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Indice del Capítulo 15
15. EL PERSONAL DOCENTE: SITUACIÓN Y
FORMACIÓN.............................................................. 2
15.1. FORMACIÓN INICIAL ...................................................................................... 2
15.1.1. Descripción de la Formación del Profesorado......................................................2
15.1.2. Escuelas Encargadas de la Formación .................................................................3
15.1.3. Criterios de Admisión a las Escuelas de Formación ............................................4
15.1.4. Duración de la Formación.......................................................................................6
15.1.5. Contenido de la Formación.....................................................................................6
15.2. CONDICIONES DE SERVICIO. ESPECIFICANDO TANTO PARA EL SECTOR
PÚBLICO COMO PARA EL PRIVADO................................................................ 10
15.2.1. Acceso a la Profesión ........................................................................................... 11
15.2.2. Estatuto Profesional. ............................................................................................. 11
15.2.3. Dedicación ............................................................................................................. 12
15.2.4. Carrera.................................................................................................................... 12
15.2.5. Salarios .................................................................................................................. 12
15.2.6. Pensiones de Jubilación.......................................................................................13
15.2.7. Sindicatos y Organizaciones Gremiales y/o Profesionales ...............................13
15.3. FORMACIÓN EN CURSO DE SERVICIO....................................................... 14
15.3.1. Objetivo .................................................................................................................. 14
15.3.2. La Organización de la Formación ........................................................................14
15.3.3. La Oferta de la Formación ....................................................................................15
15.3.4. Los Contenidos de la Formación .........................................................................15
15.3.5. Planes de Estudios de la Profesionalización Docente. ......................................15
15.3.6. Posibilidad de Obtener Certificados o Diplomas de Participación en los Cursos
o en las Actividades de Formación .............................................................................21
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15. EL PERSONAL DOCENTE: SITUACIÓN Y
FORMACIÓN
La Ley Nº 24029 - Ley de Profesorado - en su Art. 1º señala: «El Profesorado es agente fundamental
de la educación y contribuye con la familia, la comunidad y el Estado a la formación integral del
educando».
La citada ley norma el régimen del profesorado como carrera pública y como ejercicio particular,
de acuerdo con el Artículo 41º de la Constitución Política. En el primer caso incluye a los respectivos
profesores cesantes y jubilados. Asimismo, regula la situación de los no profesionales de la educación
que ejercen funciones docentes.
15.1. FORMACIÓN INICIAL
La formación del profesorado se enmarca fundamentalmente en los contenidos teórico doctrinarios
y normativos de la Constitución Política del Estado Peruano, de la Ley General de Educación y de la
Nueva Ley del Profesorado Nº 24029. En el aspecto táctico o de hecho se parte de las características
de la Sociedad Peruana y de las necesidades educativas que demanda.
La finalidad fundamental de la formación del profesorado es la preparación de un profesional
integral, capaz de propiciar la innovación y el desarrollo educativo y participar consciente y creativamente
en la formación de la población facilitando el mejoramiento social, cultural, científico y tecnológico del
país.
El Ministerio de Educación, organismo responsable de las políticas del Sector, a través de la
Dirección Nacional de Tecnología Educativa aspira a la formación de un docente capaz de desempeñar-
se como promotor y agente de cambio, orientador, investigador, administrador y facilitador de
experiencias que el país necesita en materia de educación.
La Formación Profesional del Profesorado se orienta por los siguientes principios básicos:
a. Concepción humanista integral que asegure la eficiencia profesional del docente a través de un
programa equilibrado de formación humana y tecnológica que afiance la vocación docente.
b. Sustentación científico-filosófica de la formación profesional sobre el aporte interdisciplinario de
las humanidades, las ciencias, las artes y la Tecnología.
c. Personalización del proceso de formación profesional a través de un sistema de experiencia,
diseñado en razón del estudiante y sus requerimientos, a fin de fomentar su capacidad reflexiva
y crítica, despertar su inquietud y habilidades profesionales y su habilidad moral para la valoración
de todo lo que es significativo para él y para su grupo.
d. Afianzamiento de la conciencia y la identidad nacional y la contribución a la vigencia de la
democracia.
15.1.1. Descripción de la Formación del Profesorado
La formación del profesorado, corresponde a la Dirección Nacional de Tecnología Educativa a
través de la Dirección de Planes y Programas, que constituye el cuarto nivel del Sistema Educativo, y
se realiza en las Universidades e Institutos Superiores Pedagógicos.
Los Institutos Superiores Pedagógicos forman profesores para los niveles de Educación Inicial,
Primaria y Secundaria, en éste último cuenta con las especialidades y menciones siguientes:
- Ciencias Naturales, en mención
Biología y Química
Física y Química
- Matemática
- Lengua y Literatura
- Historia y Geografía
- Educación Física
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 3
Especialidades técnicas que se encuentran comprendidas en las siguientes áreas:
- Agropecuaria
- Industrial
- Artesanal
- Comercial
La selección de las especialidades de formación del profesorado, en cada Instituto Superior
Pedagógico responde a las necesidades educativas del país, a los planes de desarrollo regionales y a
los requerimientos en materia educativa de la zona de influencia de la institución.
Objetivos de la Formación del Profesor
a. Profundizar el desarrollo integral de su personalidad.
b. Alcanzar una adecuada preparación académica y pedagógica para asegurar el debido cumpli-
miento de su labor docente.
c. Mantener una actitud permanente de perfeccionamiento ético, profesional y cívico, que le permita
integrarse a su medio de trabajo y a la comunidad local; e
d. Intensificar su conocimiento y toma de conciencia de la realidad nacional, de sus valores
culturales y de la problemática educativa.
15.1.2. Escuelas Encargadas de la Formación
Como ya se mencionó anteriormente, la formación del profesorado se realiza en las Universidades
y en los Institutos Superiores Pedagógicos.
a. Las Universidades que participan en la formación del docente a través de sus respectivas
facultades de educación son las siguientes:
a.1. Universidades Públicas
- Universidad de Educación Enrique Guzmán y Valle.
- Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
- Universidad San Antonio de Abad del Cusco.
- Universidad Nacional de Trujillo.
- Universidad de San Agustín de Arequipa
- Universidad San Luis Gonzaga de Ica
- Universidad San Cristóbal de Huamanga
- Universidad Nacional del Centro del Perú.
- Universidad de la Amazonía Peruana
- Universidad del Antiplano.
- Universidad Nacional de Piura.
- Universidad Nacional de Cajamarca.
- Universidad Pedro Ruíz Gallo.
- Universidad Nacional Federico Villareal.
- Universidad Daniel Alcides Carrión.
- Universidad José Faustino Sánchez Carrión.
- Universidad Santiago Antúnez de Mayolo.
- Universidad de San Martín.
- Universidad de Ucayali
- Universidad Nacional de Tumbes
- Universidad Nacional de Santa.
a.2. Universidades Privadas
- Pontificia Universidad Católica del Perú.
- De San Martín de Porras.
- Femenina del Sagrado Corazón.
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 4
- Inca Garcilazo de la Vega.
- de Piura
- Unión Incaica.
- Andina del Cusco
- Víctor Andrés Belaúnde
- de Apurimac
- de Tacna
- de Chiclayo.
b. Los Institutos Superiores Pedagógicos
15.1.3. Criterios de Admisión a las Escuelas de Formación
Como quiera que la Formación Pedagógica se da tanto en Universidades como en Institutos
Superiores Pedagógicos, la admisión a estos centros se realiza mediante concurso público.
De acuerdo al Artículo 21º. de la Nueva Ley Universitaria, la Admisión a la Universidad se realiza
mediante concurso, con las excepciones previstas en el Art. 56 de la misma ley, una o dos veces cada
año durante los períodos de vacaciones. El estatuto de la Universidad y los Reglamentos de las
Facultades de Educación establecen los mecanismos que permiten evaluar los intereses vocacionales,
aptitudes y rasgos de personalidad para el estudio de determinada carrera. La Universidad establece con
la debida anticipación el número de vacantes, estas cifras son inmodificables después de aprobadas y
publicadas para cada concurso.
El mismo régimen de declaración de vacantes rige para el traslado de matrícula tanto interno como
externo, así como para las exoneraciones del Concurso.
Las excepciones o exoneraciones del procedimiento ordinario de admisión al que hace referencia
el Art. 56 de la Ley Universitaria son:
a.Los titulados o graduados en otros Centros Educativos de Nivel Superior.
b. Quienes hayan aprobado en dichos Centros de Educación por lo menos cuatro períodos lectivos
semestrales completos o dos anuales o setenta y dos créditos, y
c. Los dos primeros alumnos de los Centros Educativos de Nivel Secundaria.
En los casos a. y b. los postulantes se sujetan a una evaluación individual, a la convalidación de
los estudios realizados en atención a la correspondencia de los Syllabus, a la existencia de vacantes y
a los demás requisitos que establecen cada Universidad.
Del mismo modo, en los Institutos Superiores Pedagógicos, se efectúan concursos de admisión
como requisito para el acceso de los egresados de Educación Secundaria a estos centros.
Tienen derecho a exoneración del proceso de selección (concurso de admisión), los egresados de
secundaria que hayan obtenido los tres primeros puestos de su promoción al año inmediato anterior al
del Concurso, dentro de las vacantes disponibles.
La Dirección de Formación Magisterial de la Dirección General de Educación Superior del Ministerio
de Educación para el caso de los Institutos Superiores Pedagógicos, emite anualmente las normas para
el ingreso de los postulantes a las Instituciones de Formación Magisterial con la finalidad de garantizar
la adecuada selección de los postulantes a dichos centros y brindar orientación para la Organización y
ejecución del proceso de ingreso de postulantes.
La Prueba de Admisión de acuerdo a la Norma elaborada en cada Instituto Superior Pedagógico
por una Sub-Comisión y considerando los siguientes criterios:
- Prueba objetiva de 50 ítems de elección múltiple (un reactivo y cinco alternativas).
- Los items están referidos a:
a. Psicovocacional 30% (15 ítems).
b. Conocimientos 70% (35 ítems).
- Los ítems son orientados a medir la capacidad reflexiva de los postulantes en los temas relativos
a las asignaturas de Educación Secundaria; sus aptitudes y condiciones psicovocacionales
requeridas para la carrera docente.
- La aplicación de la prueba de admisión, tiene una duración de 90 minutos.
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Los requisitos para postular a los ISPs son:
a. Acreditar haber concluido estudios de Educación Secundaria.
b. Acreditar buena salud.
c. Acreditar buena conducta.
Las Etapas del Proceso de Admisión son:
1º. Inscripción.
2º. Recepción de expedientes.
3º. Proceso de Admisión.
En el proceso de admisión, los ingresantes a los ISPs deben rendir las siguientes pruebas:
- Prueba de prerrequisitos para Educación Inicial, Especial y Educación Física.
- Prueba de Ingreso.
a. Prueba de Prerrequisitos
La prueba de Prerrequisitos es eliminatoria no acumulativa, es decir, no es promediada con la
prueba de ingreso.
Los eliminados en alguna de estas pruebas tienen opción de postular a las especialidades de
Educación Primaria o Secundaria.
1. Educación Inicial
No se admiten postulantes con defectos físicos incompatibles con las especiales condiciones que
demanda el proceso educativo de dicho nivel, tales como defectos significativos en las extremida-
des, la vista, el oído y en el lenguaje.
Los prerrequisitos comprenden los siguientes criterios:
- No presentar defectos físicos relacionado con:
. Lenguaje oral.
. La vista.
. El oído.
. Las extremidades.
- No manifestar limitaciones en la coordinación motora: fina y gruesa.
- Manifestar aptitudes y actitudes compatibles para trabajar con niños menores de seis años.
2. Educación Física
Los postulantes acreditan en el Certificado Médico la especificación de su aptitud física (sistema
respiratorio y circulatorio, así como no presentar defectos físicos visibles). Además los postulantes
son sometidos a pruebas de rendimiento físico, debiendo alcanzar las marcas mínimas en cada
caso. Los postulantes acreditados por el IPD como deportistas calificados son exonerados de la
primera de prerrequisitos de Educación Física.
3. Educación Especial
El ISP de Educación Especial establece los criterios para la prueba de prerrequisitos en función de
la naturaleza de la especialidad y las condiciones que demanda la formación profesional en dicha
modalidad.
b. Prueba de Admisión (Ingreso)
La Prueba de Admisión se aplica a los postulantes de todas las especialidades, comprende ítems
relacionados con:
-Conocimientos, los cuales están orientados a diagnosticar el nivel de cultura general logrado
por los postulantes en la Educación Secundaria.
-La prueba de Aptitud Académica y Psicovocacional, está orientada a diagnosticar la
capacidad intelectual, habilidad e interés vocacional del postulante.
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 6
15.1.4. Duración de la Formación
Los estudios en los Institutos Pedagógicos tienen una duración de diez semestres académicos.
