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Ponente: Q.F. Gwendy Mayela Najar
Curso Virtual de Inducción a nuevos colegiados
ETICA Y DEONTOLOGIA
Colegio Químico Farmacéutico
Departamental De Lima
Descargo de responsabilidad
Lo indicado en la siguiente presentación son opiniones
personales del autor.
El autor no representa alguna entidad ni posee ningún
conflicto de interés con los contenidos.
Tampoco aborda aspectos confidenciales.
CURSO DE INDUCCION
“COLEGIO QUIMICO
FARMACEUTICO
DEPARTAMENTAL DE
LIMA”
CÓDIGO DE ÉTICA Y
DEONTOLOGÍA FARMACÉUTICA
El Código de Ética y Deontología del Colegio
Químico Farmacéutico del Perú, contiene
un conjunto de normas y preceptos , cuya
aplicación garantizan el ejercicio profesional
con la finalidad de ser competente, honesto
y honorable para los miembros de la Orden
colegiada.
Ética y Deontología
5
La ética : Disciplina de la filosofía que estudia el comportamiento humano y su relación
con las nociones del bien y del mal, los preceptos morales, el deber, la felicidad y el
bienestar común.
La deontología es la rama de la ética que trata de los deberes, especialmente de los
que rigen actividades profesionales, así como el conjunto de deberes relacionados con
el ejercicio de una profesión
El código de etica es una aspiración de un buen profesional, para valorar no sólo lo que
está prohibido, sino una propuesta por actuar lo mejor posible, cumpliendo una ética
de máximos
6
SEGÚN LAS DISPOCISIONES
LEGALES Y REGLAMENTARIAS
DEL COLEGIO
7
ORGANO ENCARGADO DE :
✓ CONOCER
✓ INFORMAR Y
✓ ACTUAR
COMISION DE ETICA Y DEONTOLOGIA
Reglamento Interno del CQFDLIMA Art 65°
FUNCIONES
a) Mantener en permanente estudio y revisión el Código de Ética y Deontología Farmacéutica, proponiendo al Consejo Directivo
Departamental las ampliaciones o modificaciones que se considere necesarias.
b) Difundir e inculcar, entre los colegiados, el ideario y la doctrina en que se sustenta el Código de Ética y Deontología.
c) Tomar nota de aquellos dictámenes del Consejo Directivo Departamental, que por su naturaleza puedan crear precedentes que permitan
sentar jurisprudencia, así como de normas doctrinarias a nivel nacional o internacional.
d) Proponer al Consejo Directivo Departamental, de estimarlo pertinente, modificaciones al Reglamento de las Leyes 15266 y su Modificatoria
Ley 26943 y al Reglamento del Colegio Departamental de Limas, para su posterior puesta a consideración ante la Junta General.
e) Proponer al Consejo Directivo Departamental proyectos de reforma de las normas legislativas que rigen el ejercicio profesional.
f) Vigilar y denunciar ante el Consejo Directivo Departamental el incumplimiento de las disposiciones emanadas de las Leyes 15266,
Modificatoria 26943 y su Reglamento DS-006-99-SA, del Código de Ética y Deontología, y del Reglamento Interno.
g) Dar cuenta al Consejo Directivo Departamental de las denuncias que sean formuladas por violación de las leyes 15266 o faltas o delitos de
los colegiados que vulneren los principios éticos y deontológicos de la profesión.
h) Denunciar ante el Consejo Directivo Departamental cuando las instituciones relacionadas con las ciencias de la salud incurran en
trasgresiones a las normas Éticas y Deontológicas.
COMISION DE ETICA Y DEONTOLOGIA
Reglamento Interno del CQFDLIMA Art 65°
i. Emitir informe al Consejo Directivo Departamental acerca de la violación de los principios Éticos y Deontológicos en las disposiciones legales,
compromisos internacionales o planes de salud relacionados con el ejercicio de la profesión.
j. Denunciar ante el Consejo Directivo Departamental, el ejercicio ilegal de la profesión.
k. Emitir informe al Consejo Directivo Departamental sobre las consultas relacionadas con asuntos éticos y deontológicos, que hubieran
formulado entidades o personas naturales al Colegio Departamental de Lima.
