SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 29
Alicia García-Franco
Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje
Antecedentes
Reglamento 333/2011
Reglamento REACH
REACH: Sustancias Recuperadas
Antecedentes
2002
• Sexto Programa de Acción
Comunitario en Materia de Medio
Ambiente.
Promovía desarrollo o revisión
legislación sobre residuos, incluyendo
distinción clara entre residuos y no
residuos.
Inicio proceso revisión Directivas
vigentes relativas a los residuos.
Directiva 2008/98/CE de 19 de
noviembre de 2008 sobre residuos
Antecedentes
• TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNION EUROPEA
• Caso Mayer Perry
• Caso Niselli
Antecedentes
• La sustancia u objeto se usa normalmente para
finalidades específicas.
• Existe un mercado o una demanda para dicha
sustancia u objeto.
• La sustancia u objeto satisface los requisitos técnicos
para las finalidades específicas, y cumple la
legislación existente y las normas aplicables a los
productos.
• El uso de la sustancia u objeto no generará impactos
adversos globales para el medio ambiente o la salud.
ARTÍCULO 6: determinado residuo deja de serlo
cuando se haya sometido a una operación,
incluido el reciclado y la valorización, y cumpla:
Antecedentes
Articulo 6.2
Deberán tenerse en cuenta criterios de fin de la condición
de residuo al menos, entre otros, para los áridos, el papel,
el vidrio, el METAL, los neumáticos y los textiles.
Establecer mediante Reglamento a qué tipo de residuos se
aplicará y desarrollar cuáles serán los criterios específicos.
Centro Común de Investigación de la Comisión Europea
(IPTS)
Antecedentes
GRUPO DE
TRABAJO
IPTS
COMISIÓN
EUROPEA
ESTADOS
MIEMBRO
ONG
INDUSTRIA
OBJETIVO: elaborar el informe que defina qué pautas de
calidad y tratamiento deben cumplir la chatarra férrica y de
aluminio para poder ser considerados productos.
Antecedentes
Representantes
sector
recuperador
FER
Otras Asociaciones Nacionales
Europeas
EFR
(European Ferrous Recovery and Recycling Federation)
EUROMETREC
(European Metal Trade and Recycling Federation )
Claves al aportar el punto de vista del sector reciclador
durante los trabajos.
Antecedentes
INFORME IPTS
Ha demostrado que las
chatarras de hierro,
acero y aluminio
cumplen con los
objetivos establecidos
en el artículo 6
Reglamento
333/2011
Reglamento 333/2011
CALIDAD
Categorías
Estériles <2%/5%
Oxido de hierro
Libre de aceites
Libre de
radioactividad
No propiedades
peligrosas
No recipientes
bajos presión
ENTRADA
CONTENGAN
METAL
RESIDUOS
PELIGROSOS
No limaduras y
virutas con
aceites
No recipientes
que hayan
tenido o con
aceites o
pinturas
PROCESOS
SEGREGACIÓN
PROCESOS
MECÁNICOS
Requisitos
específicos
residuos
peligrosos
SISTEMA DE
CALIDAD
ADECUADO
VERIFICADO
SISTEMAS DE
CONTROL
DECLARACIÓN
DE
CONFORMIDAD
CARACTERÍSTICAS
RADIOACTIVIDAD
VERIFICACIÓN
DECLARACIÓN
Reglamento 333/2011
Cumplir con todos los criterios
establecidos en Anexo I/Anexo II
Implantar un Sistema de
Gestión de la Calidad verificado
Emitir una Declaración de
Conformidad en cada envío
PRODUCTO
Si no se cumplen estos 3 requisitos NO puede considerarse
producto.
Reglamento 333/2011
RESIDUO PRODUCTO
RESIDUO PRODUCTO
RESIDUO PRODUCTO
Reglamento 333/2011
EN TODO CASO RESIDUO
Reglamento 333/2011
• Se reconoce así la labor de procesado, limpieza y
homogeneización llevado a cabo por el sector de la
recuperación.
PAPEL PROTAGONISTA DE LOS
RECUPERADORES
Reglamento 333/2011
Aclaraciones
Es voluntario.
Se aplica solo a materiales procesados por un gestor.
No todas las chatarras van a dejar de ser residuos.
Imprescindible Declaración de conformidad.
El material desclasificado como residuo sigue incluido
en la inversión del sujeto pasivo.
Traslados fuera de España
TRASLADO CHATARRA DE
HIERRO, ACERO Y ALUMINIO
RESIDUO
Reglamento 1013/2006
sobre traslados de
residuos
PRODUCTO
Anexo III: Declaración de
conformidad
Reglamento REACH
Articulo 2.2 Reglamento REACH
• ¿Qué es residuo? Se remite a la
normativa de residuos.
• Los residuos no están contemplados
como uno de los materiales a
registrar, verificar o autorizar.
Art 2.2: Los residuos, tal como se definen en la
Directiva 2006/12/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, no constituyen una sustancia,
preparado o artículo en el sentido del artículo 3
del presente Reglamento.
Reglamento REACH
Si una empresa no declara la
conformidad del material
que suministra, su material
seguirá siendo residuo y no
será sustancia, preparado o
articulo a efectos del REACH
No tendrá que registrar o
evaluar o autorizar los
residuos que comercializa
Producto
Figura
Sustancia
Recuperada
REACH: Sustancias Recuperadas
• Las Sustancias Recuperadas
tienen, en principio, las
mismas obligaciones que
las sustancias originales,
Pero
– Quedan exentas de registro, usuarios
intermedios y evaluación, bajo ciertas
condiciones del artículo 2.7.d)
* La exención a las sustancias recuperadas solo se aplica
expresamente a la sustancias recuperadas en la UE.
REACH: Sustancias Recuperadas
Requisitos para las sustancias recuperadas
Han de ser sustancias que ya se hayan
registrado
La sustancia resultante del proceso de
recuperación ha de ser la misma que la
sustancia registrada
Información exigida en los artículos 31 o 32
REACH: Sustancias Recuperadas
A. HAN DE SER SUSTANCIAS QUE YA SE HAYAN
REGISTRADO
 El acero (aleación de hierro y carbono) y el aluminio son
materiales de amplio uso y por tanto las sustancias Aluminio o
Hierro ya están registradas.
(Carbono está exento de Registro al estar incluido en el Anexo IV del
Reglamento REACH).
 No se exige que la sustancia haya sido registrada por un
actor en la misma cadena de suministro o haya algún vínculo
entre el registrador inicial y el recuperador.
 Las aleaciones no necesitan estar registradas cuando las
sustancias que las componen están ya registradas.
REACH: Sustancias Recuperadas
A. HAN DE SER SUSTANCIAS QUE YA SE HAYAN
REGISTRADO.
 Cuando no se requiera una ficha de datos de seguridad
(acero y el aluminio tal), los recicladores sólo tendrán que
proporcionar el número de Registro REACH si está disponible:
 Artículo 32.1. a) del Reglamento REACH.
 Punto 2.4.3. del “Documento de orientación sobre
residuos y sustancias recuperadas” de la ECHA.
REACH: Sustancias Recuperadas
B. LA SUSTANCIA RESULTANTE DEL PROCESO DE
RECUPERACIÓN HA DE SER LA MISMA QUE LA
SUSTANCIA REGISTRADA
 La sustancia recuperada ha de tener la misma
identidad química y propiedades, que la sustancia que ha
sido recuperada.
 Los procesos de recuperación sobre las chatarras de
acero y aluminio (el reciclaje mecánico y la clasificación y
troceado de materiales para fundirlos de nuevo) no
modifican la composición química de las sustancias, por
lo que la identidad no se debe ver alterada.
REACH: Sustancias Recuperadas
B. LA SUSTANCIA RESULTANTE DEL PROCESO DE
RECUPERACIÓN HA DE SER LA MISMA QUE LA
SUSTANCIA REGISTRADA
 Argumentos sobre igualdad deben presentarse
únicamente si la autoridad competente lo solicita
explícitamente.
Documento realizado por EFR y EUROMETREC para
todas las asociaciones europeas que argumenta que la
sustancia resultante del proceso de recuperación es la
misma que la sustancia registrada.
REACH: Sustancias Recuperadas
C. INFORMACIÓN EXIGIDA EN LOS ARTÍCULOS 31 O 32
 Ficha de datos de seguridad en determinados
supuestos, que no se dan en el caso del acero y el
aluminio. Fichas de información.
 No se especifica cómo debe ser dicha información.
Fichas de información del acero, acero inoxidable y
aluminio.
REACH: Sustancias Recuperadas
Documentación
entregada a los
socios de FER
Régimen sancionador del REACH
 MUY GRAVE
- La fabricación, importación y comercialización de sustancias
químicas como tales, en forma de mezclas o contenidas en
artículos sin registro previo, en las condiciones y plazos
establecidos en el Reglamento (CE) n.º 1907/2006, salvo las
excepciones y exenciones que les sean aplicables.
 GRAVE
- El incumplimiento de la obligación de transmitir a los agentes
posteriores de la cadena de suministro la información sobre
sustancias, como tales o en mezclas, especificada en el
artículo 32.1 del Reglamento (CE) n.º 1907/2006, cuando no
se exige ficha de datos de seguridad.
- La falta de colaboración en la labor de inspección, control y
vigilancia de la Administración pública correspondiente.
Régimen sancionador del REACH
 LEVE
- La comisión de alguna de las infracciones graves o muy
graves cuando, por su escasa cuantía o entidad, no merezcan
la calificación de graves o muy graves y los restantes
incumplimientos del Reglamento (CE) n.º 1907/2006 que no
hayan sido tipificados como faltas graves o muy graves.
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION
FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE LA RECUPERACIÓN Y EL RECICLAJE
consultas@recuperacion.org
www.recuperacion.org

