SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 11
QUE ES EL CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL
El Contrato de Compraventa Internacional es un texto impreso con las
condiciones generales de venta y es especialmente útil para las empresas de
tamaño medio o pequeño que se dediquen a la exportación
El contrato de compraventa es una de las modalidades más usadas en la
práctica del comercio internacional, regula las obligaciones de vendedor y
comprador.
La compraventa internacional de mercancías se rige por las normas
contenidas en la Convención de las Naciones Unidas
QUE ES EL DERECHO MERCANTIL
El derecho mercantil internacional es un derecho privado y especial porque
regula relaciones jurídicas intersubjetivas en un plano de coordinación.
PRESCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE COMPRA VENTA
La Convención sobre la Prescripción establece reglas uniformes sobre el plazo
dentro del que una parte en un contrato de compraventa internacional de mercancías
debe entablar una acción judicial contra otra parte para hacer valer una reclamación
dimanante del contrato o relacionada con su incumplimiento, revocación o validez.
Al fijar normas para ese plazo, la Convención aporta claridad y previsibilidad en un
aspecto de gran importancia para entablar una acción judicial.

PARA QUE SE UTILIZA EL CONTRATO DE COMPRAVENTA
INTERNACIONAL
El contrato de compraventa internacional se la utiliza para la venta de distintos tipos
de productos (materias primas, materiales, bienes de consumo, bienes de
equipo, etc.), en donde se            muestran los aspectos más relevantes
(productos, precio, forma y fecha de pago, plazo de entrega, etc.) y también se lo
utiliza para las subastas.
EJEMPLO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL
Este contrato de compraventa que celebran por un parte la empresa
“IMPORCALTEX CIA. LTDA”, representada en este acto por Leonardo Fabricio
Dávila Pinchao identificado con C.C. 1001873452 de Imbabura y por la otra la
empresa S.A.C.I. Falabella representada por Carlos Alberto Motessi Tovar
identificado con C.C. 94214324 de Santiago de Chile a quienes en lo sucesivo se les
denominará como “La Vendedora” y “La Compradora” respectivamente, de acuerdo
con las siguientes declaraciones y cláusulas.
D E C L A R A C I O N E S:
IMPORCALTEX CIA. LTDA; Empresa vendedora.
Es una compañía limitada (CIA. LTDA.) legalmente constituida de conformidad
con las leyes de la República de Ecuador el 8 de junio del 2010 según consta en la
escritura pública número 0000232 pasada ante la fe del notario público, Javier
Andrade Torres ; quedando así registrada en la notaria n 24 de la ciudad de Quito.
Que dentro de su objeto social se encuentran entre otras actividades, las de
fabricación, comercialización y exportación de calzado en cuero.
Que cuenta con la capacidad, conocimientos, experiencia y el personal adecuado
para realizar las actividades a que se refiere la declaración que antecede.
Que el gerente administrativo es su legítimo representante y en consecuencia, se
encuentra debidamente facultado para suscribir el presente instrumento y obligar a su
representada en los términos del mismo.
Que tiene su domicilio en la: Av. Naciones Unidas y 6 de Diciembre. El Batan -
Quito la misma que señala para todos los efectos legales a que haya lugar.
S.A.C.I FALABELLA: Empresa compradora.
Que es una empresa constituida de acuerdo con las leyes en la República de Chile y
que se dedica entre otras actividades a la comercialización e importación de los
productos a que se refiere la declaración 2 de IMPORCALTEX CIA. LTDA.
Que conoce las características y especificaciones de los productos objeto del presente
contrato.
Que el Sr. Carlos Alberto Motessi Tovar es su legítimo representante y esta facultado
para suscribir este contrato.
Que tiene su domicilio en Avenida 5 # 45 A 82 mismo que señala para todos los
efectos legales a que haya lugar.
Ambas partes declaran: Que tienen interés en realizar las operaciones comerciales a
que se refiere el presente contrato, de conformidad con las anteriores declaraciones y
al tener de las siguientes:
                                   C LAÚ S U LAS
PRIMERA.- Objeto del Contrato. Por medio de este instrumento IMPORCALTEX
CIA. LTDA” se obliga a vender y ““S.A.C.I. Falabella” a adquirir:
Cantidad: 240 pares de zapatos para mujer
Material: Cuero
Color: Negro
Talla: 37 USA
SEGUNDA.- Precio. El precio de los productos objeto de este contrato que “S.A.C.I.
Falabella” se compromete a pagar será la cantidad de $7.000 FOB, Puerto de
Guayaquil INCOTERMS, 2010 CCI. Ambas partes se comprometen a renegociar el
precio antes pactado, cuando éste sea afectado por variaciones en el mercado
internacional o por condiciones económicas, políticas o sociales extremas en el país de
origen o en el de destino.
TERCERA.- Forma de pago. “S.A.C.I. Falabella” se obliga a pagar a
 IMPORCALTEX CIA. LTDA” el precio pactado en la cláusula anterior, mediante
carta de crédito documentaria, confirmada e irrevocable y pagadera a la vista contra
entrega de los documentos siguientes:
Documento de transporte
Registro mercantil
Lista de empaque
Autorización Importador Textiles y Calzado
