1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
“RAFAEL MARÍA BARALT”
VICERRECTORADO ACADÉMICO
PROGRAMA POSGRADO
MAESTRÍA: GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS
Ley orgánica de
alimentación para los
trabajadores y su
reglamento
Integrantes:
Stephani Fermín
Johana Rodríguez
Yrelith Prieto
Hisbely Fontalvo
Ubaldo Bermúdez
Carilis Butrón
2. La OMS
la alimentación debe
ser suficiente, variada,
completa, equilibrada,
adecuada e inocua.
• cantidades que
garanticen las
necesidades de
energía y de
nutrientes.
Suficiente
• diferentes alimentos
en cada comida,
utilizar distintas
técnicas culinarias,
cuando se trate del
mismo alimento.
Variada
Alimentación para
trabajadores
Stephani Fermín
3. Beneficio
El bien que se hace
o se recibe
Aquel derecho que
le compete a
cualquier sujeto
Beneficio
alimenticio
Son aquellos que
serán recibidos por
determinación de
la ley
Es el otorgamiento
al trabajador a una
comida
Ley de Alimentación para trabajadores
Stephani Fermín
4. Tiene por objeto regular el
beneficio de alimentación
para proteger y mejorar el
estado nutricional de
los trabajadores, a fin de
fortalecer su salud, prevenir las
enfermedades ocupacionales y
propender a una mayor
productividad laboral.
Ley de
Alimentación
para
trabajadores
Stephani Fermín
5. Ley de Alimentación para losTrabajadores y las
Trabajadoras G.O. N° 39.666 del 04-May-2011
Artículo 1.-Esta Ley tiene por objeto regular el beneficio de alimentación para proteger y
mejorar el estado nutricional de los trabajadores y las trabajadoras, a fin de fortalecer su salud,
prevenir las enfermedades ocupacionales y propender a una mayor productividad laboral.
6. Parágrafo Segundo:
Los trabajadores y las
trabajadoras contemplados en
el ámbito de aplicación de esta
Ley serán excluidos del
beneficio cuando lleguen a
devengar un salario normal que
exceda de tres (3) salarios
mínimos decretados por el
Ejecutivo Nacional.
ParágrafoTercero:
El beneficio previsto en esta
Ley podrá ser concedido,
concertada o
voluntariamente, por los
empleadores y las
empleadoras a los
trabajadores y las
trabajadoras que devenguen
una remuneración superior al
límite estipulado.
Art. 2 A los efectos del cumplimiento de esta Ley, los empleadores y las
empleadoras del sector público y del sector privado, otorgarán a los
trabajadores y las trabajadoras el beneficio de una comida balanceada
durante la jornada de trabajo.
8. Formas de implementar el beneficio
DINERO EN EFECTIVOO SU
EQUIVALENTE
el mismo debe producirse
dentro de los 5 días siguientes
al vencimiento del mes
respectivo.
se debe entregar
mensualmente un recibo al
trabajador en el que se deje
constancia del cumplimiento
del beneficio
a objeto de distinguirlo del
pago por concepto de salario
9. Formas de implementar el beneficio
instalación de
comedores o
contratación de servicio
de comida elaborada.
cupones, tickets o
tarjetas electrónicas de
alimentación.
10. Registro de comedores, operadores de comedores y
empresas especializadas en la administración y gestión de
beneficios sociales que presten el servicio de comidas
elaboradas .
Artículo 32. Los comedores a
que se refieren los numerales 1
y 5 del artículo 40 de la Ley de
Alimentación para los
Trabajadores y las
Trabajadoras, así como los
operadores de comedores
previstos en el artículo 8°
Artículo 33. Las empresas de servicio especializadas en la
administración y gestión de beneficios sociales que emitan y
administren cupones, tickets o tarjetas electrónicas de
alimentación.
DE LOS REGISTROS DE LAS EMPRESAS ESPECIALIZADAS
11. Cumplimiento retroactivo
Artículo 34. Si durante la relación de trabajo el empleador o empleadora no hubiere cumplido con el beneficio de
alimentación, estará obligado a otorgarlo retroactivamente at trabajador o trabajadora desde el momento en que haya
nacido la obligación a través de la entrega de cupones, tickets tarjetas electrónicas de alimentación, dinero en efectivo o
su equivalente, independientemente de la modalidad elegida.
En caso de terminación de la relación de trabajo
por cualquier causa, sin que el empleador o
empleadora haya cumplido con el beneficio de
alimentación, deberá pagarle al trabajador o
trabajadora, a título indemnizatorio lo que le
adeude par este concepto en dinero efectivo.
Abog. Ubaldo Bermúdez
Artículo 35. El empleador a
empleadora, suministrara a cada una
un ejemplar del texto de la Ley de
Alimentación para los Trabajadores y
las Trabajadoras del presente
Reglamento y un texto que describe
las obligaciones derivadas de la
modalidad adoptada pare cumplir
este beneficio.
DE LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR O EMPLEADORA
12. Según Guillermo Cabanellas de
Torres, Define Sanción al
castigo que una autoridad
impone a una persona por haber
cometido una falta o no haber
cumplido la ley.
Ley de
Alimentación para
trabajadores
Dicta sanciones en los Art. 8,9 y 10
G.O. N° 39.666 del 04-May-2011
Decreto Nº 8.189 - 03 de mayo de 2011
Carilis Butron
Sanciones
13. Sanciones
Los cupones, tickets y tarjetas
electrónicas previstos en esta
Ley, serán instrumentos de único
propósito que se destinarán
exclusivamente a la compra de
comidas o alimentos
ARTICULO 1 ARTICULO 2
ARTICULO 8
14. Articulo 8
• 1. El canje del cupón o ticket por dinero, financiamiento o crédito con la tarjeta
electrónica de alimentación. .
Articulo 9
• 2. El canje, pago o compra de cualquier bien o servicio que no se destine a la alimentación del
trabajador o trabajadora.
• 3. El canje o compra de bebidas alcohólicas o cigarrillos.
Articulo
10
• 4. El cobro al trabajador beneficiario, por parte del establecimiento habilitado de cualquier
descuento sobre el valor real del cupón o ticket o pagado con la tarjeta electrónica de alimentación.
CONSTITUYENDO EN INFRACCIÓN
Sanciones
15. Aquellos
establecimientos que
incurran en las
infracciones
señaladas , serán
sancionados con
multa que oscilará
entre veinticinco
unidades tributarias
(25 U.T.) y cincuenta
unidades tributarias
(50 U.T.).
En caso de reincidencia, se
procederá al cierre temporal del
establecimiento infractor .
Nota de interés: Quedan a salvo las
situaciones especiales que puedan
preverse en las convenciones colectivas
de trabajo o acuerdos colectivos.
Sanciones
16. Artículo 9
Las empresas de servicio especializadas
en la gestión de este beneficios social, no
podrán conceder crédito o
financiamiento a los empleadores y las
empleadoras para el pago de dichos
cupones, tickets o tarjetas electrónicas
de alimentación
Sobre estas
irregularidades se
podrán aplicar las
siguientes
sanciones
1 . Advertencia.
2. Suspensión
temporal de la
habilitación, en los
términos que
disponga el
Reglamento de esta
Ley.
3. Las sanciones
indicadas en el
artículo anterior.
Sanciones
17. Artículo 10
“GERENTE QUE ESTAMOS LLAMADO A SER Y QUE
NECESITAMOS”…
Ley de Alimentación para losTrabajadores y las
Trabajadoras
El empleador o empleadora que incumpla con el
otorgamiento del beneficio previsto en esta Ley será
sancionado con multas que oscilarán entre diez unidades
tributarias (10 U.T.) y cincuenta unidades tributarias (50 U.T.)
por cada trabajador afectado o trabajadora afectada,
correspondiéndole a la Inspectoría del Trabajo de la localidad
imponer la sanción prevista en la Ley Orgánica delTrabajo