Más contenido relacionado

Similar a Fin de la condición de residuo ¿Cuándo la chatarra deja de serlo? Punto de vista del sector recuperador

resolucion_conjunta_scyma_y_senasa_1-2019_anexo_i.pdf
resolucion_conjunta_scyma_y_senasa_1-2019_anexo_i.pdfresolucion_conjunta_scyma_y_senasa_1-2019_anexo_i.pdf
resolucion_conjunta_scyma_y_senasa_1-2019_anexo_i.pdfSoniaMCabrera1
 
Requisitos de la_ue_con_enfasis_en_organicos_part_2
Requisitos de la_ue_con_enfasis_en_organicos_part_2Requisitos de la_ue_con_enfasis_en_organicos_part_2
Requisitos de la_ue_con_enfasis_en_organicos_part_2ProColombia
 
REGIMEN JURIDICO DE LA INDUSTRIA PETROQUÍMICA
REGIMEN JURIDICO DE LA INDUSTRIA PETROQUÍMICAREGIMEN JURIDICO DE LA INDUSTRIA PETROQUÍMICA
REGIMEN JURIDICO DE LA INDUSTRIA PETROQUÍMICAJosé María Pérez Gómez
 
Técnicas novedosas (y disponibles) en tratamiento de aguas industriales en el...
Técnicas novedosas (y disponibles) en tratamiento de aguas industriales en el...Técnicas novedosas (y disponibles) en tratamiento de aguas industriales en el...
Técnicas novedosas (y disponibles) en tratamiento de aguas industriales en el...Luis Blanco Urgoiti
 
Pinturas y recubrimientos sostenibles y seguros, TECNALIA (emisiones)
Pinturas y recubrimientos sostenibles y seguros, TECNALIA (emisiones)Pinturas y recubrimientos sostenibles y seguros, TECNALIA (emisiones)
Pinturas y recubrimientos sostenibles y seguros, TECNALIA (emisiones)TECNALIA Research & Innovation
 
Monografico Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados
Monografico Ley 22/2011 de Residuos y Suelos ContaminadosMonografico Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados
Monografico Ley 22/2011 de Residuos y Suelos ContaminadosABALEO, S.L.
 
Nta.002 requisitos contratist_r_gestión_amb
Nta.002 requisitos contratist_r_gestión_ambNta.002 requisitos contratist_r_gestión_amb
Nta.002 requisitos contratist_r_gestión_ambHenry Neyra Collao
 
Margarita Ruiz - MAGRAMA - La figura de subproducto y fin de condición de res...
Margarita Ruiz - MAGRAMA - La figura de subproducto y fin de condición de res...Margarita Ruiz - MAGRAMA - La figura de subproducto y fin de condición de res...
Margarita Ruiz - MAGRAMA - La figura de subproducto y fin de condición de res...Council of Catalan Chambers of Commerce
 
Presentaciones Taller FIAB Gestión de Subproductos
Presentaciones Taller FIAB Gestión de SubproductosPresentaciones Taller FIAB Gestión de Subproductos
Presentaciones Taller FIAB Gestión de SubproductosFIAB
 
Taller FIAB Gestión Subproductos 1
Taller FIAB Gestión Subproductos 1Taller FIAB Gestión Subproductos 1
Taller FIAB Gestión Subproductos 1FIAB
 
Presentaciones Taller FIAB Gestión de Subproductos
Presentaciones Taller FIAB Gestión de SubproductosPresentaciones Taller FIAB Gestión de Subproductos
Presentaciones Taller FIAB Gestión de SubproductosFIAB
 
Presentación Resdiuos posconsumos respel
Presentación Resdiuos posconsumos respelPresentación Resdiuos posconsumos respel
Presentación Resdiuos posconsumos respelCarlosEspinosa969112
 
Criterios de fin de condición de residuo (EoW)
Criterios de fin de condición de residuo (EoW)Criterios de fin de condición de residuo (EoW)
Criterios de fin de condición de residuo (EoW)REPACAR
 
Matriz de requisitos legales ambientales
Matriz de requisitos legales ambientalesMatriz de requisitos legales ambientales
Matriz de requisitos legales ambientalesCatedra Unadista
 

Similar a Fin de la condición de residuo ¿Cuándo la chatarra deja de serlo? Punto de vista del sector recuperador (20)

resolucion_conjunta_scyma_y_senasa_1-2019_anexo_i.pdf
resolucion_conjunta_scyma_y_senasa_1-2019_anexo_i.pdfresolucion_conjunta_scyma_y_senasa_1-2019_anexo_i.pdf
resolucion_conjunta_scyma_y_senasa_1-2019_anexo_i.pdf
 
Requisitos de la_ue_con_enfasis_en_organicos_part_2
Requisitos de la_ue_con_enfasis_en_organicos_part_2Requisitos de la_ue_con_enfasis_en_organicos_part_2
Requisitos de la_ue_con_enfasis_en_organicos_part_2
 
Claves para la correcta aplicación de la ley 22 2011 de residuos y suelos co...
Claves para la correcta aplicación de la ley 22 2011 de residuos y suelos co...Claves para la correcta aplicación de la ley 22 2011 de residuos y suelos co...
Claves para la correcta aplicación de la ley 22 2011 de residuos y suelos co...
 
