SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 18
DECRETO 170
NOMBRE : MARITZA VALDERRAMA GONZALEZ
ASIGNATURA : INTEGRACIÓN
DOCENTE :
CARRERA : EDUCADOR ASISTENTE EN EDUCACIÓN DE PARVULOS
Punta Arenas, de Abril del 2013
CHILE
Contenido
INTRODUCCION------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 3
DECRETO SUPREMO 170 ------------------------------------------------------------------------------------------------------- 4
PROCESO DE EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA --------------------------------------------------------------------------------- 5
PROCESOS QUE FORMAN PARTE DE LA EVALUACIÓN INTEGRAL DE NEE--------------------------------------- 8
FORMULARIOS DE REGISTRO PARA EL PROCESO DE EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA INTEGRAL DE NEE--10
Formulario Único ---------------------------------------------------------------------------------------------------------10
Formulario Autorización de la Familia o Consentimiento Informado----------------------------------------15
Evaluación Psicopedagógica y curricular ----------------------------------------------------------------------------------16
CONCLUSION ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------18
INTRODUCCION
El 21 de abril de 2010, se publicó en el Diario Oficial, el Decreto Supremo Nº170, que reglamenta la Ley
20.201 de 2007. Esta Ley modificó el DFL 2 de 1998 y otros cuerpos legales relacionados con la
subvención que perciben las escuelas especiales y los establecimientos de educación regular que
cuentan con Programas de Integración Escolar.
En la actualidad la Educación Especial o Diferencial es reconocida en la Ley General de Educación como
una modalidad del sistema educativo.
Este tipo de educación desarrolla su acción de manera transversal en los distintos niveles, tanto en los
establecimientos de educación regular como en los establecimientos de educación especial, además,
provee un conjunto de servicios, recursos humanos, técnicos, conocimientos especializados y ayudas
para atender las necesidades educativas especiales que puedan presentar algunos alumnos de manera
temporal o permanente a lo largo de su escolaridad, como consecuencia de un déficit o una dificultad
específica de aprendizaje.
-1-
DECRETO SUPREMO 170
Este decreto, establece los requisitos, procedimientos, y pruebas diagnósticas con que deben ser
evaluados los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales de carácter transitorias,
asociadas a Dificultades Específicos del Aprendizaje, a Trastornos Específicos del Lenguaje, a Déficit
Atencional, o a Coeficiente Intelectual en el Rango Límite con dificultades en la conducta adaptativa.
Asimismo, reglamenta los requisitos para realizar el diagnóstico a estudiantes que presentan
Necesidades educativas especiales (NEE) de carácter permanente, (estudiantes sordos, ciegos con
discapacidad intelectual severa, disfasia severa, trastorno del espectro autista o discapacidades
múltiples) que se educan en escuelas especiales que perciben la subvención incrementada.
La concepción de NEE, supone un cambio conceptual profundo en la forma de entender y abordar las
dificultades o barreras que experimentan los estudiantes frente al aprendizaje. Esta perspectiva, deja
atrás el enfoque del déficit, bajo el entendido que no sólo las variables personales son importantes a la
hora de explicar dichas dificultades, sino también lo son, y de manera gravitante, el tipo de respuesta
educativa que se ofrece en el contexto escolar, las características de las escuelas, los estilos de
enseñanza y el apoyo que el/la estudiante recibe de su familia y entorno.
Desde esta perspectiva, las NEE, se definen en función de los apoyos que requieren los estudiantes para
participar y progresar en sus aprendizajes. Algunos estudiantes los requerirán de manera transitoria y
otros de manera permanente.
Los establecimientos educacionales deben poner en marcha de un conjunto de acciones planificadas y
coordinadas para conseguir que los estudiantes participen y aprendan en un contexto de comprender
sus dificultades, valorar sus diferencias y proveer los apoyos necesarios.
-2-
PROCESO DE EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA
La incorporación de un estudiante que presenta NEE a la modalidad de educación especial en un
establecimiento Especial o con Programa de integración educacional PIE, puede ser solicitada por:
– El padre, la madre, apoderado, tutor responsable, o por el propio estudiante, cuando corresponda.
– El establecimiento educacional.
– Organismos o Servicios del Estado con competencia para ello, (Tribunales de Menores, por ejemplo).
No obstante, independientemente de la vía a través de la cual se realice la solicitud, la toma de
decisiones respecto del ingreso a la modalidad de educación especial de un/a estudiante, debe
considerar siempre un proceso de evaluación diagnóstica realizado por un equipo de profesionales
idóneos, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 170.
La evaluación diagnóstica, cumple con el propósito de identificar a aquellos estudiantes con NEE, que de
no proveerles los apoyos de la educación especial están en serio riesgo de exclusión o fracaso escolar.
Asimismo, su aplicación permitirá definir quienes cumplen con los requisitos que establece la normativa
para ser beneficiarios directos de la subvención de educación especial.
De acuerdo con el Decreto 170, la evaluación diagnóstica:
a) La evaluación diagnóstica debe ser de carácter integral; esto exige considerar información del ámbito
educativo y de la salud:
En el ámbito Educativo, la evaluación debe recoger información del estudiante y de su contexto escolar
y familiar.
• En relación al alumno/a
-3-
La evaluación al estudiante debe entregar información relevante respecto de:
- Aprendizajes logrados: lo que sabe y es capaz de hacer el estudiante respecto de los aprendizaje
esperados para su curso y edad.
- Estilo de aprendizaje y motivación con que el estudiante enfrenta los procesos educativos. Sus
expectativas, intereses y ritmo de aprendizaje.
- Aspectos del desarrollo personal y social; habilidades sociales, cognitivas y de la comunicación,
desarrollo de su autonomía, afectividad, entre otros aspectos.
- Fortalezas y dificultades para enfrentar el proceso de aprendizaje desde una perspectiva pedagógica y
psicopedagógica.
Esta información es clave para decidir las metas educativas que se plantearán en
el Plan Educativo Individual del estudiante, así como las estrategias que se utilizarán en el contexto
escolar y familiar para que logre los aprendizajes esperados y consiga una participación efectiva en la
comunidad educativa.
• En relación al contexto escolar
- Establecimiento educacional:
La evaluación explora en qué medida el Proyecto Educativo Institucional, y sus componentes
curriculares, tienen en cuenta la heterogeneidad de sus estudiantes; si éste es compartido por los
integrantes de la comunidad educativa; si los programas existentes en el establecimiento están bien
articulados; si las funciones y roles están claramente establecidas y si los recursos se han invertido de
manera eficiente.
Otro aspecto que es clave conocer en el marco de los PIE, es la toma de decisiones colegiadas y el
trabajo colaborativo entre los distintos actores, con las familias y con el entorno social. Además, esta
evaluación debe dar cuenta en qué medida la infraestructura y recursos existentes están adaptados a la
diversidad de los y las estudiantes.
-4-
- Sala de clases.
Contempla el análisis de los programas de estudio y de las prácticas pedagógicas; de los aspectos
didácticos y metodológicos; de la organización de la clase; de las dinámicas de relación que se dan entre
los alumnos/as; entre los profesores; entre profesores y especialistas, etc.; y de los estilos de enseñanza
utilizados para dar respuesta a la diversidad y a las NEE de los estudiantes. Esta tarea requiere para su
desarrollo un ambiente de cooperación profesional y confianza mutua. .
- En relación al contexto socio familiar
Debe aportar información de las prácticas educativas familiares, de la cultura y de las condiciones de
vida en el hogar del estudiante; de las expectativas que tienen de sus hijos, de las posibilidades de
apoyarlos en el estudio, y de participar en las actividades escolares, entre otros aspectos.
- En el ámbito de la Salud, la evaluación debe dar cuenta de:
- Tipo y grado del déficit y su carácter evolutivo en el tiempo.
- Funcionamiento del o la estudiante en lo relativo a sus funciones físicas; actividades que es capaz de
desarrollar y posibilidades de participación efectiva en el medio escolar.
- Los factores contextuales, tanto ambientales como personales que interactúan con el o la estudiante.
Para facilitar la recogida de información del ámbito de salud, el Ministerio de Educación pondrá a
disposición de los especialistas, los formularios correspondientes. Éstos serán opcionales a los que el
médico o el centro de salud utilice.
b) La evaluación diagnóstica debe ser de carácter interdisciplinario; de acuerdo con lo establecido en el
Decreto 170, en el proceso de evaluación diagnóstica integral del alumno o alumna, debe participar al
