interno, salvo cuando los padres y representantes manifiesten su voluntad de retirarlos. 12. Derecho a ser respetado por todas las personas que forman la institución educativa. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana. 13. Derecho a defender sus derechos por sí mismos. 14. Derecho a utilizar el local, mobiliario, útiles de enseñanza y demás elementos de la dotación material del plantel, de acuerdo a los fines que se les destina y a las normas correspondientes. Responsabilidades y Deberes: Las normas conllevan a una convivencia armónica dentro de nuestra Institución, para así lograr los objetivos propuestos y un mejor desempeño de nuestra labor, por ello el alumnado tendrá dentro de la Comunidad Educativa los siguientes deberes: 1. Asistir regularmente y puntualmente a todas las actividades escolares y de la institución educativa con el material y los útiles necesarios. La entrada es a las 7:25 am para todos los niveles. En caso de retardo injustificado se permitirán tres (3) pases por Lapso, una vez expirado el tercero se le informará al representante por escrito, con el cuarto pase se citará al representante para dialogar sobre la situación consuetudinaria de llegar tarde a la institución. (Art. 54º de la LOPNA).
  • 8. 8 De seguir ocurriendo la impuntualidad se llevaran los recaudos a la Defensoría Educativa quien manejará la situación. La hora de salida para el nivel preescolar es a las 12:30 pm y para el resto de los niveles es a la 1:15 pm. 2. Permanecer en la institución educativa, durante todo el horario de actividades escolares, salvo los casos en que esté permitido ausentarse con autorización previa, escrita y por razones justificadas de sus padres, madres, representantes o responsables y de la coordinación respectiva. Ningún/a alumno/a puede salir del aula sin la autorización del/la profesor/a. 3. La asistencia de los alumnos y alumnas a clase es obligatoria. Se requerirá un porcentaje mínimo de asistencia para optar a la aprobación del grado, área, asignatura o similar de setenta y cinco por ciento (75 %) (Art. 109º Reglamento de la Ley Orgánica de Educación). Cada docente en su área llevará un registro de asistencia de los mismos e informará al docente Guía los casos donde exista inasistencias reiteradas, a los fines de que se tomen las previsiones a que hubiera lugar. Aquellos alumnos y alumnas que aparezcan insistentes en días y horas anteriores sin justificativo correspondiente del representante, tendrá que asistir al plantel con su representante para aclarar la situación. En caso de enfermedad del alumno y/o alumna, el Representante deberá consignar en la coordinación respectiva la constancia médica original. El coordinador informará a los Docentes para que se le fije la fecha de evaluaciones que el alumno(a) pudiera haber perdido durante el período de reposo. 4. Vestir el traje escolar conforme a las siguientes instrucciones: a. Todos/as deben llevar la camisa o chemise (de acuerdo al nivel al cual pertenecen) por dentro del pantalón o la falda. b. El pantalón y la falda escolar (a la rodilla) deben ser de color azul oscuro. Los varones llevarán correa negra. c. El sweters debe ser de color azul oscuro llevando solamente el logotipo del Colegio. d. El distintivo del Colegio debe ir cosido del lado izquierdo de la camisa o chemise y sweater.
  • 9. 9 e. Los zapatos deben ser negros (colegiales) En el caso de las alumnas el tacón del zapato debe ser bajo y las medias blancas debajo de las rodillas. f. El traje de deporte debe ser un mono escolar de color azul oscuro (sin rayas laterales), con la franela deportiva del Colegio por dentro del mono y zapatos deportivos blancos o negros. g. Los/as alumnos/as deberán presentarse en el Colegio correctamente vestidos/as y aseados/as. h. El/la alumno/a debe respetar al traje escolar fuera del Plantel, evitando actitudes inadecuadas. i. Las alumnas no deberán presentarse con maquillaje al Colegio, ni usar accesorios llamativos como más de una cadena, pircing, pañoletas u otro que distorsione el uso del traje escolar. j. El corte de cabello de los varones deberá ser acorde con el de un estudiante, con el corte y estilo de peinado clásico de caballero: abstenerse de usar cabello largo, peinado tipo erizo o con pinchos, barba y/o bigote. 5. Mantener el orden y la disciplina dentro y fuera del aula. 6. Cumplir las disposiciones y órdenes dictadas por las autoridades educativas del Plantel. 7. Mantener en todos los integrantes de la institución educativa, relaciones personales que se caractericen por; la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la cooperación y la amabilidad. 8. No interrumpir, perturbar u obstaculizar injustificadamente el normal desarrollo de las actividades escolares. 9. No está permitido el consumo de ningún tipo de alimentos o golosinas durante las horas de clase. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas dentro de las instalaciones del Plantel y sus adyacencias, de igual forma está prohibido la tenencia de las mismas. 10. En las horas de clases no ésta permitido el uso de material que entorpezca el normal desarrollo de las actividades escolares (juguetes, walkman, MP3, radios reproductores, barajitas, revistas, celulares, cámaras, etc.). El/la alumno/a es el/la único/a responsable de los objetos que traiga al Colegio. 11. No está permitido traer videojuegos al colegio.
  • 10. 10 12. Durante los recesos, todos/as los/as alumnos/as deben estar en los patios de recreo. 13. El/la alumno/a debe asistir y participar de las actividades programadas para su formación integral: paseos, convivencias, retiros, etc. 14. Los alumnos/as no deben permanecer en las afueras y/o alrededores del colegio (a más de 150 metros) a la hora de la salida. 15. No está permitido traer pelotas y balones al Colegio. 16. Acceder a la Cantina Escolar sólo dentro del horario establecido para cada subsistema, siendo para el nivel preescolar a las 8: 30 am, primaria a las 8:45 am y bachillerato a las 9:00. Salvo los días de convivencia o paseos con previa autorización del docente encargado. 17. Cumplir con los deberes referidos en el Artículo 93 de la LOPNA: a. Honrar a la patria y a sus símbolos; b. Respetar, cumplir y obedecer todas las disposiciones del ordenamiento jurídico y las órdenes legítimas que, en la esfera de sus atribuciones, dicten los órganos del poder público; c. Respetar los derechos y garantías de las demás personas; d. Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes o responsables, siempre que sus órdenes no violen sus derechos y garantías o contravengan al ordenamiento jurídico; e. Ejercer y defender activamente sus derechos; f. Cumplir sus obligaciones en materia de educación; g. Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas; h. Conservar el medio ambiente; i. Cualquier otro deber que sea establecido en la ley. RECONOCIMIENTOS: Con el fin de recompensar la conducta, laboriosidad, cooperación y cualidades sobresalientes del alumnado, los/as docentes y/o la Dirección del Colegio establecerán los correspondientes reconocimientos teniendo en cuenta los resultados
  • 11. 11 de las evaluaciones periódicas y el criterio de los/as Docentes, con el fin de que ninguna acción que lo merezca quede sin reconocimiento. FALTAS: Se entiende por “falta” el quebrantamiento de una norma u orden establecido, de forma que se dificulte o entorpezca el proceso educativo individual o colectivo. NATURALEZA DE LAS FALTAS Se establecen los siguientes grados de falta:  Leves.  Graves. SE CONSIDERAN FALTAS LEVES: Los alumnos y alumnas incurren en falta leve cuando: 1. Llega a clase con retardo. 2. No cumplir con sus obligaciones en materia de educación. 3. Conversar en clases. Interrumpir, perturbar u obstaculizar injustificadamente el normal desarrollo de las actividades escolares. 4. Indisciplina dentro del Plantel. (Aulas, canchas deportivas, pasillos, etc.) 5. Ingerir alimentos o golosinas durante las horas de clase y dentro de las canchas deportivas. 6. Sacar o usar cualquier material que entorpezca el normal desarrollo de las actividades escolares (juguetes, walkman, MP3, radios reproductores, barajitas, revistas, celulares, videojuegos, cámaras, etc.). 7. Traer pelotas y/o balones al Colegio. 8. Incumplimiento del horario para el uso de la cancha deportiva. 9. Irrespetar los derechos y garantías de las demás personas.
  • 12. 12 10. Falta de colaboración en la conservación, limpieza y mantenimiento, dentro de los límites de sus responsabilidades del local, mobiliario y cualquier otro material de la Institución Educativa, especialmente, de su aula de clase. 11. Lanzar desperdicios en cualquier área del Plantel. 12. No usar el traje escolar establecido, salvo en los casos en que ello sea imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas. Llevar la chemise o franela de deporte por fuera del pantalón o mono. 13. Asistir con maquillaje al plantel. 14. Tener un corte o peinado no permitido. 15. Irrespetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas de algún miembro de la comunidad educativa, o del personal docente, administrativo u obrero del plantel. 16. Emplear un lenguaje inapropiado. 17. Permanecer en las aulas, laboratorios o pasillos durante los recesos sin autorización. 18. No realizar la formación en columna durante el himno nacional y del Colegio; en la hora de la entrada y la salida, respetando la distancia entre cada estudiante y en silencio. SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES: Los alumnos y alumnas incurren en falta grave en los casos siguientes: 1. Incumplimiento reiterado de una falta leve. 2. Cuando cometan actos violentos de hecho o de palabra contra cualquier miembro de la comunidad educativa, o del personal docente, administrativo u obrero del plantel. 3. Cuando provoquen desórdenes durante la realización de cualquier prueba de evaluación o participen en hechos que comprometan su eficacia. 4. Cuando deterioren o destruyan en forma voluntaria los locales, dotaciones y demás bienes del ámbito escolar. 5. Faltar a clases sin justificación. 6. Irrespeto a las normas de la moral y buenas costumbres.
