SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 12
qwertyuiopasdfghjklzxcvbnmqwer
tyuiopasdfghjklzxcvbnmqwertyuio
pasdfghjklzxcvbnmqwertyuiopasd
fghjklzxcvbnmqwertyuiopasdfghjkl
            TEORÍA DE LAS
            OBLIGACIONES
zxcvbnmqwertyuiopasdfghjklzxcv
                 Taller


bnmqwertyuiopasdfghjklzxcvbnm
                     16/08/2011

            Adriana Katherin Ávila Torres
            María Camila Daza Leguizamón


qwertyuiopasdfghjklzxcvbnmqwer
              Katerin Chávez González




tyuiopasdfghjklzxcvbnmqwertyuio
pasdfghjklzxcvbnmqwertyuiopasd
fghjklzxcvbnmqwertyuiopasdfghjkl
zxcvbnmqwertyuiopasdfghjklzxcv
bnmqwertyuiopasdfghjklzxcvbnm
qwertyuiopasdfghjklzxcvbnmqwer
tyuiopasdfghjklzxcvbnmqwertyuio
pasdfghjklzxcvbnmqwertyuiopasd
Página |2




                         TALLER




               TEORÍA DE LAS OBLIGACIONES




             ADRIANA KATHERIN ÁVILA TORRES

                        6001121351

             MARÍA CAMILA DAZA LEGUIZAMÓN

                        6001110804

                KATERIN CHÁVEZ GONZALEZ

                        6001110764




                  LUIS HUMBERTO MELO




UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA (TEORÍA DE LAS OBLIGACIONES)




                        BOGOTÁ

                           2010



                  Universidad La Gran Colombia        Grupo: 79
Página |3


                             TALLER TEORÍA DE LAS OBLIGACIONES


1.      ¿En qué consiste la teoría de las obligaciones?


        La teoría de las obligaciones es una ciencia del derecho encargada de estudiar el concepto de

     obligación civil, clases de obligaciones, trayectoria, es decir, su nacimiento, efectos que producen

     como se prueban, como se traspasan de unas personas a otras y su extinción.


2.      Explique la teoría de Marcel Planiol.


        Para empezar, podemos resaltar la importante labor del francés Marcel Planiol para la

     elaboración de la teoría de la obligación, criticando severamente las teorías antiguas y explicando

     la naturaleza de los derechos reales, crediticios y la clasificación de las obligaciones. Marcel

     Planiol consideraba que las obligaciones son parte fundamental de la ciencia jurídica, tanto así

     que la idea de obligación esta presente en todas las relaciones jurídicas, reduciendo al derecho a

     un vínculo obligatorio. Lo anterior es uno de los mayores aportes de Planiol.


        Por otro lado, en cuanto a la determinación de la naturaleza de los derechos reales y

     crediticios expone una teoría unitaria en la cual propone que los derechos reales son “cosa que se

     encuentra sometida completa o parcialmente a una persona” (Aubry & Rau, citado en Ospina

     2008), es decir que los derechos reales implicaban una relación directa y sin intermediario. Sin

     embargo, estos argumentos no son aceptados pues las relaciones jurídicas se dan entre personas,

     para lo cual decir que tal vinculo se crea entre una persona y una cosa es totalmente absurdo ya

     que esta ultima no tiene facultades para responsabilizarse por la obligación. Además, se critica a

     su pensamiento la ausencia de sujeto pasivo y en su corrección se establece que el mundo entero

     actúa como tal asumiendo una obligación de no hacer (abstención), es decir permitir que el titular

     del derecho goce del bien jurídico sin intervención alguna.



                                       Universidad La Gran Colombia                            Grupo: 79
Página |4


        Ahora bien, en cuanto a la clasificación de las fuentes de las obligaciones proponía que

     únicamente a el contrato y a ala ley. El primero es un acuerdo de voluntades entre el acreedor y el

     deudor, agregando que para Planiol no pueden existir los cuasicontratos puesto que son errores de

     Heinneccio, Pothier y Ducarroy. La segunda fuente es la ley que es toda obligación que no deriva

     de un contrato proviene de la ley de de su clasifican en legales en las cuales su fin es evitar una

     lesión o sanción futura y en delictivos que a su vez se dividen en cuasi delictivo y cuasi

     contractuales que reparan un perjuicio ya causado. No obstante este punto de vista es demasiado

     extremista pues le da mucha importancia al contrato y no lo coloca bajo la dependencia de la ley

     haciéndolo fuente autónoma de obligaciones.


3.      Haga una breve reseña de la teoría de las obligaciones


        Las obligaciones se remontan a la época de Roma Antigua, claro esta es importante aclarar

     que en Roma tan solo existió la noción del “obligado” quien tenía que trabajar como esclavo en

     casa de otro lleno de cadenas de allí entendemos el significado de la palabra obligado.


        Así todos los derechos patrimoniales eran vínculos netamente materiales que recaían sobre

     una cosa utilizada por el titular y algunas veces por el esclavo ó obligado. Sin duda factores

     como: descubrimientos científicos, progreso de la instrucción, incremento de la industria y los

     transportes, mayor volumen de transacciones comerciales han generado gran impacto en la teoría

     de las obligaciones impacto que se ve representado en la aparición de nuevas instituciones,

     nuevas teorías como el derecho real y el derecho crediticio y el desarrollo de nuevos términos

     como abuso de derecho, enriquecimiento sin causa, desuso entre otras.


        La teoría de las obligaciones ha sido objeto de varios cambios basta con comparar la teoría

     antigua frente a la teoría moderna para divisar dichos cambios claramente. Por ejemplo en la



                                      Universidad La Gran Colombia                             Grupo: 79
Página |5


     teoría antigua cuando una persona incumplía una obligación la sanción se hacía a su condición

     humana a diferencia de esta en la teoría moderna ya se conoce el concepto de dignidad humana,

     es decir, cambia las obligaciones en las cuales se responde siendo esta el patrimonio.


