Plantea (Sicilia, 2007) que el término «recurso educativo abierto» (open educational resource, OER) se definió en el Forum de la Unesco sobre el impacto del material educativo abierto en la educación superior en el 2002 de la siguiente manera: “(…) materiales en formato digital que se ofrecen de manera gratuita y abierta para educadores, estudiantes y autodidactas para su uso y re-uso en la enseñanza, el aprendizaje y la investigación”
Contenidos educativos: cursos completos (programas educativos), materiales para cursos, módulos de contenido, objetos de aprendizaje, libros de texto, materiales multimedia (texto, sonido, vídeo, imágenes, animaciones), exámenes, compilaciones, publicaciones periódicas (diarios y revistas), etc. Herramientas: Software para apoyar la creación, entrega (acceso), uso y mejoramiento de contenidos educativos abiertos. Incluye herramientas y sistemas para: crear contenido, registrar y organizar contenido; gestionar el aprendizaje; y desarrollar comunidades de aprendizaje en línea. Recursos de implementación: Licencias de propiedad intelectual que promuevan la publicación abierta de materiales; principios de diseño; adaptación y localización de contenido; y materiales o técnicas para apoyar el acceso al conocimiento.
1. Acceso La obra debe estar disponible integralmente y sólo a un coste de reproducción razonable, preferiblemente descargable de manera gratuita en Internet. La obra también debe estar disponible en una forma conveniente y para ser modificable. 2. Redistribución La licencia no debe restringir a nadie la posibilidad de vender o distribuir la obra en sí misma o formando parte de un paquete hecho de obras de fuentes diversas. La licencia no debe exigir un pago o otro tipo de cuota para esta venta o distribución. 3. Reutilización La licencia debe permitir hacer modificaciones y obras derivadas y debe permitir que éstas sean distribuídas en las mismas condiciones que la obra original. La licencia puede imponer algún tipo de requerimiento referente al reconocimiento y a la integridad: veáse el principio 5 (Reconocimiento) y el principio 6 (Integridad) debajo. 4. Ausencia de restricciones tecnológicas Se debe proporcionar la obra de manera que no haya ningún obstáculo tecnológico para ejecutar los actos mencionados anteriormente. Esto se puede conseguir ofreciendo la obra en un formato de datos abierto, i.e. un formato cuya especificación esté disponible públicamente y de manera gratuita y que para su uso no se imponga ninguna restricción de tipo monetario u otras 5. Reconocimiento La licencia puede exigir como condición para la redistribución y la reutilización el reconocimiento de los contribuyentes y creadores de la obra. Si se impone esta condición, no debe ser de manera onerosa. Por ejemplo si se exige un reconocimiento, la obra debería ir acompañada de una lista de aquellos que hay reconocer. 6. Integridad La licencia puede requerir como condición para que la obra pueda ser distribuída con modificaciones que la obra resultante tenga un nombre diferente o incluya un número de versión diferente al de la obra original. 7. Sin discriminación de personas o grupos La licencia no debe discriminar a ninguna persona o grupo de personas. 8. Sin discriminación de ámbitos de trabajo La licencia no debe restringir a nadie hacer uso de la obra en un ámbito de trabajo específico. Por ejemplo, no puede restringir el uso de la obra en un negocio, o que ésta sea utilizada para investigación militar. 9. Distribución de la licencia Los derechos adjuntos a la obra deben aplicarse también a cualquier persona a quien le sea redistribuída sin necesidad de que ésta ejecute una licencia adicional. 10. La licencia no debe ser específica de un paquete Los derechos adjuntos a la obra no deben depender de que la obra forme parte de un paquete particular. Si la obra se extrae de ese paquete y se utiliza o se distribuye en las condiciones de la licencia de la obra, todos aquellos a quien les sea redistribuída deberán tener los mismos derechos que los concedidos conjuntamente con el paquete original. 11. La licencia no debe restringir la distribución de otras obras La licencia no debe imponer restricciones en otras obras distribuídas conjuntamente con la obra objeto de la licencia. Por ejemplo, la licencia no debe imponer que todas las otras obras que se distribuyan por el mismo medio sean abiertas.
tiene como objetivo la oferta de materiales educativos de enseñanza universitaria en abierto. Esta iniciativa se plasma a través de Internet que contienen materiales docentes creados por profesores para la formación superior. Estos materiales representan un conjunto de recursos (documentos, programa, calendario...) utilizados en el proceso de enseñanza-aprendizaje de las asignaturas que imparten los profesores. Se ofrecen libremente y son accesibles universalmente en la red. No se encuentra limitada su difusión por cuestiones relativas a la propiedad intelectual. Se permite el uso, la reutilización, la adaptación y la distribución por otros, con ciertas restricciones
movimiento global que promueve la información libre con el objetivo de abrir los conocimientos que se producen en la educación superior. Así mismo, se propone dinamizar la producción del conocimiento, compartir lecciones aprendidas, favorecer el acercamiento de los docentes a las Tecnologías de Información y Comunicaciones – TIC – entre otros. En Iberoamérica, Universia viene liderando el consorcio desde el 2006, y cuenta en Colombia con ocho Universidades vinculadas. La Universidad ICESI, la Universidad de Manizales, la Universidad Industrial de Santander, la Universidad de Medellín, la Universidad EAFIT, la Universidad Nacional, la Universidad San Buenaventura y recientemente la Universidad del Valle
El Open Course Ware (OCW) es una iniciativa surgida en el Instituto Tecnológico de Massachussets (MIT) en 2001, cuyo objetivo principal es proporcionar acceso libre a los contenidos de sus asignaturas, de manera abierta y sin restricciones. Posteriormente otras universidades de todo el mundo han seguido los pasos del MIT y están poniendo sus asignaturas a disposición de todos en Internet
La Universidad de Sevilla genera e imparte en sus aulas para que puedan ser compartidos por otros interesados como Docentes, Académicos, Alumnos… etc. La colaboración entre la Universidad y Universia , refleja una visión compartida entre ambos: la de fomentar el libre acceso al Conocimiento a través de Internet. A partir de ahora, estudiantes, autodidactas y profesores podrán acceder a estos valiosos materiales
Valor del conocimiento; el aprendizaje a lo largo de la vida; la incorporación de las TIC y nuevas modalidades educativas (multimodalidad). Nuevas formas de investigación (e-ciencia). Internacionalización de la Educación. Desarrollo de redes de colaboración entre instituciones y red de redes basadas en la complementariedad, solidaridad y el desarrollo sostenible. Garantizar la dotación sostenible de recursos humanos preparados para actuar efectivamente en la sociedad del conocimiento (oferta y demanda) Gestionar el conocimiento de tal forma de responder a los desafíos que impone la sociedad actual (producción, difusión del conocimiento) Ofrecer una gama más amplia de temas y materias entre los que elegir y permitir una mayor flexibilidad a la hora de escoger material educativo (por ejemplo, el material puede modificarse e integrarse fácilmente en el material del curso); Ahorrar tiempo y esfuerzos al permitir reutilizar recursos que ya tengan resueltos los asuntos de copyright; Permitir el involucramiento de profesores a través de un análisis personal, lecciones aprendidas y sugerencias para mejorar Proporcionar a los grupos de profesores y de alumnos herramientas fáciles de usar para establecer entornos de aprendizaje en colaboración (como Wikis o Weblogs grupales, redes sociales, etc.); Promover enfoques educativos centrados en el usuario, los cuales no sólo consumen contenidos sino que también desarrollan sus propios trabajos (ePortafolios), y comparten resultados y experiencias de estudio con sus colegas