2. “La Validez Nacional
constituye un instrumento deinstrumento de
Política Educativa NacionalPolítica Educativa Nacional
que permite construir una
sociedad más JUSTA,JUSTA,
INCLUSIVA y COHESIONADA”INCLUSIVA y COHESIONADA”
3. GLOSARIO
Les proponemos una metodología para toda
la comunidad educativa que permita aclararaclarar
conceptos e informarconceptos e informar a toda/os aquella/os
que quieran estudiar.
• COHORTE
Corresponde al año de inicio de estudios de el/la
alumna/o.
Ejemplo
“Daniela es cohorte 2009”: Daniela inició el
Profesorado…/ Tecnicatura Superior… en el
año 2009.
4. GLOSARIO
• TÍTULO OFICIAL
Un título es oficial cuando la institución que lo
emite se encuentra reconocida por el Ministerio
de Educación de la jurisdicción a la cual
pertenece y el plan de estudios de la oferta
educativa está aprobado por dicho ministerio
5. GLOSARIO
• VALIDEZ NACIONAL
COMO ATRIBUTO DEL TÍTULO YCOMO ATRIBUTO DEL TÍTULO Y
CERTIFICADOCERTIFICADO
COMO INSTRUMENTO DECOMO INSTRUMENTO DE
POLÍTICA EDUCATIVA NACIONALPOLÍTICA EDUCATIVA NACIONAL
6. GLOSARIO
• VALIDEZ NACIONAL COMO ATRIBUTO
El atributo le corresponde a los títulos ytítulos y
certificadoscertificados, no a las carreras.
Para que un título y un certificado tenga validez
nacional, la máxima autoridad de la jurisdicción
a la cual pertenece la institución educativa
deberá tramitar ante la Dirección de ValidezDirección de Validez
Nacional de Títulos y EstudiosNacional de Títulos y Estudios, la validez
nacional de los títulos y certificados
correspondiente a sus ofertas educativas.
7. GLOSARIO
• QUIÉN OTORGA VALIDEZ NACIONAL
DE LOS TÍTULOS Y CERTIFICADOS
Tal como lo establece el artículo 115 inciso g de
la Ley de Educación Nacional 26.206, el
Ministerio de Educación tiene como función
dictar normas generales sobre equivalenciasdictar normas generales sobre equivalencias
de planes de estudios y diseños curricularesde planes de estudios y diseños curriculares
de las jurisdicciones,de las jurisdicciones, de acuerdo a lo
establecido en el artículo 85 de la Ley de
Educación Nacional y otorgar validez nacionalotorgar validez nacional
a los títulos y certificaciones de estudios.a los títulos y certificaciones de estudios.
8. GLOSARIO
VALIDEZ NACIONAL COMO
INSTRUMENTO DE POLÍTICA EDUCATIVA
La validez nacional tiene por finalidad unificar elunificar el
Sistema Educativo NacionalSistema Educativo Nacional yy garantizar quegarantizar que
todas las ofertas educativas de todos lostodas las ofertas educativas de todos los
niveles educativos cumplan con los requisitosniveles educativos cumplan con los requisitos
mínimos indispensablesmínimos indispensables de modo tal que la
educación sea equitativa y de calidad en todo elen todo el
territorio nacionalterritorio nacional y consolide una sociedad más
justa.
9. EDUCACIÓN SECUNDARIA
La Educación Secundaria es obligatoriaEducación Secundaria es obligatoria
y constituye una unidad pedagógica y
organizativa destinada a los/las
adolescentes y jóvenes que hayan
cumplido con el nivel de Educación
Primaria.
10. EDUCACIÓN SECUNDARIA
• Artículo Nº 31Artículo Nº 31 Ley de Educación Nacional
“La Educación Secundaria se divide en dos (2)
ciclos: un (1) Ciclo BásicoCiclo Básico, de carácter común
a todas las orientaciones y un (1) CicloCiclo
OrientadoOrientado, de carácter diversificado según
distintas áreas del conocimiento, del mundo
social y del trabajo.”
