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DERECHO COMERCIAL
CONTRATOS
 CONCEPTO:
 Es el acuerdo de dos o más partes para constituir, regular o extinguir
entre ellas una relación jurídica patrimonial, y, salvo estipulación en
contrario, se entenderá celebrado en el lugar de residencia del
proponente y en el momento en que éste reciba su aceptación de la
propuesta. (Art. 864 C.Co).
REQUISITOS DE VALIDEZ
 a) Consentimiento: Es el acuerdo o concurso de voluntades
individuales de las partes que celebran un acto jurídico.
 b) Causa Lícita: La causa es el fin inmediato perseguido por las partes,
éste debe ser lícito es decir que no contravenga una ley o las buenas
costumbres.
 c) Objeto lícito: El objeto jurídico se identifica con el
contenido jurídico específico de los actos.
 d) Capacidad: Es la facultad de adquirir derechos y contraer
obligaciones.

CONTENIDO DEL CONTRATO
 1. Cláusulas Esenciales: Son aquellas sin las cuales el contrato
no produce ningún efecto o degenera en otro diferente.
 Ejemplo: El precio en la compraventa.
 2. Cláusulas Naturales: Las que se entienden pertenecer al
contrato sin necesidad de que las partes lo expresen.
 Ejemplo: Saneamiento por evicción en la compraventa.
 3. Cláusulas Accidentales: Aquellas que no siendo esenciales ni
naturales las partes agregan al contrato.
 Ejemplo: Incluir en el contrato la cláusula compromisario.

NULIDAD:
 NULIDAD: Es nulo todo acto o contrato al que falta alguno
de los requisitos que la ley prescribe para el valor del
mismo acto o contrato según su especie y la calidad o
estado de las partes. (Art. 1740 C.C).
NULIDAD ABSOLUTA: La cual proviene de algunas de las
causas siguientes: - Objeto ilícito -Causa ilícita
NULIDAD RELATIVA: Puede ser generada por error,
fuerza o dolo, incapacidad relativa.
Inexistencia
 Será inexistente el negocio jurídico cuando se haya
celebrado sin las solemnidades substanciales que la ley
exija para su formación, en razón del acto o contrato y
cuando falte alguno de sus elementos esenciales. (Art. 898
C.Co.) .
 - Ejemplo: Celebrase un contrato de compraventa de un
inmueble por documento privado.
CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS
 UNILATERALES
 BILATERALES
 GRATUITOS
 ONEROSOS
 CONMUTATIVOS
 ALEATORIOS
 PRINCIPAL
 ACCESORIO
 REALESSOLEMNES
 CONSENSUALES
 DE ADHESIÓN
 TIPICOS
 ATIPICOS
CLAUSULA PENAL
 Noción: Consiste en la prestación que a título de indemnización,
ha de satisfacerse en caso de incumplimiento de contrato.
 Ejemplo: En un contrato de suministro, cuando el que debe
suministrar no entrega en la fecha convenida lo estipulado, el
afectado o perjudicado puede exigirle al incumplido
directamente o por la vía judicial el pago de la multa pactada por
haber incumplido y a la vez el cumplimiento de la obligación.
PRORROGA DE CONTRATOS
 Ampliar la vigencia del contrato, manteniéndolo intacto, con todos
sus efectos y consecuencias.
 RENOVACIÓN DE CONTRATO
 Gramaticalmente significa; reanudas, poner de nuevo o reemplazar una
cosa.
 Jurídicamente significa que hay un nuevo contrato, se cambian las
condiciones inicialmente pactadas por las partes.
 Ejemplo: En un contrato de arrendamiento de local comercial, con seis
meses de antelación al vencimiento del contrato, el arrendador le
comunica al arrendatario el nuevo valor del canon que regirá en caso de
renovarse el contrato.
RESCISION DE LOS CONTRATOS
 Gramaticalmente significa dejar sin efecto un contrato.
 La acción rescisoria procede cuando hay nulidad relativa o por
lesión enorme.
 Ejemplo: En el contrato de compraventa cuando una parte es
incapaz relativo, la parte interesada puede solicitar la rescisión
del contrato, con el fin de volver las cosas a su estado original es
decir que una parte (vendedor) debe devolver el precio recibido y
la otra (comprador) debe devolver la cosa.
