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MANUAL DE CONVIVENCIA
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MANUAL DE CONVIVENCIA
RESOLUCIÓN RECTORAL No 003-2014
(Marzo 11 de 2014)
Por medio de la cual se adopta el manual de convivencia del COLEGIO LONDRES con las
actualizaciones a la luz de la ley 1620 de 2013 y el decreto 1965 del mismo año.
El rector del Colegio Londres en nombre del Consejo Directivo, en uso de sus facultades legales que
le confiere la Ley General de la Educación de febrero 8 de 1994, en su decreto reglamentario 1860
del 3 de agosto de 1994, la resolución 6100 del 26 de diciembre de 1995 y 1500 del 19 de abril de
1996, el Proyecto Educativo Institucional y,
CONSIDERANDO QUE:
1. La ley 1620 de 2013 establece frente al manual de convivencia en su artículo 21: “…Es una
herramienta construida, evaluada y ajustada por la comunidad educativa, con la participación
activa de los estudiantes y padres de familia, de obligatorio cumplimiento en los
establecimientos educativos públicos y privados y es un componente esencial del proyecto
educativo institucional”…
2. La comunidad educativa participó activamente en las actualizaciones realizadas al manual de
convivencia a través de sus representantes en los diferentes estamento institucionales, como
se constata en las siguientes actas:
 Consejo académico, según acta Nº 2 de febrero 3 de 2014.
 Consejo de estudiantes, según acta Nº 2 de marzo 7 de 2014.
 Consejo de padres, según acta Nº 2 de marzo 3 de 2014.
 Comité de convivencia escolar, según acta Nº 2 de marzo 10 de 2014
3. Que el consejo directivo del Colegio Londres aprobó las actualizaciones realizadas al manual
de convivencia, según acta Nº 2 y acuerdo Nº 1 de marzo 11 de 2014.
RESUELVE:
Artículo 1º - Adoptar y aplicar a partir de la fecha el manual de convivencia escolar con las
actualizaciones aprobadas por el consejo directivo, según acta Nº 2 de marzo 11 de 2014.
1. QUIÉNES SOMOS
El Colegio Londres, es una institución de educación formal, de carácter privado que atiende a una población de
educandos entre los 4 y 18 años, en los niveles de: Jardín, transición, básica primaria, básica secundaria y
media académica. Aprobada según resoluciones 07214 de 1990, y 16857 de diciembre de 2002, expedidas por
la Secretaría de Educación de Antioquia; resolución 358 del 27 de octubre del 2011 de la Secretaría de
Educación de Sabaneta y convalidadas por el Ministerio de Educación de Colombia y que autorizan la
expedición del título de Bachiller Académico. Fue fundado el 28 de Septiembre de 1989. Inició sus labores
académicas el 23 de Enero de 1990. Está ubicado en el Municipio de Sabaneta.
MANUAL DE CONVIVENCIA
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Nuestros estudiantes y egresados son reconocidos por su alta calidad humana y su excelente rendimiento
académico, estamos clasificados por el ICFES como institución de Rendimiento Académico MUY SUPERIOR.
Fuimos condecorados con la Orden de la Democracia, por el Congreso de la República, y contamos con dos
distinciones Andrés Bello por sobresalientes resultados en las pruebas del ICFES, de nuestros bachilleres.
El Proyecto Educativo Institucional está encaminado a la Educación y crecimiento en valores y a la formación
académica con énfasis en las áreas de Matemáticas e inglés con miras a la Excelencia Educativa.
2. PRESENTACIÓN
El Manual de Convivencia es el conjunto de principios morales, éticos y sociales que sirven de base para
formar, orientar, evaluar, corregir o estimular los comportamientos de los estudiantes en un marco de formación
de valores, a la luz de la Filosofía y Misión del Colegio, orientados al logro del Perfil de estudiante que quiere
formar nuestra institución.
Este Manual es el producto del consenso y concertación general de directivos, educadores, padres de familia y
muy especialmente de los estudiantes.
La disciplina es el resultado de toda labor escolar y el currículo debe estar organizado de tal manera que no la
entorpezca, sino que la fomente. A la disciplina del estudiante contribuyen las tareas de instrucción, formación
y orientación, ya que ellas moldean la conducta y mediante ellas el estudiante logrará cada vez, en mayor
medida, conseguir su autodeterminación, su autodisciplina y su autorregulación.
3. FILOSOFÍA DEL COLEGIO LONDRES
El eje de nuestra labor educativa es EL ESTUDIANTE, como persona que debe desarrollar sus potenciales
físicos, afectivos, intelectuales y creativos, de modo que pueda encontrar sentido a su vida, y perfilar su
realización personal proyectada a la Sociedad para generar e impulsar procesos de transformación. De ahí el
lema que nos identifica “UN MUNDO PARA LA PERSONA”.
3.1 MISIÓN
Contribuir en la formación de mujeres y hombres de bien y útiles a la sociedad, capaces de obrar de manera
consciente, asumiendo con responsabilidad las consecuencias de sus actos. Personas éticas, tolerantes,
democráticas, participativas, respetuosas, solidarias, críticas y reflexivas; con templanza de carácter y
autocontrol. Ciudadanos comprometidos con el desarrollo del país, pero con una visión globalizadora, que
posean sólidos conocimientos en las diferentes áreas del saber, con competencia lingüística en Inglés y
suficientes conocimientos en tecnología e informática para acceder sin dificultades a la Educación Superior y
desempeñarse en ella de manera óptima.
3.2 VISIÓN
 Mantenernos como una institución altamente competitiva, considerada como de excelente calidad entre las
de su género en el ámbito regional y nacional por:
 Ser una institución reconocida por sus aciertos educativos, dentro de un esquema abierto y participativo
que promueva una educación integral y de servicio, para el bien del país.
 Mejorar constantemente las condiciones físicas y pedagógicas ofrecidas a la comunidad educativa para el
desarrollo de procesos y el logro de sus propósitos.
 Disponer de recursos técnicos, tecnológicos y ayudas didácticas de última generación como apoyo al
proceso de aprendizaje.
 Lograr un perfil del estudiante Colegio Londres totalmente consolidado, como resultado de su participación
en nuestro proyecto desde sus primeros años.
 Mantener un número reducido de estudiantes que garantice un proceso formativo eficaz.
MANUAL DE CONVIVENCIA
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 Promover en nuestros estudiantes el dominio del idioma Inglés como segunda lengua.
 Propiciar el intercambio cultural y académico con otros países, sin que se afecten la continuidad ni la
calidad del proceso educativo.
3.3 PRINCIPIOS COMO MIEMBROS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR.
Nuestra educación se fundamenta en los siguientes principios del sistema nacional de convivencia escolar y
formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la
violencia escolar; establecidos en el artículo 5 de la ley 1620 de marzo 15 de 2013:
1. Participación: garantizando el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de
las estrategias y acciones que se adelanten dentro de la institución.
2. Corresponsabilidad: La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son
corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus
respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado
en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia.
3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia
con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones
4. Diversidad: Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se
fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos,
democráticos e incluyentes.
5. Integralidad: la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la
sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.
3.4 OBJETIVOS INSTITUCIONALES
a. Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad
democrática, participativa, pluralista e intercultural.
b. Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la
identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento
de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos.
c. Promover el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes.
d. Fomentar prácticas democráticas y participativas y de convivencia ciudadana.
e. Ayudar a desarrollar una sana sexualidad que fomente el conocimiento de sí mismo, la autoestima, la
identidad sexual dentro del respeto por los géneros, la equidad y la afectividad preparándolos para una vida
f. familiar armónica.
g. Fomentar una conciencia educativa basada en el esfuerzo y el trabajo.
h. Fomentar la adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del ambiente
de la calidad de vida, la prevención de desastres, la conservación de los recursos naturales y el patrimonio
histórico y cultural.
i. Inculcar en el estudiante, el concepto de educación como un proceso permanente
j. Incrementar la lectura como medio eficaz de auto preparación.
4. SOPORTE LEGAL
El Colegio Londres se regirá en todos sus actos por la Constitución Nacional, las normas dictadas por el
Ministerio de Educación Nacional y por la Secretaría de Educación Departamental y Municipal.
Nuestro soporte legal se fundamenta:
 Respecto a la constitución política:
"Defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la
vigencia de un orden justo".
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"Estudiar la Constitución y la Instrucción Cívica.
"Fomentar prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación
ciudadana."
Defender los derechos fundamentales de los niños: “la vida, la integridad física, la salud y la seguridad
social, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión".
"La Protección y la formación integral."
"Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al
aprovechamiento del tiempo libre."
"La comunidad educativa es partícipe de la orientación del Colegio”
"La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica".
"Los padres de familia tienen derecho a escoger el tipo de educación para sus hijos menores."
"El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los Colombianos en
igualdad de oportunidades..."
 CON RELACIÓN AL CÓDIGO DEL MENOR:
En el Decreto Ley 2737 de 1.989, los artículos 311 al 319, recogen los ordenamientos sobre la "Educación
del Menor". Todos ellos serán de estricto cumplimiento por parte del Colegio.
 Artículo 87 de la Ley General de Educación: “Todos los establecimientos educativos tendrán un
Reglamento o Manual de Convivencia en el cual se definen los derechos y obligaciones de los estudiantes.
Los padres o tutores y los estudiantes al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos,
están aceptando el mismo”.
 Artículo 17 del decreto 1860/94: “El Reglamento o Manual de Convivencia debe contener una definición
de los derechos y los deberes de los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la
Comunidad Educativa. En particular, debe contemplar los siguientes aspectos”…
 Ley 1098 de 2006, Código de la infancia y la adolescencia.
 Decreto 1423 de 1993. Establece el Manual de Convivencia para las Instituciones educativas.
 Ley 715 de 2001 sobre recursos y competencias
 Decreto 1850 de agosto 13 de 2002 sobre jornada escolar y jornada laboral.
 Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013. Se crea el Sistema nacional de convivencia escolar y formación para el
ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y la mitigación de la
violencia escolar
 Decreto 1965 de Septiembre de 2013. Reglamenta Sistema Nacional de convivencia y formación para el
ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y la mitigación de la
violencia escolar.
 Con relación a la calificación de comportamiento
Nuestro Manual de Convivencia se apoya en las orientaciones y criterios establecidos por el Ministerio de
Educación Nacional en el decreto 1290 de abril 16 de 2009, en el que se reglamenta la adopción del Sistema
Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE).
 Circular 19 del 14 de marzo de 1.994. En relación con los procesos que dan lugar a la sanción definitiva de
exclusión de un estudiante, nuestro Manual de Convivencia contempla los lineamientos estipulados, en
cuanto al derecho constitucional del "debido proceso" a través del cual el estudiante hace uso de las
oportunidades de defensa, garantizándose los principios de igualdad, justicia y participación democrática.
MANUAL DE CONVIVENCIA
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5. DERECHOS Y DEBERES
Los derechos y deberes considerados y consignados en el presente manual, son decididamente coherentes con
los derechos fundamentales, sociales y colectivos consagrados en nuestra Carta Constitucional.
5.1 DERECHOS CONSTITUCIONALES:
Artículo l5: a la intimidad...
Artículo l6: al desarrollo de su personalidad...
Artículo 20: expresar y difundir su pensamiento y opiniones...
Artículo 2l: a la honra...
Artículo 22: La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.
Artículo 27: El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y práctica.
Artículo 29: El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.
Artículo 43: La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades.
Artículo 44: Son derechos fundamentales de los niños: La vida, la integridad física, la salud y la seguridad
social...
Artículo 52: a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.
Artículo 67: La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social...
Artículo 79: a gozar de un ambiente sano.
Artículo 86: a la acción de tutela...
5.2 DEBERES CONSTITUCIONALES:
Artículo 95: La calidad de colombiano enaltece a todos los bienes de la comunidad Nacional... Toda persona
está obligada a cumplir la Constitución y las Leyes, son deberes de la persona y el ciudadano:
 Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
 Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones
que pongan en peligro la vida o la salud de las personas
 Defender y difundir los derechos humanos...
 Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país
 Propender al logro y mantenimiento de la paz
 Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia
 Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano
 Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado...
5.3 DERECHOS DEL ESTUDIANTE:
Para la Comunidad Educativa del Colegio Londres el RESPETO es el elemento esencial que debe
acompañar todas las acciones cotidianas de quienes hacen parte de la Institución. Por lo anterior, los
estudiantes deben BRINDAR a los demás y EXIGIR para sí respeto. Cualquier falta de respeto (palabra o
hecho), en nuestro Colegio, tiene carácter de grave.
1. A recibir de los profesores, directivos y compañeros un buen trato a la altura de su dignidad como persona
dentro y fuera de la institución.
2. A ser tratado con dignidad frente a los desaciertos o equivocaciones, recibiendo la orientación pertinente a
través de una actitud comprensiva.
3. A presentar reclamos justificados ante situaciones difíciles o problemáticas en razón de las cuales se
sientan lesionados los derechos, así mismo, a recibir y aportar los elementos y recursos necesarios para la
solución de las mismas.
4. Disfrutar responsablemente de un ambiente sano y adecuado y de las instalaciones, dotación y servicios
que correspondan al óptimo desarrollo de las actividades pedagógicas.
5. A recibir cuidado, asistencia y protección, sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, lengua,
religión, opinión política o filosófica.
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6. Ser respetado en su intimidad, y a que la información personal que sobre él se reciba, se maneje con
absoluta discreción y reserva.
7. A expresar libre y respetuosamente sus inquietudes, puntos de vista, formas de pensar, opiniones, etc.
8. A que se les proporcione un ambiente adecuado, donde el orden y la organización garanticen el cabal
desarrollo de las actividades formativas y curriculares.
9. A exigir de sus superiores, compañeros y demás miembros de la comunidad educativa, adecuada
presentación personal.
10. A la valoración de sus éxitos, aciertos y progresos en los diferentes campos de su formación y desarrollo.
11. A exigir el cumplimiento cabal y puntual de los compromisos adquiridos previamente por directivas,
profesores y demás personal de la institución.
12. Al conocimiento de su estado académico y formativo antes de su registro en el informe descriptivo
periódico.
13. A asociarse libremente en organizaciones que persigan como propósito el desarrollo y bienestar de la
institución, a elegir y ser elegido para representar al estamento estudiantil en el Consejo Directivo, la
Personería, el Consejo de Estudiantes o el comité escolar de convivencia; esto es en el Gobierno Escolar.
14. A que se le propicien espacios de descanso, esparcimiento, juego, práctica del deporte, participación en
actividades lúdicas, artísticas, culturales y científicas de la institución y su entorno.
15. A que le sean respetadas sus pertenencias y bienes personales.
16. A la utilización de los recursos didácticos, espacios pedagógicos y herramientas o instrumentos de uso
común necesarios para su proceso de aprendizaje.
17. A que los miembros de la institución se comporten con sobriedad y decoro.
18. Al uso de las oportunidades de defensa o principio constitucional del “debido proceso” cuando haya sido
señalado como culpable de cometer un acto contra la conducta o disciplina. Y a que las sanciones se le
apliquen según el Decreto Departamental 1423 del 6 de mayo de 1993.
19. A ser recibido en el colegio para repetir el año no aprobado por primera vez, siempre y cuando haya
cumplido con las normas del Manual de Convivencia.
20. A recibir una formación integral fundamentada en los valores y principios de la sana moral, que constituyen
la razón de ser de la institución
21. A que se acepten y analicen las excusas y documentos presentados en un término no superior a 8 días,
que justifiquen la no asistencia o los impedimentos que no han permitido realizar determinada tarea,
evaluación o función y a que se le brinden alternativas para solucionar la dificultad.
22. A conocer suficientemente los procesos metodológicos y evaluativos diseñados por la institución.
23. A ser protegido de toda amenaza física o moral, o abuso sexual.
24. A ser considerado como eje de la acción educativa, tomando parte en las decisiones y las realizaciones que
favorecen el avance de los procesos pedagógicos.
25. A recibir una formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y
mitigación de la violencia escolar.
26. Ser protegido en caso de informar sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra; a través
de la discreción absoluta de las personas encargadas de recibir la información.
5.4 OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE:
1. Mostrar respeto hacia todos los miembros de la comunidad educativa.
2. Asistir y participar de los actos religiosos que se celebran regularmente (Si ha manifestado ser Católico)
3. No portar accesorios disonantes con el uniforme.
4. Demostrar deseo de superación y realizar esfuerzos para mejorar cada día.
5. Cumplir cabal y puntualmente con las obligaciones inherentes a su condición de estudiante: horarios
establecidos, responsabilidades académicas y extra académicas, jornadas extraordinarias adoptadas en
razón de la conveniencia de los miembros de la Institución.
6. Participar activa y responsablemente en las organizaciones o comités institucionales constituidos por
iniciativa propia o por disposiciones legales y para los cuales hayan sido delegados o asignados,
respetando y cumpliendo los reglamentos y estatutos establecidos por ellos.
7. Hacer uso responsable, racional y sano de todos los espacios de la institución, cumpliendo con el
reglamento correspondiente.
MANUAL DE CONVIVENCIA
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8. Cuidar y preservar todos los recursos institucionales necesarios en su proceso de aprendizaje; haciéndose
responsable de daños y pérdidas ocurridas en las instalaciones, dotaciones y servicios a cuyo disfrute haya
tenido acceso.