  • 13. 13 7. Falsificar firmas y documentos. Destruir comunicados que sean enviados al representante. 8. Hurtar bienes, exámenes y/o material para la evaluación de alumnos(as). 9. Ingerir bebidas alcohólicas. 10. Consumo, tráfico o tenencia de sustancias prohibidas. 11. Introducir objetos prohibidos al Plantel (cortantes, punzantes, detonantes, materiales inflamables, armas, navajas, etc.) 12. Irrespetar a la patria y a sus símbolos. (Artículo 93 de la LOPNA) Procedimiento para la aplicación de medidas socio-educativas por incurrir en falta leve: 1. Faltas Leves:  Corrección o advertencia verbal al alumno/a.  Amonestación verbal, informando sobre la falta cometida.  Actuación diaria del alumno o alumna.  Comunicación escrita al representante informando el número de faltas acumuladas por su representado/a.  Citación a los padres y/o representantes, firma conjunta de acta compromiso, en la que se incluirán las recomendaciones para la familia.  Aplicación de medidas Socio-educativa. (Disposiciones Transitorias N° 10 LOE). Las medidas socio educativas son producto de la mediación y conciliación que adopten los integrantes de la comunidad educativa resguardando siempre el derecho a la educación y a la legislación de protección a niños, niñas y adolescentes (Disposiciones Transitorias N° 10 LOE). Entre ellas se cuentan:  Asignación y cumplimiento de una labor social dentro del plantel.  Desarrollo de un tema ante el alumnado asignado, el cual debe trabajar el valor humano-cristiano vulnerado en la falta cometida.
  • 14. 14 Es importante destacar que toda llamada de atención realizada al estudiante de forma oral o escrita, amonestación, así como las notificaciones al representante, deben quedar reseñadas en los registros descriptivos del docente. El Artículo 54 de la LOPNA, señala la obligación de los padres, representantes o responsables a “participar activamente” en el proceso educativo, el Artículo 55 le confiere el derecho. Por lo tanto la escuela tiene la obligación de velar por el cumplimiento de esto, incorporando a los padres y/o representantes a las distintas actividades programadas y orientarlos en el proceso. Descripción de los pasos a seguir ante una falta leve: a) Se conversa con el alumno(a) de la conducta presentada utilizando la mediación y el manejo de conflicto. Esta puede ser de forma grupal apelando a los acuerdos de convivencia escolar y comunitaria. b) Se conversa con el alumno(a) por segunda vez, utilizando la mediación, recordando el compromiso dado por él y negociar nuevamente si es necesario. Aclarar dudas. Esta puede ser individual o grupal. c) Se conversa con el alumno(a) por tercera vez, utilizando la mediación. Esta puede ser individual o grupal. Se le informa al alumno(a) que de presentarse nuevamente esta conducta se aplicará una amonestación escrita a través del formato: ACTUACIÓN DIARIA, en la cual se le hará la observación al representante de las veces que se ha abordado la conducta en el aula, mediando con su representado y no ha cumplido con los acuerdos. Se le pide al representante trabajar en el hogar dicha conducta. Esta deberá estar firmada y ser archivada por la docente guía en la carpeta del alumno. d) A la cuarta vez de presentarse la misma conducta se entrega la ACTUACIÓN DÍARIA. Se debe llevar registro de la misma indicando la fecha (registro anecdótico o descriptivo del docente, y en la hoja de diario del salón o el
  • 15. 15 registro de situación, a partir de 1° grado de primaria) y pedirla obligatoriamente al siguiente día firmada por el representante, si no la trae enviar una nota indicando la situación al representante y comunicar al niño que de no traer la amonestación firmada al segundo día, se debe enviar al estudiante a la Coordinación respectiva. e) Si aún con el cumplimiento de estos pasos el alumno(a) manifiesta nuevamente la misma conducta se refiere a la Coordinación Pedagógica respectiva. Allí se seguirá con el procedimiento administrativo que amerite la situación. (Ver pasos para aplicar procedimiento administrativo, pág. 23ss) 2. Faltas Graves: Si la falta que manifieste el alumno(a) es grave, se refiere directamente a la Coordinación Pedagógica respectiva donde se aplicará el procedimiento administrativo.  Acta de Situación (Derecho a la Defensa) y  Citación del representante por parte del coordinador o coordinadora.  Citación del representante por parte del director o directora.  Aplicación de medidas socio educativa. (Disposiciones Transitorias N° 10 LOE).  Firma del libro de vida. (Expediente del/a alumno/a) Procedimiento Administrativo: Para dar inicio a cualquier proceso, por la reincidencia de una falta leve o por una falta grave, deberá iniciarse el proceso administrativo elaborando un expediente que contendrá todos los recaudos necesarios que lleven al esclarecimiento de la situación, incluyendo:  Acta de inicio de averiguación.
  • 16. 16  Entrevista con el/la estudiante y opinión del/a mismo/a. (Art. 80 y 86 de la LOPNA)  Declaraciones de los testigos.  Informe del/a afectado/a. (Si lo hubiere)  Antecedentes del/a estudiante incluyendo posibles atenuantes como buena conducta y rendimiento académico.  Informe del Departamento Psico-educativo del Colegio.  Referir el caso a otros organismos (red de apoyo)  Seguimiento del caso. Para la aplicación de las medidas socio-educativas (Disposiciones Transitorias N° 10 LOE) hay que tomar en cuenta los siguientes criterios:  Lo pautado en el Artículo 8, 32, 57, 80, 85, 86 y 88 de la LOPNA  La edad del alumna o alumna.  La naturaleza y gravedad del hecho.  El grado de responsabilidad en el hecho.  Los esfuerzos del alumno o alumna para reparar los daños causados. Hay que tener presente que las medidas socio-educativas se aplican principalmente con la intención de modificar la o las conductas inadecuadas del alumno/a, de tal forma que se beneficie tanto él como la comunidad escolar, que ve entorpecida su labor con el incumplimiento de las normas que facilitan la sana convivencia. Toda medida debe promover un cambio de conducta positivo en el alumno y cumplir un fin pedagógico. La Institución Educativa deberá agotar todas las instancias internas para tratar los problemas tanto de conducta como de aprendizaje, por lo tanto es importante la participación del Departamento de Orientación, así como llevar un registro detallado de las reuniones y recomendaciones dadas a los padres y/o representantes y saber si éstas se han cumplido.
  • 17. 17 Una vez agotadas las instancias y de persistir el problema, al no evidenciarse cambios, ni compromiso por parte de la familia, el caso puede remitirse a la Defensoría Escolar del Niño y el Adolescente, al que pertenezca el Plantel, quienes procederán de acuerdo a la Ley. PASOS PARA APLICAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CORRECCIÓN: Es una amonestación o llamado de atención verbal particular sobre una conducta inapropiada. Con ella se espera que el/la alumno/a modifique su actitud y comportamiento. La corrección se hará con el debido respeto a la persona y puede estar acompañada de otras sanciones según la falta.
  • 18. 18 CITACIÓN: Consiste en una convocatoria escrita dirigida a los padres del/a alumno/a con el propósito de exponerle alguna conducta irregular que el/la alumno/a haya presentado y puede ir acompañado de otras medidas según la falta. Con Respecto a la Evaluación: 1. Los/as alumnos/as dispondrán del tiempo asignado por el/la docente para la prueba. En caso de finalizar antes del tiempo asignado el alumno/a tendrá la obligación de esperar en silencio y sentado en su lugar hasta que culmine el tiempo señalado. 2. Todos/as los/as alumnos/as deberán portar los útiles escolares necesarios para la realización de una prueba. 3. Una vez aplicada la prueba el/la alumno/a deberá conocer los resultados de la misma con un máximo de dos semana después de su aplicación. 4. El/la alumno/a que sea sorprendido copiando trabajos y/o exámenes, se le anulará la evaluación o trabajo. 5. La ausencia justificada o injustificada a clase obligará al alumno/a a recuperar, por su cuenta, todo lo avanzado en las clases durante su ausencia. También es responsabilidad suya informarse sobre los trabajos, prácticas, exámenes, etc. y ponerse al día con ellos. 6. El/la alumno/a que falte injustificadamente a una evaluación o entrega de trabajo se le aplicará o será entregado el día de su reincorporación a clases. 7. La evaluación en el nivel de Educación Inicial se hará de forma cualitativa por áreas de aprendizaje. 8. La expresión cualitativa de la evaluación final de los alumnos y alumnas de la Educación Primaria se hará de manera descriptiva en forma global y en términos literales. (Art. 108º Reglamento de la Ley Orgánica de Educación)
  • 19. 19 9. Para la Educación Media: todo/a alumno/a tiene derecho a repetición de prueba, siempre y cuando hayan aplazado el 30% o más. (Art. 112º Reglamento de la Ley Orgánica de Educación) 10. Todo/a alumno/a tiene derecho a revisión de prueba con el/la profesor/a de la materia. 11. La asistencia a clases es obligatoria. El porcentaje mínimo de asistencia para optar a la aprobación de un grado, área, asignatura o similar será del setenta y cinco por ciento (75%.). Art. 109º Reglamento de la Ley Orgánica de Educación. CAPÍTULO II De la Rectora: La Rectora es la representante de las Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia, en la Institución Educativa. Su Misión consiste en cumplir con las finalidades de la Educación en conformidad con las prioridades y líneas de acción del Proyecto de la Congregación. Es nombrada por La Comunidad de Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia a la que está asignada; por un período, renovable, de tres años. Perfil personal y profesional  Persona identificada con el Carisma de la Congregación.  Conocedora de la historia congregacional, especialmente de su itinerario educativo.  Con suficiente experiencia en el ámbito de la educación y demostrada vocación de Maestra.  Persona conocedora y comprometida con la misión del Colegio.  Compasiva, con una calidad humana basada en el amor, la ternura y el servicio a los demás.  Persona que avanza por el camino de Santo Domingo, del Padre Cueto y de la Madre Pilar, con los ojos puestos en Jesús de Nazaret.
