3. REPASO CLASE ANTERIOR (Del 21 de mayo)
LA RESPUESTA EDUCATIVA:
La escuela es la primera instancia formal donde niños y niñas
manifiestan sus potencialidades y también sus dificultades.
El desarrollo de estas potencialidades y la forma de evolución de
las dificultades, dependerá en gran medida , de lo que la escuela en
su conjunto sea capaz de ofrecer.
El impacto que tenga la RESPUESTA EDUCATIVA, en el
desarrollo e historia escolar futura de los niños y con NEE, es muy
alto.
4. Dentro de las NEE transitorias, analizamos a modo de
ejemplo el TDA/H.
El primer paso: Es Identificar con precisión las
dificultades que presenta el alumno.
El segundo paso: Elaborar los apoyos pedagógicos
necesarios, en función de esas necesidades identificadas.
5. 1°Memoria de trabajo.
2° Capacidad Inhibitoria
3°Autoregulación Emocional
4°Regulación Interna del Tiempo
5°Concentración
6°Perseverancia o voluntad.
EN EL CASO DEL TDA/H, ESTÁN AFECTADAS EL DESARROLLO DE LAS
FUNCIONES EJECUTIVAS.
6. Sintomatología Nuclear del trastorno
1° Déficit de atención
2°Impulsividad
3°Hiperactividad (o Inquietud Motora)
Dependiendo de qué funciones estén afectadas en mayor o
menor medida podemos encontrar diferentes sub tipos o
presentaciones:
• El predominio inatento
• El predominio impulsivo
• El predominio combinado
7. Pautas básicas y de fácil aplicación, que podemos
incorporar en la Respuesta Educativa.
1° Ofrecerles la información novedosa en soportes audiovisuales de
tiempos cortos (2-5 minutos).
2°Es recomendable reducir la carga de tareas mecánicas y de
repetición tales como copiar enunciados, deberes etc.
3°La mejor metodología que podemos emplear con nuestros
estudiantes es aquella que se base en el aprender haciendo.
4°Realizar adaptaciones en las formas de evaluar.
5° Disminuir los elementos distractores del entorno.
6° Evitar tiempos muertos.
7° Utilizar estrategias como (La Extinción, Los gestos, establecimiento
de límites.
8° Uso del Refuerzo positivo.
8. Foro de hoy Domingo 21 de Mayo.
Lea y analice la Entrevista con la Neuróloga Infantil Amanda
Céspedes. ´´Ritalín en la sala de clases’’, en :
http://www.educarchile.cl/ech/pro/app/detalle?ID=106430
En base a la lectura: Argumente en favor o en contra, tres ideas
que plantea la Dra. Amanda Céspedes. En un mínimo de media
plana y un máximo de una plana en formato word.
10. El Ministerio de Educación, a través de la modalidad de
Educación Especial, establece que los estudiantes que presentan
NEE, para ingresar a un PIE o a una Escuela Especial, deben contar
con:
Una evaluación diagnóstica : Individual, integral e
interdisciplinaria.
Que cumpla con los requisitos establecidos en el Decreto Nº
170/09.
Y que identifique en esta evaluación la presencia de
discapacidad o de un trastorno o déficit asociados a NEE.
11. FOCO PRINCIPAL DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA
INDIVIDUAL DE NEE.
Los profesionales que realizan
estos procesos, deben tener presente
en todo momento, que el foco
principal de la evaluación
diagnóstica individual de NEE
Es determinar la respuesta
educativa y los apoyos
especializados que se deben
proporcionar en el contexto escolar a
ese estudiante en particular, para que
pueda participar y progresar en los
aprendizajes del currículum.
12. El Determinar los apoyos especializados que se deben proporcionar
al estudiante que presenta NEE, permite:
Que los estudiantes con NEE puedan participar y progresar en el
currículo junto a sus compañeros;
Desarrollar las condiciones en el establecimiento educacional para
su aprendizaje y el de todos los alumnos.
