SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 6
Descargar para leer sin conexión
A. 214. XXXVI.
                             RECURSO DE HECHO
                             Acosta Martínez, José Delfín s/ muerte por
                             causas dudosas -causa n ? 22.190/96-.




  Corte Suprema de Justicia de la Nación


           Buenos Aires, 18 de diciembre de 2001.
     Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la que-
rella en la causa Acosta Martínez, José Delfín s/ muerte por
causas dudosas -causa n ? 22.190/96-", para decidir sobre su
procedencia.
     Considerando:
           Que el recurso extraordinario, cuya denegación ori-
gina esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva
o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).
     Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte
recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito
que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial
de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la
orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. Hága se
saber y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT -
AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO
BOGGIANO (según su voto)- GUILLERMO A. F. LOPEZ (se gún su
voto)- GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ (según su
voto).
ES COPIA
                                                          VO-//-




                                         -1-
-2-
A. 214. XXXVI.
                                 RECURSO DE HECHO
                                 Acosta Martínez, José Delfín s/ muerte por
                                 causas dudosas -causa n ? 22.190/96-.




  Corte Suprema de Justicia de la Nación


-//-TO DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON ANTONIO
BOGGIANO, DON GUILLERMO A. F. LOPEZ Y DON ADOLFO ROBERTO
VAZQUEZ
     Considerando:
            1?) Que la Sala V de la Cámara Nacional de Apela-
ciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal
confirmó la resolución del juzgado de primera instancia que
dispuso el archivo de las actuaciones, por inexistencia de
delito.
            El hecho investigado y que fuera motivo de análi sis,
resulta la muerte de José Delfín Acosta Martínez quien fuera
detenido por personal policial de la Seccional 5ta. de la
Policía Federal en inmediaciones de un local bailable, debido
a que se encontraba en evidente estado de ebriedad. Ya en la
comisaría, el nombrado Acosta sufrió una descompensa ción,
siendo    trasladado   a   un   hospital    público     donde    fallece.
Practicada la autopsia, se tuvo por acreditado que Acosta
había fallecido por ingestión de cocaína y alcohol.
            2?) Que contra la resolución de segunda instancia,
la parte querellante dedujo recurso de casación fundado en la
violación a las garantías constitucionales del debido proceso
y defensa en juicio, y por arbitrariedad de sentencia; plan-
teos que fueron rechazados por referirse a cuestiones de he cho
y prueba, y ser por regla, ajenas a la vía casatoria.
            3?) Que se dedujo entonces recurso de queja ante la
Cámara Nacional de Casación Penal, que corrió igual suerte en
base a idénticos argumentos. A raíz de ello, se presentó re-
curso extraordinario federal, que al ser desestimado dio lu gar
a esta presentación directa.
            Para resolver de esa forma, la Sala I de la Cámara

                                             -3-
Nacional de Casación Penal sostuvo, de igual manera que en los
planteos recursivos anteriores, que los agravios esgrimi dos
por el recurrente remitían al análisis de cuestiones de hecho
y    prueba;     circunstancia   que      obstaba    su   examen   por   vía
extraordinaria y dado que no se advertía supuesto de arbitra-
riedad. Señaló además que la queja se limitó a puntualizar que
el tribunal de mérito había aplicado erróneamente las reglas
de   la   sana    crítica,   pero   sin    especificar     en   qué   habría
consistido dicho apartamiento.
               4?) Que sin perjuicio de lo hasta aquí expuesto, que
acarrea la desestimación de la queja por aplicación de lo
normado en el art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial
de la Nación, el Tribunal estima conveniente exponer algunos
fundamentos relativos al alcance que cabe asignar al institu to
del "archivo" regulado en Libro II, Títulos I y II del Código
Procesal Penal de la Nación, dado que en algunos su puestos y
según las circunstancias del caso, puede constituir sentencia
definitiva o equiparable a los fines de la admisi bilidad
formal del recurso extraordinario federal -art. 14 de la ley
48-.
               Ello así, pues el art. 195 del Código Procesal Pe nal
de la Nación dice en su último párrafo y en lo que aquí
interesa que: "...El juez rechazará el requerimiento fiscal u
ordenará el archivo de las actuaciones policiales, por auto,
cuando el hecho imputado no constituya delito o no se pueda
proceder. La resolución será apelable por el agente fiscal y
la parte querellante".
               De la lectura de la norma surgen entonces dos su-
puestos de "archivo":
       1) cuando el hecho imputado no constituye delito y


                                               -4-
A. 214. XXXVI.
                                 RECURSO DE HECHO
                                 Acosta Martínez, José Delfín s/ muerte por
                                 causas dudosas -causa n ? 22.190/96-.