Declaración de Cumplimiento del Reglamento Técnico
De conformidad con lo pactado en el párrafo anterior, “S.A.C.I. Falabella” se
compromete a realizar las gestiones correspondientes, a fin de que se establezca la
carta de crédito en las condiciones antes señaladas en el Banco Central de Chile de
la ciudad de Santiago de Chile, con una vigencia de 30 días hábiles.
Los gastos que se originen por la apertura y manejo de la carta de crédito, serán
pagados por “S.A.C.I. Falabella”.
CUARTA.- Envase y embalaje de las mercancías IMPORCALTEX CIA.
LTDA” se obliga a entregar las mercancías objeto de este contrato, en el lugar
señalado en la cláusula segunda anterior cumpliendo con las especificaciones
siguientes:
Envase: Los zapatos deben estar envueltos en papel suave o en bolsas de
polietileno y luego empacados en cajas de cartón por cada par, en el cual se
especifica sus características.
Embalaje: Cada caja de zapatos será instalada en una caja de 70 largo, 70 ancho
y 50 alto, con una clasificación de cartón tipo 3, corrugado apto para el
almacenamiento y transporte del mismo, para un total de 20 cajas y en cada una
de ellas incluidas 12 cajas con sus respectivos zapatos.
QUINTA.- Fecha de entrega. IMPORCALTEX CIA. LTDA” se obliga a
entregar las mercancías a que se refiere este contrato dentro de los 5 días
posteriores a la fecha en que reciba la confirmación de la carta de crédito que se
menciona en la cláusula tercera del presente contrato.
SEXTA.- Patentes y marcas. IMPORCALTEX CIA. LTDA” declara y “S.A.C.I.
Falabella” reconoce que los productos objeto de este contrato, se encuentran
debidamente registrados al amparo de la patente número 21 y la marca
número, acta 2,348.876 ante el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual
(I.E.P.I)
 “S.A.C.I. Falabella” se obliga por medio de este instrumento a prestar toda la ayuda
que sea necesaria a IMPORCALTEX CIA. LTDA” a costa y riesgo de esta
última, para que las patentes y marcas a que se refiere la presente cláusula sean
debidamente registradas en (CBIPCORP). CHILE BOUREAU OF
INTELLECTUAL PROPERTY PATENT AND TRADE MARK AGENCY
Asimismo, ““S.A.C.I. Falabella” se compromete a notificar a “IMPORCALTEX
CIA. LTDA”, tan pronto tenga conocimiento, de cualquier violación o uso indebido
a dicha patente y marca durante la vigencia del presente contrato a fin de que
“IMPORCALTEX CIA. LTDA” pueda ejercer los derechos que legalmente le
correspondan.
SEPTIMA.- Vigencia del contrato. Ambas partes convienen que una vez que
“IMPORCALTEX CIA. LTDA” haya entregado la totalidad de la mercancía
convenida en la cláusula primera; y “S.A.C.I. Falabella” haya cumplido
plenamente con todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el presente
instrumento operará automáticamente su terminación.
OCTAVA.- Rescisión por incumplimiento. Ambas partes podrán rescindir este
contrato en el caso de que una de ellas incumpla sus obligaciones y se abstenga de
tomar medidas necesarias para reparar dicho incumplimiento dentro de los 15 días
siguientes al aviso, notificación o requerimiento que la otra parte le haga en el
sentido que proceda a reparar el incumplimiento de que se trate. La parte que
ejercite su derecho a la rescisión deberá de dar aviso a la otra, cumplido que sea el
término a que refiere el párrafo anterior.
NOVENA.- Insolvencia. Ambas partes podrán dar por terminado el presente
contrato, en forma anticipada y sin necesidad de declaración judicial
previa, en caso de que una de ellas fuere declarada en quiebra, suspensión de
pagos, concurso de acreedores o cualquier otro tipo de insolvencia.
DÉCIMA.- Subsistencia de las obligaciones. La rescisión o terminación de este
contrato no afectara de manera alguna a la validez y exigibilidad de las
obligaciones contraídas con anterioridad, o de aquellas ya formadas que, por su
naturaleza o disposición de la ley, o por voluntad de las partes, deban diferirse a
fecha posterior. En consecuencia, las partes podrán exigir aún con posterioridad
a la rescisión o terminación del contrato el cumplimiento de estas obligaciones.
DÉCIMA PRIMERA.- Cesión de Derechos y Obligaciones. Ninguna de las
partes podrá ceder o transferir total o parcialmente los derechos ni las
obligaciones derivados de este contrato.
DÉCIMA SEGUNDA.- Límite de la responsabilidad contractual. Ambas partes
aceptan que no será imputable a ninguna de ellas, la responsabilidad derivada de
caso fortuito o fuerza mayor y convienen en suspender los derechos y
obligaciones establecidos en este contrato los cuales podrán reanudar de común
acuerdo en el momento en que desaparezca el motivo de la suspensión, siempre
y cuando se trate de los casos previstos en esta cláusula.
DÉCIMA TERCERA.- Legislación aplicable. En todo lo convenido y en lo que
no se encuentre expresamente previsto, este contrato se regirá por las leyes
vigentes en la República Mexicana, particularmente lo dispuesto en la
Convención de Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa
Internacional de mercaderías y en su defecto, por los usos y prácticas comerciales
reconocidos por estas.
DÉCIMA CUARTA.- Arbitraje. (CIACCI) Corte Internacional de Arbitraje de la
Cámara de Comercio Internacional,