  • 20. 20 Personalidad:  Conocimiento y aceptación personal  Sentido de la vida  Sociabilidad con capacidad de relación y comunicación  Con deseo continuo de actualizarse  Con capacidad de tomar decisiones  Actitud de respeto hacia las personas, la naturaleza y la creación.  Sensibilidad social reflexiva y crítica.  Comprometida con la realidad.  Abierta al diálogo con el mundo.  Asume los compromisos institucionales  Capaz de trabajar en equipo  Se identifica y compromete con las Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia.  Centra su vida en los valores del Evangelio  Formación religiosa actualizada  Madurez espiritual y humana. Funciones y Atribuciones 1. Orienta y promueve, en la acción educativa del Colegio, la espiritualidad dominicana, manifestada en los documentos de la Congregación de Dominicas Misioneras de la Sagrada familia. 2. En colaboración con el equipo directivo del Colegio, impulsa y actualiza el Proyecto Educativo, en todo lo que concierne a la formación humano-cristiana y académica. 3. Promueve programas permanentes de evaluación institucional en el marco de los criterios de calidad educativa y de las orientaciones de las Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia.
  • 21. 21 4. Promueve, junto con la Directora, la formación permanente del docente, tanto en el ámbito humano-espiritual, como profesional. 5. Junto con la Directora, es responsable de la selección y admisión de nuevos docentes, alumnos y representantes. 6. Promueve encuentros de Exalumnas/os. 7. Anima a cada uno de los miembros del Equipo Directivo para que se sientan estimulados y apreciados en el cumplimiento de sus funciones. 8. Impulsa la Pastoral del Colegio, dándole la prioridad que posee. 9. Convoca y preside el Equipo Directivo 10. Mantiene contacto formal e informal frecuente con los docentes, alumnos/as, personal administrativo y obrero, y padres y representantes. De la Dirección: La Dirección es el órgano de la institución escolar ejercido por el Director o Directora, quien es la primera autoridad y supervisor nato del mismo. El Director o Directora velará por que las actividades de la institución estén orientadas a lograr los objetivos del Estado venezolano; es nombrado por la Comunidad de Hermanas Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia que rige el Colegio por un período, renovable, de tres años, y debe rendir cuentas a dicha Comunidad Religiosa. Perfil Personal y Profesional:  Persona identificada y comprometida con la educación.  Conoce las líneas fundamentales de la educación de las Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia y se compromete con ellas. Funciones y Atribuciones: El Director o Directora de la institución educativa, es la autoridad superior del plantel y es el órgano autorizado para dirigirse al Ministerio del Poder Popular
  • 22. 22 para la Educación y a las actividades docentes (Zona Educativa, Distrito Escolar y Sector) respecto a los asuntos del gobierno y organización del establecimiento. Además de las contempladas en la legislación escolar vigente. Tendrá los siguientes deberes y atribuciones: 1. Llegar al plantel por lo menos treinta (30) minutos antes de iniciarse las actividades. 2. Dirigir y coordinar las actividades académicas de acuerdo al Proyecto Educativo y la Planificación Anual del Colegio. 3. Conocer el contenido y alcance de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación y su Reglamento, Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, Ley Orgánica del Poder Ciudadano, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley Orgánica de Salvaguardia de Patrimonio Público, Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y otras normas emanadas de las autoridades públicas competentes, así mismo, cumplirlas y orientar convenientemente a otras para su cumplimiento cuando así le sea solicitado. 4. Fijar y dirigir los actos académicos, convocar y dirigir el Consejo General, el Consejo Técnico Docente y el Consejo de Docentes. 5. Autorizar con su firma y sello del Colegio, los certificados y demás documentos que expide el Plantel. 6. Ejecutar los acuerdos de los Órganos de Gobierno Colegiados en el ámbito de sus facultades, facilitar la información que corresponda a los diversos estamentos de la Comunidad Educativa. 7. Autorizar de acuerdo con los Coordinadores, la celebración de actos y reuniones generales: las salidas, viajes culturales, y convivencias escolares. 8. Promover las actividades complementarias de su competencia con la colaboración de los otros miembros del Consejo General, de los Docentes, el Consejo Estudiantil y el Comité de Madres, Padres y Representantes y Responsables.
  • 23. 23 9. Representar como Directora a la Institución ante los organismos oficiales y privados y responder por el funcionamiento técnico, docente y administrativo del Plantel. 10. Cumplir y hacer cumplir la Ley Orgánica de Educación, los Acuerdos de Convivencia Escolar y Comunitaria y todas las demás disposiciones de las autoridades competentes. 11. Responsable ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación, del cumplimiento de las políticas y normas emanadas del Despacho de acuerdo a las leyes vigentes. 12. Responsable administrativo del Colegio ante la AVEC y CONAPREC. 13. Responsabilizarse del proceso a seguir para la entrega de Certificados de Educación Básica y Títulos de Bachiller. 14. Velar por la asistencia y puntualidad del personal, así como por la disciplina y la buena marcha de la Institución. 15. Autorizar las inasistencias de los docentes. 16. Favorecer la entrega de estímulos a los miembros del personal docente y no docente que se distingan en algún aspecto de la labor educativa y vida del Centro, de acuerdo con el Consejo de Docentes. 17. Instruir expedientes y establecer correctivos a los miembros del personal docente, y no docente que así lo necesiten, de acuerdo con el Órgano Unipersonal correspondiente. 18. Impulsa proyectos de innovación pedagógica y calidad educativa en el marco de la actualización de los Planes de Estudio e investigación y de la aplicación creativa del Carisma Educativo de las Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia. 19. Responsabilizarse de que se lleve a cabo el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) del Colegio. 20. Supervisa y evalúa el Proyecto Curricular en todos sus aspectos, conjuntamente con los coordinadores/as y el Equipo Directivo. 21. Admite y despide a alumnos/as, profesores/as y personal encargado de los Servicios Académicos comunes.
  • 24. 24 22. Juntamente con la persona encargada de la Administración, elabora y tramita la aprobación del presupuesto del Colegio. 23. Convoca y preside las reuniones del Consejo Técnico Docente y Consejo general de profesores. CAPÍTULO III Coordinador de Educación Media. Funciones y Atribuciones: 1. Corresponsabilizarse de la gestión ordinaria del Plantel, así como de hacer cumplir el reglamento interno. 2. Convocar y dirigir previo acuerdo con la Dirección, reuniones de docentes de su nivel. 3. Responsabilizarse de la elaboración de los horarios de su nivel. 4. Atender, orientar e informar a los Padres y Representantes, en coordinación con los docentes de su nivel todo lo referente a la marcha académica de los alumnos. 5. Proponer a la Dirección cursos de actualización pedagógica para los docentes de su nivel. 6. Corresponsabilizarse del cumplimiento del Reglamento Interno del Plantel. 7. Informar a la Directora sobre las necesidades de los docentes de su nivel en lo concerniente a la tarea educativa. 8. Coordinar la celebración de actos y reuniones del nivel respectivo, así como las salidas culturales. 9. Llevar el control de los justificativos y permisos de los alumnos y alumnas, así como autorizar en base a éstos, su retiro del Plantel. 10. Presentar la lista de textos, revistas y otras fuentes de información, elaborada previamente por los docentes para seleccionar el material de consulta, así como equipos y material didáctico correspondiente. 11. Colaborar con la Dirección en la planificación y evaluación institucional. 12. Cumplir con el horario de trabajo asignado.
  • 25. 25 13. Velar por la disciplina del Plantel. 14. Informar periódicamente a la Dirección sobre los problemas que se presenten en el orden disciplinario, moral y social. 15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo. Coordinador Pedagógico Funciones y Atribuciones: 1. Responsabilizarse de la acción educativa de su nivel conjuntamente con la Dirección del Plantel. 2. Convocar y dirigir, previo acuerdo con dirección, las reuniones de los docentes de su nivel. 3. Convocar y dirigir, previo acuerdo con dirección las reuniones con Padres y Representantes de los alumnos de su nivel. 4. Organizar, dirigir y supervisar el proceso de enseñanza aprendizaje en las áreas académicas del Educación Inicial y Primaria. 5. Dirigir la planificación y programación académica de su nivel, de acuerdo con los objetivos, criterios curriculares, PEIC, Carisma Dominicano y la normativa emanada de la Dirección del Colegio y del Ministerio del Poder Popular para la Educación. 6. Dirigir la evaluación de los productos del aprendizaje en Educación Inicial y Primaria, adelantar acciones para mejorar el rendimiento escolar. 7. Dirigir y supervisar la ejecución de las actividades académicas. 8. Velar porque las actividades académicas de su nivel estén de acuerdo con los niveles establecidos en el Currículo respectivo. 9. Atender, orientar e informar a los padres de familia en coordinación con los docentes de su nivel, en todo lo referente a la marcha académica de los estudiantes. 10. Orientar a los profesores de su nivel en el planeamiento y desarrollo de los proyectos de aprendizaje (PA).