CONTRATO DE SUMINISTR0
Concepto:
 De conformidad con el artículo 968 del Código de
Comercio, el contrato de suministro es aquel por el
cual una parte, se obliga a cambio de una
contraprestación a cumplir en favor de otra, en
forma independiente, prestaciones periódicas o
continuadas de cosas o servicios.
Función Económica
 El contrato de suministro permite a las empresas
proyectar su actividad comercial asegurándole el
abastecimiento periódico de sus materias primas,
bienes o servicios.
Partes
 El Proveedor es la persona natural o jurídica que en
forma independiente y normalmente organizado como
empresa se obliga a realizar las prestaciones periódicas
o continuas de bienes o servicios en favor de otra.
 El consumidor, beneficiario o suministrado es la
persona natural o jurídica que requiere y solicita las
prestaciones periódicas o continuas de bienes o
servicios.
Normas aplicables
 Art. 862, Artículo 887, Artículo 970, Artículo 971,
Artículo 973, Art. 974, Art. 980, Art. 997 del Código de
Comercio y Artículo 33 la ley 256 de 1996.
CONTRATO DE MANDATO
Concepto
 De conformidad con el artículo 1262 del Código de
Comercio ”El contrato por el cual una parte se obliga a
celebrar o ejecutar uno o más actos de comercio por
cuenta de otra.”
Función económica
 Una persona que siendo titular de una actividad en la
cual no tiene un conocimiento pleno de ella, se vale de
un tercero profesional para que realice la gestión con
beneficios económicos, representados en que el titular
no se desprende del bien, y quien se encarga de la
gestión recibe una remuneración por la misma.
Partes
 Mandante o comitente, es la persona por cuenta de
quien se realizan los actos de comercio. También
puede decirse que el mandante es el titular del
patrimonio sobre el cual recae la gestión
encomendada.
 Mandatario, es la persona que se obliga a celebrar o
ejecutar actos jurídicos de comercio por cuenta de
otro.
CONTRATO DE REPRESENTACION
 La representación es la figura mediante la cual una
persona celebra un negocio jurídico en nombre de otra
llamada representado, de modo que el negocio se
considera celebrado directamente por ésta a quienes
pasan todos los derechos y obligaciones derivadas del
negocio.
 El poder o facultad de representar puede tener su
fuente en la ley o en un acto unilateral de voluntad
denominado apoderamiento.
Partes
 Apoderado o representante, es la persona que celebra el
negocio en nombre de otra persona, sin obligarse
personalmente en el contrato celebrado. Es un órgano de
expresión jurídica del representado. El representante podrá
ser incapaz relativo, ya que su patrimonio queda fuera de la
relación contractual que él ha creado. (Artículo 2154 C.C.)

 Representado, es la persona que faculta al apoderado
para que celebre negocios en su nombre, obligándose
personalmente en éstos contrato, como si los hubiera
celebrado personalmente.
Efectos de la Representación
 La principal consecuencia de la representación es el
traslado de los derechos y obligaciones originados en
los negocios realizados por el representante, al
patrimonio del representado. Como consecuencia de
este traslado de derechos y obligaciones, el tercero
contratante deberá ejercer las acciones para exigir el
cumplimiento del contrato, contra el representado,
consecuencialmente el representante carece de toda
acción contra una u otra parte, ya que el no es parte
dentro del contrato. (artículo 833)
Contrato de Agencia Comercial
 El Código de Comercio define al contrato de agencia
comercial, como aquel por cual un comerciante asume,
en forma independiente y de manera estable, el encargo
de promover o explotar negocios en un determinado
ramo y dentro de una zona prefijada en el territorio
Nacional, como representante o agente de un
empresario nacional o extranjero, o como fabricante o
distribuidor de uno o varios productos del mismo
Función económica
 Responde a precisas necesidades económicas del
empresario, concretamente en aquellas plazas donde
apenas pretende introducir sus productos o servicios,
pues le permite disminuir los costos y los riesgos
inherentes a la conquista de un mercado, ya que el
agente asume los costos y los riesgos de la actividad de
promoción.
Partes
 Empresario, es la persona que tiene la necesidad de
extender la distribución de sus bienes o servicios.