  Corte Suprema de Justicia de la Nación


     2) cuando no se pueda proceder.
             Este segundo supuesto se refiere a situaciones en
las que no existe sentencia definitiva y donde el juzgado de
instrucción no puede proceder debido a la existencia de algu na
cuestión     prejudicial   que   obsta   su    libre    actuación     (por
ejemplo, una causa seguida contra un magistrado, legislador o
funcionario aforado que habiendo sido citado a prestar decla-
ración indagatoria no concurriera a prestarla). En este caso
el juez que reciba la denuncia, y siempre que considere que
existen elementos suficientes para imputar a la persona que
posea inmunidad, deberá solicitar su desafuero al órgano que
corresponda y archivar la causa hasta tanto ese antejuicio
arroje el resultado esperado. Ello sin perjuicio de continuar
con la investigación hasta su total conclusión, entendiéndose
esto como la recolección de la totalidad del plexo probatorio
tendiente a acreditar la materialidad del hecho investigado y
el descubrimiento de la verdad objetiva, con la sola excep ción
consagrada en el último párrafo del art. 1 ? de la ley de fueros
n? 25.320.
             También se utiliza esta modalidad de archivo cuando
se carece de pruebas suficientes para continuar la instruc ción
del sumario (ej.: se desconoce el paradero de un testigo clave
para la investigación, etc.). Esto ha sido criticado por
doctrina autorizada, pues importa implementar una suerte de
"sobreseimiento provisional" no contemplado en el código de
forma, que solamente prevé el sobreseimiento definitivo para
cerrar irrevocablemente el proceso. Resulta claro que en los
dos ejemplos citados, el archivo no es una sentencia de-
finitiva ni un supuesto equiparable.
             Por lo contrario, en relación a la primera posibi-

                                              -5-
lidad de archivo (cuando el hecho imputado no constituye de-
lito), se debe concluir que la situación es diferente. Ello es
así, pues en este caso el archivo importa desestimar la
denuncia por inexistencia de delito, lo cual surge del juego
armónico de los arts. 180 y 195 del Código Procesal Penal de
la Nación. Tal circunstancia pone fin a la denuncia, de modo
tal que esta hipótesis constituye sentencia definitiva o
equiparable a tal, a los fines del remedio federal.
            5?) Que no obstante lo dicho y de acuerdo a lo ya
adelantado en los primeros párrafos de estas consideraciones,
en autos la querella intenta vanamente demostrar por qué en
este caso concreto debe aplicarse la doctrina de la arbitra-
riedad. Tal intento deviene estéril, toda vez que los agra vios
esbozados reflejan meras discrepancias con la valoración que
el juzgador hiciera de la prueba colectada en autos. Es tos
planteos resultan ajenos a la intervención de esta Corte, sin
que   la   presente   queja   logre   evidenciar   cuestión   federal
suficiente que permita apartarse de esa regla.
            En consecuencia, el recurso extraordinario, cuya
denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), debiendo
desestimarse la misma.
      Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte
recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito
que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial
de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la
orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. Hága se
saber y archívese. ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LO PEZ -
ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.
ES COPIA


                                           -6-

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Resolución del Juez Costa - Caso Belsunce
Resolución del Juez Costa - Caso BelsunceResolución del Juez Costa - Caso Belsunce
Resolución del Juez Costa - Caso Belsunce
Casos Policiales
 
Denegatoria de excarcelacion
Denegatoria de excarcelacionDenegatoria de excarcelacion
Denegatoria de excarcelacion
Malu Falsetti
 
Carrascosa fallo-casacion-2009
Carrascosa fallo-casacion-2009Carrascosa fallo-casacion-2009
Carrascosa fallo-casacion-2009
Malu Falsetti
 