REGIMEN JURIDICO DE LA INDUSTRIA PETROQUÍMICA
REGIMEN JURIDICO DE LA INDUSTRIA PETROQUÍMICAREGIMEN JURIDICO DE LA INDUSTRIA PETROQUÍMICA
REGIMEN JURIDICO DE LA INDUSTRIA PETROQUÍMICA
 
Técnicas novedosas (y disponibles) en tratamiento de aguas industriales en el...
Técnicas novedosas (y disponibles) en tratamiento de aguas industriales en el...Técnicas novedosas (y disponibles) en tratamiento de aguas industriales en el...
Técnicas novedosas (y disponibles) en tratamiento de aguas industriales en el...
 
Pinturas y recubrimientos sostenibles y seguros, TECNALIA (emisiones)
Pinturas y recubrimientos sostenibles y seguros, TECNALIA (emisiones)Pinturas y recubrimientos sostenibles y seguros, TECNALIA (emisiones)
Pinturas y recubrimientos sostenibles y seguros, TECNALIA (emisiones)
 
El fin de la condición de residuo en chatarra férrica, aluminio, cobre y alea...
El fin de la condición de residuo en chatarra férrica, aluminio, cobre y alea...El fin de la condición de residuo en chatarra férrica, aluminio, cobre y alea...
El fin de la condición de residuo en chatarra férrica, aluminio, cobre y alea...
 
Monografico Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados
Monografico Ley 22/2011 de Residuos y Suelos ContaminadosMonografico Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados
Monografico Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados
 
Nta.002 requisitos contratist_r_gestión_amb
Nta.002 requisitos contratist_r_gestión_ambNta.002 requisitos contratist_r_gestión_amb
Nta.002 requisitos contratist_r_gestión_amb
 
Margarita Ruiz - MAGRAMA - La figura de subproducto y fin de condición de res...
Margarita Ruiz - MAGRAMA - La figura de subproducto y fin de condición de res...Margarita Ruiz - MAGRAMA - La figura de subproducto y fin de condición de res...
Margarita Ruiz - MAGRAMA - La figura de subproducto y fin de condición de res...
 
Residuos uriker
Residuos urikerResiduos uriker
Residuos uriker
 
Presentaciones Taller FIAB Gestión de Subproductos
Presentaciones Taller FIAB Gestión de SubproductosPresentaciones Taller FIAB Gestión de Subproductos
Presentaciones Taller FIAB Gestión de Subproductos
 
Taller FIAB Gestión Subproductos 1
Taller FIAB Gestión Subproductos 1Taller FIAB Gestión Subproductos 1
Taller FIAB Gestión Subproductos 1
 
Presentaciones Taller FIAB Gestión de Subproductos
Presentaciones Taller FIAB Gestión de SubproductosPresentaciones Taller FIAB Gestión de Subproductos
Presentaciones Taller FIAB Gestión de Subproductos
 
Asociación de Ingenieros Alemanes (VDI)
Asociación de Ingenieros Alemanes (VDI) Asociación de Ingenieros Alemanes (VDI)
Asociación de Ingenieros Alemanes (VDI)
 
Presentación Resdiuos posconsumos respel
Presentación Resdiuos posconsumos respelPresentación Resdiuos posconsumos respel
Presentación Resdiuos posconsumos respel
 
PED 97/23/CE
PED 97/23/CEPED 97/23/CE
PED 97/23/CE
 
Criterios de fin de condición de residuo (EoW)
Criterios de fin de condición de residuo (EoW)Criterios de fin de condición de residuo (EoW)
Criterios de fin de condición de residuo (EoW)
 
Matriz de requisitos legales ambientales
Matriz de requisitos legales ambientalesMatriz de requisitos legales ambientales
Matriz de requisitos legales ambientales
 
El sector químic – Dagoberto Schmid
El sector químic – Dagoberto Schmid El sector químic – Dagoberto Schmid
El sector químic – Dagoberto Schmid
 

Más de Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje

Más de Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje (20)

La descontaminación de barcos de acero al final de su vida útil Proyecto Recy...
La descontaminación de barcos de acero al final de su vida útilProyecto Recy...La descontaminación de barcos de acero al final de su vida útilProyecto Recy...
La descontaminación de barcos de acero al final de su vida útil Proyecto Recy...
 
Desguace y reciclaje de buques mercantes; panorama internacional
Desguace y reciclaje de buques mercantes; panorama internacionalDesguace y reciclaje de buques mercantes; panorama internacional
Desguace y reciclaje de buques mercantes; panorama internacional
 
RECICLAJE DE BUQUES DE LA ARAMADA
RECICLAJE DE BUQUES DE LA ARAMADARECICLAJE DE BUQUES DE LA ARAMADA
RECICLAJE DE BUQUES DE LA ARAMADA
 
LA GESTIÓN DE LOS BUQUES AL FINAL DE SU CICLO DE VIDA (BFV) NORMATIVA Y REGL...
LA GESTIÓN DE LOS BUQUES AL FINAL DE SU CICLO DE VIDA (BFV)  NORMATIVA Y REGL...LA GESTIÓN DE LOS BUQUES AL FINAL DE SU CICLO DE VIDA (BFV)  NORMATIVA Y REGL...
LA GESTIÓN DE LOS BUQUES AL FINAL DE SU CICLO DE VIDA (BFV) NORMATIVA Y REGL...
 
Cradle to Cradle, hacia una economía circular a través del reciclado de barcos"
Cradle to Cradle, hacia una economía circular a través del reciclado de barcos"Cradle to Cradle, hacia una economía circular a través del reciclado de barcos"
Cradle to Cradle, hacia una economía circular a través del reciclado de barcos"
 
Contaminación del acero con Cobre (Cu) residual
Contaminación del acero con Cobre (Cu) residualContaminación del acero con Cobre (Cu) residual
Contaminación del acero con Cobre (Cu) residual
 
ECONOMÍA CIRCULAR: DEL RECICLAJE DE RESIDUOS A LA RECUPERACIÓN DE MATERIAS P...
ECONOMÍA CIRCULAR: DEL RECICLAJE DE RESIDUOS A LA RECUPERACIÓN DE MATERIAS P...ECONOMÍA CIRCULAR: DEL RECICLAJE DE RESIDUOS A LA RECUPERACIÓN DE MATERIAS P...
ECONOMÍA CIRCULAR: DEL RECICLAJE DE RESIDUOS A LA RECUPERACIÓN DE MATERIAS P...
 