9. Escuchar y respetar los puntos de vista, formas de pensamiento y opiniones de los demás miembros de la
comunidad educativa.
10. Respetar la vida íntima de sus compañeros, profesores, directivas y demás miembros de la comunidad
educativa.
11. No incurrir en faltas que atenten contra la disciplina o la convivencia escolar.
12. hacer uso apropiado de las instalaciones locativas de la institución.
13. Dar buen trato a sus superiores en la medida de su dignidad como personas y como autoridad jerárquica.
14. Respetar y no usar sin consentimiento los bienes y pertenencias de los demás.
15. Presentar al regreso a clases, las excusas y documentos -debidamente firmados por los padres o
acudientes- que justifiquen la no asistencia o la imposibilidad para el cumplimiento de tareas,
responsabilidades o evaluaciones; y responder con diligencia y aplicación por todas las actividades
institucionales desarrolladas en su ausencia.
16. Responder positivamente a las orientaciones de formación para el ejercicio de los derechos humanos, la
educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia y la formación en ética y valores
que proporciona la institución, evitando manifestaciones de violencia (peleas, rencillas o malos tratos hacia
compañeros o superiores).
17. Buscar la orientación adecuada sobre sus inquietudes con respecto a la sexualidad.
18. No portar revistas, videos, literatura ni música pornográfica.
19. No portar armas, material explosivo o elementos que atenten contra la integridad física personal o de los
demás.
20. Participar en la elaboración y actualización del Manual de Convivencia
21. Contribuir al establecimiento de un ambiente adecuado de convivencia, practicando la educación en y para
la paz, las competencias ciudadanas, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el
cumplimiento de la ley.
22. Practicar hábitos de orden, organización y adecuada presentación personal, portando correctamente el
uniforme.
23. Comportarse con sobriedad, decoro y buenos modales, evitando en la Institución y en el transporte del
Colegio los contactos físicos de excesiva confianza que no hacen parte de nuestros procesos formativos ni
académicos
24. No ingerir o usar sustancias sicotrópicas o estupefacientes.
25. No ingerir alcohol, ni fumar dentro del colegio o fuera de él cuando se actúa en su nombre.
26. No encubrir faltas de otros compañeros.
27. No alterar injustificadamente el normal desarrollo de las clases y actividades académicas y/o formativas.
28. Atender las orientaciones, demostrando deseos de superación y actitud de mejoramiento.
29. Ser leal y demostrar el sentido de pertenencia y compromiso hacia la institución, defendiendo siempre su
buen nombre y no utilizándolo de manera inadecuada en acciones (bailes, convivencias, excursiones, rifas,
actos sociales, etc.) no autorizadas por el Colegio, y que puedan atentar contra su imagen y prestigio.
30. No permanecer en dependencias o sitios no autorizados durante los descansos.
31. Estar dispuesto a aportar los elementos necesarios que contribuyan a la solución de las situaciones
problemáticas de manera respetuosa, buscando la concertación y el convenio, y apelando a la utilización de
los conductos regulares así:
1. Profesor con quien está relacionado el asunto.
2. Director del grupo.
3. Coordinador de convivencia.
4. Coordinador general.
5. Dirección general.
6. Rector
7. Consejo directivo.
32. Participar adecuadamente en los espacios deportivos programados por el colegio, esto implica el juego
limpio, el trabajo en equipo y el adaptarse a las normas de juego.
33. Cuidar los elementos de la institución que se le presten (libros, implementos deportivos, etc) y devolverlos
oportunamente, según las condiciones establecidas para ello.
34. Hacer barras positivas en los eventos deportivos, dentro y fuera del colegio.
35. Tener un trato cortés y respetuoso con las personas que visitan el colegio.
36. Abstenerse de comer en los espacios académicos, enfermería, oficinas y/o salas de espera.
MANUAL DE CONVIVENCIA
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37. No ingresar a los cafetines o áreas de mantenimiento.
38. Apropiarse conscientemente de las fórmulas de convivencia establecidas en el presente manual, resultado
de un trabajo concertado de todos los estamentos de la institución; y comprometerse responsablemente en
su cumplimiento como garantía de organización y convivencia armónica.
5.5 DERECHOS DE LOS PROFESORES.
Los educadores al servicio del COLEGIO LONDRES gozarán de los siguientes derechos:
1. Libre asociación, de acuerdo a la Constitución y las Leyes.
2. Tener a disposición los materiales pedagógicos necesarios, las ayudas audiovisuales, los instrumentos de
laboratorio, la asignación de presupuesto para realizar las diferentes actividades que competen a la calidad
del trabajo que se realiza.
3. A recibir de los estudiantes, directivos y compañeros un buen trato a la altura de su dignidad como persona
dentro y fuera de la institución.
4. Ser respetado en su intimidad, y a que la información personal que sobre él se reciba, se maneje con
absoluta discreción y reserva.
5. A expresar libre y respetuosamente sus inquietudes, puntos de vista, formas de pensar, opiniones, etc.
6. Percibir oportunamente la remuneración asignada por el respectivo cargo.
7. Participar de los programas de capacitación y bienestar social y gozar de los estímulos de carácter
profesional y económico que se establezcan.
8. Disfrutar de las vacaciones pactadas, de acuerdo a la Ley.
9. Obtener el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales de Ley.
10.Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.
11.No ser discriminado por razón de sus creencias religiosas, políticas, ni por distinciones fundadas en
condiciones sociales o raciales.
12.A exigir el cumplimiento cabal y puntual de los compromisos adquiridos previamente por directivas.
13.A que le sean respetadas sus pertenencias y bienes personales.
14.Ser protegido en caso de informar sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra; a través de
la discreción absoluta de las personas encargadas de recibir la información.
5.6 RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS PROFESORES.
Los docentes tienen como deberes generales los siguientes:
1. Cumplir con la Constitución y las Leyes de Colombia.
2. Participar en la elaboración de planes de su área y proyectos institucionales, que contribuyan a la
construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la
construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la
vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.
3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del
establecimiento educativo.
4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.
5. Programar y organizar metodológicamente las actividades inherentes a su cargo, de acuerdo a los
lineamientos del Colegio.
6. Presentar puntualmente al Coordinador correspondiente el informe del rendimiento y/o comportamiento de
los estudiantes a su cargo cuando sea requerido
7. Ejercer la dirección, orientación y asesoría de grupo cuando le sea solicitada
8. Participar en los comités y comisiones en que sea requerido y cumplir con el reglamento y funciones que de
allí se deriven.
9. Acompañar a los estudiantes en los sitios de descanso y esparcimiento asignados, velando por el
cumplimiento de la norma y la sana convivencia.
10.Desempeñar con calidad y profesionalismo las funciones propias de su cargo.
11.Cumplir las órdenes inherentes a sus cargos que les impartan sus superiores.
12.Dar un trato cortés a sus compañeros y a sus subordinados y compartir sus áreas con espíritu de solidaridad
y unidad de propósito.
13.Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias del cargo.
14.Velar por la conservación de útiles, equipos, muebles y demás enseres que les sean confiados o asignados.
MANUAL DE CONVIVENCIA
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15.Demostrar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo, dando siempre buen ejemplo
a sus estudiantes.
16.Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y con relación a sus estudiantes.
17.Abstenerse de solicitar préstamos en dinero o en especie, o servicios personales a los estudiantes y a sus
familias.
18.Abstenerse de realizar cualquier tipo de transacción monetaria personal con los estudiantes o acudientes.
19.Formar a los estudiantes en el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y
competencias ciudadana
20.Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de
derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, cualquiera que
sea el medio por el que se presenten.
21.Dar información acertada y oportuna a los padres de familia o acudientes acerca de las faltas o situaciones
en las que pueda estar involucrado el estudiante, conductos regulares, situación académica o
comportamental de su acudido y rutas de atención integral.
22.Cumplir las demás funciones relativas a su cargo, que le imparta su superior inmediato.
5.7 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
1. "Los padres de familia tendrán derecho a escoger el tipo de educación para sus hijos..." (Artículo 68
Constitución Nacional).
2. Participar de manera consciente y activa en la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo
Institucional, a través de los mecanismos establecidos para ello.
3. Ser atendidos e informados sobre los procesos académicos, de convivencia y de comportamiento de su hijo y
participar de un diálogo permanente que posibilite y fortalezca la mejor orientación del mismo.
4. Ser elegido para conformar los diferentes órganos de participación escolar: Consejo Directivo, consejos de
padres de familia, comisión de evaluación y promoción y comité de convivencia escolar.
5. A expresar libre y respetuosamente sus inquietudes, puntos de vista, formas de pensar, opiniones, etc.
6. Ser protegido en caso de informar sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el
ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra; a través de
la discreción absoluta de las personas encargadas de recibir la información.
7. Ser escuchados y tenidos en cuenta, en forma directa o a través de sus representantes, en todo lo
concerniente al desarrollo del proceso educativo de su hijo.
5.8 OBLIGACIONES DE LOS PADRES:
La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y
formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la
violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la
Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá:
1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección
de sí y de su entorno físico, social y ambiental.
2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia
escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de
estilos de vida saludable.
3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el colegio para
la convivencia y la sexualidad.
4. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en sus procesos académicos.
5. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación
definidas en el proyecto educativo institucional del Colegio.
6. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el
desarrollo de competencias ciudadanas.
7. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia del Colegio, y
responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.
8. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la
vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las
instrucciones impartidas en el manual de convivencia del Colegio.
MANUAL DE CONVIVENCIA
10
9. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere
esta ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean agredido.
10.Velar porque los hijos reciban los cuidados necesarios para su adecuado desarrollo físico, intelectual, moral
y social" (Artículo 6. Código del menor).
11.Dar un buen trato físico y verbal a sus hijos y a los demás miembros de la Institución, acorde con su dignidad
personal.
12.Comunicarse mediante el diálogo, atendiendo racional y democráticamente el punto de vista del otro.
13.Estar dispuesto permanentemente a aportar elementos y asumir los compromisos que contribuyan a la
solución de las situaciones problemáticas de su hijo en el colegio, respetando los conductos regulares.
14.Responsabilizarse por daños y pérdidas ocurridas en las instalaciones, dotaciones y servicios a cuyo disfrute
tengan acceso su hijo, cuando sean ocasionados por él con probada responsabilidad.
15.Responder activamente a los esfuerzos y demandas que efectúa el Colegio en la formación integral de los
estudiantes
16.Respetar, cumplir y propiciar en sus hijos el cumplimiento de todas las fórmulas de convivencia contenidas
en el presente Manual de Convivencia.
17.Asistir y participar en las reuniones, eventos y actividades planeadas por la institución en busca de la
cualificación del servicio educativo que se ofrece, y de no poder hacerlo, justificar su ausencia por escrito.
18.Plantear, en forma constructiva, las sugerencias que apunten al mejoramiento del Proyecto Educativo
Institucional.
19.Revisar constantemente el comunicador del estudiante y las comunicaciones que se realizan a través de los
medios virtuales.
20.Suministrar a su hijo o acudidos los medios e instrumentos de trabajo necesarios para las actividades de
aprendizaje
21.Realizar el pago oportuno de la pensión durante los 5 primeros días de cada mes y durante 10 meses del
año lectivo, o hasta el momento de cancelar la matrícula.
5.9 RESPONSABILIDADES DEL COLEGIO EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y
FORMACIÓN PARA LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA
PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR.
1. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos
escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los
derechos humanos, sexuales y reproductivos.
2. Implementar el comité escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones.
3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la
aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los
estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos, sexuales
y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes.
4. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de
evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en
general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial,
acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.
5. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar
factores de riesgo y factores proctectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos
humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de
calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el
comité escolar de convivencia.
6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica
sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y
reproductivos y el impacto de los mismos, incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del
propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.
7. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones
y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.
8. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan
y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias
exitosas.
9. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.
MANUAL DE CONVIVENCIA
11
5.10 RESPONSABILIDADES DEL DIRECTOR Y RECTOR EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA
ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y
LA PREVENCIÓN Y DE LA VIOLENCIA ESCOLAR.
1. Liderar el comité escolar de convivencia.
2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de
promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención
integral para la convivencia escolar.
3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema
institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en
general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.
4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de
los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar
de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral
y hacer seguimiento a dichos casos.
6. PERFILES
6.1 PERFIL DEL DOCENTE.
Requerimos de un maestro que:
 Sea íntegro, capaz de impulsar al estudiante en la construcción de su propia personalidad y de su propio
saber
 Sea, ante todo, persona íntegra, que proyecte equilibrio personal social y moral.
 Se constituya en ejemplo para la comunidad.
 Se identifique plenamente con los principios que hacen parte de nuestra filosofía.
 Sienta como propio el colegio, proyectando Siempre una imagen positiva de él.
 Se comprometa con todas las actividades educativas emprendidas por la Institución.
 Realice una orientación adecuada y permanente, creando y desarrollando valores en sus estudiantes.
 Mantenga en todo momento control en sus actuaciones, evitando discusiones en estado emocional
alterado,
 Propenda por la concertación democrática y participativa.
 Trabaje con honestidad, objetividad, sentido de compromiso, constancia, entrega y lealtad.
 Logre un óptimo nivel de autoridad frente a sus estudiantes, siendo modelo en el desempeño de sus
funciones, partiendo del respeto y la tolerancia como base para una convivencia armónica.
 Respete y haga respetar los canales regulares existentes en la institución para solucionar los problemas en
forma oportuna.
 Tenga capacidad para formular las críticas de manera constructiva con actitudes de diálogo, tolerancia y
rectificación de errores.
 Planee su trabajo y no deje espacio a la imprevisión.
 Mantenga y propicie las mejores relaciones con todos los miembros de la comunidad educativa.
 Cumpla con la jornada de trabajo asignada y sea puntual en sus clases y actividades.
 Sea ético y objetivo en el diligenciamiento del seguimiento cualitativo, orientación, asesoría y
acompañamiento de los estudiantes.
 Sea un elemento dinamizador y motivador del potencial humano que poseen los estudiantes, ayudándolos a
desarrollarse para sí y para los otros.
 Posea un alto nivel de autoestima que, proyectada al estudiante, despierte y fomente en él su propia
autovaloración para adquirir seguridad en sí mismo, madurez y autonomía moral e intelectual.
 Sea creativo buscando permanente innovación y mejoramiento en los procesos pedagógicos que lidera.
 Se interese por mantener permanente actualización, para alcanzar el perfeccionamiento que contribuya al
mejoramiento cualitativo de su desempeño.
 Fundamente las relaciones con sus estudiantes en el afecto, la ternura y el respeto mutuo, manteniendo un
equilibrado principio de autoridad.
MANUAL DE CONVIVENCIA
12
6.2 PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA
Requerimos de un padre/madre que:
 Acompañe a sus hijos en su proceso formativo.
 Esté comprometido e identificado con la institución, reconociendo que ésta complementa la formación de la
familia, y que por lo tanto, debe guardar coherencia con la acción educativa apoyándola y respetándola.
 Que enseñe, con su propio ejemplo, la sinceridad, la honestidad, la lealtad, la autenticidad y el respeto a la
vida, propiciando el diálogo, la concertación y la sana convivencia.
 Que estimule y reconozca los aciertos y logros, y que acepte y corrija los errores.
 Que dé oportunidad a los hijos de tomar sus propias decisiones de acuerdo a su edad y a las normas
establecidas en la familia y la sociedad.
 Que propicie al hijo un adecuado ambiente de estudio.
 Que dé testimonio de vida.
6.3 PERFIL DEL ESTUDIANTE
Al matricularse en el Colegio Londres, acepta y busca ser una persona que:
 Sea capaz de relacionarse consigo mismo y con los otros, con el mundo, con la historia y con Dios.
 Se conoce, acepta, valora y es dueño de sí mismo
 Desarrolla la capacidad creadora para buscar y hallar soluciones apropiadas a nuevos retos de la realidad,
con gran sentido de solidaridad e iniciativa.
 Gusta del grupo como un espacio para expresarse proyectando respeto por los demás.
 Ama la vida y la defiende, es optimista y difunde alegría.
 Trabaja por lograr un alto nivel académico, fortaleciendo sus hábitos de estudio y la utilización adecuada del
tiempo libre.
 Practica el diálogo porque lo encuentra válido.
 Respeta la autoridad legítima: la Ley, la cultura nacional, la historia colombiana y los símbolos patrios.
 Defiende la verdad y posee espíritu crítico, que le permite evaluar objetivamente los acontecimientos.
 Es capaz de aceptar y respetar la diferencia sin recurrir al conflicto.
 Ama y protege la naturaleza como patrimonio común de la humanidad.
 Cultiva la investigación y se fortalece por la verdad que descubre.
 Vive el valor del trabajo como realización personal y como responsabilidad social.
 Construye su propio saber.
 Es sensible a las necesidades de los otros y participa social y políticamente con sentido comunitario y de
pertenencia.
 Valora y dinamiza su propia cultura y respeta la de los demás.
 Ama la familia, respeta y sabe vivir en comunidad, que honra y defiende la vida.
 Se interroga sobre el proyecto de su vida como obra de Dios, para orientarse y comprometerse con él
vocacional y profesionalmente.
 Respeta el credo y expresión religiosa de quien piensa diferente.
6.4 PERFIL DEL PERSONERO
Para candidatizarse a ser personero de los estudiantes del Colegio Londres, el aspirante debe reunir los
siguientes requisitos:
 Tener una permanencia mínima de dos años en la institución
 Presentar una disciplina y conducta excelentes.
