2. JUSTIFICACIÓN
El Sistema educativo Nacional contempla el funcionamiento de las diferentes instituciones
educativas (en niveles y modalidades), a través de leyes, normas y leyes que regulan las
mismas.
Partiendo de este hecho, la Unidad Educativa "Guillermo Prince Lara", a través del consenso de
la comunidad educativa propone normas, reglas, lineamientos, el cual regirá a partir del año
escolar 2010-2011, el funcionamiento de la institución.
Presenta las funciones de cada miembro, sus deberes y derechos, además de las sanciones que
trae su incumplimiento.
PRINCIPIOS - PROPÓSITOS
•Formar y educar en valores.
•Integrar a los Padres, representantes y miembros de la comunidad, en general, en el
proceso educativo, a fin de garantizar una educación de calidad y equidad.
•Brindar un proceso educativo que permita la educación integral de nuestros niños,
niñas y adolescentes.
•Proporcionar lineamientos y/o normas que regulen el funcionamiento de cada
miembro integrante de la institución.
•Lograr las competencias previstas para la promoción del grado superior inmediato.
La Unidad Educativa "Guillermo Prince Lara", por las disposiciones de la Constitución Nacional,
Ley Orgánica de Educación y su Reglamento Interno del plantel y por las demás disposiciones
que dicte el ejecutivo en uso de sus atribuciones legales.
La Unidad Educativa "Guillermo Prince Lara" se propone alcanzar los siguientes fines:
MISIÓN:
VISION:
3. TITULO I DISPOSICIONES
FUNDAMENTALES
Artículo 1. Objeto y Finalidades.
El presente reglamento interno regirá el funcionamiento déla institución educativa
"Guillermo Prince Lara" con el fin de sistematizar la acción escolar. En consecuencia La
dirección del plantel, el consejo directivo, el consejo técnico, el consejo docente, la asamblea de
alumnos, la asamblea de representantes, el personal administrativo y el personal obrero de esta
institución han elaborado, revisado y aprobado las siguientes disposiciones, cuyo
cumplimiento es obligatorio con el propósito de garantizar a todos los alumnos (as) una
educación integral, de calidad permanente y una mejor convivencia entre todos los
integrantes de la comunidad educativa.
Artículo 2. Ámbito de Aplicación.
Este reglamento interno se aplica a todas las personas que integran la institución "Guillermo
Prince Lara" entre ellas: alumnos (as), padres y representantes, directivo, docentes, personal
administrativo, obreros y comunidad en general.
Artículo 3. Ideario Institucional.
La Unidad Educativa "Guillermo Prince Lara" promueve la identidad cultural y la
responsabilidad cívica para la vida democrática de los educandos. Colabora con los estudiantes
a identificarse con convivencias nacionales, sustentadas en los valores de nuestra nacionalidad
y los principios y derechos previstos en la Constitución déla República Bolivariana de
Venezuela. Ayuda a establecer una motivación creadora, orientada hacia una acción
constructiva. Promueve sanas relaciones, integrando comunidad-familia e institución.
Artículo 4. Perfil de las Personas a formar.
Lograr un individuo:
a.- Analítico, culto, critico, reflexivo y comprometido a los cambios de la sociedad.
b.-Con espíritu de investigación, exploración y cuestionamiento.
c.- Con conciencia ecológica, aprecio y valoración del patrimonio natural y cultural.
d.- Que participe de manera espontánea y entusiasta en actividades culturales, científicas,
deportivas y sociales.
e.- Que valore el esfuerzo, el trabajo y el estudio como fuente de avance personal y social.
f.- Respetuoso de los deberes y derechos propios y ajenos.
g.- Que reconozca a la familia como base esencial de la sociedad.
h.- Que valore la lectura y la escritura como medio para desarrollar sus potencialidades
creativas sobre la base del derecho a la expresión libre y espontanea délas ideas.
i.- Constructivista, creativo y comprometido con su record académico.
j.- Con porte educado tanto en su apariencia personal como en su conducta y vocabulario.