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Modelo N° 1: Contrato de compraventa internacional
Modelo N° 1: Contrato de compraventa internacionalModelo N° 1: Contrato de compraventa internacional
Modelo N° 1: Contrato de compraventa internacionalDiario del Exportador
 
Contrato de comisión mercantil
Contrato de comisión mercantilContrato de comisión mercantil
Contrato de comisión mercantilJalil Segura
 
Contrato de compra venta con arras confirmatorias
Contrato de compra venta con arras confirmatoriasContrato de compra venta con arras confirmatorias
Contrato de compra venta con arras confirmatoriasEnrique Laos, Etica Cal
 
Modelo formato compraventa internacional
Modelo formato compraventa internacionalModelo formato compraventa internacional
Modelo formato compraventa internacionalEdgarMorales167
 
2 demanda en cobro de pesos (daniel vargas)
2 demanda en cobro de pesos (daniel vargas)2 demanda en cobro de pesos (daniel vargas)
2 demanda en cobro de pesos (daniel vargas)Ideas Diseños
 
Contestacion al fondo demanda ( panaderia la begoña) (1)
Contestacion al fondo demanda ( panaderia la begoña) (1)Contestacion al fondo demanda ( panaderia la begoña) (1)
Contestacion al fondo demanda ( panaderia la begoña) (1)carluchones
 
Ejercicios de los titulos
Ejercicios de los titulosEjercicios de los titulos
Ejercicios de los titulosKarla Mena
 
Contrato de servidumbre de paso
Contrato de servidumbre de pasoContrato de servidumbre de paso
Contrato de servidumbre de pasoWilsonEliderLeal
 
Modelo contrato franquicia
Modelo contrato franquicia Modelo contrato franquicia
Modelo contrato franquicia Moises Ramos
 
Escritura Pública está minuta de donación del Museo de Arte contemporánea Man...
Escritura Pública está minuta de donación del Museo de Arte contemporánea Man...Escritura Pública está minuta de donación del Museo de Arte contemporánea Man...
Escritura Pública está minuta de donación del Museo de Arte contemporánea Man...Catamayo Gadm
 