 Su nivel académico debe ser Alto o Superior.
 Proyectar un liderazgo positivo entre sus compañeros.
 Demostrar un destacado sentido de pertenencia al colegio.
 Presentar un programa coherente y acorde a los requerimientos
MANUAL DE CONVIVENCIA
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7. CARGOS Y ELECCIÓN
7.1 CONSEJO DIRECTIVO:
7.1.1 Elección
Está integrado por el Rector, quien la preside y convoca mensualmente a reunión ordinaria, y a extraordinaria
cuando lo considere necesario. Está conformado por (Artículo 2l Decreto 1860/94):
 Dos Representantes del personal Docente: Elegidos por los Docentes.
 Dos Representantes de los Padres de Familia: Elegidos por el Consejo de padres de la Asociación de
Padres de Familia.
 Un Representante de los estudiantes: Elegido por el Consejo de estudiantes entre los estudiantes que se
encuentren cursando el último grado de educación, ofrecido por la Institución.
 Un Representante del Sector Productivo: Organizados en el ámbito local o subsidiario, que auspicien o
patrocinen el funcionamiento de la institución; el representante será escogido por el Consejo Directivo, de
candidatos propuestos por las respectivas organizaciones.
7.1.2 Funciones:
8. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia
de otra autoridad.
9. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con
los estudiantes del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos
provistos en el reglamento o manual de convivencia.
10. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la Institución.
11. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus
miembros se sienta lesionado.
12. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado ante la Secretaria
de Educación respectiva o el organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los
requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.
13. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
14. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante, que sean
incorporados al reglamento o manual de convivencia, y que en ningún caso sean contrarios a la
dignidad del estudiante.
15. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la
institución.
16. Recomendar criterios y promover la participación de participación de la institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
17. Establecer el procedimiento para permitir el uso las instalaciones en la realización de las actividades
educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunicad educativa.
18. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la
conformación de organizaciones juveniles.
19. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes.
20. Reglamentar los procesos electorales para personero de los estudiantes, Consejo de Estudiantes y
representantes de los estudiantes entre otros.
21. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos
autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los estudiantes, tales como
derechos académicos, y similares.
22. Darse su propio reglamento.
23. Toda la demás que le sean asignadas por la ley o sean de su exclusiva competencia.
7.2 CONSEJO ACADEMICO
7.2.1 Elección
El Consejo Académico se constituye de acuerdo a los lineamientos estipulados en el artículo 24 del Decreto
1860 de 1994, y está conformado por
 Rector quien lo preside.
MANUAL DE CONVIVENCIA
14
 Los directivos docentes.
 Un docente por cada área definida en el plan de estudios
7.2.2 Funciones
1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo
Institucional.
2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes,
de acuerdo con los procedimientos previstos por la ley.
3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
4. Participar en la Evaluación Institucional anual.
5. Integrar las Comisiones para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la
promoción, asignar sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación y promoción.
6. Liderar la orientación pedagógica del establecimiento.
7. Recibir reclamos sobre aspectos de la práctica evaluativa por parte de los estudiantes o de cualquier
miembro de la Comunidad Educativa.
8. Recomendar políticas para la dotación del material y medios auxiliares de enseñanza.
9. Velar porque a través de los procesos evaluativos adelantados por los educadores, se favorezca el
pleno desarrollo de los estudiantes, en especial en cuanto tiene que ver con la potenciación de
capacidades para la toma de decisiones, la adquisición de criterios, el ejercicio de la responsabilidad, el
desarrollo de habilidades para comunicarse y vivir en convivencia.
10. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el PEI.
7.3 CONSEJO DE ESTUDIANTES:
7.3.1 Elección:
Integrado por un estudiante de cada grado escogido por mayoría de votantes en una Asamblea de estudiantes
al inicio del año escolar.
Los estudiantes del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una
asamblea conjunta para elegir un representante único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.
7.3.2 Funciones:
Como órgano de participación y concertación democrática es el mecanismo que asegura y garantiza el continuo
ejercicio de asociación por parte de los educandos.
1. Establecer su propia organización interna acorde a los principios del proyecto educativo institucional
2. Elegir al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su
representación
3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas tendientes al mejoramiento de
los procesos institucionales
4. Rendir informes periódicos a los representados acerca de los resultados de su gestión
5. Analizar y presentar a las directivas las iniciativas tendientes al mejoramiento del PEI
7.4 PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES:
7.4.1 Elección:
Elegido por periodos anuales en asamblea general de estudiantes. Pueden aspirar todos los estudiantes
matriculados de 11º grado que hayan cursado mínimo dos años en la institución. Su misión es promover el
ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes.
EXCEPCIÓN: En caso de no existir un estudiante del grado undécimo que aspire a ser personero de los
estudiantes salvaguardando las condiciones establecidas, el Consejo Directivo estudiará la posibilidad de que
los estudiantes del grado 10º que cumplan con el perfil puedan postularse y ser elegidos para el cargo.
MANUAL DE CONVIVENCIA
15
7.4.2 Funciones:
1. Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los
medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes,
organizar foros u otras formas de deliberación.
2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y a
las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los
estudiantes.
3. Presentar ante rectoría, dirección general o coordinación según sus competencias, las peticiones que
considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus
deberes.
4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo directivo o el organismo que haga sus veces, las
decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
7.5 CONSEJO DE PADRES
7.5.1 Elección:
Estará integrado por un padre de familia por cada uno de los grados que ofrece el colegio y será conformados
durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades
académicas. El rector convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el consejo de
padres de familia.
La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por
grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres, o de los
padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión, según artículo 5 decreto 1286
de 2005.
7.5.2 Funciones:
1. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones
periódicas de competencias y las pruebas de Estado.
2. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de
Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES.
3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento
educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la
ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad.
4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.
5. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de
acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la
práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia.
6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los
estamentos de la comunidad educativa.
7. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la
Ley.
8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la
solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el
mejoramiento del medio ambiente.
9. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo al SIEE.
10. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres
de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.
11. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo.
MANUAL DE CONVIVENCIA
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7.6 COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR
7.6.1 Elección
De acuerdo Articulo 12 Ley 1620 de marzo de 2013 el Comité de Convivencia Escolar estará conformado por:
El director general quien preside el comité
El personero estudiantil
El docente con función de orientación.
Los coordinadores de convivencia.
El presidente del consejo de padres de familia.
El presidente del consejo de estudiantes.
Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
Parágrafo. El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de
los hechos, con el propósito de ampliar información.
Luego de las elecciones anuales del consejo de estudiantes, consejo de padres de familia, y el personero
estudiantil, saldrán de cada uno de estos estamentos los representantes al comité de convivencia escolar.
7.6.2 Funciones:
De acuerdo con el artículo 13 de la ley 1620 de Marzo de 2013, son funciones del comité:
1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes,
directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
2. Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los
derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre
los miembros de la comunidad educativa.
3. Promover la vinculación del colegio a estrategias, programas y actividades de convivencia y
construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de la
comunidad educativa.
4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la
convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio
cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la
comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un
compañero del colegio.
5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en este manual, frente a
situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia
escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este
comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito
escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben
ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema Nacional
de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la
Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el
comité.
6. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo
pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su
pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción
de la ciudadanía.
7. darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos
procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente
que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
MANUAL DE CONVIVENCIA
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8. CALIFICACIÓN DE COMPORTAMIENTO
La Secretaría de Educación y Cultura de Antioquia a través de la Circular 42 del 13 de Agosto de 1984
establece la escala de valoración conceptual en el cual se establece: “Para efectos de la evaluación del
Comportamiento Social y la Convivencia Institucional, el equipo docente se reunirá al finalizar cada periodo y al
terminar el año lectivo para emitir una valoración cualitativa que exprese el cumplimiento del Manual de
convivencia por parte de cada estudiante”.
Con base en ello el Colegio Londres establece la siguiente escala cualitativa de evaluación del comportamiento.
 Comportamiento Excelente
 Comportamiento Bueno
 Comportamiento Aceptable
 Comportamiento No adecuado
9. COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES EN EL TRANSPORTE
La movilización del estudiante en el transporte escolar, repercute sobre la convivencia de la Institución, ya que
mientras lo utiliza, lo hace en calidad de estudiante; por lo tanto deben acatar las siguientes normas, durante los
recorridos desde o hasta el colegio, y los transportadores, ante situaciones que no estén acordes con estas
normas, deben informar al coordinador de disciplina:
1. No está permitido fumar
2. Ningún estudiante debe bajarse en un sitio diferente al de su residencia, sin autorización expresa de su
acudiente.
3. Los estudiantes debe ser dejados dentro del Colegio y recogidos allí mismo.
4. Evitar los juegos de manos y los términos soeces.
5. Tener un trato cortés y respetuoso entre estudiantes y para con el transportador.
6. No manifestar contactos físicos que deben limitarse a la intimidad, por afectar los derechos de los
compañeros de ruta.
7. Tratar con cuidado la silletería y el vehículo en general.
8. Ser puntuales a la hora asignada para recogerlos.
9. No ingerir alimentos durante el recorrido sin previa autorización del transportador.
10. En lo posible avisar al transportador cuando no vayan a asistir al colegio.
11. Cuando por algún motivo vaya a cambiar temporalmente de transporte, debe hacerlo con previa
autorización del Coordinador de Disciplina.
12. Si por recomendación de un transportador, es necesario asignarles puestos fijos dentro del vehículo, estos
deberán ser respetados.
13. En el transporte escolar rigen todas las normas disciplinarias y conductuales establecidas en el Manual de
Convivencia.
10. CUIDADOS DE LA PLANTA FÍSICA
Es responsabilidad de cada uno velar porque:
1. El salón esté en constante orden.
2. El pupitre esté en buenas condiciones
3. Las paredes, ventanas, pupitres, etc. estén libres de letreros, calcomanías o dibujos inapropiados.
4. Las canecas de residuos sean utilizadas correctamente.
5. Los jardines y zonas verdes del Colegio se conserven y mantengan limpios.
6. Los baños permanezcan limpios y sin letreros en las puertas o paredes.
7. No se desperdicie el agua.
MANUAL DE CONVIVENCIA
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11. DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
11.1 ACCIONES DEL COMPONENTE DE PROMOCIÓN.
Se consideran acciones de promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la
convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y
efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en los términos establecidos en la Ley 1620 de
2013.
En virtud del componente de promoción, el Colegio Londres adelanta las siguientes acciones lideradas por el
Comité Escolar de Convivencia:
a. Liderar el ajuste del manual de convivencia.
b. Estimular comportamientos que favorezcan el bienestar individual y colectivo, tales como:
 El buen rendimiento académico y el comportamiento acorde a los lineamientos dados por la
comunidad educativa.
 El espíritu de liderazgo por medio del cual se promuevan los valores en el grupo.
 Méritos deportivos, artísticos, culturales y humanitarios.
 Sobresaliente capacidad investigativa y creativa.
 Destacarse en las actividades complementarias que se realizan en la institución.
 Promover la limpieza, el aseo y la organización del colegio.
 Liderar y trabajar en favor del medio ambiente y el mejoramiento de las condiciones de vida de la
comunidad.
 Corregir definitivamente actitudes o comportamientos negativos, transformándolos en actitudes y
comportamientos manifiestamente positivos.
c. Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas tales como derechos
humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente,
convivencia, y mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia Escolar.
d. Fortalecer la implementación y evaluación de los proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y
construcción de ciudadanía desde preescolar, que corresponden a las particularidades socioculturales del
contexto en el que se encuentra el establecimiento.
e. Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación del proyecto de “Competencias Ciudadanas y
fomento de Valores”, orientado a fortalecer un clima escolar y de aula positivo.
f. Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la formación para
el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en
todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el proyecto
educativo institucional.
11.2 ACCIONES DEL COMPONENTE DE PREVENCIÓN.
Se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que
podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar
que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de tos miembros de la comunidad
educativa.
Hacen parte de las acciones de prevención del Colegio Londres:
11.2.1 La identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos:
11.2.1.1 Clima Escolar:
Las características sociales, económicas y culturales de las familias del Colegio favorecen la convivencia
escolar, en la medida en que se observa un alto nivel de compromiso con la formación de los estudiantes, lo
MANUAL DE CONVIVENCIA
19
cual se manifiesta en la participación de los padres en los diferentes comités y entes institucionales, su
comunicación constante con los profesores y directivas y el grado de educación, que en la gran mayoría
alcanza un nivel universitario.
En cuanto al entorno, las familias vecinas son en su mayoría de estrato social medio bajo; lo que ha hecho que
la institución se vincule directamente a través de diferentes proyectos que benefician a sus vecinos, y permiten
a los estudiantes relacionarse con la comunidad circundante.
La relación de la Institución con las organizaciones comunitarias es muy buena, y está orientada directamente
por el Rector. Se enfoca principalmente al desarrollo de actividades en salud, educación, bienestar comunitario,
convivencia escolar, y dinamización cultural.
Los estudiantes manifiestan interés y participación en cuanto a lo cultural, lo científico, lo creativo y deportivo
dando a conocer así sus actitudes y proyectando sus valores en los diferentes espacios.
La institución implementa diferentes proyectos pedagógicos trasversalizados por los principios Sistema Nacional
de convivencia Escolar, que permiten el desarrollo de competencias ciudadanas y protección de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos.
Todo lo anterior, sumado a la pequeña cantidad de estudiantes que posee la institución, se convierte en factor
protector que favorece un clima escolar óptimo para la convivencia y el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos.
11.2.1.2 Factores de riesgo de la convivencia escolar:
Teniendo en cuenta las edades de los estudiantes, el contexto familiar y social y luego de analizar las
diferentes situaciones de convivencia, familiares, psicológicas y sociales presentadas en el último año, se
estableció como factor que pueden incidir en la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos las características propias de las etapas evolutivas de la niñez y la adolescencia. La
edad se muestra como un elemento relevante a la hora de relacionarse con los demás. Hablar de adolescencia
y niñez es hacer referencia, en principio, a los procesos de desarrollo y aprendizaje, y a la identificación con los
otros (familia, pares, docentes, figuras de autoridad, artistas, amigos, etc.) como el escenario para que dichos
procesos se den. Es así, como la relación y el reconocimiento del otro como un modelo a seguir son parte
fundamental en el proceso educativo, en el cual se articulan las vivencias familiares, sociales y la relación
consigo mismo. Todo lo anterior redunda en la convivencia escolar, y en las dificultades que al respecto se
puedan presentar.
11.2.2 El fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan
la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
El colegio Londres a nivel de institución implementa acciones que sensibilizan al educando frente a las
necesidades, intereses, problemas y potencialidades de él y de su entorno, para que adquiera y desarrolle
compromisos y actitudes, contribuyendo así al desarrollo de la solidaridad, la tolerancia, la cooperación, el
respeto a los demás, el respeto por la diferencia, la responsabilidad, la participación, la responsabilidad sexual,
y las actitudes positivas que necesita el ser humano para desarrollar sus dimensiones biológica, psíquica y
social; todo esto en pro de la buena convivencia entre todos los integrantes de la comunidad educativa y el
ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos.
Todo lo anterior a través del desarrollo de las siguientes acciones:
 Desarrollo de los proyectos pedagógicos de: competencias ciudadanas y fomento de valores, educación
sexual, aprovechamiento del tiempo libre, educación vial, gobierno escolar, PRAE y emisora escolar; los
cuales fortalecen la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
 Vinculación con otras instituciones públicas y privadas, para el fortalecimiento de los proyectos pedagógicos.
 Acompañamiento psicológico individual y grupal a padres de familia, docentes y estudiantes.
MANUAL DE CONVIVENCIA
20
 Elaborar, ejecutar y evaluar anualmente el Plan Operativo y de mejoramiento institucional por comisiones de
trabajo.
 Participar en eventos culturales, académicos y deportivos del municipio de sabaneta.
 Vincularnos con otras instituciones educativas para la realización de actividades culturales y deportivas
 Fortalecer la orientación de grupo, destinando un espacio para ello.
 Realizar reuniones de estudios de casos para el análisis de situaciones individuales o grupales que puedan
afectar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
 Realizar charlas y conferencias a los padres de familia acerca de su función como educadores primarios en
el proceso de formación.
 Integración de la comunidad educativa en el día de la familia.
 Participación en torneos interinstitucionales.
11.2.3 Estímulos institucionales para valorar y reconocer los méritos de los estudiantes:
1. Reconocimiento público al estudiante que haya sobresalido por el valor fomentado en el mes, mediante
imposición de la bandera en acto cívico.
2. Proclamación del estudiante que haya sobresalido por su comportamiento y rendimiento académico
mediante mención de honor, por año lectivo y entregado en los actos cívicos y/o públicos.
3. Ser elegidos en representación de los estudiantes para participar como miembros activos en los diferentes
órganos: Consejo Directivo, Representante de grupo, Comités académicos y Personero de los estudiantes.
4. Condecoración especial para el Mejor Bachiller.
5. Mención especial en la ceremonia de graduación al bachiller que obtenga mayor puntaje en las pruebas
Saber 11º.