4. Artículo 5.- Principios de Igualdad y no Discriminación.
Al aplicar este reglamento en el ámbito educativo, se prohíbe cualquier discriminación fundada
en motivos de raza, color genero, edad, idioma, pensamiento, religión, cultura, creencias,
posición económica, origen social, condición de salud, necesidades especiales, nacimiento o
cualquier otra coedición del niño, niña y adolescente.
Artículo 6.- Interés Superior del Niño.
Es un principio de interés y aplicación del ordenamiento jurídico y de este reglamento interno,
el cual es de obligatorio cumplimiento de la toma de decisiones concernientes a los niños,
niñas y adolescentes.
Este principio esta dirigido a asegurar el desarrollo integral de los mismos, así como el disfrute
pleno y efectivo de sus derechos y garantías.
Articulo 7. Niños, Niñas y Adolescentes Sujetos a Pleno de Derecho.
Son titulares de todos los derechos, garantías, derechos y responsabilidades consagrados, a
favor de las personas en el ordenamiento jurídico venezolano. Los padres y representantes
tienen el deber y el derecho de orientar a sus hijos en el ejercicio progresivo de sus derechos y
garantías, así como en ei cumplimiento de sus deberes, de forma que contribuya a su derecho
integral y a su incorporación a la ciudadanía activa. Las personas que integran la institución
educativa, colaboraran y cooperaran con los padres y representantes y responsables en el
ejercicio de este deber-derecho.
Artículo 8. Publicidad y Entrega del Manual de Convivencia.
El objetivo principal es publicar y dar a conocer todas las personas que integran la institución.
Dentro de esta medida la institución debe:
•Entregar una copia de este reglamento a los padres, representantes y responsables al
momento de la inscripción.
•Entregar una copia de este reglamento a cada docente, personal administrativo y
obrero.
Artículo 9. Legislación Aplicable.
La Unidad Educativa "Guillermo Prince Lara", se regirá por las disposiciones de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, Ley para la Protección
del Niño, Niña y Adolescente, Ley aprobatoria de la convención sobre los derechos del niño,
reglamento general de la Ley Orgánica de Educación, por los presentes, Reglamento Interno y
por las demás disposiciones que dice el Ejecutivo Nacional en una de sus atribuciones legales.
5. TITULO II
DE LOS DERECHOS, GARANTÍAS Y RESPONSABILIDADES DE LOS INTEGRANTES DE LA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
CAPITULO I
Artículo 10. Derechos y Garantías de los Alumnos (as).
Se reconoce a todos los alumnos (as) de la institución educativa "Guillermo Prince
Lara" los derechos y garantías que se anuncian a continuación:
a.- Derecho a recibir una enseñanza que corresponda a los fines generales que
persigue la educación venezolana y a los fines específicos de la educación básica, media
y diversificada.
b.- Ser informados y participar libre, activa y plenamente en su proceso educativo y en
todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las actividades educativas,
recreacionales, deportivas, sociales y culturales.
c.- Ser orientados en sus problemas personales, académicos, vocacionales, como en
su conducta personal.
d.- Recibir un trato respetuoso de parte del personal directivo, docente y
compañeros de estudio dentro y fuera del plantel.
e.- Los alumnos tendrán derecho a dos pases por mes sin excepción. Los alumnos que
lleguen frecuentemente después del horario establecido de entrada. Serán objeto de
un sistemático seguimiento, a fin de tomar medidas al respecto.
f.- Formular propuestas y expresar sus puntos de vista ante las autoridades educativas
de! plantel, siguiendo los canales regulares.
g,- Ser atendidos por las autoridades educativas y por organismos de la comunidad
educativa cuando ante ellos acudan para formular planteamientos relacionados con
sus estudios e intereses.
h.- Recibir evaluaciones oportunas y con sentido formativo a sus actuaciones
académicas y de su comportamiento social.
i.- Ejercer su defensa para apoyar sus decisiones y razones, encontrar su propia
verdad, reafirmar sus derechos y lograr crecimiento personal.
j.- Recibir una información científica, humanista, deportiva, creativa, artística y para e!
trabajo que lo capacite para la vida social, el trabajo, el trabajo productivo y la
prosecución de estudios.
k.- Participar activamente en el proceso de aprendizaje en los cuales se debe tomar en
cuenta sus intereses sus características psicológicas, socio-culturales y sus iniciativas.