 Agente, es el comerciante, persona natural o jurídica
que de manera independiente promueve o explota los
negocios del empresario
Características
Bilateral
 Bilateral
 Consensual
 Oneroso
 Principal
 Nominado
Objeto
 El objeto del mandato es el encargo que hace el agenciado
al agente, este encargo al tenor del artículo 1317 consiste en
la promoción o explotación del negocio del agenciado.
Obligaciones del Agente
 El agente se obliga a promover o explotar negocios de un
ramo determinado y dentro de una zona prefijada del
territorio nacional, esta obligación consiste en realizar una
actividad comercial encaminada a crear, aumentar o
mantener una clientela para el agenciado.
Obligaciones del empresario
 Como consecuencia natural de la onerosidad del
contrato de agencia comercial, el empresario está
obligado a pagarle al agente la remuneración por su
labor de promoción permanente durante la vigencia
del contrato.
Terminación del contrato
 Son justas causas para la terminación del contrato:
 Por parte del empresario
 El incumplimiento grave del agente en sus obligaciones
estipuladas en el contrato o en la ley.
 Cualquier acción u omisión del agente que afecte gravemente
los intereses del empresario
 La apertura de trámite de liquidación obligatoria.
 La liquidación o terminación de actividades.

Terminación del Contrato
 Por parte del agente
 El incumplimiento del empresario de sus obligaciones
contractuales o legales.
 Cualquier acción u omisión del empresario que afecte
gravemente los intereses del agente.
 La apertura de trámite de liquidación obligatoria.
 La terminación de actividades
Efectos
 El artículo 1324 inciso 1º del Código de Comercio establece
una prestación a favor del agente. El empresario deberá
pagarle al agente la prestación en el momento de la
terminación del contrato independientemente de que
exista o no justa causa.
CONTRATO DE COMISION
 Concepto.
 Está definido en el artículo 1287 del Co. de Co. “Es una
especie de mandato por el cual se encomienda a una
persona que se dedica profesionalmente a ello, la
ejecución de uno o varios negocios, en nombre propio,
pero por cuenta ajena”.
Función Económica.
 En el tráfico moderno las grandes empresas constituyen
permanentemente sus representantes en el extranjero, y de
otro porque las empresas exportadoras entregan sus
mercancías a firmas que tengan por objeto la exportación
relacionadas con los compradores de otro país.
Sujetos.
 Comitente: Es quien confiere la comisión, esto es, el
que encarga a otro el desempeño de una operación
comercial

 Comisionista: Es el que la desempeña, esto es, la
persona natural o jurídica que profesionalmente
ejerce actos de comercio por cuenta de otro, pero
obrando a nombre propio o de la persona que
representa.
Características.
 Bilateral
 Verbal o Escrito
 Oneroso
 Nominado
 De ejecución sucesiva o instantánea
CONTRATO DE CORRETAJE
 El contrato de corretaje es un acuerdo de voluntades,
celebrado entre una persona, natural o jurídica,
llamada corredor y un interesado, o varios, en concluir
un negocio jurídico, que tiene por finalidad que aquel
se encargue de poner en relación a dicho interesado
con un tercero, con quien pueda llevarse a cabo ese
negocio jurídico.
Sujetos.
 Corredor. Es un agente o auxiliar de comercio, que
pone sus conocimientos en el mercado, de bienes y
servicios con el fin de que se realice una operación.

 Interesado. Es la persona que celebra el negocio,
preparado por el corredor.
Función económica.
 El corredor con sus conocimientos interviene en las
actividades relacionadas con bienes o servicios,
asegurando a las personas que carecen del dominio del
tema.
 Consensual
 De tracto sucesivo
 Bilateral
 De tracto sucesivo
 Oneroso.
 Tipico
 Principal
•Características del Contrato.
Contratos Fiduciarios
 Fiducia Mercantil: El fideicomitente se desprende de la
propiedad de los bienes que entrega, sacándolos de su
patrimonio. Estos bienes entran a conformar un
patrimonio autónomo que es administrado por la
sociedad fiduciaria.
 Encargo Fiduciario: El fideicomitente conserva la
propiedad de los bienes entregados a la fiduciaria. Se
asemeja al mandato, ya que la fiduciaria es una mera
administradora de los bienes, los cuales continúan
siendo de propiedad del fideicomitente.