Los Institutos Superiores Pedagógicos otorgan a nombre de la Nación el Título Profesional de
Profesor con especificación de nivel (inicial, primaria o secundaria) y según el caso la especialidad con
la mención correspondiente.
El Título de Profesor expedido por los Institutos Superiores Pedagógicos habilita para seguir
estudios de postgrado y optar títulos o grados académicos de especializaciones o perfeccionamiento
profesional en Universidades y otras instituciones de Nivel Superior.
Asimismo, la duración de la formación pedagógica en las universidades tiene una duración no
menor de diez semestres académicos, lo que da derecho a la obtención del Título Profesional de
Licenciado en Educación previa presentación de una Tesis o un examen profesional.
Los grados de Bachiller, Maestro y Doctor en Educación son sucesivos. El primero requiere
estudios de una duración mínima de diez semestres, incluyendo los de cultura general que los preceden,
los de Maestro y Doctor requieren estudios de una duración mínima de cuatro semestres cada uno. En
todos los casos hay equivalencia en años o créditos. Para el Bachillerato se requiere un trabajo de
investigación o una tesis y para la Maestría y el Doctorado es indispensable la sustentación pública y la
aprobación de un trabajo de investigación original y crítico; así como el conocimiento de un idioma
extranjero para la Maestría y dos para el Doctorado.
15.1.5. Contenido de la Formación
El Currículum para la Formación del Profesorado tiene la finalidad de estructurar los
aprendizajes tendientes a la formación integral del futuro profesional de la educación.
El currículum de Formación Magisterial considera disciplinas obligatorias tanto para la formación
general (cultura general), como para la formación profesional básica y especializada que lo exige la
carrera y disciplinas electivas, que permiten la diversificación curricular, aparte de las adecuaciones
analíticas que se aplican a cada asignatura.
El Currículum se caracteriza por ser:
a. Integral, abarca el desarrollo pleno del futuro profesional de la educación a través de los
diferentes aspectos que se señalan en la Constitución y la Ley General de Educación.
b. Flexible; se adecua a los intereses, características, necesidades problemática y situación
académica del educando.
c. Diversificado; permite una formación profesional acorde con las necesidades y problemática
derivadas de la realidad local, social y regional.
d. Terminal; proporciona experiencias educativas completas, que permiten un desempeño eficiente
y autónomo en la tarea docente.
e. Profesional; brinda una formación científica, humanista y tecnológica conducente al Título
profesional que lo califica para el ejercicio de la profesión docente.
Áreas de la Estructura Curricular
Las áreas que comprende la estructura curricular para la formación del profesorado son dos:
I. Formación General
II. Formación Profesional
- Formación Profesional Básica.
- Formación Profesional especializada, y
- Práctica Profesional.
I. Formación General
Descripción
Comprende el conjunto de experiencias educativas comunes para todos los estudiantes de
formación magisterial, tiene por finalidad tres propósitos: el primero, profundizar y afianzar la preparación
científica, humanista, artística y técnica adquirida en la educación secundaria para lograr la formación
integral del educando; segundo, sirve como marco teórico propedeútico de la formación profesional
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 7
básica y especializada; tercero, apunta a un desarrollo futuro de la educación continua, que por razones
de nuevas exigencias profesionales, le permitan sin mayor esfuerzo, cierta flexibilidad profesional.
Objetivos
- Profundizar la formación científica y humanística del estudiante.
- Proporcionar un marco teórico básico que permita al estudiante, la comprensión de los
contenidos propios de la carrera docente y de anteriores exigencias.
- Profundizar la comprensión de la realidad social económica y cultural peruana relacionán-
dola con la de otros países, formando una conciencia nacionalista.
- Desarrollar en los estudiantes capacidades, actitudes y habilidades que le permitan
participar responsablemente en la vida comunitaria con sentido crítico y creativo frente a los
problemas nacionales, orientándolo hacia la capacitación, apreciación y práctica de valores
auténticos y coherentes con nuestra realidad social e histórica.
- Incentivar al estudiante para realizar acciones de investigación tomando como punto de
partida la problemática nacional.
- Desarrollar en los estudiantes habilidades para el estudio y afrontar con éxito el nivel de
Educación Superior.
Caracterización
La Formación General es el área que se caracteriza por lo siguiente:
- Proporcionar experiencias de aprendizaje comunes a los futuros profesionales de la
educación sin distinción de niveles y especialidades.
- Amplía y consolida la formación científica y humanística, del estudiante.
- Orienta la conservación y desarrollo de las dimensiones física, emocional, espiritual y
artística del estudiante, a fin de que logre su realización integral como persona.
- Viabiliza la comprensión de la realidad nacional para posibilitar la participación responsable
en el desarrollo y perfeccionamiento de la sociedad peruana.
- Desarrolla la capacidad de análisis y de crítica.
- Propicia experiencias de valor formativo a través de diversas actividades: cognitivas,
artísticas y físicas.
- Sirve de apoyo a la formación profesional.
- Presenta una distribución diagonal en nueve semestres, con mayor amplitud en los primeros
semestres.
- Comprende el 26% del total de horas y el 25% del total de créditos.
- Incorpora como parte de sus contenidos la:
.Formación Religiosa
.Enseñanza de la Constitución y los Derechos Humanos.
.Educación Artística.
.Educación Física.
.Defensa Nacional.
II. Formación Profesional
Descripción
Comprende el conjunto de experiencias de aprendizaje destinadas a lograr en el estudiante las
actitudes éticas implícitas en el ejercicio de la profesión docente y los conocimientos teórico-educativos
en sus dimensiones filosófica, científica y tecnológica que le permitan desempeñarse como profesional
de la educación.
Objetivos
- Desarrollar las características personales (actitudes, habilidades y destrezas) requerida para el
ejercicio de la profesión docente.
- Programar a corto, mediano y largo plazo la tarea docente y el aprendizaje de los alumnos.
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- Desempeñarse como un facilitador del aprendizaje capaz de diseñar y de desarrollar una variedad
de situaciones de aprendizaje y estrategias instruccionales que respondan a las características del
alumno, a las peculiaridades del medio en el cual trabaja, y a los propósitos y objetivos del nivel o
área de su especialidad.
- Supervisar el proceso evolutivo y dinámica de desarrollo personal del educando.
- Realizar el diagnóstico y evaluación de los alumnos, de sus aprendizajes y de las variables que
condicionan ese aprendizaje en el orden personal, escolar y ambiental.
- Seleccionar, producir y utilizar los medios más adecuados para que sus alumnos logren los
objetivos de tal forma que sus aprendizajes sean significativos, activos y creadores.
- Mejorar e incorporar las relaciones escuela-comunidad en los procesos de enseñanza y de
aprendizaje.
- Comprender el proceso administrativo de la educación para cumplir responsable y eficientemente
las tareas que sean inherentes a su trabajo profesional.
- Realizar investigaciones educativas para formular objetivos y estrategias instruccionales, como
vía para mejorar la tarea docente.
Caracterización
El Área de Formación Profesional se caracteriza por lo siguiente:
- Permite una preparación profesional básica y especializada, tanto en aspectos teóricos como
prácticos en función a los requerimientos del sistema educativo.
- Capacita al futuro profesional de la educación para participar en la investigación y solución de la
problemática educativa.
- Proporciona los tipos de profesionales de la educación requeridas para la implementación del
sistema educativo.
- Presenta una distribución diagonal a lo largo de nueve semestres académicos, con mayor
incidencia en los últimos semestres.
- Comprende el 74% del total de horas y el 74.5% del total de créditos destinados a la preparación
inicial de los profesionales de la educación.
Organización Interna
La Formación Profesional está conformada por tres sub-áreas:
- Formación Profesional Básica.
- Formación Profesional Especializada.
- Práctica Profesional.
2.1 Formación Profesional Básica
a. Descripción
Está destinada a brindar una preparación técnico-pedagógica, necesaria para el desempeño de la
función docente en todas las especialidades.
b. Objetivos
- Brindar bases filosóficas, científicas y tecnológicas comunes a todos los niveles y especialidades
en formación que identifican a la profesión docente.
- Desarrollar habilidades, destrezas y actitudes propias de la actividad docente que posibiliten la
adaptación, adopción o creación de nuevas tecnologías aplicables a la educación.
- Posibilitar el desempeño profesional vinculado a la realidad educativa y a las políticas de población
en el país.
- Implementar al futuro profesional de la educación para realizar acciones de investigación
educativa, tomando como punto de partida la problemática educativa local o regional.
- Promover en los educandos su sentido crítico para comprender la realidad social a fin de participar,
responsablemente, en el esfuerzo nacional para superar su problemática.
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 9
c. Caracterización
- Ofrece una preparación común, a todos los futuros profesionales de la educación, en aspectos
filosóficos, científicos y técnico-educativos básicos de la profesión docente.
- Enfatiza los fundamentos técnico-prácticos de las ciencias de la educación, tecnología e
investigación educativa, así como la orientación del educando y las técnicas de trabajo social.
- Se desarrolla a lo largo de los diez semestres académicos, con más énfasis en los semestres
intermedios.
- Sirve de sustento a la formación profesional especializada y a la práctica profesional.
- Abarca el 25% del total de horas y el 25.5% del total de créditos que comprende el currículum.
2.2 Formación Profesional Especializada
a. Descripción
Está dirigida, fundamentalmente, a que el estudiante adquiera los conocimientos específicos y
desarrolle las habilidades y destrezas requeridas para el ejercicio docente en un nivel del sistema
educativo o áreas específicas del conocimiento.
b. Objetivos
- Brindar formación especializada en un nivel o área del conocimiento científico o tecnológico.
- Desarrollar habilidades y actitudes favorables hacia la investigación permanente para incorporar
nuevos conocimientos, a fin de enriquecer e innovar su área de acción educativa.
- Desarrollar habilidades, destrezas y actitudes para el manejo eficiente de tecnología educativa
especializada, coherente con la opción profesional del estudiante.
c. Caracterización
- Ofrece formación profesional especializada acorde con la necesidad de docentes de la zona o
región en que se halle ubicado el Instituto Superior Pedagógico.
- Se distribuye diagonal y secuencialmente a lo largo de nueve semestres académicos, poniendo
mayor énfasis en los últimos semestres.
- Comprende el 36% del total de horas y el 36% del total de créditos; destinados a la formación de
docentes para los niveles educativos de educación inicial, primaria y secundaria.
2.3 Práctica Profesional
a. Descripción
Está dirigida a poner en juego los recursos teóricos y técnico-instrumentales, adquiridos por el
futuro profesional de la educación, al colocarlo en contacto con el mundo del trabajo, así como afrontar
y resolver situaciones reales para asimilar experiencias y desarrollar habilidades y destrezas profesio-
nales.
b. Objetivos
- Ejercitar al futuro profesional en los roles que va a desempeñar como profesional de la educación.
- Proporcionar oportunidades de desempeño en las funciones profesionales brindando variadas
situaciones reales de aplicación.
- Reforzar el desarrollo de habilidades, destrezas y actitudes para el trabajo educativo.
c. Caracterización
La práctica profesional se caracteriza por:
- Ofrecer oportunidades para la aplicación de los aspectos teóricos y técnico-pedagógicos a
situaciones concretas del trabajo docente, afianzando actitudes, destrezas y habilidades.
- Profundizar el dominio de los roles que debe desempeñar el futuro profesional de la educación,
de acuerdo a las funciones específicas en el perfil.
- Asegura el desempeño adecuado del ejercicio docente.
- Se desarrolla gradualmente a partir del quinto semestre académico, con gran énfasis en el último
semestre.
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 10
- Comprende el 13% del total de horas y el 13% del total de créditos de la estructura curricular.
Distribución de las áreas y sub-áreas del trabajo CURRICULAR (Ver Anexo IV)
01. Cuadro Nº 26-1: Distribución de horas y créditos en áreas y sub-áreas de la estructura curricular
básica.
02. Cuadro Nº 26-2: Plan de estudios del área I: Formación General.
03. Cuadro Nº 26-3: Plan de Estudios del área II: Formación Profesional Básica.
04. Cuadro Nº 26-4: Plan de estudios de la Especialidad de Educación Inicial.
05. Cuadro Nº 26-5: Plan de estudios de la especialidad de Educación Primaria.
06. Cuadro Nº 26-6: Plan de Estudios de la especialidad de Matemáticas, perteneciente al Nivel de
Educación Secundaria.
07. Cuadro Nº 26-7: Plan de estudios de la especialidad de Biología y Química (Educación Secundaria).
08. Cuadro Nº 26-8: Plan de estudios de la especialidad de Física y Química (Educación Secundaria).
09. Cuadro Nº 26-9: Plan de estudios de la especialidad de Lengua y Literatura (Educación Secundaria).
10. Cuadro Nº26-10: Plan de Estudios de la especialidad de Historia y Geografía (Educación Secunda-
ria).