I.- Derecho a mantener su inscripción en la institución, siempre que cumpla con los
requisitos y tiempo que hayan sido sancionados con la expulsión o cuando los padres
y representantes manifiesten su voluntad de retirarlo.
6. m.- Derecho a participar en las diferentes organizaciones y/o comisiones de
carácter estudiantil.
Articulo 11. Responsabilidades y Deberes.
Todos los alumnos de la institución tienen la responsabilidad y los deberes que se
anuncien a continuación:
11.1.Respetar y acatar las sugerencias délos docentes y demás autoridades del plantel.
11.2.Cumplir las disposiciones y órdenes dictadas por las autoridades del plantel.
11.3.Asistir diaria y puntualmente a su clase, con el uniforme reglamentario, previsto
de los útiles necesarios y de los materiales que indique cada docente, de acuerdo con la
índole de la asignatura respectiva, portar morral transparente para medidas de
seguridad.
11.4.Dar cumplimiento del horario de clases. Las actividades escolares empiezan a las
7:00 am :con la formación de los alumnos (as) en el patio para entonar el Himno
Nacional y realizar otros actos de carácter cívico-patriótico.
11.5.Dar trato respetuoso a los demás miembros del personal del plantel.
11.6.Cuidar el aseo y la saludable higiene, con una adecuada presentación en el vestir, el
porte educado y respetuoso (posición en el aula, actos comunitarios). Por lo tanto
abstenerse de usar los varones: zarcillos, pirsens, mechas pintadas en el cabello, colitas
en el pelo, pelos tipo erizo y tipo cresta, pantalones tubito, hebillas grandes, correas de
de colores distinto a la del uniforme. collares, cadenas de seguridad. camisas por fuera
del pantalón, franelas de colores debajo de la camisa, uñas pintadas de cualquier color,
tatuajes visibles. las hembras deben evitar faldas por encima de las rodillas, pircens,
tintes de pelo con colores extravagantes y/o antinaturales.
11.7.Dedicarse a los estudios de forma responsable, esforzándose para desarrollar en
todas sus capacidades y con todos los deberes escolares, entre ellos las
evaluaciones, tareas, ejercicios y asignaciones.
11.8. Cuando los alumnos tengan clases de educación física deben portar el
uniforme correspondiente.
11.9. Usar franela blanca debajo de la camisa o sweater correspondiente al uniforme
para los efectos de practicar deporte en horas libres.
11.10.Los alumnos de 4to y 5to año de bachillerato, deberán portar el uniforme de
Instrucción Pre-militar, tanto para las hembras como para los varones: pantalón azul
de vestir, franela y gorra con el logo militar, correa negra, medias y zapatos negros
(4to y 5to año del ciclo diversificado).
11.11.No interrumpir perturbar u obstaculizar injustificadamente el normal desarrollo
de las actividades escolares, trayendo al plantel material como: celulares,
discman, radios reproductores, barajitas, mp3, mp4, revistas, entre otros. En caso
omiso "no" nos hacemos responsables por la perdida de dichos objetos.
7. 11.12.Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres, siempre
empleando el lenguaje apropiado.
11.13. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, sustancias
estupefacientes o psicotrópicas (DROGAS). Dentro y fuera del piante!.
11.14.Usar apropiadamente el local , Mobiliario y cualquier otro material déla
institución educativa. Los daños que ocasione el alumno a los mismos serán
cancelados, los costos de su reparación por su representante.