Fallo -hurtig-murray
Fallo  -hurtig-murrayFallo  -hurtig-murray
Fallo -hurtig-murray
Malu Falsetti
 
Cas+1027 2016+ica cosa juzgada
Cas+1027 2016+ica cosa juzgadaCas+1027 2016+ica cosa juzgada
Cas+1027 2016+ica cosa juzgada
JoanGaray1
 
Sentencia De Bordaberry 10 2 10
Sentencia De Bordaberry 10 2 10Sentencia De Bordaberry 10 2 10
Sentencia De Bordaberry 10 2 10
guest051a8d5
 

La actualidad más candente (20)

Resolucion cspb-revision-condena
Resolucion cspb-revision-condenaResolucion cspb-revision-condena
Resolucion cspb-revision-condena
 
Fallo casacion-oct2015
Fallo casacion-oct2015Fallo casacion-oct2015
Fallo casacion-oct2015
 
Resolución del Juez Costa - Caso Belsunce
Resolución del Juez Costa - Caso BelsunceResolución del Juez Costa - Caso Belsunce
Resolución del Juez Costa - Caso Belsunce
 
Absolucion de Carlos Carrascosa
Absolucion de Carlos CarrascosaAbsolucion de Carlos Carrascosa
Absolucion de Carlos Carrascosa
 
Rechazo “in limine” un planteo de inaplicabilidad de ley efectuado por Daniel...
Rechazo “in limine” un planteo de inaplicabilidad de ley efectuado por Daniel...Rechazo “in limine” un planteo de inaplicabilidad de ley efectuado por Daniel...
Rechazo “in limine” un planteo de inaplicabilidad de ley efectuado por Daniel...
 
Recurso interpongo apelación
Recurso interpongo apelaciónRecurso interpongo apelación
Recurso interpongo apelación
 
Denegatoria de excarcelacion
Denegatoria de excarcelacionDenegatoria de excarcelacion
Denegatoria de excarcelacion
 
Carrascosa fallo-casacion-2009
Carrascosa fallo-casacion-2009Carrascosa fallo-casacion-2009
Carrascosa fallo-casacion-2009
 
El fiscal Gustavo Gómez es restituido en la causa contra Milani
El fiscal Gustavo Gómez es restituido en la causa contra MilaniEl fiscal Gustavo Gómez es restituido en la causa contra Milani
El fiscal Gustavo Gómez es restituido en la causa contra Milani
 
Casación rechaza un planteo de inaplicabilidad de la ley de la defensa del ex...
Casación rechaza un planteo de inaplicabilidad de la ley de la defensa del ex...Casación rechaza un planteo de inaplicabilidad de la ley de la defensa del ex...
Casación rechaza un planteo de inaplicabilidad de la ley de la defensa del ex...
 
Fallo -hurtig-murray
Fallo  -hurtig-murrayFallo  -hurtig-murray
Fallo -hurtig-murray
 
Fallo quaranta
Fallo quarantaFallo quaranta
Fallo quaranta
 
Quaranta
QuarantaQuaranta
Quaranta
 
Cas+1027 2016+ica cosa juzgada
Cas+1027 2016+ica cosa juzgadaCas+1027 2016+ica cosa juzgada
Cas+1027 2016+ica cosa juzgada
 
Dialnet los mediostecnicosdedefensa-5157840
Dialnet los mediostecnicosdedefensa-5157840Dialnet los mediostecnicosdedefensa-5157840
Dialnet los mediostecnicosdedefensa-5157840
 
Conseción de habeas corpus
Conseción de habeas corpusConseción de habeas corpus
Conseción de habeas corpus
 
Excepcion de annistia
Excepcion de annistiaExcepcion de annistia
Excepcion de annistia
 
Rechazo de renuncia a juicio por jurados. Temporaneidad. Falta de notificació...
Rechazo de renuncia a juicio por jurados. Temporaneidad. Falta de notificació...Rechazo de renuncia a juicio por jurados. Temporaneidad. Falta de notificació...
Rechazo de renuncia a juicio por jurados. Temporaneidad. Falta de notificació...
 