6. Escudo de Oro Colegio Londres al Mejor estudiante del establecimiento durante el año académico.
7. Participación en eventos deportivos, culturales y académicos.
8. Representación del colegio a nivel interinstitucional.
9. Consignación en su informe descriptivo de aciertos y virtudes.
10. Citación al padre de familia para felicitarlo por los aciertos de su hijo.
11. Reconocimiento individual y colectivo de los logros, aciertos y fortalezas, espíritu de superación y voluntad
evidente para enmendar actitudes negativas.
11.3 ACCIONES DEL COMPONENTE DE PREVENCIÓN.
Se consideran acciones de atención aquellas que permitan asistir a los miembros de la comunidad educativa
frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos del Colegio Londres
establecidos en el numeral 11.9 del presente manual y la activación cuando fuere necesario, de los protocolos
de atención que para el efecto se tengan implementados por parte de los demás actores que integran el
Sistema Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia.
11.4 DEFINICIONES
Para efectos del presente manual se entiende por:
11.4.1 Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre
una o varias personas frente a sus intereses.
11.4.2 Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos
de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados,
enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo
menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de
cualquiera de los involucrados.
11.4.3 Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que
busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos
uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
MANUAL DE CONVIVENCIA
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a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra
persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo,
entre otras.
b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a
otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a
otros.
d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen.
Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar
negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios
electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios
insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de
texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los
envía.
11.4.4 Acoso escolar (bullying): es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión,
intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o
incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos
contra un niño, niña o adolescente por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes
mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo
determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes
contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.
11.4.5 Ciberacoso escolar (ciberbullying): es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías
de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer
maltrato psicológico y continuado.
11.4.6 Violencia sexual: se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o
comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier
forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de
desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor.
11.4.7 Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión
o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
11.4.8 Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones
administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad
como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han
sido vulnerados.
11.4.9 Competencias ciudadanas: es una de las competencias básicas que se define como el conjunto
de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre
sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática.
11.4.10 Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: es aquella
orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos
humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo
mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de
poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones
asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana
en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia
el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables .
MANUAL DE CONVIVENCIA
22
11.5 SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos, se establecen de acuerdo al artículo 40 del decreto 1965 de Septiembre 11 de 2013, que
reglamenta la ley de convivencia escolar 1620, y se clasifican en tres tipos:
11.5.1 Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas
situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan
daños al cuerpo o a la salud; dentro de estas se encuentran las siguientes:
1. Emplear vocabulario inadecuado, descomedido, vulgar o irrespetuoso.
2. Uso de apodos, expresiones vulgares, chismes y chistes de mal gusto en relación con las personas que
conforman la comunidad educativa.
3. Falta de disposición para atender las observaciones o llamados de atención.
4. Participar con deslealtad o agresividad verbal y mal intencionada en las competencias deportivas, torneos
intercalases entre otros.
5. Trato irrespetuoso a directivos, profesores, compañeros y demás personal que labore y haga parte
integrante de la comunidad educativa.
6. Utilizar las redes sociales para cualquier tipo de expresiones irrespetuosas o descomedidas hacia la
institución o cualquiera de sus miembros.
7. Encubrir, estimular o participar en acciones perturbadoras, como manifestaciones o saboteos que
quebranten la armonía y convivencia tanto dentro como fuera del colegio.
8. Dar versión equívoca de los hechos ocurridos antes o durante el proceso disciplinario.
9. Realizar actividades que denigren del buen nombre de la institución dentro y fuera de ella.
11.5.2 Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar
(bullying) y ciberacoso (Cyber-bullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y
que cumplan con cualquiera de las siguientes características:
a. Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
Dentro de estas se encuentran:
1. No cumplir con los compromisos o acuerdos generados por situaciones tipo I.
2. Incurrir en agresión de hecho o de palabra a cualquier miembro de la comunidad educativa.
3. Incurrir en amenazas de hecho o de palabra, a cualquier miembro de la comunidad educativa.
4. Incurrir en expresiones verbales o corporales que ofendan a cualquier miembro de la comunidad
educativa.
5. Rebeldía o desacato persistente a las normas o situaciones contempladas en el manual de convivencia.
6. Encubrir, estimular o participar en acciones perturbadoras, como manifestaciones y/o saboteos que
quebranten la armonía y convivencia tanto dentro como fuera del colegio.
7. Ir en contra de los derechos sexuales y reproductivos con escritos, expresiones verbales o corporales
morbosas, soeces o de doble sentido.
8. Aprovecharse de condiciones de inferioridad o discapacidad de otras personas.
9. Los conflictos manejados inadecuadamente definidos en el numeral 11.4.2 del presente manual.
10. Cualquier tipo de agresión escolar definida en el numeral 11.4.3 del presente manual.
11. El acoso escolar o ciberacoso definidos en los numerales 11.4.4 y 11.4.5 del presente manual.
12. Atentar contra la propiedad ajena, hurto o daño intencional en equipos, inmuebles o enseres del
establecimiento o de alguno de sus miembros.
13. Obrar en complicidad con otros o haber sido coautor de una situación tipo II mencionada en los
numerales anteriores.
11.5.3 Situaciones Tipo III. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean
constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título
IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000.
Dentro de éstas encontramos las siguientes:
MANUAL DE CONVIVENCIA
23
1. La comisión de faltas graves calificadas como tales por las leyes.
2. Cualquier acto que en una u otra forma atente contra el derecho a la vida.
3. Consumir o traficar dentro o fuera del establecimiento con alguna clase de droga, bebidas alcohólicas o
cualquier otra sustancia dañina para la vida humana.
4. Porte, uso o tráfico de armas blancas o de fuego, artefactos explosivos u objetos similares que pongan
en peligro su integridad o la de otras personas.
5. Cuando la situación constituye cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.
11.6 COMPORTAMIENTOS QUE SERÁN SANCIONADOS COMO FALTAS
11.6.1 Faltas Leves
Serán considerados como faltas leves:
1. Llegar tarde al colegio, a las clases y demás actos programados por la institución.
2. No llevar el uniforme de acuerdo a las normas establecidas en el presente manual
3. Falta de cuidado en la higiene personal, y en el aseo y limpieza de la institución.
4. Arrojar basuras en lugares diferentes a las canecas destinadas para ello.
5. Rayar, ensuciar o deteriorar deliberadamente los enseres de la institución.
6. Utilización inadecuada de los enseres de la institución.
7. Interrupción injustificada de las clases y desórdenes en actos de comunidad.
8. Generar condiciones anómalas que interrumpen el desarrollo de las actividades normales del colegio.
9. Encubrir, estimular o participar en acciones perturbadoras, como manifestaciones y/o saboteos que
quebranten la armonía y convivencia tanto dentro como fuera del colegio.
10. Realizar durante las clases y demás actos culturales, recreativos y académicos, asuntos diferentes a
los que corresponden para cada caso.
11. Comer en clase y en actos de comunidad.
12. Inasistencia sin autorización a los actos de comunidad.
13. Utilizar dentro del aula de clase radios, audífonos, grabadoras, teléfono celular, y demás aparatos
electrónicos; excepto para actividades donde se indique su uso o por necesidad manifiesta de su
acudiente.
14. Incumplir el reglamento interno de las diversas dependencias de la institución (biblioteca, laboratorio,
canchas, entre otros).
15. Ocultar la información o darla de manera tardía a los padres o acudientes acerca de las reuniones en
las cuales se requiere su presencia.
16. Dañar deliberadamente la decoración, carteleras, afiches o avisos que se coloquen para informar o
complementar el proceso formativo.
17. Presentarse sin los materiales requeridos para el desarrollo de las actividades académicas.
18. La no asistencia sin causa justificada a las evaluaciones o a las actividades de apoyo.
19. Permanecer en las aulas de clase durante el descanso.
20. No presentar el comunicador debidamente firmado por padres o acudientes cuando le sea solicitado.
21. No desarrollar con responsabilidad y dinamismo las actividades del área complementaria
(aprovechamiento del tiempo libre)
22. Efectuar en el colegio transacciones económicas no autorizadas expresamente por las directivas
23. Vender artículos en el colegio
24. Manifestar en la Institución o en el transporte del colegio contactos físicos que deben limitarse a la
intimidad, por afectar los derechos de los miembros de la comunidad que puedan estar presentes.
25. Masticar chicle dentro de la institución.
26. Usar celulares en lugares o momentos no autorizados para ello.
27. Mostrar un comportamiento inadecuado en los actos comunitarios.
28. Incumplimiento de las normas del transporte escolar.
11.6.2 Faltas Graves:
1. El incumplimiento a los compromisos y procesos originados por faltas leves.
2. Alterar cualquier tipo de documento oficial del colegio, tales como boletines descriptivos, certificados y
constancias de estudio.
MANUAL DE CONVIVENCIA
24
3. Fumar dentro de la institución, en el transporte institucional o en eventos y situaciones en los que el
nombre del Colegio esté comprometido.
4. El fraude comprobado o el intento de fraude en evaluaciones y/o trabajos.
5. El préstamo de tareas y trabajos.
6. Portar juegos de suerte o azar dentro del Colegio; así como también objetos e instrumentos utilizados
para la superchería, invocación de espíritus, predicción del futuro, etc.
7. Mal comportamiento o desórdenes reiterados en el transporte escolar.
8. Generar condiciones anómalas que interrumpan el desarrollo de las actividades normales del colegio.
9. Encubrir, estimular o participar en acciones perturbadoras, como manifestaciones y/o saboteos que
quebranten la armonía y convivencia tanto dentro como fuera del colegio.
10. Ausentarse de clase sin previa autorización del profesor.
11. Ausentarse del colegio sin previa autorización del Rector o Coordinador y que esta ausencia involucre el
prestigio e imagen de la institución.
12. Realizar rifas, ventas, eventos o similares como bailes, paseos, excursiones, reuniones sociales, etc., en
las cuales se involucre el nombre y prestigio del colegio, sin la autorización de las directivas.
13. Presentarse en estado de embriaguez al colegio.
14. Atentar contra la propiedad, el patrimonio cultural o ecológico.
11.6.3 Faltas Muy Graves:
Son conductas que merecen y deben ser censuradas y sancionadas por la comunidad educativa:
1. Presentarse bajo el efecto de cualquier tipo de estupefacientes o alucinógenos.
2. Cometer cualquier delito o conducta punible establecidas en el código penal colombiano (Ley 599 de 2000)
11.7CONDUCTO REGULAR:
Para estudiantes:
Profesor del área
Director del grupo
Coordinador
Director General
Rector
Consejo académico o directivo.
Para padres o acudientes:
Profesor o empleado.
Director del grupo.
Coordinador.
Director General
Rector.
Consejo académico o directivo
11.8 DEBIDO PROCESO
En toda acción disciplinaria o de convivencia se seguirá el debido proceso, consistente en los pasos que deben
darse para la aplicación de una eventual estrategia formativa y/o sanción por motivo de presuntas faltas
disciplinarias.
1. Indagación preliminar y formulación de cargos
Conocida una situación o falta disciplinaria por parte de uno o varios estudiantes, los docentes o coordinadores
de convivencia según el caso, procederán a establecer una investigación:
 El docente que se encuentre en el momento si es del caso, director de grupo o coordinador de
convivencia recibirá la información de la falta o situación de manera oral o escrita.
 Se calificará la falta disciplinaria o situación de acuerdo al manual de convivencia.
MANUAL DE CONVIVENCIA
25
2. Investigación
a. Se recolectarán las pruebas pertinentes, que pueden ser: versiones de otros estudiantes, docentes o
cualquier miembro de la comunidad educativa conocedor de la situación, documentos escritos, videos,
imágenes, grabaciones, fotos, o cualquier tecnología de información (Internet, redes sociales virtuales,
telefonía móvil y video juegos online)
b. Según la clasificación de la falta o situación, se seguirán los protocolos establecido en el numeral 11.9
del presente manual de convivencia.
c. En todos los casos se garantizará el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en
medio físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas por las personas que
intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las mismas, en los
términos establecidos en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006,
en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la
materia.
d. En todos los casos se protegerá a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles
acciones en su contra; a través de la discreción absoluta de las personas encargadas de recibir la
información, so pena de sanción disciplinaria en su contra.
3. Medidas pedagógicas y/o sanción.
Se establecerán de acuerdo a la clasificación de la falta o situación, según los protocolos establecidos en el
numeral 11.9 del presente manual de convivencia.
El fallo y la sanción estarán a cargo de la rectoría, previo concepto de los estamentos anteriores del conducto
regular mediante notificación motivada y congruente con los cargos formulados.
11.9 DE LOS PROTOCOLOS DEL COLEGIO LONDRES
Están orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa
frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
11.9.1 Para la atención de las situaciones tipo I:
1. Quien conozca la situación informará de manera oral o escrita al docente que se encuentre en el momento
si es del caso o director de grupo.
2. El docente informado reunirá inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediará de manera
pedagógica para que estas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados,
el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas.
3. En ese espacio se fijará la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar
la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos, la reconciliación, y el
establecimiento de compromisos por parte de los involucrados. De todo esto se dejará constancia en el
cuaderno de gestión de grupo.
4. según los acuerdos y compromisos adquiridos, el docente o director de grupo informará a los padres o
acudientes a través de correo electrónico o del comunicador.
5. El director de grupo, coordinadores de convivencia y comité de convivencia escolar; realizarán seguimiento
del caso y de los compromisos por parte de los involucrados, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si
se requiere acudir a los protocolos consagrados en el numeral 11.9.3 del presente manual.
11.9.2 Para la atención de faltas leves:
1. Quien conozca la falta informará de manera oral o escrita al docente que se encuentre en el momento si es
del caso o director de grupo.
2. El docente conocedor de la situación realizará una amonestación que puede ser:
MANUAL DE CONVIVENCIA
26
 Verbal: consiste en un dialogo reflexivo con el estudiante en el momento oportuno, en el que se procurará
hacer ver sus dificultades y la necesidad de un cambio de actitud y de comportamiento. El estudiante podrá
presentar al docente una propuesta respetuosa, verbal o escrita en el cuaderno de gestión de grupo,
derivada de este análisis teniendo en cuenta el manual de convivencia y las recomendaciones del docente.
 Escrita: cuando las circunstancias lo ameriten y el docente lo determine, será procedente la amonestación
escrita, por la cual se describe la falta en el cuaderno de gestión de grupo. El estudiante debe firmar, escribir
los descargos y a qué se compromete en adelante.
3. Según los acuerdos y compromisos adquiridos, el docente o director de grupo informará a los padres o
acudientes a través de correo electrónico o del comunicador.
4. El director de grupo y coordinadores de convivencia realizarán seguimiento del caso y de los compromisos
por parte del o los estudiantes involucrados; a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir
a los protocolos consagrados en el numeral 11.9.4 del presente manual.
11.9.3 Para la atención de las situaciones tipo II:
1. Quien conozca la situación informará de manera oral o escrita al docente que se encuentre en el momento
si es del caso, director de grupo o coordinador.
2. En casos de daño al cuerpo o a la salud, se garantizará la atención inmediata en salud física y mental de
los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará
constancia en el cuaderno de gestión de grupo.
3. Se recibirá por parte de coordinación de convivencia la declaración libre y espontánea de los estudiantes
implicados.
4. Se recolectarán las pruebas pertinentes según el numeral “a” del debido proceso, establecido en el
presente manual.
5. Se describirá con la mayor claridad el hecho constitutivo de la situación de convivencia en formato
establecido para ello.
6. Se señalará con exactitud y registrará en formato destinado para ello la situación presentada, según la
clasificación del numeral 11.5 del presente manual. (Principio de legalidad).
7. Se llevará el caso a la reunión de coordinadores y dirección general que se realiza semanalmente los días
jueves; quienes definirán las medidas disciplinarias y pedagógicas a tomar, que pueden ser según el caso:
 Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de la situación conflictiva en procura
de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante
estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del Colegio.
 Ficha disciplinaria
 Amonestación en presencia del padre de familia.
 Llamada de atención con copia en la ficha de seguimiento.
 Estudio del caso en Consejo de Profesores
 Rebaja en la valoración de comportamiento
 Suspensión temporal de sus actividades académicas: 1, 2 ó 3 días.
 Negación del cupo para el año siguiente.
 Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, se remitirá la situación a las
autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará
constancia en formato establecido para ello.
8. Se informará de manera inmediata a los padres o acudientes de todos los estudiantes involucrados a
través del comunicador, correo electrónico o personalmente. Actuación de la cual se dejará constancia en
el cuaderno de gestión de grupo.
9. Posteriormente se llevará la información recolectada hasta el momento a reunión ordinaria del comité de
convivencia escolar, quienes activarán el resto de la ruta de atención integral descrita a continuación según
el caso.
10. Generación de espacios en los que las partes involucradas y los padres o acudientes de los estudiantes,
puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando. en cualquier caso, el derecho a la intimidad,
confidencialidad y demás derechos.
11. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la
situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si
MANUAL DE CONVIVENCIA
27
la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el numeral 11.8.5 del presente
manual.
12. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones
adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.
13. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el
efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
11.9.4 Para la atención de faltas graves:
1. Quien conozca la falta informará de manera oral o escrita al docente que se encuentre en el momento si es
del caso, director de grupo o coordinador.
2. Se recibirá por parte de coordinación de convivencia la declaración libre y espontánea de los estudiantes
implicados.
3. Se recolectarán las pruebas pertinentes según el numeral “a” del debido proceso, establecido en el
presente manual.