menos un médico con la especialidad indicada para cada discapacidad o trastorno. Los sostenedores que
cuentan con PIE, podrán asegurar a sus estudiantes un diagnóstico oportuno, estableciendo redes con
los servicios de salud pública o privada.
-5-
c) La evaluación de NEE es un proceso continuo y cumple con diferentes finalidades, a saber:
1.- Evaluación Diagnóstica Integral de Ingreso.
2.- Evaluación de Proceso
3.- Reevaluación.
PROCESOS QUE FORMAN PARTE DE LA EVALUACIÓN INTEGRAL DE NEE
1. Evaluación Diagnóstica Integral de Ingreso
Esta evaluación cumple los siguientes propósitos:
• Emitir un diagnóstico, que describa las fortalezas y dificultades que experimenta el/la estudiante en el
aprendizaje escolar.
• Identificar los apoyos específicos que requiere dicho/a estudiante para cursar con éxito su trayectoria
escolar.
• Establecer quiénes son los alumnos/as que cumplen con los requisitos para que ingresen a un
establecimiento especial con NEE transitorias o ser beneficiarios directos de un PIE.
Los estudiantes que presentan NEE transitorias deben contar con una evaluación diagnóstica integral,
que cumpla con los requisitos establecidos en el Decreto 170.
La familia es un actor relevante en este proceso, debe autorizar la evaluación, ser informada
posteriormente de sus resultados y ser considerada en las decisiones que se tomen a partir de ella.
Las fechas en que se efectuarán las evaluaciones de ingreso dependerán de cada establecimiento
educacional. Sin embargo, su realización no debe exceder los 6 meses al momento de presentar los
antecedentes de los/las estudiantes al Ministerio de Educación.
-5-
2. Evaluación de proceso
En el ámbito educativo, las evaluaciones de proceso o formativas deben tener en cuenta los progresos
del estudiante y las metas establecidas en su plan educativo individual. Ellas deben ser sistematizadas e
informadas a la familia.
Este tipo de evaluación, cuya periodicidad debe ser determinada por los educadores y otros
profesionales que proporcionan los apoyos, permitirá ajustar la respuesta pedagógica durante la marcha
del proceso educativo. Asimismo, aportará información relevante para el proceso de reevaluación.
3. Reevaluación
La reevaluación, según señala el Decreto 170, es un proceso anual que consiste en evaluar los progresos
del estudiante y las condiciones que se crearon en el establecimiento para asegurar dicho progreso. La
información que arroja este proceso es fundamental, ya que a partir de ella se decide si el estudiante
egresa de la modalidad de educación especial o debe continuar por un año más.
La toma de decisiones respecto del egreso de un estudiante del establecimiento o de la modalidad
educativa, puede darse por diferentes razones. En algunos casos, el equipo educativo considerará que
el/la estudiante, aun cuando continua su trayectoria escolar en el establecimiento, debe egresar de la
modalidad de educación especial puesto que, las evidencias de su progreso y de las condiciones de su
contexto, hacen concluir que ya no requiere de ayudas y recursos especiales, sino que bastan los
recursos propios del aula y los apoyos que implementan los docentes. Otro factor de egreso, es por
motivo de traslado del estudiante a otro establecimiento, término de su enseñanza o retiro del
establecimiento.
En el caso de traslado, el egreso deberá ser documentado con un informe psicopedagógico que dé
cuenta del trabajo realizado con él o la estudiante y las orientaciones pertinentes, y se deberá informar
al Departamento Provincial de Educación respectivo. Una copia de este informe deberá ser entregada a
la familia.
Asimismo, los antecedentes y documentos del estudiante en poder de la escuela serán devueltos a la
familia o al estudiante adulto, debiendo el establecimiento escolar dejar una copia del informe que
contiene la síntesis del diagnóstico y de los apoyos entregados durante el período escolar.
-6-
La reevaluación de NEE, debe aportar dos tipos de información:
- Respecto del estudiante
- Informar acerca de los avances obtenidos en las diferentes áreas, en consideración a su punto de
partida inicial y al Plan Educativo Individual.
- Evaluar la efectividad de las principales estrategias y apoyos utilizados durante el año escolar, tanto en
el contexto educativo como familiar.
- Evaluar las decisiones tomadas en el marco del Plan Educativo Individual del alumno o alumna.
- Respecto del establecimiento escolar
- Dar cuenta de la respuesta educativa implementada por el establecimiento con los recursos de la
educación especial, de acuerdo con lo establecido en las metas del PIE comprometidas a través del
Convenio MINEDUC –Sostenedor.
Cuando un estudiante con NEE transitorias que ha sido beneficiario de la subvención de educación
especial durante dos años requiere continuar en el PIE por tercer año consecutivo, es necesario que el
sostenedor justifique las razones que avalan esta decisión. Esta fundamentación no sólo debe dar
cuenta de las dificultades que persisten en el estudiante y justifican un tercer año, sino también de las
medidas tomadas en el establecimiento, que no han conseguido el resultado esperado.
FORMULARIOS DE REGISTRO PARA EL PROCESO DE EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA
INTEGRAL DE NEE
Formulario Único: Es un instrumento de uso obligatorio para las escuelas y liceos que cuentan con un
PIE para los estudiantes que presentan NEE transitorias, para las escuelas especiales de lenguaje, y para
las escuelas especiales que son beneficiarias de la subvención incrementada. Sin embargo,
opcionalmente y es recomendable en los procesos de evaluación de las NEE permanentes, que se
realizan en establecimientos con PIE y en escuelas especiales que no postulan al incremento. (PIE que se
rigen por el Decreto Nº1/98).
-7-
El Formulario Único está constituido por distintos protocolos de registro de información y/o
documentos. En consideración a que la evaluación integral de NEE, dependiendo de si se trata de la
evaluación de ingreso o de una reevaluación, tienen distinta finalidad, algunos de estos protocolos que
son parte del Formulario Único constan de dos versiones.
A continuación se presentan los diferentes protocolos o documentos que en conjunto constituyen el
Formulario Único para la Evaluación Integral de NEE:
1. Formulario Único Síntesis
a) Formulario Único - Síntesis Evaluación de Ingreso(diagnóstico)
La información del proceso de evaluación diagnóstica integral para ingresar a la modalidad de educación
especial y recibir los apoyos que posibilita la subvención de educación especial en un PIE, debe ser
registrada en el Formulario
Único identificado como “Formulario Único - Síntesis de Ingreso”. La presentación de este documento es
requisito para impetrar la subvención de educación especial por un alumno o alumna.
Orientaciones para el uso del Formulario Único -Síntesis de Ingreso.
El Formulario Único, debe contener el diagnóstico y la síntesis de la información recopilada en el
proceso de evaluación; debe dar cuenta de los antecedentes relevantes del o la estudiante respecto de
la evaluación de salud, de su familia y entorno y de las necesidades de apoyos específicos que éste
necesita en el contexto educativo y familiar. Además, debe especificar los procedimientos y pruebas
empleadas en el proceso de evaluación y consignar la fecha en que corresponde llevar a cabo la
reevaluación.
Es de responsabilidad del Sostenedor y del Director del establecimiento asegurar que la síntesis de la
información y documentación relativa al proceso de evaluación integral del alumno/a realizado por
diferentes profesionales, quede registrada en el Formulario Único Síntesis Evaluación de Ingreso.
Para ello, se deberá cautelar que exista en el Establecimiento educacional, un profesional que coordine
el proceso de evaluación al alumno/a, y que se haga cargo de:
-8-
• Elaborar la síntesis diagnóstica y registrarla en el Formulario Único.
• Revisar que estén todos los documentos que dan cuenta del diagnóstico del estudiante en los distintos
ámbitos, y que los mismos contengan los datos de los profesionales que participaron en la evaluación
(nombre, Rut, especialidad, firma).
• Reunir en el expediente del estudiante toda la documentación respecto del proceso de evaluación
realizado, quedando como constancia para el seguimiento de los avances y progresos que va
experimentando.
• Cautelar que previo a la realización de los procesos de evaluación integral de NEE se haya informado a
la familia del estudiante y solicitado la autorización para la realización de los mismos.
• Asegurar que la familia reciba un informe que contenga los resultados de este proceso y las
necesidades de apoyo que su hijo, hija o pupilo requiere.
b) Formulario Único - Síntesis Reevaluación
La síntesis de la información obtenida en el proceso anual de reevaluación debe ser registrada en el
Formulario Único – Síntesis Reevaluación.
A través de este procedimiento los equipos decidirán si el estudiante egresa del PIE o Escuela Especial o
si requiere un año más de apoyo. Si se concluye que el estudiante requiere continuar, será necesario
iniciar un nuevo proceso de Evaluación Diagnóstica de Ingreso, en el que se establezcan sus NEE y los