11. Cuadro Nº26-11: Plan de Estudios de la especialidad de Educación Física (Educación Secundaria).
15.2. CONDICIONES DE SERVICIO. ESPECIFICANDO TANTO PARA EL
SECTOR PÚBLICO COMO PARA EL PRIVADO
En el capítulo IV de la Ley Magisterial, referido a los deberes y derechos del profesorado, señala
que el profesor del Sector Público, de acuerdo con las normas respectivas tienen derecho a:
a. Estabilidad en el servicio.
b. Percibir una remuneración justa, acorde con su elevada misión, y su condición profesional,
reajustable con el costo de vida.
c. Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los planes de trabajo del Centro Educativo.
d. Realizar sus funciones en forma creativa dentro del marco de la Organización Institucional.
e. Recibir del estado apoyo permanente para su capacitación, perfeccionamiento y especialización
profesional.
f. Gozar de vacaciones.
g. Ser informado periódicamente del estado de su evaluación permanente.
h. Ascensos de acuerdo con el Escalafón.
i. Licencias.
j. Que se respeten los procedimientos legales y administrativos en la aplicación de sanciones.
k. Gozar del 50% de descuentos en las tarifas de Servicios de Transportes del Estado y en los
Espectáculos Culturales del mismo.
l. Reconocimiento por parte del Estado, la Comunidad y los Padres de Familia de su méritos en la
labor educativa.
ll. Ser considerados en los Convenios de Intercambio Educativo.
m. Reconocimiento de Oficio por el Estado o la Seguridad Social del Tiempo de Servicios para los
goces y beneficios correspondientes, según su régimen legal.
n. Reconocimientos para los mismos efectos del tiempo de servicios interrumpidos por motivos
políticos o sindicales según el caso.
ñ. Libre asociación y sindicalización.
o. No ser discriminado por razón de sexo, raza, religión, opinión o idioma.
p. Laborar en locales y condiciones de seguridad y salubridad.
q. Seguridad social familiar.
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 11
r. Ser sujeto de crédito preferencial con aval del Estado a través del Ministerio de Educación; y
s. Los demás derechos pertinentes establecidos en las leyes laborales y en la Constitución Política
del Perú.
Los profesores de Centros y Programas de Gestión No Estatal gozan, de acuerdo con el régimen
laboral de la actividad privada, de los derechos autos enumerados con excepción de lo señalado en los
incisos h, i, n, y r.
Por otro lado en su artículo 14º refiere que son deberes de los profesores, de acuerdo con las
Normas correspondientes:
a. Desempeñar su función educativa con dignidad y eficiencia; y con lealtad a la Constitución a las
leyes y a los fines del Centro Educativo donde sirve.
b. Orientar al educando con respeto de su libertad y cooperar con sus padres y la dirección del
Centro Educativo y su formación integral.
c. Respetar los valores éticos y sociales de la comunidad y participar en su desarrollo cultural, cívico
y patriótico.
d. Velar por el Mantenimiento adecuado del local, instalaciones y equipamiento de los Centros
Educativos y promover su mejora; y
e. Abstenerse de realizar en el Centro Educativo actividades que contravengan los fines y objetivos
de la institución educativa.
15.2.1. Acceso a la Profesión
En el Perú, tienen acceso a la profesión los egresados de Educación Secundaria, sea de la
Modalidad de Menores o de la Modalidad de Adultos, así como los egresados de otras especialidades
de Nivel Superior.
Sin embargo tienen acceso al ejercicio de la docencia
a. Los profesores que poseen Título Profesional Pedagógico.
b. Los profesores que no poseen Título Profesional Pedagógico.
Para el primer caso, el art. 134º de la Ley Magisterial dispone que el nombramiento de los docentes
que ingresan a la Carrera Pública se efectuará en el Departamento de origen del profesor o en el ámbito
donde haya cursado sus estudios.
El profesor nombrado con Título Pedagógico ingresa al primer nivel de la Carrera Pública del
Profesorado.
Asimismo, para el segundo caso la ley señala que en los casos estrictamente necesarios por falta
de profesores sin título pedagógico, se nombrará internamente a docentes sin título profesional en
educación de acuerdo al orden de prioridad establecido en el Art. 66 de la Ley del Profesorado previa
evaluación excluyente a cada grupo. La evaluación comprende los siguientes aspectos.
a. Conocimiento del contenido curricular que tendrá a su cargo; y
b. Aptitud para el desempeño del cargo.
Los grupos de docentes sin Título Profesional en educación se agrupan según sus estudios como
sigue:
a. Con estudios pedagógicos concluidos.
b. Con estudios pedagógicos no concluidos.
c. Con estudios pedagógicos de Nivel Superior Educativo; y
d. Con estudios completos de Educación Secundaria.
El personal docente en servicio sin Título Profesional en Educación ingresa a la Carrera Pública
de Profesorado al obtener su Título.
15.2.2. Estatuto Profesional.
La Ley del Profesorado - Ley Nº 24029 - Norma el régimen del profesorado como carrera pública
y como ejercicio particular, señalando para todos los casos disposiciones precisas sobre, la formación
profesional; profesionalización perfeccionamiento y especialización; los Deberes y Derechos; Jornada
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 12
Laboral; Sindicalización, Estímulos y sanciones, Carrera Pública del Profesorado; Ingreso, Reingreso,
Evaluación y ascensos en la Carrera Pública, Remuneraciones, Reasignación, Régimen del profesorado
particular, Situación laboral, etc.
15.2.3. Dedicación
Dentro de la jornada laboral del profesorado del Estado en todos los niveles y modalidades, el
dictado de clases tiene el límite máximo de veinticuatro (24) horas a la semana. Cuando exista
disponibilidad de horas de clase puede extenderse provisionalmente el límite indicado, siendo remune-
radas dichas horas proporcionalmente al íntegro de la remuneración que percibe el profesor por la
Jornada Laboral Ordinaria.
Los docentes del área de la administración de la educación cumplen la jornada laboral ordinaria
establecida para los trabajadores de la administración pública. Así como los profesores que desempeñan
funciones en los órganos de línea y en los órganos responsables de la formación, coordinación,
asesoramiento, ejecución y evaluación de políticas, planes y Normas del Sistema de la Educación
Nacional, correspondiente al Organismo Central del Ministerio de Educación, órganos de ejecución y
Supervisiones de la Educación.
El personal directivo de los Centros educativos distribuye su jornada laboral semanal de 40 horas
cronológicas en los turnos de funcionamiento del centro educativo para ejecutar acciones de dirección,
supervisión coordinación y gestión de los servicios que ofrece el Centro Educativo.
El período Vocacional del profesorado conforme a las áreas magisteriales es el siguiente:
a. Los profesores del Área de la docencia tienen derecho a 60 días anuales de vacaciones al término
del año escolar. Los directores de los Centros y Programas educativos con sección a cargo, que
cumplen funciones de director y de profesor de aula o asignatura, tienen derecho a 60 días de
vacaciones; y
b. Los profesores del área de la administración de la educación que desempeñan funciones de
investigación, técnico-pedagógicas, o de administración vinculadas con la educación; así como los
directores y sub-directores de los centros y programas educativos tienen derecho a 30 días anuales
de vacaciones.
15.2.4. Carrera
La Carrera Pública del profesorado es el proceso del ejercicio profesional en el Sector Público y en
los Centros y programas educativos fiscalizados, desde el ingreso hasta el cese.
Son objetivos de la carrera pública del profesorado:
a. Garantizar el desplazamiento del profesorado por niveles en observancia de los requisitos
establecidos.
b. Promover el mejoramiento profesional, social y económico del Magisterio; y
c. Incentivar la participación en los procesos de ascenso.
La Carrera Pública del profesorado está estructurada por niveles y áreas magisteriales. Se registra
en el Escalafón correspondiente y acceden a ella quienes tienen título profesional en educación.
Los Niveles Magisteriales de la Carrera Pública del Profesorado de acuerdo al tiempo mínimo de
permanencia en cada uno son:
- En el nivel I: dos años
- En el nivel II: dos años
- En el nivel III: tres años
- En el nivel IV: tres años.
- En el nivel V: cuatro años.
La Carrera Pública del profesorado se inicia en el primer nivel del área de la docencia y concluye
en el quinto nivel magisterial.
15.2.5. Salarios
En el inciso b. del art. 13 de la Ley Magisterial se señala que «el docente tiene derecho a recibir
una remuneración justa ...», ello se corrobora en el art. 33 del Reglamento de dicha Ley agregando que
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 13
los haberes del profesorado serán reajustados periódicamente de acuerdo con el alza del costo de vida
y la situación fiscal; señalando además que, el profesorado tiene derecho a los aumentos generales y
bonificaciones que otorga en Estado a los demás servidores públicos.
Por otro lado, la remuneración personal y las remuneraciones complementarias y especiales del
cargo, bonificación diferencial, la asignación por cumplir 25 o 30 años de servicios y los aguinaldos, se
otorgan de oficio. La bonificación familiar se otorga a petición de parte y corresponde a la esposa si ambos
cónyuges prestan servicio en el sector público.
Asimismo, el subsidio por escolaridad se otorga a los profesores que tengan hijos cursando
estudios de Educación Inicial, Primaria, Secundaria o Superior, este subsidio es determinado anualmen-
te por Decreto Supremo.
No obstante lo anotado en el primer párrafo de este punto, la remuneración de los docentes en el
Perú ha alcanzado los niveles más bajos, agravándose ésta por el deterioro de la calidad de vida del
maestro, quienes suelen verse obligados a buscar fuentes complementarias de trabajo, disminuyendo
su rendimiento académico.
El rango de haberes del docente va desde S/. 80.00 nuevos soles hasta S/. 152.00 nuevos soles
equivalentes a US$ 68.00 y US$ 130.00 respectivamente frente al costo de la canasta mínima que bordea
los $400 dólares USA.
15.2.6. Pensiones de Jubilación
Las pensiones de cesantía y jubilación del profesorado al servicio del estado, no sometidos al
Régimen de Seguridad Social del Perú, se nivelan automáticamente con las remuneraciones vigentes
para el profesorado en servicio, con arreglo a Ley.
Las pensiones de Cesantía se otorgan a los profesores al amparo del Decreto Ley Nº 20530 con
base en el último sueldo percibido con todas las bonificaciones pensionables.
El profesor cesante o jubilado tiene además los siguientes derechos:
a. A la seguridad social de acuerdo con la Ley respectiva.
b. A percibir gratificaciones por Navidad. Fiestas Patrias y las Compensaciones por Costo de Vida
en montos iguales a los del servicio activo.
c. A generar sucesión de pensión en caso de muerte.
d. A participar en los programas de salud, vivienda, recreación y otros que promueve el estado a
favor del profesorado en actividad.
e. A que sus pensiones le sean pagadas en efectivo, en su domicilio, en caso de impedimento físico
o sean mayores de setenta años.
f. Gozar del 50% de descuento en las tarifas de Servicios de Transporte del Estado y en los
Espectáculos Públicos Culturales del mismo.
Los docentes que pertenecen al régimen de la Seguridad Social (D.L. 1999) tiene derecho a cese
y pensión a partir de los 60 años de edad en caso de los varones y 55 años de edad para las mujeres.
Actualmente, no existen pensionistas del Sector Público bajo este régimen, sólo en el Sector Privado,
por cuanto todos los trabajadores que ingresaron al servicio hasta Diciembre de 1980 están dentro de
la Ley Nº 20530.
15.2.7. Sindicatos y Organizaciones Gremiales y/o Profesionales
El artículo 21º de la Ley Magisterial contempla el libre Derecho de Sindicalización y Asociación del
docente, señalando que el Ministerio de Educación reconoce y garantiza el desarrollo de las funciones
de quienes ejercen la representatividad sindical o asociativa en armonía con la ley específica de la
materia.
El maestro peruano se encuentra agrupado gremialmente en un sólo Sindicato de nivel Nacional;
Sindicato Único de la Educación Peruana (SUTEP), cuyos representantes son los dirigentes Nacionales,
Regionales y Locales (a nivel de USEs y Centros Educativos).
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 14
15.3. FORMACIÓN EN CURSO DE SERVICIO
La formación de los docentes en curso de servicio se imparte en el Perú a los docentes sin Título
Pedagógico en ejercicio docente, por cuanto debido a las necesidades de Servicio se encuentran
laborando en Centros y Programas educativos del país.
15.3.1. Objetivo
- Formar integralmente a los docentes sin título pedagógico en el Conocimiento y la práctica de las
Humanidades, el Arte, la Ciencia y la Técnica para optimizar su tarea educativa, y mejorar su status
profesional, social y económico.