4.      Esplique las diferencias y similitudes entre la teoría antigua y las modernas.


                                TEORIA ANTIGUA                          TEORIA MODERNA
     SIMILITUDES           Derechos que tenemos directa o        Teoría de Marcel Planiol: ausencia
                           indirectamente sobre una cosa         del sujeto pasivo en el derecho real.
                                    determinada.
                                  Sin intermediario               Teoría de Marcel Planiol: Relación
                                                                   directa entre la cosa y la persona.
     DIFERENCIAS         El derecho creditico esta compuesto      Tanto los derechos reales como los
                           por tres elementos: sujeto pasivo,   crediticios tiene tres elementos: sujeto
                              sujeto activo y el objeto de         activo, sujeto pasivo y objeto del
                              obligación mientras que los                       derecho
                           derechos reales solo por el sujeto
                           pasivo y el objeto de obligación.
                           Cuando las personas incumplían          El conocimiento del concepto de
                         una obligación la sanción se hacia a        dignidad humana cambia las
                          su condición humana, por ejemplo obligaciones en las cuales se responde
                            se cobraba con la libertad o el                son el patrimonio.
                               sufrimiento del individuo.
                                                                 Los derechos reales y crediticios se
                                                                      diferencian por su finalidad
                                                                     socioeconómica (Bonnecase).
                                         Fuente: elaboración propia

5.      Explique el concepto de obligación y sus elementos.


        La obligación es un vínculo jurídico en virtud del cual una persona determinada debe realizar

     una prestación en provecho de otra. Es decir que esta relación existe pata proteger los bienes

     jurídicos. Por otro lado sus elementos son sujeto activo, que es el acreedor o titular del derecho,

     el sujeto pasivo o el deudor, quien se encuentra en necesidad jurídica de procurar acceder al

     beneficio del derecho y la prestación que es el objeto de la obligación. Asa mismo hay varios




                                      Universidad La Gran Colombia                              Grupo: 79
Página |6


     tipos de obligaciones: Obligación de dar (transferencia a cambio de algo), obligaciones de hacer

     (ejecución de un hecho positivo) y la obligaciones de no hacer (abstención).


6.      ¿Cómo se clasifican las obligaciones? Explique cada una de ellas.


         CRITERIO                     CLASIFICACION                              SUBCLASIFICACION

                             Civiles: son aquellas que dan derecho para
                               exigir su cumplimento. Naturales: no
                                  confieren derecho para exigir su
         SANCION            cumplimiento, pero que cumplidas autorizan
                             para retener lo que se ha dado o pagado en
                                            razón de ellas.


                                Puras y simples: son suspendidas de
                              condición alguna sea que ellas hayan sido
                             contratadas sin condición alguna, sea que la
      MODALIDADES            condición bajo la cual lo hayan sido, se haya
                            ya cumplido. Condicionales o aplazo: están
                            sujetas a actos futuros y nacen desde la fecha
                                                pactada.


                                                                              Obligaciones reales o propter rem:
                            Principales: obligaciones que existen por si
                                                                                 acceden a un derecho real y se
                            solas y son independientes. Accesorias: son
      DEPENDENCIA             aquellas que son como consecuencias y
                                                                             caracterizan por que colocan al deudor
                                                                                 en la necesidad de ejecutar una
                              dependientes de la obligación principal.
                                                                                           prestación.


                              Obligaciones de género: en ellas se debe
                             uno o más individuos indeterminados de un
                               género determinado. Obligaciones de
            IDEM            cuerpo cierto o especie: son aquellas en que
                              se debe un individuo determinado de un
                                    género también determinado.


                             Sujetos simples: Cuando el vínculo creado        manera equitativa y el crédito de los
                               por la obligaciones esta conformado de a        acreedores también se reparte de
                              (deudor) y b (acreedor). Sujetos plurales:          manera igual. Obligaciones
          SUJETOS             Cuando los sujetos del vinculo son varios.        solidarias: cuando por parte de
                             ///Obligaciones conjuntas: Se reparten las      aquellos que la han contratado, cuando
                                  obligaciones entre los deudores de           cada uno se obliga por el total: de
                                                                              manera que el pago hecho por uno de




                                        Universidad La Gran Colombia                                     Grupo: 79
Página |7


                                                                             ellos descargue a todos los otros.




                                                                            Obligaciones de hacer: tienen por
                         Obligaciones positivas: cuando su objeto es        objeto un acto positivo del deudor
                          un acto positivo o una prestación stricto             (prestación de un servicio)
      OBJETOS                sensu. Obligaciones negativas: de              Obligaciones de dar: Transferir la
                            abstención (ej. No levantar un muro)           propiedad plena o desmembrada al la
                                                                             desmembración de la propiedad


                          Obligaciones de objeto simple: Su objeto
                                                                           Obligación facultativa: o facultad de
                           consiste en dar, hacer o no hacer. Obliga
                                                                             sustitución, es la posibilidad que el
                           ciones de objeto plural y alternativa: es
                                                                             acreedor otorga al deudor para que,
                         aquella en la que el objeto de la prestación no
        IDEM              esta determinado, ya que al momento de su
                                                                           llegado el momento de cumplir, pueda
                                                                             liberarse realizando una prestación
                            nacimiento existen, varias posibilidades,
                                                                              diferente a la comprometida, debe
                         cualquiera puede ser objeto de cumplimiento
                                                                               pactarse antes del cumplimiento.
                            por el deudor, pero solo una es exigible.


                         Obligaciones divisibles: (las de dinero) Son
                           divisibles las obligaciones susceptibles de
                           división y lo son cuando tienen por objeto
        IDEM                 prestaciones susceptibles de cumplirse
                           parcialmente. Obligaciones indivisibles:
                         (cuerpos – unidades) las que no pueden sufrir
                                         esta modalidad.


                         Obligación de medios: el deudor solamente
                           ha de ponerme medios con la diligencia
                         requerida para el logro de un resultado cuya
        IDEM               realización el no garantiza (ej. Medico –
                         paciente). Obligación de resultado: cuando
                           la obtención de este queda incluida en el
                                       objeto de aquella.

                                        Fuente: elaboración propia

7.   Explique la clasificación de las obligaciones en el código civil.


     Según el artículo 1527 del código civil las oblaciones se clasifican así:


           Las obligaciones son civiles o meramente naturales. Civiles son aquellas que

           dan derecho para exigir su cumplimiento. Naturales las que no confieren



                                     Universidad La Gran Colombia                                      Grupo: 79
Página |8


         derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas autorizan para

         retener lo que se ha dado o pagado, en razón de ellas.

             Tales son:



             1. Las contraídas por personas que, teniendo suficiente juicio y

                 discernimiento, son, sin embargo, incapaces de obligarse según las

                 leyes como los menores adultos no habilitados de edad.


             2. Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción.


             3. Las que proceden de actos a que faltan las solemnidades que la ley

                 exige para que produzca efectos civiles; como la de pagar un legado,

                 impuesto por testamento, que no se ha otorgado en la forma debida.


             4. Las que no han sido reconocidas en juicio, por falta de prueba.


         Para que no pueda pedirse la restitución en virtud de estas cuatro clases de

         obligaciones, es necesario que el pago se haya hecho voluntariamente por el

         que tenía la libre administración de sus bienes.


Articulo 1530: obligaciones condicionales y modales


Artículo 1551: las obligaciones aplazo


Artículo 1556: de las obligaciones alternativas


Artículo 1562: de las obligaciones facultativas


Artículo 1565: de las obligaciones de género


                                 Universidad La Gran Colombia                             Grupo: 79
Página |9


     Artículo 1568: de las obligaciones solidarias


     Articulo 1581: de las obligaciones divisibles e indivisibles


8.       Compare la teoría de M. Planiol con la de Luis Josserand y Colin y Capitant. Explique las

         críticas a las teorías.