apoyos que requerirá durante el nuevo año lectivo. Con este fin se deberá utilizar nuevamente el
Formulario Único - Síntesis de Evaluación de Ingreso.
En este caso, considerando que los procesos de reevaluación y de evaluación de ingreso se realizarán
muy cercanos en el tiempo, no será necesario contar con una nueva evaluación médica, a menos que el
equipo estime lo contrario.
El Decreto 170, respecto de esta materia, hace un alcance sobre los estudiantes con NEE permanentes o
con discapacidad, estableciendo que éstos tienen asegurada su continuidad en el PIE, a no ser que en el
proceso de reevaluación se establezca lo contrario.
-9-
2. Formulario Único - Apoyos Especializados para las NEE
a) Formulario Único - Determinación de Apoyos Especializados
Considerando el diagnóstico y toda la información recopilada en el proceso de evaluación de ingreso
realizado al estudiante, este formulario está diseñado para facilitar el registro y determinación de las
necesidades de apoyo que tiene el/la estudiante para progresar en sus NEE, así como la respuesta
educativa que el establecimiento educacional debe implementar.
Da cuenta de los tipos de apoyos prioritarios (personales, curriculares, materiales, organizativos,
familiares) que requiere el estudiante para favorecer su aprendizaje y participación en el contexto
escolar y familiar, los cuales deben ser determinados de manera conjunta por el equipo profesional de la
escuela o liceo.
b) Formulario Único - Evaluación de Apoyos Especializados
Tiene por objetivo registrar la información de la efectividad de los apoyos y de la respuesta educativa
implementada para el estudiante en el contexto escolar y familiar durante el año lectivo. Permite la
toma de decisiones respecto de los nuevos apoyos que requiere el/la estudiante y la continuidad en la
modalidad educativa.
3. Formulario Único - Valoración de la salud o informe médico
El Formulario que el Ministerio de Educación propone para consignar la información relativa a la
valoración de la salud del estudiante está orientado a que el/la profesional médico registre el
diagnóstico y los antecedentes que considere relevantes de la evaluación del estudiante en éste ámbito.
El formato propuesto es de uso opcional. No obstante ello, el documento que se utilice debe siempre
contener el juicio del especialista respecto de la salud general del estudiante y de la presencia de los
criterios diagnósticos para cada una de las dificultades o trastornos asociados a sus NEE.
-10-
4. Formulario Único - Evaluación específica o especializada (psicopedagógica, fonoaudiológica,
psicológica u otra) orientada a comprobar la existencia de una NEE determinada.
Consiste en diferentes formularios, elaborados diferencialmente para cada una de las distintas NEE
permanentes o transitorias a que hace referencia el Decreto 170. Para las NEE transitorias se cuenta
con:
Formulario Único para:
- Dificultades Específicas del Aprendizaje
- Trastorno Específico del Lenguaje
- Trastorno de déficit atencional con o sin hiperactividad o trastorno hipercinético
- Capacidad intelectual y funcionamiento adaptativo
Están orientados al registro de información de las fortalezas y dificultades actuales del estudiante en el
ámbito pedagógico y psicopedagógico y de los resultados de las evaluaciones especializadas
(psicopedagógica, fonoaudiológica, psicológica, u otra) relacionadas con las NEE que éste presenta.
Otros requisitos que exige la normativa para los procesos de evaluación y que deberán acompañar a
estos Formularios son:
- El Certificado de Nacimiento del alumno o alumna.
- La autorización de la familia o del estudiante adulto para realizar la evaluación, denominada como
consentimiento informado.
- La anamnesis o registro de la información o antecedentes personales y contextuales históricos del
estudiante, relevantes para el diagnóstico de las NEE que presenta o para la provisión de apoyos.
- El informe a la familia con los resultados de la evaluación integral al estudiante y las necesidades de
apoyos requeridas.
-11-
Formulario Autorización de la Familia o Consentimiento Informado
Debe ser autorizada por la familia o por el propio estudiante adulto cuando corresponda, para lo cual se
ha dispuesto de un protocolo, que debe ser utilizado para registrar esta autorización o consentimiento,
una vez que se le ha entregado a la familia toda la información relativa a dicha evaluación.
Esta autorización debe ser incorporada al expediente del estudiante y para ser válida debe contener los
datos y firma de la persona responsable que autoriza y de quien recibe dicha autorización. En el
Formulario Único de ingreso, debe quedar registrada la fecha de emisión de dicho consentimiento.
La reevaluación no requiere un nuevo consentimiento de la familia.
-Entrevista a la Familia y recogida de datos de anamnesis
El propósito de este formulario, es registrar información relevante de los diferentes ámbitos de la vida
del estudiante que presenta NEE. Para ello, incorpora datos básicos de una anamnesis, que son
importantes para la evaluación de las NEE específicas del alumno/a. Está diseñada para ser utilizada por
diferentes profesionales de la educación y/o de la salud.
-Informe para la Familia
Se propone una Pauta en la que se pueda describir, en lenguaje sencillo, el diagnóstico del estudiante,
poniendo énfasis en sus fortalezas y en sus necesidades de apoyo. Además, se dan a conocer los apoyos
que brindará la escuela al estudiante; espacios de aprendizaje, profesionales y otras estrategias
diseñadas para el alumno/a.
Así también, es importante compartir con la familia los apoyos que el estudiante requiere en el hogar,
tomando en cuenta sus características y reales posibilidades. Por ello, la entrega de este documento con
los resultados de la evaluación diagnóstica del alumno/a, debe hacerse a través de una entrevista, así
también, la familia puede señalar al establecimiento sus necesidades de apoyo para cumplir con lo que
se le solicita.
-12-
Los compromisos más importantes que se establezcan con la familia deben quedar registrados en este
documento.
Los protocolos que se presentan a continuación son opcionales pero la evaluación solicitada es
obligatoria y debe estar registrada e incorporada en el expediente del alumno o alumna.
Evaluación Psicopedagógica y curricular
Este instrumento ha sido diseñado para realizar una exploración general del o la estudiante en los
distintos ámbitos y sectores de aprendizaje y en los distintos momentos del año.
Considera los siguientes aspectos:
• Pauta para la detección de NEE en diferentes áreas de aprendizaje y desarrollo.
• Pauta de observación del estudiante en el ambiente escolar.
• Dimensión institucional.
• Estrategias de apoyo utilizadas.
• Interconsulta o derivación a otro/a profesional
Su propósito es registrar la información relevante referida a las interconsultas o derivaciones que
cumplen con la finalidad de confirmar, descartar o complementar el diagnóstico que se asocia a las NEE
que presenta el o la estudiante.
Otros requisitos para asegurar un proceso de evaluación de calidad
• El establecimiento deberá tomar las medidas necesarias para usar la información obtenida en el
proceso de evaluación de manera adecuada, resguardando la confidencialidad de la misma. Además
deberá asegurar que esté disponible en los procesos de asesoría técnica y de fiscalización por parte del
MINEDUC.
• Toda la documentación reunida en el proceso de evaluación es de la familia del estudiante, o del
propio estudiante adulto, según sea el caso.
-13-
• Los resultados de la evaluación del o la estudiante deberán ser informados por escrito y a través de
una entrevista a la familia u otra persona responsable del estudiante o al estudiante adulto. Dicho
informe deberá describir de manera comprensible el diagnóstico y las NEE que se derivan del mismo.
• Toda la documentación del alumno/a (anamnesis, evaluaciones psicopedagógicas y pedagógicas,
protocolos de aplicación de las pruebas, entre otros) recogida durante el proceso de evaluación, deberá
ser incorporada en el expediente del estudiante.
• Anualmente, el establecimiento educacional deberá elaborar el Informe de Evaluación Anual, que de
cuenta de los avances obtenidos, determine la continuidad y el tipo de apoyos requeridos.
-14-
CONCLUSION
En conclusión el decreto 170 apoya al niño con NEE y familia, ya que con una evaluación diagnostica se
puede identificar qué tipo de NEE tiene y que establecimiento educacional es acorde a si necesidad, el
cual se hace responsable de la evolución que tenga el niño en su estadía en este establecimiento, eso sí
contando con el apoyo familiar de este.
Se entiende igual que la familia juega un rol relevante en este proceso ya que debe autorizar una
evaluación después de la cual será informada de sus resultados.
También se explica el tipo de formularios a realizar en este proceso de evaluación del niño con NEE, los
cuales ayudan a encontrar en centro educacional y profesionales acordes a cada necesidad, el
establecimiento está obligado a informar a la familia por escrito y con una entrevista sobre la evolución
del mismo, de forma comprensible.
-15-