Sentencia De Bordaberry 10 2 10
Sentencia De Bordaberry 10 2 10Sentencia De Bordaberry 10 2 10
Sentencia De Bordaberry 10 2 10
 
Mohamed
MohamedMohamed
Mohamed
 

Similar a Csjn, acosta martinez (archivo por inex. de delito)

Sobreseimiento de Albistur por el manejo de publicidad oficial - Fallo completo
Sobreseimiento de  Albistur por el manejo de publicidad oficial - Fallo completoSobreseimiento de  Albistur por el manejo de publicidad oficial - Fallo completo
Sobreseimiento de Albistur por el manejo de publicidad oficial - Fallo completo
Foro Blog
 
Caso Noble: Fallo completo jueza Sandra Arroyo Salgado
Caso Noble: Fallo completo jueza Sandra Arroyo SalgadoCaso Noble: Fallo completo jueza Sandra Arroyo Salgado
Caso Noble: Fallo completo jueza Sandra Arroyo Salgado
Foro Blog
 
Csjn, acosta (tesis_amplia_para_probation)
Csjn, acosta (tesis_amplia_para_probation)Csjn, acosta (tesis_amplia_para_probation)
Csjn, acosta (tesis_amplia_para_probation)
cursoderechopenaltoftuc
 

Similar a Csjn, acosta martinez (archivo por inex. de delito) (20)

Cámara de la Seguridad Social - Pensiones
Cámara de la Seguridad Social - PensionesCámara de la Seguridad Social - Pensiones
Cámara de la Seguridad Social - Pensiones
 
Csjn, condena en_suspenso
Csjn, condena en_suspensoCsjn, condena en_suspenso
Csjn, condena en_suspenso
 
Resolución de queja por inhibitoria Cámara Federal Mendoza
Resolución de queja por inhibitoria Cámara Federal MendozaResolución de queja por inhibitoria Cámara Federal Mendoza
Resolución de queja por inhibitoria Cámara Federal Mendoza
 
Sobreseimiento de Albistur por el manejo de publicidad oficial - Fallo completo
Sobreseimiento de  Albistur por el manejo de publicidad oficial - Fallo completoSobreseimiento de  Albistur por el manejo de publicidad oficial - Fallo completo
Sobreseimiento de Albistur por el manejo de publicidad oficial - Fallo completo
 
Vivas
VivasVivas
Vivas
 
El fallo de la Corte sobre la causa Nisman
El fallo de la Corte sobre la causa NismanEl fallo de la Corte sobre la causa Nisman
El fallo de la Corte sobre la causa Nisman
 
La muerte de Nisman, a la Justicia Federal
La muerte de Nisman, a la Justicia FederalLa muerte de Nisman, a la Justicia Federal
La muerte de Nisman, a la Justicia Federal
 
Sentencia Extraño caso de Cadena de Custodia
Sentencia Extraño caso de Cadena de CustodiaSentencia Extraño caso de Cadena de Custodia
Sentencia Extraño caso de Cadena de Custodia
 
Habeas corpus. Ilegalidad de la detención de menores en comisarías www.iestud...
Habeas corpus. Ilegalidad de la detención de menores en comisarías www.iestud...Habeas corpus. Ilegalidad de la detención de menores en comisarías www.iestud...
Habeas corpus. Ilegalidad de la detención de menores en comisarías www.iestud...
 
El veredicto
El veredictoEl veredicto
El veredicto
 
Sentencia contra Rubén Rrecalde
Sentencia contra Rubén RrecaldeSentencia contra Rubén Rrecalde
Sentencia contra Rubén Rrecalde
 
Fallo Ley de Medios a la Corte
Fallo Ley de Medios a la Corte Fallo Ley de Medios a la Corte
Fallo Ley de Medios a la Corte
 
Caso Noble: Fallo completo jueza Sandra Arroyo Salgado
Caso Noble: Fallo completo jueza Sandra Arroyo SalgadoCaso Noble: Fallo completo jueza Sandra Arroyo Salgado
Caso Noble: Fallo completo jueza Sandra Arroyo Salgado
 
Ordenan investigar al Juez Rueda por violaciones a DD.HH.
Ordenan investigar al Juez Rueda por violaciones a DD.HH.Ordenan investigar al Juez Rueda por violaciones a DD.HH.
Ordenan investigar al Juez Rueda por violaciones a DD.HH.
 