15.3.2. La Organización de la Formación
El Ministerio de Educación, es la cabeza del Sistema encargado de establecer las normas para la
formación de profesores en las diversas especialidades de acuerdo a las disposiciones previstas en la
Ley General de Educación Nº 93384.
Las instituciones Educativas que imparten la profesionalización docente, previo convenio estable-
cido con el Ministerio de Educación, son las Universidades que tienen la especialidad de Educación y
los Institutos Superiores Pedagógicos.
Estas instituciones contribuyen con el Ministerio de Educación en la Calificación de Recursos
Humanos que requiere el Sistema Educativo Nacional y proyectan la acción educativa hacia la
Comunidad local, regional y nacional.
Bases legales para la Profesionalización de Docentes en Servicio
- Constitución Política del Estado.
- Ley General de Educación Nº 23384
- D.L. Nº 135, Ley de Organización y Funciones del Sector Educación.
- D.S. Nº 015-81-de Organización del Ministerio de Educación.
Participantes de la Profesionalización
Docentes sin Título Pedagógico que laboran en los distintos centros de Educación Inicial, Primaria
y Secundaria del país.
Duración
La profesionalización tiene una duración de seis años de estudio o doce semestres académicos en
los Institutos Superiores Pedagógicos, y de diez semestres académicos en las Universidades, en ambos
casos se lleva a cabo mediante las modalidades en y a distancia.
Acceso a la Profesionalización
Tienen acceso los docentes que cumplan con los siguientes requisitos:
a. Educación Secundaria completa.
b. Docente en Servicio.
c. Dos años de Servicios como mínimo.
Además rinden una prueba de selección (admisión) que contiene dos aspectos: aptitud académica
y conocimientos.
Modalidades de Ejecución de la Profesionalización
La profesionalización docente tanto en universidades como en Institutos Superiores Pedagógicos
se desarrolla a través de dos modalidades de ejecución. La Escolarizada y a Distancia.
a. La Modalidad Escolarizada comprende ciclos residenciales que se desarrollan durante nueve
semanas en los meses de enero, febrero y marzo, en las sedes de las Universidades y los Institutos
Superiores Pedagógicos.
b. La Modalidad de Educación a Distancia, se desarrolla fundamentalmente por correspondencia
y otros medios de comunicación durante los meses de abril a diciembre, es decir cuando el docente
se encuentra laborando.
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 15
15.3.3. La Oferta de la Formación
Las Instituciones Educativas que ofertan la formación en Curso de Servicio, como ya se señaló
anteriormente son las Facultades de Educación de las Universidades y los Institutos Superiores
Pedagógicos que tienen Convenio establecido para este fin con el Ministerio de Educación.
15.3.4. Los Contenidos de la Formación
La estructura Curricular se basa en el perfil profesional del docente, en sus roles como personal
profesional de la educación y promotor de desarrollo de la comunidad.
La Estructura Curricular comprende dos áreas:
Formación General y Formación Profesional. Se rige por el Sistema de Créditos.
El Currículum asegura una preparación científico-humanista y tecnológica, adecuándose para tal
efecto los planes de estudios de los cursos regulares de formación profesional a las características
propias de la profesionalización.
La evaluación del rendimiento académico es integral, permanente, flexible y utiliza la escala
vigesimal. La nota mínima aprobatoria para las asignaturas es once.
15.3.5. Planes de Estudios de la Profesionalización Docente.
a. Área I: Formación General
Asignaturas
- Matemática I y II
- Lenguaje I y II
- Metodología de Estudios de la Educación Superior.
- Psicología General.
- Ciencias Naturales I.
- Introducción a la Filosofía.
- Introducción a las Ciencias Sociales.
- Ciencias Naturales II
- Geografía del Perú y del Mundo.
- Ciencias Naturales III
- Historia del Perú y del Mundo I y II
- Educación Religiosa
- Seminario de Formación Cívica.
- Educación Física I
- Expresión Artística I.
b. Área II: Formación Profesional
- Filosofía de la Educación
- Psicología y Teoría del Aprendizaje
- Tecnología Educativa I, II, III y IV.
- Sociología de la Educación.
- Estadística Aplicada a la Educación
- Historia de la Educación.
- Teoría de la Comunicación.
- Investigación Educativa I y II
- Orientación del Educando.
- Promoción y Desarrollo de la Comunidad.
- Seminario de la Realidad Socio-Económica Peruana.
- Administración y Legislación de la Educación.
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 16
Sub-Área B.1: Asignaturas
- Teoría de la Educación
- Desarrollo Humano I
Sub-Área B.2: Formación Profesional Especializada
Educación Inicial
Asignaturas
- Música I, II y III
- Dramatización y Títeres.
- Desarrollo Humano II (0 a 6 años)
- Folklore.
- Estimulación Temprana.
- Educación Psicomotriz.
- Taller de estrategias Programación y Evaluación.
- Aprestamiento I y II
- Desarrollo Socioemocional.
- Desarrollo de la expresión creadora.
- Taller de Desarrollo de Material Educativo.
- Programas no Escolarizados.
- Orientación de Padres.
- Literatura Infantil.
- Detección y Prevención de Problemas de Aprendizaje.
- Educación Religiosa (Tecnología).
- Técnicas de Comunicación Social.
- Seminario Taller de Investigación I.
- Educación Alimentaria y Nutricional.
- Seminario de problemática y Corrientes Pedagógicas de E.L.
- Práctica Profesional.
- Educación Primaria.
Asignaturas
- Educación Musical y Práctica Instrumental I y II.
- Taller de Expresión Artística: Dramatización, Títeres y Folklore.
- Desarrollo Humano II (del niño de Educación Primaria).
- Aprestamiento Integral.
- Taller de Programación y Evaluación Curricular en Educación Primaria.
- Lenguaje I y II aplicada a la Educación Primaria.
- Taller de Desarrollo de Técnicas Laborales.
- Taller de Estrategias de Aprendizaje.
- Matemática I y II aplicada a la Educación Primaria.
- Ciencias Sociales I y II aplicada a la Educación Primaria.
- Ciencias Naturales I y II aplicada a la Educación Primaria.
- Educación Física Infantil.
- Educación Religiosa.
- Seminario sobre Orientación de Padres de Familia.
- Taller de Desarrollo de Material Educativo.
- Seminario sobre Problemas de Aprendizaje del Niño.
- Escuelas Unitarias.
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 17
- Seminario Taller de Investigación.
- Práctica Profesional.
Educación Secundaria
Especialidad Matemática.
- Álgebra Lineal.
- Análisis I, II, III
- Álgebra I, II, III
- Desarrollo Humano II (adolescencia).
- Taller de Programación y Evaluación.
- Geometría Descriptiva.
- Taller de Estrategias de aprendizaje.
- Historia de las Matemáticas.
- Aplicaciones Matemáticas I, II, III
- Didáctica de Matemáticas I, II
- Álgebra Booleana.
- Taller de Desarrollo de Master. Educativo.
- Probabilidad: Estadística.
- Programa Lineal.
- Seminario Taller de Investigación. I, II
- Comp. e Informática.
- Geometría Moderna
- Topología.
Práctica Profesional
Especialidad: Ciencias Naturales, Biología y Química.
Asignaturas
- Álgebra Lineal
- Análisis Matemático I, II
- Física General
- Desarrollo Humano II
- Química General
- Técnicas de Laboratorio
- Biología General.
- Química Inorgánica.
- Taller de Programación y evaluación.
- Química Analítica.
- Física Química.
- Química Orgánica.
- Taller de Estrategias.
- Didáctica de la Biología y Química.
- Botánica I y II
- Zoología I y II
- Taller de Materiales
- Bioquímica.
- Seminario de Investigación I y II.
- Anatomía y Fisiología Humana.
- Ecología.
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 18
- Evolución y Genética.
- Organización y Administración de Laboratorios.
Práctica Profesional
Especialidad Ciencias Naturales: Física y Química
Asignaturas
- Álgebra Lineal
- Análisis Matemático I, II y III
- Desarrollo Humano
- Química General
- Técnicas de Laboratorio.
- Química Inorgánica
- Química Orgánica.
- Química Analítica I y II.
- Física I, II, III y IV.
- Taller de Programación y Evaluación.
- Taller de Estrategias
- Didáctica de las Ciencias Naturales
- Biología General.
- Fisicoquímica.
- Taller de Desarrollo de Materiales. Educativos.
- Bioquímica.
- Seminario de Investigación I y II
- Ecología.
- Introducción a la Física Moderna.
Práctica Profesional
Especialidad: Lengua y Literatura.
- Teoría Literaria.
- Fonética y Fonología I y II.
- Latín I y II.
- Desarrollo Humano II
- Taller de Programación y Evaluación.
- Introducción a la Interpretación de Textos Literarios.
- Literatura Universal Antigua.
- Taller de Estrategias de aprendizaje.
- Morfosintaxis I y II
- Literatura Universal Medieval.
- Didáctica Especial.
- Taller de Desarrollo de master, educativos.
- Literatura Universal Moderna.
- El Español en el Perú.
- Taller de Investigación I y II.
- Literatura Universal Contemporánea.
- Literatura Peruana I y II
- Literatura Americana Contemporánea.
- Seminario - Taller de Literatura para Adolescentes.
- Seminario Taller sobre problemas de Ortografía.
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 19
- Electivo I.
- Electivo II.
Práctica Profesional
Especialidad: Historia y Geografía.
Asignaturas
- Taller de Programación y Evaluación
- Taller de Estrategias de aprendizaje.
- Taller de Desarrollo de material educativo.
- Seminario Taller de Investigación I y II
- Desarrollo Humano II (adolescencia)
- Métodos y Técnicas de Investigación Social.
- Sociología.
- Geografía Física General.
- Economía.
- Geografía Física del Perú.
- Historia Universal Antigua y Media
- Geografía Humana del Perú y del Mundo.
- Historia del Perú Pre-Hispánico.
- Historia Universal Edad Moderna.
- Geografía Económica.
- Didáctica de la Geografía.
- Historia del Perú - Época de Dominación Española.
- Historia Universal - Siglo XIX y XX.
- Historia del Perú - Siglo XIX.
- Historia del Perú - Siglo XX.
- Historia de América.
- Geopolítica.
- Didáctica de la Historia.
- Filosofía de la Historia.
- Seminario sobre Problemática Peruana Contemporánea.
Práctica Profesional
Educación Secundaria Diversificada
Especialidad: Agropecuaria
- Topografía I y II
- Agrotecnia
- Desarrollo Humano II
- Suelos y Abonos
- Riesgos y Drenajes
- Sanidad Vegetal.
- Zootecnia.
- Sanidad Animal.
- Maquinaria Agrícola.
- Taller de Programación y Evaluación.
- Contabilidad Agrícola
- Programación y Mejoramiento de Plantas.
- Taller de Estrategias y Aprendizaje.
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 20
- Avicultura
- Fruticultura
- Animales Menores
- Animales Mayores
- Taller de Materiales
- Seminario de Investigación I y II
- Cultivos Alimenticios.
- Cultivos Industriales.
- Legislación rural.
- Horticultura.
Práctica Profesional.
Especialidad: Electricidad
- Dibujo Técnico.
- Tecnología de los Materiales.
- Electricidad I II
- Desarrollo Humano II
- Taller de Programación y Evaluación.
- Mecánica de Banco I.
- Taller de Estrategias de aprendizaje.
- Instalaciones Eléctricas. I y II
- Taller de Desarrollo Materiales. Educativos.
- Máquinas Eléctricas I y II
- Dispositivos de Mando y Control.
- Taller de Investigación I y II
- Bobinados I, II, III
- Subestaciones y Redes.
- Generación de Energía Eléctrica I, II
- Electrónica Industrial. I, II
- Adecuación de Proyectos. Tecnológicos.
Práctica Profesional
Especialidad: Electrónica
- Dibujo Técnico
- Tecnología de los Materiales
- Electricidad I, II, III
- Desarrollo Humano.
- Taller de Programación y Evaluación.
- Circuitos Electrónicos I, II, III
- Taller de Estrategias de aprendizaje.
- Mecánica de Banco.
- Proceso de Diseño Tecnológico.
- Circuitos Lógicos.
- Telecomunicaciones I, II
- Circuito Digitable I, II
- Electrónica Industrial I, II
- Televisión I, II
- Adecuación de Proyecto Tecnológico.
OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 21
Práctica Profesional.
Especialidad: Mecánica de Producción
- Dibujo Técnico I, II
- Mecánica de Ajuste, I, II
- Desarrollo Humano II (adolescente)
- Taller de Programación y Evaluación.
- Soldadura.
- Resistencia de Materiales.
- Taller de Estrategias de aprendizaje.
15.3.6. Posibilidad de Obtener Certificados o Diplomas de Participación en los Cursos
o en las Actividades de Formación
Los Institutos Superiores Tecnológicos, expiden el Título Profesional luego de la culminación
satisfactoria de doce semestres académicos y previa sustentación de un trabajo de investigación o tesis.