         TEORIA DE MARCEL                           TEORIA DE COLIN Y                    TEORIA DE LUIS
                  PLANIOL                                 CAPITANT                          JOSSERAND
     Fuentes de las obligaciones                Fuentes de las obligaciones        Fuentes de las obligaciones
     El contrato: el acuerdo de                  • El contrato                      • los actos jurídicos (contratos
     voluntades entre el acreedor y el           • El compromiso unilateral             y compromisos unilaterales)
     deudor (no pueden existir los               • Los actos ilícitos (delitos y    • Los actos ilícitos (delitos y
     cuasicontratos son errores de                   cuasidelitos)                      cuasicontratos)
     Heinneccio, Pothier y Ducarroy.             • El enriquecimiento injusto       • El enriquecimiento sin causa
     La Ley: Toda obligación que no              • La agencia oficiosa              • La ley
     deriva de un contrato proviene de la
     ley (o. legales: su fin es evitar una
     lesión o sanción futura) (o.
     delictivos, cuasi delictivo y cuasi
     contractuales: reparan un perjuicio
     ya causado)

     Derecho real: cosa que se                                                     Dice que el sujeto pasivo en el
     encuentra sometida completa o                                                 derecho real aparece solo hasta que
     parcialmente a una persona. No                                                es violado.
     tiene intermediario entre persona y                                           Derechos reales: son absolutos,
     cosa es decir una relación directa.                                           oponibles a todos ocasionalmente,
                                                                                   no hay intermediario y es una
                                                                                   relación directa

     Critica                                                                       Critica
          la relación directa no es aceptable                                          El objeto pasivo en los
          jurídicamente pues estos vínculos                                            derechos reales esta presente
          no se dan de persona a cosa sino                                             mucho antes de la perturbación
          entre personas.
                                                                                       del goce del bien jurídico.
          le da mucha importancia al
          contrato y no lo coloca bajo la
                                                                                       No basta la explicación frente
          dependencia de la ley haciéndolo                                             a la sanción impuesta al que
          fuente autónoma de obligaciones.                                             viola el derecho.

                                                  Fuente: elaboración propia

9.       ¿Cuáles son las bases para proponer una teoría filosófico-científica de la obligación?




                                                Universidad La Gran Colombia                               Grupo: 79
P á g i n a | 10


         Toda obligación encuentra su verdadero fundamento en una norma jurídica y ningún hecho

      físico o humano cualquiera que sea su naturaleza puede ser considerado como fuente autónoma

      de aquella. Son erróneas teorías como la clásica y la mayoría de las modernas que señalan que

      hechos como el contrato, el delito, el cuasidelito, enriquecimiento sin causa entre otras

      constituyen en si mismos fuentes de las obligaciones al igual que la ley.


         La ley por si sola tampoco puede ser considerada como fuente incondicional y suficiente de

      las obligaciones, porque toda norma jurídica es esencialmente “hipotética” en el sentido que su

      aplicación presupone necesariamente la existencia de una situación de hecho denominada

      situación jurídica y constituida por uno o más actos jurídicos, o por uno o más hechos jurídicos o

      por combinaciones de unos y otros.


         La teoría sobre la clasificación de las fuentes de las obligaciones en determinado sistema

      positivo no necesita hacer mención especial de la ley, porque esta es factor constante y necesario

      en la producción de cualquier efecto jurídico. Dicha teoría debe concretarse a la clasificación de

      las varias situaciones jurídicas establecidas por el sistema en cuestión para el nacimiento de las

      obligaciones, pero considerando que tales situaciones constituyen siempre manifestaciones

      particulares del acto jurídico y del hecho jurídico.


10.      Comente y explique las fuentes de las obligaciones, según el código civil colombiano, en

         función del acto y hechos jurídicos.


         Según la teoría lógico jurídica implantada en el código civil colombiano el acto jurídico es la

      manifestación de la voluntad directa y el hecho jurídico son hechos físicos y actos voluntarios

      que se producen independientemente del querer de la gente. Teniendo en cuenta lo anterior las

      fuentes del las obligaciones son:



                                          Universidad La Gran Colombia                        Grupo: 79
P á g i n a | 11


      El contrato: concurso real de las voluntades de dos o más personas.


      El cuasicontrato: hecho voluntario licito de la persona que se obliga (herencia).


      El delito: hecho ilícito cometido con la intensión de dañar.


      El cuasidelito o culpa: hecho ilícito cometido son la intención de dañar.


      La ley: es fuente autónoma de ciertas obligaciones, como las existentes entre padres e hijos.


11.      Según el código civil colombiano, comente y explique ¿Qué se entiende por efecto de las

         obligaciones?


         El contrato para las partes que adquieren ese vínculo puede ser inválido por consentimiento

      mutuo o por causas legales en esto consiste el efecto de las obligaciones en que un contrato se

      ambiente en ley para las partes quienes por consiguiente quedan obligadas a cumplir las

      prestaciones acordadas en el.


12.      ¿Qué se entiende por ejecución coactiva y su eficacia d las obligaciones?


         Se entiende por ejecución coactiva a la violencia legítima, facultad que tiene el estado de

      ejercer sobre una persona ley, y cuando este incumpla la ley aprisionarla




                                       Universidad La Gran Colombia                            Grupo: 79
P á g i n a | 12


Bibliografía

Cubides C. & Cubides D., (1999) Obligaciones. Colombia: Ed. Ciencias Jurídicas

Hinestrosa, F., (2007) Tratado de las obligaciones: Concepto, estructura, vicisitudes

, Volumen 1. Colombia: Ed. Universidad Externado de Colombia.
Ospina, F, (2008) Régimen general de las obligaciones. Colombia: Ed. Temis S.A.

Tamayo, L.,(1997) Manual de obligaciones : teoría del acto jurídico y otras fuentes. Colombia:
Ed. Temis S.A.




                                 Universidad La Gran Colombia                           Grupo: 79

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

La Compensación y la Confusión como Formas de Extinguir las Obligaciones
La Compensación y la Confusión como Formas de Extinguir las ObligacionesLa Compensación y la Confusión como Formas de Extinguir las Obligaciones
La Compensación y la Confusión como Formas de Extinguir las ObligacionesABDELBONILLA2015
 
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Marvin Espinal
 
Obligaciones
ObligacionesObligaciones
Obligacionesmedia15
 
Contratos aleatorios (II Bimestre - Derecho Civil IV, Obligaciones y Contratos)
Contratos aleatorios (II Bimestre - Derecho Civil IV, Obligaciones y Contratos)Contratos aleatorios (II Bimestre - Derecho Civil IV, Obligaciones y Contratos)
Contratos aleatorios (II Bimestre - Derecho Civil IV, Obligaciones y Contratos)UTPL UTPL
 
Fuentes de las obligaciones (definicion. estructura)
Fuentes de las obligaciones (definicion. estructura)Fuentes de las obligaciones (definicion. estructura)
Fuentes de las obligaciones (definicion. estructura)lalo2231
 
