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                               derecho al Derecho
   EDICIÓN                                       Una revista para saber y hacer valer sus derechos
                             N ° 1                                                           L I M A ,   A B R I L   2 0 0 7
 Sepa usted qué es el




                         ¿Qué es el matrimonio?
  matrimonio

 Las dos posibles
  formas de adminis-
  trar el patrimonio:
  “bienes comunes” o       Según nuestro la Ley perua-   es, que ambos esposos se           en común”, es decir, la obli-
  “bienes separados”
                         na, específicamente nuestro     obligan a ayudarse mutua-          gación de vivir juntos en lo
 ¿Existen impedi-       Código Civil, el matrimonio     mente al logro de una vida         que podemos llamar el
  mentos para con-       es la unión voluntaria entre    digna y satisfactoria para los     “hogar conyugal”.
  traer matrimonio?      un varón y una mujer con el     dos.                                 En este “hogar”, ambos es-
                         fin de hacer una vida en         De este deber de asistencia       posos colaboran y se ponen
 Los deberes del        común.                          recíproca, nace, por ejemplo,      de acuerdo para tomar las
  vínculo matrimonial
                          Para casarse, ambos deben      el derecho de solicitar una        decisiones más importantes,
 ¿Qué debo saber si     encontrarse “legalmente ap-     “pensión de alimentos”.            tanto para ellos como para el
  deseo divorciarme?     tos”.                             Un deber muy importante          cuidado de sus hijos.
                         ¿Cuáles son sus conse-          también es el de “hacer vida         Finalmente, una consecuen-
 Las causas específi-
                         cuencias?                                                          cia, que siempre resulta rele-
  cas para demandar
  un divorcio             Del matrimonio nacen obli-                                        vante, es la constitución de lo
                         gaciones y derechos entre los                                      que se llama en términos le-
 ¿Qué pasa con nues-
                         cónyuges y de ellos para con                                       gales “sociedad de ganancia-
  tros hijos?
                         sus hijos.                                                         les”. Esto es, salvo que lo
                                                                                            acuerden de otro modo, to-
                          Entre los deberes tenemos:
                                                                                            dos los bienes que se adquie-
                         el de “fidelidad”, el de
                                                                                            ran después del matrimonio
                         “asistencia recíproca”, esto
                                                                                            les pertenecerán a ambos.




“derecho al Derecho”
                         Primer número de “derecho al Derecho”
es una publicación de
                                        Usted es ahora   en cada número presentará          les de una relación fundamen-
Abogado en Línea.
                                      lector de una      temas jurídicos abordados en       tal: el ’matrimonio’.
Se publica en forma
                                      publicación pio-   forma muy sencilla y clara.         Lo invitamos a descubrir
periódica y se envía
                                      nera en América      Así, con cada entrega, nues-     nuestro primer número, y a
por correo electróni-
co gratuitamente a
                         Latina, “derecho al Dere-       tros lectores se irán familiari-   colaborar con nosotros
sus suscriptores.        cho”, una revista pensada en    zando con importantes temas        haciéndonos llegar sus inquie-
                         usted y en cada persona que     legales presentes en la vida       tudes, las cuales, con el ma-
Sus conceptos se
basan en la legisla-
                         necesite aclarar una o muchas   cotidiana.                         yor gusto, incluiremos en
ción peruana.            dudas de naturaleza legal.                                         nuestros siguientes números.
                                                           En esta edición inaugural,
                          “derecho al Derecho”,          trataremos los aspectos lega-                           El Director
¿Qué pasa con los bienes?
                                Con el acto del matrimo-        Sin embargo, cualquiera      aquellos que tenía en pro-
                               nio, todos los bienes que la   de ellos puede dar “poder”     piedad antes de casarse.
                               pareja adquiera tendrán un     al otro para que asuma          ¿Podemos tener bienes
                               régimen de propiedad           exclusivamente dicha admi-     separados?
                               común, que la Ley llama        nistración.
                                                                                              Antes de casarse, o du-
                               “Sociedad de Gananciales”.      ¿Qué pasa con los bie-        rante el matrimonio, la pa-
                                 Esto significa que ambos     nes que tenía antes de         reja puede elegir un régi-
El matrimonio implica          cónyuges administran este      casarme?                       men distinto: “separación
elegir un régimen para         patrimonio común, y, por         Serán bienes comunes los     de patrimonios”.
los bienes                     tanto, tendrán que interve-    adquiridos después del ma-      En este régimen, cada uno
                               nir en todos los actos que     trimonio. Cada uno conser-     conserva a plenitud la pro-
                               se refieran a su transferen-   va la administración de sus    piedad, administración y
                               cia, por ejemplo.              “bienes propios”, es decir,    disposición de sus bienes.