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Orientaciones técnicas decreto nº 170
Orientaciones técnicas decreto nº 170 Orientaciones técnicas decreto nº 170
Orientaciones técnicas decreto nº 170 Cesar Acuña
 
Educación inclusiva y la implementación legal del decreto N° 83 sobre necesid...
Educación inclusiva y la implementación legal del decreto N° 83 sobre necesid...Educación inclusiva y la implementación legal del decreto N° 83 sobre necesid...
Educación inclusiva y la implementación legal del decreto N° 83 sobre necesid...bibliotecalafontaine
 
Manual de orientaciones y apoyo a la gestión programa de integración escolar PIE
Manual de orientaciones y apoyo a la gestión programa de integración escolar PIEManual de orientaciones y apoyo a la gestión programa de integración escolar PIE
Manual de orientaciones y apoyo a la gestión programa de integración escolar PIEIP Valle Central
 
TIC Y DISCAPACIDAD MOTORA
TIC Y DISCAPACIDAD MOTORATIC Y DISCAPACIDAD MOTORA
TIC Y DISCAPACIDAD MOTORATAMARAGS83
 
Adecuaciones Curriculares Para Niños con Retardo Mental
Adecuaciones Curriculares Para Niños con Retardo MentalAdecuaciones Curriculares Para Niños con Retardo Mental
Adecuaciones Curriculares Para Niños con Retardo Mentalsilvyg51
 
"PROPUESTA DE INTERVENCIÓN : ATENCIÓN EDUCATIVA A ALUMNOS Y ALUMNAS CON APTIT...
"PROPUESTA DE INTERVENCIÓN : ATENCIÓN EDUCATIVA A ALUMNOS Y ALUMNAS CON APTIT..."PROPUESTA DE INTERVENCIÓN : ATENCIÓN EDUCATIVA A ALUMNOS Y ALUMNAS CON APTIT...
"PROPUESTA DE INTERVENCIÓN : ATENCIÓN EDUCATIVA A ALUMNOS Y ALUMNAS CON APTIT...comisiondesarrollo
 
Ajustes razonables
Ajustes razonablesAjustes razonables
Ajustes razonablesRohanny21
 
PTI - Blog mi rinconcito especial aula pt
PTI - Blog mi rinconcito especial aula ptPTI - Blog mi rinconcito especial aula pt
PTI - Blog mi rinconcito especial aula ptPuri González Serrano
 

La actualidad más candente (20)

Decreto 170
Decreto 170Decreto 170
Decreto 170
 
Orientaciones técnicas decreto nº 170
Orientaciones técnicas decreto nº 170 Orientaciones técnicas decreto nº 170
Orientaciones técnicas decreto nº 170
 
Decreto 170-paulina-godoy
Decreto 170-paulina-godoyDecreto 170-paulina-godoy
Decreto 170-paulina-godoy
 
Decreto nº 83
Decreto nº 83Decreto nº 83
Decreto nº 83
 
PIE presentación (1).pptx
PIE presentación (1).pptxPIE presentación (1).pptx
PIE presentación (1).pptx
 
Decreto 87
Decreto 87Decreto 87
Decreto 87
 
Educación inclusiva y la implementación legal del decreto N° 83 sobre necesid...
Educación inclusiva y la implementación legal del decreto N° 83 sobre necesid...Educación inclusiva y la implementación legal del decreto N° 83 sobre necesid...
Educación inclusiva y la implementación legal del decreto N° 83 sobre necesid...
 
Decretos 815
Decretos 815Decretos 815
Decretos 815
 
Manual de orientaciones y apoyo a la gestión programa de integración escolar PIE
Manual de orientaciones y apoyo a la gestión programa de integración escolar PIEManual de orientaciones y apoyo a la gestión programa de integración escolar PIE
Manual de orientaciones y apoyo a la gestión programa de integración escolar PIE
 
TIC Y DISCAPACIDAD MOTORA
TIC Y DISCAPACIDAD MOTORATIC Y DISCAPACIDAD MOTORA
TIC Y DISCAPACIDAD MOTORA
 
Adaptacion curricular 1
Adaptacion curricular 1Adaptacion curricular 1
Adaptacion curricular 1
 
Decreto 83 y DUA.pptx
Decreto 83 y DUA.pptxDecreto 83 y DUA.pptx
Decreto 83 y DUA.pptx
 
Adecuaciones Curriculares Para Niños con Retardo Mental
Adecuaciones Curriculares Para Niños con Retardo MentalAdecuaciones Curriculares Para Niños con Retardo Mental
Adecuaciones Curriculares Para Niños con Retardo Mental
 
Adaptaciones Curriculares en Autismo.
Adaptaciones Curriculares en Autismo.Adaptaciones Curriculares en Autismo.
Adaptaciones Curriculares en Autismo.
 
"PROPUESTA DE INTERVENCIÓN : ATENCIÓN EDUCATIVA A ALUMNOS Y ALUMNAS CON APTIT...
"PROPUESTA DE INTERVENCIÓN : ATENCIÓN EDUCATIVA A ALUMNOS Y ALUMNAS CON APTIT..."PROPUESTA DE INTERVENCIÓN : ATENCIÓN EDUCATIVA A ALUMNOS Y ALUMNAS CON APTIT...
"PROPUESTA DE INTERVENCIÓN : ATENCIÓN EDUCATIVA A ALUMNOS Y ALUMNAS CON APTIT...
 
Adecuaciones curriculares para niños con nee del nt2
Adecuaciones curriculares para niños con nee del nt2Adecuaciones curriculares para niños con nee del nt2
Adecuaciones curriculares para niños con nee del nt2
 
Discapacidad intelectual leve
Discapacidad intelectual leveDiscapacidad intelectual leve
Discapacidad intelectual leve
 
Ajustes razonables
Ajustes razonablesAjustes razonables
Ajustes razonables
 
NEAE. NEAE VS NEE.
NEAE. NEAE VS NEE. NEAE. NEAE VS NEE.
NEAE. NEAE VS NEE.
 
PTI - Blog mi rinconcito especial aula pt
PTI - Blog mi rinconcito especial aula ptPTI - Blog mi rinconcito especial aula pt
PTI - Blog mi rinconcito especial aula pt
 

Destacado

Informe para la_familia_ c_amila mira
Informe para la_familia_ c_amila miraInforme para la_familia_ c_amila mira
Informe para la_familia_ c_amila miraNelson Soto
 
Consentimiento informado
Consentimiento informadoConsentimiento informado
Consentimiento informadoAllan Medina
 
Ley Número 20.422 Normas sobre igualdad de personas con discapacidad
Ley Número 20.422 Normas sobre igualdad de personas con discapacidadLey Número 20.422 Normas sobre igualdad de personas con discapacidad
Ley Número 20.422 Normas sobre igualdad de personas con discapacidadkatherinne92
 
Consentimiento informado
Consentimiento informadoConsentimiento informado
Consentimiento informadomariapandare
 
201210291843490.fu revaluacion tel_2012
201210291843490.fu revaluacion tel_2012201210291843490.fu revaluacion tel_2012
201210291843490.fu revaluacion tel_2012Jocelyne Avello
 
Decreto 170 y su aplicación en el sistema
Decreto 170 y su aplicación en el sistemaDecreto 170 y su aplicación en el sistema
Decreto 170 y su aplicación en el sistemaJeannette Cañuta
 
Consentimiento informado para_padres
Consentimiento informado para_padresConsentimiento informado para_padres
Consentimiento informado para_padresacortesca
 
Hoja De Consentimiento Informado
Hoja De Consentimiento InformadoHoja De Consentimiento Informado
Hoja De Consentimiento InformadoLily
 
Fu revaluacion elías cornejo
Fu revaluacion  elías cornejoFu revaluacion  elías cornejo
Fu revaluacion elías cornejoNathalie Nelson
 
Consentimiento informado para_proyectos_de_investigacion gloria arboleda 2
Consentimiento informado para_proyectos_de_investigacion gloria arboleda 2Consentimiento informado para_proyectos_de_investigacion gloria arboleda 2
Consentimiento informado para_proyectos_de_investigacion gloria arboleda 2Universidad Católica Luis Amigó
 