11.15.Portar el carnet de identificación y el correspondiente al seguro escolar
durante las actividades dentro y fuera del plantel.
11.16.En caso de traer el comprobante de cancelado correspondiente al pago a la
mensualidad, debe entregarlos en la administración del plantel, al inicio de las
labores escolares para evitar mayores contratiempos.
11.17.No esta permitido ingerir comidas o bebidas en el aula.
11.18. Durante las horas de clases ningún alumno (a) debe estar por fuera del
salón o ambiente donde se desarrolle la actividad escolar sin la debida autorización del
docente.
11.19.La salida de clases se realizará en orden y sin carreras, tanto a la hora del recreo
como al finalizar las actividades del día.
11.20.Colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento dentro de los (imites
de sus responsabilidades del local, mobiliario y cualquier otra materia déla
institución educativa, especialmente de su aula de clase.
11.21.Los alumnos (as) deberán cumplir el horario asignado por el docente para la
aplicación de cualquier evaluación. Únicamente podrán presentar prueba fuera de
tiempo señalado aquellos alumnos que justifique su ausencia por motivo de
enfermedad o causa de fuerza mayor.
11.22.Servir de enlace entre el plantel y el hogar, cuando se les proporcione
cualquier información escrita o verbal que permita la comunicación entre los mismos.
11.23.Frente a los docentes asumir con total verdad y responsabilidad los propios
actos. Por tanto, no comprometerá a otros con su modo de actuar (falsificación de
notas o firmas, copias en escrito o cosas similares). Teniendo presente que todo
desdice la honestidad personal.
11.24.Mantener con todos los integrantes de la institución educativa, relaciones
personales que se caractericen por la honestidad, solidaridad, tolerancia, la cooperación
y la amabilidad.
11.25.Cumplir con las funciones del semanero, cuando ¡e corresponda ejecutar,
siguiendo el orden de la nomina de alumnos déla sección. Entre ellas se enumeran:
a.- Retirar la carpeta, borrador y otros en la Oficina de Apoyo Docente y firmar el
control del semanero.
8. b.- Durante el recreo y el concluir la jornada de clases, debe conjuntamente con el
profesor de turno, cerrar la puerta del salón y consignar la carpeta, borrador en la
oficina antes mencionada.
11.26. Acatar las prescripciones de los servicios sanitarios.
11.27. Los alumnos al llegar a la institución debe permanecer dentro. Abstenerse a
deformar grupos en las inmediaciones de las mismas y dirigirse a lugares de ventas de
comida, ya que el plantel cuenta con una cantina escolar, haciéndose responsable de la
higiene y elaboración de los alimentos.
CAPITULO II
Articulo 12. Los Alumnos Incurren en Faltas leves en los casos siguientes:
Los alumnos incurren en faltas leves en los casos siguientes: faltas y sanciones.
a. Retardos
b. Conversaciones en clases sobre asuntos ajenos a la misma.
c. Incumplir con los deberes escolares (evaluación, clase, tareas, ejercicios,
trabajos).
d. Utilizar accesorios no permitidos solo por una vez (tales como gorras, collares,
zarcillos, pirsens, mechas pintadas en el cabello, colitas en el pelo, pelos tipo erizo y
tipo cresta, uso de gelatina , pantalones tubito, hebillas grandes, correas de de colores
distinto a la del uniforme. collares, cadenas de seguridad. camisas por fuera del
pantalón, franelas de colores debajo de la camisa, uñas pintadas de cualquier color,
tatuajes visibles. las hembras : faldas por encima de las rodillas, pircens, tintes de pelo
con colores extravagantes y/o antinaturales., maquillaje, gelatina escarchada). En una
próxima ocasión se tomara como nfalta grave.
e. No entregar a sus representantes las citaciones o convocatorias para su
comparecencia en el plantel.
f. Permanecer fuera del salón de clases en horario de las mismas sin
autorización del
docente (I, II Y III Etapa).
g. Presentación personal no acorde al aseo y pulcritud que debe caracterizar al
alumno de este plantel.
h. uso de vocabulario inadecuado e irrespetuoso.
i.- desacatar las instrucciones del directivo, coordinador o docente dentro o fuera
del aula.