Contrato mercantil
Contrato mercantilContrato mercantil
Contrato mercantilLobana
 
Modelo N° 1: Contrato de distribución
Modelo N° 1: Contrato de distribuciónModelo N° 1: Contrato de distribución
Modelo N° 1: Contrato de distribuciónDiario del Exportador
 
El mono que tributa - Mancuso y Sierra
El mono que tributa - Mancuso y SierraEl mono que tributa - Mancuso y Sierra
El mono que tributa - Mancuso y Sierrae__e Apellidos
 
Codigo de comercio en El Salvador
Codigo de comercio en El SalvadorCodigo de comercio en El Salvador
Codigo de comercio en El SalvadorMarlon Chávez
 

La actualidad más candente (20)

Contratos
ContratosContratos
Contratos
 
Modelo N° 1: Contrato de compraventa internacional
Modelo N° 1: Contrato de compraventa internacionalModelo N° 1: Contrato de compraventa internacional
Modelo N° 1: Contrato de compraventa internacional
 
Contrato de comisión mercantil
Contrato de comisión mercantilContrato de comisión mercantil
Contrato de comisión mercantil
 
Jurisprudencia plazo y condición
Jurisprudencia plazo y condiciónJurisprudencia plazo y condición
Jurisprudencia plazo y condición
 
Contrato de compra venta con arras confirmatorias
Contrato de compra venta con arras confirmatoriasContrato de compra venta con arras confirmatorias
Contrato de compra venta con arras confirmatorias
 
Modelo formato compraventa internacional
Modelo formato compraventa internacionalModelo formato compraventa internacional
Modelo formato compraventa internacional
 
2 demanda en cobro de pesos (daniel vargas)
2 demanda en cobro de pesos (daniel vargas)2 demanda en cobro de pesos (daniel vargas)
2 demanda en cobro de pesos (daniel vargas)
 
Contrato 1
Contrato  1Contrato  1
Contrato 1
 
Derecho concursar
Derecho concursarDerecho concursar
Derecho concursar
 
Contestacion al fondo demanda ( panaderia la begoña) (1)
Contestacion al fondo demanda ( panaderia la begoña) (1)Contestacion al fondo demanda ( panaderia la begoña) (1)
Contestacion al fondo demanda ( panaderia la begoña) (1)
 
Ejercicios de los titulos
Ejercicios de los titulosEjercicios de los titulos
Ejercicios de los titulos
 
Contratoverdadero
ContratoverdaderoContratoverdadero
Contratoverdadero
 
Contrato de servidumbre de paso
Contrato de servidumbre de pasoContrato de servidumbre de paso
Contrato de servidumbre de paso
 
Modelo contrato franquicia
Modelo contrato franquicia Modelo contrato franquicia
Modelo contrato franquicia
 
Escritura Pública está minuta de donación del Museo de Arte contemporánea Man...
Escritura Pública está minuta de donación del Museo de Arte contemporánea Man...Escritura Pública está minuta de donación del Museo de Arte contemporánea Man...
Escritura Pública está minuta de donación del Museo de Arte contemporánea Man...
 
Contrato mercantil
Contrato mercantilContrato mercantil
Contrato mercantil
 
Contratos de compra venta
Contratos de compra ventaContratos de compra venta
Contratos de compra venta
 
Modelo N° 1: Contrato de distribución
Modelo N° 1: Contrato de distribuciónModelo N° 1: Contrato de distribución
Modelo N° 1: Contrato de distribución
 
El mono que tributa - Mancuso y Sierra
El mono que tributa - Mancuso y SierraEl mono que tributa - Mancuso y Sierra
El mono que tributa - Mancuso y Sierra
 
Codigo de comercio en El Salvador
Codigo de comercio en El SalvadorCodigo de comercio en El Salvador
Codigo de comercio en El Salvador
 

Destacado (20)

La pesta Negra 1347 - 1451
La pesta Negra 1347 - 1451La pesta Negra 1347 - 1451
La pesta Negra 1347 - 1451
 
Evaluación diplomado
Evaluación diplomado Evaluación diplomado
Evaluación diplomado
 
Fotografiiia ciine y teliivisiioon
Fotografiiia ciine y teliivisiioonFotografiiia ciine y teliivisiioon
Fotografiiia ciine y teliivisiioon
 