  • 26. 26 11. Proponer a la Dirección cursos de actualización pedagógica para los docentes de Preescolar, primera y segunda etapa de Educación Básica. 12. Corresponsabilizarse del cumplimiento del Reglamento Interno del Plantel. 13. Informar a la Dirección sobre las necesidades de los docentes de su nivel en lo concerniente a la tarea educativa. 14. Autorizar y coordinar la celebración de actos y celebraciones de su nivel. 15. Presentar la lista de textos y otras fuentes de información escogida previamente por los docentes de Preescolar, primera y segunda etapa de Educación Básica; así como solicitar el material que requieran los docentes de dichos niveles. 16. Colaborar con la Dirección en la Planificación y Evaluación del personal del nivel. 17. Asistir a las reuniones convocadas por el Ministerio del Poder Popular para la Educación cuando la Directora lo indique. 18. Corresponsabilizarse de la gestión ordinaria del Plantel. 19. Elaboración del Informe Final correspondiente a su nivel. Del Departamento de Evaluación Tiene como finalidad hacer cumplir las normativas legales vigentes establecidas en la Ley Orgánica de Educación (Art. 44). Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación (Art. 87 al 104), Resolución 35 (28 de julio 2006), así como velar por el desarrollo de los planes y programas de estudio y su correcta aplicación, asistiendo a los docentes en el mejoramiento de los métodos, técnicas, procedimientos de enseñanza, uso de materiales didácticos y mejoramiento profesional. Funciones y Atribuciones: 1. Planificar, ejecutar y evaluar el Plan General de actividades del Departamento. 2. Recibir, revisar, corregir y autorizar los planes de clase, evaluación y pruebas para ser aplicadas.
  • 27. 27 3. Supervisar por lapso el desempeño profesional de los Docentes, en cada una de las áreas de estudio. 4. Mantener un proceso continuo de comunicación y retroalimentación sobre el desempeño profesional del personal docente. 5. Elaborar y publicar los calendarios de Pruebas Finales de lapso, Materia Pendiente y Revisión. 6. Recibir, revisar y verificar las calificaciones definitivas obtenidas por los alumnos y alumnas en cada lapso del Año Escolar. 7. Publicar por lapso la estadística de los resultados académicos por asignatura y curso. 8. Coordinar todas las acciones relacionadas con las Pruebas de Revisión, Materia Pendiente y Alumnos Diferidos. 9. Cooperar con la Dirección en el proceso de evaluación de los docentes. 10. Estar al corriente de la legislación que afecte a los centros en materia de planificación y evaluación, e informar a los interesados. 11. Velar para que el proceso de evaluación se cumpla en forma continua e integral. 12. Elaborar las normas que deben cumplir los instrumentos de Evaluación que se apliquen en la Institución. 13. Asesorar y orientar a los docentes en consultas referentes al proceso de planificación y evaluación. 14. Implementar las medidas y los recursos necesarios para que los alumnos, padres y representantes conozcan los procesos y resultados de la Evaluación. 15. Analizar los resultados de las evaluaciones periódicas o de culminación con el objeto de promover reajustes o mejoras en el proceso de evaluación. 16. Participar conjuntamente con la Dirección en la tramitación de lo conducente a resolver situaciones atípicas en lo referente a evaluación. 17. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.
  • 28. 28 Del Departamento de Control de Estudio Tiene como finalidad la aplicación organizacional, coordinación, asesoría y control de todas aquellas actividades relacionadas con matrícula, ingreso, egreso, registro de información, certificaciones, transferencias y constancias relacionadas con los estudios que se realicen en la institución. Funciones y Atribuciones: 1. Estar al corriente de la legislación que afecte a la Institución en materia de Control de Estudios e informar a los interesados. 2. Procesar las calificaciones Finales de Lapso 3. Emitir Boletines de Calificaciones Finales de Lapso 4. Procesar las Planillas de Matrícula Inicial, Resumen Final del Rendimiento Estudiantil, etc. 5. Presentar al Consejo de Docentes la documentación correspondiente de los alumnos y alumnas que concluyan el nivel de Educación Básica y el Ciclo Diversificado, para el otorgamiento de Certificados y Títulos de Bachiller. 6. Emitir los Certificados de Educación Básica y Títulos de Bachiller 7. Llevar un registro por años escolares, de los Certificados, Títulos de Bachiller y demás credenciales de carácter académico que otorgue la Dirección del Colegio. 8. Asesorar a la Dirección en los procedimientos relativos a equivalencias y transferencias de estudios. 9. Informar al alumno sobre equivalencias y transferencias de estudios. 10. Recibir, clasificar y archivar la documentación oficial tanto de alumnos, alumnas como de docentes. 11. Orientar e informar a las personas que solicitan documentos probatorios de estudios, acerca de requisitos, normas o dependencias donde realizar la tramitación.
  • 29. 29 12. Responsabilizarse de las solicitudes de ingreso al Colegio por equivalencia de estudios y verificar la autenticidad de la documentación académica presentada por los alumnos y alumnas que se inscriben por primera vez. 13. Participar conjuntamente con la Dirección en la tramitación de lo conducente a resolver situaciones atípicas en lo referente a Control de Estudio. 14. Asistir a las reuniones convocadas por el Ministerio del Poder Popular para la Educación cuando la Directora lo indique. 15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo. Departamento de Pastoral El departamento de Pastoral está conformado por el servicio de Formación Cristiana y dominicana. Funciones y Atribuciones: 1. Planificar, ejecutar y evaluar el Plan General de Actividades del Departamento. 2. Planificar y desarrollar las actividades pastorales específicas de la Institución de Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia. 3. Motivar y orientar la Educación de la Fe en sus distintos niveles (niñez, preadolescencia, adolescencia y juventud), teniendo como marco la formación de l valores humanos, cristianos y la espiritualidad dominicana. 4. Coordinar el trabajo y las actividades que ejecute el equipo de docentes de Educación de la Fe y de Guiaturas. 5. Unificar criterios y metodologías respecto a las clases de Educación de la Fe, dinamizando y actualizando el empleo de recursos didácticos en las mismas. 6. Motivar y preparar en la vivencia sacramental, especialmente la Reconciliación y la Eucaristía, a todos los miembros de la Comunidad Educativa Dominicana.
  • 30. 30 7. Celebrar los tiempos fuertes del Calendario Litúrgico y las fiestas y solemnidades dominicanas. 8. Planificar, coordinar y ejecutar jornadas de reflexión, retiros espirituales y convivencias con Alumnos (as), Docentes y Padres o Representantes. 9. Contribuir a la consolidación del proceso formativo de la Escuela de Padres, encuentros matrimoniales y jornadas con los ex alumnos del colegio. 10. Presentar informe de actividades a la Dirección al culminar el Año Escolar. 11. Potenciar el funcionamiento de Grupos Juveniles Dominicanos. 12. Impregnar toda la acción educativa de los valores del Evangelio, al estilo de Domingo de Guzmán. 13. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo. Del Personal Especializado: Orientador Deberes 1. Planificar, ejecutar y evaluar el Plan General de actividades del Departamento. 2. Diagnosticar y orientar a los/as alumnos/as en los aspectos aptitudinales y conductuales referentes a valores y hábitos de trabajo. 3. Participar en la admisión de los alumnos. 4. Orientar a los/as alumnos/as en períodos de decisión profesional. 5. Mantener contacto permanente con los Docentes a fin de estimular a los/as alumnos/as a optimizar su rendimiento académico y relaciones interpersonales, tratando de lograr alternativas de solución a los casos de bajo rendimiento y conducta inadecuada de los/as alumnos/as. 6. Acompañar al docente en su praxis educativa. 7. Entrevistar a los Padres y Representantes cuando sea necesario o conveniente para el óptimo desarrollo de los/as estudiantes. 8. Remitir a los alumnos y alumnas que así lo requieran, al especialista correspondiente.
  • 31. 31 9. Prestar la asesoría a los miembros de la Comunidad Educativa, que así lo soliciten, en lo que respecta a planificación y ejecución de programas. 10. Cumplir con su asignación académica de acuerdo con su horario de trabajo. Del Personal Especializado: Psicopedagogo Deberes 1. Planificar, ejecutar y evaluar el Plan General de actividades del Departamento. 2. Planificar y ejecutar el proceso de admisión de los alumnos y alumnas en la institución. 3. Mantener contacto permanente con los Docentes a fin de estimular a los/as alumnos/as a optimizar su rendimiento académico y relaciones interpersonales, tratando de lograr alternativas de solución a los casos de bajo rendimiento y conducta inadecuada de los/as alumnos/as. 4. Detectar los problemas de aprendizaje y coordinar programas de respuestas a las necesidades presentadas. 5. Brindar a los docentes las orientaciones necesarias para el manejo de situaciones académicas y conductuales en el aula. 6. Remitir a los alumnos y alumnas que así lo requieran, al especialista correspondiente. 7. Entrevistar a los Padres y Representantes cuando sea necesario o conveniente para el óptimo desarrollo de los/as estudiantes. CAPÍTULO IV Del Personal Docente: Además de los derechos y deberes que consagra el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente (Decreto Nº 1.011 Gaceta oficial Nº 5,496 Extraordinario del 31-10-2000. Art. 6 al 8) y la Ley del estatuto de la función pública (Gaceta oficial Nº 37482 del 11-07-2002 Art. 22 al 33), se reconoce a los profesionales de la docencia otros derechos y garantías que se enuncian a continuación:
  • 32. 32 Derechos y Garantías: 1. Derecho al libre ejercicio de la docencia, en armonía con lo establecido en el ordenamiento jurídico venezolano y el presente Reglamento Interno. 2. Derecho a disponer y utilizar los medios, materiales e instalaciones de la Institución Educativa para ejercer la docencia, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento Interno y los Reglamentos Especiales. 3. Derecho a ser informado y a participar libre, activa y plenamente en los procesos educativos de los alumnos y alumnas, así como en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas, recreacionales, deportivas, sociales y culturales. 4. Derecho a solicitar y recibir del personal directivo y de los coordinadores orientación oportuna y adecuada para mejorar la calidad de sus labores docentes. 5. Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la institución educativa. Nunca deberá ser sancionado en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria su dignidad como persona humana. 6. Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores docentes. 7. Derecho a presentar y dirigir peticiones al personal obrero, administrativo y directivo, así como a cualquier otro órgano de la Institución Educativa o Comunidad Educativa, sobre los asuntos que le conciernan y/a obtener respuesta oportuna sus peticiones. 8. Derecho a expresar libremente su opinión en todos sus asuntos de la vida de la Institución Educativa. 9. Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de los alumnos y las alumnas de la Institución. 10. Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todos los procedimientos de carácter sancionatorio.
