16. ADMINISTRACION FONDO ESPECIAL DEL TABACO AGENTE DE RETENCION IMPUESTO DE COOPERADORAS ASISTENCIALES Resolución General N° 44/1991 Pago Definitivo Carácter de la Retención Momento del pago Oportunidad 3 %o Alícuota La que surja conforme a los incisos a), b) y c) del art. 12° de la Ley N° 19.800/72 y sobre todo pago que realice el agente de retención a los productores de tabaco Base Imponible Por los pagos que dicho ente realice a los productores de tabaco Operaciones Comprendidos Productores de Tabaco (Inscriptos o No Inscriptos) La DGR inscribirá de oficio a los productores NI Sujetos Pasibles de Retención Administración del Fondo Especial del Tabaco Sujetos Comprendidos