Leasing Financiero
 Concepto .- El leasing es un contrato mediante el cual una
parte entrega a la otra un activo productivo para su uso y
goce, a cambio de un canon periódico, durante un plazo
convenido, a cuyo vencimiento, el bien se restituye a su
propietario o se transfiere al locatario, si éste último decide
ejercer una opción de adquisición que se pacta a su favor.
Función económica
 Es un sistema de financiación orientado hacia los
empresarios, que desarrollan una actividad productiva
que requieran bienes muebles o inmuebles para el
desarrollo de la misma.
 Su importancia económica radica en facilitar la
utilización de activos fijos independientemente de
quien tenga la propiedad de los mismos.
Más que un contrato es una operación financiera.
Características
 Consensual.
 Bilateral.
 Principal.
 Oneroso.
 Es conmutativo.
 De tracto sucesivo .
 De adhesión.
Partes
 Compañía de leasing
 Es aquella persona jurídica debidamente autorizada
por la Superintendencia Bancaria para desarrollar en
forma profesional y estable la operación de leasing
financiero. Es la titular del bien durante la vigencia del
contrato.
 Cliente, usuario, locatario
 Es una persona natural o jurídica que tiene la
necesidad de adquirir un bien para usarlo durante un
periodo de tiempo.
Opción de compra
 Es un elemento de la esencia del contrato de
arrendamiento financiero, que consiste en la
obligación por parte del arrendador de transmitir la
propiedad del bien, al final del contrato si así lo exige
el arrendatario.
Terminación del contrato
 El contrato se encuentra sometido a un plazo
resolutorio pactado voluntariamente por las partes,
llegada la fecha, el contrato se extingue y surge el
derecho para el arrendatario de hacer uso de la opción
de compra o de restituir el bien o simplemente celebrar
un nuevo contrato de leasing.
LAS FRANQUICIAS
 Concepto.
Es un contrato entre una parte denominada el
franquiciador, que le permite hacer el mercadeo de un
producto o servicio, bajo su nombre o marca, contra el
pago de un derecho de entrada o regalías a otra
denominada el franquiciado, que hace la inversión
necesaria para el negocio, no esta subordinado al
franquiciador.
Elementos
 El know-how: el saber hacer, arte de fabricación,
secreto comercial o industrial.
 Elemento esencial del contrato de franquicia.
 Conocimientos técnicos y comerciales y de economía
empresarial.
 La organización y la administración.
El contrato de compraventa
 Concepto.
 Es un contrato en que una de las partes se obliga a
transmitir la propiedad de una cosa y la otra a pagar su
precio en dinero.
 la tradición de inmuebles se inscribirá en oficina de
registro de instrumentos públicos además de la
entrega real y material del bien.
 La tradición de vehículos con registro en transito y
entrega real.
 La tradición de muebles con la entrega de la cosa.
Pacto de retroventa
 Concepto.
 Cuando el vendedor se reserva la facultad de recobrar
la cosa vendida reembolsando al comprador la
cantidad estipulada o le que le haya costado la compra.
 No es un nuevo contrato, es accesorio a la
compraventa.
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
DE LOCAL COMERCIAL
 Concepto.
 Es el contrato en virtud del cual una de las partes se
obliga a proporcionarle a otra el uso y goce de una cosa
durante cierto tiempo, y la otra a pagar un precio
como contraprestación.
 Sujetos.
 Arrendador: Es la persona natural o jurídica que
proporciona el uso y el goce de la cosa a cambio de una
renta.
 Arrendatario: Es la persona natural o jurídica que usa
la cosa y paga la renta.
Objeto:
 Entregar el uso del inmueble destinado al desarrollo
del establecimiento, comercial , industrial o de
servicios, para el desarrollo de la actividad de la
empresa o del comerciante.
Obligaciones y derechos del
arrendador
 Entregar la cosa arrendada.
 Mantener la cosa en buen estado de funcionamiento.
 obligación de saneamiento.
 Derecho a obtener la restitución del local.
obligaciones y derechos del
arrendatario
 Uso y goce de la cosa arrendada.
 conservación y entrega del local comercial.
 Pagar el precio o la renta.
 Derecho de renovación del contrato de arrendamiento.
 Derecho de preferencia.
 Derecho a subarrendar.
 Cesión del contrato de arrendamiento.
 derecho de indemnización
Contrato de permuta
 Concepto.