Los ISTs no otorgan grado de Bachiller, para obtener dicho grado se debe estudiar 2 ciclos académicos
complementarios en una Universidad. El título profesional no tiene carácter universitario.
Las universidades, al cabo de 10 semestres académicos concluidos satisfactoriamente, de
conformidad con la Ley Universitaria, otorga el Grado de Bachiller, asimismo para la obtención del Título
de Licenciado en Educación el egresado debe sustentar públicamente un Trabajo de Investigación o tesis
o rendir un examen profesional.
Por otro lado, los docentes que asisten a cursos de actualización y/o perfeccionamiento,
autorizados por el Ministerio de Educación reciben de las Instituciones organizadoras (de los cursos) un
certificado o diploma válido para el escalafón profesional.
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SITUACION Y FORMACION DEL DOCENTE

  • 1. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 1 Indice del Capítulo 15 15. EL PERSONAL DOCENTE: SITUACIÓN Y FORMACIÓN.............................................................. 2 15.1. FORMACIÓN INICIAL ...................................................................................... 2 15.1.1. Descripción de la Formación del Profesorado......................................................2 15.1.2. Escuelas Encargadas de la Formación .................................................................3 15.1.3. Criterios de Admisión a las Escuelas de Formación ............................................4 15.1.4. Duración de la Formación.......................................................................................6 15.1.5. Contenido de la Formación.....................................................................................6 15.2. CONDICIONES DE SERVICIO. ESPECIFICANDO TANTO PARA EL SECTOR PÚBLICO COMO PARA EL PRIVADO................................................................ 10 15.2.1. Acceso a la Profesión ........................................................................................... 11 15.2.2. Estatuto Profesional. ............................................................................................. 11 15.2.3. Dedicación ............................................................................................................. 12 15.2.4. Carrera.................................................................................................................... 12 15.2.5. Salarios .................................................................................................................. 12 15.2.6. Pensiones de Jubilación.......................................................................................13 15.2.7. Sindicatos y Organizaciones Gremiales y/o Profesionales ...............................13 15.3. FORMACIÓN EN CURSO DE SERVICIO....................................................... 14 15.3.1. Objetivo .................................................................................................................. 14 15.3.2. La Organización de la Formación ........................................................................14 15.3.3. La Oferta de la Formación ....................................................................................15 15.3.4. Los Contenidos de la Formación .........................................................................15 15.3.5. Planes de Estudios de la Profesionalización Docente. ......................................15 15.3.6. Posibilidad de Obtener Certificados o Diplomas de Participación en los Cursos o en las Actividades de Formación .............................................................................21
  • 2. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 2 15. EL PERSONAL DOCENTE: SITUACIÓN Y FORMACIÓN La Ley Nº 24029 - Ley de Profesorado - en su Art. 1º señala: «El Profesorado es agente fundamental de la educación y contribuye con la familia, la comunidad y el Estado a la formación integral del educando». La citada ley norma el régimen del profesorado como carrera pública y como ejercicio particular, de acuerdo con el Artículo 41º de la Constitución Política. En el primer caso incluye a los respectivos profesores cesantes y jubilados. Asimismo, regula la situación de los no profesionales de la educación que ejercen funciones docentes. 15.1. FORMACIÓN INICIAL La formación del profesorado se enmarca fundamentalmente en los contenidos teórico doctrinarios y normativos de la Constitución Política del Estado Peruano, de la Ley General de Educación y de la Nueva Ley del Profesorado Nº 24029. En el aspecto táctico o de hecho se parte de las características de la Sociedad Peruana y de las necesidades educativas que demanda. La finalidad fundamental de la formación del profesorado es la preparación de un profesional integral, capaz de propiciar la innovación y el desarrollo educativo y participar consciente y creativamente en la formación de la población facilitando el mejoramiento social, cultural, científico y tecnológico del país. El Ministerio de Educación, organismo responsable de las políticas del Sector, a través de la Dirección Nacional de Tecnología Educativa aspira a la formación de un docente capaz de desempeñar- se como promotor y agente de cambio, orientador, investigador, administrador y facilitador de experiencias que el país necesita en materia de educación. La Formación Profesional del Profesorado se orienta por los siguientes principios básicos: a. Concepción humanista integral que asegure la eficiencia profesional del docente a través de un programa equilibrado de formación humana y tecnológica que afiance la vocación docente. b. Sustentación científico-filosófica de la formación profesional sobre el aporte interdisciplinario de las humanidades, las ciencias, las artes y la Tecnología. c. Personalización del proceso de formación profesional a través de un sistema de experiencia, diseñado en razón del estudiante y sus requerimientos, a fin de fomentar su capacidad reflexiva y crítica, despertar su inquietud y habilidades profesionales y su habilidad moral para la valoración de todo lo que es significativo para él y para su grupo. d. Afianzamiento de la conciencia y la identidad nacional y la contribución a la vigencia de la democracia. 15.1.1. Descripción de la Formación del Profesorado La formación del profesorado, corresponde a la Dirección Nacional de Tecnología Educativa a través de la Dirección de Planes y Programas, que constituye el cuarto nivel del Sistema Educativo, y se realiza en las Universidades e Institutos Superiores Pedagógicos. Los Institutos Superiores Pedagógicos forman profesores para los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria, en éste último cuenta con las especialidades y menciones siguientes: - Ciencias Naturales, en mención Biología y Química Física y Química - Matemática - Lengua y Literatura - Historia y Geografía - Educación Física
  • 3. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 3 Especialidades técnicas que se encuentran comprendidas en las siguientes áreas: - Agropecuaria - Industrial - Artesanal - Comercial La selección de las especialidades de formación del profesorado, en cada Instituto Superior Pedagógico responde a las necesidades educativas del país, a los planes de desarrollo regionales y a los requerimientos en materia educativa de la zona de influencia de la institución. Objetivos de la Formación del Profesor a. Profundizar el desarrollo integral de su personalidad. b. Alcanzar una adecuada preparación académica y pedagógica para asegurar el debido cumpli- miento de su labor docente. c. Mantener una actitud permanente de perfeccionamiento ético, profesional y cívico, que le permita integrarse a su medio de trabajo y a la comunidad local; e d. Intensificar su conocimiento y toma de conciencia de la realidad nacional, de sus valores culturales y de la problemática educativa. 15.1.2. Escuelas Encargadas de la Formación Como ya se mencionó anteriormente, la formación del profesorado se realiza en las Universidades y en los Institutos Superiores Pedagógicos. a. Las Universidades que participan en la formación del docente a través de sus respectivas facultades de educación son las siguientes: a.1. Universidades Públicas - Universidad de Educación Enrique Guzmán y Valle. - Universidad Nacional Mayor de San Marcos. - Universidad San Antonio de Abad del Cusco. - Universidad Nacional de Trujillo. - Universidad de San Agustín de Arequipa - Universidad San Luis Gonzaga de Ica - Universidad San Cristóbal de Huamanga - Universidad Nacional del Centro del Perú. - Universidad de la Amazonía Peruana - Universidad del Antiplano. - Universidad Nacional de Piura. - Universidad Nacional de Cajamarca. - Universidad Pedro Ruíz Gallo. - Universidad Nacional Federico Villareal. - Universidad Daniel Alcides Carrión. - Universidad José Faustino Sánchez Carrión. - Universidad Santiago Antúnez de Mayolo. - Universidad de San Martín. - Universidad de Ucayali - Universidad Nacional de Tumbes - Universidad Nacional de Santa. a.2. Universidades Privadas - Pontificia Universidad Católica del Perú. - De San Martín de Porras. - Femenina del Sagrado Corazón.
  • 4. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 4 - Inca Garcilazo de la Vega. - de Piura - Unión Incaica. - Andina del Cusco - Víctor Andrés Belaúnde - de Apurimac - de Tacna - de Chiclayo. b. Los Institutos Superiores Pedagógicos 15.1.3. Criterios de Admisión a las Escuelas de Formación Como quiera que la Formación Pedagógica se da tanto en Universidades como en Institutos Superiores Pedagógicos, la admisión a estos centros se realiza mediante concurso público. De acuerdo al Artículo 21º. de la Nueva Ley Universitaria, la Admisión a la Universidad se realiza mediante concurso, con las excepciones previstas en el Art. 56 de la misma ley, una o dos veces cada año durante los períodos de vacaciones. El estatuto de la Universidad y los Reglamentos de las Facultades de Educación establecen los mecanismos que permiten evaluar los intereses vocacionales, aptitudes y rasgos de personalidad para el estudio de determinada carrera. La Universidad establece con la debida anticipación el número de vacantes, estas cifras son inmodificables después de aprobadas y publicadas para cada concurso. El mismo régimen de declaración de vacantes rige para el traslado de matrícula tanto interno como externo, así como para las exoneraciones del Concurso. Las excepciones o exoneraciones del procedimiento ordinario de admisión al que hace referencia el Art. 56 de la Ley Universitaria son: a.Los titulados o graduados en otros Centros Educativos de Nivel Superior. b. Quienes hayan aprobado en dichos Centros de Educación por lo menos cuatro períodos lectivos semestrales completos o dos anuales o setenta y dos créditos, y c. Los dos primeros alumnos de los Centros Educativos de Nivel Secundaria. En los casos a. y b. los postulantes se sujetan a una evaluación individual, a la convalidación de los estudios realizados en atención a la correspondencia de los Syllabus, a la existencia de vacantes y a los demás requisitos que establecen cada Universidad. Del mismo modo, en los Institutos Superiores Pedagógicos, se efectúan concursos de admisión como requisito para el acceso de los egresados de Educación Secundaria a estos centros. Tienen derecho a exoneración del proceso de selección (concurso de admisión), los egresados de secundaria que hayan obtenido los tres primeros puestos de su promoción al año inmediato anterior al del Concurso, dentro de las vacantes disponibles. La Dirección de Formación Magisterial de la Dirección General de Educación Superior del Ministerio de Educación para el caso de los Institutos Superiores Pedagógicos, emite anualmente las normas para el ingreso de los postulantes a las Instituciones de Formación Magisterial con la finalidad de garantizar la adecuada selección de los postulantes a dichos centros y brindar orientación para la Organización y ejecución del proceso de ingreso de postulantes. La Prueba de Admisión de acuerdo a la Norma elaborada en cada Instituto Superior Pedagógico por una Sub-Comisión y considerando los siguientes criterios: - Prueba objetiva de 50 ítems de elección múltiple (un reactivo y cinco alternativas). - Los items están referidos a: a. Psicovocacional 30% (15 ítems). b. Conocimientos 70% (35 ítems). - Los ítems son orientados a medir la capacidad reflexiva de los postulantes en los temas relativos a las asignaturas de Educación Secundaria; sus aptitudes y condiciones psicovocacionales requeridas para la carrera docente. - La aplicación de la prueba de admisión, tiene una duración de 90 minutos.
  • 5. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 5 Los requisitos para postular a los ISPs son: a. Acreditar haber concluido estudios de Educación Secundaria. b. Acreditar buena salud. c. Acreditar buena conducta. Las Etapas del Proceso de Admisión son: 1º. Inscripción. 2º. Recepción de expedientes. 3º. Proceso de Admisión. En el proceso de admisión, los ingresantes a los ISPs deben rendir las siguientes pruebas: - Prueba de prerrequisitos para Educación Inicial, Especial y Educación Física. - Prueba de Ingreso. a. Prueba de Prerrequisitos La prueba de Prerrequisitos es eliminatoria no acumulativa, es decir, no es promediada con la prueba de ingreso. Los eliminados en alguna de estas pruebas tienen opción de postular a las especialidades de Educación Primaria o Secundaria. 1. Educación Inicial No se admiten postulantes con defectos físicos incompatibles con las especiales condiciones que demanda el proceso educativo de dicho nivel, tales como defectos significativos en las extremida- des, la vista, el oído y en el lenguaje. Los prerrequisitos comprenden los siguientes criterios: - No presentar defectos físicos relacionado con: . Lenguaje oral. . La vista. . El oído. . Las extremidades. - No manifestar limitaciones en la coordinación motora: fina y gruesa. - Manifestar aptitudes y actitudes compatibles para trabajar con niños menores de seis años. 2. Educación Física Los postulantes acreditan en el Certificado Médico la especificación de su aptitud física (sistema respiratorio y circulatorio, así como no presentar defectos físicos visibles). Además los postulantes son sometidos a pruebas de rendimiento físico, debiendo alcanzar las marcas mínimas en cada caso. Los postulantes acreditados por el IPD como deportistas calificados son exonerados de la primera de prerrequisitos de Educación Física. 3. Educación Especial El ISP de Educación Especial establece los criterios para la prueba de prerrequisitos en función de la naturaleza de la especialidad y las condiciones que demanda la formación profesional en dicha modalidad. b. Prueba de Admisión (Ingreso) La Prueba de Admisión se aplica a los postulantes de todas las especialidades, comprende ítems relacionados con: -Conocimientos, los cuales están orientados a diagnosticar el nivel de cultura general logrado por los postulantes en la Educación Secundaria. -La prueba de Aptitud Académica y Psicovocacional, está orientada a diagnosticar la capacidad intelectual, habilidad e interés vocacional del postulante.