4. Se describirá con la mayor claridad el hecho constitutivo de la falta en formato establecido para ello.
5. Se señalará con exactitud y registrará en formato destinado para ello la falta presentada, según la
clasificación del numeral 11.6 del presente manual. (Principio de legalidad).
6. Se llevará el caso a la reunión de coordinadores y dirección general que se realiza semanalmente los días
jueves; quienes definirán las medidas disciplinarias y pedagógicas a tomar, que pueden ser según el caso:
 Ficha disciplinaria
 Amonestación en presencia del padre de familia.
 Llamada de atención con copia en la ficha de seguimiento.
 Estudio del caso en Consejo de Profesores.
 Suspensión temporal de sus actividades académicas: 1, 2 ó 3 días.
 Rebaja en la valoración de comportamiento.
 Negación del cupo para el año siguiente
7. Se informará de manera inmediata a los padres o acudientes de todos los estudiantes involucrados a
través del comunicador, correo electrónico o personalmente. Actuación de la cual se dejará constancia en
el cuaderno de gestión de grupo.
8. Los coordinadores de convivencia, realizarán seguimiento del caso y de los compromisos por parte de los
involucrados, a fin de verificar si la solución fue efectiva.
11.9.5 De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo IIl y Faltas Muy Graves.
1. Quien conozca la situación informará de manera oral o escrita al docente que se encuentre en el momento si
es del caso, director de grupo, coordinador o cualquier miembro del comité escolar de convivencia.
2. En casos de daño al cuerpo o a la salud, se garantizará la atención inmediata en salud física y mental de los
involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia
en formato establecido para ello.
3. Se recibirá por parte del presidente del comité escolar de convivencia, la declaración libre y espontánea de
los estudiantes implicados.
4. Se recolectarán las pruebas pertinentes según el numeral “a” del debido proceso, establecido en el presente
manual.
5. Se describirá con la mayor claridad el hecho constitutivo de la falta o situación en formato establecido para
ello.
6. Se informará de manera inmediata a los padres, o acudientes de todos los estudiantes involucrados,
actuación de la cual se dejará constancia en formato establecido para ello.
7. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá
la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.
8. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de
convivencia a reunión extraordinaria. De la citación se dejará constancia.
9. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que
dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el
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Manual de convivencia 2014

  • 1. MANUAL DE CONVIVENCIA 1 MANUAL DE CONVIVENCIA RESOLUCIÓN RECTORAL No 003-2014 (Marzo 11 de 2014) Por medio de la cual se adopta el manual de convivencia del COLEGIO LONDRES con las actualizaciones a la luz de la ley 1620 de 2013 y el decreto 1965 del mismo año. El rector del Colegio Londres en nombre del Consejo Directivo, en uso de sus facultades legales que le confiere la Ley General de la Educación de febrero 8 de 1994, en su decreto reglamentario 1860 del 3 de agosto de 1994, la resolución 6100 del 26 de diciembre de 1995 y 1500 del 19 de abril de 1996, el Proyecto Educativo Institucional y, CONSIDERANDO QUE: 1. La ley 1620 de 2013 establece frente al manual de convivencia en su artículo 21: “…Es una herramienta construida, evaluada y ajustada por la comunidad educativa, con la participación activa de los estudiantes y padres de familia, de obligatorio cumplimiento en los establecimientos educativos públicos y privados y es un componente esencial del proyecto educativo institucional”… 2. La comunidad educativa participó activamente en las actualizaciones realizadas al manual de convivencia a través de sus representantes en los diferentes estamento institucionales, como se constata en las siguientes actas:  Consejo académico, según acta Nº 2 de febrero 3 de 2014.  Consejo de estudiantes, según acta Nº 2 de marzo 7 de 2014.  Consejo de padres, según acta Nº 2 de marzo 3 de 2014.  Comité de convivencia escolar, según acta Nº 2 de marzo 10 de 2014 3. Que el consejo directivo del Colegio Londres aprobó las actualizaciones realizadas al manual de convivencia, según acta Nº 2 y acuerdo Nº 1 de marzo 11 de 2014. RESUELVE: Artículo 1º - Adoptar y aplicar a partir de la fecha el manual de convivencia escolar con las actualizaciones aprobadas por el consejo directivo, según acta Nº 2 de marzo 11 de 2014. 1. QUIÉNES SOMOS El Colegio Londres, es una institución de educación formal, de carácter privado que atiende a una población de educandos entre los 4 y 18 años, en los niveles de: Jardín, transición, básica primaria, básica secundaria y media académica. Aprobada según resoluciones 07214 de 1990, y 16857 de diciembre de 2002, expedidas por la Secretaría de Educación de Antioquia; resolución 358 del 27 de octubre del 2011 de la Secretaría de Educación de Sabaneta y convalidadas por el Ministerio de Educación de Colombia y que autorizan la expedición del título de Bachiller Académico. Fue fundado el 28 de Septiembre de 1989. Inició sus labores académicas el 23 de Enero de 1990. Está ubicado en el Municipio de Sabaneta.
  • 2. MANUAL DE CONVIVENCIA 2 Nuestros estudiantes y egresados son reconocidos por su alta calidad humana y su excelente rendimiento académico, estamos clasificados por el ICFES como institución de Rendimiento Académico MUY SUPERIOR. Fuimos condecorados con la Orden de la Democracia, por el Congreso de la República, y contamos con dos distinciones Andrés Bello por sobresalientes resultados en las pruebas del ICFES, de nuestros bachilleres. El Proyecto Educativo Institucional está encaminado a la Educación y crecimiento en valores y a la formación académica con énfasis en las áreas de Matemáticas e inglés con miras a la Excelencia Educativa. 2. PRESENTACIÓN El Manual de Convivencia es el conjunto de principios morales, éticos y sociales que sirven de base para formar, orientar, evaluar, corregir o estimular los comportamientos de los estudiantes en un marco de formación de valores, a la luz de la Filosofía y Misión del Colegio, orientados al logro del Perfil de estudiante que quiere formar nuestra institución. Este Manual es el producto del consenso y concertación general de directivos, educadores, padres de familia y muy especialmente de los estudiantes. La disciplina es el resultado de toda labor escolar y el currículo debe estar organizado de tal manera que no la entorpezca, sino que la fomente. A la disciplina del estudiante contribuyen las tareas de instrucción, formación y orientación, ya que ellas moldean la conducta y mediante ellas el estudiante logrará cada vez, en mayor medida, conseguir su autodeterminación, su autodisciplina y su autorregulación. 3. FILOSOFÍA DEL COLEGIO LONDRES El eje de nuestra labor educativa es EL ESTUDIANTE, como persona que debe desarrollar sus potenciales físicos, afectivos, intelectuales y creativos, de modo que pueda encontrar sentido a su vida, y perfilar su realización personal proyectada a la Sociedad para generar e impulsar procesos de transformación. De ahí el lema que nos identifica “UN MUNDO PARA LA PERSONA”. 3.1 MISIÓN Contribuir en la formación de mujeres y hombres de bien y útiles a la sociedad, capaces de obrar de manera consciente, asumiendo con responsabilidad las consecuencias de sus actos. Personas éticas, tolerantes, democráticas, participativas, respetuosas, solidarias, críticas y reflexivas; con templanza de carácter y autocontrol. Ciudadanos comprometidos con el desarrollo del país, pero con una visión globalizadora, que posean sólidos conocimientos en las diferentes áreas del saber, con competencia lingüística en Inglés y suficientes conocimientos en tecnología e informática para acceder sin dificultades a la Educación Superior y desempeñarse en ella de manera óptima. 3.2 VISIÓN  Mantenernos como una institución altamente competitiva, considerada como de excelente calidad entre las de su género en el ámbito regional y nacional por:  Ser una institución reconocida por sus aciertos educativos, dentro de un esquema abierto y participativo que promueva una educación integral y de servicio, para el bien del país.  Mejorar constantemente las condiciones físicas y pedagógicas ofrecidas a la comunidad educativa para el desarrollo de procesos y el logro de sus propósitos.  Disponer de recursos técnicos, tecnológicos y ayudas didácticas de última generación como apoyo al proceso de aprendizaje.  Lograr un perfil del estudiante Colegio Londres totalmente consolidado, como resultado de su participación en nuestro proyecto desde sus primeros años.  Mantener un número reducido de estudiantes que garantice un proceso formativo eficaz.
  • 3. MANUAL DE CONVIVENCIA 3  Promover en nuestros estudiantes el dominio del idioma Inglés como segunda lengua.  Propiciar el intercambio cultural y académico con otros países, sin que se afecten la continuidad ni la calidad del proceso educativo. 3.3 PRINCIPIOS COMO MIEMBROS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. Nuestra educación se fundamenta en los siguientes principios del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar; establecidos en el artículo 5 de la ley 1620 de marzo 15 de 2013: 1. Participación: garantizando el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de la institución. 2. Corresponsabilidad: La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia. 3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones 4. Diversidad: Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes. 5. Integralidad: la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes. 3.4 OBJETIVOS INSTITUCIONALES a. Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural. b. Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos. c. Promover el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes. d. Fomentar prácticas democráticas y participativas y de convivencia ciudadana. e. Ayudar a desarrollar una sana sexualidad que fomente el conocimiento de sí mismo, la autoestima, la identidad sexual dentro del respeto por los géneros, la equidad y la afectividad preparándolos para una vida f. familiar armónica. g. Fomentar una conciencia educativa basada en el esfuerzo y el trabajo. h. Fomentar la adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del ambiente de la calidad de vida, la prevención de desastres, la conservación de los recursos naturales y el patrimonio histórico y cultural. i. Inculcar en el estudiante, el concepto de educación como un proceso permanente j. Incrementar la lectura como medio eficaz de auto preparación. 4. SOPORTE LEGAL El Colegio Londres se regirá en todos sus actos por la Constitución Nacional, las normas dictadas por el Ministerio de Educación Nacional y por la Secretaría de Educación Departamental y Municipal. Nuestro soporte legal se fundamenta:  Respecto a la constitución política: "Defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo".
  • 4. MANUAL DE CONVIVENCIA 4 "Estudiar la Constitución y la Instrucción Cívica. "Fomentar prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana." Defender los derechos fundamentales de los niños: “la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión". "La Protección y la formación integral." "Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre." "La comunidad educativa es partícipe de la orientación del Colegio” "La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica". "Los padres de familia tienen derecho a escoger el tipo de educación para sus hijos menores." "El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los Colombianos en igualdad de oportunidades..."  CON RELACIÓN AL CÓDIGO DEL MENOR: En el Decreto Ley 2737 de 1.989, los artículos 311 al 319, recogen los ordenamientos sobre la "Educación del Menor". Todos ellos serán de estricto cumplimiento por parte del Colegio.  Artículo 87 de la Ley General de Educación: “Todos los establecimientos educativos tendrán un Reglamento o Manual de Convivencia en el cual se definen los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los estudiantes al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, están aceptando el mismo”.  Artículo 17 del decreto 1860/94: “El Reglamento o Manual de Convivencia debe contener una definición de los derechos y los deberes de los estudiantes y de sus relaciones con los demás estamentos de la Comunidad Educativa. En particular, debe contemplar los siguientes aspectos”…  Ley 1098 de 2006, Código de la infancia y la adolescencia.  Decreto 1423 de 1993. Establece el Manual de Convivencia para las Instituciones educativas.  Ley 715 de 2001 sobre recursos y competencias  Decreto 1850 de agosto 13 de 2002 sobre jornada escolar y jornada laboral.  Ley 1620 del 15 de Marzo de 2013. Se crea el Sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y la mitigación de la violencia escolar  Decreto 1965 de Septiembre de 2013. Reglamenta Sistema Nacional de convivencia y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y la mitigación de la violencia escolar.  Con relación a la calificación de comportamiento Nuestro Manual de Convivencia se apoya en las orientaciones y criterios establecidos por el Ministerio de Educación Nacional en el decreto 1290 de abril 16 de 2009, en el que se reglamenta la adopción del Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes (SIEE).  Circular 19 del 14 de marzo de 1.994. En relación con los procesos que dan lugar a la sanción definitiva de exclusión de un estudiante, nuestro Manual de Convivencia contempla los lineamientos estipulados, en cuanto al derecho constitucional del "debido proceso" a través del cual el estudiante hace uso de las oportunidades de defensa, garantizándose los principios de igualdad, justicia y participación democrática.
  • 5. MANUAL DE CONVIVENCIA 5 5. DERECHOS Y DEBERES Los derechos y deberes considerados y consignados en el presente manual, son decididamente coherentes con los derechos fundamentales, sociales y colectivos consagrados en nuestra Carta Constitucional. 5.1 DERECHOS CONSTITUCIONALES: Artículo l5: a la intimidad... Artículo l6: al desarrollo de su personalidad... Artículo 20: expresar y difundir su pensamiento y opiniones... Artículo 2l: a la honra... Artículo 22: La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento. Artículo 27: El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y práctica. Artículo 29: El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Artículo 43: La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. Artículo 44: Son derechos fundamentales de los niños: La vida, la integridad física, la salud y la seguridad social... Artículo 52: a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. Artículo 67: La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social... Artículo 79: a gozar de un ambiente sano. Artículo 86: a la acción de tutela... 5.2 DEBERES CONSTITUCIONALES: Artículo 95: La calidad de colombiano enaltece a todos los bienes de la comunidad Nacional... Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las Leyes, son deberes de la persona y el ciudadano:  Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.  Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas  Defender y difundir los derechos humanos...  Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país  Propender al logro y mantenimiento de la paz  Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia  Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano  Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado... 5.3 DERECHOS DEL ESTUDIANTE: Para la Comunidad Educativa del Colegio Londres el RESPETO es el elemento esencial que debe acompañar todas las acciones cotidianas de quienes hacen parte de la Institución. Por lo anterior, los estudiantes deben BRINDAR a los demás y EXIGIR para sí respeto. Cualquier falta de respeto (palabra o hecho), en nuestro Colegio, tiene carácter de grave. 1. A recibir de los profesores, directivos y compañeros un buen trato a la altura de su dignidad como persona dentro y fuera de la institución. 2. A ser tratado con dignidad frente a los desaciertos o equivocaciones, recibiendo la orientación pertinente a través de una actitud comprensiva. 3. A presentar reclamos justificados ante situaciones difíciles o problemáticas en razón de las cuales se sientan lesionados los derechos, así mismo, a recibir y aportar los elementos y recursos necesarios para la solución de las mismas. 4. Disfrutar responsablemente de un ambiente sano y adecuado y de las instalaciones, dotación y servicios que correspondan al óptimo desarrollo de las actividades pedagógicas. 5. A recibir cuidado, asistencia y protección, sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, lengua, religión, opinión política o filosófica.
  • 6. MANUAL DE CONVIVENCIA 6 6. Ser respetado en su intimidad, y a que la información personal que sobre él se reciba, se maneje con absoluta discreción y reserva. 7. A expresar libre y respetuosamente sus inquietudes, puntos de vista, formas de pensar, opiniones, etc. 8. A que se les proporcione un ambiente adecuado, donde el orden y la organización garanticen el cabal desarrollo de las actividades formativas y curriculares. 9. A exigir de sus superiores, compañeros y demás miembros de la comunidad educativa, adecuada presentación personal. 10. A la valoración de sus éxitos, aciertos y progresos en los diferentes campos de su formación y desarrollo. 11. A exigir el cumplimiento cabal y puntual de los compromisos adquiridos previamente por directivas, profesores y demás personal de la institución. 12. Al conocimiento de su estado académico y formativo antes de su registro en el informe descriptivo periódico. 13. A asociarse libremente en organizaciones que persigan como propósito el desarrollo y bienestar de la institución, a elegir y ser elegido para representar al estamento estudiantil en el Consejo Directivo, la Personería, el Consejo de Estudiantes o el comité escolar de convivencia; esto es en el Gobierno Escolar. 14. A que se le propicien espacios de descanso, esparcimiento, juego, práctica del deporte, participación en actividades lúdicas, artísticas, culturales y científicas de la institución y su entorno. 15. A que le sean respetadas sus pertenencias y bienes personales. 16. A la utilización de los recursos didácticos, espacios pedagógicos y herramientas o instrumentos de uso común necesarios para su proceso de aprendizaje. 17. A que los miembros de la institución se comporten con sobriedad y decoro. 18. Al uso de las oportunidades de defensa o principio constitucional del “debido proceso” cuando haya sido señalado como culpable de cometer un acto contra la conducta o disciplina. Y a que las sanciones se le apliquen según el Decreto Departamental 1423 del 6 de mayo de 1993. 19. A ser recibido en el colegio para repetir el año no aprobado por primera vez, siempre y cuando haya cumplido con las normas del Manual de Convivencia. 20. A recibir una formación integral fundamentada en los valores y principios de la sana moral, que constituyen la razón de ser de la institución 21. A que se acepten y analicen las excusas y documentos presentados en un término no superior a 8 días, que justifiquen la no asistencia o los impedimentos que no han permitido realizar determinada tarea, evaluación o función y a que se le brinden alternativas para solucionar la dificultad. 22. A conocer suficientemente los procesos metodológicos y evaluativos diseñados por la institución. 23. A ser protegido de toda amenaza física o moral, o abuso sexual. 24. A ser considerado como eje de la acción educativa, tomando parte en las decisiones y las realizaciones que favorecen el avance de los procesos pedagógicos. 25. A recibir una formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. 26. Ser protegido en caso de informar sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra; a través de la discreción absoluta de las personas encargadas de recibir la información. 5.4 OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE: 1. Mostrar respeto hacia todos los miembros de la comunidad educativa. 2. Asistir y participar de los actos religiosos que se celebran regularmente (Si ha manifestado ser Católico) 3. No portar accesorios disonantes con el uniforme. 4. Demostrar deseo de superación y realizar esfuerzos para mejorar cada día. 5. Cumplir cabal y puntualmente con las obligaciones inherentes a su condición de estudiante: horarios establecidos, responsabilidades académicas y extra académicas, jornadas extraordinarias adoptadas en razón de la conveniencia de los miembros de la Institución. 6. Participar activa y responsablemente en las organizaciones o comités institucionales constituidos por iniciativa propia o por disposiciones legales y para los cuales hayan sido delegados o asignados, respetando y cumpliendo los reglamentos y estatutos establecidos por ellos. 7. Hacer uso responsable, racional y sano de todos los espacios de la institución, cumpliendo con el reglamento correspondiente.