  • 33. 33 Deberes del/a Docente Guía: El Docente Guía es aquel o aquella docente que observa, reflexiona, intuye, respeta y orienta de forma coherente dentro de un ámbito de exigencia y honestidad tanto a los alumnos y alumnas, como a los demás docentes, teniendo una actitud democrática, respetuosa que facilite la participación. Debe conocer y manejar técnicas de dinámicas grupales y de apertura. 1. Coordinar toda la actividad educativa de su grupo de alumnos y alumnas y ayudar a crear un clima de convivencia, orden, estudio y disciplina que facilite su formación integral. 2. Orientar a los alumnos en su proceso de aprendizaje. Ayudarles a descubrir sus capacidades y aceptar sus limitaciones. 3. Relacionarse y dialogar con sus alumnos y alumnas, individual y colectivamente, para conocer su situación real y el entorno familiar y social en que viven. 4. Formar a los alumnos y alumnas en hábitos de estudio, orden, disciplina, aseo personal. 5. Estimular la formación de aspectos generales propios de cada edad: compañerismo, autoestima, aprecio y valoración de lo que le rodea, servicio, justicia, etc. 6. Informar a los alumnos de las decisiones tomadas por los Consejos de Curso o por la Directora del Colegio. 7. Mantener contactos individuales y colectivos con los Padres y Representantes de sus alumnos y alumnas. 8. Mantener relación frecuente con los demás docentes de los alumnos de su curso, a fin de asegurar la necesaria coherencia en su respectiva función educadora. 9. Dirigir y moderar los Consejos de Curso de los alumnos y alumnas de su grupo, informar sobre la marcha de éste, así como las características de cada alumno y alumna.
  • 34. 34 10. Motivar a los alumnos y orientarles en la realización de actividades culturales, sociales y recreativas. 11. Presentar, explicar y comentar a los alumnos de su grupo aquellos aspectos del estilo propio de la Unidad Educativa, del PEIC y del Reglamento Interno que les afecten. 12. Llevar un registro de cada alumno y alumna con las anotaciones correspondientes a conducta, rendimiento, etc. 13. Promover la participación de los miembros de la Comunidad Educativa en actividades escolares y extra escolares. 14. Cumplir con el horario de trabajo asignado 15. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo. 16. Entregar los resultados del rendimiento académico del alumno y de la alumna. Deberes del/a Docente: 1. El/la docente debe identificarse con el Ideario del Colegio fomentando los valores y actitudes cristianas. 2. Debe llegar puntualmente a sus actividades escolares. 3. Todos los docentes que tengan clase a primera hora deberán acompañar al grado que le corresponda en el Acto de Formación. Una vez concluido se trasladarán al salón de clase en forma ordenada y dirigir la oración inicial. 4. Crear el hábito en los estudiantes de recibir a los docentes de pie al lado de sus pupitres respectivos. 5. El/la docente velará por el cumplimiento del traje escolar en el plantel. 6. El uso del celular está prohibido dentro del salón de clases, tampoco debe estar a la vista de los estudiantes y mantenerlos apagados. Cuando un docente tenga una emergencia que justifique el uso del teléfono en horas de clase debe notificarlo en la coordinación respectiva. 7. Mantener un tono de voz moderado.
  • 35. 35 8. Será el responsable único del orden, disciplina, óptimo desarrollo del trabajo escolar y clima de respeto entre los/as alumnos/as en el salón de clase. 9. El/la docente deberá remitir al coordinador respectivo a aquellos alumnos/as, que incurran en una falta grave de disciplina en la clase. 10. Debe informar al docente guía de las actuaciones y rendimiento de los y las estudiantes. 11. No permitirá a los/as alumnos/as el uso de materiales innecesarios para el trabajo escolar: juguetes, barajitas, walkmans, etc. Si fuese necesario, podrá efectuar decomisos temporales. 12. El/la docente podrá citar a los Padres o representantes de un/a alumno/a cuando así lo amerite la necesidad o la conveniencia con previa notificación al docente - guía. Las citaciones se harán siempre por escrito. El resultado de la entrevista será consignado en el Libro de Vida del alumno/a o registro de entrevista. Este registro incluirá la fecha, la situación planteada, el compromiso de los padres y las firmas de los presentes. 13. El/la docente deberá ser el primero en llegar al salón de clases y el último en salir de él, bien sea a los recesos o al finalizar la jornada escolar. Supervisar las condiciones en la que queda el salón de clase y según el caso tomar acciones al respecto. (Orden, limpieza, luces y ventilador apagados) 14. Al sonar el timbre de entrada y salida de la institución, debe acompañar a sus estudiantes en la formación en columna y no subir hasta que estos estén ordenados y en silencio. 15. Los/as docentes deben presentar a los/as alumnos/as al inicio de cada lapso el plan de evaluación. 16. Una vez comenzados los exámenes trimestrales el/la docente debe entregar al Departamento de Evaluación el acumulado del 70 % de la nota del alumno/a. 17. Entregar a tiempo los recaudos solicitados por el Departamento de Control de Estudio, Evaluación y Coordinación Pedagógica respectiva. 18. El/la docente deberá dispensar un trato correcto a los miembros de la Comunidad Educativa.
  • 36. 36 19. La atención de los padres y/o representantes de los/as alumnos/as se hará con previa cita y en los lugares indicados para tal fin. Se debe llevar registro de cada una de ellas. 20. Debe ser responsable de su actualización académica, creativo/a, dinámico/a y abierto/a al cambio. 21. Los docentes de áreas complementarias deben buscar y llevar a los estudiantes al salón de clase en correcta formación en la hora establecida según el horario. 22. Debe favorecer la inclusión de los y las estudiantes, no discriminar a ningún estudiante, ni permitir que lo hagan sus compañeros. NATURALEZA DE LAS FALTAS SE CONSIDERAN FALTAS LEVES: El incumplimiento de las normas citadas anteriormente. SE CONSIDERAN FALTAS GRAVES: (Disposiciones Transitorias, N° 5, LOE) 1. Reincidencia de alguna falta leve. 2. La agresión verbal o física por parte del docente hacia algún miembro de la Comunidad Educativa. 3. Fomentar la desconfianza, la desunión, la crítica destructiva o el enfrentamiento entre los Docentes o entre éstos y los Directivos del Colegio. 4. Defender o fomentar actitudes en los alumnos/as contrarios al orden, disciplina o aprovechamiento escolar. 5. Observar conductas contrarias a la moral, ética profesional, buenas costumbres y a los principios que informan la Constitución y las demás leyes de la República. 6. Abandonar injustificadamente sus tareas o ausentarse del Colegio sin la debida autorización. 7. Mantener un bajo nivel o negligencia en el desempeño profesional y las demás obligaciones inherentes al puesto de trabajo.
  • 37. 37 8. Por la inasistencia y el incumplimiento reiterado de las obligaciones que le corresponden en las funciones de evaluación del rendimiento estudiantil. 9. Por utilizar medios fraudulentos para beneficiarse de cualesquiera de los derechos que acuerde la Ley Orgánica de Educación y el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente. 10. Por coadyuvar a la comisión de faltas graves cometidas por otros miembros de la Comunidad Educativa. 11. Por reiterado incumplimiento de obligaciones legales, reglamentarias o administrativas. 12. Por inasistencia injustificada durante tres días hábiles en el período de un mes. 13. Las dispuestas en Ley Orgánica de Educación (Disposiciones Transitorias N° 5,) y artículo 150 y 151 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, SANCIONES: El personal será sancionado según la gravedad de la falta, siguiendo los criterios establecidos en la ley Orgánica de Educación y su Reglamento, el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente. (Art. 149) 1. Faltas leves:  Amonestación verbal.  Notificación por escrito.  Descuento de horas (incorporación tarde al aula de clases) 2. Faltas graves:  Separación del cargo. (Disposición Transitorias N° 8, Ley Orgánica de Educación)  Destitución e inhabilitación para el ejercicio de la profesión docente. (Art. 153 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente)
  • 38. 38 CAPÍTULO V Del Personal Especializado: Bibliotecario/a Funciones 1. Recopilar toda la documentación existente en el centro, así como los materiales y recursos didácticos relevantes. 2. Organizar los recursos de manera que sean fácilmente accesibles y utilizables. 3. Hacer posible su uso cuando se necesiten, mediante un sistema de información centralizado. 4. Ofrecer a los alumnos(as) y docentes, la información en diferentes soportes para satisfacer las necesidades curriculares, culturales y complementarias. 5. Ofrecer asistencia y orientación al usuario. 6. Fomentar la lectura de todo tipo de lenguajes y en todo tipo de soportes, como medio de entretenimiento y de información. 7. Formación en la búsqueda, análisis y tratamiento de la información y la documentación. 8. Fomentar la expresión oral y escrita, la creatividad y el hábito de lectura. CAPÍTULO VI Personal Obrero y Administrativo Derechos y Garantías: Se reconoce al personal obrero y administrativo de la institución educativa los derechos y garantías que se enumeran a continuación: 1. Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la institución educativa. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de forma humillante ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.
