1. UNIDAD DE GESTION DE TECNOLOGIAS
OPERACIONES DE TRANSPORTE AEREO
NOMBRE: CRISTIAN MARTINEZ MEDINA
QUINTO LOGISTICA Y TRANSPORTE
PROF: ING. EDUARDO PASOCHOA
31-05-2014
2. RESTOS HUMANOS
Los Restos Humanos se envían en dos
formas:
1. Restos humanos embalsamados u
osamentas -en ataúdes normales o
herméticos.
2. Restos Humanos cremados (incinerados) -
en urnas funerarias que pueden ir dentro de
un ataúd.
3. En México los trámites, la documentación y el
envío se hacen de una agencia funeraria a otra;
no se aceptan a través de particulares. Los
documentos se deben enviar con el embarque
hasta el punto de destino. La reglamentación
varía de acuerdo a cada país. Para mayor
información es necesario consultar el consulado
o la embajada. Se aplica una Tarifa Clasificada
con aumento o sobrecuota, establecida en la
sección 3.7 del libro TACT Reglas y los cargos
deben ser prepagados.
4. La documentación en la mayoría de los casos
consiste en:
Guía Aérea
Acta de defunción
Permiso de Tras lado o Exhumación
Certificado consular
5. En la República Mexicana:
1.-Restos Humanos embalsamados:
Copia certificada del Acta de Defunción
Permiso de traslado
Certificado de embalsamamiento
Oficio de liberación del Ministerio Público (en caso de muerte
violenta)
2.-
Restos Humanos en osamentas:
Copia certificada del Acta de Defunción
Permiso de traslado
Certificado de exhumación
Constancia de exhumación
6. Aeromexpress
(Cenizas: Acta de defunción y Certificado de cremación)
El permiso de traslado, Certificado de salubridad y
Embalsamamiento pueden concentrarse en un solo
documento. Si el deceso ocurrió por enfermedad contagiosa o
ha sido exhumado, la agencia funeraria debe expedir una
declaración donde se asiente que los requisitos de los países
donde debe transitar o sobrevolar han sido cumplidos.
Si la defunción ocurrió
por causas violentas (accidente o derivada de una acción
delictuosa) deberá anexarse copia del oficio girado por la
Agencia del Ministerio Público correspondiente.
7. Procedimientos especiales.
Los restos humanos (HUM), excepto los cremados,
pueden estar contenidos en ataúdes herméticos o en
ataúdes normales contenidos en una caja de madera y
otro empaque exterior de plomo o zinc perfectamente
sellados. Los ataúdes dentro de las cajas de plomo o
zinc pueden ser cubiertos con lonas para que no sea
aparente la naturaleza del contenido.
Los restos humanos cremados deben de ser enviados
en urnas funerarias.
(Aeromexpress: dentro de caja de cartón resistente con
material amortiguante que permita su manejo y evite
exposición i filtración)
8. Manejo de los Ataúdes
El transporte de restos humanos en ataúdes, en avión
de pasajeros o cargueros deberá de cumplir con las
siguientes condiciones:
-No deben se colocados en proximidad con los
productos alimenticios.
-El capitán de la aeronave debe ser informado de su
carga y ubicación.
-(Aeromespress: incluir en el empaque exterior la
posición de la cabecera (head), ruta completa y
número de guía, nombre completo del difunto)
9. Restos Humanos
Manejo de las urnas;
Deberán ser manejadas y cargadas
como carga normal.
Aeromexpress:
Embalaje exterior
1.-Prefijo y número de guía
2.-Ruta completa
3.-Nombre del difunto
10. VALORES
Se define como Valor o carga Valiosa
(TACT
REGLAS) los siguientes artículos:
-Con un valor declarado para
transporte de más de
USD $1, 000(o su equivalente) por
kilogramos bruto de peso.
11. -Oro en barras (incluyendo oro refinado en forma
de lingotes), oro en especie, y oro en forma de
granos, moldeado, chapa, en polvo, en esponja,
alambres, varillas, tubos, aros, molduras, figuras.
Platino, metales de platino (paladio, iridio,
rutenio, osmio, y rodio) y aleaciones de platino
en forma de granos, esponjas, barras, molduras,
varillas, mallas, lingotes, tubos y tiras (pero
excluyendo los radioisótopos de los metales y la
aleaciones que requieran etiqueta de mercancías
peligrosas)
12. -Billetes de banco de curso legal, cheques de
viajero valores, acciones y sus cupones y timbres
postales (excluyendo los timbres postales sin
usar del Reino Unido) listos para su uso, tarjetas
bancarias y/o tarjetas de crédito.