11. EDUCACIÓN SECUNDARIA
• PUNTO 81 de RESOLUCIÓN CFE
84/09
La educación secundaria, cualquiera sea su
modalidad, se estructurará con dos Ciclos:
un Ciclo Básico ComúnCiclo Básico Común a todas las
modalidades (de dos o tres añosdos o tres años de
duración, según la localización del séptimo
año) y un Ciclo OrientadoCiclo Orientado con carácter
diversificado, que será de tres años comotres años como
mínimomínimo en todas las jurisdicciones y de
cuatro años, en las ofertas de modalidad
Técnico Profesional y Artística que así lo
requieran.
12. EDUCACIÓN SECUNDARIA
ACUERDOS FEDERALESACUERDOS FEDERALES
Resol. CFE 84/09
Resol. CFE 93/09
Resol. CFE 102/10
NORMATIVA DE PROCEDIMIENTO DE VNNORMATIVA DE PROCEDIMIENTO DE VN
R.M. 919/03
17. EDUCACIÓN SUPERIOREDUCACIÓN SUPERIOR
Art. 34Art. 34 de la Ley de Educación Nacional
Comprende:
a. Universidades e Institutos Universitarios,
estatales o privados autorizados, en
concordancia con la denominación
establecida en la Ley N° 24.151.
b. Institutos de Educación Superior de
jurisdicción nacional, provincial o de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de
gestión estatal o privada.
19. FORMACIÓN DOCENTE PRESENCIALFORMACIÓN DOCENTE PRESENCIAL
CircuitoCircuito
JURISDICCIÓN
DIRECCIÓN
DE
VALIDEZ
NACIONAL
DE
TÍTULOS
Y ESTUDIOS
EXPTE
PROYECTO
DE
RESOLUCIÓN
(D.Va.N.T.YE.)
FIRMA DEL
MINISTRO DE
EDUCACIÓN DE
LA NACIÓN
DOCUMENTACIÓN
DE ACUERDO
A LA RESOLUCIÓN
MINISTERIAL
Nº 2170/08
INICIALIZACIÓN
DE LAS ÁREAS
INTERVINIENTES
INFORME
TÉCNICO
20. EDUCACIÓN SUPERIOREDUCACIÓN SUPERIOR
FORMACIÓN DOCENTE PRESENCIALFORMACIÓN DOCENTE PRESENCIAL
NORMATIVA DE VNNORMATIVA DE VN
Procedimiento de VN: RM 2170/082170/08
Equivalencias para carreras de transición:
R.M. 757/09757/09
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DE VNRESOLUCIÓN MINISTERIAL DE VN
21. EDUCACIÓN SUPERIOREDUCACIÓN SUPERIOR
FORMACIÓN DOCENTE PRESENCIALFORMACIÓN DOCENTE PRESENCIAL
NORMATIVA VN POR EXCEPCIÓNNORMATIVA VN POR EXCEPCIÓN
Cohorte 1996-2004: Decreto PEN 1276/961276/96
y sus modificatorios.y sus modificatorios.
Cohorte 2005-2007: Decreto PEN 209/05209/05
Cohorte 2008: Decreto PEN 144/08144/08
22. EDUCACIÓN SUPERIOREDUCACIÓN SUPERIOR
FORMACIÓN DOCENTE PRESENCIALFORMACIÓN DOCENTE PRESENCIAL
• POSTITULOS DOCENTES
Son ofertas formativas posteriores a la formación
inicial, que acreditan la profundización y
actualización sistemática de la formación
docente; dirigidas a los docentes en ejerciciodirigidas a los docentes en ejercicio
y/o aspirantes a ejercer la docencia.y/o aspirantes a ejercer la docencia.