Modalidades de las obligaciones
Modalidades de las obligacionesModalidades de las obligaciones
Modalidades de las obligacionesTania Lomeli
 
Otras corrientes de pensamiento jurídico: Realismo Jurídico y el Derecho como...
Otras corrientes de pensamiento jurídico: Realismo Jurídico y el Derecho como...Otras corrientes de pensamiento jurídico: Realismo Jurídico y el Derecho como...
Otras corrientes de pensamiento jurídico: Realismo Jurídico y el Derecho como...Luis Taveras Marte
 
CONTRATOS TRASLATIVOS DE USO Y DISFRUT
CONTRATOS TRASLATIVOS DE USO Y DISFRUTCONTRATOS TRASLATIVOS DE USO Y DISFRUT
CONTRATOS TRASLATIVOS DE USO Y DISFRUTYazmín Byz
 
La personalidad jurídica
La personalidad jurídicaLa personalidad jurídica
La personalidad jurídicaHugo Araujo
 
Compendio de Derecho Civil Tomo I - introduccion, personas y familia - rojina...
Compendio de Derecho Civil Tomo I - introduccion, personas y familia - rojina...Compendio de Derecho Civil Tomo I - introduccion, personas y familia - rojina...
Compendio de Derecho Civil Tomo I - introduccion, personas y familia - rojina...Lic Alejandro de los Santos
 
La compraventa mercantil
La compraventa mercantilLa compraventa mercantil
La compraventa mercantilnievesjramosv1
 
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.ARIADNASA
 
Extinción de Las Obligaciones
Extinción de Las ObligacionesExtinción de Las Obligaciones
Extinción de Las ObligacionesHaierve Ve
 

La actualidad más candente (20)

Relación jurídica
Relación  jurídicaRelación  jurídica
Relación jurídica
 
La personalidad jurídica
La personalidad jurídica  La personalidad jurídica
La personalidad jurídica
 
La Compensación y la Confusión como Formas de Extinguir las Obligaciones
La Compensación y la Confusión como Formas de Extinguir las ObligacionesLa Compensación y la Confusión como Formas de Extinguir las Obligaciones
La Compensación y la Confusión como Formas de Extinguir las Obligaciones
 
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
Derecho Civil, Obligaciones y Contratos, Presentación 1
 
Obligaciones
ObligacionesObligaciones
Obligaciones
 
Contratos aleatorios (II Bimestre - Derecho Civil IV, Obligaciones y Contratos)
Contratos aleatorios (II Bimestre - Derecho Civil IV, Obligaciones y Contratos)Contratos aleatorios (II Bimestre - Derecho Civil IV, Obligaciones y Contratos)
Contratos aleatorios (II Bimestre - Derecho Civil IV, Obligaciones y Contratos)
 
Fuente de las obligaciones
Fuente de las obligacionesFuente de las obligaciones
Fuente de las obligaciones
 
Obligaciones
ObligacionesObligaciones
Obligaciones
 
Fuentes de las obligaciones (definicion. estructura)
Fuentes de las obligaciones (definicion. estructura)Fuentes de las obligaciones (definicion. estructura)
Fuentes de las obligaciones (definicion. estructura)
 
Modalidades de las obligaciones
Modalidades de las obligacionesModalidades de las obligaciones
Modalidades de las obligaciones
 
Otras corrientes de pensamiento jurídico: Realismo Jurídico y el Derecho como...
Otras corrientes de pensamiento jurídico: Realismo Jurídico y el Derecho como...Otras corrientes de pensamiento jurídico: Realismo Jurídico y el Derecho como...
Otras corrientes de pensamiento jurídico: Realismo Jurídico y el Derecho como...
 
CONTRATOS TRASLATIVOS DE USO Y DISFRUT
CONTRATOS TRASLATIVOS DE USO Y DISFRUTCONTRATOS TRASLATIVOS DE USO Y DISFRUT
CONTRATOS TRASLATIVOS DE USO Y DISFRUT
 
Donacion
DonacionDonacion
Donacion
 
La personalidad jurídica
La personalidad jurídicaLa personalidad jurídica
La personalidad jurídica
 
Tipos de obligaciones
Tipos de obligacionesTipos de obligaciones
Tipos de obligaciones
 
Compendio de Derecho Civil Tomo I - introduccion, personas y familia - rojina...
Compendio de Derecho Civil Tomo I - introduccion, personas y familia - rojina...Compendio de Derecho Civil Tomo I - introduccion, personas y familia - rojina...
Compendio de Derecho Civil Tomo I - introduccion, personas y familia - rojina...
 
Copropiedad, condominio y tiempo compartido
Copropiedad, condominio y tiempo compartidoCopropiedad, condominio y tiempo compartido
Copropiedad, condominio y tiempo compartido
 
La compraventa mercantil
La compraventa mercantilLa compraventa mercantil
La compraventa mercantil
 
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
 
Extinción de Las Obligaciones
Extinción de Las ObligacionesExtinción de Las Obligaciones
Extinción de Las Obligaciones
 

Destacado

Derecho Civil (Obligaciones)
Derecho Civil (Obligaciones)Derecho Civil (Obligaciones)
Derecho Civil (Obligaciones)cev usb
 
Clase Fuentes de la Obligaciones
Clase Fuentes de la ObligacionesClase Fuentes de la Obligaciones
Clase Fuentes de la ObligacionesElmer
 
Compendio de derecho civil tomo III - teoría general de las obligaciones - ...
Compendio de derecho civil   tomo III - teoría general de las obligaciones - ...Compendio de derecho civil   tomo III - teoría general de las obligaciones - ...
Compendio de derecho civil tomo III - teoría general de las obligaciones - ...Lic Alejandro de los Santos
 
3. los derechos auxilares del acreedor[1]
3. los derechos auxilares del acreedor[1]3. los derechos auxilares del acreedor[1]
3. los derechos auxilares del acreedor[1]Clara Miranda
 
Presentación power point teoria general de las obligaciones
Presentación power point teoria general de las obligacionesPresentación power point teoria general de las obligaciones
Presentación power point teoria general de las obligacionesAURA GUTIERREZ
 
Derecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parte
Derecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parteDerecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parte
Derecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parteROY CHAVARRY
 
derecho romano (II)
derecho romano (II)derecho romano (II)
derecho romano (II)dayaiiriis
 
Fuentes de las obligaciones
Fuentes de las obligacionesFuentes de las obligaciones
Fuentes de las obligacionesRogelio Armando
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesJeank
 
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1edgardoquispe
 
Obligaciones Y Fuentes De Obligaciones en el Derecho Romano
Obligaciones Y Fuentes De Obligaciones en el Derecho RomanoObligaciones Y Fuentes De Obligaciones en el Derecho Romano
Obligaciones Y Fuentes De Obligaciones en el Derecho RomanoCARLOS ANGELES
 