  • 6. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 6 15.1.4. Duración de la Formación Los estudios en los Institutos Pedagógicos tienen una duración de diez semestres académicos. Los Institutos Superiores Pedagógicos otorgan a nombre de la Nación el Título Profesional de Profesor con especificación de nivel (inicial, primaria o secundaria) y según el caso la especialidad con la mención correspondiente. El Título de Profesor expedido por los Institutos Superiores Pedagógicos habilita para seguir estudios de postgrado y optar títulos o grados académicos de especializaciones o perfeccionamiento profesional en Universidades y otras instituciones de Nivel Superior. Asimismo, la duración de la formación pedagógica en las universidades tiene una duración no menor de diez semestres académicos, lo que da derecho a la obtención del Título Profesional de Licenciado en Educación previa presentación de una Tesis o un examen profesional. Los grados de Bachiller, Maestro y Doctor en Educación son sucesivos. El primero requiere estudios de una duración mínima de diez semestres, incluyendo los de cultura general que los preceden, los de Maestro y Doctor requieren estudios de una duración mínima de cuatro semestres cada uno. En todos los casos hay equivalencia en años o créditos. Para el Bachillerato se requiere un trabajo de investigación o una tesis y para la Maestría y el Doctorado es indispensable la sustentación pública y la aprobación de un trabajo de investigación original y crítico; así como el conocimiento de un idioma extranjero para la Maestría y dos para el Doctorado. 15.1.5. Contenido de la Formación El Currículum para la Formación del Profesorado tiene la finalidad de estructurar los aprendizajes tendientes a la formación integral del futuro profesional de la educación. El currículum de Formación Magisterial considera disciplinas obligatorias tanto para la formación general (cultura general), como para la formación profesional básica y especializada que lo exige la carrera y disciplinas electivas, que permiten la diversificación curricular, aparte de las adecuaciones analíticas que se aplican a cada asignatura. El Currículum se caracteriza por ser: a. Integral, abarca el desarrollo pleno del futuro profesional de la educación a través de los diferentes aspectos que se señalan en la Constitución y la Ley General de Educación. b. Flexible; se adecua a los intereses, características, necesidades problemática y situación académica del educando. c. Diversificado; permite una formación profesional acorde con las necesidades y problemática derivadas de la realidad local, social y regional. d. Terminal; proporciona experiencias educativas completas, que permiten un desempeño eficiente y autónomo en la tarea docente. e. Profesional; brinda una formación científica, humanista y tecnológica conducente al Título profesional que lo califica para el ejercicio de la profesión docente. Áreas de la Estructura Curricular Las áreas que comprende la estructura curricular para la formación del profesorado son dos: I. Formación General II. Formación Profesional - Formación Profesional Básica. - Formación Profesional especializada, y - Práctica Profesional. I. Formación General Descripción Comprende el conjunto de experiencias educativas comunes para todos los estudiantes de formación magisterial, tiene por finalidad tres propósitos: el primero, profundizar y afianzar la preparación científica, humanista, artística y técnica adquirida en la educación secundaria para lograr la formación integral del educando; segundo, sirve como marco teórico propedeútico de la formación profesional
  • 7. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 7 básica y especializada; tercero, apunta a un desarrollo futuro de la educación continua, que por razones de nuevas exigencias profesionales, le permitan sin mayor esfuerzo, cierta flexibilidad profesional. Objetivos - Profundizar la formación científica y humanística del estudiante. - Proporcionar un marco teórico básico que permita al estudiante, la comprensión de los contenidos propios de la carrera docente y de anteriores exigencias. - Profundizar la comprensión de la realidad social económica y cultural peruana relacionán- dola con la de otros países, formando una conciencia nacionalista. - Desarrollar en los estudiantes capacidades, actitudes y habilidades que le permitan participar responsablemente en la vida comunitaria con sentido crítico y creativo frente a los problemas nacionales, orientándolo hacia la capacitación, apreciación y práctica de valores auténticos y coherentes con nuestra realidad social e histórica. - Incentivar al estudiante para realizar acciones de investigación tomando como punto de partida la problemática nacional. - Desarrollar en los estudiantes habilidades para el estudio y afrontar con éxito el nivel de Educación Superior. Caracterización La Formación General es el área que se caracteriza por lo siguiente: - Proporcionar experiencias de aprendizaje comunes a los futuros profesionales de la educación sin distinción de niveles y especialidades. - Amplía y consolida la formación científica y humanística, del estudiante. - Orienta la conservación y desarrollo de las dimensiones física, emocional, espiritual y artística del estudiante, a fin de que logre su realización integral como persona. - Viabiliza la comprensión de la realidad nacional para posibilitar la participación responsable en el desarrollo y perfeccionamiento de la sociedad peruana. - Desarrolla la capacidad de análisis y de crítica. - Propicia experiencias de valor formativo a través de diversas actividades: cognitivas, artísticas y físicas. - Sirve de apoyo a la formación profesional. - Presenta una distribución diagonal en nueve semestres, con mayor amplitud en los primeros semestres. - Comprende el 26% del total de horas y el 25% del total de créditos. - Incorpora como parte de sus contenidos la: .Formación Religiosa .Enseñanza de la Constitución y los Derechos Humanos. .Educación Artística. .Educación Física. .Defensa Nacional. II. Formación Profesional Descripción Comprende el conjunto de experiencias de aprendizaje destinadas a lograr en el estudiante las actitudes éticas implícitas en el ejercicio de la profesión docente y los conocimientos teórico-educativos en sus dimensiones filosófica, científica y tecnológica que le permitan desempeñarse como profesional de la educación. Objetivos - Desarrollar las características personales (actitudes, habilidades y destrezas) requerida para el ejercicio de la profesión docente. - Programar a corto, mediano y largo plazo la tarea docente y el aprendizaje de los alumnos.
  • 8. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 8 - Desempeñarse como un facilitador del aprendizaje capaz de diseñar y de desarrollar una variedad de situaciones de aprendizaje y estrategias instruccionales que respondan a las características del alumno, a las peculiaridades del medio en el cual trabaja, y a los propósitos y objetivos del nivel o área de su especialidad. - Supervisar el proceso evolutivo y dinámica de desarrollo personal del educando. - Realizar el diagnóstico y evaluación de los alumnos, de sus aprendizajes y de las variables que condicionan ese aprendizaje en el orden personal, escolar y ambiental. - Seleccionar, producir y utilizar los medios más adecuados para que sus alumnos logren los objetivos de tal forma que sus aprendizajes sean significativos, activos y creadores. - Mejorar e incorporar las relaciones escuela-comunidad en los procesos de enseñanza y de aprendizaje. - Comprender el proceso administrativo de la educación para cumplir responsable y eficientemente las tareas que sean inherentes a su trabajo profesional. - Realizar investigaciones educativas para formular objetivos y estrategias instruccionales, como vía para mejorar la tarea docente. Caracterización El Área de Formación Profesional se caracteriza por lo siguiente: - Permite una preparación profesional básica y especializada, tanto en aspectos teóricos como prácticos en función a los requerimientos del sistema educativo. - Capacita al futuro profesional de la educación para participar en la investigación y solución de la problemática educativa. - Proporciona los tipos de profesionales de la educación requeridas para la implementación del sistema educativo. - Presenta una distribución diagonal a lo largo de nueve semestres académicos, con mayor incidencia en los últimos semestres. - Comprende el 74% del total de horas y el 74.5% del total de créditos destinados a la preparación inicial de los profesionales de la educación. Organización Interna La Formación Profesional está conformada por tres sub-áreas: - Formación Profesional Básica. - Formación Profesional Especializada. - Práctica Profesional. 2.1 Formación Profesional Básica a. Descripción Está destinada a brindar una preparación técnico-pedagógica, necesaria para el desempeño de la función docente en todas las especialidades. b. Objetivos - Brindar bases filosóficas, científicas y tecnológicas comunes a todos los niveles y especialidades en formación que identifican a la profesión docente. - Desarrollar habilidades, destrezas y actitudes propias de la actividad docente que posibiliten la adaptación, adopción o creación de nuevas tecnologías aplicables a la educación. - Posibilitar el desempeño profesional vinculado a la realidad educativa y a las políticas de población en el país. - Implementar al futuro profesional de la educación para realizar acciones de investigación educativa, tomando como punto de partida la problemática educativa local o regional. - Promover en los educandos su sentido crítico para comprender la realidad social a fin de participar, responsablemente, en el esfuerzo nacional para superar su problemática.
  • 9. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 9 c. Caracterización - Ofrece una preparación común, a todos los futuros profesionales de la educación, en aspectos filosóficos, científicos y técnico-educativos básicos de la profesión docente. - Enfatiza los fundamentos técnico-prácticos de las ciencias de la educación, tecnología e investigación educativa, así como la orientación del educando y las técnicas de trabajo social. - Se desarrolla a lo largo de los diez semestres académicos, con más énfasis en los semestres intermedios. - Sirve de sustento a la formación profesional especializada y a la práctica profesional. - Abarca el 25% del total de horas y el 25.5% del total de créditos que comprende el currículum. 2.2 Formación Profesional Especializada a. Descripción Está dirigida, fundamentalmente, a que el estudiante adquiera los conocimientos específicos y desarrolle las habilidades y destrezas requeridas para el ejercicio docente en un nivel del sistema educativo o áreas específicas del conocimiento. b. Objetivos - Brindar formación especializada en un nivel o área del conocimiento científico o tecnológico. - Desarrollar habilidades y actitudes favorables hacia la investigación permanente para incorporar nuevos conocimientos, a fin de enriquecer e innovar su área de acción educativa. - Desarrollar habilidades, destrezas y actitudes para el manejo eficiente de tecnología educativa especializada, coherente con la opción profesional del estudiante. c. Caracterización - Ofrece formación profesional especializada acorde con la necesidad de docentes de la zona o región en que se halle ubicado el Instituto Superior Pedagógico. - Se distribuye diagonal y secuencialmente a lo largo de nueve semestres académicos, poniendo mayor énfasis en los últimos semestres. - Comprende el 36% del total de horas y el 36% del total de créditos; destinados a la formación de docentes para los niveles educativos de educación inicial, primaria y secundaria. 2.3 Práctica Profesional a. Descripción Está dirigida a poner en juego los recursos teóricos y técnico-instrumentales, adquiridos por el futuro profesional de la educación, al colocarlo en contacto con el mundo del trabajo, así como afrontar y resolver situaciones reales para asimilar experiencias y desarrollar habilidades y destrezas profesio- nales. b. Objetivos - Ejercitar al futuro profesional en los roles que va a desempeñar como profesional de la educación. - Proporcionar oportunidades de desempeño en las funciones profesionales brindando variadas situaciones reales de aplicación. - Reforzar el desarrollo de habilidades, destrezas y actitudes para el trabajo educativo. c. Caracterización La práctica profesional se caracteriza por: - Ofrecer oportunidades para la aplicación de los aspectos teóricos y técnico-pedagógicos a situaciones concretas del trabajo docente, afianzando actitudes, destrezas y habilidades. - Profundizar el dominio de los roles que debe desempeñar el futuro profesional de la educación, de acuerdo a las funciones específicas en el perfil. - Asegura el desempeño adecuado del ejercicio docente. - Se desarrolla gradualmente a partir del quinto semestre académico, con gran énfasis en el último semestre.