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL - JURISRUDENCIA VINCULANTE SOBRE DENEGATORIA DE SENTE...
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL - JURISRUDENCIA VINCULANTE SOBRE DENEGATORIA DE SENTE...TRIBUNAL CONSTITUCIONAL - JURISRUDENCIA VINCULANTE SOBRE DENEGATORIA DE SENTE...
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL - JURISRUDENCIA VINCULANTE SOBRE DENEGATORIA DE SENTE...
 
Sentencia del Tribunal Constitucional sobre Ollanta Humala y Nadine Heredia
Sentencia del Tribunal Constitucional sobre Ollanta Humala y Nadine HerediaSentencia del Tribunal Constitucional sobre Ollanta Humala y Nadine Heredia
Sentencia del Tribunal Constitucional sobre Ollanta Humala y Nadine Heredia
 
Basualdo Resolución Cámara Penal
Basualdo Resolución Cámara PenalBasualdo Resolución Cámara Penal
Basualdo Resolución Cámara Penal
 
Sentencia de Apelación, 14 OCT 2021. Apelación n.° 07-2018 Sullana Sala Penal...
Sentencia de Apelación, 14 OCT 2021. Apelación n.° 07-2018 Sullana Sala Penal...Sentencia de Apelación, 14 OCT 2021. Apelación n.° 07-2018 Sullana Sala Penal...
Sentencia de Apelación, 14 OCT 2021. Apelación n.° 07-2018 Sullana Sala Penal...
 
Csjn, acosta (tesis_amplia_para_probation)
Csjn, acosta (tesis_amplia_para_probation)Csjn, acosta (tesis_amplia_para_probation)
Csjn, acosta (tesis_amplia_para_probation)
 
Corte per saltum
Corte per saltumCorte per saltum
Corte per saltum
 

Más de cursoderechopenaltoftuc

Csjn, sircovich (variación sorpresiva de calificación)
Csjn, sircovich (variación sorpresiva de calificación)Csjn, sircovich (variación sorpresiva de calificación)
Csjn, sircovich (variación sorpresiva de calificación)
cursoderechopenaltoftuc
 
Csjn, romero (reincidencia_real,_antes_de_comunicar_sentencia)
Csjn, romero (reincidencia_real,_antes_de_comunicar_sentencia)Csjn, romero (reincidencia_real,_antes_de_comunicar_sentencia)
Csjn, romero (reincidencia_real,_antes_de_comunicar_sentencia)
cursoderechopenaltoftuc
 
Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)
Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)
Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)
cursoderechopenaltoftuc
 
Csjn, romano (unificación de penas 431 bis y método escogido)
Csjn, romano (unificación de penas   431 bis y método escogido)Csjn, romano (unificación de penas   431 bis y método escogido)
Csjn, romano (unificación de penas 431 bis y método escogido)
cursoderechopenaltoftuc
 
Csjn, delillo (deniega_probation_por_inhab._voto_zaffa_)
Csjn, delillo (deniega_probation_por_inhab._voto_zaffa_)Csjn, delillo (deniega_probation_por_inhab._voto_zaffa_)
Csjn, delillo (deniega_probation_por_inhab._voto_zaffa_)
cursoderechopenaltoftuc
 
Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)
Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)
Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)
cursoderechopenaltoftuc
 
Sala vii (segunda_alternativa,_vale_consulta)
Sala vii (segunda_alternativa,_vale_consulta)Sala vii (segunda_alternativa,_vale_consulta)
Sala vii (segunda_alternativa,_vale_consulta)
cursoderechopenaltoftuc
 
Programa escuela judicial, curso avanzado
Programa escuela judicial, curso avanzadoPrograma escuela judicial, curso avanzado
Programa escuela judicial, curso avanzado
cursoderechopenaltoftuc
 
Csjn, zambrana daza (secreto médico y nec. de denunciar)
Csjn, zambrana daza (secreto médico y nec. de denunciar)Csjn, zambrana daza (secreto médico y nec. de denunciar)
Csjn, zambrana daza (secreto médico y nec. de denunciar)
cursoderechopenaltoftuc
 