Cuentan con VN por la Resolución 151/00 delCuentan con VN por la Resolución 151/00 del
CFE,CFE, que establece 3 tipos de postítulos3 tipos de postítulos
(Actualización académica, Especialización
superior y Diplomatura superior) con una cargacarga
horaria mínima de 200, 400 y 600 horas reloj,horaria mínima de 200, 400 y 600 horas reloj,
respectivamente.
24. ETS – PRESENCIALETS – PRESENCIAL
CircuitoCircuito
JURISDICCIÓN
DIRECCIÓN
DE
VALIDEZ
NACIONAL
DE
TÍTULOS
Y
ESTUDIOS
EXPTE
PROYECTO
DE
RESOLUCIÓN
(D.Va.N.T.YE.)
NOTA A LA
JURISDICCIÓN CON
INDICACIONES Y
SE OTORGA
VALIDEZ NACIONAL
POR EXCEPCIÓN
FIRMA DEL
MINISTRO DE
EDUCACIÓN DE
LA NACIÓN
INFORME
TÉCNICO
FAVORABLE
INFORME TÉCNICO
DESFAVORABLE
INICIALIZACIÓN
DE LAS ÁREAS
INTERVINIENTES
DOCUMENTACIÓN
DE ACUERDO
A LA RESOLUCIÓN
MINISTERIAL
Nº 919/03
INFORME
TÉCNICO
25. EDUCACIÓN SUPERIOREDUCACIÓN SUPERIOR
ETS PRESENCIALETS PRESENCIAL
NORMATIVA DE VNNORMATIVA DE VN
Procedimiento de VN RM.919/03919/03
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DE VNRESOLUCIÓN MINISTERIAL DE VN
26. EDUCACIÓN SUPERIOREDUCACIÓN SUPERIOR
ETS PRESENCIALETS PRESENCIAL
NORMATIVA DE VN POR EXCEPCIÓNNORMATIVA DE VN POR EXCEPCIÓN
Cohorte 1996-2004: Decreto PEN 1276/96 y1276/96 y
sus modificatoriossus modificatorios
Cohorte 2005-2007: Decreto PEN 209/05209/05
Cohorte 2008: Decreto PEN 144/08144/08
27. EDUCACIÓN SUPERIOREDUCACIÓN SUPERIOR
ETS PRESENCIALETS PRESENCIAL
NORMATIVA DE VN POR EXCEPCIÓNNORMATIVA DE VN POR EXCEPCIÓN
Cohorte 2009 – 2010: Decreto PEN 144/08144/08 -
R.M. 1019/091019/09
Cohorte 2011: Decreto PEN 144/08144/08 - R.M.
1120/101120/10
28. EDUCACIÓN SUPERIOREDUCACIÓN SUPERIOR
ETS PRESENCIALETS PRESENCIAL
ACUERDOS FEDERALESACUERDOS FEDERALES
R. CFE 238/05R. CFE 238/05: Acuerdo Marco A-23
para la Educación Superior No
universitaria
R. CFE 261/06R. CFE 261/06
29. ETS PRESENCIALETS PRESENCIAL
ACUERDOS FEDERALESACUERDOS FEDERALES
R. CFE 262/06:R. CFE 262/06: Marcos de Referencia para: TS en
Administración Pública Orientada al Desarrollo Local / TS en
Pedagogía y Educación Social / TS en Economía Social y
Desarrollo Local / TS en Gestión Sociocultural
R. CFE 13/07:R. CFE 13/07: Títulos y Certificados de la Educación
Técnico Profesional
R. CFE 47/07:R. CFE 47/07: Criterios para la organización Institucional y
curricular correspondiente a la Educación Secundaria y
Educación Superior
R. CFE 77/09R. CFE 77/09: Marco de Referencia para Procesos de
Homologación de títulos de Nivel Superior – Sector Producción
Agropecuaria / Marco de Referencia para Procesos de
Homologación de Títulos de Nivel Secundario – Sector
Alimentos
30. EDUCACIÓN A DISTANCIAEDUCACIÓN A DISTANCIA
• Art. 104 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
“La Educación a Distancia es una opciónopción
pedagógica y didácticapedagógica y didáctica aplicable a distintos
niveles y modalidades del sistema educativo
nacional, que coadyuva al logro de los objetivos
de la política educativa y puede integrarse tanto
a la educación formal como no formal”
31. EDUCACIÓN A DISTANCIAEDUCACIÓN A DISTANCIA
• Art. 106 LEY DE EDUCACIÓN NACIONAL
“Quedan comprendidos en la denominación
Educación a Distancia los estudios conocidos
como educación semipresencial, educacióneducación semipresencial, educación
asistida, educación abierta, educación virtualasistida, educación abierta, educación virtual
y cualquiera que reúna las características
indicadas precedentemente.”