Economía circular fer iffema ic
Economía circular fer iffema icEconomía circular fer iffema ic
Economía circular fer iffema ic
 
PROYECTO DE REAL DECRETO DE TRASLADOS
PROYECTO DE REAL DECRETO DE TRASLADOS PROYECTO DE REAL DECRETO DE TRASLADOS
PROYECTO DE REAL DECRETO DE TRASLADOS
 
Who owns waste and scrap?
Who owns waste and scrap?Who owns waste and scrap?
Who owns waste and scrap?
 
APLICACIÓN DEL CAUCHO DE NEUMÁTICOS FUERA DE USO EN SUELOS DEPORTIVOS
APLICACIÓN DEL CAUCHO DE NEUMÁTICOS FUERA DE USO EN SUELOS DEPORTIVOSAPLICACIÓN DEL CAUCHO DE NEUMÁTICOS FUERA DE USO EN SUELOS DEPORTIVOS
APLICACIÓN DEL CAUCHO DE NEUMÁTICOS FUERA DE USO EN SUELOS DEPORTIVOS
 
MODELO DE ORDENANZA MUNICIPAL DE RESIDUOS DE LA FEMP Y EL SECTOR DE LA RECUPE...
MODELO DE ORDENANZA MUNICIPAL DE RESIDUOS DE LA FEMP Y EL SECTOR DE LA RECUPE...MODELO DE ORDENANZA MUNICIPAL DE RESIDUOS DE LA FEMP Y EL SECTOR DE LA RECUPE...
MODELO DE ORDENANZA MUNICIPAL DE RESIDUOS DE LA FEMP Y EL SECTOR DE LA RECUPE...
 
Juan a tejela
Juan a tejelaJuan a tejela
Juan a tejela
 
VENTAJAS DE LOS ASFALTOS CON CAUCHO DE NEUMÁTICOS EJEMPLOS DE OBRAS EN ESPAÑA...
VENTAJAS DE LOS ASFALTOS CON CAUCHO DE NEUMÁTICOS EJEMPLOS DE OBRAS EN ESPAÑA...VENTAJAS DE LOS ASFALTOS CON CAUCHO DE NEUMÁTICOS EJEMPLOS DE OBRAS EN ESPAÑA...
VENTAJAS DE LOS ASFALTOS CON CAUCHO DE NEUMÁTICOS EJEMPLOS DE OBRAS EN ESPAÑA...
 
Fin de la condición de residuo ¿CUANDO LA CHATARRA DEJA DE SER RESIDUO? PUNTO...
Fin de la condición de residuo ¿CUANDO LA CHATARRA DEJA DE SER RESIDUO? PUNTO...Fin de la condición de residuo ¿CUANDO LA CHATARRA DEJA DE SER RESIDUO? PUNTO...
Fin de la condición de residuo ¿CUANDO LA CHATARRA DEJA DE SER RESIDUO? PUNTO...
 
PRESENTE Y FUTURO DEL RECICLAJE DE RAEE
PRESENTE Y FUTURO DEL RECICLAJE DE RAEEPRESENTE Y FUTURO DEL RECICLAJE DE RAEE
PRESENTE Y FUTURO DEL RECICLAJE DE RAEE
 
Implicaciones en la Gestión Técnica y Administrativa y oportunidades para los...
Implicaciones en la Gestión Técnica y Administrativa y oportunidades para los...Implicaciones en la Gestión Técnica y Administrativa y oportunidades para los...
Implicaciones en la Gestión Técnica y Administrativa y oportunidades para los...
 
Visión de los recicladores ante el futuro nuevo Real Decreto de RAEE
Visión de los recicladores ante el futuro nuevo  Real Decreto de RAEE  Visión de los recicladores ante el futuro nuevo  Real Decreto de RAEE
Visión de los recicladores ante el futuro nuevo Real Decreto de RAEE
 
¿Por qué la recogida de residuos sigue siendo un problema? Causas y soluciones
¿Por qué la recogida de residuos sigue siendo un problema? Causas y soluciones  ¿Por qué la recogida de residuos sigue siendo un problema? Causas y soluciones
¿Por qué la recogida de residuos sigue siendo un problema? Causas y soluciones
 
THE RECOVERY AND RECYCLING INDUSTRY IN SPAIN
THE RECOVERY AND RECYCLING INDUSTRY IN SPAINTHE RECOVERY AND RECYCLING INDUSTRY IN SPAIN
THE RECOVERY AND RECYCLING INDUSTRY IN SPAIN
 

Último

La Sostenibilidad y los ODS Normas y proyectos
La Sostenibilidad y los ODS  Normas y proyectosLa Sostenibilidad y los ODS  Normas y proyectos
La Sostenibilidad y los ODS Normas y proyectosEnrique Posada
 
ATLAS DEL SOCIOECOSISTEMA: RÍO GRANDE DE COMITÁN-LAGOS DE MONTEBELLO, CHIAPAS...
ATLAS DEL SOCIOECOSISTEMA: RÍO GRANDE DE COMITÁN-LAGOS DE MONTEBELLO, CHIAPAS...ATLAS DEL SOCIOECOSISTEMA: RÍO GRANDE DE COMITÁN-LAGOS DE MONTEBELLO, CHIAPAS...
ATLAS DEL SOCIOECOSISTEMA: RÍO GRANDE DE COMITÁN-LAGOS DE MONTEBELLO, CHIAPAS...SUSMAI
 
PRESENTACION CAÑO DE AGUAS PRIETAS[3].pptx
PRESENTACION CAÑO DE AGUAS PRIETAS[3].pptxPRESENTACION CAÑO DE AGUAS PRIETAS[3].pptx
PRESENTACION CAÑO DE AGUAS PRIETAS[3].pptxdavidkener18
 
CAPITULO 6 DISEÑO DE FILTROS BIOLOGICOS.pdf
CAPITULO 6 DISEÑO DE FILTROS BIOLOGICOS.pdfCAPITULO 6 DISEÑO DE FILTROS BIOLOGICOS.pdf
CAPITULO 6 DISEÑO DE FILTROS BIOLOGICOS.pdfvilcatomadiana
 
La infografía reglas para relaizar UNO sera
La infografía reglas para relaizar UNO seraLa infografía reglas para relaizar UNO sera
La infografía reglas para relaizar UNO seraMariaCleofeTolentino
 
Presentación sobre las teorías atómicas química
Presentación sobre las teorías atómicas químicaPresentación sobre las teorías atómicas química
Presentación sobre las teorías atómicas químicaJuanDavidMonsalveMar
 