Dificultades Específicas de Aprendizaje
Dificultades Específicas de AprendizajeDificultades Específicas de Aprendizaje
Dificultades Específicas de AprendizajeAsandis-Cádiz Cadiz
 
Presentación dua diseño universal de aprendizaje
Presentación dua diseño universal de aprendizajePresentación dua diseño universal de aprendizaje
Presentación dua diseño universal de aprendizajeVictor Miranda
 
neurociencias aprendizaje y neuroeducación
neurociencias aprendizaje y neuroeducaciónneurociencias aprendizaje y neuroeducación
neurociencias aprendizaje y neuroeducaciónElder Sanchez Arq
 
Actividades para trabajar la dislexia
Actividades para trabajar la dislexiaActividades para trabajar la dislexia
Actividades para trabajar la dislexiaIrati Izaguirre
 

Destacado (20)

Informe para la_familia_ c_amila mira
Informe para la_familia_ c_amila miraInforme para la_familia_ c_amila mira
Informe para la_familia_ c_amila mira
 
Consentimiento informado
Consentimiento informadoConsentimiento informado
Consentimiento informado
 
Ley Número 20.422 Normas sobre igualdad de personas con discapacidad
Ley Número 20.422 Normas sobre igualdad de personas con discapacidadLey Número 20.422 Normas sobre igualdad de personas con discapacidad
Ley Número 20.422 Normas sobre igualdad de personas con discapacidad
 
Consentimiento informado
Consentimiento informadoConsentimiento informado
Consentimiento informado
 
Decreto 83 2015
Decreto 83 2015Decreto 83 2015
Decreto 83 2015
 
201210291843490.fu revaluacion tel_2012
201210291843490.fu revaluacion tel_2012201210291843490.fu revaluacion tel_2012
201210291843490.fu revaluacion tel_2012
 
Decreto 170 y su aplicación en el sistema
Decreto 170 y su aplicación en el sistemaDecreto 170 y su aplicación en el sistema
Decreto 170 y su aplicación en el sistema
 
Consentimiento informado para_padres
Consentimiento informado para_padresConsentimiento informado para_padres
Consentimiento informado para_padres
 
Hoja De Consentimiento Informado
Hoja De Consentimiento InformadoHoja De Consentimiento Informado
Hoja De Consentimiento Informado
 
Fuingresotec felipe
Fuingresotec felipeFuingresotec felipe
Fuingresotec felipe
 
Fu revaluacion elías cornejo
Fu revaluacion  elías cornejoFu revaluacion  elías cornejo
Fu revaluacion elías cornejo
 
Consentimiento informado para_proyectos_de_investigacion gloria arboleda 2
Consentimiento informado para_proyectos_de_investigacion gloria arboleda 2Consentimiento informado para_proyectos_de_investigacion gloria arboleda 2
Consentimiento informado para_proyectos_de_investigacion gloria arboleda 2
 
Consentimiento informado general
Consentimiento informado generalConsentimiento informado general
Consentimiento informado general
 
Dificultades Específicas de Aprendizaje
Dificultades Específicas de AprendizajeDificultades Específicas de Aprendizaje
Dificultades Específicas de Aprendizaje
 
Ejemplos consentimiento informado
Ejemplos consentimiento informadoEjemplos consentimiento informado
Ejemplos consentimiento informado
 
Presentación dua diseño universal de aprendizaje
Presentación dua diseño universal de aprendizajePresentación dua diseño universal de aprendizaje
Presentación dua diseño universal de aprendizaje
 
neurociencias aprendizaje y neuroeducación
neurociencias aprendizaje y neuroeducaciónneurociencias aprendizaje y neuroeducación
neurociencias aprendizaje y neuroeducación
 
La neurociencia y educación
La neurociencia y educaciónLa neurociencia y educación
La neurociencia y educación
 
TALLER NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
TALLER NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALESTALLER NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
TALLER NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
 
Actividades para trabajar la dislexia
Actividades para trabajar la dislexiaActividades para trabajar la dislexia
Actividades para trabajar la dislexia
 

Similar a Decreto 170

PROTOCOLO-DE-EVALUACION-Y-PROMOCION-2020.pptx
PROTOCOLO-DE-EVALUACION-Y-PROMOCION-2020.pptxPROTOCOLO-DE-EVALUACION-Y-PROMOCION-2020.pptx
PROTOCOLO-DE-EVALUACION-Y-PROMOCION-2020.pptxAby Fuentes
 
Plan atención diversidad 14 15
Plan atención diversidad 14 15Plan atención diversidad 14 15
Plan atención diversidad 14 15cpramonlaza
 
Plan atención diversidad 14 15
Plan atención diversidad 14 15Plan atención diversidad 14 15
Plan atención diversidad 14 15cpramonlaza
 
Plan atención diversidad 14 15
Plan atención diversidad 14 15Plan atención diversidad 14 15
Plan atención diversidad 14 15cpramonlaza
 
Trabajo sobre-evaluacion-psicopedagogica
Trabajo sobre-evaluacion-psicopedagogicaTrabajo sobre-evaluacion-psicopedagogica
Trabajo sobre-evaluacion-psicopedagogicaGerardo Ramirez Lopez
 
Sistema de evaluacion institucional
Sistema de evaluacion institucionalSistema de evaluacion institucional
Sistema de evaluacion institucionalraul9080
 
EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA Y LA NORMA.pptx
EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA Y LA NORMA.pptxEVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA Y LA NORMA.pptx
EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA Y LA NORMA.pptxMaiteotondobriceo
 
Plan de atención a la diversidad
Plan de atención a la diversidadPlan de atención a la diversidad
Plan de atención a la diversidadcpramonlaza
 
CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...
CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...
CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...comisiondesarrollo
 
CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...
CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...
CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...comisiondesarrollo
 

Similar a Decreto 170 (20)

4°clase.martes 23 de mayo
4°clase.martes  23 de mayo4°clase.martes  23 de mayo
4°clase.martes 23 de mayo
 
Pad 2014 2015
Pad 2014 2015Pad 2014 2015
Pad 2014 2015
 
Pad 2014 2015
Pad 2014 2015Pad 2014 2015
Pad 2014 2015
 
Pad 2014 2015
Pad 2014 2015Pad 2014 2015
Pad 2014 2015
 
PROTOCOLO-DE-EVALUACION-Y-PROMOCION-2020.pptx
PROTOCOLO-DE-EVALUACION-Y-PROMOCION-2020.pptxPROTOCOLO-DE-EVALUACION-Y-PROMOCION-2020.pptx
PROTOCOLO-DE-EVALUACION-Y-PROMOCION-2020.pptx
 
Aptitudes sobresalientes iii
Aptitudes sobresalientes iiiAptitudes sobresalientes iii
Aptitudes sobresalientes iii
 
Plan atención diversidad 14 15
Plan atención diversidad 14 15Plan atención diversidad 14 15
Plan atención diversidad 14 15
 
Plan atención diversidad 14 15
Plan atención diversidad 14 15Plan atención diversidad 14 15
Plan atención diversidad 14 15
 
Plan atención diversidad 14 15
Plan atención diversidad 14 15Plan atención diversidad 14 15
Plan atención diversidad 14 15
 
Gu ia eae-preescolar.
Gu ia eae-preescolar. Gu ia eae-preescolar.
Gu ia eae-preescolar.
 
Trabajo sobre-evaluacion-psicopedagogica
Trabajo sobre-evaluacion-psicopedagogicaTrabajo sobre-evaluacion-psicopedagogica
Trabajo sobre-evaluacion-psicopedagogica
 
Sistema de evaluacion institucional
Sistema de evaluacion institucionalSistema de evaluacion institucional
Sistema de evaluacion institucional
 
Gu ia eae-preescolar
Gu ia eae-preescolarGu ia eae-preescolar
Gu ia eae-preescolar
 
1 decreto 1290 evaluación
1 decreto 1290 evaluación1 decreto 1290 evaluación
1 decreto 1290 evaluación
 
EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA Y LA NORMA.pptx
EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA Y LA NORMA.pptxEVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA Y LA NORMA.pptx
EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA Y LA NORMA.pptx
 
Plan de atención a la diversidad
Plan de atención a la diversidadPlan de atención a la diversidad
Plan de atención a la diversidad
 
Guia pca-sec-und-aria
Guia pca-sec-und-ariaGuia pca-sec-und-aria
Guia pca-sec-und-aria
 
V. evaluación infantil
V. evaluación infantilV. evaluación infantil
V. evaluación infantil
 
CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...
CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...
CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...
 
CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...
CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...
CAPÍTULO 3: PROCESO DE ATENCIÓN DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS CON NECESIDADES EDUC...
 

Decreto 170

  • 1. DECRETO 170 NOMBRE : MARITZA VALDERRAMA GONZALEZ ASIGNATURA : INTEGRACIÓN DOCENTE : CARRERA : EDUCADOR ASISTENTE EN EDUCACIÓN DE PARVULOS Punta Arenas, de Abril del 2013 CHILE
  • 2. Contenido INTRODUCCION------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 3 DECRETO SUPREMO 170 ------------------------------------------------------------------------------------------------------- 4 PROCESO DE EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA --------------------------------------------------------------------------------- 5 PROCESOS QUE FORMAN PARTE DE LA EVALUACIÓN INTEGRAL DE NEE--------------------------------------- 8 FORMULARIOS DE REGISTRO PARA EL PROCESO DE EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA INTEGRAL DE NEE--10 Formulario Único ---------------------------------------------------------------------------------------------------------10 Formulario Autorización de la Familia o Consentimiento Informado----------------------------------------15 Evaluación Psicopedagógica y curricular ----------------------------------------------------------------------------------16 CONCLUSION ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------18
  • 3. INTRODUCCION El 21 de abril de 2010, se publicó en el Diario Oficial, el Decreto Supremo Nº170, que reglamenta la Ley 20.201 de 2007. Esta Ley modificó el DFL 2 de 1998 y otros cuerpos legales relacionados con la subvención que perciben las escuelas especiales y los establecimientos de educación regular que cuentan con Programas de Integración Escolar. En la actualidad la Educación Especial o Diferencial es reconocida en la Ley General de Educación como una modalidad del sistema educativo. Este tipo de educación desarrolla su acción de manera transversal en los distintos niveles, tanto en los establecimientos de educación regular como en los establecimientos de educación especial, además, provee un conjunto de servicios, recursos humanos, técnicos, conocimientos especializados y ayudas para atender las necesidades educativas especiales que puedan presentar algunos alumnos de manera temporal o permanente a lo largo de su escolaridad, como consecuencia de un déficit o una dificultad específica de aprendizaje. -1-
  • 4. DECRETO SUPREMO 170 Este decreto, establece los requisitos, procedimientos, y pruebas diagnósticas con que deben ser evaluados los estudiantes que presentan Necesidades Educativas Especiales de carácter transitorias, asociadas a Dificultades Específicos del Aprendizaje, a Trastornos Específicos del Lenguaje, a Déficit Atencional, o a Coeficiente Intelectual en el Rango Límite con dificultades en la conducta adaptativa. Asimismo, reglamenta los requisitos para realizar el diagnóstico a estudiantes que presentan Necesidades educativas especiales (NEE) de carácter permanente, (estudiantes sordos, ciegos con discapacidad intelectual severa, disfasia severa, trastorno del espectro autista o discapacidades múltiples) que se educan en escuelas especiales que perciben la subvención incrementada. La concepción de NEE, supone un cambio conceptual profundo en la forma de entender y abordar las dificultades o barreras que experimentan los estudiantes frente al aprendizaje. Esta perspectiva, deja atrás el enfoque del déficit, bajo el entendido que no sólo las variables personales son importantes a la hora de explicar dichas dificultades, sino también lo son, y de manera gravitante, el tipo de respuesta educativa que se ofrece en el contexto escolar, las características de las escuelas, los estilos de enseñanza y el apoyo que el/la estudiante recibe de su familia y entorno. Desde esta perspectiva, las NEE, se definen en función de los apoyos que requieren los estudiantes para participar y progresar en sus aprendizajes. Algunos estudiantes los requerirán de manera transitoria y otros de manera permanente. Los establecimientos educacionales deben poner en marcha de un conjunto de acciones planificadas y coordinadas para conseguir que los estudiantes participen y aprendan en un contexto de comprender sus dificultades, valorar sus diferencias y proveer los apoyos necesarios. -2-
  • 5. PROCESO DE EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA La incorporación de un estudiante que presenta NEE a la modalidad de educación especial en un establecimiento Especial o con Programa de integración educacional PIE, puede ser solicitada por: – El padre, la madre, apoderado, tutor responsable, o por el propio estudiante, cuando corresponda. – El establecimiento educacional. – Organismos o Servicios del Estado con competencia para ello, (Tribunales de Menores, por ejemplo). No obstante, independientemente de la vía a través de la cual se realice la solicitud, la toma de decisiones respecto del ingreso a la modalidad de educación especial de un/a estudiante, debe considerar siempre un proceso de evaluación diagnóstica realizado por un equipo de profesionales idóneos, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 170. La evaluación diagnóstica, cumple con el propósito de identificar a aquellos estudiantes con NEE, que de no proveerles los apoyos de la educación especial están en serio riesgo de exclusión o fracaso escolar. Asimismo, su aplicación permitirá definir quienes cumplen con los requisitos que establece la normativa para ser beneficiarios directos de la subvención de educación especial. De acuerdo con el Decreto 170, la evaluación diagnóstica: a) La evaluación diagnóstica debe ser de carácter integral; esto exige considerar información del ámbito educativo y de la salud: En el ámbito Educativo, la evaluación debe recoger información del estudiante y de su contexto escolar y familiar. • En relación al alumno/a -3-
  • 6. La evaluación al estudiante debe entregar información relevante respecto de: - Aprendizajes logrados: lo que sabe y es capaz de hacer el estudiante respecto de los aprendizaje esperados para su curso y edad. - Estilo de aprendizaje y motivación con que el estudiante enfrenta los procesos educativos. Sus expectativas, intereses y ritmo de aprendizaje. - Aspectos del desarrollo personal y social; habilidades sociales, cognitivas y de la comunicación, desarrollo de su autonomía, afectividad, entre otros aspectos. - Fortalezas y dificultades para enfrentar el proceso de aprendizaje desde una perspectiva pedagógica y psicopedagógica. Esta información es clave para decidir las metas educativas que se plantearán en el Plan Educativo Individual del estudiante, así como las estrategias que se utilizarán en el contexto escolar y familiar para que logre los aprendizajes esperados y consiga una participación efectiva en la comunidad educativa. • En relación al contexto escolar - Establecimiento educacional: La evaluación explora en qué medida el Proyecto Educativo Institucional, y sus componentes curriculares, tienen en cuenta la heterogeneidad de sus estudiantes; si éste es compartido por los integrantes de la comunidad educativa; si los programas existentes en el establecimiento están bien articulados; si las funciones y roles están claramente establecidas y si los recursos se han invertido de manera eficiente. Otro aspecto que es clave conocer en el marco de los PIE, es la toma de decisiones colegiadas y el trabajo colaborativo entre los distintos actores, con las familias y con el entorno social. Además, esta evaluación debe dar cuenta en qué medida la infraestructura y recursos existentes están adaptados a la diversidad de los y las estudiantes. -4-
  • 7. - Sala de clases. Contempla el análisis de los programas de estudio y de las prácticas pedagógicas; de los aspectos didácticos y metodológicos; de la organización de la clase; de las dinámicas de relación que se dan entre los alumnos/as; entre los profesores; entre profesores y especialistas, etc.; y de los estilos de enseñanza utilizados para dar respuesta a la diversidad y a las NEE de los estudiantes. Esta tarea requiere para su desarrollo un ambiente de cooperación profesional y confianza mutua. . - En relación al contexto socio familiar Debe aportar información de las prácticas educativas familiares, de la cultura y de las condiciones de vida en el hogar del estudiante; de las expectativas que tienen de sus hijos, de las posibilidades de apoyarlos en el estudio, y de participar en las actividades escolares, entre otros aspectos. - En el ámbito de la Salud, la evaluación debe dar cuenta de: - Tipo y grado del déficit y su carácter evolutivo en el tiempo. - Funcionamiento del o la estudiante en lo relativo a sus funciones físicas; actividades que es capaz de desarrollar y posibilidades de participación efectiva en el medio escolar. - Los factores contextuales, tanto ambientales como personales que interactúan con el o la estudiante. Para facilitar la recogida de información del ámbito de salud, el Ministerio de Educación pondrá a disposición de los especialistas, los formularios correspondientes. Éstos serán opcionales a los que el médico o el centro de salud utilice. b) La evaluación diagnóstica debe ser de carácter interdisciplinario; de acuerdo con lo establecido en el Decreto 170, en el proceso de evaluación diagnóstica integral del alumno o alumna, debe participar al menos un médico con la especialidad indicada para cada discapacidad o trastorno. Los sostenedores que cuentan con PIE, podrán asegurar a sus estudiantes un diagnóstico oportuno, estableciendo redes con los servicios de salud pública o privada. -5-
