1. 1
Febrero 29, 2016
Contactos:
Eliana Lesem Guerra
+(511) 625 4780
eliana.lesem@martinotabogados.pe
Jessica Hondermann Gómez
+(511) 625 4780
jessica.hondermann@martinotabogados.pe
Verónica Pinillos Salinas
+(511) 625 4780
veronica.pinillos@martinotabogados.pe
Martinot Abogados S.C.R.L.
www.martinotabogados.pe
Avenida Armendáriz N° 480
Piso 2
Miraflores
Este documento es una fuente de
información y referencia general para
los clientes y amigos de Martinot
Abogados S.C.R.L.; por lo que no debe
ser considerado como una opinión
legal o asesoría de ninguna clase.
Simplifican procedimiento de autorización de
promoción comercial ante la ONAGI.
El 27 de febrero de 2016 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la
Resolución Ministerial N° 0126-2016-IN (en adelante, la Resolución),
mediante la cual se modifica el Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA de la Oficina Nacional de Gobierno Interior
(ONAGI), y se simplifican los requisitos que los administrados deben cumplir
para obtener una autorización de promoción comercial.
De acuerdo al nuevo TUPA, para el procedimiento de autorización de
promoción comercial, bastará que los administrados presenten ante la
ONAGI: (i) solicitud, (ii) declaración jurada única, y (iii) copia del recibo de
pago de tasa efectuado en el Banco de la Nación. Adicionalmente, se ha
señalado que el procedimiento se encuentra sujeto a la aplicación del silencio
administrativo positivo; por lo que frente a la falta de respuesta de la
autoridad en el plazo legal para resolver la solicitud, se entenderá que ésta se
encuentra aprobada.
Finalmente, se ha establecido que a partir del 08 de marzo de 2016, el trámite
de autorización podrá realizarse de forma virtual a través de un aplicativo
informático.