  • 10. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 10 - Comprende el 13% del total de horas y el 13% del total de créditos de la estructura curricular. Distribución de las áreas y sub-áreas del trabajo CURRICULAR (Ver Anexo IV) 01. Cuadro Nº 26-1: Distribución de horas y créditos en áreas y sub-áreas de la estructura curricular básica. 02. Cuadro Nº 26-2: Plan de estudios del área I: Formación General. 03. Cuadro Nº 26-3: Plan de Estudios del área II: Formación Profesional Básica. 04. Cuadro Nº 26-4: Plan de estudios de la Especialidad de Educación Inicial. 05. Cuadro Nº 26-5: Plan de estudios de la especialidad de Educación Primaria. 06. Cuadro Nº 26-6: Plan de Estudios de la especialidad de Matemáticas, perteneciente al Nivel de Educación Secundaria. 07. Cuadro Nº 26-7: Plan de estudios de la especialidad de Biología y Química (Educación Secundaria). 08. Cuadro Nº 26-8: Plan de estudios de la especialidad de Física y Química (Educación Secundaria). 09. Cuadro Nº 26-9: Plan de estudios de la especialidad de Lengua y Literatura (Educación Secundaria). 10. Cuadro Nº26-10: Plan de Estudios de la especialidad de Historia y Geografía (Educación Secunda- ria). 11. Cuadro Nº26-11: Plan de Estudios de la especialidad de Educación Física (Educación Secundaria). 15.2. CONDICIONES DE SERVICIO. ESPECIFICANDO TANTO PARA EL SECTOR PÚBLICO COMO PARA EL PRIVADO En el capítulo IV de la Ley Magisterial, referido a los deberes y derechos del profesorado, señala que el profesor del Sector Público, de acuerdo con las normas respectivas tienen derecho a: a. Estabilidad en el servicio. b. Percibir una remuneración justa, acorde con su elevada misión, y su condición profesional, reajustable con el costo de vida. c. Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los planes de trabajo del Centro Educativo. d. Realizar sus funciones en forma creativa dentro del marco de la Organización Institucional. e. Recibir del estado apoyo permanente para su capacitación, perfeccionamiento y especialización profesional. f. Gozar de vacaciones. g. Ser informado periódicamente del estado de su evaluación permanente. h. Ascensos de acuerdo con el Escalafón. i. Licencias. j. Que se respeten los procedimientos legales y administrativos en la aplicación de sanciones. k. Gozar del 50% de descuentos en las tarifas de Servicios de Transportes del Estado y en los Espectáculos Culturales del mismo. l. Reconocimiento por parte del Estado, la Comunidad y los Padres de Familia de su méritos en la labor educativa. ll. Ser considerados en los Convenios de Intercambio Educativo. m. Reconocimiento de Oficio por el Estado o la Seguridad Social del Tiempo de Servicios para los goces y beneficios correspondientes, según su régimen legal. n. Reconocimientos para los mismos efectos del tiempo de servicios interrumpidos por motivos políticos o sindicales según el caso. ñ. Libre asociación y sindicalización. o. No ser discriminado por razón de sexo, raza, religión, opinión o idioma. p. Laborar en locales y condiciones de seguridad y salubridad. q. Seguridad social familiar.
  • 11. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 11 r. Ser sujeto de crédito preferencial con aval del Estado a través del Ministerio de Educación; y s. Los demás derechos pertinentes establecidos en las leyes laborales y en la Constitución Política del Perú. Los profesores de Centros y Programas de Gestión No Estatal gozan, de acuerdo con el régimen laboral de la actividad privada, de los derechos autos enumerados con excepción de lo señalado en los incisos h, i, n, y r. Por otro lado en su artículo 14º refiere que son deberes de los profesores, de acuerdo con las Normas correspondientes: a. Desempeñar su función educativa con dignidad y eficiencia; y con lealtad a la Constitución a las leyes y a los fines del Centro Educativo donde sirve. b. Orientar al educando con respeto de su libertad y cooperar con sus padres y la dirección del Centro Educativo y su formación integral. c. Respetar los valores éticos y sociales de la comunidad y participar en su desarrollo cultural, cívico y patriótico. d. Velar por el Mantenimiento adecuado del local, instalaciones y equipamiento de los Centros Educativos y promover su mejora; y e. Abstenerse de realizar en el Centro Educativo actividades que contravengan los fines y objetivos de la institución educativa. 15.2.1. Acceso a la Profesión En el Perú, tienen acceso a la profesión los egresados de Educación Secundaria, sea de la Modalidad de Menores o de la Modalidad de Adultos, así como los egresados de otras especialidades de Nivel Superior. Sin embargo tienen acceso al ejercicio de la docencia a. Los profesores que poseen Título Profesional Pedagógico. b. Los profesores que no poseen Título Profesional Pedagógico. Para el primer caso, el art. 134º de la Ley Magisterial dispone que el nombramiento de los docentes que ingresan a la Carrera Pública se efectuará en el Departamento de origen del profesor o en el ámbito donde haya cursado sus estudios. El profesor nombrado con Título Pedagógico ingresa al primer nivel de la Carrera Pública del Profesorado. Asimismo, para el segundo caso la ley señala que en los casos estrictamente necesarios por falta de profesores sin título pedagógico, se nombrará internamente a docentes sin título profesional en educación de acuerdo al orden de prioridad establecido en el Art. 66 de la Ley del Profesorado previa evaluación excluyente a cada grupo. La evaluación comprende los siguientes aspectos. a. Conocimiento del contenido curricular que tendrá a su cargo; y b. Aptitud para el desempeño del cargo. Los grupos de docentes sin Título Profesional en educación se agrupan según sus estudios como sigue: a. Con estudios pedagógicos concluidos. b. Con estudios pedagógicos no concluidos. c. Con estudios pedagógicos de Nivel Superior Educativo; y d. Con estudios completos de Educación Secundaria. El personal docente en servicio sin Título Profesional en Educación ingresa a la Carrera Pública de Profesorado al obtener su Título. 15.2.2. Estatuto Profesional. La Ley del Profesorado - Ley Nº 24029 - Norma el régimen del profesorado como carrera pública y como ejercicio particular, señalando para todos los casos disposiciones precisas sobre, la formación profesional; profesionalización perfeccionamiento y especialización; los Deberes y Derechos; Jornada
  • 12. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 12 Laboral; Sindicalización, Estímulos y sanciones, Carrera Pública del Profesorado; Ingreso, Reingreso, Evaluación y ascensos en la Carrera Pública, Remuneraciones, Reasignación, Régimen del profesorado particular, Situación laboral, etc. 15.2.3. Dedicación Dentro de la jornada laboral del profesorado del Estado en todos los niveles y modalidades, el dictado de clases tiene el límite máximo de veinticuatro (24) horas a la semana. Cuando exista disponibilidad de horas de clase puede extenderse provisionalmente el límite indicado, siendo remune- radas dichas horas proporcionalmente al íntegro de la remuneración que percibe el profesor por la Jornada Laboral Ordinaria. Los docentes del área de la administración de la educación cumplen la jornada laboral ordinaria establecida para los trabajadores de la administración pública. Así como los profesores que desempeñan funciones en los órganos de línea y en los órganos responsables de la formación, coordinación, asesoramiento, ejecución y evaluación de políticas, planes y Normas del Sistema de la Educación Nacional, correspondiente al Organismo Central del Ministerio de Educación, órganos de ejecución y Supervisiones de la Educación. El personal directivo de los Centros educativos distribuye su jornada laboral semanal de 40 horas cronológicas en los turnos de funcionamiento del centro educativo para ejecutar acciones de dirección, supervisión coordinación y gestión de los servicios que ofrece el Centro Educativo. El período Vocacional del profesorado conforme a las áreas magisteriales es el siguiente: a. Los profesores del Área de la docencia tienen derecho a 60 días anuales de vacaciones al término del año escolar. Los directores de los Centros y Programas educativos con sección a cargo, que cumplen funciones de director y de profesor de aula o asignatura, tienen derecho a 60 días de vacaciones; y b. Los profesores del área de la administración de la educación que desempeñan funciones de investigación, técnico-pedagógicas, o de administración vinculadas con la educación; así como los directores y sub-directores de los centros y programas educativos tienen derecho a 30 días anuales de vacaciones. 15.2.4. Carrera La Carrera Pública del profesorado es el proceso del ejercicio profesional en el Sector Público y en los Centros y programas educativos fiscalizados, desde el ingreso hasta el cese. Son objetivos de la carrera pública del profesorado: a. Garantizar el desplazamiento del profesorado por niveles en observancia de los requisitos establecidos. b. Promover el mejoramiento profesional, social y económico del Magisterio; y c. Incentivar la participación en los procesos de ascenso. La Carrera Pública del profesorado está estructurada por niveles y áreas magisteriales. Se registra en el Escalafón correspondiente y acceden a ella quienes tienen título profesional en educación. Los Niveles Magisteriales de la Carrera Pública del Profesorado de acuerdo al tiempo mínimo de permanencia en cada uno son: - En el nivel I: dos años - En el nivel II: dos años - En el nivel III: tres años - En el nivel IV: tres años. - En el nivel V: cuatro años. La Carrera Pública del profesorado se inicia en el primer nivel del área de la docencia y concluye en el quinto nivel magisterial. 15.2.5. Salarios En el inciso b. del art. 13 de la Ley Magisterial se señala que «el docente tiene derecho a recibir una remuneración justa ...», ello se corrobora en el art. 33 del Reglamento de dicha Ley agregando que
  • 13. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 13 los haberes del profesorado serán reajustados periódicamente de acuerdo con el alza del costo de vida y la situación fiscal; señalando además que, el profesorado tiene derecho a los aumentos generales y bonificaciones que otorga en Estado a los demás servidores públicos. Por otro lado, la remuneración personal y las remuneraciones complementarias y especiales del cargo, bonificación diferencial, la asignación por cumplir 25 o 30 años de servicios y los aguinaldos, se otorgan de oficio. La bonificación familiar se otorga a petición de parte y corresponde a la esposa si ambos cónyuges prestan servicio en el sector público. Asimismo, el subsidio por escolaridad se otorga a los profesores que tengan hijos cursando estudios de Educación Inicial, Primaria, Secundaria o Superior, este subsidio es determinado anualmen- te por Decreto Supremo. No obstante lo anotado en el primer párrafo de este punto, la remuneración de los docentes en el Perú ha alcanzado los niveles más bajos, agravándose ésta por el deterioro de la calidad de vida del maestro, quienes suelen verse obligados a buscar fuentes complementarias de trabajo, disminuyendo su rendimiento académico. El rango de haberes del docente va desde S/. 80.00 nuevos soles hasta S/. 152.00 nuevos soles equivalentes a US$ 68.00 y US$ 130.00 respectivamente frente al costo de la canasta mínima que bordea los $400 dólares USA. 15.2.6. Pensiones de Jubilación Las pensiones de cesantía y jubilación del profesorado al servicio del estado, no sometidos al Régimen de Seguridad Social del Perú, se nivelan automáticamente con las remuneraciones vigentes para el profesorado en servicio, con arreglo a Ley. Las pensiones de Cesantía se otorgan a los profesores al amparo del Decreto Ley Nº 20530 con base en el último sueldo percibido con todas las bonificaciones pensionables. El profesor cesante o jubilado tiene además los siguientes derechos: a. A la seguridad social de acuerdo con la Ley respectiva. b. A percibir gratificaciones por Navidad. Fiestas Patrias y las Compensaciones por Costo de Vida en montos iguales a los del servicio activo. c. A generar sucesión de pensión en caso de muerte. d. A participar en los programas de salud, vivienda, recreación y otros que promueve el estado a favor del profesorado en actividad. e. A que sus pensiones le sean pagadas en efectivo, en su domicilio, en caso de impedimento físico o sean mayores de setenta años. f. Gozar del 50% de descuento en las tarifas de Servicios de Transporte del Estado y en los Espectáculos Públicos Culturales del mismo. Los docentes que pertenecen al régimen de la Seguridad Social (D.L. 1999) tiene derecho a cese y pensión a partir de los 60 años de edad en caso de los varones y 55 años de edad para las mujeres. Actualmente, no existen pensionistas del Sector Público bajo este régimen, sólo en el Sector Privado, por cuanto todos los trabajadores que ingresaron al servicio hasta Diciembre de 1980 están dentro de la Ley Nº 20530. 15.2.7. Sindicatos y Organizaciones Gremiales y/o Profesionales El artículo 21º de la Ley Magisterial contempla el libre Derecho de Sindicalización y Asociación del docente, señalando que el Ministerio de Educación reconoce y garantiza el desarrollo de las funciones de quienes ejercen la representatividad sindical o asociativa en armonía con la ley específica de la materia. El maestro peruano se encuentra agrupado gremialmente en un sólo Sindicato de nivel Nacional; Sindicato Único de la Educación Peruana (SUTEP), cuyos representantes son los dirigentes Nacionales, Regionales y Locales (a nivel de USEs y Centros Educativos).