-Diamantes (incluyendo diamantes para uso
industrial), rubíes, esmeraldas, ópalos y perlas
reales (incluyendo perlas cultivadas).
13. -Joyería y relojes hechos de plata y/u oro
y/o platino.
-Artículos fabricados de oro o platino. No se
considera la chapa de oro o platino.
14. Manejo y protección
Los siguientes procedimientos deberán llevarse a
cabo para el manejo de Valores con el fin de
asegurar y mantener altos estándares de
seguridad durante la transportación aérea.
15. Reglas generales
-Deberán adoptarse medidas de seguridad en los
almacenes, durante la carga y descarga de la aeronave,
durante la liberación aduanal y durante la
transportación terrestre. Dependiendo de las
regulaciones y condiciones locales, deberán hacerse los
arreglos correspondientes.
16. -Los Valores deben ser manejados como una
categoría aparte de la carga aérea regular.
Deberán de proveerse servicios especiales y
también deberán de aplicarse cargos adicionales
para compensar los gastos del manejo de este
tipo de carga.
17. -Los detalles acerca del valor, contenido,
almacenaje y ruta deben ser confidenciales y
solamente los detalles absolutamente necesarios
para el manejo deberán proporcionarse al
personal involucrado.
18. Aceptación, Almacenaje y Entrega
La línea aérea deberá cubrir las siguientes reglas:
-Arreglos por adelantado, tomando en cuenta que
el envío deberá de arribar en horas hábiles para
facilitar una rápida liberación aduanal en el
aeropuerto de destino.
Los tiempos de almacenaje deben ser minimizados
y evitados durante los fines de semana y días
festivos.
-Los tiempos de entrega deben ser programados
prioritariamente.
-Los tiempos de recolección deben ser
programados.
19. Como regla general los Valores deben tener formatos y
registros adecuados y deben hacerse arreglos
especiales para su integridad.
Cuando los Valores arriban a la terminal de carga de la
línea aérea para su envío, entrega o transferencia
deben nuevamente ser verificados. La Guía aérea y la
carga deben ser colocadas en un área de acceso
restringido.
Para cada envió de Valores que debido a su tamaño o
que por alguna otra razón deba ser almacenada en el
área de seguridad de la línea aérea deberán hacerse
arreglos especiales para resguardarla.
20. Deberá elaborarse una bitácora de toda la carga
valiosa, la cual deberá contener los siguientes
datos:
1.-Identificación del embalaje
2.-Lugar, fecha y hora en que fue colocada en el
área de seguridad de la línea aérea así como un
registro de identificación de las personas que la
colocaron.
21. 3.-Lugar, fecha y hora en que fue retirada del
área de seguridad de la línea aérea así como un
registro de identificación de las personas que la
retiraron.
4.-Cualquier otro dato pertinente o que se exija y
de acuerdo a las leyes locales.
22. Esta bitácora será firmada por un solo
responsable
Cada línea aérea deberá elaborar un inventario
físico periódicamente con la finalidad de
procurar la máxima seguridad de la carga valiosa.
En caso de ser necesario o si así lo requiere la
línea aérea podrá
proveerse de custodia a la
carga valiosa entre la terminal y la aeronave o
bien entre diferentes terminales.
23. La carga valiosa deberá
ser liberada por
la línea
aérea solamente durante las horas normales de
oficina, a menos que se hayan hecho arreglos
especiales entre el consignatario y la línea aérea
para que un envío en particular sea entregado en
una hora diferente a las normales de trabajo
24. Carga Vulnerable
En ocasiones y a criterio del expedidor y la
aerolínea, a cierto tipo de carga general se le
puede dar el tratamiento que se le da a los
auténticos Valores. Esta carga recibe el nombre
de “Carga Vulnerable”
Son vulnerables porque pueden ser robados o
sustraídos con facilidad.
Pueden ser manejados como carga valiosa.
25. Los ejemplos principales son:
-Documentos de aviación en blanco tales como
MCO.s (Miscelaneous Charge Orders), guías
aéreas, boletos enviados desde las oficinas o las
estaciones de las aerolíneas o bien por sus
agentes de ventas.
-Valijas diplomáticas (cuando son declaradas
como valiosas)
-Narcóticos (drogas tales como opio y sus
derivados) etc. Si así lo requieren.
-Relojes, encendedores de cigarrillos,
calculadoras, relojes finos, etc.