Permite que estos apoyos se vayan incorporando como prácticas
habituales en la escuela o liceo (por ejemplo, uso de estrategias
diversificadas y trabajo colaborativo entre profesores especialistas,
profesores generales, y otros), van mejorando los aprendizajes y la
participación de todos los estudiantes.
13. DECRETO Nº170/09.
(Fija las normas para determinar los alumnos
con NEE que serán beneficiarios de la
subvención Especial)
14. El Decreto Supremo N° 170/09, con el propósito de asegurar el
desarrollo de prácticas de evaluación más rigurosas y de calidad,
vinculadas al aprendizaje de todos los estudiantes y asegurar el
proceso de inclusión educativa:
Señala criterios que orientan estos procesos de valoración que se
desarrollan en los establecimientos educacionales.
Regula los requisitos, procedimientos, y pruebas diagnósticas.
Así como los profesionales competentes, para evaluar a estudiantes
que presentan NEE de carácter permanente o NEE de carácter
transitorias.
15. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACIÓN DE NEE EN
EL MARCO DEL DECRETO Nº170/09.
INTEGRAL.
INTERDISCIPLINARIA .
CONFIDENCIAL .
AUTORIZADA
16. 1.- La evaluación de carácter integral:
Considera información y antecedentes referidos no sólo a las
características y condiciones individuales del alumno, sino a las de su
contexto (educativo, familiar y comunitario), que influyen en su
aprendizaje.
2.- La evaluación Interdisciplinaria
Es aquella indagación acerca de la existencia de NEE en un determinado
estudiante, realizada con la concurrencia de profesionales del ámbito de
la salud y la educación, y por tanto, construida con información obtenida
desde distintos niveles y perspectivas disciplinarias, con el propósito de
determinar los apoyos especializados, de diverso tipo, que él o la
estudiante requiere para participar y progresar en su desarrollo y
aprendizaje.
17. La evaluación integral e interdisciplinaria del
estudiante:
Es realizada por distintos profesionales de la educación y de la salud,
dependiendo de cuáles sean las dificultades y NEE que éste presente.
Incluye siempre los siguientes tipos de evaluación:
a) Evaluación psicoeducativa;
b) Evaluación especializada de la NEE;
c) Evaluación de salud.
A través de estos 3 tipos de evaluaciones, se podrán definir: las NEE
que presenta el estudiante, la existencia de un déficit o discapacidad
asociado a dichas NEE, y los apoyos que requiere en el contexto escolar
y familiar, para progresar en sus aprendizajes.
18. 1.- La Evaluación en el ámbito Educativo o Evaluación
Psicoeducativa:
Es un proceso que recoge y analiza información relevante del
estudiante y de su contexto escolar, social, familiar y comunitario.
Recoge antecedentes escolares y pedagógicos, sus fortalezas y
dificultades en el aprendizaje para identificar sus necesidades
educativas.
Considera la situación del estudiante; En relación a los
aprendizajes logrados, estilos de aprendizaje y motivación,
aspectos del desarrollo emocional y social, Capacidades fortalezas
y dificultades.
Esta evaluación es relevante en la identificación de las NEE y de los
apoyos que requiere recibir el alumno(a) para progresar en sus
aprendizajes.
19. 2.- La Evaluación especializada no médica de NEE:
Debe ser realizada por Profesionales Asistentes de la Educación.
Especialista en la identificación del déficit asociado a las NEE que
presentan los estudiantes y de los apoyos que deben recibir para
minimizar éste y avanzar en sus aprendizajes, de acuerdo a la
normativa vigente. Por ejemplo, el Fonoaudiólogo en el caso del
Diagnóstico del Trastorno Específico del Lenguaje.