        “Básicamente el
                               ¿Hay impedimentos para casarse?
             matrimonio         Para casarse, ambos de-       un matrimonio no válido.         enfermedad crónica y
                               ben estar “legalmente          ¿Cuáles son los                  que fuese transmisible.
             impone tres
                               aptos”.                        “impedimentos”?                 Quienes sufren enferme-
                  deberes      ¿Qué significa esto?                                            dad mental crónica.
                                                               No pueden casarse:
       principales: hacer       Que quienes deseen ca-         Los menores de edad,          Los sordomudos, ciego-
                               sarse no se encuentren en        salvo que lo autorice un       sordos y ciegomudos
         vida en común,
                               ninguno de los casos o im-       Juez y el varón no sea         que no puedan expresar
                fidelidad y    pedimentos que la Ley de-        menor de 16 años y la          su voluntad de forma
                               termina.                         mujer menor de 14.             que no cause duda algu-
             asistencia.”
                                De hacerlo, se trataría de                                     na.
                                                               Quienes tuviesen una




                                             Los deberes del matrimonio
                                Como lo explicamos en la       Un deber no menos im-         recíproca”, por el cual
                               definición del matrimonio,     portante, es el de             ambos esposos se obligan a
 El matrimonio es un vínculo   éste es esencialmente la       “fidelidad”; tal vez, el que   apoyar al otro en los ele-
        que impone deberes     decisión de una pareja de      representa un mayor reto       mentos materiales necesa-
                               “hacer vida común”.            para los matrimonios en        rios para una vida digna.
                                Esto explica que el primer    nuestros días, no por ello,      De aquí nace la obligación
                               deber de los esposos sea el    imposible de superar.          de “alimentos”, la cual in-
                               de compartir el llamado         Finalmente, mencionemos       cluye: salud, vestido, habita-
                               “hogar conyugal”.              el deber de “asistencia        ción, recreación y otras.


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N°1                                                                                    PÁGINA            3




Quiero divorciarme, ¿qué debo saber?
  El divorcio no es otra cosa                                           nanciales”, de la cual hemos
que ponerle fin al matrimonio,                                          tratado en la página anterior.
y, por tanto, a sus obligaciones.                                        A esto se llama “separación de        “No me esperes a
  Existen dos posibilidades: que                                        cuerpos”. Según la Ley, después        las doce en el
la pareja desee divorciarse y                                           de dos meses de obtenida la
                                                                                                               juzgado;
exista la voluntad de ambos. En                                         “separación convencional”, se
este caso, se trata de lo que se                                        puede pedir al mismo Juez la           no me digas
llama “separación convencio-                                            conversión de ésta en una              "volvamos a
nal”, “divorcio por mutuo                                               “sentencia de divorcio”, con lo
                                      Además, es necesario en pri-                                             empezar";
acuerdo” o “mutuo disenso”.                                             cual, el vínculo está ya disuelto.
                                     mer lugar pedir a un Juez la                                              yo no quiero ni
 Sin embargo debe tenerse en                                              Desde 2008, el divorcio tam-
                                     suspensión de la obligación de                                            libre ni ocupado,
cuenta que esta modalidad sólo                                          bién puede tramitarse ante No-
                                     hacer vida en común y la liqui-
cabe cuando la pareja lleva más                                         tarías Públicas o Municipalida-        ni carne ni pecado,
                                     dación de la “sociedad de ga-
de dos años de casados.                                                 des.
                                                                                                               ni orgullo ni




                     Causas para el divorcio
                                                                                                               piedad.

                                                                                                               Yo no quiero saber

                                                                                                               por qué lo hiciste;

                                                                                                               yo no quiero

 La otra posibilidad que consi-       El abandono injustificado de       niente al matrimonio.                contigo ni sin ti;
dera la Ley, es la del divorcio si     la casa conyugal.                 Condena a cárcel mayor de            lo que yo quiero,
se configuran lo que la Ley de-       Conducta deshonrosa.               dos años.                            muchacha de ojos
nomina “causales”:
                                      Uso habitual de drogas.           Imposibilidad de hacer vida          tristes,
 El adulterio.
                                      Enfermedad grave de trans-         en común, probada en juicio.         es que mueras por
 Violencia física o psicológica.                                        La separación de hecho por
                                       misión sexual contraída des-                                            mí.”
 Atentar contra la vida del           pués del matrimonio.               más de dos años ininterrum-
                                                                                                                      Joaquín Sabina
  cónyuge.                            Homosexualidad sobrevi-            pidos, o cuatro si tuviesen
 Injuria grave.                                                          hijos menores de edad.