  • 39. 39 2. Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores. 3. Derecho al debido proceso a la defensa especialmente en todos los procedimientos de carácter sancionatorio. 4. Derecho a ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por el personal docente y directivo cuando acudan ante ellos para tratar asuntos que les concierne, durante los horarios establecidos a tal efecto. 5. Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de los niños, niñas y adolescentes. 6. Derecho a opinar libremente sobre los asuntos de la institución en el que tengan interés. 7. Derecho a que el personal directivo brinde facilidades de acuerdo a las posibilidades de institución educativa para asistir a talleres, cursos, convivencias, reuniones y cualquier tipo de actividades dirigidas al perfeccionamiento de su profesión y/o la mejora de la calidad de su labor. 8. Derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida de la Institución Educativa. Deberes: 1. Prestar sus servicios personalmente con la eficiencia requerida para el cumplimiento de las tareas que tengan encomendadas. 2. Acatar las órdenes e instrucciones emanadas de los superiores jerárquicos que dirijan o supervisen la actividad del servicio correspondiente. 3. Prestar la información necesaria a los particulares de los asuntos y expedientes en que aquello tenga un interés legítimo, con las limitaciones establecidas en la ley. 4. Guardar en todo momento una conducta decorosa y observar en sus relaciones con sus superiores, subordinados, y con el público, toda la consideración y cortesía debida. 5. Poner en conocimiento de sus superiores las iniciativas que estimen útiles para la conservación de la institución o mejoramiento de los servicios.
  • 40. 40 6. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los reglamentos, los instructivos y las órdenes que deben ejecutar. 7. Asistir regularmente y puntualmente a todas las actividades laborales. Cumplir cabal y oportunamente con todas sus obligaciones. 8. Respetar los derechos y garantías de las demás personas. Funciones, actividades y/o tareas del Auxiliar de Preescolar 1. Instruye y vela por el cumplimiento de las normas de higiene, buen comportamiento y presentación personal del grupo de niños y niñas bajo su cargo conjuntamente con la docente. 2. Juntamente con la docente, vela por la seguridad personal de los niños y niñas. 3. Organiza y distribuye el material didáctico a los y las estudiantes. 4. Participa, con la docente, en la programación de las actividades recreativas y de estimulación a los niños. 5. Participa en la ambientación de las instalaciones. 6. Colabora con el control de los ingresos y egresos de los niños y niñas durante el día. 7. Asiste y participa en reuniones planificadas por la institución. 8. Colabora en la elaboración de los registros de observaciones que se hagan de los niños y niñas. 9. Llevar cotidianamente el registro de asistencia. 10. Asistir puntualmente a las labores educativas (de 7:25 am hasta las 1:15 pm). excepto personal de guardia. Evitar ingerir alimentos dentro del aula en horario de trabajo, excepto cuando se trate de actividades que lo ameriten. 11. Evitar el uso de aparatos de sonidos y celulares durante la jornada diaria. (Avisar cuando exista una emergencia o dar el número del colegio) 12. Colaborar con la dirección del plantel en las labores o actividades técnicas, administrativas y materiales. 13. Colaborar en los festivales, ceremonias y actos cívicos de los niños y niñas.
  • 41. 41 14. Asistir con puntualidad a los talleres, seminarios, cursos de capacitación y mejoramiento profesional que se convoquen. 15. Queda estrictamente prohibido aplicar castigos corporales a los educandos o ejercer contra ellos actos que puedan lesionar su dignidad, susceptibilidad, o lastimar su personalidad. 16. Observar buena presentación y una intachable conducta. 17. Utilizar un vocabulario adecuado tanto con los niños, como con el personal y padres o representantes. 18. Mantener limpios los salones de clases, mesas, estantes y anexos. 19. Colaborar con la puesta en marcha de las actividades planeadas por la educadora para los niños. 20. Asiste en la ejecución de actividades pedagógicas en las áreas de aprendizaje. 21. Dar sugerencias y colaborar en la planificación de los Proyectos Didácticos, Planes Quincenales o Especiales. 22. Asistir a los niños en sus necesidades fisiológicas. 23. Reportar a la docente cualquier observación o anomalía presenciada. 24. Identificarse con el Ideario del Colegio fomentando los valores y actitudes cristianas. 25. Velar con el cumplimiento del traje escolar de los estudiantes. 26. No permitirá a los/as alumnos/as el uso de materiales innecesarios para el trabajo escolar: juguetes, barajitas, walkmans, entre otros. Si fuese necesario, podrá efectuar decomisos temporales. 27. Realiza cualquier otra tarea afín que le sea asignada. CAPÍTULO VII Con Respecto a la Familia o Representantes Derechos: 1. Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la Institución Educativa. Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o privado, de forma humillante ofensiva o contraria a su dignidad como persona humana.
  • 42. 42 2. Derecho a ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por el personal docente y directivo cuando acudan ante ellos para tratar asuntos que les concierne, durante los horarios establecidos a tal efecto. 3. Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de los niños, niñas y adolescentes. 4. Derecho a que el personal directivo brinde facilidades de acuerdo a las posibilidades de institución educativa para asistir a talleres, cursos, convivencias, reuniones y cualquier tipo de actividades dirigidas al interés superior del niño y del adolescente. Deberes: 1. Conozca el Proyecto Educativo del Colegio y lo secunde. 2. Esté vinculado activamente a la comunidad Educativa, aceptando por encima de los intereses particulares que afectan la educación de su propio hijo/a, aquellas responsabilidades más generales que se derivan de la educación cristiana de todos los alumnos/as de la Institución. 3. Sea miembro participativo de la Comunidad Educativa. 4. Fundamente la vida del hogar en actitudes y valores evangélicos. 5. Ser responsables de las diferentes obligaciones que tiene su representado en el Colegio. 6. Establezca una relación habitual con los docentes de sus hijos/as y así pueda garantizar que la educación de sus representados logre la necesaria coherencia y continuidad. SE CONSIDERAN FALTAS: 1. La no conformidad de criterios, por parte de la familia, en lo que se refiere a la orientación general del Colegio. 2. La oposición e incluso la falta de colaboración de las familias respecto a las actividades formativas, que se promueven en beneficio del alumno/a dentro y fuera del Colegio.
  • 43. 43 3. La inasistencia reiterada de los Padres o Representantes a las reuniones de curso y a todas aquellas consideradas importantes para el desarrollo integral del niño y del adolescente. 4. La no presencia del Representante cuando es convocado por la persona responsable del curso (guía, maestra, etc.), en relación a la marcha de su representado/a. 5. La agresión verbal, física o psicológica por parte del representante a cualquier miembro de la Comunidad Educativa. 6. Confabular o instigar por parte del representante a cualquier miembro de la Comunidad Educativa SANCIONES 1. Faltas leves:  Amonestación verbal.  Notificación por escrito. NOTA: Al ser amonestado verbalmente y notificado por escrito por la misma falta, a la tercera se convierte en una falta grave 2. Faltas graves:  Ser retirado de la institución escolar como padre o representante del alumno o alumna impidiendo el paso a las instalaciones del colegio.  Ser denunciado por la institución escolar en las Instancias Competentes. TÍTULO IV De las Normas Internas de la Institución CAPÍTULO I De la Inscripción de los Alumnos y Alumnas:
  • 44. 44 Los/as representantes que deseen que sus hijos/as ingresen en este Colegio, deben estar de acuerdo en asumir las orientaciones contenidas en el Ideario y Reglamento. Esta conformidad la expresarán firmando la carta de compromiso. 1. Todos los niños, niñas y adolescentes, tienen derecho a ser inscritos para recibir una educación integral en la Institución Educativa, siempre que: a) Cumplan con los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento jurídico y el presente Reglamento Interno b) Existan cupos en la modalidad escolar. 2. Los alumnos y alumnas de la Institución tiene derecho a mantener la inscripción en la misma, siempre que cumplan con los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento jurídico y el presente reglamento interno. Requisitos de Admisión: 1. Presentar fotocopia de la partida de nacimiento a la vista del original y cédula de identidad y/o cédula escolar, constancia de o pruebas que acrediten su nivel de escolaridad y cualquier otro requisito establecido en el ordenamiento jurídico. 2. Se realizarán entrevistas a los/as alumnos/as, a sus padres y/o representantes desde el nivel Preescolar hasta el Bachillerato, con la finalidad de tener una visión integral de la familia. TÍTULO VI De la Participación en el Colegio CAPÍTULO I Disposiciones Generales: La participación es el derecho inalienable de toda persona a ser sujeto de su propia historia que le permite construir su futuro individual y colectivo.