20. 3.- La Evaluación de Salud:
Esta puede tener distintas características, dependiendo si las NEE del
estudiante se asocian a un trastorno o discapacidad:
a) Examen Médico General de Salud: Este tipo de examen, valora la
condición general de salud del estudiante para descartar la
presencia de dificultades de salud que puedan estar generando la
NEE, o para establecer si tiene necesidad de tratamientos
médicos complementarios. Por Ejemplo: En el Trastorno
Específico del Lenguaje (TEL)(Certificado Médico que acredite que
el estudiante no tiene problemas ni visuales, ni auditivos , ni
motores.
b) Examen Médico Especializado de Salud. El examen especializado,
debe realizarse siempre para el diagnóstico de la discapacidad o
Trastorno.
21. Del Profesional Competente:
Se entenderá por profesional competente, aquél idóneo que
se encuentre inscrito en el Registro Nacional de Profesionales
de la Educación Especial para la Evaluación y Diagnóstico.
22. LOS PROFESIONALES EVALUADORES DEBEN CUMPLIR CON LOS
SIGUIENTES REQUISITOS:
a) Ser competente: Se entiende por profesional competente, aquel
idóneo que se encuentra inscrito en el Registro Nacional de
Profesionales de la Educación para la evaluación y diagnóstico.
Ser idóneos: Es decir, aquel que está en posesión del respectivo título
profesional.
Este registro es administrado por el Ministerio de Educación y consiste
en la validación de la documentación de los profesionales (Título,
número de semestres cursados, etc.) a fin de otorgar un certificado que
habilita a los profesionales a realizar la evaluación diagnóstica de
ingreso, progreso y egreso de los estudiantes del PIE. Certificado
entregado por las Secretarías Ministeriales de Educación del país.
23. b) Poseer la especialidad o título relacionado con el diagnóstico que
está formulando. Al respecto se presenta el siguiente cuadro en el que se especifican
los distintos diagnósticos y cuáles son los profesionales apropiados para realizar la
evaluación en cada caso
Diagnóstico Profesional que emite el diagnóstico de la
discapacidad o trastorno
Profesional que indagan sobre la salud
general y/o el tipo de requerimientos
educativos que presenta el estudiante
Discapacidad Auditiva Medico Otorrinolaringólogo o Medico
Neurólogo
Profesor de Educación Diferencial
Discapacidad Visual Medico Oftalmólogo o Medico Neurólogo Profesor de Educación Diferencial
Discapacidad Intelectual Psicólogo Médico Pediatra o Neurólogo o Psiquiatra o
Medico Familiar
Profesor de Educación Diferencial
Autismo Médico Psiquiatra o Neurólogo Psicólogo,
Fonoaudiólogo,
Profesor de Educación Diferencial
Disfasia Médico Psiquiatra o Neurólogo Psicólogo,
Fonoaudiólogo,
Profesor de Educación Diferencial
Discapacidad múltiple y sordo ceguera Médico Neurólogo u oftalmólogo u Otorrino o
Fisiatra
Psicólogo,
Profesor de Educación Diferencial
24. Trastorno de déficit atencional Médico Pediatra o Neurólogo o
Psiquiatra o Medico Familiar
Psicólogo o Profesor de
Educación Diferencial o
Psicopedagogo
Trastorno específico del lenguaje Fonoaudiólogo Médico Pediatra o Neurólogo
o Psiquiatra o Medico
Familiar
Profesor de Educación
Diferencial
Trastorno específico del Aprendizaje Profesor de Educación Diferencial o
Psicopedagogo
Médico Pediatra o Neurólogo
o Psiquiatra o Medico
Familiar
Coeficiente Intelectual en el rango
límite
Psicólogo Médico Pediatra o Neurólogo
o Psiquiatra o Medico
Familiar
Profesor de Educación
Diferencial
Fuente: Basado en el DS N° 170/09
En el cuadro se comprende por qué el diagnóstico es de tipo interdisciplinario ya que
participan, para un mismo diagnóstico, profesionales tanto del ámbito de la salud como
de la educación. Por ejemplo, en el caso del diagnóstico de la Discapacidad Intelectual
deben participar: un Psicólogo, más un médico Pediatra o Neurólogo o Psiquiatra o
Médico familiar (al menos uno de estos médicos) más un Profesor de Educación
Diferencial.