Revista niepce
Revista niepceRevista niepce
Revista niepce
 
Revista niepce
Revista niepceRevista niepce
Revista niepce
 
Trabajo final hipermedia (1)
Trabajo final hipermedia (1)Trabajo final hipermedia (1)
Trabajo final hipermedia (1)
 
Proyecto de aula
Proyecto de aulaProyecto de aula
Proyecto de aula
 
Precio de lista de rompecabezas del metal
Precio de lista de rompecabezas del metalPrecio de lista de rompecabezas del metal
Precio de lista de rompecabezas del metal
 
2 03 pedro j. rocha
2 03 pedro j. rocha2 03 pedro j. rocha
2 03 pedro j. rocha
 
Las redes sociales
Las redes socialesLas redes sociales
Las redes sociales
 
Servicio
ServicioServicio
Servicio
 
Transgénicos
TransgénicosTransgénicos
Transgénicos
 
Slide share
Slide shareSlide share
Slide share
 
Tfinal redes sociales
Tfinal redes socialesTfinal redes sociales
Tfinal redes sociales
 
Portafolio de servicios
Portafolio de serviciosPortafolio de servicios
Portafolio de servicios
 
Proyecto JAFN Itinerario Natural 15.16
Proyecto JAFN  Itinerario Natural 15.16Proyecto JAFN  Itinerario Natural 15.16
Proyecto JAFN Itinerario Natural 15.16
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Story board
Story boardStory board
Story board
 
Parotiditis 2
Parotiditis 2Parotiditis 2
Parotiditis 2
 
2
22
2
 

Similar a Comercio exposicion (2)

Modelo de contrato de compraventa internacional
Modelo de contrato de compraventa internacionalModelo de contrato de compraventa internacional
Modelo de contrato de compraventa internacionalDiario del Exportador
 
Modelo de contrato de compraventa internacional de mercaderías e instructivo
Modelo de contrato de compraventa internacional de mercaderías e instructivoModelo de contrato de compraventa internacional de mercaderías e instructivo
Modelo de contrato de compraventa internacional de mercaderías e instructivoalejandra gomez
 
Contrato de-compraventa
Contrato de-compraventaContrato de-compraventa
Contrato de-compraventavasswbg
 
Contrato de conpraventa MANGO
Contrato de conpraventa MANGOContrato de conpraventa MANGO
Contrato de conpraventa MANGOBrenda Oliva
 
Contrato de transferencia de empresa ok
Contrato de transferencia de empresa okContrato de transferencia de empresa ok
Contrato de transferencia de empresa okJose Portugal
 
Contrato de prestación de servicios
Contrato de prestación de serviciosContrato de prestación de servicios
Contrato de prestación de serviciosRICARDOGARCIACARMONA
 
Dec605 13
Dec605 13Dec605 13
Dec605 13EPRE
 
Modelo de contrato de prenda ordinaria
Modelo de contrato de prenda ordinariaModelo de contrato de prenda ordinaria
Modelo de contrato de prenda ordinariaJhonUr
 
Unidad i introduccion_al_derecho_procesa
Unidad i introduccion_al_derecho_procesaUnidad i introduccion_al_derecho_procesa
Unidad i introduccion_al_derecho_procesaMarioAntonioAcostaCa
 
Acta constitutiva
Acta constitutivaActa constitutiva
Acta constitutivanara04
 
Corporación minera de bolivia contrato de asociación minas bolivar y porco co...
Corporación minera de bolivia contrato de asociación minas bolivar y porco co...Corporación minera de bolivia contrato de asociación minas bolivar y porco co...
Corporación minera de bolivia contrato de asociación minas bolivar y porco co...Erbol Digital
 
Acta constitutiva
Acta constitutivaActa constitutiva
Acta constitutivalesdelangel
 
Constitucion cia ltda
Constitucion cia ltdaConstitucion cia ltda
Constitucion cia ltdaJuan Baldizon
 
Modelo de contrato de locación.docx
Modelo de contrato de locación.docxModelo de contrato de locación.docx
Modelo de contrato de locación.docxStyvenCardenasParede
 

Similar a Comercio exposicion (2) (20)

Modelo de contrato de compraventa internacional
Modelo de contrato de compraventa internacionalModelo de contrato de compraventa internacional
Modelo de contrato de compraventa internacional
 