l. Participar en el planeamiento, marcha y procedimiento de los concursos, designaciones y nombramientos de carácter profesional y se
respete las normas éticas y deontológicas.
m. Velar para que la propaganda de los productos farmacéuticos se realice dentro de las normas de ética establecidas en las leyes y
reglamentos.
n. Coordinar con la Comisión de Relaciones Públicas, los procedimientos destinados a recabar información sobre el comportamiento ético y
deontológico, de los profesionales Químico Farmacéuticos procedentes de otros países.
o. Organizar y mantener un archivo a nivel departamental de los expedientes originales de colegiados sobre los que hayan recaído sentencia de
suspensión de la actividad profesional o expulsión del colegio.
p. Mantener bajo fiscalización los procedimientos, sobre asuntos contenciosos que aplique el Consejo Directivo Departamental de Lima.
ANALISIS DE LA CONDUCTA NO ETICA MAS
RECURENTE
ANALISIS DE LA CONDUCTA NO ETICA MAS
RECURENTE
G) Dar cuenta al Consejo Directivo Departamental de las denuncias que sean formuladas
por violación de las leyes 15266 o faltas o delitos de los colegiados que vulneren los
principios éticos y deontológicos de la profesión.
K) Emitir informe al Consejo Directivo Departamental sobre las consultas relacionadas
con asuntos éticos y deontológicos, que hubieran formulado entidades o personas
naturales al Colegio Departamental de Lima.
Consejo
Directivo
Acepta
Comunica al
Colegiado Pazo no mayor
a 30 días
Descargo
8 días
Decanato
Convoca a Consejo Directivo:
• Informa
• Votar por la resolución
adoptada
2/3
Apelar
COMISION DE
ETICA
Decano en coordinación con el asesor jurídico
❑Consejo Directivo
Nacional
❑Tribunal de Honor
JERARQUIA NORMATIVA
F) Vigilar y denunciar ante el Consejo Directivo Departamental el
incumplimiento de las disposiciones emanadas de las Leyes 15266,
Modificatoria 26943 y su Reglamento DS-006-99-SA, del Código de
Ética y Deontología, y del Reglamento Interno.
https://www.youtube.com/watch?
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CASOS
PRACTICOS
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  • 1. 1 Ponente: Q.F. Gwendy Mayela Najar Curso Virtual de Inducción a nuevos colegiados ETICA Y DEONTOLOGIA Colegio Químico Farmacéutico Departamental De Lima
  • 2. Descargo de responsabilidad Lo indicado en la siguiente presentación son opiniones personales del autor. El autor no representa alguna entidad ni posee ningún conflicto de interés con los contenidos. Tampoco aborda aspectos confidenciales.
  • 3. CURSO DE INDUCCION “COLEGIO QUIMICO FARMACEUTICO DEPARTAMENTAL DE LIMA”
  • 4. CÓDIGO DE ÉTICA Y DEONTOLOGÍA FARMACÉUTICA El Código de Ética y Deontología del Colegio Químico Farmacéutico del Perú, contiene un conjunto de normas y preceptos , cuya aplicación garantizan el ejercicio profesional con la finalidad de ser competente, honesto y honorable para los miembros de la Orden colegiada.