  • 45. 45 La participación en la institución educativa, tiene como finalidad formar personas concientes de sí mismas y de su proceso de liberación personal, que desarrollen aptitudes y actitudes de autonomía y critica responsable, que sea solidaria y asuma un compromiso de servicio y transformación social dirigidas a crear un nuevo orden social, económico, político y religioso. De la Participación de los Alumnos y Alumnas: Los alumnos y alumnas de la institución educativa participan a través de: 1. Las Organizaciones Estudiantiles. 2. Comité de Derechos. 3. Los Delegados y Delegadas de Aula. 4. En el Consejo Consultivo de la Comunidad Educativa a través de tres representantes. 5. Dos representantes ante el Concejo General de docentes y en las deliberaciones de los demás consejos de docentes en que tengan interés. 6. Cualquiera otra forma de participación, asociaciones, clubes y agrupaciones que sean desarrolladas por los alumnos y alumnas, que no sean contrarias a lo establecido en el ordenamiento jurídico. El Concejo Técnico Docente podrá crear y fomentar otras formas de participación de los alumnos y alumnas en la Institución Educativa. Las personas que integran el personal docente deberán crear y desarrollar oportunidades, espacios y mecanismos para la participación directa de los alumnos y alumnas en su proceso pedagógico y en las demás actividades de la institución. Definición y Objetivos del Consejo Estudiantil: El consejo Estudiantil es la instancia organizativa y corresponsable del colectivo de las y los estudiantes. Actúa de forma participativa, protagónica y corresponsable en
  • 46. 46 los diferentes ámbitos, planes, programas, proyectos educativos y comunitarios en un clima democrático, de paz, respeto, tolerancia y solidaridad. El Consejo Estudiantil está Integrado por: 1. Voceros/as de las y los estudiantes de todos los niveles y modalidades del subsistema de educación básica. 2. Está asesorado por dos docentes, uno seleccionado por el Consejo General de Docentes y otro por el Consejo Estudiantil Son funciones del Consejo Estudiantil las siguientes: 1. Participar en forma protagónica en las diferentes acciones, ámbitos, planes, programas y proyectos educativos y comunitarios; ejerciendo sus derechos y deberes como sujetos sociales en un clima democrático, de respeto, paz, tolerancia y solidaridad, contribuyendo con la armonía y el buen funcionamiento de la institución educativa. 2. Convocar a sus voceras y voceros a reuniones ordinarias y extraordinarias; en cada una de la institución educativa. 3. Organizar las actividades referidas a la defensa de nuestra identidad, preservación y conservación del patrimonio ambiental, histórico y cultural. 4. Asumir corresponsablemente el compromiso del mantenimiento de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a la institución educativa. Asimismo, en el desarrollo de acciones que disminuyan factores de riesgo y potencien los factores de protección. 5. Participar en la construcción del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC), Proyectos de Aprendizajes (PA) y otras formas de organizaciones de los aprendizajes en la institución educativa, en aras de la integración de las familias, escuela y comunidad, a fin de garantizar las transformaciones que ellos requieran. 6. Articular con otras instituciones educativas para la organización y desarrollo de los Comité Estudiantiles hacia la conformación de las redes estudiantiles locales, regionales y nacionales.
  • 47. 47 7. Sistematizar y divulgar a través de diferentes formas de comunicación, las experiencias organizativas del Comité Estudiantil a nivel local, regional, nacional e internacional. 8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables Es la instancia de participación del colectivo social para ejercer funciones enmarcadas en la formación de principios, creencias, actitudes, hábitos, valores como el respeto, reflexión para concretizar en lo local, regional y nacional la responsabilidad y corresponsabilidad de las familias, escuela, sociedad y el Estado. El Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables está conformado por: Madres, padres, representantes y responsables. Los colectivos sociales de la comunidad y de la escuela, reconociendo el hogar como la primera instancia socializadora, responsable y corresponsable en los procesos de aprendizaje y desarrollo de sus hijos e hijas. Son funciones del Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables: 1. Asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por el Consejo Educativo. 2. Participar en actividades educativas, sociales, asistenciales, económicas, culturales, artísticas, deportivas y recreativas promovidas por el Consejo Educativo. 3. Participar en la construcción, ejecución, control, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC).
  • 48. 48 4. Organizar, promover y ejecutar jornadas de conservación, mantenimiento y recuperación, de los bienes, muebles e inmuebles, infraestructuras de las instituciones educativas. 5. Promover la articulación de las familias, escuela y comunidad para coadyuvar e la atención educativa integral en los procesos de enseñanza- aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos, participando en la elaboración y ejecución de los planes de acción. 6. Sistematizar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar, en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. Comité Académico El Comité Académico es la instancia que contribuye a la formación permanente e integral de las ciudadanas y los ciudadanos responsables y corresponsables de la gestión escolar. Apoya en el desarrollo de potencialidades para aprender y propicia la construcción e innovación del conocimiento, de los saberes, fomentando la actualización, el mejoramiento y el desarrollo profesional de quienes la integran. El Comité Académico está integrado por: El Colectivo de Formación e Investigación Permanente, estudiantes, trabajadoras y trabajadores administrativos, directivos, docentes, obreras y obreros. Son funciones del Comité Académico: 1. Impulsar la formación permanente e integral de todas y todos los responsables y corresponsables que constituyen el Consejo Educativo , en los aspectos pedagógicos, ecológicos, ambientales, culturales, recreativos, deportivos,
  • 49. 49 socioproductivos, agroalimentarios, de salud, comunicacional, de investigación, de tecnológico, experiencias y saberes con el fin de generar una nueva ciudadanía con responsabilidad social. 2. Promover la actualización y mejoramiento del nivel de conocimientos y desempleos de las y los responsables de la formación de ciudadanas y ciudadanos. 3. Participar conjuntamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en la planificación y ejecución de la evaluación del desempeño de los y las responsables de la gestión escolar. 4. Impulsar el proceso curricular según la realidad local, municipal, regional y nacional en el marco del enfoque geohistórico. 5. Participar protagónicamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en la gestión escolar. 6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. Comité de Comunicación e Información Es la instancia que contribuye a la promoción, divulgación y comunicación referidas a las variables escolares mediante el trabajo articulado con la red de medios públicos y comunitarios. El Comité de Comunicación e Información está conformado por: 1. Estudiantes, directivas (os), docentes, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y las organizaciones comunitarias del poder popular.
  • 50. 50 Son funciones del Comité de Comunicación e Información: 1. Impulsar la conformación de formas y medios de comunicación (impresos, radiales y audiovisuales) en las instituciones educativas y en la comunidad. 2. Hacer uso de la tecnología de la información y la comunicación para coordinar, organizar y orientar la gestión escolar. 3. Participar en la creación y organización de un sistema de comunicación institucional, comunitario y alternativo, así como en la conformación del comité de usuarias y usuarios para promover y defender los derechos e intereses comunicacionales de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos. 4. Participar y articular acciones con los medios públicos, alternativos y comunitarios para el apoyo y difusión de las actividades y programas educativos, sociales y culturales que promuevan la conciencia social, convivencia en armonía, amor, respeto, paz y tolerancia en el marco del vivir bien. 5. Impulsar la conformación de los Comité de usuarios y usuarias voluntarios(as) con el propósito de fortalecer el uso reflexivo y crítico de los mensajes transmitidos a través de los medios de comunicación social. 6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. Comité de Seguridad y Defensa Integral Es la instancia encargada de ejercer acciones dirigidas a la prevención , seguridad, defensa y protección, en el marco de la responsabilidad y la corresponsabilidad, orientados por valores de respeto, reflexión y participación. El Comité de Seguridad y Defensa Integral está conformado por: Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios.
  • 51. 51 Son funciones del Comité de Seguridad y Defensa Integral: 1. Elaborar y Coordinar un plan de promoción, defensa, prevención y protección integral para las instituciones educativas, en el cual se articulan acciones conjuntas entre familia, escuela y comunidad para contrarrestar cualquier expresión de violencia en la escuela y su entorno. 2. Impulsar acciones ara la formación permanente del Consejo Educativo que potencien una cultura de defensa, prevención y protección integral frente a situaciones que se constituyen en amenazas, vulnerabilidades y riesgos para la integridad de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos. 3. Articular estrategias para la seguridad y protección de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas ya adultos y la protección de las instituciones educativas, con los entes de seguridad ciudadana, tales como: Policía Nacional Bolivariana, Bomberos, Protección Civil, Guardia Nacional Bolivariana, Tránsito Terrestre, Milicia Nacional Bolivariana, Comité de Seguridad de los Consejos Comunales y Comunas, Salas de Batalla, Oficina Nacional Antidrogas (ONA), Fundación José Félix Ribas y Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana (DBISC), entre otros. 4. Contribuir con la formación de los colectivos de gestión integral de riesgo en la elaboración de planes de emergencia, señalizaciones de seguridad, mapas de estrategias para la seguridad y protección de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas, adultos y la protección de las instituciones educativas. 5. Impulsar y elaborar sistemas de alerta temprana, simulacros en situaciones de emergencia, entre otros, en el marco de la articulación intra e interinstitucional y la comunidad para la prevención de riesgos. 6. Realizar inventarios de los daños causados en la instituciones educativas, correspondientes a bienes materiales, seres humanos y gestionar ante los organismos competentes las soluciones pertinentes a las realidades evidenciadas. 7. Impulsar jornadas culturales, recreativas y deportivas que contribuyan a la formación permanente e integral de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos de las instituciones educativas y comunidades.