  • 7. MANUAL DE CONVIVENCIA 7 8. Cuidar y preservar todos los recursos institucionales necesarios en su proceso de aprendizaje; haciéndose responsable de daños y pérdidas ocurridas en las instalaciones, dotaciones y servicios a cuyo disfrute haya tenido acceso. 9. Escuchar y respetar los puntos de vista, formas de pensamiento y opiniones de los demás miembros de la comunidad educativa. 10. Respetar la vida íntima de sus compañeros, profesores, directivas y demás miembros de la comunidad educativa. 11. No incurrir en faltas que atenten contra la disciplina o la convivencia escolar. 12. hacer uso apropiado de las instalaciones locativas de la institución. 13. Dar buen trato a sus superiores en la medida de su dignidad como personas y como autoridad jerárquica. 14. Respetar y no usar sin consentimiento los bienes y pertenencias de los demás. 15. Presentar al regreso a clases, las excusas y documentos -debidamente firmados por los padres o acudientes- que justifiquen la no asistencia o la imposibilidad para el cumplimiento de tareas, responsabilidades o evaluaciones; y responder con diligencia y aplicación por todas las actividades institucionales desarrolladas en su ausencia. 16. Responder positivamente a las orientaciones de formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia y la formación en ética y valores que proporciona la institución, evitando manifestaciones de violencia (peleas, rencillas o malos tratos hacia compañeros o superiores). 17. Buscar la orientación adecuada sobre sus inquietudes con respecto a la sexualidad. 18. No portar revistas, videos, literatura ni música pornográfica. 19. No portar armas, material explosivo o elementos que atenten contra la integridad física personal o de los demás. 20. Participar en la elaboración y actualización del Manual de Convivencia 21. Contribuir al establecimiento de un ambiente adecuado de convivencia, practicando la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, la responsabilidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley. 22. Practicar hábitos de orden, organización y adecuada presentación personal, portando correctamente el uniforme. 23. Comportarse con sobriedad, decoro y buenos modales, evitando en la Institución y en el transporte del Colegio los contactos físicos de excesiva confianza que no hacen parte de nuestros procesos formativos ni académicos 24. No ingerir o usar sustancias sicotrópicas o estupefacientes. 25. No ingerir alcohol, ni fumar dentro del colegio o fuera de él cuando se actúa en su nombre. 26. No encubrir faltas de otros compañeros. 27. No alterar injustificadamente el normal desarrollo de las clases y actividades académicas y/o formativas. 28. Atender las orientaciones, demostrando deseos de superación y actitud de mejoramiento. 29. Ser leal y demostrar el sentido de pertenencia y compromiso hacia la institución, defendiendo siempre su buen nombre y no utilizándolo de manera inadecuada en acciones (bailes, convivencias, excursiones, rifas, actos sociales, etc.) no autorizadas por el Colegio, y que puedan atentar contra su imagen y prestigio. 30. No permanecer en dependencias o sitios no autorizados durante los descansos. 31. Estar dispuesto a aportar los elementos necesarios que contribuyan a la solución de las situaciones problemáticas de manera respetuosa, buscando la concertación y el convenio, y apelando a la utilización de los conductos regulares así: 1. Profesor con quien está relacionado el asunto. 2. Director del grupo. 3. Coordinador de convivencia. 4. Coordinador general. 5. Dirección general. 6. Rector 7. Consejo directivo. 32. Participar adecuadamente en los espacios deportivos programados por el colegio, esto implica el juego limpio, el trabajo en equipo y el adaptarse a las normas de juego. 33. Cuidar los elementos de la institución que se le presten (libros, implementos deportivos, etc) y devolverlos oportunamente, según las condiciones establecidas para ello. 34. Hacer barras positivas en los eventos deportivos, dentro y fuera del colegio. 35. Tener un trato cortés y respetuoso con las personas que visitan el colegio. 36. Abstenerse de comer en los espacios académicos, enfermería, oficinas y/o salas de espera.
  • 8. MANUAL DE CONVIVENCIA 8 37. No ingresar a los cafetines o áreas de mantenimiento. 38. Apropiarse conscientemente de las fórmulas de convivencia establecidas en el presente manual, resultado de un trabajo concertado de todos los estamentos de la institución; y comprometerse responsablemente en su cumplimiento como garantía de organización y convivencia armónica. 5.5 DERECHOS DE LOS PROFESORES. Los educadores al servicio del COLEGIO LONDRES gozarán de los siguientes derechos: 1. Libre asociación, de acuerdo a la Constitución y las Leyes. 2. Tener a disposición los materiales pedagógicos necesarios, las ayudas audiovisuales, los instrumentos de laboratorio, la asignación de presupuesto para realizar las diferentes actividades que competen a la calidad del trabajo que se realiza. 3. A recibir de los estudiantes, directivos y compañeros un buen trato a la altura de su dignidad como persona dentro y fuera de la institución. 4. Ser respetado en su intimidad, y a que la información personal que sobre él se reciba, se maneje con absoluta discreción y reserva. 5. A expresar libre y respetuosamente sus inquietudes, puntos de vista, formas de pensar, opiniones, etc. 6. Percibir oportunamente la remuneración asignada por el respectivo cargo. 7. Participar de los programas de capacitación y bienestar social y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan. 8. Disfrutar de las vacaciones pactadas, de acuerdo a la Ley. 9. Obtener el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales de Ley. 10.Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes. 11.No ser discriminado por razón de sus creencias religiosas, políticas, ni por distinciones fundadas en condiciones sociales o raciales. 12.A exigir el cumplimiento cabal y puntual de los compromisos adquiridos previamente por directivas. 13.A que le sean respetadas sus pertenencias y bienes personales. 14.Ser protegido en caso de informar sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra; a través de la discreción absoluta de las personas encargadas de recibir la información. 5.6 RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS PROFESORES. Los docentes tienen como deberes generales los siguientes: 1. Cumplir con la Constitución y las Leyes de Colombia. 2. Participar en la elaboración de planes de su área y proyectos institucionales, que contribuyan a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. 4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. 5. Programar y organizar metodológicamente las actividades inherentes a su cargo, de acuerdo a los lineamientos del Colegio. 6. Presentar puntualmente al Coordinador correspondiente el informe del rendimiento y/o comportamiento de los estudiantes a su cargo cuando sea requerido 7. Ejercer la dirección, orientación y asesoría de grupo cuando le sea solicitada 8. Participar en los comités y comisiones en que sea requerido y cumplir con el reglamento y funciones que de allí se deriven. 9. Acompañar a los estudiantes en los sitios de descanso y esparcimiento asignados, velando por el cumplimiento de la norma y la sana convivencia. 10.Desempeñar con calidad y profesionalismo las funciones propias de su cargo. 11.Cumplir las órdenes inherentes a sus cargos que les impartan sus superiores. 12.Dar un trato cortés a sus compañeros y a sus subordinados y compartir sus áreas con espíritu de solidaridad y unidad de propósito. 13.Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias del cargo. 14.Velar por la conservación de útiles, equipos, muebles y demás enseres que les sean confiados o asignados.
  • 9. MANUAL DE CONVIVENCIA 9 15.Demostrar una conducta pública acorde con el decoro y la dignidad del cargo, dando siempre buen ejemplo a sus estudiantes. 16.Actuar con imparcialidad y justicia en el ejercicio de su cargo y con relación a sus estudiantes. 17.Abstenerse de solicitar préstamos en dinero o en especie, o servicios personales a los estudiantes y a sus familias. 18.Abstenerse de realizar cualquier tipo de transacción monetaria personal con los estudiantes o acudientes. 19.Formar a los estudiantes en el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y competencias ciudadana 20.Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, cualquiera que sea el medio por el que se presenten. 21.Dar información acertada y oportuna a los padres de familia o acudientes acerca de las faltas o situaciones en las que pueda estar involucrado el estudiante, conductos regulares, situación académica o comportamental de su acudido y rutas de atención integral. 22.Cumplir las demás funciones relativas a su cargo, que le imparta su superior inmediato. 5.7 DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA 1. "Los padres de familia tendrán derecho a escoger el tipo de educación para sus hijos..." (Artículo 68 Constitución Nacional). 2. Participar de manera consciente y activa en la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, a través de los mecanismos establecidos para ello. 3. Ser atendidos e informados sobre los procesos académicos, de convivencia y de comportamiento de su hijo y participar de un diálogo permanente que posibilite y fortalezca la mejor orientación del mismo. 4. Ser elegido para conformar los diferentes órganos de participación escolar: Consejo Directivo, consejos de padres de familia, comisión de evaluación y promoción y comité de convivencia escolar. 5. A expresar libre y respetuosamente sus inquietudes, puntos de vista, formas de pensar, opiniones, etc. 6. Ser protegido en caso de informar sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra; a través de la discreción absoluta de las personas encargadas de recibir la información. 7. Ser escuchados y tenidos en cuenta, en forma directa o a través de sus representantes, en todo lo concerniente al desarrollo del proceso educativo de su hijo. 5.8 OBLIGACIONES DE LOS PADRES: La familia, como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011 y demás normas vigentes, deberá: 1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. 2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. 3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el colegio para la convivencia y la sexualidad. 4. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en sus procesos académicos. 5. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del Colegio. 6. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas. 7. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia del Colegio, y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas. 8. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del Colegio.
  • 10. MANUAL DE CONVIVENCIA 10 9. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean agredido. 10.Velar porque los hijos reciban los cuidados necesarios para su adecuado desarrollo físico, intelectual, moral y social" (Artículo 6. Código del menor). 11.Dar un buen trato físico y verbal a sus hijos y a los demás miembros de la Institución, acorde con su dignidad personal. 12.Comunicarse mediante el diálogo, atendiendo racional y democráticamente el punto de vista del otro. 13.Estar dispuesto permanentemente a aportar elementos y asumir los compromisos que contribuyan a la solución de las situaciones problemáticas de su hijo en el colegio, respetando los conductos regulares. 14.Responsabilizarse por daños y pérdidas ocurridas en las instalaciones, dotaciones y servicios a cuyo disfrute tengan acceso su hijo, cuando sean ocasionados por él con probada responsabilidad. 15.Responder activamente a los esfuerzos y demandas que efectúa el Colegio en la formación integral de los estudiantes 16.Respetar, cumplir y propiciar en sus hijos el cumplimiento de todas las fórmulas de convivencia contenidas en el presente Manual de Convivencia. 17.Asistir y participar en las reuniones, eventos y actividades planeadas por la institución en busca de la cualificación del servicio educativo que se ofrece, y de no poder hacerlo, justificar su ausencia por escrito. 18.Plantear, en forma constructiva, las sugerencias que apunten al mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional. 19.Revisar constantemente el comunicador del estudiante y las comunicaciones que se realizan a través de los medios virtuales. 20.Suministrar a su hijo o acudidos los medios e instrumentos de trabajo necesarios para las actividades de aprendizaje 21.Realizar el pago oportuno de la pensión durante los 5 primeros días de cada mes y durante 10 meses del año lectivo, o hasta el momento de cancelar la matrícula. 5.9 RESPONSABILIDADES DEL COLEGIO EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR. 1. Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 2. Implementar el comité escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones. 3. Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes. 4. Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan. 5. Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores proctectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia. 6. Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos, incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo. 7. Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes. 8. Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 9. Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.
  • 11. MANUAL DE CONVIVENCIA 11 5.10 RESPONSABILIDADES DEL DIRECTOR Y RECTOR EN EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y DE LA VIOLENCIA ESCOLAR. 1. Liderar el comité escolar de convivencia. 2. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 3. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 4. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos. 6. PERFILES 6.1 PERFIL DEL DOCENTE. Requerimos de un maestro que:  Sea íntegro, capaz de impulsar al estudiante en la construcción de su propia personalidad y de su propio saber  Sea, ante todo, persona íntegra, que proyecte equilibrio personal social y moral.  Se constituya en ejemplo para la comunidad.  Se identifique plenamente con los principios que hacen parte de nuestra filosofía.  Sienta como propio el colegio, proyectando Siempre una imagen positiva de él.  Se comprometa con todas las actividades educativas emprendidas por la Institución.  Realice una orientación adecuada y permanente, creando y desarrollando valores en sus estudiantes.  Mantenga en todo momento control en sus actuaciones, evitando discusiones en estado emocional alterado,  Propenda por la concertación democrática y participativa.  Trabaje con honestidad, objetividad, sentido de compromiso, constancia, entrega y lealtad.  Logre un óptimo nivel de autoridad frente a sus estudiantes, siendo modelo en el desempeño de sus funciones, partiendo del respeto y la tolerancia como base para una convivencia armónica.  Respete y haga respetar los canales regulares existentes en la institución para solucionar los problemas en forma oportuna.  Tenga capacidad para formular las críticas de manera constructiva con actitudes de diálogo, tolerancia y rectificación de errores.  Planee su trabajo y no deje espacio a la imprevisión.  Mantenga y propicie las mejores relaciones con todos los miembros de la comunidad educativa.  Cumpla con la jornada de trabajo asignada y sea puntual en sus clases y actividades.  Sea ético y objetivo en el diligenciamiento del seguimiento cualitativo, orientación, asesoría y acompañamiento de los estudiantes.  Sea un elemento dinamizador y motivador del potencial humano que poseen los estudiantes, ayudándolos a desarrollarse para sí y para los otros.  Posea un alto nivel de autoestima que, proyectada al estudiante, despierte y fomente en él su propia autovaloración para adquirir seguridad en sí mismo, madurez y autonomía moral e intelectual.  Sea creativo buscando permanente innovación y mejoramiento en los procesos pedagógicos que lidera.  Se interese por mantener permanente actualización, para alcanzar el perfeccionamiento que contribuya al mejoramiento cualitativo de su desempeño.  Fundamente las relaciones con sus estudiantes en el afecto, la ternura y el respeto mutuo, manteniendo un equilibrado principio de autoridad.
