Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Multas ambientales
1. MULTAS AMBIENTALES
Artículo 136" de la Ley No 28611 - Ley General del Ambiente
Artículo136.- De lassancionesymedidascorrectivas136.1 Las personasnaturalesojurídicas
que infrinjanlasdisposicionescontenidasenlapresente Leyyenlas disposiciones
complementariasyreglamentariassobre lamateria,se haránacreedoras,segúnlagravedad
de la infracción,asancionesomedidascorrectivas.
Para establecerlaescalade sancionesse tendránencuentaprincipalmente Los
siguientesfactores:
a) El riesgoambiental de los parámetros involucrados.
b) El daño real a la vidao saludhumana.
c) El dañoreal a la florao fauna.
d) El porcentaje de superación de 10s Limites MáximosPermisibles.
e) El desarrollode actividadesen áreasozonasprohibidasdeclaradascomotales
por la autoridadcompetente.
f) El no contar con los títuloshabilitantesparael aprovechamientode recursos
naturales.
g) Otros criterios que apruebe el Consejo Directivo del OEFA.
El monto de las multas. -
Las conductas anticompetitivasseránsancionadasporlaComisión,sobre labase de Unidades
ImpositivasTributarias(UIT),conlassiguientesmultas:
a) Si la infracciónfueracalificadacomoleve,unamultade hastaquinientas(500) UIT, siempre
que dichamultano supere el ochopor ciento(8%) de lasventaso ingresosbrutospercibidos
por el infractor,o sugrupo económico,relativosatodassusactividadeseconómico
b) Si la infracciónfueracalificadacomograve,unamultade hasta mil (1 000) UIT, siempre que
dichamultano supere el diezporciento(10%) de las ventasoingresosbrutospercibidosporel
infractor,o sugrupo económico,relativosatodassusactividadeseconómicas,
correspondientesal ejercicioinmediatoanterioral de laresoluciónde laComisión
c) Si lainfracciónfueracalificadacomomuygrave,una multasuperioramil (1 000) UIT,
siempre que dichamultanosupere el doce porciento(12%) de lasventaso ingresosbrutos
percibidosporel infractor,osu grupoeconómico,relativosatodassus actividades
económicas,correspondientesal ejercicioinmediatoanterioral de laresoluciónde la
Comisión.
se establece lasanciónque corresponderáimponerenel casoconcreto,teniendoencuentala
gravedadde la conductainfractora.