EL LIBRO DE PALO. oihergppihgípqh´pgihpih
EL LIBRO DE PALO. oihergppihgípqh´pgihpihEL LIBRO DE PALO. oihergppihgípqh´pgihpih
EL LIBRO DE PALO. oihergppihgípqh´pgihpihEromJimmy1
 
Inteligencia estrategica en la solucion del problema de desechos solidos en C...
Inteligencia estrategica en la solucion del problema de desechos solidos en C...Inteligencia estrategica en la solucion del problema de desechos solidos en C...
Inteligencia estrategica en la solucion del problema de desechos solidos en C...Enrique Posada
 
Cuadro-comparativo-de-los-Modelos-Atomicos-6 (1).pptx
Cuadro-comparativo-de-los-Modelos-Atomicos-6 (1).pptxCuadro-comparativo-de-los-Modelos-Atomicos-6 (1).pptx
Cuadro-comparativo-de-los-Modelos-Atomicos-6 (1).pptxMarcoSanchez652945
 
Guia-Cambio-Climático-y-Adaptación-del-Modelo-de-Negocio-BR.pptx
Guia-Cambio-Climático-y-Adaptación-del-Modelo-de-Negocio-BR.pptxGuia-Cambio-Climático-y-Adaptación-del-Modelo-de-Negocio-BR.pptx
Guia-Cambio-Climático-y-Adaptación-del-Modelo-de-Negocio-BR.pptxEdgarMedina834392
 
Informe del 1er simulacro inopinado 2024.docx
Informe del 1er simulacro inopinado 2024.docxInforme del 1er simulacro inopinado 2024.docx
Informe del 1er simulacro inopinado 2024.docxCarlos Muñoz
 
CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LOS fenomenos y desastres naturales.pptx
CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LOS fenomenos y desastres naturales.pptxCAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LOS fenomenos y desastres naturales.pptx
CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LOS fenomenos y desastres naturales.pptxJOAOALESSANDROALCEDO
 
bioindicadores acuaticos DE RIOS-carchi.pptx
bioindicadores acuaticos DE RIOS-carchi.pptxbioindicadores acuaticos DE RIOS-carchi.pptx
bioindicadores acuaticos DE RIOS-carchi.pptxJuanEnriqueTacoronte1
 
Descripción de la obra Adrián y Fabiola.pptx
Descripción de la obra Adrián y Fabiola.pptxDescripción de la obra Adrián y Fabiola.pptx
Descripción de la obra Adrián y Fabiola.pptxSUSMAI
 
EVIDENCIA 2 EXPOSICIÓN (1).pptx, gestion de cadena de suministros
EVIDENCIA 2 EXPOSICIÓN (1).pptx, gestion de cadena de suministrosEVIDENCIA 2 EXPOSICIÓN (1).pptx, gestion de cadena de suministros
EVIDENCIA 2 EXPOSICIÓN (1).pptx, gestion de cadena de suministrosMarcoAntonioMamaniGa
 
Guía de Manejo del Cultivo de Maiz Morado (Zea mays L.) (2).pdf
Guía de Manejo del Cultivo de Maiz Morado (Zea mays L.) (2).pdfGuía de Manejo del Cultivo de Maiz Morado (Zea mays L.) (2).pdf
Guía de Manejo del Cultivo de Maiz Morado (Zea mays L.) (2).pdfSandraPatriciaDiazDu
 
Revista de volcanes de Él Salvador (1).pdf
Revista de volcanes de Él Salvador  (1).pdfRevista de volcanes de Él Salvador  (1).pdf
Revista de volcanes de Él Salvador (1).pdfaddriana1616
 
cruza dihíbrida y problemas de dominancia completa
cruza dihíbrida y problemas de dominancia completacruza dihíbrida y problemas de dominancia completa
cruza dihíbrida y problemas de dominancia completajosedavidf114
 
TRIPTICO DE LA BIODIVERSIDAD EN EL MEDIO AMBIENTE
TRIPTICO DE LA BIODIVERSIDAD EN EL MEDIO AMBIENTETRIPTICO DE LA BIODIVERSIDAD EN EL MEDIO AMBIENTE
TRIPTICO DE LA BIODIVERSIDAD EN EL MEDIO AMBIENTESheylaYuricoClavoCas
 

Último (20)

La Sostenibilidad y los ODS Normas y proyectos
La Sostenibilidad y los ODS  Normas y proyectosLa Sostenibilidad y los ODS  Normas y proyectos
La Sostenibilidad y los ODS Normas y proyectos
 
ATLAS DEL SOCIOECOSISTEMA: RÍO GRANDE DE COMITÁN-LAGOS DE MONTEBELLO, CHIAPAS...
ATLAS DEL SOCIOECOSISTEMA: RÍO GRANDE DE COMITÁN-LAGOS DE MONTEBELLO, CHIAPAS...ATLAS DEL SOCIOECOSISTEMA: RÍO GRANDE DE COMITÁN-LAGOS DE MONTEBELLO, CHIAPAS...
ATLAS DEL SOCIOECOSISTEMA: RÍO GRANDE DE COMITÁN-LAGOS DE MONTEBELLO, CHIAPAS...
 
PRESENTACION CAÑO DE AGUAS PRIETAS[3].pptx
PRESENTACION CAÑO DE AGUAS PRIETAS[3].pptxPRESENTACION CAÑO DE AGUAS PRIETAS[3].pptx
PRESENTACION CAÑO DE AGUAS PRIETAS[3].pptx
 
CAPITULO 6 DISEÑO DE FILTROS BIOLOGICOS.pdf
CAPITULO 6 DISEÑO DE FILTROS BIOLOGICOS.pdfCAPITULO 6 DISEÑO DE FILTROS BIOLOGICOS.pdf
CAPITULO 6 DISEÑO DE FILTROS BIOLOGICOS.pdf
 
La infografía reglas para relaizar UNO sera
La infografía reglas para relaizar UNO seraLa infografía reglas para relaizar UNO sera
La infografía reglas para relaizar UNO sera
 
Presentación sobre las teorías atómicas química
Presentación sobre las teorías atómicas químicaPresentación sobre las teorías atómicas química
Presentación sobre las teorías atómicas química
 
EL LIBRO DE PALO. oihergppihgípqh´pgihpih
EL LIBRO DE PALO. oihergppihgípqh´pgihpihEL LIBRO DE PALO. oihergppihgípqh´pgihpih
EL LIBRO DE PALO. oihergppihgípqh´pgihpih
 
Inteligencia estrategica en la solucion del problema de desechos solidos en C...
Inteligencia estrategica en la solucion del problema de desechos solidos en C...Inteligencia estrategica en la solucion del problema de desechos solidos en C...
Inteligencia estrategica en la solucion del problema de desechos solidos en C...
 