T 1 2 3 las obligaciones fuentes de las obligaciones teoría del incumplimie...
T 1 2 3 las obligaciones  fuentes de las obligaciones  teoría del incumplimie...T 1 2 3 las obligaciones  fuentes de las obligaciones  teoría del incumplimie...
T 1 2 3 las obligaciones fuentes de las obligaciones teoría del incumplimie...santiago serrano
 
(09) obligaciones propter rem
(09) obligaciones propter rem(09) obligaciones propter rem
(09) obligaciones propter remLauraJuliana333
 

Destacado (20)

Derecho Civil (Obligaciones)
Derecho Civil (Obligaciones)Derecho Civil (Obligaciones)
Derecho Civil (Obligaciones)
 
Clase Fuentes de la Obligaciones
Clase Fuentes de la ObligacionesClase Fuentes de la Obligaciones
Clase Fuentes de la Obligaciones
 
Compendio de derecho civil tomo III - teoría general de las obligaciones - ...
Compendio de derecho civil   tomo III - teoría general de las obligaciones - ...Compendio de derecho civil   tomo III - teoría general de las obligaciones - ...
Compendio de derecho civil tomo III - teoría general de las obligaciones - ...
 
3. los derechos auxilares del acreedor[1]
3. los derechos auxilares del acreedor[1]3. los derechos auxilares del acreedor[1]
3. los derechos auxilares del acreedor[1]
 
Régimen general de las obligaciones
Régimen general de las obligacionesRégimen general de las obligaciones
Régimen general de las obligaciones
 
Presentación power point teoria general de las obligaciones
Presentación power point teoria general de las obligacionesPresentación power point teoria general de las obligaciones
Presentación power point teoria general de las obligaciones
 
Libro teoria general de las obligaciones
Libro teoria general de las obligacionesLibro teoria general de las obligaciones
Libro teoria general de las obligaciones
 
Derecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parte
Derecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parteDerecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parte
Derecho civil obligaciones-resumen-de_derecho_civil_ii_1_parte
 
derecho romano (II)
derecho romano (II)derecho romano (II)
derecho romano (II)
 
Fuentes de las obligaciones
Fuentes de las obligacionesFuentes de las obligaciones
Fuentes de las obligaciones
 
Obligaciones
ObligacionesObligaciones
Obligaciones
 
Obligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisiblesObligaciones divisibles e indivisibles
Obligaciones divisibles e indivisibles
 
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1Derecho de obligaciones.  diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
Derecho de obligaciones. diapositivas del dr. edgardo quispe v. parte 1
 
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIÓNES
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIÓNESEXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIÓNES
EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIÓNES
 
Obligaciones Y Fuentes De Obligaciones en el Derecho Romano
Obligaciones Y Fuentes De Obligaciones en el Derecho RomanoObligaciones Y Fuentes De Obligaciones en el Derecho Romano
Obligaciones Y Fuentes De Obligaciones en el Derecho Romano
 
Retroactividad de la ley
Retroactividad de la ley Retroactividad de la ley
Retroactividad de la ley
 
T 1 2 3 las obligaciones fuentes de las obligaciones teoría del incumplimie...
T 1 2 3 las obligaciones  fuentes de las obligaciones  teoría del incumplimie...T 1 2 3 las obligaciones  fuentes de las obligaciones  teoría del incumplimie...
T 1 2 3 las obligaciones fuentes de las obligaciones teoría del incumplimie...
 
Derecho obligaciones
Derecho obligacionesDerecho obligaciones
Derecho obligaciones
 
(09) obligaciones propter rem
(09) obligaciones propter rem(09) obligaciones propter rem
(09) obligaciones propter rem
 
Obligaciones
ObligacionesObligaciones
Obligaciones
 

Similar a Teoria de las obligaciones final (1)

derechos_reales-derechos_reales_y_personales.doctrinas_y__diferencias-rojina.ppt
derechos_reales-derechos_reales_y_personales.doctrinas_y__diferencias-rojina.pptderechos_reales-derechos_reales_y_personales.doctrinas_y__diferencias-rojina.ppt
derechos_reales-derechos_reales_y_personales.doctrinas_y__diferencias-rojina.pptDurnDaniel
 
km,ñ,jnkjlkpjiuhnkjlkjmjjibkljkoñlñnjnjn
km,ñ,jnkjlkpjiuhnkjlkjmjjibkljkoñlñnjnjnkm,ñ,jnkjlkpjiuhnkjlkjmjjibkljkoñlñnjnjn
km,ñ,jnkjlkpjiuhnkjlkjmjjibkljkoñlñnjnjnMercedesBlandon1
 
DERECHO DE LAS OBLIGACIONES 2.ppt
DERECHO DE LAS OBLIGACIONES 2.pptDERECHO DE LAS OBLIGACIONES 2.ppt
DERECHO DE LAS OBLIGACIONES 2.pptUrielGonzalezG
 
DERECHO DE LAS OBLIGACIONES (1).pdf 2024
DERECHO DE LAS OBLIGACIONES (1).pdf 2024DERECHO DE LAS OBLIGACIONES (1).pdf 2024
DERECHO DE LAS OBLIGACIONES (1).pdf 2024arangelica1702
 
PPT_UI_El Derecho de Las Obligaciones
PPT_UI_El Derecho de Las ObligacionesPPT_UI_El Derecho de Las Obligaciones
PPT_UI_El Derecho de Las ObligacionesLorenaGCollantesC
 
Derecho de las obligaciones
Derecho de las obligacionesDerecho de las obligaciones
Derecho de las obligacionescaruchi970
 
Civil iii completo para examen copia
Civil iii completo para examen copiaCivil iii completo para examen copia
Civil iii completo para examen copiaCarolina Abarca
 
Revista digital obligaciones madeline orosco
Revista digital obligaciones madeline oroscoRevista digital obligaciones madeline orosco
Revista digital obligaciones madeline oroscomadelineoroscosaia
 
tarea académica de derecho de obligaciones.docx
tarea académica de derecho de obligaciones.docxtarea académica de derecho de obligaciones.docx
tarea académica de derecho de obligaciones.docxNordiCruz
 
LA CONSOLIDACIÓN EN EL DERECHO CIVIL
LA CONSOLIDACIÓN EN EL DERECHO CIVILLA CONSOLIDACIÓN EN EL DERECHO CIVIL
LA CONSOLIDACIÓN EN EL DERECHO CIVILcqam
 
DERECHO_Y_MORAL.pptx
DERECHO_Y_MORAL.pptxDERECHO_Y_MORAL.pptx
DERECHO_Y_MORAL.pptxybb bb
 
CONTENIDO 3 (1).pptx
CONTENIDO 3 (1).pptxCONTENIDO 3 (1).pptx
CONTENIDO 3 (1).pptxAnthoni7
 

