2. REQUISITOS PARA SER DIRIGENTE Mayor de 18 años Saber leer y escribir No haber sido condenado o procesado por delito que merezca pena aflictiva. Tener una antigüedad mínima de seis meses como socio del sindicato, salvo que el mismo tuviere una existencia menor. A pesar de lo anterior, son los estatutos de cada organización los encargados de indicar los requisitos específicos.
3. CANDIDATOS Y ELECCIÓN Se consideran candidatos todos los trabajadores afiliados que reúnan los requisitos exigidos en los estatutos yque además hubieren presentado su candidatura. Los candidatos a directores gozarán de fuero mientras dure el proceso de elección. Pueden votar todos los socios según indique los estatutos de la organización. Si se produce un empate entre dos o más candidatos, habrá una nueva elección con los candidatos empatados.
4. ASAMBLEA GENERAL Es un organismo decisorio y directivo superior a través del cual se expresa la voluntad de la organización sindical y que se constituye por la reunión de sus asociados.
5. DISOLUCIÓN DEL SINDICATO Se produce cuando se declara judicialmente que el sindicato se encuentra afectado por alguna causal de disolución contemplada en la ley. El acuerdo de la mayoría absoluta de los afiliados; El incumplimiento grave de las obligaciones legalmente impuestas. El haber dejado de cumplir con los requisitos necesarios para su constitución.
6. FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES Una federación es la unión de tres o más sindicatos. Una confederación es la unión de tres o más federaciones o de veinte o más sindicatos. Prestan asistencia y asesoría a las entidades sindicales de inferior grado que agrupen. La participación en la constitución debe ser acordada por la mayoría absoluta de los trabajadores/sindicatos afiliados, mediante votación secreta y en presencia de un ministro de fe.
7. PRÁCTICAS ANTISINDICALES Ningún empleador o trabajador puede impedir la afiliación a un sindicato, presionara a trabajadores para que se desafilien o impedir la creación o funcionamiento de un sindicato.
8. PRÁCTICAS ANTISINDICALES Todas aquellas conductas que, por vía de acción o de omisión, lesionan la libertad sindical, tanto en su manifestación individual como colectiva, afectando, por regla general, a trabajadores, a sus representantes o a la organización sindical misma.
9. Del empleador Obstaculice la formación o funcionamiento de sindicatos. Que se niegue a proporcionar la información a los dirigentes del sindicato. Ofrezca u otorgue beneficios especiales con el fin exclusivo de desestimular la formación de un sindicato Ejecute actos de injerencia sindical Ejerza discriminaciones indebidas entre trabajadores Aplique las estipulaciones de un contrato o convenio colectivo a los trabajadores que no son del sindicato sin efectuar el descuento o la entrega al sindicato de lo descontado.
10. Del trabajador El que acuerde con el empleador la ejecución por parte de éste de alguna de las prácticas desleales. Los que apliquen sanciones de multas o de expulsión de un afiliado por no haber acatado éste una decisión ilegal. El que acuerde con el empleador el despido de un trabajador u otra medida o discriminación indebida por no haber éste pagado multas, cuotas o deudas a un sindicato. Los miembros del directorio de la organización sindical que divulguen a terceros ajenos a éste los documentos la información que hayan recibido del empleador y que tengan el carácter de confidencial o reservados.