Cuadro-comparativo-de-los-Modelos-Atomicos-6 (1).pptx
Cuadro-comparativo-de-los-Modelos-Atomicos-6 (1).pptxCuadro-comparativo-de-los-Modelos-Atomicos-6 (1).pptx
Cuadro-comparativo-de-los-Modelos-Atomicos-6 (1).pptx
 
Guia-Cambio-Climático-y-Adaptación-del-Modelo-de-Negocio-BR.pptx
Guia-Cambio-Climático-y-Adaptación-del-Modelo-de-Negocio-BR.pptxGuia-Cambio-Climático-y-Adaptación-del-Modelo-de-Negocio-BR.pptx
Guia-Cambio-Climático-y-Adaptación-del-Modelo-de-Negocio-BR.pptx
 
Informe del 1er simulacro inopinado 2024.docx
Informe del 1er simulacro inopinado 2024.docxInforme del 1er simulacro inopinado 2024.docx
Informe del 1er simulacro inopinado 2024.docx
 
CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LOS fenomenos y desastres naturales.pptx
CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LOS fenomenos y desastres naturales.pptxCAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LOS fenomenos y desastres naturales.pptx
CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LOS fenomenos y desastres naturales.pptx
 
bioindicadores acuaticos DE RIOS-carchi.pptx
bioindicadores acuaticos DE RIOS-carchi.pptxbioindicadores acuaticos DE RIOS-carchi.pptx
bioindicadores acuaticos DE RIOS-carchi.pptx
 
Descripción de la obra Adrián y Fabiola.pptx
Descripción de la obra Adrián y Fabiola.pptxDescripción de la obra Adrián y Fabiola.pptx
Descripción de la obra Adrián y Fabiola.pptx
 
EVIDENCIA 2 EXPOSICIÓN (1).pptx, gestion de cadena de suministros
EVIDENCIA 2 EXPOSICIÓN (1).pptx, gestion de cadena de suministrosEVIDENCIA 2 EXPOSICIÓN (1).pptx, gestion de cadena de suministros
EVIDENCIA 2 EXPOSICIÓN (1).pptx, gestion de cadena de suministros
 
Guía de Manejo del Cultivo de Maiz Morado (Zea mays L.) (2).pdf
Guía de Manejo del Cultivo de Maiz Morado (Zea mays L.) (2).pdfGuía de Manejo del Cultivo de Maiz Morado (Zea mays L.) (2).pdf
Guía de Manejo del Cultivo de Maiz Morado (Zea mays L.) (2).pdf
 
Revista de volcanes de Él Salvador (1).pdf
Revista de volcanes de Él Salvador  (1).pdfRevista de volcanes de Él Salvador  (1).pdf
Revista de volcanes de Él Salvador (1).pdf
 
cruza dihíbrida y problemas de dominancia completa
cruza dihíbrida y problemas de dominancia completacruza dihíbrida y problemas de dominancia completa
cruza dihíbrida y problemas de dominancia completa
 
TRIPTICO DE LA BIODIVERSIDAD EN EL MEDIO AMBIENTE
TRIPTICO DE LA BIODIVERSIDAD EN EL MEDIO AMBIENTETRIPTICO DE LA BIODIVERSIDAD EN EL MEDIO AMBIENTE
TRIPTICO DE LA BIODIVERSIDAD EN EL MEDIO AMBIENTE
 
Introducción sintética a las Enfermedades de las Plantas
Introducción sintética a las Enfermedades de las PlantasIntroducción sintética a las Enfermedades de las Plantas
Introducción sintética a las Enfermedades de las Plantas
 

Fin de la condición de residuo ¿Cuándo la chatarra deja de serlo? Punto de vista del sector recuperador