  • 12. MANUAL DE CONVIVENCIA 12 6.2 PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA Requerimos de un padre/madre que:  Acompañe a sus hijos en su proceso formativo.  Esté comprometido e identificado con la institución, reconociendo que ésta complementa la formación de la familia, y que por lo tanto, debe guardar coherencia con la acción educativa apoyándola y respetándola.  Que enseñe, con su propio ejemplo, la sinceridad, la honestidad, la lealtad, la autenticidad y el respeto a la vida, propiciando el diálogo, la concertación y la sana convivencia.  Que estimule y reconozca los aciertos y logros, y que acepte y corrija los errores.  Que dé oportunidad a los hijos de tomar sus propias decisiones de acuerdo a su edad y a las normas establecidas en la familia y la sociedad.  Que propicie al hijo un adecuado ambiente de estudio.  Que dé testimonio de vida. 6.3 PERFIL DEL ESTUDIANTE Al matricularse en el Colegio Londres, acepta y busca ser una persona que:  Sea capaz de relacionarse consigo mismo y con los otros, con el mundo, con la historia y con Dios.  Se conoce, acepta, valora y es dueño de sí mismo  Desarrolla la capacidad creadora para buscar y hallar soluciones apropiadas a nuevos retos de la realidad, con gran sentido de solidaridad e iniciativa.  Gusta del grupo como un espacio para expresarse proyectando respeto por los demás.  Ama la vida y la defiende, es optimista y difunde alegría.  Trabaja por lograr un alto nivel académico, fortaleciendo sus hábitos de estudio y la utilización adecuada del tiempo libre.  Practica el diálogo porque lo encuentra válido.  Respeta la autoridad legítima: la Ley, la cultura nacional, la historia colombiana y los símbolos patrios.  Defiende la verdad y posee espíritu crítico, que le permite evaluar objetivamente los acontecimientos.  Es capaz de aceptar y respetar la diferencia sin recurrir al conflicto.  Ama y protege la naturaleza como patrimonio común de la humanidad.  Cultiva la investigación y se fortalece por la verdad que descubre.  Vive el valor del trabajo como realización personal y como responsabilidad social.  Construye su propio saber.  Es sensible a las necesidades de los otros y participa social y políticamente con sentido comunitario y de pertenencia.  Valora y dinamiza su propia cultura y respeta la de los demás.  Ama la familia, respeta y sabe vivir en comunidad, que honra y defiende la vida.  Se interroga sobre el proyecto de su vida como obra de Dios, para orientarse y comprometerse con él vocacional y profesionalmente.  Respeta el credo y expresión religiosa de quien piensa diferente. 6.4 PERFIL DEL PERSONERO Para candidatizarse a ser personero de los estudiantes del Colegio Londres, el aspirante debe reunir los siguientes requisitos:  Tener una permanencia mínima de dos años en la institución  Presentar una disciplina y conducta excelentes.  Su nivel académico debe ser Alto o Superior.  Proyectar un liderazgo positivo entre sus compañeros.  Demostrar un destacado sentido de pertenencia al colegio.  Presentar un programa coherente y acorde a los requerimientos
  • 13. MANUAL DE CONVIVENCIA 13 7. CARGOS Y ELECCIÓN 7.1 CONSEJO DIRECTIVO: 7.1.1 Elección Está integrado por el Rector, quien la preside y convoca mensualmente a reunión ordinaria, y a extraordinaria cuando lo considere necesario. Está conformado por (Artículo 2l Decreto 1860/94):  Dos Representantes del personal Docente: Elegidos por los Docentes.  Dos Representantes de los Padres de Familia: Elegidos por el Consejo de padres de la Asociación de Padres de Familia.  Un Representante de los estudiantes: Elegido por el Consejo de estudiantes entre los estudiantes que se encuentren cursando el último grado de educación, ofrecido por la Institución.  Un Representante del Sector Productivo: Organizados en el ámbito local o subsidiario, que auspicien o patrocinen el funcionamiento de la institución; el representante será escogido por el Consejo Directivo, de candidatos propuestos por las respectivas organizaciones. 7.1.2 Funciones: 8. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad. 9. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos provistos en el reglamento o manual de convivencia. 10. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la Institución. 11. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado. 12. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado ante la Secretaria de Educación respectiva o el organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos. 13. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa. 14. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante, que sean incorporados al reglamento o manual de convivencia, y que en ningún caso sean contrarios a la dignidad del estudiante. 15. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución. 16. Recomendar criterios y promover la participación de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. 17. Establecer el procedimiento para permitir el uso las instalaciones en la realización de las actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunicad educativa. 18. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. 19. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y de estudiantes. 20. Reglamentar los procesos electorales para personero de los estudiantes, Consejo de Estudiantes y representantes de los estudiantes entre otros. 21. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los estudiantes, tales como derechos académicos, y similares. 22. Darse su propio reglamento. 23. Toda la demás que le sean asignadas por la ley o sean de su exclusiva competencia. 7.2 CONSEJO ACADEMICO 7.2.1 Elección El Consejo Académico se constituye de acuerdo a los lineamientos estipulados en el artículo 24 del Decreto 1860 de 1994, y está conformado por  Rector quien lo preside.
  • 14. MANUAL DE CONVIVENCIA 14  Los directivos docentes.  Un docente por cada área definida en el plan de estudios 7.2.2 Funciones 1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional. 2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con los procedimientos previstos por la ley. 3. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución. 4. Participar en la Evaluación Institucional anual. 5. Integrar las Comisiones para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción, asignar sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación y promoción. 6. Liderar la orientación pedagógica del establecimiento. 7. Recibir reclamos sobre aspectos de la práctica evaluativa por parte de los estudiantes o de cualquier miembro de la Comunidad Educativa. 8. Recomendar políticas para la dotación del material y medios auxiliares de enseñanza. 9. Velar porque a través de los procesos evaluativos adelantados por los educadores, se favorezca el pleno desarrollo de los estudiantes, en especial en cuanto tiene que ver con la potenciación de capacidades para la toma de decisiones, la adquisición de criterios, el ejercicio de la responsabilidad, el desarrollo de habilidades para comunicarse y vivir en convivencia. 10. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el PEI. 7.3 CONSEJO DE ESTUDIANTES: 7.3.1 Elección: Integrado por un estudiante de cada grado escogido por mayoría de votantes en una Asamblea de estudiantes al inicio del año escolar. Los estudiantes del nivel preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un representante único entre los estudiantes que cursan el tercer grado. 7.3.2 Funciones: Como órgano de participación y concertación democrática es el mecanismo que asegura y garantiza el continuo ejercicio de asociación por parte de los educandos. 1. Establecer su propia organización interna acorde a los principios del proyecto educativo institucional 2. Elegir al representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y asesorarlo en el cumplimiento de su representación 3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas tendientes al mejoramiento de los procesos institucionales 4. Rendir informes periódicos a los representados acerca de los resultados de su gestión 5. Analizar y presentar a las directivas las iniciativas tendientes al mejoramiento del PEI 7.4 PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES: 7.4.1 Elección: Elegido por periodos anuales en asamblea general de estudiantes. Pueden aspirar todos los estudiantes matriculados de 11º grado que hayan cursado mínimo dos años en la institución. Su misión es promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes. EXCEPCIÓN: En caso de no existir un estudiante del grado undécimo que aspire a ser personero de los estudiantes salvaguardando las condiciones establecidas, el Consejo Directivo estudiará la posibilidad de que los estudiantes del grado 10º que cumplan con el perfil puedan postularse y ser elegidos para el cargo.
  • 15. MANUAL DE CONVIVENCIA 15 7.4.2 Funciones: 1. Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación. 2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y a las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes. 3. Presentar ante rectoría, dirección general o coordinación según sus competencias, las peticiones que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. 4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. 7.5 CONSEJO DE PADRES 7.5.1 Elección: Estará integrado por un padre de familia por cada uno de los grados que ofrece el colegio y será conformados durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas. El rector convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el consejo de padres de familia. La elección de los representantes de los padres para el correspondiente año lectivo se efectuará en reunión por grados, por mayoría, con la presencia de, al menos, el cincuenta por ciento (50%) de los padres, o de los padres presentes después de transcurrida la primera hora de iniciada la reunión, según artículo 5 decreto 1286 de 2005. 7.5.2 Funciones: 1. Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado. 2. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES. 3. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. 4. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. 5. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia. 6. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. 7. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la Ley. 8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente. 9. Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción de acuerdo al SIEE. 10. Presentar las propuestas de modificación del proyecto educativo institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994. 11. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo.
  • 16. MANUAL DE CONVIVENCIA 16 7.6 COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR 7.6.1 Elección De acuerdo Articulo 12 Ley 1620 de marzo de 2013 el Comité de Convivencia Escolar estará conformado por: El director general quien preside el comité El personero estudiantil El docente con función de orientación. Los coordinadores de convivencia. El presidente del consejo de padres de familia. El presidente del consejo de estudiantes. Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Parágrafo. El comité podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información. Luego de las elecciones anuales del consejo de estudiantes, consejo de padres de familia, y el personero estudiantil, saldrán de cada uno de estos estamentos los representantes al comité de convivencia escolar. 7.6.2 Funciones: De acuerdo con el artículo 13 de la ley 1620 de Marzo de 2013, son funciones del comité: 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. 3. Promover la vinculación del colegio a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de la comunidad educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del colegio. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en este manual, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. 6. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. 7. darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
  • 17. MANUAL DE CONVIVENCIA 17 8. CALIFICACIÓN DE COMPORTAMIENTO La Secretaría de Educación y Cultura de Antioquia a través de la Circular 42 del 13 de Agosto de 1984 establece la escala de valoración conceptual en el cual se establece: “Para efectos de la evaluación del Comportamiento Social y la Convivencia Institucional, el equipo docente se reunirá al finalizar cada periodo y al terminar el año lectivo para emitir una valoración cualitativa que exprese el cumplimiento del Manual de convivencia por parte de cada estudiante”. Con base en ello el Colegio Londres establece la siguiente escala cualitativa de evaluación del comportamiento.  Comportamiento Excelente  Comportamiento Bueno  Comportamiento Aceptable  Comportamiento No adecuado 9. COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES EN EL TRANSPORTE La movilización del estudiante en el transporte escolar, repercute sobre la convivencia de la Institución, ya que mientras lo utiliza, lo hace en calidad de estudiante; por lo tanto deben acatar las siguientes normas, durante los recorridos desde o hasta el colegio, y los transportadores, ante situaciones que no estén acordes con estas normas, deben informar al coordinador de disciplina: 1. No está permitido fumar 2. Ningún estudiante debe bajarse en un sitio diferente al de su residencia, sin autorización expresa de su acudiente. 3. Los estudiantes debe ser dejados dentro del Colegio y recogidos allí mismo. 4. Evitar los juegos de manos y los términos soeces. 5. Tener un trato cortés y respetuoso entre estudiantes y para con el transportador. 6. No manifestar contactos físicos que deben limitarse a la intimidad, por afectar los derechos de los compañeros de ruta. 7. Tratar con cuidado la silletería y el vehículo en general. 8. Ser puntuales a la hora asignada para recogerlos. 9. No ingerir alimentos durante el recorrido sin previa autorización del transportador. 10. En lo posible avisar al transportador cuando no vayan a asistir al colegio. 11. Cuando por algún motivo vaya a cambiar temporalmente de transporte, debe hacerlo con previa autorización del Coordinador de Disciplina. 12. Si por recomendación de un transportador, es necesario asignarles puestos fijos dentro del vehículo, estos deberán ser respetados. 13. En el transporte escolar rigen todas las normas disciplinarias y conductuales establecidas en el Manual de Convivencia. 10. CUIDADOS DE LA PLANTA FÍSICA Es responsabilidad de cada uno velar porque: 1. El salón esté en constante orden. 2. El pupitre esté en buenas condiciones 3. Las paredes, ventanas, pupitres, etc. estén libres de letreros, calcomanías o dibujos inapropiados. 4. Las canecas de residuos sean utilizadas correctamente. 5. Los jardines y zonas verdes del Colegio se conserven y mantengan limpios. 6. Los baños permanezcan limpios y sin letreros en las puertas o paredes. 7. No se desperdicie el agua.
  • 18. MANUAL DE CONVIVENCIA 18 11. DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 11.1 ACCIONES DEL COMPONENTE DE PROMOCIÓN. Se consideran acciones de promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en los términos establecidos en la Ley 1620 de 2013. En virtud del componente de promoción, el Colegio Londres adelanta las siguientes acciones lideradas por el Comité Escolar de Convivencia: a. Liderar el ajuste del manual de convivencia. b. Estimular comportamientos que favorezcan el bienestar individual y colectivo, tales como:  El buen rendimiento académico y el comportamiento acorde a los lineamientos dados por la comunidad educativa.  El espíritu de liderazgo por medio del cual se promuevan los valores en el grupo.  Méritos deportivos, artísticos, culturales y humanitarios.  Sobresaliente capacidad investigativa y creativa.  Destacarse en las actividades complementarias que se realizan en la institución.  Promover la limpieza, el aseo y la organización del colegio.  Liderar y trabajar en favor del medio ambiente y el mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad.  Corregir definitivamente actitudes o comportamientos negativos, transformándolos en actitudes y comportamientos manifiestamente positivos. c. Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas tales como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, y mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia Escolar. d. Fortalecer la implementación y evaluación de los proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y construcción de ciudadanía desde preescolar, que corresponden a las particularidades socioculturales del contexto en el que se encuentra el establecimiento. e. Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación del proyecto de “Competencias Ciudadanas y fomento de Valores”, orientado a fortalecer un clima escolar y de aula positivo. f. Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la formación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el proyecto educativo institucional. 11.2 ACCIONES DEL COMPONENTE DE PREVENCIÓN. Se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de tos miembros de la comunidad educativa. Hacen parte de las acciones de prevención del Colegio Londres: 11.2.1 La identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: 11.2.1.1 Clima Escolar: Las características sociales, económicas y culturales de las familias del Colegio favorecen la convivencia escolar, en la medida en que se observa un alto nivel de compromiso con la formación de los estudiantes, lo
  • 19. MANUAL DE CONVIVENCIA 19 cual se manifiesta en la participación de los padres en los diferentes comités y entes institucionales, su comunicación constante con los profesores y directivas y el grado de educación, que en la gran mayoría alcanza un nivel universitario. En cuanto al entorno, las familias vecinas son en su mayoría de estrato social medio bajo; lo que ha hecho que la institución se vincule directamente a través de diferentes proyectos que benefician a sus vecinos, y permiten a los estudiantes relacionarse con la comunidad circundante. La relación de la Institución con las organizaciones comunitarias es muy buena, y está orientada directamente por el Rector. Se enfoca principalmente al desarrollo de actividades en salud, educación, bienestar comunitario, convivencia escolar, y dinamización cultural. Los estudiantes manifiestan interés y participación en cuanto a lo cultural, lo científico, lo creativo y deportivo dando a conocer así sus actitudes y proyectando sus valores en los diferentes espacios. La institución implementa diferentes proyectos pedagógicos trasversalizados por los principios Sistema Nacional de convivencia Escolar, que permiten el desarrollo de competencias ciudadanas y protección de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Todo lo anterior, sumado a la pequeña cantidad de estudiantes que posee la institución, se convierte en factor protector que favorece un clima escolar óptimo para la convivencia y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 11.2.1.2 Factores de riesgo de la convivencia escolar: Teniendo en cuenta las edades de los estudiantes, el contexto familiar y social y luego de analizar las diferentes situaciones de convivencia, familiares, psicológicas y sociales presentadas en el último año, se estableció como factor que pueden incidir en la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos las características propias de las etapas evolutivas de la niñez y la adolescencia. La edad se muestra como un elemento relevante a la hora de relacionarse con los demás. Hablar de adolescencia y niñez es hacer referencia, en principio, a los procesos de desarrollo y aprendizaje, y a la identificación con los otros (familia, pares, docentes, figuras de autoridad, artistas, amigos, etc.) como el escenario para que dichos procesos se den. Es así, como la relación y el reconocimiento del otro como un modelo a seguir son parte fundamental en el proceso educativo, en el cual se articulan las vivencias familiares, sociales y la relación consigo mismo. Todo lo anterior redunda en la convivencia escolar, y en las dificultades que al respecto se puedan presentar. 11.2.2 El fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. El colegio Londres a nivel de institución implementa acciones que sensibilizan al educando frente a las necesidades, intereses, problemas y potencialidades de él y de su entorno, para que adquiera y desarrolle compromisos y actitudes, contribuyendo así al desarrollo de la solidaridad, la tolerancia, la cooperación, el respeto a los demás, el respeto por la diferencia, la responsabilidad, la participación, la responsabilidad sexual, y las actitudes positivas que necesita el ser humano para desarrollar sus dimensiones biológica, psíquica y social; todo esto en pro de la buena convivencia entre todos los integrantes de la comunidad educativa y el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos. Todo lo anterior a través del desarrollo de las siguientes acciones:  Desarrollo de los proyectos pedagógicos de: competencias ciudadanas y fomento de valores, educación sexual, aprovechamiento del tiempo libre, educación vial, gobierno escolar, PRAE y emisora escolar; los cuales fortalecen la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.  Vinculación con otras instituciones públicas y privadas, para el fortalecimiento de los proyectos pedagógicos.  Acompañamiento psicológico individual y grupal a padres de familia, docentes y estudiantes.
  • 20. MANUAL DE CONVIVENCIA 20  Elaborar, ejecutar y evaluar anualmente el Plan Operativo y de mejoramiento institucional por comisiones de trabajo.  Participar en eventos culturales, académicos y deportivos del municipio de sabaneta.  Vincularnos con otras instituciones educativas para la realización de actividades culturales y deportivas  Fortalecer la orientación de grupo, destinando un espacio para ello.  Realizar reuniones de estudios de casos para el análisis de situaciones individuales o grupales que puedan afectar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.  Realizar charlas y conferencias a los padres de familia acerca de su función como educadores primarios en el proceso de formación.  Integración de la comunidad educativa en el día de la familia.  Participación en torneos interinstitucionales. 11.2.3 Estímulos institucionales para valorar y reconocer los méritos de los estudiantes: 1. Reconocimiento público al estudiante que haya sobresalido por el valor fomentado en el mes, mediante imposición de la bandera en acto cívico. 2. Proclamación del estudiante que haya sobresalido por su comportamiento y rendimiento académico mediante mención de honor, por año lectivo y entregado en los actos cívicos y/o públicos. 3. Ser elegidos en representación de los estudiantes para participar como miembros activos en los diferentes órganos: Consejo Directivo, Representante de grupo, Comités académicos y Personero de los estudiantes. 4. Condecoración especial para el Mejor Bachiller. 5. Mención especial en la ceremonia de graduación al bachiller que obtenga mayor puntaje en las pruebas Saber 11º. 6. Escudo de Oro Colegio Londres al Mejor estudiante del establecimiento durante el año académico. 7. Participación en eventos deportivos, culturales y académicos. 8. Representación del colegio a nivel interinstitucional. 9. Consignación en su informe descriptivo de aciertos y virtudes. 10. Citación al padre de familia para felicitarlo por los aciertos de su hijo. 11. Reconocimiento individual y colectivo de los logros, aciertos y fortalezas, espíritu de superación y voluntad evidente para enmendar actitudes negativas. 11.3 ACCIONES DEL COMPONENTE DE PREVENCIÓN. Se consideran acciones de atención aquellas que permitan asistir a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos del Colegio Londres establecidos en el numeral 11.9 del presente manual y la activación cuando fuere necesario, de los protocolos de atención que para el efecto se tengan implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia. 11.4 DEFINICIONES Para efectos del presente manual se entiende por: 11.4.1 Conflictos. Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. 11.4.2 Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. 11.4.3 Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
  • 21. MANUAL DE CONVIVENCIA 21 a. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. b. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. c. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. e. Agresión electrónica. Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. 11.4.4 Acoso escolar (bullying): es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. 11.4.5 Ciberacoso escolar (ciberbullying): es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. 11.4.6 Violencia sexual: se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor. 11.4.7 Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes 11.4.8 Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. 11.4.9 Competencias ciudadanas: es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática. 11.4.10 Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables .
  • 22. MANUAL DE CONVIVENCIA 22 11.5 SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se establecen de acuerdo al artículo 40 del decreto 1965 de Septiembre 11 de 2013, que reglamenta la ley de convivencia escolar 1620, y se clasifican en tres tipos: 11.5.1 Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud; dentro de estas se encuentran las siguientes: 1. Emplear vocabulario inadecuado, descomedido, vulgar o irrespetuoso. 2. Uso de apodos, expresiones vulgares, chismes y chistes de mal gusto en relación con las personas que conforman la comunidad educativa. 3. Falta de disposición para atender las observaciones o llamados de atención. 4. Participar con deslealtad o agresividad verbal y mal intencionada en las competencias deportivas, torneos intercalases entre otros. 5. Trato irrespetuoso a directivos, profesores, compañeros y demás personal que labore y haga parte integrante de la comunidad educativa. 6. Utilizar las redes sociales para cualquier tipo de expresiones irrespetuosas o descomedidas hacia la institución o cualquiera de sus miembros. 7. Encubrir, estimular o participar en acciones perturbadoras, como manifestaciones o saboteos que quebranten la armonía y convivencia tanto dentro como fuera del colegio. 8. Dar versión equívoca de los hechos ocurridos antes o durante el proceso disciplinario. 9. Realizar actividades que denigren del buen nombre de la institución dentro y fuera de ella. 11.5.2 Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Cyber-bullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a. Que se presenten de manera repetida o sistemática. b. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. Dentro de estas se encuentran: 1. No cumplir con los compromisos o acuerdos generados por situaciones tipo I. 2. Incurrir en agresión de hecho o de palabra a cualquier miembro de la comunidad educativa. 3. Incurrir en amenazas de hecho o de palabra, a cualquier miembro de la comunidad educativa. 4. Incurrir en expresiones verbales o corporales que ofendan a cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Rebeldía o desacato persistente a las normas o situaciones contempladas en el manual de convivencia. 6. Encubrir, estimular o participar en acciones perturbadoras, como manifestaciones y/o saboteos que quebranten la armonía y convivencia tanto dentro como fuera del colegio. 7. Ir en contra de los derechos sexuales y reproductivos con escritos, expresiones verbales o corporales morbosas, soeces o de doble sentido. 8. Aprovecharse de condiciones de inferioridad o discapacidad de otras personas. 9. Los conflictos manejados inadecuadamente definidos en el numeral 11.4.2 del presente manual. 10. Cualquier tipo de agresión escolar definida en el numeral 11.4.3 del presente manual. 11. El acoso escolar o ciberacoso definidos en los numerales 11.4.4 y 11.4.5 del presente manual. 12. Atentar contra la propiedad ajena, hurto o daño intencional en equipos, inmuebles o enseres del establecimiento o de alguno de sus miembros. 13. Obrar en complicidad con otros o haber sido coautor de una situación tipo II mencionada en los numerales anteriores. 11.5.3 Situaciones Tipo III. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000. Dentro de éstas encontramos las siguientes:
  • 23. MANUAL DE CONVIVENCIA 23 1. La comisión de faltas graves calificadas como tales por las leyes. 2. Cualquier acto que en una u otra forma atente contra el derecho a la vida. 3. Consumir o traficar dentro o fuera del establecimiento con alguna clase de droga, bebidas alcohólicas o cualquier otra sustancia dañina para la vida humana. 4. Porte, uso o tráfico de armas blancas o de fuego, artefactos explosivos u objetos similares que pongan en peligro su integridad o la de otras personas. 5. Cuando la situación constituye cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. 11.6 COMPORTAMIENTOS QUE SERÁN SANCIONADOS COMO FALTAS 11.6.1 Faltas Leves Serán considerados como faltas leves: 1. Llegar tarde al colegio, a las clases y demás actos programados por la institución. 2. No llevar el uniforme de acuerdo a las normas establecidas en el presente manual 3. Falta de cuidado en la higiene personal, y en el aseo y limpieza de la institución. 4. Arrojar basuras en lugares diferentes a las canecas destinadas para ello. 5. Rayar, ensuciar o deteriorar deliberadamente los enseres de la institución. 6. Utilización inadecuada de los enseres de la institución. 7. Interrupción injustificada de las clases y desórdenes en actos de comunidad. 8. Generar condiciones anómalas que interrumpen el desarrollo de las actividades normales del colegio. 9. Encubrir, estimular o participar en acciones perturbadoras, como manifestaciones y/o saboteos que quebranten la armonía y convivencia tanto dentro como fuera del colegio. 10. Realizar durante las clases y demás actos culturales, recreativos y académicos, asuntos diferentes a los que corresponden para cada caso. 11. Comer en clase y en actos de comunidad. 12. Inasistencia sin autorización a los actos de comunidad. 13. Utilizar dentro del aula de clase radios, audífonos, grabadoras, teléfono celular, y demás aparatos electrónicos; excepto para actividades donde se indique su uso o por necesidad manifiesta de su acudiente. 14. Incumplir el reglamento interno de las diversas dependencias de la institución (biblioteca, laboratorio, canchas, entre otros). 15. Ocultar la información o darla de manera tardía a los padres o acudientes acerca de las reuniones en las cuales se requiere su presencia. 16. Dañar deliberadamente la decoración, carteleras, afiches o avisos que se coloquen para informar o complementar el proceso formativo. 17. Presentarse sin los materiales requeridos para el desarrollo de las actividades académicas. 18. La no asistencia sin causa justificada a las evaluaciones o a las actividades de apoyo. 19. Permanecer en las aulas de clase durante el descanso. 20. No presentar el comunicador debidamente firmado por padres o acudientes cuando le sea solicitado. 21. No desarrollar con responsabilidad y dinamismo las actividades del área complementaria (aprovechamiento del tiempo libre) 22. Efectuar en el colegio transacciones económicas no autorizadas expresamente por las directivas 23. Vender artículos en el colegio 24. Manifestar en la Institución o en el transporte del colegio contactos físicos que deben limitarse a la intimidad, por afectar los derechos de los miembros de la comunidad que puedan estar presentes. 25. Masticar chicle dentro de la institución. 26. Usar celulares en lugares o momentos no autorizados para ello. 27. Mostrar un comportamiento inadecuado en los actos comunitarios. 28. Incumplimiento de las normas del transporte escolar. 11.6.2 Faltas Graves: 1. El incumplimiento a los compromisos y procesos originados por faltas leves. 2. Alterar cualquier tipo de documento oficial del colegio, tales como boletines descriptivos, certificados y constancias de estudio.
  • 24. MANUAL DE CONVIVENCIA 24 3. Fumar dentro de la institución, en el transporte institucional o en eventos y situaciones en los que el nombre del Colegio esté comprometido. 4. El fraude comprobado o el intento de fraude en evaluaciones y/o trabajos. 5. El préstamo de tareas y trabajos. 6. Portar juegos de suerte o azar dentro del Colegio; así como también objetos e instrumentos utilizados para la superchería, invocación de espíritus, predicción del futuro, etc. 7. Mal comportamiento o desórdenes reiterados en el transporte escolar. 8. Generar condiciones anómalas que interrumpan el desarrollo de las actividades normales del colegio. 9. Encubrir, estimular o participar en acciones perturbadoras, como manifestaciones y/o saboteos que quebranten la armonía y convivencia tanto dentro como fuera del colegio. 10. Ausentarse de clase sin previa autorización del profesor. 11. Ausentarse del colegio sin previa autorización del Rector o Coordinador y que esta ausencia involucre el prestigio e imagen de la institución. 12. Realizar rifas, ventas, eventos o similares como bailes, paseos, excursiones, reuniones sociales, etc., en las cuales se involucre el nombre y prestigio del colegio, sin la autorización de las directivas. 13. Presentarse en estado de embriaguez al colegio. 14. Atentar contra la propiedad, el patrimonio cultural o ecológico. 11.6.3 Faltas Muy Graves: Son conductas que merecen y deben ser censuradas y sancionadas por la comunidad educativa: 1. Presentarse bajo el efecto de cualquier tipo de estupefacientes o alucinógenos. 2. Cometer cualquier delito o conducta punible establecidas en el código penal colombiano (Ley 599 de 2000) 11.7CONDUCTO REGULAR: Para estudiantes: Profesor del área Director del grupo Coordinador Director General Rector Consejo académico o directivo. Para padres o acudientes: Profesor o empleado. Director del grupo. Coordinador. Director General Rector. Consejo académico o directivo 11.8 DEBIDO PROCESO En toda acción disciplinaria o de convivencia se seguirá el debido proceso, consistente en los pasos que deben darse para la aplicación de una eventual estrategia formativa y/o sanción por motivo de presuntas faltas disciplinarias. 1. Indagación preliminar y formulación de cargos Conocida una situación o falta disciplinaria por parte de uno o varios estudiantes, los docentes o coordinadores de convivencia según el caso, procederán a establecer una investigación:  El docente que se encuentre en el momento si es del caso, director de grupo o coordinador de convivencia recibirá la información de la falta o situación de manera oral o escrita.  Se calificará la falta disciplinaria o situación de acuerdo al manual de convivencia.
  • 25. MANUAL DE CONVIVENCIA 25 2. Investigación a. Se recolectarán las pruebas pertinentes, que pueden ser: versiones de otros estudiantes, docentes o cualquier miembro de la comunidad educativa conocedor de la situación, documentos escritos, videos, imágenes, grabaciones, fotos, o cualquier tecnología de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) b. Según la clasificación de la falta o situación, se seguirán los protocolos establecido en el numeral 11.9 del presente manual de convivencia. c. En todos los casos se garantizará el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los documentos en medio físico o electrónico, así como de las informaciones suministradas por las personas que intervengan en las actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las mismas, en los términos establecidos en la Constitución Política, los tratados internacionales, en la Ley 1098 de 2006, en la Ley estatutaria 1581 de 2012, en el Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia. d. En todos los casos se protegerá a quien informe sobre la ocurrencia de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de posibles acciones en su contra; a través de la discreción absoluta de las personas encargadas de recibir la información, so pena de sanción disciplinaria en su contra. 3. Medidas pedagógicas y/o sanción. Se establecerán de acuerdo a la clasificación de la falta o situación, según los protocolos establecidos en el numeral 11.9 del presente manual de convivencia. El fallo y la sanción estarán a cargo de la rectoría, previo concepto de los estamentos anteriores del conducto regular mediante notificación motivada y congruente con los cargos formulados. 11.9 DE LOS PROTOCOLOS DEL COLEGIO LONDRES Están orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 11.9.1 Para la atención de las situaciones tipo I: 1. Quien conozca la situación informará de manera oral o escrita al docente que se encuentre en el momento si es del caso o director de grupo. 2. El docente informado reunirá inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediará de manera pedagógica para que estas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas. 3. En ese espacio se fijará la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos, la reconciliación, y el establecimiento de compromisos por parte de los involucrados. De todo esto se dejará constancia en el cuaderno de gestión de grupo. 4. según los acuerdos y compromisos adquiridos, el docente o director de grupo informará a los padres o acudientes a través de correo electrónico o del comunicador. 5. El director de grupo, coordinadores de convivencia y comité de convivencia escolar; realizarán seguimiento del caso y de los compromisos por parte de los involucrados, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en el numeral 11.9.3 del presente manual. 11.9.2 Para la atención de faltas leves: 1. Quien conozca la falta informará de manera oral o escrita al docente que se encuentre en el momento si es del caso o director de grupo. 2. El docente conocedor de la situación realizará una amonestación que puede ser:
  • 26. MANUAL DE CONVIVENCIA 26  Verbal: consiste en un dialogo reflexivo con el estudiante en el momento oportuno, en el que se procurará hacer ver sus dificultades y la necesidad de un cambio de actitud y de comportamiento. El estudiante podrá presentar al docente una propuesta respetuosa, verbal o escrita en el cuaderno de gestión de grupo, derivada de este análisis teniendo en cuenta el manual de convivencia y las recomendaciones del docente.  Escrita: cuando las circunstancias lo ameriten y el docente lo determine, será procedente la amonestación escrita, por la cual se describe la falta en el cuaderno de gestión de grupo. El estudiante debe firmar, escribir los descargos y a qué se compromete en adelante. 3. Según los acuerdos y compromisos adquiridos, el docente o director de grupo informará a los padres o acudientes a través de correo electrónico o del comunicador. 4. El director de grupo y coordinadores de convivencia realizarán seguimiento del caso y de los compromisos por parte del o los estudiantes involucrados; a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en el numeral 11.9.4 del presente manual. 11.9.3 Para la atención de las situaciones tipo II: 1. Quien conozca la situación informará de manera oral o escrita al docente que se encuentre en el momento si es del caso, director de grupo o coordinador. 2. En casos de daño al cuerpo o a la salud, se garantizará la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia en el cuaderno de gestión de grupo. 3. Se recibirá por parte de coordinación de convivencia la declaración libre y espontánea de los estudiantes implicados. 4. Se recolectarán las pruebas pertinentes según el numeral “a” del debido proceso, establecido en el presente manual. 5. Se describirá con la mayor claridad el hecho constitutivo de la situación de convivencia en formato establecido para ello. 6. Se señalará con exactitud y registrará en formato destinado para ello la situación presentada, según la clasificación del numeral 11.5 del presente manual. (Principio de legalidad). 7. Se llevará el caso a la reunión de coordinadores y dirección general que se realiza semanalmente los días jueves; quienes definirán las medidas disciplinarias y pedagógicas a tomar, que pueden ser según el caso:  Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de la situación conflictiva en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del Colegio.  Ficha disciplinaria  Amonestación en presencia del padre de familia.  Llamada de atención con copia en la ficha de seguimiento.  Estudio del caso en Consejo de Profesores  Rebaja en la valoración de comportamiento  Suspensión temporal de sus actividades académicas: 1, 2 ó 3 días.  Negación del cupo para el año siguiente.  Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, se remitirá la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia en formato establecido para ello. 8. Se informará de manera inmediata a los padres o acudientes de todos los estudiantes involucrados a través del comunicador, correo electrónico o personalmente. Actuación de la cual se dejará constancia en el cuaderno de gestión de grupo. 9. Posteriormente se llevará la información recolectada hasta el momento a reunión ordinaria del comité de convivencia escolar, quienes activarán el resto de la ruta de atención integral descrita a continuación según el caso. 10. Generación de espacios en los que las partes involucradas y los padres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando. en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. 11. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si
  • 27. MANUAL DE CONVIVENCIA 27 la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el numeral 11.8.5 del presente manual. 12. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. 13. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 11.9.4 Para la atención de faltas graves: 1. Quien conozca la falta informará de manera oral o escrita al docente que se encuentre en el momento si es del caso, director de grupo o coordinador. 2. Se recibirá por parte de coordinación de convivencia la declaración libre y espontánea de los estudiantes implicados. 3. Se recolectarán las pruebas pertinentes según el numeral “a” del debido proceso, establecido en el presente manual. 4. Se describirá con la mayor claridad el hecho constitutivo de la falta en formato establecido para ello. 5. Se señalará con exactitud y registrará en formato destinado para ello la falta presentada, según la clasificación del numeral 11.6 del presente manual. (Principio de legalidad). 6. Se llevará el caso a la reunión de coordinadores y dirección general que se realiza semanalmente los días jueves; quienes definirán las medidas disciplinarias y pedagógicas a tomar, que pueden ser según el caso:  Ficha disciplinaria  Amonestación en presencia del padre de familia.  Llamada de atención con copia en la ficha de seguimiento.  Estudio del caso en Consejo de Profesores.  Suspensión temporal de sus actividades académicas: 1, 2 ó 3 días.  Rebaja en la valoración de comportamiento.  Negación del cupo para el año siguiente 7. Se informará de manera inmediata a los padres o acudientes de todos los estudiantes involucrados a través del comunicador, correo electrónico o personalmente. Actuación de la cual se dejará constancia en el cuaderno de gestión de grupo. 8. Los coordinadores de convivencia, realizarán seguimiento del caso y de los compromisos por parte de los involucrados, a fin de verificar si la solución fue efectiva. 11.9.5 De los protocolos para la atención de Situaciones Tipo IIl y Faltas Muy Graves. 1. Quien conozca la situación informará de manera oral o escrita al docente que se encuentre en el momento si es del caso, director de grupo, coordinador o cualquier miembro del comité escolar de convivencia. 2. En casos de daño al cuerpo o a la salud, se garantizará la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia en formato establecido para ello. 3. Se recibirá por parte del presidente del comité escolar de convivencia, la declaración libre y espontánea de los estudiantes implicados. 4. Se recolectarán las pruebas pertinentes según el numeral “a” del debido proceso, establecido en el presente manual. 5. Se describirá con la mayor claridad el hecho constitutivo de la falta o situación en formato establecido para ello. 6. Se informará de manera inmediata a los padres, o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia en formato establecido para ello. 7. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 8. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia a reunión extraordinaria. De la citación se dejará constancia. 9. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el