Csjn, valdivieso (rescata natividad frias)
Csjn, valdivieso (rescata natividad frias)Csjn, valdivieso (rescata natividad frias)
Csjn, valdivieso (rescata natividad frias)
cursoderechopenaltoftuc
 

Más de cursoderechopenaltoftuc (15)

Csjn, sircovich (variación sorpresiva de calificación)
Csjn, sircovich (variación sorpresiva de calificación)Csjn, sircovich (variación sorpresiva de calificación)
Csjn, sircovich (variación sorpresiva de calificación)
 
Csjn, romero (reincidencia_real,_antes_de_comunicar_sentencia)
Csjn, romero (reincidencia_real,_antes_de_comunicar_sentencia)Csjn, romero (reincidencia_real,_antes_de_comunicar_sentencia)
Csjn, romero (reincidencia_real,_antes_de_comunicar_sentencia)
 
Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)
Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)
Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)
 
Santillan
SantillanSantillan
Santillan
 
Csjn, romano (unificación de penas 431 bis y método escogido)
Csjn, romano (unificación de penas   431 bis y método escogido)Csjn, romano (unificación de penas   431 bis y método escogido)
Csjn, romano (unificación de penas 431 bis y método escogido)
 
Csjn, delillo (deniega_probation_por_inhab._voto_zaffa_)
Csjn, delillo (deniega_probation_por_inhab._voto_zaffa_)Csjn, delillo (deniega_probation_por_inhab._voto_zaffa_)
Csjn, delillo (deniega_probation_por_inhab._voto_zaffa_)
 
Noriega (derecho de_defensa_amplio)
Noriega (derecho de_defensa_amplio)Noriega (derecho de_defensa_amplio)
Noriega (derecho de_defensa_amplio)
 
Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)
Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)
Csjn, gasol (pos de segunda condicional si hecho anterior a 1° cond.)
 
Sala vii (segunda_alternativa,_vale_consulta)
Sala vii (segunda_alternativa,_vale_consulta)Sala vii (segunda_alternativa,_vale_consulta)
Sala vii (segunda_alternativa,_vale_consulta)
 
Programa escuela judicial, curso avanzado
Programa escuela judicial, curso avanzadoPrograma escuela judicial, curso avanzado
Programa escuela judicial, curso avanzado
 
Csjn, zambrana daza (secreto médico y nec. de denunciar)
Csjn, zambrana daza (secreto médico y nec. de denunciar)Csjn, zambrana daza (secreto médico y nec. de denunciar)
Csjn, zambrana daza (secreto médico y nec. de denunciar)
 
Csjn, valdivieso (rescata natividad frias)
Csjn, valdivieso (rescata natividad frias)Csjn, valdivieso (rescata natividad frias)
Csjn, valdivieso (rescata natividad frias)
 
Cncp, sala iii
Cncp, sala iiiCncp, sala iii
Cncp, sala iii
 
Considerandos 37 y_38_quiroga
Considerandos 37 y_38_quirogaConsiderandos 37 y_38_quiroga
Considerandos 37 y_38_quiroga
 
Votos en storchi_
Votos en storchi_Votos en storchi_
Votos en storchi_
 

Último

6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
Wilian24
 
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACIONRESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
amelia poma
 
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
jlorentemartos
 

Último (20)

Novena de Pentecostés con textos de san Juan Eudes
Novena de Pentecostés con textos de san Juan EudesNovena de Pentecostés con textos de san Juan Eudes
Novena de Pentecostés con textos de san Juan Eudes
 
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
6°_GRADO_-_MAYO_06 para sexto grado de primaria
 
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
Tema 17. Biología de los microorganismos 2024
 
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACIONRESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 00048 - 2024 EVALUACION
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR MERC 2024-2.docx
 
PLAN LECTOR 2024 integrado nivel inicial-miercoles 10.pptx
PLAN LECTOR 2024  integrado nivel inicial-miercoles 10.pptxPLAN LECTOR 2024  integrado nivel inicial-miercoles 10.pptx
PLAN LECTOR 2024 integrado nivel inicial-miercoles 10.pptx
 
La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración AmbientalLa Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
 
La Evaluacion Formativa SM6 Ccesa007.pdf
La Evaluacion Formativa SM6  Ccesa007.pdfLa Evaluacion Formativa SM6  Ccesa007.pdf
La Evaluacion Formativa SM6 Ccesa007.pdf
 
Desarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
Desarrollo y Aplicación de la Administración por ValoresDesarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
Desarrollo y Aplicación de la Administración por Valores
 
prostitución en España: una mirada integral!
prostitución en España: una mirada integral!prostitución en España: una mirada integral!
prostitución en España: una mirada integral!
 