  • 1. Alicia García-Franco Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje
  • 3. Antecedentes 2002 • Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente. Promovía desarrollo o revisión legislación sobre residuos, incluyendo distinción clara entre residuos y no residuos. Inicio proceso revisión Directivas vigentes relativas a los residuos. Directiva 2008/98/CE de 19 de noviembre de 2008 sobre residuos
  • 4. Antecedentes • TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNION EUROPEA • Caso Mayer Perry • Caso Niselli
  • 5. Antecedentes • La sustancia u objeto se usa normalmente para finalidades específicas. • Existe un mercado o una demanda para dicha sustancia u objeto. • La sustancia u objeto satisface los requisitos técnicos para las finalidades específicas, y cumple la legislación existente y las normas aplicables a los productos. • El uso de la sustancia u objeto no generará impactos adversos globales para el medio ambiente o la salud. ARTÍCULO 6: determinado residuo deja de serlo cuando se haya sometido a una operación, incluido el reciclado y la valorización, y cumpla:
  • 6. Antecedentes Articulo 6.2 Deberán tenerse en cuenta criterios de fin de la condición de residuo al menos, entre otros, para los áridos, el papel, el vidrio, el METAL, los neumáticos y los textiles. Establecer mediante Reglamento a qué tipo de residuos se aplicará y desarrollar cuáles serán los criterios específicos. Centro Común de Investigación de la Comisión Europea (IPTS)
  • 7. Antecedentes GRUPO DE TRABAJO IPTS COMISIÓN EUROPEA ESTADOS MIEMBRO ONG INDUSTRIA OBJETIVO: elaborar el informe que defina qué pautas de calidad y tratamiento deben cumplir la chatarra férrica y de aluminio para poder ser considerados productos.
  • 8. Antecedentes Representantes sector recuperador FER Otras Asociaciones Nacionales Europeas EFR (European Ferrous Recovery and Recycling Federation) EUROMETREC (European Metal Trade and Recycling Federation ) Claves al aportar el punto de vista del sector reciclador durante los trabajos.
  • 9. Antecedentes INFORME IPTS Ha demostrado que las chatarras de hierro, acero y aluminio cumplen con los objetivos establecidos en el artículo 6 Reglamento 333/2011
  • 10. Reglamento 333/2011 CALIDAD Categorías Estériles <2%/5% Oxido de hierro Libre de aceites Libre de radioactividad No propiedades peligrosas No recipientes bajos presión ENTRADA CONTENGAN METAL RESIDUOS PELIGROSOS No limaduras y virutas con aceites No recipientes que hayan tenido o con aceites o pinturas PROCESOS SEGREGACIÓN PROCESOS MECÁNICOS Requisitos específicos residuos peligrosos SISTEMA DE CALIDAD ADECUADO VERIFICADO SISTEMAS DE CONTROL DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD CARACTERÍSTICAS RADIOACTIVIDAD VERIFICACIÓN DECLARACIÓN
  • 11. Reglamento 333/2011 Cumplir con todos los criterios establecidos en Anexo I/Anexo II Implantar un Sistema de Gestión de la Calidad verificado Emitir una Declaración de Conformidad en cada envío PRODUCTO Si no se cumplen estos 3 requisitos NO puede considerarse producto.
  • 12. Reglamento 333/2011 RESIDUO PRODUCTO RESIDUO PRODUCTO RESIDUO PRODUCTO
  • 14. Reglamento 333/2011 • Se reconoce así la labor de procesado, limpieza y homogeneización llevado a cabo por el sector de la recuperación. PAPEL PROTAGONISTA DE LOS RECUPERADORES
  • 15. Reglamento 333/2011 Aclaraciones Es voluntario. Se aplica solo a materiales procesados por un gestor. No todas las chatarras van a dejar de ser residuos. Imprescindible Declaración de conformidad. El material desclasificado como residuo sigue incluido en la inversión del sujeto pasivo.
  • 16. Traslados fuera de España TRASLADO CHATARRA DE HIERRO, ACERO Y ALUMINIO RESIDUO Reglamento 1013/2006 sobre traslados de residuos PRODUCTO Anexo III: Declaración de conformidad
  • 17. Reglamento REACH Articulo 2.2 Reglamento REACH • ¿Qué es residuo? Se remite a la normativa de residuos. • Los residuos no están contemplados como uno de los materiales a registrar, verificar o autorizar. Art 2.2: Los residuos, tal como se definen en la Directiva 2006/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, no constituyen una sustancia, preparado o artículo en el sentido del artículo 3 del presente Reglamento.
  • 18. Reglamento REACH Si una empresa no declara la conformidad del material que suministra, su material seguirá siendo residuo y no será sustancia, preparado o articulo a efectos del REACH No tendrá que registrar o evaluar o autorizar los residuos que comercializa Producto Figura Sustancia Recuperada
  • 19. REACH: Sustancias Recuperadas • Las Sustancias Recuperadas tienen, en principio, las mismas obligaciones que las sustancias originales, Pero – Quedan exentas de registro, usuarios intermedios y evaluación, bajo ciertas condiciones del artículo 2.7.d) * La exención a las sustancias recuperadas solo se aplica expresamente a la sustancias recuperadas en la UE.
  • 20. REACH: Sustancias Recuperadas Requisitos para las sustancias recuperadas Han de ser sustancias que ya se hayan registrado La sustancia resultante del proceso de recuperación ha de ser la misma que la sustancia registrada Información exigida en los artículos 31 o 32
  • 21. REACH: Sustancias Recuperadas A. HAN DE SER SUSTANCIAS QUE YA SE HAYAN REGISTRADO  El acero (aleación de hierro y carbono) y el aluminio son materiales de amplio uso y por tanto las sustancias Aluminio o Hierro ya están registradas. (Carbono está exento de Registro al estar incluido en el Anexo IV del Reglamento REACH).  No se exige que la sustancia haya sido registrada por un actor en la misma cadena de suministro o haya algún vínculo entre el registrador inicial y el recuperador.  Las aleaciones no necesitan estar registradas cuando las sustancias que las componen están ya registradas.
  • 22. REACH: Sustancias Recuperadas A. HAN DE SER SUSTANCIAS QUE YA SE HAYAN REGISTRADO.  Cuando no se requiera una ficha de datos de seguridad (acero y el aluminio tal), los recicladores sólo tendrán que proporcionar el número de Registro REACH si está disponible:  Artículo 32.1. a) del Reglamento REACH.  Punto 2.4.3. del “Documento de orientación sobre residuos y sustancias recuperadas” de la ECHA.
  • 23. REACH: Sustancias Recuperadas B. LA SUSTANCIA RESULTANTE DEL PROCESO DE RECUPERACIÓN HA DE SER LA MISMA QUE LA SUSTANCIA REGISTRADA  La sustancia recuperada ha de tener la misma identidad química y propiedades, que la sustancia que ha sido recuperada.  Los procesos de recuperación sobre las chatarras de acero y aluminio (el reciclaje mecánico y la clasificación y troceado de materiales para fundirlos de nuevo) no modifican la composición química de las sustancias, por lo que la identidad no se debe ver alterada.
  • 24. REACH: Sustancias Recuperadas B. LA SUSTANCIA RESULTANTE DEL PROCESO DE RECUPERACIÓN HA DE SER LA MISMA QUE LA SUSTANCIA REGISTRADA  Argumentos sobre igualdad deben presentarse únicamente si la autoridad competente lo solicita explícitamente. Documento realizado por EFR y EUROMETREC para todas las asociaciones europeas que argumenta que la sustancia resultante del proceso de recuperación es la misma que la sustancia registrada.
  • 25. REACH: Sustancias Recuperadas C. INFORMACIÓN EXIGIDA EN LOS ARTÍCULOS 31 O 32  Ficha de datos de seguridad en determinados supuestos, que no se dan en el caso del acero y el aluminio. Fichas de información.  No se especifica cómo debe ser dicha información. Fichas de información del acero, acero inoxidable y aluminio.
  • 27. Régimen sancionador del REACH  MUY GRAVE - La fabricación, importación y comercialización de sustancias químicas como tales, en forma de mezclas o contenidas en artículos sin registro previo, en las condiciones y plazos establecidos en el Reglamento (CE) n.º 1907/2006, salvo las excepciones y exenciones que les sean aplicables.  GRAVE - El incumplimiento de la obligación de transmitir a los agentes posteriores de la cadena de suministro la información sobre sustancias, como tales o en mezclas, especificada en el artículo 32.1 del Reglamento (CE) n.º 1907/2006, cuando no se exige ficha de datos de seguridad. - La falta de colaboración en la labor de inspección, control y vigilancia de la Administración pública correspondiente.
  • 28. Régimen sancionador del REACH  LEVE - La comisión de alguna de las infracciones graves o muy graves cuando, por su escasa cuantía o entidad, no merezcan la calificación de graves o muy graves y los restantes incumplimientos del Reglamento (CE) n.º 1907/2006 que no hayan sido tipificados como faltas graves o muy graves.
  • 29. MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE LA RECUPERACIÓN Y EL RECICLAJE consultas@recuperacion.org www.recuperacion.org

