Revista de psicología sobre el sistema nervioso.pdf
6. obligatoriedad del consejo de salubridad
1. Abril 11, 2016
Dr. Juan García Moreno
Director Técnico del Consejo de Salubridad General
2. CARTA DE PRAGA 2012
Se urge a los
gobiernos a
aliviar el
sufrimiento y
a reconocer
los cuidados
paliativos
como un
derecho
humano.
Palliative Care –
A Human Right
• Asociación Europea
• Asociación
Internacional
• Alianza Mundial
• Observatorio de
Derechos Humanos
Paciente
ComunidadFamilia
3. La falta de provisión de cuidados
paliativos por los gobiernos puede
considerarse trato cruel, inhumano y
degradante.
4. Solo una de cada 10 personas que necesitan
cuidados paliativos, por enfermedades
graves, recibe esa atención.
Si se incluye a todas las personas que podrían recibir cuidados
paliativos en una fase anterior de su enfermedad, la cifra
correspondiente ascendería al menos a 40 millones
Más de la mitad de las 600,000 personas que mueren
cada año en México necesita cuidados paliativos.
5. DISTRIBUCIÓN DE SERVICIOS
CUIDADOS PALIATIVOS
Y CLÍNICAS DE DOLOR
Ambas
Ninguna
Cuidados
Paliativos
Clínica de Dolor
Lynch te et al. Pain Symptom Manage, 2013
País N° Población Razón
USA 6,568 314,659,000 1: 8,000
CANADÁ 500 33,573,000 1: 67,000
MÉXICO 14 109,610,000 1: 7,829,000
Fuente: INNCMSZ / Dirección General de Calidad y Educación en Salud,
Septiembre 2014
Human Rights Watch, octubre de 2014
Existen 42 Clínicas de dolor en
México y 57 Servicios de Cuidados
Paliativos.
De 252,000 médicos, sólo 1,200
0.5 % tenían recetario especial.
Red. Del dolor en México. 2015
6. Enero de 2014, el Consejo Ejecutivo
de la OMS adoptó una resolución,
donde exhorta integrar a los cuidados
paliativos a los sistemas de salud.
POLITICA GLOBAL
Recursos:
• Humanos
• Infraestructura
Accesibilidad
de opioides
Políticas del sistemas de salud
Implementación de modelos
y servicios eficaces
8. En: POLITICA GLOBAL
Políticas del Sistema de Salud
2009: DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA LA LEY
GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE CUIDADOS PALIATIVOS.
Art. 33, Las actividades de atención médica son:
IV. Paliativas, que incluyen el cuidado integral para
preservar la calidad de vida del paciente, a través de la
prevención, tratamiento y control del dolor, y otros síntomas
físicos y emocionales por parte de un equipo profesional
multidisciplinario.
9. LGS. 2009: Artículo 166 Bis 1
Los Cuidados Paliativos se entienden como el
cuidado activo y total de aquellas enfermedades
que no responden a tratamiento curativo. El
control del dolor y de otros síntomas, así como la
atención de aspectos psicológicos, sociales y
espirituales.
10. 2013. Ley General de Salud: Decreto que la reforma en
materia de prestación de servicios de atención médica.
Plan de cuidados paliativos
El conjunto de acciones indicadas, programadas y
organizadas por el Médico tratante,
complementadas y supervisadas por el equipo
multidisciplinario.
11. Fuente: México avanza en el cuidado para enfermos en fase terminal. Presentan norma
oficial para los cuidados paliativos. Diciembre 10, 2014
https://www.hrw.org/es/news/2014/12/10/mexico-avanza-en-el-cuidado-para-enfermos-
en-fase-terminal
“… siete de los 32 estados de México
no tienen ningún tipo de servicio de
cuidados paliativos y en otros 17
estados sólo están disponibles en las
capitales…”
12. NOM-011-SSA3-2014 Dic. 9, 2014
Enfermedades
incurables,
progresivas,
invalidantes e
irremediablemente
fatales
HIV
EPOC
CANCER
ALZHEIMER
PARKINSON
CIRROSIS HEPÁTICA
DIABETES MELLITUS
ENFERMEDAD RENAL
ESCLEROSIS MULTIPLE
ARTRITIS REUMATOIDE
ENFERMEDAD CARDIOVASCULAR
Criterios para la atención de enfermos
en situación terminal a través de
cuidados paliativos.
13. Grunenthal S.A de C.V
Mundipharma S.A de C.V
PiSA Farmacéutica
Diciembre 26, 2014: «Acuerdo por el que el Consejo de
Salubridad General declara la obligatoriedad de los
esquemas de manejo integral de cuidados paliativos, así
como los procesos señalados en la
Guía del Manejo Integral de los Cuidados Paliativos»
14. PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
CONSEJO DE SALUBRIDAD
GENERAL
RECTORIA
UNAM
ISSSTE
7
SECRETARIAS
DE ESTADO
SECRETARIA
DE SALUD
IMSS
ACADEMIA
NACIONAL DE
MEDICINA Y
MEX. DE CIRUGÍA
DIF
Artículo 73,
Fracción XVI
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
SECRETARIOS VOCALES:
SALUD, EDUCACIÓN, ECONOMÍA, HACIENDA, DESARROLLO SOCIAL,
MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.
15. Artículo 4. Son autoridades Sanitarias:
- El Presidente de la República.
- El Consejo de Salubridad General.
- La Secretaría de Salud.
- Los gobiernos de las entidades
federativas, incluyendo el gobierno del D.F.
Art. 15 El CSG es un órgano colegiado que depende
directamente del Presidente de la República y
tiene el carácter de autoridad sanitaria, con
funciones normativas, consultivas y ejecutivas.
Ley General de Salud
16. Enfoque del Acuerdo = Perspectiva y principios de la OMS
sobre Cuidados Paliativos
Aspecto
psicológico
Control de
síntomas
Aspectos
sociales y
espirituales
Individuo y
Familia
17. 1. Aliviar el dolor y otros síntomas.
2. La vida y la muerte como un proceso normal.
3. Ni acelerar ni retrasar la muerte.
4. Integrar los aspectos espirituales y psicológicos.
5. Ofrecer un sistema de soporte para ayudar a los
pacientes a vivir tan activamente como sea posible
hasta la muerte.
Perspectiva y principios de la
67ª Asamblea de la OMS sobre
Cuidados Paliativos. 2014
“Fortalecimiento de los cuidados paliativos como parte
del tratamiento integral a lo largo de la vida”
18. 6. Ayudan a la familia a adaptarse ante la enfermedad
y el duelo.
7. Responden a las necesidades de los pacientes y sus
familias.
8. Mejoran la calidad de vida e influencian
positivamente en el curso de la enfermedad.
9. Aplicarlos precozmente en conjunción con otros
tratamientos.
Perspectiva y principios de la
67ª Asamblea de la OMS sobre
Cuidados Paliativos. 2014
19. CAPITULO 1
Contexto y
generalidades del
manejo del dolor
y cuidados
paliativos
CAPÍTULO 2
Modelos de
atención
CAPÍTULO 3
Manejo
sintomático
CAPÍTULO 5
Marco regulatorio
CAPÍTULO 6
Formación de
recursos humanos
“Guía del
Manejo
Integral de
los
Cuidados
Paliativos” CAPÍTULO 4
Consideraciones
bioéticas