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docxUNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
UNIDAD DIDACTICA nivel inicial EL SUPERMERCADO.docx
 
Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024
 
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
 
AEC2. Egipto Antiguo. Adivina, Adivinanza.pptx
AEC2. Egipto Antiguo. Adivina, Adivinanza.pptxAEC2. Egipto Antiguo. Adivina, Adivinanza.pptx
AEC2. Egipto Antiguo. Adivina, Adivinanza.pptx
 
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptxCONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
CONCURSO NACIONAL JOSE MARIA ARGUEDAS.pptx
 
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
TEMA 14.DERIVACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS DEL PROCESO DE INTEGRAC...
 
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
 
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtualesLos avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
 
Código Civil de la República Bolivariana de Venezuela
Código Civil de la República Bolivariana de VenezuelaCódigo Civil de la República Bolivariana de Venezuela
Código Civil de la República Bolivariana de Venezuela
 
PP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomas
PP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomasPP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomas
PP_Comunicacion en Salud: Objetivación de signos y síntomas
 

Csjn, acosta martinez (archivo por inex. de delito)

  • 1. A. 214. XXXVI. RECURSO DE HECHO Acosta Martínez, José Delfín s/ muerte por causas dudosas -causa n ? 22.190/96-. Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 18 de diciembre de 2001. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la que- rella en la causa Acosta Martínez, José Delfín s/ muerte por causas dudosas -causa n ? 22.190/96-", para decidir sobre su procedencia. Considerando: Que el recurso extraordinario, cuya denegación ori- gina esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48). Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. Hága se saber y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO (según su voto)- GUILLERMO A. F. LOPEZ (se gún su voto)- GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ (según su voto). ES COPIA VO-//- -1-
  • 2. -2-
  • 3. A. 214. XXXVI. RECURSO DE HECHO Acosta Martínez, José Delfín s/ muerte por causas dudosas -causa n ? 22.190/96-. Corte Suprema de Justicia de la Nación -//-TO DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON ANTONIO BOGGIANO, DON GUILLERMO A. F. LOPEZ Y DON ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ Considerando: 1?) Que la Sala V de la Cámara Nacional de Apela- ciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal confirmó la resolución del juzgado de primera instancia que dispuso el archivo de las actuaciones, por inexistencia de delito. El hecho investigado y que fuera motivo de análi sis, resulta la muerte de José Delfín Acosta Martínez quien fuera detenido por personal policial de la Seccional 5ta. de la Policía Federal en inmediaciones de un local bailable, debido a que se encontraba en evidente estado de ebriedad. Ya en la comisaría, el nombrado Acosta sufrió una descompensa ción, siendo trasladado a un hospital público donde fallece. Practicada la autopsia, se tuvo por acreditado que Acosta había fallecido por ingestión de cocaína y alcohol. 2?) Que contra la resolución de segunda instancia, la parte querellante dedujo recurso de casación fundado en la violación a las garantías constitucionales del debido proceso y defensa en juicio, y por arbitrariedad de sentencia; plan- teos que fueron rechazados por referirse a cuestiones de he cho y prueba, y ser por regla, ajenas a la vía casatoria. 3?) Que se dedujo entonces recurso de queja ante la Cámara Nacional de Casación Penal, que corrió igual suerte en base a idénticos argumentos. A raíz de ello, se presentó re- curso extraordinario federal, que al ser desestimado dio lu gar a esta presentación directa. Para resolver de esa forma, la Sala I de la Cámara -3-