  • 5. Ética y Deontología 5 La ética : Disciplina de la filosofía que estudia el comportamiento humano y su relación con las nociones del bien y del mal, los preceptos morales, el deber, la felicidad y el bienestar común. La deontología es la rama de la ética que trata de los deberes, especialmente de los que rigen actividades profesionales, así como el conjunto de deberes relacionados con el ejercicio de una profesión El código de etica es una aspiración de un buen profesional, para valorar no sólo lo que está prohibido, sino una propuesta por actuar lo mejor posible, cumpliendo una ética de máximos
  • 6. 6
  • 7. SEGÚN LAS DISPOCISIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS DEL COLEGIO 7 ORGANO ENCARGADO DE : ✓ CONOCER ✓ INFORMAR Y ✓ ACTUAR
  • 8. COMISION DE ETICA Y DEONTOLOGIA Reglamento Interno del CQFDLIMA Art 65° FUNCIONES a) Mantener en permanente estudio y revisión el Código de Ética y Deontología Farmacéutica, proponiendo al Consejo Directivo Departamental las ampliaciones o modificaciones que se considere necesarias. b) Difundir e inculcar, entre los colegiados, el ideario y la doctrina en que se sustenta el Código de Ética y Deontología. c) Tomar nota de aquellos dictámenes del Consejo Directivo Departamental, que por su naturaleza puedan crear precedentes que permitan sentar jurisprudencia, así como de normas doctrinarias a nivel nacional o internacional. d) Proponer al Consejo Directivo Departamental, de estimarlo pertinente, modificaciones al Reglamento de las Leyes 15266 y su Modificatoria Ley 26943 y al Reglamento del Colegio Departamental de Limas, para su posterior puesta a consideración ante la Junta General. e) Proponer al Consejo Directivo Departamental proyectos de reforma de las normas legislativas que rigen el ejercicio profesional. f) Vigilar y denunciar ante el Consejo Directivo Departamental el incumplimiento de las disposiciones emanadas de las Leyes 15266, Modificatoria 26943 y su Reglamento DS-006-99-SA, del Código de Ética y Deontología, y del Reglamento Interno. g) Dar cuenta al Consejo Directivo Departamental de las denuncias que sean formuladas por violación de las leyes 15266 o faltas o delitos de los colegiados que vulneren los principios éticos y deontológicos de la profesión. h) Denunciar ante el Consejo Directivo Departamental cuando las instituciones relacionadas con las ciencias de la salud incurran en trasgresiones a las normas Éticas y Deontológicas.
  • 9. COMISION DE ETICA Y DEONTOLOGIA Reglamento Interno del CQFDLIMA Art 65° i. Emitir informe al Consejo Directivo Departamental acerca de la violación de los principios Éticos y Deontológicos en las disposiciones legales, compromisos internacionales o planes de salud relacionados con el ejercicio de la profesión. j. Denunciar ante el Consejo Directivo Departamental, el ejercicio ilegal de la profesión. k. Emitir informe al Consejo Directivo Departamental sobre las consultas relacionadas con asuntos éticos y deontológicos, que hubieran formulado entidades o personas naturales al Colegio Departamental de Lima. l. Participar en el planeamiento, marcha y procedimiento de los concursos, designaciones y nombramientos de carácter profesional y se respete las normas éticas y deontológicas. m. Velar para que la propaganda de los productos farmacéuticos se realice dentro de las normas de ética establecidas en las leyes y reglamentos. n. Coordinar con la Comisión de Relaciones Públicas, los procedimientos destinados a recabar información sobre el comportamiento ético y deontológico, de los profesionales Químico Farmacéuticos procedentes de otros países. o. Organizar y mantener un archivo a nivel departamental de los expedientes originales de colegiados sobre los que hayan recaído sentencia de suspensión de la actividad profesional o expulsión del colegio. p. Mantener bajo fiscalización los procedimientos, sobre asuntos contenciosos que aplique el Consejo Directivo Departamental de Lima.
  • 10. ANALISIS DE LA CONDUCTA NO ETICA MAS RECURENTE
  • 11. ANALISIS DE LA CONDUCTA NO ETICA MAS RECURENTE G) Dar cuenta al Consejo Directivo Departamental de las denuncias que sean formuladas por violación de las leyes 15266 o faltas o delitos de los colegiados que vulneren los principios éticos y deontológicos de la profesión. K) Emitir informe al Consejo Directivo Departamental sobre las consultas relacionadas con asuntos éticos y deontológicos, que hubieran formulado entidades o personas naturales al Colegio Departamental de Lima.
  • 12. Consejo Directivo Acepta Comunica al Colegiado Pazo no mayor a 30 días Descargo 8 días Decanato Convoca a Consejo Directivo: • Informa • Votar por la resolución adoptada 2/3 Apelar COMISION DE ETICA Decano en coordinación con el asesor jurídico ❑Consejo Directivo Nacional ❑Tribunal de Honor
  • 13. JERARQUIA NORMATIVA F) Vigilar y denunciar ante el Consejo Directivo Departamental el incumplimiento de las disposiciones emanadas de las Leyes 15266, Modificatoria 26943 y su Reglamento DS-006-99-SA, del Código de Ética y Deontología, y del Reglamento Interno. https://www.youtube.com/watch? v=XF-mwcaDyEk
  • 15. 15