 La permuta es un contrato en que las partes se obligan
mutuamente a dar una especie o cuerpo cierto por
otro.
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venderse.
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  • 2. CONTRATOS  CONCEPTO:  Es el acuerdo de dos o más partes para constituir, regular o extinguir entre ellas una relación jurídica patrimonial, y, salvo estipulación en contrario, se entenderá celebrado en el lugar de residencia del proponente y en el momento en que éste reciba su aceptación de la propuesta. (Art. 864 C.Co).
  • 3. REQUISITOS DE VALIDEZ  a) Consentimiento: Es el acuerdo o concurso de voluntades individuales de las partes que celebran un acto jurídico.  b) Causa Lícita: La causa es el fin inmediato perseguido por las partes, éste debe ser lícito es decir que no contravenga una ley o las buenas costumbres.  c) Objeto lícito: El objeto jurídico se identifica con el contenido jurídico específico de los actos.  d) Capacidad: Es la facultad de adquirir derechos y contraer obligaciones. 
  • 4. CONTENIDO DEL CONTRATO  1. Cláusulas Esenciales: Son aquellas sin las cuales el contrato no produce ningún efecto o degenera en otro diferente.  Ejemplo: El precio en la compraventa.  2. Cláusulas Naturales: Las que se entienden pertenecer al contrato sin necesidad de que las partes lo expresen.  Ejemplo: Saneamiento por evicción en la compraventa.  3. Cláusulas Accidentales: Aquellas que no siendo esenciales ni naturales las partes agregan al contrato.  Ejemplo: Incluir en el contrato la cláusula compromisario. 
  • 5. NULIDAD:  NULIDAD: Es nulo todo acto o contrato al que falta alguno de los requisitos que la ley prescribe para el valor del mismo acto o contrato según su especie y la calidad o estado de las partes. (Art. 1740 C.C). NULIDAD ABSOLUTA: La cual proviene de algunas de las causas siguientes: - Objeto ilícito -Causa ilícita NULIDAD RELATIVA: Puede ser generada por error, fuerza o dolo, incapacidad relativa.
  • 6. Inexistencia  Será inexistente el negocio jurídico cuando se haya celebrado sin las solemnidades substanciales que la ley exija para su formación, en razón del acto o contrato y cuando falte alguno de sus elementos esenciales. (Art. 898 C.Co.) .  - Ejemplo: Celebrase un contrato de compraventa de un inmueble por documento privado.
  • 7. CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS  UNILATERALES  BILATERALES  GRATUITOS  ONEROSOS  CONMUTATIVOS  ALEATORIOS  PRINCIPAL  ACCESORIO  REALESSOLEMNES  CONSENSUALES  DE ADHESIÓN  TIPICOS  ATIPICOS
  • 8. CLAUSULA PENAL  Noción: Consiste en la prestación que a título de indemnización, ha de satisfacerse en caso de incumplimiento de contrato.  Ejemplo: En un contrato de suministro, cuando el que debe suministrar no entrega en la fecha convenida lo estipulado, el afectado o perjudicado puede exigirle al incumplido directamente o por la vía judicial el pago de la multa pactada por haber incumplido y a la vez el cumplimiento de la obligación.
  • 9. PRORROGA DE CONTRATOS  Ampliar la vigencia del contrato, manteniéndolo intacto, con todos sus efectos y consecuencias.  RENOVACIÓN DE CONTRATO  Gramaticalmente significa; reanudas, poner de nuevo o reemplazar una cosa.  Jurídicamente significa que hay un nuevo contrato, se cambian las condiciones inicialmente pactadas por las partes.  Ejemplo: En un contrato de arrendamiento de local comercial, con seis meses de antelación al vencimiento del contrato, el arrendador le comunica al arrendatario el nuevo valor del canon que regirá en caso de renovarse el contrato.
  • 10. RESCISION DE LOS CONTRATOS  Gramaticalmente significa dejar sin efecto un contrato.  La acción rescisoria procede cuando hay nulidad relativa o por lesión enorme.  Ejemplo: En el contrato de compraventa cuando una parte es incapaz relativo, la parte interesada puede solicitar la rescisión del contrato, con el fin de volver las cosas a su estado original es decir que una parte (vendedor) debe devolver el precio recibido y la otra (comprador) debe devolver la cosa.