Modelo de contrato de compraventa internacional de mercaderías e instructivo
Modelo de contrato de compraventa internacional de mercaderías e instructivoModelo de contrato de compraventa internacional de mercaderías e instructivo
Modelo de contrato de compraventa internacional de mercaderías e instructivo
 
Contrato de-compraventa
Contrato de-compraventaContrato de-compraventa
Contrato de-compraventa
 
Contrato de conpraventa MANGO
Contrato de conpraventa MANGOContrato de conpraventa MANGO
Contrato de conpraventa MANGO
 
Contrato de transferencia de empresa ok
Contrato de transferencia de empresa okContrato de transferencia de empresa ok
Contrato de transferencia de empresa ok
 
Contrato de prestación de servicios
Contrato de prestación de serviciosContrato de prestación de servicios
Contrato de prestación de servicios
 
Concurso mercantil
Concurso mercantilConcurso mercantil
Concurso mercantil
 
Cod de comercio 23-nov-1865
Cod de comercio 23-nov-1865Cod de comercio 23-nov-1865
Cod de comercio 23-nov-1865
 
Dec605 13
Dec605 13Dec605 13
Dec605 13
 
PRIMER BIMESTRE
PRIMER BIMESTREPRIMER BIMESTRE
PRIMER BIMESTRE
 
Modelo de contrato de prenda ordinaria
Modelo de contrato de prenda ordinariaModelo de contrato de prenda ordinaria
Modelo de contrato de prenda ordinaria
 
Examen # 3.1
Examen # 3.1Examen # 3.1
Examen # 3.1
 
Unidad i introduccion_al_derecho_procesa
Unidad i introduccion_al_derecho_procesaUnidad i introduccion_al_derecho_procesa
Unidad i introduccion_al_derecho_procesa
 
Acta constitutiva
Acta constitutivaActa constitutiva
Acta constitutiva
 
Pcontrato
PcontratoPcontrato
Pcontrato
 
Corporación minera de bolivia contrato de asociación minas bolivar y porco co...
Corporación minera de bolivia contrato de asociación minas bolivar y porco co...Corporación minera de bolivia contrato de asociación minas bolivar y porco co...
Corporación minera de bolivia contrato de asociación minas bolivar y porco co...
 
Acta constitutiva
Acta constitutivaActa constitutiva
Acta constitutiva
 
Acta constitutiva
Acta constitutivaActa constitutiva
Acta constitutiva
 
Constitucion cia ltda
Constitucion cia ltdaConstitucion cia ltda
Constitucion cia ltda
 
Modelo de contrato de locación.docx
Modelo de contrato de locación.docxModelo de contrato de locación.docx
Modelo de contrato de locación.docx
 

Comercio exposicion (2)