  • 4. Nacional de Casación Penal sostuvo, de igual manera que en los planteos recursivos anteriores, que los agravios esgrimi dos por el recurrente remitían al análisis de cuestiones de hecho y prueba; circunstancia que obstaba su examen por vía extraordinaria y dado que no se advertía supuesto de arbitra- riedad. Señaló además que la queja se limitó a puntualizar que el tribunal de mérito había aplicado erróneamente las reglas de la sana crítica, pero sin especificar en qué habría consistido dicho apartamiento. 4?) Que sin perjuicio de lo hasta aquí expuesto, que acarrea la desestimación de la queja por aplicación de lo normado en el art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, el Tribunal estima conveniente exponer algunos fundamentos relativos al alcance que cabe asignar al institu to del "archivo" regulado en Libro II, Títulos I y II del Código Procesal Penal de la Nación, dado que en algunos su puestos y según las circunstancias del caso, puede constituir sentencia definitiva o equiparable a los fines de la admisi bilidad formal del recurso extraordinario federal -art. 14 de la ley 48-. Ello así, pues el art. 195 del Código Procesal Pe nal de la Nación dice en su último párrafo y en lo que aquí interesa que: "...El juez rechazará el requerimiento fiscal u ordenará el archivo de las actuaciones policiales, por auto, cuando el hecho imputado no constituya delito o no se pueda proceder. La resolución será apelable por el agente fiscal y la parte querellante". De la lectura de la norma surgen entonces dos su- puestos de "archivo": 1) cuando el hecho imputado no constituye delito y -4-
  • 5. A. 214. XXXVI. RECURSO DE HECHO Acosta Martínez, José Delfín s/ muerte por causas dudosas -causa n ? 22.190/96-. Corte Suprema de Justicia de la Nación 2) cuando no se pueda proceder. Este segundo supuesto se refiere a situaciones en las que no existe sentencia definitiva y donde el juzgado de instrucción no puede proceder debido a la existencia de algu na cuestión prejudicial que obsta su libre actuación (por ejemplo, una causa seguida contra un magistrado, legislador o funcionario aforado que habiendo sido citado a prestar decla- ración indagatoria no concurriera a prestarla). En este caso el juez que reciba la denuncia, y siempre que considere que existen elementos suficientes para imputar a la persona que posea inmunidad, deberá solicitar su desafuero al órgano que corresponda y archivar la causa hasta tanto ese antejuicio arroje el resultado esperado. Ello sin perjuicio de continuar con la investigación hasta su total conclusión, entendiéndose esto como la recolección de la totalidad del plexo probatorio tendiente a acreditar la materialidad del hecho investigado y el descubrimiento de la verdad objetiva, con la sola excep ción consagrada en el último párrafo del art. 1 ? de la ley de fueros n? 25.320. También se utiliza esta modalidad de archivo cuando se carece de pruebas suficientes para continuar la instruc ción del sumario (ej.: se desconoce el paradero de un testigo clave para la investigación, etc.). Esto ha sido criticado por doctrina autorizada, pues importa implementar una suerte de "sobreseimiento provisional" no contemplado en el código de forma, que solamente prevé el sobreseimiento definitivo para cerrar irrevocablemente el proceso. Resulta claro que en los dos ejemplos citados, el archivo no es una sentencia de- finitiva ni un supuesto equiparable. Por lo contrario, en relación a la primera posibi- -5-
  • 6. lidad de archivo (cuando el hecho imputado no constituye de- lito), se debe concluir que la situación es diferente. Ello es así, pues en este caso el archivo importa desestimar la denuncia por inexistencia de delito, lo cual surge del juego armónico de los arts. 180 y 195 del Código Procesal Penal de la Nación. Tal circunstancia pone fin a la denuncia, de modo tal que esta hipótesis constituye sentencia definitiva o equiparable a tal, a los fines del remedio federal. 5?) Que no obstante lo dicho y de acuerdo a lo ya adelantado en los primeros párrafos de estas consideraciones, en autos la querella intenta vanamente demostrar por qué en este caso concreto debe aplicarse la doctrina de la arbitra- riedad. Tal intento deviene estéril, toda vez que los agra vios esbozados reflejan meras discrepancias con la valoración que el juzgador hiciera de la prueba colectada en autos. Es tos planteos resultan ajenos a la intervención de esta Corte, sin que la presente queja logre evidenciar cuestión federal suficiente que permita apartarse de esa regla. En consecuencia, el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), debiendo desestimarse la misma. Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. Hága se saber y archívese. ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LO PEZ - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ. ES COPIA -6-