Similar a Teoria de las obligaciones final (1) (20)

derechos_reales-derechos_reales_y_personales.doctrinas_y__diferencias-rojina.ppt
derechos_reales-derechos_reales_y_personales.doctrinas_y__diferencias-rojina.pptderechos_reales-derechos_reales_y_personales.doctrinas_y__diferencias-rojina.ppt
derechos_reales-derechos_reales_y_personales.doctrinas_y__diferencias-rojina.ppt
 
Revista obligaciones
Revista obligacionesRevista obligaciones
Revista obligaciones
 
km,ñ,jnkjlkpjiuhnkjlkjmjjibkljkoñlñnjnjn
km,ñ,jnkjlkpjiuhnkjlkjmjjibkljkoñlñnjnjnkm,ñ,jnkjlkpjiuhnkjlkjmjjibkljkoñlñnjnjn
km,ñ,jnkjlkpjiuhnkjlkjmjjibkljkoñlñnjnjn
 
DERECHO DE LAS OBLIGACIONES 2.ppt
DERECHO DE LAS OBLIGACIONES 2.pptDERECHO DE LAS OBLIGACIONES 2.ppt
DERECHO DE LAS OBLIGACIONES 2.ppt
 
DERECHO DE LAS OBLIGACIONES (1).pdf 2024
DERECHO DE LAS OBLIGACIONES (1).pdf 2024DERECHO DE LAS OBLIGACIONES (1).pdf 2024
DERECHO DE LAS OBLIGACIONES (1).pdf 2024
 
Practica de word
Practica de wordPractica de word
Practica de word
 
PPT_UI_El Derecho de Las Obligaciones
PPT_UI_El Derecho de Las ObligacionesPPT_UI_El Derecho de Las Obligaciones
PPT_UI_El Derecho de Las Obligaciones
 
Derecho de las obligaciones
Derecho de las obligacionesDerecho de las obligaciones
Derecho de las obligaciones
 
Civil iii completo para examen copia
Civil iii completo para examen copiaCivil iii completo para examen copia
Civil iii completo para examen copia
 
dp2
dp2dp2
dp2
 
Unidad 2. Derechos reales y personales
Unidad 2. Derechos reales y personalesUnidad 2. Derechos reales y personales
Unidad 2. Derechos reales y personales
 
Revista digital obligaciones madeline orosco
Revista digital obligaciones madeline oroscoRevista digital obligaciones madeline orosco
Revista digital obligaciones madeline orosco
 
tarea académica de derecho de obligaciones.docx
tarea académica de derecho de obligaciones.docxtarea académica de derecho de obligaciones.docx
tarea académica de derecho de obligaciones.docx
 
LA CONSOLIDACIÓN EN EL DERECHO CIVIL
LA CONSOLIDACIÓN EN EL DERECHO CIVILLA CONSOLIDACIÓN EN EL DERECHO CIVIL
LA CONSOLIDACIÓN EN EL DERECHO CIVIL
 
Apunte de obligaciones
Apunte de obligacionesApunte de obligaciones
Apunte de obligaciones
 
Linea de tiempo
Linea de tiempoLinea de tiempo
Linea de tiempo
 
DERECHO_Y_MORAL.pptx
DERECHO_Y_MORAL.pptxDERECHO_Y_MORAL.pptx
DERECHO_Y_MORAL.pptx
 
CONTENIDO 3 (1).pptx
CONTENIDO 3 (1).pptxCONTENIDO 3 (1).pptx
CONTENIDO 3 (1).pptx
 
Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
 
Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
 

Más de CAMILA DAZA. Estudiante Universidad la Gran Colombia

Más de CAMILA DAZA. Estudiante Universidad la Gran Colombia (20)

RESUMEN: En el camino, jack kerouac
RESUMEN: En el camino, jack kerouacRESUMEN: En el camino, jack kerouac
RESUMEN: En el camino, jack kerouac
 
Mandato civil y mercantil en Colombia. MAPA CONCEPTUAL
Mandato civil y mercantil en Colombia. MAPA CONCEPTUALMandato civil y mercantil en Colombia. MAPA CONCEPTUAL
Mandato civil y mercantil en Colombia. MAPA CONCEPTUAL
 
Analisis sentencia T 572/09
Analisis sentencia  T 572/09 Analisis sentencia  T 572/09
Analisis sentencia T 572/09
 
Analisisa t 501 10
Analisisa t 501 10Analisisa t 501 10
Analisisa t 501 10
 
Lecciones preliminares de filosofia
Lecciones preliminares de filosofiaLecciones preliminares de filosofia
Lecciones preliminares de filosofia
 
Que son los valores. risieri frondizi
Que son los valores. risieri frondiziQue son los valores. risieri frondizi
Que son los valores. risieri frondizi
 
Aplicación de los principios contractuales en los contratos mercantiles
Aplicación de los principios contractuales en los contratos mercantilesAplicación de los principios contractuales en los contratos mercantiles
Aplicación de los principios contractuales en los contratos mercantiles
 
Obligaciones civiles y mercantiles
Obligaciones civiles y mercantilesObligaciones civiles y mercantiles
Obligaciones civiles y mercantiles
 
resumen por capítulos: VIGILAR Y CASTIGAR
resumen por capítulos: VIGILAR Y CASTIGARresumen por capítulos: VIGILAR Y CASTIGAR
resumen por capítulos: VIGILAR Y CASTIGAR
 
Introducción al derecho comercial - Leonardo Espinosa Quintero
Introducción al derecho comercial - Leonardo Espinosa QuinteroIntroducción al derecho comercial - Leonardo Espinosa Quintero
Introducción al derecho comercial - Leonardo Espinosa Quintero
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
Grupos empresariales
Grupos empresarialesGrupos empresariales
Grupos empresariales
 
Procesos declarativos contenido
Procesos declarativos contenidoProcesos declarativos contenido
Procesos declarativos contenido
 
Desestimiento tacito
Desestimiento tacitoDesestimiento tacito
Desestimiento tacito
 
Decreto 508 de 1974
Decreto 508 de 1974Decreto 508 de 1974
Decreto 508 de 1974
 
Cuadro resumen procesos declarativos
Cuadro resumen procesos declarativosCuadro resumen procesos declarativos
Cuadro resumen procesos declarativos
 
Obligaciones condicionales
Obligaciones condicionalesObligaciones condicionales
Obligaciones condicionales
 
La invencion del tercer mundo power point
La invencion del tercer mundo power pointLa invencion del tercer mundo power point
La invencion del tercer mundo power point
 
Teoria economica de la democracia
Teoria economica de la democraciaTeoria economica de la democracia
Teoria economica de la democracia
 
La invension del tercer mundo
La invension del tercer mundoLa invension del tercer mundo
La invension del tercer mundo
 

Teoria de las obligaciones final (1)