  • 8. c) La evaluación de NEE es un proceso continuo y cumple con diferentes finalidades, a saber: 1.- Evaluación Diagnóstica Integral de Ingreso. 2.- Evaluación de Proceso 3.- Reevaluación. PROCESOS QUE FORMAN PARTE DE LA EVALUACIÓN INTEGRAL DE NEE 1. Evaluación Diagnóstica Integral de Ingreso Esta evaluación cumple los siguientes propósitos: • Emitir un diagnóstico, que describa las fortalezas y dificultades que experimenta el/la estudiante en el aprendizaje escolar. • Identificar los apoyos específicos que requiere dicho/a estudiante para cursar con éxito su trayectoria escolar. • Establecer quiénes son los alumnos/as que cumplen con los requisitos para que ingresen a un establecimiento especial con NEE transitorias o ser beneficiarios directos de un PIE. Los estudiantes que presentan NEE transitorias deben contar con una evaluación diagnóstica integral, que cumpla con los requisitos establecidos en el Decreto 170. La familia es un actor relevante en este proceso, debe autorizar la evaluación, ser informada posteriormente de sus resultados y ser considerada en las decisiones que se tomen a partir de ella. Las fechas en que se efectuarán las evaluaciones de ingreso dependerán de cada establecimiento educacional. Sin embargo, su realización no debe exceder los 6 meses al momento de presentar los antecedentes de los/las estudiantes al Ministerio de Educación. -5-
  • 9. 2. Evaluación de proceso En el ámbito educativo, las evaluaciones de proceso o formativas deben tener en cuenta los progresos del estudiante y las metas establecidas en su plan educativo individual. Ellas deben ser sistematizadas e informadas a la familia. Este tipo de evaluación, cuya periodicidad debe ser determinada por los educadores y otros profesionales que proporcionan los apoyos, permitirá ajustar la respuesta pedagógica durante la marcha del proceso educativo. Asimismo, aportará información relevante para el proceso de reevaluación. 3. Reevaluación La reevaluación, según señala el Decreto 170, es un proceso anual que consiste en evaluar los progresos del estudiante y las condiciones que se crearon en el establecimiento para asegurar dicho progreso. La información que arroja este proceso es fundamental, ya que a partir de ella se decide si el estudiante egresa de la modalidad de educación especial o debe continuar por un año más. La toma de decisiones respecto del egreso de un estudiante del establecimiento o de la modalidad educativa, puede darse por diferentes razones. En algunos casos, el equipo educativo considerará que el/la estudiante, aun cuando continua su trayectoria escolar en el establecimiento, debe egresar de la modalidad de educación especial puesto que, las evidencias de su progreso y de las condiciones de su contexto, hacen concluir que ya no requiere de ayudas y recursos especiales, sino que bastan los recursos propios del aula y los apoyos que implementan los docentes. Otro factor de egreso, es por motivo de traslado del estudiante a otro establecimiento, término de su enseñanza o retiro del establecimiento. En el caso de traslado, el egreso deberá ser documentado con un informe psicopedagógico que dé cuenta del trabajo realizado con él o la estudiante y las orientaciones pertinentes, y se deberá informar al Departamento Provincial de Educación respectivo. Una copia de este informe deberá ser entregada a la familia. Asimismo, los antecedentes y documentos del estudiante en poder de la escuela serán devueltos a la familia o al estudiante adulto, debiendo el establecimiento escolar dejar una copia del informe que contiene la síntesis del diagnóstico y de los apoyos entregados durante el período escolar. -6-
  • 10. La reevaluación de NEE, debe aportar dos tipos de información: - Respecto del estudiante - Informar acerca de los avances obtenidos en las diferentes áreas, en consideración a su punto de partida inicial y al Plan Educativo Individual. - Evaluar la efectividad de las principales estrategias y apoyos utilizados durante el año escolar, tanto en el contexto educativo como familiar. - Evaluar las decisiones tomadas en el marco del Plan Educativo Individual del alumno o alumna. - Respecto del establecimiento escolar - Dar cuenta de la respuesta educativa implementada por el establecimiento con los recursos de la educación especial, de acuerdo con lo establecido en las metas del PIE comprometidas a través del Convenio MINEDUC –Sostenedor. Cuando un estudiante con NEE transitorias que ha sido beneficiario de la subvención de educación especial durante dos años requiere continuar en el PIE por tercer año consecutivo, es necesario que el sostenedor justifique las razones que avalan esta decisión. Esta fundamentación no sólo debe dar cuenta de las dificultades que persisten en el estudiante y justifican un tercer año, sino también de las medidas tomadas en el establecimiento, que no han conseguido el resultado esperado. FORMULARIOS DE REGISTRO PARA EL PROCESO DE EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA INTEGRAL DE NEE Formulario Único: Es un instrumento de uso obligatorio para las escuelas y liceos que cuentan con un PIE para los estudiantes que presentan NEE transitorias, para las escuelas especiales de lenguaje, y para las escuelas especiales que son beneficiarias de la subvención incrementada. Sin embargo, opcionalmente y es recomendable en los procesos de evaluación de las NEE permanentes, que se realizan en establecimientos con PIE y en escuelas especiales que no postulan al incremento. (PIE que se rigen por el Decreto Nº1/98). -7-
  • 11. El Formulario Único está constituido por distintos protocolos de registro de información y/o documentos. En consideración a que la evaluación integral de NEE, dependiendo de si se trata de la evaluación de ingreso o de una reevaluación, tienen distinta finalidad, algunos de estos protocolos que son parte del Formulario Único constan de dos versiones. A continuación se presentan los diferentes protocolos o documentos que en conjunto constituyen el Formulario Único para la Evaluación Integral de NEE: 1. Formulario Único Síntesis a) Formulario Único - Síntesis Evaluación de Ingreso(diagnóstico) La información del proceso de evaluación diagnóstica integral para ingresar a la modalidad de educación especial y recibir los apoyos que posibilita la subvención de educación especial en un PIE, debe ser registrada en el Formulario Único identificado como “Formulario Único - Síntesis de Ingreso”. La presentación de este documento es requisito para impetrar la subvención de educación especial por un alumno o alumna. Orientaciones para el uso del Formulario Único -Síntesis de Ingreso. El Formulario Único, debe contener el diagnóstico y la síntesis de la información recopilada en el proceso de evaluación; debe dar cuenta de los antecedentes relevantes del o la estudiante respecto de la evaluación de salud, de su familia y entorno y de las necesidades de apoyos específicos que éste necesita en el contexto educativo y familiar. Además, debe especificar los procedimientos y pruebas empleadas en el proceso de evaluación y consignar la fecha en que corresponde llevar a cabo la reevaluación. Es de responsabilidad del Sostenedor y del Director del establecimiento asegurar que la síntesis de la información y documentación relativa al proceso de evaluación integral del alumno/a realizado por diferentes profesionales, quede registrada en el Formulario Único Síntesis Evaluación de Ingreso. Para ello, se deberá cautelar que exista en el Establecimiento educacional, un profesional que coordine el proceso de evaluación al alumno/a, y que se haga cargo de: -8-
  • 12. • Elaborar la síntesis diagnóstica y registrarla en el Formulario Único. • Revisar que estén todos los documentos que dan cuenta del diagnóstico del estudiante en los distintos ámbitos, y que los mismos contengan los datos de los profesionales que participaron en la evaluación (nombre, Rut, especialidad, firma). • Reunir en el expediente del estudiante toda la documentación respecto del proceso de evaluación realizado, quedando como constancia para el seguimiento de los avances y progresos que va experimentando. • Cautelar que previo a la realización de los procesos de evaluación integral de NEE se haya informado a la familia del estudiante y solicitado la autorización para la realización de los mismos. • Asegurar que la familia reciba un informe que contenga los resultados de este proceso y las necesidades de apoyo que su hijo, hija o pupilo requiere. b) Formulario Único - Síntesis Reevaluación La síntesis de la información obtenida en el proceso anual de reevaluación debe ser registrada en el Formulario Único – Síntesis Reevaluación. A través de este procedimiento los equipos decidirán si el estudiante egresa del PIE o Escuela Especial o si requiere un año más de apoyo. Si se concluye que el estudiante requiere continuar, será necesario iniciar un nuevo proceso de Evaluación Diagnóstica de Ingreso, en el que se establezcan sus NEE y los apoyos que requerirá durante el nuevo año lectivo. Con este fin se deberá utilizar nuevamente el Formulario Único - Síntesis de Evaluación de Ingreso. En este caso, considerando que los procesos de reevaluación y de evaluación de ingreso se realizarán muy cercanos en el tiempo, no será necesario contar con una nueva evaluación médica, a menos que el equipo estime lo contrario. El Decreto 170, respecto de esta materia, hace un alcance sobre los estudiantes con NEE permanentes o con discapacidad, estableciendo que éstos tienen asegurada su continuidad en el PIE, a no ser que en el proceso de reevaluación se establezca lo contrario. -9-