  • 11. CONTRATO DE SUMINISTR0 Concepto:  De conformidad con el artículo 968 del Código de Comercio, el contrato de suministro es aquel por el cual una parte, se obliga a cambio de una contraprestación a cumplir en favor de otra, en forma independiente, prestaciones periódicas o continuadas de cosas o servicios.
  • 12. Función Económica  El contrato de suministro permite a las empresas proyectar su actividad comercial asegurándole el abastecimiento periódico de sus materias primas, bienes o servicios.
  • 13. Partes  El Proveedor es la persona natural o jurídica que en forma independiente y normalmente organizado como empresa se obliga a realizar las prestaciones periódicas o continuas de bienes o servicios en favor de otra.  El consumidor, beneficiario o suministrado es la persona natural o jurídica que requiere y solicita las prestaciones periódicas o continuas de bienes o servicios.
  • 14. Normas aplicables  Art. 862, Artículo 887, Artículo 970, Artículo 971, Artículo 973, Art. 974, Art. 980, Art. 997 del Código de Comercio y Artículo 33 la ley 256 de 1996.
  • 15. CONTRATO DE MANDATO Concepto  De conformidad con el artículo 1262 del Código de Comercio ”El contrato por el cual una parte se obliga a celebrar o ejecutar uno o más actos de comercio por cuenta de otra.”
  • 16. Función económica  Una persona que siendo titular de una actividad en la cual no tiene un conocimiento pleno de ella, se vale de un tercero profesional para que realice la gestión con beneficios económicos, representados en que el titular no se desprende del bien, y quien se encarga de la gestión recibe una remuneración por la misma.
  • 17. Partes  Mandante o comitente, es la persona por cuenta de quien se realizan los actos de comercio. También puede decirse que el mandante es el titular del patrimonio sobre el cual recae la gestión encomendada.  Mandatario, es la persona que se obliga a celebrar o ejecutar actos jurídicos de comercio por cuenta de otro.
  • 18. CONTRATO DE REPRESENTACION  La representación es la figura mediante la cual una persona celebra un negocio jurídico en nombre de otra llamada representado, de modo que el negocio se considera celebrado directamente por ésta a quienes pasan todos los derechos y obligaciones derivadas del negocio.  El poder o facultad de representar puede tener su fuente en la ley o en un acto unilateral de voluntad denominado apoderamiento.
  • 19. Partes  Apoderado o representante, es la persona que celebra el negocio en nombre de otra persona, sin obligarse personalmente en el contrato celebrado. Es un órgano de expresión jurídica del representado. El representante podrá ser incapaz relativo, ya que su patrimonio queda fuera de la relación contractual que él ha creado. (Artículo 2154 C.C.)   Representado, es la persona que faculta al apoderado para que celebre negocios en su nombre, obligándose personalmente en éstos contrato, como si los hubiera celebrado personalmente.
  • 20. Efectos de la Representación  La principal consecuencia de la representación es el traslado de los derechos y obligaciones originados en los negocios realizados por el representante, al patrimonio del representado. Como consecuencia de este traslado de derechos y obligaciones, el tercero contratante deberá ejercer las acciones para exigir el cumplimiento del contrato, contra el representado, consecuencialmente el representante carece de toda acción contra una u otra parte, ya que el no es parte dentro del contrato. (artículo 833)
  • 21. Contrato de Agencia Comercial  El Código de Comercio define al contrato de agencia comercial, como aquel por cual un comerciante asume, en forma independiente y de manera estable, el encargo de promover o explotar negocios en un determinado ramo y dentro de una zona prefijada en el territorio Nacional, como representante o agente de un empresario nacional o extranjero, o como fabricante o distribuidor de uno o varios productos del mismo
  • 22. Función económica  Responde a precisas necesidades económicas del empresario, concretamente en aquellas plazas donde apenas pretende introducir sus productos o servicios, pues le permite disminuir los costos y los riesgos inherentes a la conquista de un mercado, ya que el agente asume los costos y los riesgos de la actividad de promoción.
  • 23. Partes  Empresario, es la persona que tiene la necesidad de extender la distribución de sus bienes o servicios.  Agente, es el comerciante, persona natural o jurídica que de manera independiente promueve o explota los negocios del empresario
  • 25. Objeto  El objeto del mandato es el encargo que hace el agenciado al agente, este encargo al tenor del artículo 1317 consiste en la promoción o explotación del negocio del agenciado.