  • 14. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 14 15.3. FORMACIÓN EN CURSO DE SERVICIO La formación de los docentes en curso de servicio se imparte en el Perú a los docentes sin Título Pedagógico en ejercicio docente, por cuanto debido a las necesidades de Servicio se encuentran laborando en Centros y Programas educativos del país. 15.3.1. Objetivo - Formar integralmente a los docentes sin título pedagógico en el Conocimiento y la práctica de las Humanidades, el Arte, la Ciencia y la Técnica para optimizar su tarea educativa, y mejorar su status profesional, social y económico. 15.3.2. La Organización de la Formación El Ministerio de Educación, es la cabeza del Sistema encargado de establecer las normas para la formación de profesores en las diversas especialidades de acuerdo a las disposiciones previstas en la Ley General de Educación Nº 93384. Las instituciones Educativas que imparten la profesionalización docente, previo convenio estable- cido con el Ministerio de Educación, son las Universidades que tienen la especialidad de Educación y los Institutos Superiores Pedagógicos. Estas instituciones contribuyen con el Ministerio de Educación en la Calificación de Recursos Humanos que requiere el Sistema Educativo Nacional y proyectan la acción educativa hacia la Comunidad local, regional y nacional. Bases legales para la Profesionalización de Docentes en Servicio - Constitución Política del Estado. - Ley General de Educación Nº 23384 - D.L. Nº 135, Ley de Organización y Funciones del Sector Educación. - D.S. Nº 015-81-de Organización del Ministerio de Educación. Participantes de la Profesionalización Docentes sin Título Pedagógico que laboran en los distintos centros de Educación Inicial, Primaria y Secundaria del país. Duración La profesionalización tiene una duración de seis años de estudio o doce semestres académicos en los Institutos Superiores Pedagógicos, y de diez semestres académicos en las Universidades, en ambos casos se lleva a cabo mediante las modalidades en y a distancia. Acceso a la Profesionalización Tienen acceso los docentes que cumplan con los siguientes requisitos: a. Educación Secundaria completa. b. Docente en Servicio. c. Dos años de Servicios como mínimo. Además rinden una prueba de selección (admisión) que contiene dos aspectos: aptitud académica y conocimientos. Modalidades de Ejecución de la Profesionalización La profesionalización docente tanto en universidades como en Institutos Superiores Pedagógicos se desarrolla a través de dos modalidades de ejecución. La Escolarizada y a Distancia. a. La Modalidad Escolarizada comprende ciclos residenciales que se desarrollan durante nueve semanas en los meses de enero, febrero y marzo, en las sedes de las Universidades y los Institutos Superiores Pedagógicos. b. La Modalidad de Educación a Distancia, se desarrolla fundamentalmente por correspondencia y otros medios de comunicación durante los meses de abril a diciembre, es decir cuando el docente se encuentra laborando.
  • 15. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 15 15.3.3. La Oferta de la Formación Las Instituciones Educativas que ofertan la formación en Curso de Servicio, como ya se señaló anteriormente son las Facultades de Educación de las Universidades y los Institutos Superiores Pedagógicos que tienen Convenio establecido para este fin con el Ministerio de Educación. 15.3.4. Los Contenidos de la Formación La estructura Curricular se basa en el perfil profesional del docente, en sus roles como personal profesional de la educación y promotor de desarrollo de la comunidad. La Estructura Curricular comprende dos áreas: Formación General y Formación Profesional. Se rige por el Sistema de Créditos. El Currículum asegura una preparación científico-humanista y tecnológica, adecuándose para tal efecto los planes de estudios de los cursos regulares de formación profesional a las características propias de la profesionalización. La evaluación del rendimiento académico es integral, permanente, flexible y utiliza la escala vigesimal. La nota mínima aprobatoria para las asignaturas es once. 15.3.5. Planes de Estudios de la Profesionalización Docente. a. Área I: Formación General Asignaturas - Matemática I y II - Lenguaje I y II - Metodología de Estudios de la Educación Superior. - Psicología General. - Ciencias Naturales I. - Introducción a la Filosofía. - Introducción a las Ciencias Sociales. - Ciencias Naturales II - Geografía del Perú y del Mundo. - Ciencias Naturales III - Historia del Perú y del Mundo I y II - Educación Religiosa - Seminario de Formación Cívica. - Educación Física I - Expresión Artística I. b. Área II: Formación Profesional - Filosofía de la Educación - Psicología y Teoría del Aprendizaje - Tecnología Educativa I, II, III y IV. - Sociología de la Educación. - Estadística Aplicada a la Educación - Historia de la Educación. - Teoría de la Comunicación. - Investigación Educativa I y II - Orientación del Educando. - Promoción y Desarrollo de la Comunidad. - Seminario de la Realidad Socio-Económica Peruana. - Administración y Legislación de la Educación.
  • 16. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 16 Sub-Área B.1: Asignaturas - Teoría de la Educación - Desarrollo Humano I Sub-Área B.2: Formación Profesional Especializada Educación Inicial Asignaturas - Música I, II y III - Dramatización y Títeres. - Desarrollo Humano II (0 a 6 años) - Folklore. - Estimulación Temprana. - Educación Psicomotriz. - Taller de estrategias Programación y Evaluación. - Aprestamiento I y II - Desarrollo Socioemocional. - Desarrollo de la expresión creadora. - Taller de Desarrollo de Material Educativo. - Programas no Escolarizados. - Orientación de Padres. - Literatura Infantil. - Detección y Prevención de Problemas de Aprendizaje. - Educación Religiosa (Tecnología). - Técnicas de Comunicación Social. - Seminario Taller de Investigación I. - Educación Alimentaria y Nutricional. - Seminario de problemática y Corrientes Pedagógicas de E.L. - Práctica Profesional. - Educación Primaria. Asignaturas - Educación Musical y Práctica Instrumental I y II. - Taller de Expresión Artística: Dramatización, Títeres y Folklore. - Desarrollo Humano II (del niño de Educación Primaria). - Aprestamiento Integral. - Taller de Programación y Evaluación Curricular en Educación Primaria. - Lenguaje I y II aplicada a la Educación Primaria. - Taller de Desarrollo de Técnicas Laborales. - Taller de Estrategias de Aprendizaje. - Matemática I y II aplicada a la Educación Primaria. - Ciencias Sociales I y II aplicada a la Educación Primaria. - Ciencias Naturales I y II aplicada a la Educación Primaria. - Educación Física Infantil. - Educación Religiosa. - Seminario sobre Orientación de Padres de Familia. - Taller de Desarrollo de Material Educativo. - Seminario sobre Problemas de Aprendizaje del Niño. - Escuelas Unitarias.
  • 17. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 17 - Seminario Taller de Investigación. - Práctica Profesional. Educación Secundaria Especialidad Matemática. - Álgebra Lineal. - Análisis I, II, III - Álgebra I, II, III - Desarrollo Humano II (adolescencia). - Taller de Programación y Evaluación. - Geometría Descriptiva. - Taller de Estrategias de aprendizaje. - Historia de las Matemáticas. - Aplicaciones Matemáticas I, II, III - Didáctica de Matemáticas I, II - Álgebra Booleana. - Taller de Desarrollo de Master. Educativo. - Probabilidad: Estadística. - Programa Lineal. - Seminario Taller de Investigación. I, II - Comp. e Informática. - Geometría Moderna - Topología. Práctica Profesional Especialidad: Ciencias Naturales, Biología y Química. Asignaturas - Álgebra Lineal - Análisis Matemático I, II - Física General - Desarrollo Humano II - Química General - Técnicas de Laboratorio - Biología General. - Química Inorgánica. - Taller de Programación y evaluación. - Química Analítica. - Física Química. - Química Orgánica. - Taller de Estrategias. - Didáctica de la Biología y Química. - Botánica I y II - Zoología I y II - Taller de Materiales - Bioquímica. - Seminario de Investigación I y II. - Anatomía y Fisiología Humana. - Ecología.
  • 18. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 18 - Evolución y Genética. - Organización y Administración de Laboratorios. Práctica Profesional Especialidad Ciencias Naturales: Física y Química Asignaturas - Álgebra Lineal - Análisis Matemático I, II y III - Desarrollo Humano - Química General - Técnicas de Laboratorio. - Química Inorgánica - Química Orgánica. - Química Analítica I y II. - Física I, II, III y IV. - Taller de Programación y Evaluación. - Taller de Estrategias - Didáctica de las Ciencias Naturales - Biología General. - Fisicoquímica. - Taller de Desarrollo de Materiales. Educativos. - Bioquímica. - Seminario de Investigación I y II - Ecología. - Introducción a la Física Moderna. Práctica Profesional Especialidad: Lengua y Literatura. - Teoría Literaria. - Fonética y Fonología I y II. - Latín I y II. - Desarrollo Humano II - Taller de Programación y Evaluación. - Introducción a la Interpretación de Textos Literarios. - Literatura Universal Antigua. - Taller de Estrategias de aprendizaje. - Morfosintaxis I y II - Literatura Universal Medieval. - Didáctica Especial. - Taller de Desarrollo de master, educativos. - Literatura Universal Moderna. - El Español en el Perú. - Taller de Investigación I y II. - Literatura Universal Contemporánea. - Literatura Peruana I y II - Literatura Americana Contemporánea. - Seminario - Taller de Literatura para Adolescentes. - Seminario Taller sobre problemas de Ortografía.
  • 19. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 19 - Electivo I. - Electivo II. Práctica Profesional Especialidad: Historia y Geografía. Asignaturas - Taller de Programación y Evaluación - Taller de Estrategias de aprendizaje. - Taller de Desarrollo de material educativo. - Seminario Taller de Investigación I y II - Desarrollo Humano II (adolescencia) - Métodos y Técnicas de Investigación Social. - Sociología. - Geografía Física General. - Economía. - Geografía Física del Perú. - Historia Universal Antigua y Media - Geografía Humana del Perú y del Mundo. - Historia del Perú Pre-Hispánico. - Historia Universal Edad Moderna. - Geografía Económica. - Didáctica de la Geografía. - Historia del Perú - Época de Dominación Española. - Historia Universal - Siglo XIX y XX. - Historia del Perú - Siglo XIX. - Historia del Perú - Siglo XX. - Historia de América. - Geopolítica. - Didáctica de la Historia. - Filosofía de la Historia. - Seminario sobre Problemática Peruana Contemporánea. Práctica Profesional Educación Secundaria Diversificada Especialidad: Agropecuaria - Topografía I y II - Agrotecnia - Desarrollo Humano II - Suelos y Abonos - Riesgos y Drenajes - Sanidad Vegetal. - Zootecnia. - Sanidad Animal. - Maquinaria Agrícola. - Taller de Programación y Evaluación. - Contabilidad Agrícola - Programación y Mejoramiento de Plantas. - Taller de Estrategias y Aprendizaje.
  • 20. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 20 - Avicultura - Fruticultura - Animales Menores - Animales Mayores - Taller de Materiales - Seminario de Investigación I y II - Cultivos Alimenticios. - Cultivos Industriales. - Legislación rural. - Horticultura. Práctica Profesional. Especialidad: Electricidad - Dibujo Técnico. - Tecnología de los Materiales. - Electricidad I II - Desarrollo Humano II - Taller de Programación y Evaluación. - Mecánica de Banco I. - Taller de Estrategias de aprendizaje. - Instalaciones Eléctricas. I y II - Taller de Desarrollo Materiales. Educativos. - Máquinas Eléctricas I y II - Dispositivos de Mando y Control. - Taller de Investigación I y II - Bobinados I, II, III - Subestaciones y Redes. - Generación de Energía Eléctrica I, II - Electrónica Industrial. I, II - Adecuación de Proyectos. Tecnológicos. Práctica Profesional Especialidad: Electrónica - Dibujo Técnico - Tecnología de los Materiales - Electricidad I, II, III - Desarrollo Humano. - Taller de Programación y Evaluación. - Circuitos Electrónicos I, II, III - Taller de Estrategias de aprendizaje. - Mecánica de Banco. - Proceso de Diseño Tecnológico. - Circuitos Lógicos. - Telecomunicaciones I, II - Circuito Digitable I, II - Electrónica Industrial I, II - Televisión I, II - Adecuación de Proyecto Tecnológico.
  • 21. OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Perú 21 Práctica Profesional. Especialidad: Mecánica de Producción - Dibujo Técnico I, II - Mecánica de Ajuste, I, II - Desarrollo Humano II (adolescente) - Taller de Programación y Evaluación. - Soldadura. - Resistencia de Materiales. - Taller de Estrategias de aprendizaje. 15.3.6. Posibilidad de Obtener Certificados o Diplomas de Participación en los Cursos o en las Actividades de Formación Los Institutos Superiores Tecnológicos, expiden el Título Profesional luego de la culminación satisfactoria de doce semestres académicos y previa sustentación de un trabajo de investigación o tesis. Los ISTs no otorgan grado de Bachiller, para obtener dicho grado se debe estudiar 2 ciclos académicos complementarios en una Universidad. El título profesional no tiene carácter universitario. Las universidades, al cabo de 10 semestres académicos concluidos satisfactoriamente, de conformidad con la Ley Universitaria, otorga el Grado de Bachiller, asimismo para la obtención del Título de Licenciado en Educación el egresado debe sustentar públicamente un Trabajo de Investigación o tesis o rendir un examen profesional. Por otro lado, los docentes que asisten a cursos de actualización y/o perfeccionamiento, autorizados por el Ministerio de Educación reciben de las Instituciones organizadoras (de los cursos) un certificado o diploma válido para el escalafón profesional.
  • 22. Regresar a Índice del País Regresar a Página Principal de la Red Quipu Email: quipu@oei.es