  • 13. 2. Formulario Único - Apoyos Especializados para las NEE a) Formulario Único - Determinación de Apoyos Especializados Considerando el diagnóstico y toda la información recopilada en el proceso de evaluación de ingreso realizado al estudiante, este formulario está diseñado para facilitar el registro y determinación de las necesidades de apoyo que tiene el/la estudiante para progresar en sus NEE, así como la respuesta educativa que el establecimiento educacional debe implementar. Da cuenta de los tipos de apoyos prioritarios (personales, curriculares, materiales, organizativos, familiares) que requiere el estudiante para favorecer su aprendizaje y participación en el contexto escolar y familiar, los cuales deben ser determinados de manera conjunta por el equipo profesional de la escuela o liceo. b) Formulario Único - Evaluación de Apoyos Especializados Tiene por objetivo registrar la información de la efectividad de los apoyos y de la respuesta educativa implementada para el estudiante en el contexto escolar y familiar durante el año lectivo. Permite la toma de decisiones respecto de los nuevos apoyos que requiere el/la estudiante y la continuidad en la modalidad educativa. 3. Formulario Único - Valoración de la salud o informe médico El Formulario que el Ministerio de Educación propone para consignar la información relativa a la valoración de la salud del estudiante está orientado a que el/la profesional médico registre el diagnóstico y los antecedentes que considere relevantes de la evaluación del estudiante en éste ámbito. El formato propuesto es de uso opcional. No obstante ello, el documento que se utilice debe siempre contener el juicio del especialista respecto de la salud general del estudiante y de la presencia de los criterios diagnósticos para cada una de las dificultades o trastornos asociados a sus NEE. -10-
  • 14. 4. Formulario Único - Evaluación específica o especializada (psicopedagógica, fonoaudiológica, psicológica u otra) orientada a comprobar la existencia de una NEE determinada. Consiste en diferentes formularios, elaborados diferencialmente para cada una de las distintas NEE permanentes o transitorias a que hace referencia el Decreto 170. Para las NEE transitorias se cuenta con: Formulario Único para: - Dificultades Específicas del Aprendizaje - Trastorno Específico del Lenguaje - Trastorno de déficit atencional con o sin hiperactividad o trastorno hipercinético - Capacidad intelectual y funcionamiento adaptativo Están orientados al registro de información de las fortalezas y dificultades actuales del estudiante en el ámbito pedagógico y psicopedagógico y de los resultados de las evaluaciones especializadas (psicopedagógica, fonoaudiológica, psicológica, u otra) relacionadas con las NEE que éste presenta. Otros requisitos que exige la normativa para los procesos de evaluación y que deberán acompañar a estos Formularios son: - El Certificado de Nacimiento del alumno o alumna. - La autorización de la familia o del estudiante adulto para realizar la evaluación, denominada como consentimiento informado. - La anamnesis o registro de la información o antecedentes personales y contextuales históricos del estudiante, relevantes para el diagnóstico de las NEE que presenta o para la provisión de apoyos. - El informe a la familia con los resultados de la evaluación integral al estudiante y las necesidades de apoyos requeridas. -11-
  • 15. Formulario Autorización de la Familia o Consentimiento Informado Debe ser autorizada por la familia o por el propio estudiante adulto cuando corresponda, para lo cual se ha dispuesto de un protocolo, que debe ser utilizado para registrar esta autorización o consentimiento, una vez que se le ha entregado a la familia toda la información relativa a dicha evaluación. Esta autorización debe ser incorporada al expediente del estudiante y para ser válida debe contener los datos y firma de la persona responsable que autoriza y de quien recibe dicha autorización. En el Formulario Único de ingreso, debe quedar registrada la fecha de emisión de dicho consentimiento. La reevaluación no requiere un nuevo consentimiento de la familia. -Entrevista a la Familia y recogida de datos de anamnesis El propósito de este formulario, es registrar información relevante de los diferentes ámbitos de la vida del estudiante que presenta NEE. Para ello, incorpora datos básicos de una anamnesis, que son importantes para la evaluación de las NEE específicas del alumno/a. Está diseñada para ser utilizada por diferentes profesionales de la educación y/o de la salud. -Informe para la Familia Se propone una Pauta en la que se pueda describir, en lenguaje sencillo, el diagnóstico del estudiante, poniendo énfasis en sus fortalezas y en sus necesidades de apoyo. Además, se dan a conocer los apoyos que brindará la escuela al estudiante; espacios de aprendizaje, profesionales y otras estrategias diseñadas para el alumno/a. Así también, es importante compartir con la familia los apoyos que el estudiante requiere en el hogar, tomando en cuenta sus características y reales posibilidades. Por ello, la entrega de este documento con los resultados de la evaluación diagnóstica del alumno/a, debe hacerse a través de una entrevista, así también, la familia puede señalar al establecimiento sus necesidades de apoyo para cumplir con lo que se le solicita. -12-
  • 16. Los compromisos más importantes que se establezcan con la familia deben quedar registrados en este documento. Los protocolos que se presentan a continuación son opcionales pero la evaluación solicitada es obligatoria y debe estar registrada e incorporada en el expediente del alumno o alumna. Evaluación Psicopedagógica y curricular Este instrumento ha sido diseñado para realizar una exploración general del o la estudiante en los distintos ámbitos y sectores de aprendizaje y en los distintos momentos del año. Considera los siguientes aspectos: • Pauta para la detección de NEE en diferentes áreas de aprendizaje y desarrollo. • Pauta de observación del estudiante en el ambiente escolar. • Dimensión institucional. • Estrategias de apoyo utilizadas. • Interconsulta o derivación a otro/a profesional Su propósito es registrar la información relevante referida a las interconsultas o derivaciones que cumplen con la finalidad de confirmar, descartar o complementar el diagnóstico que se asocia a las NEE que presenta el o la estudiante. Otros requisitos para asegurar un proceso de evaluación de calidad • El establecimiento deberá tomar las medidas necesarias para usar la información obtenida en el proceso de evaluación de manera adecuada, resguardando la confidencialidad de la misma. Además deberá asegurar que esté disponible en los procesos de asesoría técnica y de fiscalización por parte del MINEDUC. • Toda la documentación reunida en el proceso de evaluación es de la familia del estudiante, o del propio estudiante adulto, según sea el caso. -13-
  • 17. • Los resultados de la evaluación del o la estudiante deberán ser informados por escrito y a través de una entrevista a la familia u otra persona responsable del estudiante o al estudiante adulto. Dicho informe deberá describir de manera comprensible el diagnóstico y las NEE que se derivan del mismo. • Toda la documentación del alumno/a (anamnesis, evaluaciones psicopedagógicas y pedagógicas, protocolos de aplicación de las pruebas, entre otros) recogida durante el proceso de evaluación, deberá ser incorporada en el expediente del estudiante. • Anualmente, el establecimiento educacional deberá elaborar el Informe de Evaluación Anual, que de cuenta de los avances obtenidos, determine la continuidad y el tipo de apoyos requeridos. -14-
  • 18. CONCLUSION En conclusión el decreto 170 apoya al niño con NEE y familia, ya que con una evaluación diagnostica se puede identificar qué tipo de NEE tiene y que establecimiento educacional es acorde a si necesidad, el cual se hace responsable de la evolución que tenga el niño en su estadía en este establecimiento, eso sí contando con el apoyo familiar de este. Se entiende igual que la familia juega un rol relevante en este proceso ya que debe autorizar una evaluación después de la cual será informada de sus resultados. También se explica el tipo de formularios a realizar en este proceso de evaluación del niño con NEE, los cuales ayudan a encontrar en centro educacional y profesionales acordes a cada necesidad, el establecimiento está obligado a informar a la familia por escrito y con una entrevista sobre la evolución del mismo, de forma comprensible. -15-