                                                   ¿Y nuestros hijos?
  Si se trata de una separación      pio, a cargo de los niños.           Otro criterio es que los hijos
convencional, serán los cónyu-         Sin embargo, es el bienestar     varones mayores de siete años
ges quienes decidan quien se         de los hijos lo más importante y   quedan a cargo del padre y las
encarga de los niños y las pen-      el Juez apreciará si uno o ambos   hijas menores de edad así como
siones de alimentos.                 cónyuges se encargan de los        los hijos menores de siete años
  Por otro lado, si el divorcio      niños. Incluso, en un caso ex-     al cuidado de la madre; pero,
fue el resultado de una causa        cepcional, se podrían quedar a     como explicamos antes, el Juez
                                                                        podría decidir en un sentido         Lo importante es
específica, el cónyuge que pidió     cargo de otras personas, como
el divorcio se queda, en princi-     los abuelos, hermanos o tíos.      distinto.                            el bienestar de los
                                                                                                             hijos
“derecho al Derecho”, es una revista electrónica que aborda
   Revista 'derecho al Derecho'
                                                       temas jurídicos en una forma sencilla y accesible a un público no
   Calle Los Olivos 123                                especializado.
   Edificio Los Alpes, Dpto. 501                       Usted puede sugerir un tema o formular una consulta jurídica, la
   San Isidro, Lima 27                                 cual será respondida en los números siguientes de la revista.
   Perú                                                El nombre de la revista “derecho al Derecho” y el contenido
                                                       de esta publicación se encuentra protegido por la Ley sobre el
   Teléfono: +51 (1) 302 9901
                                                       Derecho de Autor, Decreto Legislativo Nº 822 y disposiciones
                                                       reglamentarias.
                                                       El contenido de esta revista puede ser reproducido siempre que
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 Para ello, llámenos, en la ciudad de      conflictos o dudas de naturaleza jurídi-
Lima, a nuestra                            ca.
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derecho al Derecho