  • 1. qwertyuiopasdfghjklzxcvbnmqwer tyuiopasdfghjklzxcvbnmqwertyuio pasdfghjklzxcvbnmqwertyuiopasd fghjklzxcvbnmqwertyuiopasdfghjkl TEORÍA DE LAS OBLIGACIONES zxcvbnmqwertyuiopasdfghjklzxcv Taller bnmqwertyuiopasdfghjklzxcvbnm 16/08/2011 Adriana Katherin Ávila Torres María Camila Daza Leguizamón qwertyuiopasdfghjklzxcvbnmqwer Katerin Chávez González tyuiopasdfghjklzxcvbnmqwertyuio pasdfghjklzxcvbnmqwertyuiopasd fghjklzxcvbnmqwertyuiopasdfghjkl zxcvbnmqwertyuiopasdfghjklzxcv bnmqwertyuiopasdfghjklzxcvbnm qwertyuiopasdfghjklzxcvbnmqwer tyuiopasdfghjklzxcvbnmqwertyuio pasdfghjklzxcvbnmqwertyuiopasd
  • 2. Página |2 TALLER TEORÍA DE LAS OBLIGACIONES ADRIANA KATHERIN ÁVILA TORRES 6001121351 MARÍA CAMILA DAZA LEGUIZAMÓN 6001110804 KATERIN CHÁVEZ GONZALEZ 6001110764 LUIS HUMBERTO MELO UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA (TEORÍA DE LAS OBLIGACIONES) BOGOTÁ 2010 Universidad La Gran Colombia Grupo: 79
  • 3. Página |3 TALLER TEORÍA DE LAS OBLIGACIONES 1. ¿En qué consiste la teoría de las obligaciones? La teoría de las obligaciones es una ciencia del derecho encargada de estudiar el concepto de obligación civil, clases de obligaciones, trayectoria, es decir, su nacimiento, efectos que producen como se prueban, como se traspasan de unas personas a otras y su extinción. 2. Explique la teoría de Marcel Planiol. Para empezar, podemos resaltar la importante labor del francés Marcel Planiol para la elaboración de la teoría de la obligación, criticando severamente las teorías antiguas y explicando la naturaleza de los derechos reales, crediticios y la clasificación de las obligaciones. Marcel Planiol consideraba que las obligaciones son parte fundamental de la ciencia jurídica, tanto así que la idea de obligación esta presente en todas las relaciones jurídicas, reduciendo al derecho a un vínculo obligatorio. Lo anterior es uno de los mayores aportes de Planiol. Por otro lado, en cuanto a la determinación de la naturaleza de los derechos reales y crediticios expone una teoría unitaria en la cual propone que los derechos reales son “cosa que se encuentra sometida completa o parcialmente a una persona” (Aubry & Rau, citado en Ospina 2008), es decir que los derechos reales implicaban una relación directa y sin intermediario. Sin embargo, estos argumentos no son aceptados pues las relaciones jurídicas se dan entre personas, para lo cual decir que tal vinculo se crea entre una persona y una cosa es totalmente absurdo ya que esta ultima no tiene facultades para responsabilizarse por la obligación. Además, se critica a su pensamiento la ausencia de sujeto pasivo y en su corrección se establece que el mundo entero actúa como tal asumiendo una obligación de no hacer (abstención), es decir permitir que el titular del derecho goce del bien jurídico sin intervención alguna. Universidad La Gran Colombia Grupo: 79
  • 4. Página |4 Ahora bien, en cuanto a la clasificación de las fuentes de las obligaciones proponía que únicamente a el contrato y a ala ley. El primero es un acuerdo de voluntades entre el acreedor y el deudor, agregando que para Planiol no pueden existir los cuasicontratos puesto que son errores de Heinneccio, Pothier y Ducarroy. La segunda fuente es la ley que es toda obligación que no deriva de un contrato proviene de la ley de de su clasifican en legales en las cuales su fin es evitar una lesión o sanción futura y en delictivos que a su vez se dividen en cuasi delictivo y cuasi contractuales que reparan un perjuicio ya causado. No obstante este punto de vista es demasiado extremista pues le da mucha importancia al contrato y no lo coloca bajo la dependencia de la ley haciéndolo fuente autónoma de obligaciones. 3. Haga una breve reseña de la teoría de las obligaciones Las obligaciones se remontan a la época de Roma Antigua, claro esta es importante aclarar que en Roma tan solo existió la noción del “obligado” quien tenía que trabajar como esclavo en casa de otro lleno de cadenas de allí entendemos el significado de la palabra obligado. Así todos los derechos patrimoniales eran vínculos netamente materiales que recaían sobre una cosa utilizada por el titular y algunas veces por el esclavo ó obligado. Sin duda factores como: descubrimientos científicos, progreso de la instrucción, incremento de la industria y los transportes, mayor volumen de transacciones comerciales han generado gran impacto en la teoría de las obligaciones impacto que se ve representado en la aparición de nuevas instituciones, nuevas teorías como el derecho real y el derecho crediticio y el desarrollo de nuevos términos como abuso de derecho, enriquecimiento sin causa, desuso entre otras. La teoría de las obligaciones ha sido objeto de varios cambios basta con comparar la teoría antigua frente a la teoría moderna para divisar dichos cambios claramente. Por ejemplo en la Universidad La Gran Colombia Grupo: 79
  • 5. Página |5 teoría antigua cuando una persona incumplía una obligación la sanción se hacía a su condición humana a diferencia de esta en la teoría moderna ya se conoce el concepto de dignidad humana, es decir, cambia las obligaciones en las cuales se responde siendo esta el patrimonio. 4. Esplique las diferencias y similitudes entre la teoría antigua y las modernas. TEORIA ANTIGUA TEORIA MODERNA SIMILITUDES Derechos que tenemos directa o Teoría de Marcel Planiol: ausencia indirectamente sobre una cosa del sujeto pasivo en el derecho real. determinada. Sin intermediario Teoría de Marcel Planiol: Relación directa entre la cosa y la persona. DIFERENCIAS El derecho creditico esta compuesto Tanto los derechos reales como los por tres elementos: sujeto pasivo, crediticios tiene tres elementos: sujeto sujeto activo y el objeto de activo, sujeto pasivo y objeto del obligación mientras que los derecho derechos reales solo por el sujeto pasivo y el objeto de obligación. Cuando las personas incumplían El conocimiento del concepto de una obligación la sanción se hacia a dignidad humana cambia las su condición humana, por ejemplo obligaciones en las cuales se responde se cobraba con la libertad o el son el patrimonio. sufrimiento del individuo. Los derechos reales y crediticios se diferencian por su finalidad socioeconómica (Bonnecase). Fuente: elaboración propia 5. Explique el concepto de obligación y sus elementos. La obligación es un vínculo jurídico en virtud del cual una persona determinada debe realizar una prestación en provecho de otra. Es decir que esta relación existe pata proteger los bienes jurídicos. Por otro lado sus elementos son sujeto activo, que es el acreedor o titular del derecho, el sujeto pasivo o el deudor, quien se encuentra en necesidad jurídica de procurar acceder al beneficio del derecho y la prestación que es el objeto de la obligación. Asa mismo hay varios Universidad La Gran Colombia Grupo: 79
