El documento trata sobre el ciberacoso o ciberbullying. Explica que es un tipo de acoso psicológico que ocurre a través de internet o dispositivos electrónicos entre menores de edad. Puede tomar varias formas como insultos, publicación de fotos o información humillante sin consentimiento, robo de identidad y amenazas. También describe la "Ley Olimpia" en México, la cual sanciona este tipo de delitos con prisión de 3 a 6 años y multas considerables.
2. UNIVERSIDAD HARTMANN
LICENCIATURA EN CRIMINOLOGÍAY CRIMINALÍSTICA.
MATERIA:
DERECHO INFORMÁTICO
CIBERBULLYING
PRESENTA:
ADRIANA B. D.
DOCENTE:
… … …
3. • Maltrato físico y/o
psicológico deliberado y
constante que recibe un
niño o adolescente por
parte de otro u otros.
• Se comportan con él
cruelmente con el objetivo
de someterlo y asustarlo.
• Implica una repetición
continuada de las burlas o
las agresiones.
• Puede provocar la exclusión
social de la víctima.
¿QUÉ ES EL BULLYING?
4. CLASIFICACION DE BULLYING
Bullying físico
Bullying
verbal
Bullying
psicológico
Grooming Cyberbullying
acoso o
intimidación
por medio de
las tecnologías
digitales.
acoso sexual de
una persona
adulta a una
niña, un niño o
un adolescente
por medio de
internet.
El
acoso psicológico
debilita
anímicamente a
una persona,
dañando su
autoestima,
generando miedo
e inseguridad.
Se da con
insultos,
gritos y
apodos
ofensivos
hacia la
víctima.
agresión física
como golpes,
palizas,
empujones que
ejerce una o
varias personas
contra la víctima
y de forma
constante.
5. ¿QUÉ ES EL CIBERBULLYING?
CIBERBULLYING
Es una adaptación de las palabras en inglés cyber y bullying; en
español lo conocemos como ciber abuso o violencia entre iguales.
Ciberbullying es un término que se
utiliza para describir cuando un niño
o adolescente es
molestado, amenazado, acosado,
humillado, avergonzado o abusado
por otro niño o adolescente, a través
de Internet o cualquier medio de
comunicación como teléfonos
móviles o tablets.
Se caracteriza por que el acoso se da entre dos
iguales, en este caso, menores. Es importante
distinguirlo, ya que existen otras prácticas en la
que se involucran adultos y que se denominan
simplemente ciberacoso o acoso cibernético,
con las consecuencias legales que tienen los
actos de un mayor de edad en contra de un
menor.
6. El ciberbullying no es algo que ocurra una sola vez y además se presenta
de distintas formas, desde insultos, discriminación o burla sobre
características físicas, forma de vestir, gustos, hacer pública información o
fotografías que avergüenzan a la víctima, robo de identidad y
suplantación, hasta amenazas de daño físico y otros cargos que pueden
ser tipificados como delincuencia juvenil.
7. ALGUNAS FORMAS DE
CIBERBULLYING SON:
• Acoso por mensajería
instantánea (Whatsapp,
Messenger, Facebook, SMS).
• Robo de contraseñas.
• Publicaciones ofensivas en
Blogs, foros, sitios web y
redes sociales como
Facebook, Twitter u otras.
• Encuestas de popularidad
para humillar o amedrentar.
8. LA “LEY OLIMPIA” Y EL COMBATE A LA
VIOLENCIA DIGITAL
¿Qué es?
Es un conjunto de reformas a la Ley General de
Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia y al Código Penal Federal, que buscan
reconocer la violencia digital y sancionar los
delitos que violen la intimidad sexual de las
personas a través de medios digitales, también
conocida como ciberviolencia.
¿Qué es la violencia digital?
Son actos de acoso, hostigamiento, amenazas,
insultos, mensajes de odio, vulneración de datos o
información privada realizados mediante el uso de
tecnologías. Además de la difusión de imágenes,
audios o videos —reales o simulados— del
contenido íntimo sexual de una persona sin su
consentimiento.
¿Cuáles son las sanciones?
La “Ley Olimpia” contempla sanciones de tres a
seis años de prisión para quienes realicen estas
acciones y multas que van de 500 a 1,000
Unidades de Medida y Actualización (UMA). En
2021 la UMA tiene un valor de 89.62 pesos diarios,
según el Inegi.