  • 26. Obligaciones del Agente  El agente se obliga a promover o explotar negocios de un ramo determinado y dentro de una zona prefijada del territorio nacional, esta obligación consiste en realizar una actividad comercial encaminada a crear, aumentar o mantener una clientela para el agenciado.
  • 27. Obligaciones del empresario  Como consecuencia natural de la onerosidad del contrato de agencia comercial, el empresario está obligado a pagarle al agente la remuneración por su labor de promoción permanente durante la vigencia del contrato.
  • 28. Terminación del contrato  Son justas causas para la terminación del contrato:  Por parte del empresario  El incumplimiento grave del agente en sus obligaciones estipuladas en el contrato o en la ley.  Cualquier acción u omisión del agente que afecte gravemente los intereses del empresario  La apertura de trámite de liquidación obligatoria.  La liquidación o terminación de actividades. 
  • 29. Terminación del Contrato  Por parte del agente  El incumplimiento del empresario de sus obligaciones contractuales o legales.  Cualquier acción u omisión del empresario que afecte gravemente los intereses del agente.  La apertura de trámite de liquidación obligatoria.  La terminación de actividades
  • 30. Efectos  El artículo 1324 inciso 1º del Código de Comercio establece una prestación a favor del agente. El empresario deberá pagarle al agente la prestación en el momento de la terminación del contrato independientemente de que exista o no justa causa.
  • 31. CONTRATO DE COMISION  Concepto.  Está definido en el artículo 1287 del Co. de Co. “Es una especie de mandato por el cual se encomienda a una persona que se dedica profesionalmente a ello, la ejecución de uno o varios negocios, en nombre propio, pero por cuenta ajena”.
  • 32. Función Económica.  En el tráfico moderno las grandes empresas constituyen permanentemente sus representantes en el extranjero, y de otro porque las empresas exportadoras entregan sus mercancías a firmas que tengan por objeto la exportación relacionadas con los compradores de otro país.
  • 33. Sujetos.  Comitente: Es quien confiere la comisión, esto es, el que encarga a otro el desempeño de una operación comercial   Comisionista: Es el que la desempeña, esto es, la persona natural o jurídica que profesionalmente ejerce actos de comercio por cuenta de otro, pero obrando a nombre propio o de la persona que representa.
  • 34. Características.  Bilateral  Verbal o Escrito  Oneroso  Nominado  De ejecución sucesiva o instantánea
  • 35. CONTRATO DE CORRETAJE  El contrato de corretaje es un acuerdo de voluntades, celebrado entre una persona, natural o jurídica, llamada corredor y un interesado, o varios, en concluir un negocio jurídico, que tiene por finalidad que aquel se encargue de poner en relación a dicho interesado con un tercero, con quien pueda llevarse a cabo ese negocio jurídico.
  • 36. Sujetos.  Corredor. Es un agente o auxiliar de comercio, que pone sus conocimientos en el mercado, de bienes y servicios con el fin de que se realice una operación.   Interesado. Es la persona que celebra el negocio, preparado por el corredor.
  • 37. Función económica.  El corredor con sus conocimientos interviene en las actividades relacionadas con bienes o servicios, asegurando a las personas que carecen del dominio del tema.
  • 38.  Consensual  De tracto sucesivo  Bilateral  De tracto sucesivo  Oneroso.  Tipico  Principal •Características del Contrato.
  • 39. Contratos Fiduciarios  Fiducia Mercantil: El fideicomitente se desprende de la propiedad de los bienes que entrega, sacándolos de su patrimonio. Estos bienes entran a conformar un patrimonio autónomo que es administrado por la sociedad fiduciaria.  Encargo Fiduciario: El fideicomitente conserva la propiedad de los bienes entregados a la fiduciaria. Se asemeja al mandato, ya que la fiduciaria es una mera administradora de los bienes, los cuales continúan siendo de propiedad del fideicomitente.
  • 40. Leasing Financiero  Concepto .- El leasing es un contrato mediante el cual una parte entrega a la otra un activo productivo para su uso y goce, a cambio de un canon periódico, durante un plazo convenido, a cuyo vencimiento, el bien se restituye a su propietario o se transfiere al locatario, si éste último decide ejercer una opción de adquisición que se pacta a su favor.
