3. Dos referentes para replantear la democracia: 1. La ciudadanía , que incluye el pleno ejercicio de los derechos civiles, políticos, sociales y culturales. y se concreta en la posibilidad de lograr un control político de los actos de los gobernantes y en el seguimiento de las decisiones que afectan sus vidas (rasgos distintivos de la democracia participativa).
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6. Imperativos de la ciudadanía (II) 3. El funcionamiento de un sistema económico eficiente y competitivo , considerando que sin recursos no es posible asegurar los derechos, ni las condiciones para una vida humana digna.
10. Preámbulo 1961: (...)con el propósito de (...) amparar la dignidad humana, promover el bienestar general y la seguridad social; lograr la participación equitativa de todos en el disfrute de la riqueza, según los principios de la justicia social, y fomentar el desarrollo de la economía al servicio del hombre; mantener la igualdad social y jurídica Preámbulo 1999 (...) con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, partici- pativa y protagónica, multiétnica y pluri- cultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado , (...) que asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad
11. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES Artículo 3º -El gobierno de la República de Venezuela es y será siempre democrático , representativo, responsable y alternativo. (Coinciden – Difieren) Artículo 6. El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático , participativo, electivo, descentralizado , alternativo , responsable , pluralista y de mandatos revocables .
12. Artículo 4- La soberanía reside en el pueblo, quien la ejerce, m ediante el sufragio , por los órganos del Poder Público. Artículo 5 . La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo , quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, (...) Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos. La soberanía popular
13. Artículo 78.- Todos tienen derecho a la educación . El Estado creará y sostendrá escuelas, instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso a la educación y a la cultura, sin más limitaciones que las derivadas de la vocación y de las aptitudes. La educación impartida por los institutos oficiales será gratuita en todos sus ciclos. Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. Artículo 103. Toda persona tiene derecho a una educación integral (...) La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario. La educación
14. Artículo 105 - El régimen latifundista es contrario al interés social. La ley dispon- drá lo conducente a su eliminación, y establecerá normas encaminadas a dotar de tierra a los campesinos y trabajadores rurales que carezcan de ella, así como a proveerlos de los medios necesarios para hacerla producir. Artículo 307. El régimen latifundista es contrario al interés social. La ley dispondrá lo conducente en materia tributaria para gravar las tierras ociosas y establecerá las medidas necesarias para su transfor - mación en unidades económicas productivas, rescatando igualmente las tierras de vocación agrícola. (...) El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y particulares de propiedad . El latifundio
15. La nueva Constitución provee los fundamentos de: L a igualdad social y menor desigualdad material que se refleja en la expansión de los derechos sociales y derechos económicos; L a igualdad política que se vierte en una mayor definición de los derechos políticos y de participación . La igualdad en la constitución de 1999
16. L a igualdad simbólica que se plasma en la ampliación de los derechos sociales y culturales . La ciudadanía en la nueva constitución Provee instrumentos de organización comunitaria para el acceso a la información y al uso público de los medios en la construcción de una nueva ciudadanía.
17. Nueva legislación La legislación derivada de la constitución de 1999 implica directa o indirectamente cambios en las relaciones económicas y sociales a las que regula. Citemos a manera de ejemplo:
18. Ley de zonas costeras Ley de zonas especiales de desarrollo sustentable Ley especial de asociaciones cooperativas Ley de pesca y acuacultura Ley de los consejos comunales Ley de creación, estímulo, promoción y desarrollo del sistema micro-financiero
19. Ley de tierras y desarrollo agrario Ley de regularización de la tenencia de la tierra en los asentamientos urbanos populares. Ley orgánica de educación Ley de participación ciudadana
21. Principios generales de la política social: La integración social , como mecanismo para incorporar la participación de la población en las decisiones de política pública social. La corresponsabilidad , como instrumento a través del cual el ciudadano asume conjuntamente con el Estado las decisiones que atañen a su participación en la vida pública. L a cohesión social , principio a promover para que los ciudadanos, respetando la diversidad, se involucren y accedan a la definición del proyecto país. La participación social, como estrategia que apunta a la apertura de los espacios públicos, de manera de distribuir el poder antes centrado en el Estado.
22. La ciudadanización, como proceso para el reconocimiento de los deberes y derechos y garantías de los ciudadanos. La progresividad , con la finalidad de jerarquizar la acciones sociales a ser ejecutadas en el corto, mediano y largo plazo. La intersectorialidad, para que la gestión social abarque interrelacionadamente las distintas áreas que interviene. La Familia , como grupo social al cual, de acuerdo a lo establecido en la Constitución, se le otorgará protección global. El desarrollo humano integral , como fin a alcanzar por la gestión social.