Notas del editor

  1.  ANTECEDENTES Hace muchos años que se ha venido trabajando en la Unión Europea para desarrollar los criterios de desclasificación como residuo de las chatarras procesadas. Ya en el año 2002, dentro del Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente se promovía que se desarrollara o revisase la legislación sobre residuos, lo que incluía que se distinguiera claramente entre residuos y no residuos. Siguiendo estas pautas, en los años siguientes se inició el proceso para revisar las Directivas vigentes relativas a los residuos, que culminó en la aprobación a finales del año 2008 de la nueva Directiva 2008/98/CE de 19 de noviembre de 2008 sobre los residuos, que establece el marco legislativo para el manejo de residuos en Europa en los próximos años.
  2. Siguiendo estas pautas, en los años siguientes se inició el proceso para revisar las Directivas vigentes relativas a los residuos, que culminó en la aprobación a finales del año 2008 de la nueva Directiva 2008/98/CE de 19 de noviembre de 2008 sobre los residuos, que establece el marco legislativo para el manejo de residuos en Europa en los próximos años. Esta nueva Directiva Marco de Residuos recoge en su artículo 6 que un determinado residuo deja de serlo cuando se haya sometido a una operación, incluido el reciclado y la valorización, y cumpla los criterios específicos que se elaboran, con arreglo a las siguientes condiciones: a) La sustancia u objeto se usa normalmente para finalidades específicas. b) Existe un mercado o una demanda para dicha sustancia u objeto. c) La sustancia u objeto satisface los requisitos técnicos para las finalidades específicas, y cumple la legislación existente y las normas aplicables a los productos. d) El uso de la sustancia u objeto no generará impactos adversos globales para el medio ambiente o la salud. Para dar forma a qué tipo de residuos se aplicará y desarrollar cuáles serán los criterios específicos, la Directiva establece que se tendrá que hacer mediante Reglamento, aunque se deja claro que la chatarra, los neumáticos, los residuos de construcción y demolición, los textiles, el papel o el vidrio usados son probables categorías de residuos afectados.
  3. Para dar forma a qué tipo de residuos se aplicará y desarrollar cuáles serán los criterios específicos, la Directiva establece que se tendrá que hacer mediante Reglamento, aunque se deja claro que la chatarra, los neumáticos, los residuos de construcción y demolición, los textiles, el papel o el vidrio usados son probables categorías de residuos afectados. En este contexto, la Comisión Europea encargó la realización de estos trabajos al IPTS (Centro Común de Investigación de la Comisión Europea), que junto a representantes de la Comisión, Estados Miembro, ONGs y la industria, han trabajado en los últimos cinco años para elaborar el informe que define qué pautas de calidad y tratamiento deben cumplir la chatarra férrica y el aluminio para poder ser considerados productos.
  4. En este reducido grupo han participado como representantes de la industria del reciclaje, la Federación Española de la Recuperación y el Reciclaje (FER) junto a otras asociaciones europeas y las Asociaciones Europeas de metales férricos y no férricos (EFR y EUROMETREC). El trabajo de los representantes de la industria ha sido clave para intentar establecer unos criterios lo más claros posibles y que se adaptasen en la medida posible a la realidad de nuestra actividad, aunque como suele suceder al intervenir otros agentes, todas las partes tienen que ceder para conseguir llegar a un consenso, por lo que siempre se encontrarán puntos que se podrían mejorar.
  5. Como fruto de todo este trabajo, los informes del IPTS han demostrado que las chatarras de hierro, acero y aluminio cumplen con los objetivos establecidos en el artículo 6 de la Directiva Marco de Residuos, ya que existe mercado y demanda de estas chatarras para su utilización como materia prima en acerías, fundiciones y refinerías de aluminio con la intención de producir metales; que las chatarras de hierro, acero y aluminio cumplen con las normas y especificaciones que se exige por la industria de la producción de metales, así como con la legislación y las normas existentes aplicables a los productos, y no da lugar a impactos globales negativos para el medio ambiente o la salud. Finalmente, tras pasar estos informes finales por el proceso de decisión conjunta entre la Comisión y el Parlamento Europea, el pasado 8 de abril se publicó el primer Reglamento de fin de la condición de residuo, el Reglamento Nº 333/2011, que marca los criterios que determinan cuando la chatarra de hierro, acero y aluminio dejan de ser residuos una vez procesados, y pasan a considerarse productos, y que se comenzarán a aplicar a partir del 9 de octubre de 2011.
  6. Como hemos mencionado anteriormente, hasta la fecha esto solo se puede aplicar a determinadas chatarras férricas y de aluminio, y solo cuando se cumpla con los siguientes requisitos:   - Cumplir con todos los criterios establecidos en el Reglamento 333/2011 sobre calidad de la chatarra, procesos y técnicas de tratamiento, materiales de entrada permitidos, etc.  - Implantar un Sistema de Gestión de la Calidad verificado que constará de una serie de procedimientos documentados y controles, para demostrar el cumplimiento de los criterios, tal y como marca el artículo 6 del Reglamento.  - Emitir una Declaración de Conformidad en cada envío, según el modelo del Anexo III del Reglamento 333/2011.
  7. PAPEL PROTAGONISTA DE LOS RECUPERADORES Con esta reforma, los recuperadores ven reconocido su papel de eslabón clave en todo el proceso de tratamiento y reciclaje de residuos convertibles en nuevas materias primas. Se reconoce así la labor de procesado, limpieza y homogeneización llevado a cabo por el sector de la recuperación y el reciclaje, para finalmente obtener materiales reciclados que sirven de materia prima a acerías y refinerías de aluminio.
  8. No obstante, hay que hacer hincapié en los siguientes aspectos fundamentales: -Se aplica solo a la libre elección del reciclador. Una cuestión muy importante y que FER como parte integrante de los trabajos realizados en el IPTS mantuvo, es que la aplicación del criterio de fin de la condición de residuo fuese a libre elección del gestor, a través de la declaración de conformidad.  No se puede olvidar que el paso de residuo de chatarra en sustancia “nueva” tiene repercusiones para la empresa, y puede suponer la necesidad de realizar importantes modificaciones en su proceso productivo que pudiera ocurrir que no pueda o no quiera realizar. Por lo que aplicar estos criterios de fin de residuo es una opción libre y voluntaria de las empresas recicladoras.  - No se aplica a todas las chatarras No todas las chatarras van a dejar de ser residuos, sino que esta nueva normativa únicamente establece los procedimientos para las chatarras de acero y aluminio, y solamente cuando cumplan los criterios que establece el Reglamento. Por lo que si no se cumplen, seguirán siendo residuos como hasta ahora. - Declaración de conformidad En cada envío de chatarra el productor (el productor es el poseedor que transfiere chatarra a otro posee­dor por primera vez como chatarra que ha dejado de ser residuo) o el importador, debe emitir una declaración de conformidad al siguiente poseedor del envío según el modelo que figura en el Anexo III del Reglamento.
  9. - COMO RESIDUO:  El traslado se sigue haciendo como hasta ahora, según el procedimiento establecido en el Reglamento 1013/2006 sobre traslados de residuos.  Cuando el destino de este tipo de chatarra es la valorización y se rige por el procedimiento de información general (artículo 18 del Reglamento 1013/2006) es necesario:  Cumplimentar y llevar acompañando a la carga el Anexo VII.  Establecer un contrato entre la persona que organiza el traslado y el destinatario, especificando que el caso de que el traslado del residuo o su valorización no pueda llevarse a cabo de acuerdo con lo previsto o que se efectúe como traslado ilícito, la persona que organice el traslado o, si esta persona no puede concluir el traslado o su valorización (por ejemplo, en caso de insolvencia), para el destinatario, deberá:  volver a hacerse cargo de los residuos o asegurar su valorización de un modo alternativo, y  si es necesario,  prever su almacenamiento mientras tanto.   Hay que guardar una copia del contrato, por si la autoridad competente lo pide.   COMO PRODUCTO  Como hemos mencionado anteriormente, hasta la fecha esto solo se puede aplicar a determinadas chatarras férricas y de aluminio, y solo cuando se cumpla con los siguientes requisitos:  Cumplir con todos los criterios establecidos en el Reglamento 333/2011 sobre calidad de la chatarra, procesos y técnicas de tratamiento, materiales de entrada permitidos, etc.  Implantar un Sistema de Gestión de la Calidad verificado que constará de una serie de procedimientos documentados y controles, para demostrar el cumplimiento de los criterios, tal y como marca el artículo 6 del Reglamento.  Emitir una Declaración de Conformidad en cada envío, según el modelo del Anexo III del Reglamento 333/2011.