  • 52. 52 8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en esta materia en los ámbitos local, municipal, regional y nacional, 9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades, ante la Asamblea Escolar. Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, prevención, conservación y preservación del ambiente a favor de la salud integral, orientada por valores de fraternidad, responsabilidad, corresponsabilidad, cooperación y la convivencia en el marco de la solidaridad. El Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral está conformado por: Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios. Son funciones del Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral: 1. Impulsar acciones en el marco del Eje Integrador Ambiente y Salud Integral para potenciar el desarrollo local, regional y nacional a través de experiencias, saberes populares y ancestrales que contribuyan con la preservación y conservación del ambiente y de la salud integral de las familias, la escuela y la comunidad. 2. Garantizar el desarrollo del programa de Alimentación Escolar (PAE) junto con los consejos comunales. 3. Fortalecer la función social de la escuela a través del desarrollo de jornadas de la prevención y promoción para potenciar la salud integral de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos, con articulación intra e interinstitucional con Barrio Adentro, comité de los Consejos Comunales y Comunas, Centros de Diagnóstico Integral, Hospitales, Instituto Nacional de Nutrición, entre otros. 4. Impulsar la formación permanente integral de los actores claves del proceso educacional para que participen reflexiva, crítica y creativamente en el sistema
  • 53. 53 alimentario de las instituciones educativas y en la preservación y conservación del ambiente. 5. Garantizar la Salud Integral a través de acciones que creen conciencia individual y colectiva sobre una alimentación autóctona, sana, segura, balanceada, nutritiva y sabrosa en las familias, escuela y la comunidad, a través de la supervisión, seguimiento, control y evaluación del servicio alimentario de las instituciones educativas. 6. Promover una educación de salud preventiva no sólo con el uso de la medicina convencional, sino también con la medicina alternativa, como parte de los saberes populares y ancestrales en local, regional y nacional. 7. Crear colectivos ambientalistas y ecológicos para la protección del ambiente. defensa del patrimonio cultural, ambiental y la soberanía nacional. 8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. Comité de Deportes y Educación Física: Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, organización, fomento y administración de la educación física y el deporte, con fines educativos y sociales, orientada por los principios y valores de la identidad nacional, democrática, participativa y protagónica, soberanía, justicia, honestidad, libertad, respeto a los derechos humanos, igualdad, lealtad a la patria y sus símbolos, equidad de género, cooperación, autogestión, corresponsabilidad, solidaridad y protección del ambiente. El Comité de Deportes y Educación Física está conformado por:
  • 54. 54 Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios. Son funciones del Comité de Deportes y Educación Física: 1. Articular con el Ministerio del Poder Popular para el Deporte a los fines de planificar, ejecutar y evaluar la educación física y el deporte en las instituciones educativas. 2. Crear colectivos de educación física y deportes que fortalezcan la salud integral de las y los estudiantes, las familias, la comunidad educativa en general y la comunidad circundante. 3. Garantizar el desarrollo de los deportes y la educación física mediante planes, proyectos y programas propuestos por las organizaciones comunitarias y las instituciones educativas. 4. Crear alternativas de vida que formen parte de la conciencia social, que tributen a la cultura física, al vivir bien y al desarrollo de habilidades deportivas en las diferentes disciplinas. 5. Garantizar el cuido y mantenimiento de las instalaciones deportivas existentes en las instituciones educativas. 6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 7. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica sistemática de deportes y la educación física. 8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. Comité de Cultura: Es la instancia responsable de organizar, orientar e impulsar el reconocimiento de las culturas a través de actividades locales, regionales y nacionales en las instituciones y
  • 55. 55 centros educativos, promoviendo la formación integral con la finalidad de aportar estrategias para el desarrollo de sus capacidades creativas, expresivas y recreativas siempre bajo la política de inclusión vinculadas a la gestión escolar. El Comité de Cultura está conformado por: Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios. Son funciones del Comité de Cultura: 1. Promover la construcción de la identidad nacional, recuperando colectivamente su historia, descubriendo y preservando sus raíces, tradiciones y luchas nacionales libertarias. 2. Impulsar proyectos culturales permanentes e integrales que contribuyan a convertir la escuela en el eje dinamizador de la actividad comunitaria. 3. Estructurar y desarrollar programas de apoyo para el sistema de redes escolares y culturales en cada instancia de organización y participación comunitaria. 4. Promover y participar en actividades culturales que contribuyan al desarrollo y consolidación del PEIC y la integración de toda la comunidad educativa en la gestión escolar. 5. Desarrollar e integrar las actividades culturales con los ejes integradores del proceso curricular. 6. Planificar, organizar y participar en actividades culturales articulando con las organizaciones comunitarias e instituciones del estado a nivel local, regional y nacional. 7. Fortalecer las potencialidades creativas, expresivas de las y los estudiantes, directivos, docentes, padres, madres, responsables, representantes y de la comunidad en general, reconociendo y respondiendo a las culturas originarias de los pueblos y comunidades indígenas y afrovenezolanas, valorando su idioma, cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y organización social que constituyen los valores de la Nación.
  • 56. 56 8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos, local, municipal, regional y nacional. 9. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica sistemática de actividades culturales. 10. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. Comité de Infraestructura y Habitat Escolar: Es la instancia organizativa encargada de gestionar, promover, planificar y evaluar las acciones intra e interinstitucionales dirigidas a la construcción, ampliación, mantenimiento, rehabilitación, dotación, y preservación de los bienes nacionales y la planta física escolar. El Comité de Infraestructura y Habitat Escolar está conformado por: Las Madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadores (as) administrativos, obreras, obreros y organizadores comunitarios. Son funciones del Comité de Infraestructura y Habitat Escolar: 1. Caracterizar las condiciones de los espacios educativos en los siguientes aspectos: ubicación geográfica, tipo de terreno, medios de accesibilidad, planta física, sistema eléctrico, instalaciones sanitarias, ambientación, áreas verdes, dotación (mobiliarios y equipos), entre otros. 2. Elaborar y presentar ante la Asamblea Escolar un plan de acción previamente discutido, para atender las necesidades detectadas enn función de generar las posibles alternativas de solución. 3. Impulsar y garantizar que las infraestructuras escolares existentes y las que sean construidas respondan a las normas de accesibilidad y los criterios de calidad establecidos para la construcción de la planta física escolar.
  • 57. 57 4. Organizar y desarrollar jornadas permanentes para el mantenimiento y preservación de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a las instituciones educativas. Así mismo, jornadas para la seguridad, protección y vigilancia de la infraestructura escolar. 5. Planificar y desarrollar de manera articulada con los organismos competentes y las organizaciones comunitarias, actividades de promoción y prevención en el marco de la gestión integral de riesgos y de desastres. 6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar, en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. Comité de Contraloría Social: Es la instancia del Consejo Educativo encargado de la prevención, supervisión, acompañamiento, control y evaluación de la gestión escolar, antes, durante y después de la ejecución de los planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo, basada en los principios de justicia, equidad, transparencia, corresponsabilidad, celeridad, honestidad, ética para la protección y defensa del buen uso de todos los recursos disponibles de la gestión escolar. El Comité de Contraloría Social está conformado por: Las vocerías de los distintos comités que integran el Consejo Educativo y organizadores comunitarias. Son funciones del Comité de Contraloría Social: 1. Prevenir, supervisar, acompañar, seguir, controlar y evaluar la gestión escolar de los planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo que se planifiquen, ejecuten y desarrollen en las instituciones educativas.
  • 58. 58 2. Procesar y evaluar los planteamientos presentados por las y los integrantes de los colectivos sociales en relación a la gestión de los Comités que conforman el Consejo Educativo e informar de manera oportuna a la Asamblea Escolar. 3. Divulgar los soportes jurídicos vinculados al Consejo Educativo y garantizar su cumplimiento. 4. Garantizar el estricto cumplimiento del Calendario Escolar, los procesos pedagógicos y académicos, las líneas orientadoras que viabilizan el currículo, los horarios de las trabajadoras y los trabajadores, los horarios escolares, la cuadratura, la sinceración de nómina, la matrícula, la inscripción y las estadísticas de las instituciones educativas. 5. Supervisar, acompañar, controlar y evaluar la calidad y funcionamiento de los bienes y servicios, obras de infraestructura ejecutadas en las instituciones educativas; así como los procesos relacionados con el servicio alimentario (insumos, abastecimiento, procesamiento y distribución), higiene, manipulación y calidad de los alimentos, menú suministrado y contratación de los servicios, entre otros. 6. Establecer mecanismos para conocer, procesar, denunciar y hacer seguimiento ante los organismos competentes de las irregularidades pedagógicas, administrativas y jurídicas detectadas en las instituciones educativas. 7. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de actividades ante la Asamblea Escolar. Comité de la Asamblea Escolar: Es la máxima instancia de participación, deliberación y toma de decisiones del Consejo Educativo, para dar cumplimiento a lo establecido en las leyes y demás normas que rigen el Subsistema de Educación Básica. El Comité de la Asamblea Escolar está conformado por:
  • 59. 59 Las y los responsables y corresponsables como sujetos claves del proceso educativo vinculados a la gestión escolar. Las decisiones de la Asamblea Escolar serán tomadas por consenso de la mayoría de los y las asistentes a la Asamblea vinculados a la gestión escolar. Son funciones del Comité de la Asamblea Escolar: 1. Aprobar y legitimar el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) con sus respectivos planes, programas, proyectos y recursos, de acuerdo a la política educativa el Estado. 2. Aprobar el documento de Registro del Consejo Educativo y sus normas de funcionamiento, en un lapso no mayor de tres (03) meses a partir del inicio del año escolar. 3. Definir criterios para revocatoria del mandato de las y los integrantes de los diferentes comités, partiendo de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), La Ley Orgánica de Educación (2009), La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007) y el conjunto de Leyes del Poder Popular (2010-2011) que garantizan los derechos de las ciudadanas y los ciudadanos. 4. Discutir, aprobar o revocar los proyectos de comunicación alternativa, salud, socio-productivos, infraestructura, recreación, actividad física y deportes, los cuales se enmarcarán en el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y se articularán con los proyectos de la comunidad organizada y los organismos del Estado. 5. Discutir y por consenso diferir, aprobar o revocar la Memoria y Cuenta del Consejo Educativo.
  • 60. 60 HIMNO DEL COLEGIO “A SANTO DOMINGO POBRE” ESTRELLA Del cielo de Castilla, voz del profeta, Amigo del Señor. Tú eres solidario con los pobres, enseñas a los jóvenes una lección de Amor. ESTRIBILLO: No quieres estudiar sobre pieles muertas, mientras manos con hambre se tienden yertas (bis). Quisiéramos hacer nuevos destinos, abrir nuevos caminos, para el hombre de hoy. No quieres estudiar ..... Luz y fuego es Domingo de Guzmán, Predicador itinerante, de la Verdad fiel amante del estudio y la oración, admirador de la Virgen María en él vemos la alegría, en él vemos el Amor. No quieres estudiar ... Letra: María Teresa Sancho Música: Isabel Pinto
  • 61. 61 U.E. COLEGIO “SANTO DOMINGO DE GUZMÁN” Calle Junín – El Rosal – Caracas 1060 Correo electrónico: santodomingog @ cantv.net Página Web: www.colegiosantodomingoguzman.com Teléfono: 953.17.63 Fax 953.17.50 Diciembre, 2013