Articulo 13. Los Alumnos incurren en faltas graves en los casos siguientes:
a. Reincidencia de una falta leve.
b. Falta de respeto o agresiones verbales, escritas o físicas, contras directivos,
docentes, personal administrativo ,obrero, alumnos, representantes o cualquier
persona..
c. Abandono del plantel sin la autorización correspondiente.
d. Falta a clase sin justificación.
e. Deterioro voluntario de las instalaciones del plantel, o daño a cualquier mueble
9. o inmueble del personal de la institución, vecinos, visitantes o a cualquier persona
que de la comunidad.
f. Falsificación de firmas y/o documentos. O la usurpación de identidad.
g. Copiarse en los exámenes.
h. Participar en riñas opeleas.
i. Consumir cigarrillos o bebidas alcohólicas.
j. Hurtar objetos o realizar negociaciones.
k. Extraviar intencionalmente los diarios de clases.
I. Introducir al plantel impresos ajenos o contrarios a la filosofía educativa.
m. Otras que considere como graves a juicio de la dirección del plantel.
n. Falta de respeto como agresiones verbales, lanzamientos de objeto a los vecinos
de la institución.
CAPITULO III
Articulo 14. Délas Sanciones.
Las sanciones se aplican principalmente con la intención de recuperar la conducta
normal del alumno, de tal forma que se beneficie tanto él como la comunidad educativa.
La acumulación de dos sanciones por faltas leves no reiterativa, es decir que no sea la
misma falta, dará lugar a condicionar la inscripción del alumno para el próximo año
escolar. La sanción por más de dos faltas leves o Una sanción por falta grave darán
lugar a que la institución se reserve el derecho de no ceder cupo al alumno para el
próximo año escolar.
Las faltas leves serán sancionadas con:
Artículo 15. Forma de Sanciones falta leve:
a.- Medidas pedagógicas ejemplares que orienten al alumno, representante, docentes,
Directivo y orientadores, dejando constancia escrita de las medidas aplicadas según el
caso y de acuerdo a la edad.
b.- Asignación de trabajo especial relativo a la falta cometida.
Articulo 15.1 procedimiento para aplicar la sanción por falta leve
a.- levantamiento de un acta situacional. En esta acta se recoge la información aportada
por las partes involucradas y los testigos del hecho. Se anotan las acusaciones y las
defensas de cada uno de los involucrados.
b . Identificado el infractor proceder a notificarle por escrito que será sancionado y
que tiene derecho a llamar a su representante.
c.- Citar al representante
d.- llenar acta de aplicación de sanción en presencia del representante
e.- Asentar las observaciones correspondientes en libro de vida y indexar el acta en el
expediente del alumno.
10. Articulo 16. Las Faltas Graves serán sancionadas con:
a.- en caso de daños a personas: indemnización por gastos médicos y logísticos que acarree la lesión
causada por el agraviante.
b.- en caso de daños a muebles o inmuebles pagos de los daños causados a precio de mercado.
c.- Si se negara a cancelar las indemnizaciones o pagos o Si después de haberla acordado la
incumpliese, se le hará un recordatorio por escrito, de ignorarlo se procederá a denunciar el caso
antes las autoridades civiles y judiciales.
d.- Retiro temporal del plantel aplicado por la dirección.
e.- Acta de compromiso levantada al alumno, firmado por el, su representante y la
autoridad directiva del plantel.
f.- Expulsión del plantel por un año aplicada por el Consejo de profesores con anuencia
del Director de la Zona Educativa.
g.- Expulsión del Plantel por dos años, por el Ministerio del Poder Popular para la
Educación. La reincidencia en cualquiera de las faltas será sancionada con el doble de
las sanciones.