  • 1. QUE ES EL CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL El Contrato de Compraventa Internacional es un texto impreso con las condiciones generales de venta y es especialmente útil para las empresas de tamaño medio o pequeño que se dediquen a la exportación El contrato de compraventa es una de las modalidades más usadas en la práctica del comercio internacional, regula las obligaciones de vendedor y comprador. La compraventa internacional de mercancías se rige por las normas contenidas en la Convención de las Naciones Unidas QUE ES EL DERECHO MERCANTIL El derecho mercantil internacional es un derecho privado y especial porque regula relaciones jurídicas intersubjetivas en un plano de coordinación.
  • 2. PRESCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE COMPRA VENTA La Convención sobre la Prescripción establece reglas uniformes sobre el plazo dentro del que una parte en un contrato de compraventa internacional de mercancías debe entablar una acción judicial contra otra parte para hacer valer una reclamación dimanante del contrato o relacionada con su incumplimiento, revocación o validez. Al fijar normas para ese plazo, la Convención aporta claridad y previsibilidad en un aspecto de gran importancia para entablar una acción judicial. PARA QUE SE UTILIZA EL CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL El contrato de compraventa internacional se la utiliza para la venta de distintos tipos de productos (materias primas, materiales, bienes de consumo, bienes de equipo, etc.), en donde se muestran los aspectos más relevantes (productos, precio, forma y fecha de pago, plazo de entrega, etc.) y también se lo utiliza para las subastas.
  • 3. EJEMPLO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL Este contrato de compraventa que celebran por un parte la empresa “IMPORCALTEX CIA. LTDA”, representada en este acto por Leonardo Fabricio Dávila Pinchao identificado con C.C. 1001873452 de Imbabura y por la otra la empresa S.A.C.I. Falabella representada por Carlos Alberto Motessi Tovar identificado con C.C. 94214324 de Santiago de Chile a quienes en lo sucesivo se les denominará como “La Vendedora” y “La Compradora” respectivamente, de acuerdo con las siguientes declaraciones y cláusulas. D E C L A R A C I O N E S: IMPORCALTEX CIA. LTDA; Empresa vendedora. Es una compañía limitada (CIA. LTDA.) legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República de Ecuador el 8 de junio del 2010 según consta en la escritura pública número 0000232 pasada ante la fe del notario público, Javier Andrade Torres ; quedando así registrada en la notaria n 24 de la ciudad de Quito. Que dentro de su objeto social se encuentran entre otras actividades, las de fabricación, comercialización y exportación de calzado en cuero.
  • 4. Que cuenta con la capacidad, conocimientos, experiencia y el personal adecuado para realizar las actividades a que se refiere la declaración que antecede. Que el gerente administrativo es su legítimo representante y en consecuencia, se encuentra debidamente facultado para suscribir el presente instrumento y obligar a su representada en los términos del mismo. Que tiene su domicilio en la: Av. Naciones Unidas y 6 de Diciembre. El Batan - Quito la misma que señala para todos los efectos legales a que haya lugar. S.A.C.I FALABELLA: Empresa compradora. Que es una empresa constituida de acuerdo con las leyes en la República de Chile y que se dedica entre otras actividades a la comercialización e importación de los productos a que se refiere la declaración 2 de IMPORCALTEX CIA. LTDA. Que conoce las características y especificaciones de los productos objeto del presente contrato. Que el Sr. Carlos Alberto Motessi Tovar es su legítimo representante y esta facultado para suscribir este contrato. Que tiene su domicilio en Avenida 5 # 45 A 82 mismo que señala para todos los efectos legales a que haya lugar.
  • 5. Ambas partes declaran: Que tienen interés en realizar las operaciones comerciales a que se refiere el presente contrato, de conformidad con las anteriores declaraciones y al tener de las siguientes: C LAÚ S U LAS PRIMERA.- Objeto del Contrato. Por medio de este instrumento IMPORCALTEX CIA. LTDA” se obliga a vender y ““S.A.C.I. Falabella” a adquirir: Cantidad: 240 pares de zapatos para mujer Material: Cuero Color: Negro Talla: 37 USA SEGUNDA.- Precio. El precio de los productos objeto de este contrato que “S.A.C.I. Falabella” se compromete a pagar será la cantidad de $7.000 FOB, Puerto de Guayaquil INCOTERMS, 2010 CCI. Ambas partes se comprometen a renegociar el precio antes pactado, cuando éste sea afectado por variaciones en el mercado internacional o por condiciones económicas, políticas o sociales extremas en el país de origen o en el de destino.