  • 1. EN ESTA derecho al Derecho EDICIÓN Una revista para saber y hacer valer sus derechos N ° 1 L I M A , A B R I L 2 0 0 7  Sepa usted qué es el ¿Qué es el matrimonio? matrimonio  Las dos posibles formas de adminis- trar el patrimonio: “bienes comunes” o Según nuestro la Ley perua- es, que ambos esposos se en común”, es decir, la obli- “bienes separados” na, específicamente nuestro obligan a ayudarse mutua- gación de vivir juntos en lo  ¿Existen impedi- Código Civil, el matrimonio mente al logro de una vida que podemos llamar el mentos para con- es la unión voluntaria entre digna y satisfactoria para los “hogar conyugal”. traer matrimonio? un varón y una mujer con el dos. En este “hogar”, ambos es- fin de hacer una vida en De este deber de asistencia posos colaboran y se ponen  Los deberes del común. recíproca, nace, por ejemplo, de acuerdo para tomar las vínculo matrimonial Para casarse, ambos deben el derecho de solicitar una decisiones más importantes,  ¿Qué debo saber si encontrarse “legalmente ap- “pensión de alimentos”. tanto para ellos como para el deseo divorciarme? tos”. Un deber muy importante cuidado de sus hijos. ¿Cuáles son sus conse- también es el de “hacer vida Finalmente, una consecuen-  Las causas específi- cuencias? cia, que siempre resulta rele- cas para demandar un divorcio Del matrimonio nacen obli- vante, es la constitución de lo gaciones y derechos entre los que se llama en términos le-  ¿Qué pasa con nues- cónyuges y de ellos para con gales “sociedad de ganancia- tros hijos? sus hijos. les”. Esto es, salvo que lo acuerden de otro modo, to- Entre los deberes tenemos: dos los bienes que se adquie- el de “fidelidad”, el de ran después del matrimonio “asistencia recíproca”, esto les pertenecerán a ambos. “derecho al Derecho” Primer número de “derecho al Derecho” es una publicación de Usted es ahora en cada número presentará les de una relación fundamen- Abogado en Línea. lector de una temas jurídicos abordados en tal: el ’matrimonio’. Se publica en forma publicación pio- forma muy sencilla y clara. Lo invitamos a descubrir periódica y se envía nera en América Así, con cada entrega, nues- nuestro primer número, y a por correo electróni- co gratuitamente a Latina, “derecho al Dere- tros lectores se irán familiari- colaborar con nosotros sus suscriptores. cho”, una revista pensada en zando con importantes temas haciéndonos llegar sus inquie- usted y en cada persona que legales presentes en la vida tudes, las cuales, con el ma- Sus conceptos se basan en la legisla- necesite aclarar una o muchas cotidiana. yor gusto, incluiremos en ción peruana. dudas de naturaleza legal. nuestros siguientes números. En esta edición inaugural, “derecho al Derecho”, trataremos los aspectos lega- El Director
  • 2. ¿Qué pasa con los bienes? Con el acto del matrimo- Sin embargo, cualquiera aquellos que tenía en pro- nio, todos los bienes que la de ellos puede dar “poder” piedad antes de casarse. pareja adquiera tendrán un al otro para que asuma ¿Podemos tener bienes régimen de propiedad exclusivamente dicha admi- separados? común, que la Ley llama nistración. Antes de casarse, o du- “Sociedad de Gananciales”. ¿Qué pasa con los bie- rante el matrimonio, la pa- Esto significa que ambos nes que tenía antes de reja puede elegir un régi- El matrimonio implica cónyuges administran este casarme? men distinto: “separación elegir un régimen para patrimonio común, y, por Serán bienes comunes los de patrimonios”. los bienes tanto, tendrán que interve- adquiridos después del ma- En este régimen, cada uno nir en todos los actos que trimonio. Cada uno conser- conserva a plenitud la pro- se refieran a su transferen- va la administración de sus piedad, administración y cia, por ejemplo. “bienes propios”, es decir, disposición de sus bienes. “Básicamente el ¿Hay impedimentos para casarse? matrimonio Para casarse, ambos de- un matrimonio no válido. enfermedad crónica y ben estar “legalmente ¿Cuáles son los que fuese transmisible. impone tres aptos”. “impedimentos”?  Quienes sufren enferme- deberes ¿Qué significa esto? dad mental crónica. No pueden casarse: principales: hacer Que quienes deseen ca-  Los menores de edad,  Los sordomudos, ciego- sarse no se encuentren en salvo que lo autorice un sordos y ciegomudos vida en común, ninguno de los casos o im- Juez y el varón no sea que no puedan expresar fidelidad y pedimentos que la Ley de- menor de 16 años y la su voluntad de forma termina. mujer menor de 14. que no cause duda algu- asistencia.” De hacerlo, se trataría de na.  Quienes tuviesen una Los deberes del matrimonio Como lo explicamos en la Un deber no menos im- recíproca”, por el cual definición del matrimonio, portante, es el de ambos esposos se obligan a El matrimonio es un vínculo éste es esencialmente la “fidelidad”; tal vez, el que apoyar al otro en los ele- que impone deberes decisión de una pareja de representa un mayor reto mentos materiales necesa- “hacer vida común”. para los matrimonios en rios para una vida digna. Esto explica que el primer nuestros días, no por ello, De aquí nace la obligación deber de los esposos sea el imposible de superar. de “alimentos”, la cual in- de compartir el llamado Finalmente, mencionemos cluye: salud, vestido, habita- “hogar conyugal”. el deber de “asistencia ción, recreación y otras. PÁGINA 2