Articulo 16.1 procedimiento para aplicar la sanción por falta grave.
a.- levantamiento de un acta situacional. En esta acta se recoge la información aportada
por las partes involucradas y los testigos del hecho. Se anotan las acusaciones y las
defensas de cada uno de los involucrados.
b . Identificado el infractor proceder a notificarle por escrito que será sancionado y
que tiene derecho a llamar a su representante.
c.- Citar al representante
d.- llenar acta de aplicación de sanción en presencia del representante
e.- Asentar las observaciones correspondientes en libro de vida y indexar el acta en el
expediente del alumno.
TITULO III
Articulo 17- derechos de los padres y representantes
a.- A que los hijos reciban una educación integral basadas en los valores humanos.
b.- Recibir un trato respetuoso.
c.- Ser informado acerca déla organización y funcionamiento del plantel, así como el
régimen
Académico.
d.- Recibir información sobre la actuación general de su representado.
e.- Participar en las asambleas de la sociedad de padres y representantes.
f.- Participar y colaborar en los actos u otras actividades educativas programadas
por el plantel.
g.- Tienen derecho al libre acceso de las instalaciones del plantel. Siempre y
cuando sea necesario y lo amerite la urgencia del caso.
h.- Participar en la construcción y desarrollos del proyecto que vinculen la
escuela y la comunidad en la búsqueda del desarrollo integral.
11. Artículo 18. De los Deberes y Responsabilidades de los Padres, Representantes y
Responsables.
a.- Cumplir con la obligatoriedad de la educación de su representado y participar
activamente, b.- Velar y justificar por escrito la inasistencia de su representado.
c.- Proveer a sus representados de los libros y útiles que requiere la educación que
recibe, d.- Atender a las citaciones y convocatorias que se le asignen por parte de la
dirección o docente del plantel.
e.- Responder por los daños y deterioros que intencionalmente, por negligencia o por
una conducta inadecuada ocasione su representado en la edificación, mobiliarios,
materiales y útiles del plante!.
f.- presentar los documentos de su representado cuando fueren requereridos por
las autoridades educativas.
g.- cumplir con los pagos de las mensualidades los cinco (5) primeros días de cada mes,
por adelantado, no se acepta atraso de las mismas de dos meses; el representante
cancelara una mora de cinco bolívares (Bs. 5) por cada mes.
H.- La presencia de los representantes en los salones de clases no está permitida, i.-
Debe cuidar su presentación personal, no se permite la entrada de los representantes
en short, franelilla o ropa inadecuada.
j.- Prestar la debida atención y colaboración en la solución de los problemas que
tuviese su representado y délos cuales notificado por el personal directivo y docente,
k.- Utilizar un vocabulario adecuado y respetuoso al momento de dirigirse a las
autoridades educativas, docentes, alumnos y demás miembros de la comunidad
educativa. I.- Velar por la asistencia diaria de su representado a las actividades y por el
cumplimiento y demás asignaciones.
m.- Cumplir en caso de descuento con la cancelación de cada cinco días de cada mes
de lo contrario cancelará las mensualidades completas.
n.- Informar a las autoridades educativas del plantel acerca de cualquier
irregularidad o altercado personal que le implica cumplir su responsabilidad en el
proceso educativo.
Artículo 19.- Faltas y Sanciones.
a.- Los padres y representantes incurren en falta cuando incumplen los deberes
establecidos en el presente manual de convivencia.
b.- De reincidir en una o varias faltas serán remitidos a las instancias respectivas, según el
caso, encargada de velar por los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes:
Defensoría Parroquial del Niño y del Adolescente. Consejo Municipal del Derecho; Consejo de
Protección del niño y del Adolescente, entre otros
Firma del Representante Firma y sello del Colegio Firma del Alumno