32. EDUCACIÓN A DISTANCIAEDUCACIÓN A DISTANCIA
CircuitoCircuito
COMISIÓN
(CONSEJO
FEDERAL DE
EDUCACIÓN)
DICTAMEN (COMISIÓN
FEDERAL DE REGISTRO Y
EVALUACIÓN
PERMANENTE DE LAS
OFERTAS A DISTANCIA)
NORMA DE
RATIFICACIÓN
(JURISDICCIÓN)
DIRECCIÓ
N DE
VALIDEZ
NACIONAL
DE
TÍTULOS Y
ESTUDIOS
(CONTROL
E INICIAL)
APROBACIÓN
NO
APROBACIÓN
PLENA
CON RESERVAS
PROYECTO
(COMISIÓN
FEDERAL DE
REGISTRO Y
EVALUACIÓN
PERMANENTE
DE LAS
OFERTAS
A DISTANCIA
FIRMA DEL
MINISTRO DE
EDUCACIÓN DE
LA NACIÓN
INSTITUCIÓN
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
QUE OTORGA VALIDEZ NACIONAL
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
QUE DENIEGA VALIDEZ NACIONAL
INICIALIZACIÓN
DE LAS ÁREAS
INTERVINIENTES
33. EDUCACIÓN A DISTANCIAEDUCACIÓN A DISTANCIA
• DICTAMEN
RESOLUCIÓN CFE 32/07 ANEXO I
Art. 23: Los dictámenes de la Comisión
constituirán el antecedente para el
reconocimiento de las ofertas y deberán serdeberán ser
ratificados por las autoridadesratificados por las autoridades
jurisdiccionalesjurisdiccionales a efectos de que el Ministerio
de Educación, Ciencia y Tecnología de la
Nación otorgue la validez nacional de los títulos
y certificaciones.
34. EDUCACIÓN A DISTANCIAEDUCACIÓN A DISTANCIA
• Art. 26: Los dictámenes de la Comisión serán de
tres categorías:
a) Aprobación plena (sin objeciones)
b) Aprobación con reservas (se exigen
adecuaciones respecto de algunos parámetros)
c) No aprobación.
Art. 27: El registro de los dictámenes de
aprobación de las ofertas a distancia será, en
todos los casos, por un período limitadoperíodo limitado.
Cumplido dicho período, la oferta deberáoferta deberá
presentarse en nueva convocatoria para supresentarse en nueva convocatoria para su
evaluación y nuevo registro.evaluación y nuevo registro.
35. DIRECCIÓN DE VALIDEZDIRECCIÓN DE VALIDEZ
NACIONAL DE TÍTULOS YNACIONAL DE TÍTULOS Y
ESTUDIOSESTUDIOS
Nuestros datos
Montevideo 950 PB – CABA
4129-1000 int. 7026 / 7418
http://www.me.gov.ar/validez/
Registros de VN de ETS
http://www.me.gov.ar/validez/documentos/tecnicatura_2007_2009.pdf
Registros de VN de Educación Obligatoria
http://www.me.gov.ar/validez/documentos/bases.pdf
Registros de VN de Formación Docente
http://www.me.gov.ar/validez/documentos/resoluciones_1999_2009.pdf