  • 41. Función económica  Es un sistema de financiación orientado hacia los empresarios, que desarrollan una actividad productiva que requieran bienes muebles o inmuebles para el desarrollo de la misma.  Su importancia económica radica en facilitar la utilización de activos fijos independientemente de quien tenga la propiedad de los mismos. Más que un contrato es una operación financiera.
  • 42. Características  Consensual.  Bilateral.  Principal.  Oneroso.  Es conmutativo.  De tracto sucesivo .  De adhesión.
  • 43. Partes  Compañía de leasing  Es aquella persona jurídica debidamente autorizada por la Superintendencia Bancaria para desarrollar en forma profesional y estable la operación de leasing financiero. Es la titular del bien durante la vigencia del contrato.  Cliente, usuario, locatario  Es una persona natural o jurídica que tiene la necesidad de adquirir un bien para usarlo durante un periodo de tiempo.
  • 44. Opción de compra  Es un elemento de la esencia del contrato de arrendamiento financiero, que consiste en la obligación por parte del arrendador de transmitir la propiedad del bien, al final del contrato si así lo exige el arrendatario.
  • 45. Terminación del contrato  El contrato se encuentra sometido a un plazo resolutorio pactado voluntariamente por las partes, llegada la fecha, el contrato se extingue y surge el derecho para el arrendatario de hacer uso de la opción de compra o de restituir el bien o simplemente celebrar un nuevo contrato de leasing.
  • 46. LAS FRANQUICIAS  Concepto. Es un contrato entre una parte denominada el franquiciador, que le permite hacer el mercadeo de un producto o servicio, bajo su nombre o marca, contra el pago de un derecho de entrada o regalías a otra denominada el franquiciado, que hace la inversión necesaria para el negocio, no esta subordinado al franquiciador.
  • 47. Elementos  El know-how: el saber hacer, arte de fabricación, secreto comercial o industrial.  Elemento esencial del contrato de franquicia.  Conocimientos técnicos y comerciales y de economía empresarial.  La organización y la administración.
  • 48. El contrato de compraventa  Concepto.  Es un contrato en que una de las partes se obliga a transmitir la propiedad de una cosa y la otra a pagar su precio en dinero.  la tradición de inmuebles se inscribirá en oficina de registro de instrumentos públicos además de la entrega real y material del bien.  La tradición de vehículos con registro en transito y entrega real.  La tradición de muebles con la entrega de la cosa.
  • 49. Pacto de retroventa  Concepto.  Cuando el vendedor se reserva la facultad de recobrar la cosa vendida reembolsando al comprador la cantidad estipulada o le que le haya costado la compra.  No es un nuevo contrato, es accesorio a la compraventa.
  • 50. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL  Concepto.  Es el contrato en virtud del cual una de las partes se obliga a proporcionarle a otra el uso y goce de una cosa durante cierto tiempo, y la otra a pagar un precio como contraprestación.  Sujetos.  Arrendador: Es la persona natural o jurídica que proporciona el uso y el goce de la cosa a cambio de una renta.  Arrendatario: Es la persona natural o jurídica que usa la cosa y paga la renta.
  • 51. Objeto:  Entregar el uso del inmueble destinado al desarrollo del establecimiento, comercial , industrial o de servicios, para el desarrollo de la actividad de la empresa o del comerciante.
  • 52. Obligaciones y derechos del arrendador  Entregar la cosa arrendada.  Mantener la cosa en buen estado de funcionamiento.  obligación de saneamiento.  Derecho a obtener la restitución del local.
  • 53. obligaciones y derechos del arrendatario  Uso y goce de la cosa arrendada.  conservación y entrega del local comercial.  Pagar el precio o la renta.  Derecho de renovación del contrato de arrendamiento.  Derecho de preferencia.  Derecho a subarrendar.  Cesión del contrato de arrendamiento.  derecho de indemnización
  • 54. Contrato de permuta  Concepto.  La permuta es un contrato en que las partes se obligan mutuamente a dar una especie o cuerpo cierto por otro.  No pueden permutarse las cosas que no pueden venderse.  se aplican las disposiciones relativas a la compraventa.