  • 3. N°1 PÁGINA 3 Quiero divorciarme, ¿qué debo saber? El divorcio no es otra cosa nanciales”, de la cual hemos que ponerle fin al matrimonio, tratado en la página anterior. y, por tanto, a sus obligaciones. A esto se llama “separación de “No me esperes a Existen dos posibilidades: que cuerpos”. Según la Ley, después las doce en el la pareja desee divorciarse y de dos meses de obtenida la juzgado; exista la voluntad de ambos. En “separación convencional”, se este caso, se trata de lo que se puede pedir al mismo Juez la no me digas llama “separación convencio- conversión de ésta en una "volvamos a nal”, “divorcio por mutuo “sentencia de divorcio”, con lo Además, es necesario en pri- empezar"; acuerdo” o “mutuo disenso”. cual, el vínculo está ya disuelto. mer lugar pedir a un Juez la yo no quiero ni Sin embargo debe tenerse en Desde 2008, el divorcio tam- suspensión de la obligación de libre ni ocupado, cuenta que esta modalidad sólo bién puede tramitarse ante No- hacer vida en común y la liqui- cabe cuando la pareja lleva más tarías Públicas o Municipalida- ni carne ni pecado, dación de la “sociedad de ga- de dos años de casados. des. ni orgullo ni Causas para el divorcio piedad. Yo no quiero saber por qué lo hiciste; yo no quiero La otra posibilidad que consi-  El abandono injustificado de niente al matrimonio. contigo ni sin ti; dera la Ley, es la del divorcio si la casa conyugal.  Condena a cárcel mayor de lo que yo quiero, se configuran lo que la Ley de-  Conducta deshonrosa. dos años. muchacha de ojos nomina “causales”:  Uso habitual de drogas.  Imposibilidad de hacer vida tristes,  El adulterio.  Enfermedad grave de trans- en común, probada en juicio. es que mueras por  Violencia física o psicológica.  La separación de hecho por misión sexual contraída des- mí.”  Atentar contra la vida del pués del matrimonio. más de dos años ininterrum- Joaquín Sabina cónyuge.  Homosexualidad sobrevi- pidos, o cuatro si tuviesen  Injuria grave. hijos menores de edad. ¿Y nuestros hijos? Si se trata de una separación pio, a cargo de los niños. Otro criterio es que los hijos convencional, serán los cónyu- Sin embargo, es el bienestar varones mayores de siete años ges quienes decidan quien se de los hijos lo más importante y quedan a cargo del padre y las encarga de los niños y las pen- el Juez apreciará si uno o ambos hijas menores de edad así como siones de alimentos. cónyuges se encargan de los los hijos menores de siete años Por otro lado, si el divorcio niños. Incluso, en un caso ex- al cuidado de la madre; pero, fue el resultado de una causa cepcional, se podrían quedar a como explicamos antes, el Juez podría decidir en un sentido Lo importante es específica, el cónyuge que pidió cargo de otras personas, como el divorcio se queda, en princi- los abuelos, hermanos o tíos. distinto. el bienestar de los hijos
  • 4. “derecho al Derecho”, es una revista electrónica que aborda Revista 'derecho al Derecho' temas jurídicos en una forma sencilla y accesible a un público no Calle Los Olivos 123 especializado. Edificio Los Alpes, Dpto. 501 Usted puede sugerir un tema o formular una consulta jurídica, la San Isidro, Lima 27 cual será respondida en los números siguientes de la revista. Perú El nombre de la revista “derecho al Derecho” y el contenido de esta publicación se encuentra protegido por la Ley sobre el Teléfono: +51 (1) 302 9901 Derecho de Autor, Decreto Legislativo Nº 822 y disposiciones reglamentarias. El contenido de esta revista puede ser reproducido siempre que se cite la fuente. Si usted desea figurar en nuestra base de datos de suscriptores, escríbanos a info@abogadoenlinea.com.pe derecho al Derecho Dirección: Delfín R. Pino Asistente: Masiel Ardian Colaboradores: Talia de La Cruz Juan Pablo Nugent Margarita Somocurcio Consúltenos Encuentre las soluciones legales y la información que necesita para disfru- tar de su tranquilidad. Abogado en Línea es el más inno- vador servicio legal en la red, desde Por ser lector de „derecho al Lima, Perú. Derecho‟, usted recibe nuestra invita- Nuestra web le ofrece la más precisa ción a una consulta jurídica con alguno información necesaria para solucionar de nuestros abogados asociados, sin sus problemas y el acceso a servicios costo alguno. legales de primer nivel que le resolver Para ello, llámenos, en la ciudad de conflictos o dudas de naturaleza jurídi- Lima, a nuestra ca. y más pueden ahora hacerse desde la central telefónica: Visite el portal legal: comodidad del Internet. A parte de 302 9901 www.AbogadoenLinea.com.pe y visite otras muchas ventajas respecto a la sus diferentes secciones, donde los asesoría legal tradicional. (entre 9:00 am y 7:00 pm) problemas legales cotidianos están Usted podrá contar con el detalle También puede concertar una cita es- explicados con sencillez y claridad. cribiéndonos a la dirección electrónica: paso a paso sobre cómo evoluciona su Tome acción y prevenga las dificulta- trámite lo cual de por sí es una gran consultas@abogadoenlinea.com.pe des consultando un abogado especia- ventaja. Usted encontrará una respuesta clara, lista. Si desea soluciones, entonces No espere más, haga click en oportuna y la atención profesional que recorra la variada oferta que tiene la www.AbogadoenLinea.com.pe y vea su caso requiere, en un ambiente de página. todas las ventajas que este servicio cordialidad y confianza. Divorcio, trámites de Peruanos en el ofrece para Usted. Extranjero, Constitución de Empresas