  • 6. TERCERA.- Forma de pago. “S.A.C.I. Falabella” se obliga a pagar a IMPORCALTEX CIA. LTDA” el precio pactado en la cláusula anterior, mediante carta de crédito documentaria, confirmada e irrevocable y pagadera a la vista contra entrega de los documentos siguientes: Documento de transporte Registro mercantil Lista de empaque Autorización Importador Textiles y Calzado Declaración de Cumplimiento del Reglamento Técnico De conformidad con lo pactado en el párrafo anterior, “S.A.C.I. Falabella” se compromete a realizar las gestiones correspondientes, a fin de que se establezca la carta de crédito en las condiciones antes señaladas en el Banco Central de Chile de la ciudad de Santiago de Chile, con una vigencia de 30 días hábiles. Los gastos que se originen por la apertura y manejo de la carta de crédito, serán pagados por “S.A.C.I. Falabella”.
  • 7. CUARTA.- Envase y embalaje de las mercancías IMPORCALTEX CIA. LTDA” se obliga a entregar las mercancías objeto de este contrato, en el lugar señalado en la cláusula segunda anterior cumpliendo con las especificaciones siguientes: Envase: Los zapatos deben estar envueltos en papel suave o en bolsas de polietileno y luego empacados en cajas de cartón por cada par, en el cual se especifica sus características. Embalaje: Cada caja de zapatos será instalada en una caja de 70 largo, 70 ancho y 50 alto, con una clasificación de cartón tipo 3, corrugado apto para el almacenamiento y transporte del mismo, para un total de 20 cajas y en cada una de ellas incluidas 12 cajas con sus respectivos zapatos. QUINTA.- Fecha de entrega. IMPORCALTEX CIA. LTDA” se obliga a entregar las mercancías a que se refiere este contrato dentro de los 5 días posteriores a la fecha en que reciba la confirmación de la carta de crédito que se menciona en la cláusula tercera del presente contrato.
  • 8. SEXTA.- Patentes y marcas. IMPORCALTEX CIA. LTDA” declara y “S.A.C.I. Falabella” reconoce que los productos objeto de este contrato, se encuentran debidamente registrados al amparo de la patente número 21 y la marca número, acta 2,348.876 ante el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (I.E.P.I) “S.A.C.I. Falabella” se obliga por medio de este instrumento a prestar toda la ayuda que sea necesaria a IMPORCALTEX CIA. LTDA” a costa y riesgo de esta última, para que las patentes y marcas a que se refiere la presente cláusula sean debidamente registradas en (CBIPCORP). CHILE BOUREAU OF INTELLECTUAL PROPERTY PATENT AND TRADE MARK AGENCY Asimismo, ““S.A.C.I. Falabella” se compromete a notificar a “IMPORCALTEX CIA. LTDA”, tan pronto tenga conocimiento, de cualquier violación o uso indebido a dicha patente y marca durante la vigencia del presente contrato a fin de que “IMPORCALTEX CIA. LTDA” pueda ejercer los derechos que legalmente le correspondan.
  • 9. SEPTIMA.- Vigencia del contrato. Ambas partes convienen que una vez que “IMPORCALTEX CIA. LTDA” haya entregado la totalidad de la mercancía convenida en la cláusula primera; y “S.A.C.I. Falabella” haya cumplido plenamente con todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el presente instrumento operará automáticamente su terminación. OCTAVA.- Rescisión por incumplimiento. Ambas partes podrán rescindir este contrato en el caso de que una de ellas incumpla sus obligaciones y se abstenga de tomar medidas necesarias para reparar dicho incumplimiento dentro de los 15 días siguientes al aviso, notificación o requerimiento que la otra parte le haga en el sentido que proceda a reparar el incumplimiento de que se trate. La parte que ejercite su derecho a la rescisión deberá de dar aviso a la otra, cumplido que sea el término a que refiere el párrafo anterior. NOVENA.- Insolvencia. Ambas partes podrán dar por terminado el presente contrato, en forma anticipada y sin necesidad de declaración judicial previa, en caso de que una de ellas fuere declarada en quiebra, suspensión de pagos, concurso de acreedores o cualquier otro tipo de insolvencia.
  • 10. DÉCIMA.- Subsistencia de las obligaciones. La rescisión o terminación de este contrato no afectara de manera alguna a la validez y exigibilidad de las obligaciones contraídas con anterioridad, o de aquellas ya formadas que, por su naturaleza o disposición de la ley, o por voluntad de las partes, deban diferirse a fecha posterior. En consecuencia, las partes podrán exigir aún con posterioridad a la rescisión o terminación del contrato el cumplimiento de estas obligaciones. DÉCIMA PRIMERA.- Cesión de Derechos y Obligaciones. Ninguna de las partes podrá ceder o transferir total o parcialmente los derechos ni las obligaciones derivados de este contrato. DÉCIMA SEGUNDA.- Límite de la responsabilidad contractual. Ambas partes aceptan que no será imputable a ninguna de ellas, la responsabilidad derivada de caso fortuito o fuerza mayor y convienen en suspender los derechos y obligaciones establecidos en este contrato los cuales podrán reanudar de común acuerdo en el momento en que desaparezca el motivo de la suspensión, siempre y cuando se trate de los casos previstos en esta cláusula.
  • 11. DÉCIMA TERCERA.- Legislación aplicable. En todo lo convenido y en lo que no se encuentre expresamente previsto, este contrato se regirá por las leyes vigentes en la República Mexicana, particularmente lo dispuesto en la Convención de Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de mercaderías y en su defecto, por los usos y prácticas comerciales reconocidos por estas. DÉCIMA CUARTA.- Arbitraje. (CIACCI) Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional,