El documento proporciona definiciones de varios términos relacionados con la legislación de telecomunicaciones en Perú, incluyendo PNAF, Ley General de Telecomunicaciones, espectro radioeléctrico, libre competencia, libertad de acceso, principio de transparencia, uso eficiente del espectro y neutralidad tecnológica. También describe la clasificación de medios de radiodifusión, tipos de sanciones y cómo calcular el canon de radiodifusión para una estación de radio FM comunitaria.
TALLER PAEC preparatoria directamente de la secretaria de educación pública
Definiciones y cálculo de canon FM
1. 1. Defina y describa PNAF. (2p)
2. Describa la Ley General de Telecomunicaciones: (3p)
3.Defina: (8p)
a. Taza:
b. Canon:
c. Espectro radioeléctrico:
d. Libre competencia:
e. Libertad de Acceso:
f. Principio de Transparencia:
FACULTAD DE INGENIERIA DE PRODUCCION Y SERVICIOS - UNSA
DEPARTAMENTO ACADÉMICO: INGENIERÍA ELECTRÓNICA
Programa: Ingeniería Electrónica NOTA:
Curso: Legislación en Telecomunicaciones – 1 Examen
Parcial
Apellidos y
Nombres:
Fecha:
2. g. Uso eficiente del espectro:
h. Neutralidad tecnológica:
4. Mencione y describa la clasificación de los medios de radiodifusión: (2p)
5. Mencione y describa los tipos de Sanciones. (2p)
6. Calcule el canon de radiodifusión para una estación de radio FM Educativa. (3p)
Con potencia de 1000 watts, la canalización de la localidad es de 20 frecuencias,8 disponibles, no se
encuentra en frontera. (2p)
3. 1. Defina y describa PNAF. (2p)
El espectro radioeléctrico es un recurso natural conformado por el conjunto de ondas
electromagnéticas cuyas frecuencias se fijan convencionalmente desde 9 kHz hasta 300 GHz y que
forma parte del patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento,
correspondiendo su gestión, administración y control al Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
El Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF) contiene los cuadros de atribución de
frecuencias de los diferentes servicios de telecomunicaciones en la República del Perú, de tal
forma que los diversos servicios operen en bandas de frecuencias definidas previamente para cada
uno de ellos, a fin de asegurar su operatividad, minimizar la probabilidad de interferencias
perjudiciales y permitir la coexistencia de servicios dentro de una misma banda de frecuencias,
cuando sea el caso.
2. Describa la Ley General de Telecomunicaciones: (3p)
La ley General de Telecomunicaciones y su TUO establece las disposiciones generales para la
prestación de los servicios de telecomunicaciones, la administración del espectro radioeléctrico, la
normalización, homologación de equipos y aparatos de telecomunicaciones, la regulación del
mercado de servicios, a fin de que éstos se lleven a cabo cumpliendo los objetivos y principios
establecidos en la Ley de Telecomunicaciones.
Para efectos de la asignación de espectro radioeléctrico, la Unión Internacional de
Telecomunicaciones (UIT) define tres modelos de asignación de espectro: i) Modelo de comando y
control, que implica la asignación de acuerdo con un mercado primario, basado en asignaciones
administrativas; ii) Modelo orientado al mercado, que incluye organización de subastas, mercados
secundarios y modelos de compartición; y, iii) Modelo de uso general, que implica la liberalización
completa (limitada a principios de no interferencia) en el uso de espectro de las cuales la Ley
Regula y Normaliza con la implementación de su reglamento.
3. Defina: (8p)
a. Taza: Impuesto o tributo por las ganancias a la explotación de servicio de radiodifusión.
b. Canon: Pago anual por el uso de espectro radioeléctrico según a tablas establecidas por el MTC.
c. Espectro radioeléctrico: El espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas
que forma parte del patrimonio de la Nación. Su utilización y otorgamiento para la prestación del
servicio de radiodifusión, se efectúa en las condiciones señaladas en la presente Ley y las normas
internacionales de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
d. Libre competencia.- Los servicios de radiodifusión se prestan en un régimen de libre competencia.
Está prohibida cualquier forma directa o indirecta de exclusividad, monopolio o acaparamiento de
frecuencias del espectro radioeléctrico, por parte del Estado o de particulares.
e. Libertad de Acceso.- El acceso a la utilización y prestación de los servicios de radiodifusión está
sujeto a los principios de igualdad de oportunidades y de no discriminación.
f. Principio de Transparencia.- En el otorgamiento de autorizaciones para el servicio de radiodifusión
se tendrán en consideración criterios conocidos y el principio de predictibilidad. Las decisiones
deberán estar debidamente motivadas y sustentarse en la normatividad vigente.
g. Uso eficiente del espectro.- A fin de garantizar el uso eficiente del espectro radioeléctrico, la
asignación de frecuencias y el otorgamiento de la autorización para la prestación de los servicios
FACULTAD DE INGENIERIA DE PRODUCCION Y SERVICIOS - UNSA
DEPARTAMENTO ACADÉMICO: INGENIERÍA ELECTRÓNICA
Programa: Ingeniería Electrónica NOTA:
Curso: Legislación en Telecomunicaciones – 1 Examen
Parcial
Apellidos y
Nombres:
Fecha:
4. de radiodifusión, se efectúa bajo criterios de objetividad, transparencia e imparcialidad, de acuerdo
con la disponibilidad de frecuencias.
h. Neutralidad tecnológica.- En la promoción y autorización de los servicios de radiodifusión por el
Estado, no se condiciona el uso de una determinada tecnología, salvo en beneficio del televidente
o radioyente.
4. Mencione y describa la clasificación de los medios de radiodifusión: (2p)
Por su modalidad de operación: Servicio de radiodifusión sonora y servicio de radiodifusión por
televisión.
Por su finalidad: Según el contenido de su programación, se clasifican en:
a) Servicios de Radiodifusión Comercial: Son aquellos cuya programación está destinada al
entretenimiento y recreación del público, así como a abordar temas informativos, noticiosos y de
orientación a la comunidad, dentro del marco de los fines y principios que orientan el servicio.
b) Servicios de Radiodifusión Educativa: Son aquellos cuya programación está destinada
predominantemente al fomento de la educación, la cultura y el deporte, así como la formación integral de
las personas. En sus códigos de ética incluyen los principios y fines de la educación peruana.
Las entidades educativas públicas, sólo pueden prestar el servicio de radiodifusión educativa.
c) Radiodifusión Comunitaria: Es aquella cuyas estaciones están ubicadas en comunidades campesinas,
nativas e indígenas, áreas rurales o de preferente interés social. Su programación está destinada
principalmente a fomentar la identidad y costumbres de la comunidad en la que se presta el servicio,
fortaleciendo la integración nacional.
5. Mencione los tipos de Sanciones. (2p)
Amonestación: Tratándose de infracciones leves, la autoridad puede disponer alternativamente a la multa,
la sanción de amonestación.
Multa: Por su Naturaleza y gravedad de la infracción; b) Daño causado por la infracción; c) Reincidencia
en la infracción; d) Disposición del infractor a reparar el daño o mitigar sus efectos; e) Beneficio obtenido
como consecuencia de la infracción; f) La repercusión social, así como las características de la localidad
en la que opera; g) Los aspectos demográficos y la cantidad poblacional.Según a escalas calculadas con
referencia a UIT.
Cancelación: La cancelación de la autorización podrá ser dispuesta para los casos de la comisión reiterada
de infracciones calificadas como muy graves o en caso de incumplimiento de la medida cautelar de
suspensión de la autorización. Dispuesta la sanción de cancelación, esta será comunicada al órgano
competente del Ministerio para su formalización.
6. Calcule el canon de radiodifusión para una estación de radio FM Comunitaria –
Departamento de Arequipa. (3p)
Con potencia de 1000 watts, la canalización de la localidad es de 20 frecuencias,8 disponibles, no se
encuentra en frontera.