25. CARATERISTICAS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA:
AUTORIZADA
Para proceder a la evaluación diagnóstica, se deberá contar
con el certificado de nacimiento del o la estudiante.
La autorización escrita del padre, madre y/o apoderado
cuando corresponda o del estudiante adulto según
corresponda.
Y los antecedentes escolares cuando estos existan.
26. EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA CONFIDENCIAL.
Los diagnósticos y expedientes de evaluación serán
confidenciales.
Debiendo los profesionales que efectúen la evaluación y el
sostenedor del establecimiento educacional tomar las medidas
necesarias para resguardar este derecho, sin perjuicio de las
facultades fiscalizadoras que la ley confiere al Ministerio de
Educación.
27. La evaluación diagnóstica se registrará:
En un formulario único proporcionado por el Ministerio
de Educación a los profesionales competentes que realicen esta
actividad.
Este formulario contendrá:
El diagnóstico y la síntesis de la información recopilada en el
proceso de evaluación diagnóstica.
Y deberá dar cuenta de los antecedentes relevantes del o la
estudiante, de su familia y entorno y de las necesidades de
apoyos específicos que éstos necesitan en el contexto educativo y
familiar.
28. Debe especificar los procedimientos y pruebas empleadas en el
proceso de evaluación.
Y consignar la fecha en que corresponde llevar a cabo la
reevaluación.
Dicho formulario deberá contener la firma de los o las
profesionales responsables en los diferentes ámbitos de la
evaluación realizada.
29. DE LOS RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN:
Los resultados de la evaluación del o la estudiante deberán ser
informados por escrito.
A través de una entrevista a la familia u otra persona responsable
del estudiante o al estudiante adulto.
Dicho informe deberá describir de manera comprensible el
diagnóstico y las necesidades educativas especiales que se derivan
del mismo.
30. La evaluación de los y las estudiantes que presentan
necesidades educativas especiales, debe considerar a lo
menos:
Una evaluación diagnóstica de ingreso.
Una evaluación diagnóstica de egreso.
Evaluaciones periódicas de acuerdo a las pautas técnicas que se
fijen en el presente decreto para cada déficit o discapacidad.
Los alumnos con NEE Transitorias deberán ser reevaluados
anualmente. La reevaluación constituye un nuevo proceso de
evaluación que será de carácter integral.
Los alumnos con NEE Permanentes deberán ser reevaluados cada
dos años.
31. Anualmente, el establecimiento educacional
deberá elaborar un informe que dé cuenta de:
Los avances obtenidos.
Determine la continuidad y el tipo de apoyos requeridos.
Este informe deberá ser elaborado de acuerdo a las instrucciones
que establezca el Ministerio de Educación y estar documentado
con evidencias del trabajo realizado durante el año escolar.
Toda la documentación que se reúna en el proceso de evaluación
es de propiedad de la familia del o la estudiante o del estudiante
adulto. Sin embargo, ésta deberá estar disponible para efectos del
control y fiscalización del Ministerio de Educación.
32. El egreso deberá ser documentado con un informe
psicopedagógico que dé cuenta:
Del trabajo realizado con el o la estudiante y las orientaciones
pertinentes.
La familia o los apoderados o el estudiante adulto, deberán recibir un
informe con la síntesis de los aspectos más importantes del trabajo
realizado y con recomendaciones que orienten los apoyos que deben
continuar dándole al estudiante.
Los antecedentes del estudiante deben ser devueltos a la familia
debiendo la escuela dejar una copia del informe que contiene la
síntesis diagnóstica y de las intervenciones realizadas durante el
período en que éste o ésta fue beneficiaria de la subvención de
necesidades educativas.
33. EN BASE A LA CLASE DE HOY:
Establezca y explique 4 beneficios, que usted
considera importantes, que el Decreto 170,
proporciona para la atención de los alumnos con
Necesidades Educativas especiales (NEE).
Fuente:https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=10
12570