  • 6. Página |6 tipos de obligaciones: Obligación de dar (transferencia a cambio de algo), obligaciones de hacer (ejecución de un hecho positivo) y la obligaciones de no hacer (abstención). 6. ¿Cómo se clasifican las obligaciones? Explique cada una de ellas. CRITERIO CLASIFICACION SUBCLASIFICACION Civiles: son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimento. Naturales: no confieren derecho para exigir su SANCION cumplimiento, pero que cumplidas autorizan para retener lo que se ha dado o pagado en razón de ellas. Puras y simples: son suspendidas de condición alguna sea que ellas hayan sido contratadas sin condición alguna, sea que la MODALIDADES condición bajo la cual lo hayan sido, se haya ya cumplido. Condicionales o aplazo: están sujetas a actos futuros y nacen desde la fecha pactada. Obligaciones reales o propter rem: Principales: obligaciones que existen por si acceden a un derecho real y se solas y son independientes. Accesorias: son DEPENDENCIA aquellas que son como consecuencias y caracterizan por que colocan al deudor en la necesidad de ejecutar una dependientes de la obligación principal. prestación. Obligaciones de género: en ellas se debe uno o más individuos indeterminados de un género determinado. Obligaciones de IDEM cuerpo cierto o especie: son aquellas en que se debe un individuo determinado de un género también determinado. Sujetos simples: Cuando el vínculo creado manera equitativa y el crédito de los por la obligaciones esta conformado de a acreedores también se reparte de (deudor) y b (acreedor). Sujetos plurales: manera igual. Obligaciones SUJETOS Cuando los sujetos del vinculo son varios. solidarias: cuando por parte de ///Obligaciones conjuntas: Se reparten las aquellos que la han contratado, cuando obligaciones entre los deudores de cada uno se obliga por el total: de manera que el pago hecho por uno de Universidad La Gran Colombia Grupo: 79
  • 7. Página |7 ellos descargue a todos los otros. Obligaciones de hacer: tienen por Obligaciones positivas: cuando su objeto es objeto un acto positivo del deudor un acto positivo o una prestación stricto (prestación de un servicio) OBJETOS sensu. Obligaciones negativas: de Obligaciones de dar: Transferir la abstención (ej. No levantar un muro) propiedad plena o desmembrada al la desmembración de la propiedad Obligaciones de objeto simple: Su objeto Obligación facultativa: o facultad de consiste en dar, hacer o no hacer. Obliga sustitución, es la posibilidad que el ciones de objeto plural y alternativa: es acreedor otorga al deudor para que, aquella en la que el objeto de la prestación no IDEM esta determinado, ya que al momento de su llegado el momento de cumplir, pueda liberarse realizando una prestación nacimiento existen, varias posibilidades, diferente a la comprometida, debe cualquiera puede ser objeto de cumplimiento pactarse antes del cumplimiento. por el deudor, pero solo una es exigible. Obligaciones divisibles: (las de dinero) Son divisibles las obligaciones susceptibles de división y lo son cuando tienen por objeto IDEM prestaciones susceptibles de cumplirse parcialmente. Obligaciones indivisibles: (cuerpos – unidades) las que no pueden sufrir esta modalidad. Obligación de medios: el deudor solamente ha de ponerme medios con la diligencia requerida para el logro de un resultado cuya IDEM realización el no garantiza (ej. Medico – paciente). Obligación de resultado: cuando la obtención de este queda incluida en el objeto de aquella. Fuente: elaboración propia 7. Explique la clasificación de las obligaciones en el código civil. Según el artículo 1527 del código civil las oblaciones se clasifican así: Las obligaciones son civiles o meramente naturales. Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento. Naturales las que no confieren Universidad La Gran Colombia Grupo: 79
  • 8. Página |8 derecho para exigir su cumplimiento, pero que cumplidas autorizan para retener lo que se ha dado o pagado, en razón de ellas. Tales son: 1. Las contraídas por personas que, teniendo suficiente juicio y discernimiento, son, sin embargo, incapaces de obligarse según las leyes como los menores adultos no habilitados de edad. 2. Las obligaciones civiles extinguidas por la prescripción. 3. Las que proceden de actos a que faltan las solemnidades que la ley exige para que produzca efectos civiles; como la de pagar un legado, impuesto por testamento, que no se ha otorgado en la forma debida. 4. Las que no han sido reconocidas en juicio, por falta de prueba. Para que no pueda pedirse la restitución en virtud de estas cuatro clases de obligaciones, es necesario que el pago se haya hecho voluntariamente por el que tenía la libre administración de sus bienes. Articulo 1530: obligaciones condicionales y modales Artículo 1551: las obligaciones aplazo Artículo 1556: de las obligaciones alternativas Artículo 1562: de las obligaciones facultativas Artículo 1565: de las obligaciones de género Universidad La Gran Colombia Grupo: 79
  • 9. Página |9 Artículo 1568: de las obligaciones solidarias Articulo 1581: de las obligaciones divisibles e indivisibles 8. Compare la teoría de M. Planiol con la de Luis Josserand y Colin y Capitant. Explique las críticas a las teorías. TEORIA DE MARCEL TEORIA DE COLIN Y TEORIA DE LUIS PLANIOL CAPITANT JOSSERAND Fuentes de las obligaciones Fuentes de las obligaciones Fuentes de las obligaciones El contrato: el acuerdo de • El contrato • los actos jurídicos (contratos voluntades entre el acreedor y el • El compromiso unilateral y compromisos unilaterales) deudor (no pueden existir los • Los actos ilícitos (delitos y • Los actos ilícitos (delitos y cuasicontratos son errores de cuasidelitos) cuasicontratos) Heinneccio, Pothier y Ducarroy. • El enriquecimiento injusto • El enriquecimiento sin causa La Ley: Toda obligación que no • La agencia oficiosa • La ley deriva de un contrato proviene de la ley (o. legales: su fin es evitar una lesión o sanción futura) (o. delictivos, cuasi delictivo y cuasi contractuales: reparan un perjuicio ya causado) Derecho real: cosa que se Dice que el sujeto pasivo en el encuentra sometida completa o derecho real aparece solo hasta que parcialmente a una persona. No es violado. tiene intermediario entre persona y Derechos reales: son absolutos, cosa es decir una relación directa. oponibles a todos ocasionalmente, no hay intermediario y es una relación directa Critica Critica la relación directa no es aceptable El objeto pasivo en los jurídicamente pues estos vínculos derechos reales esta presente no se dan de persona a cosa sino mucho antes de la perturbación entre personas. del goce del bien jurídico. le da mucha importancia al contrato y no lo coloca bajo la No basta la explicación frente dependencia de la ley haciéndolo a la sanción impuesta al que fuente autónoma de obligaciones. viola el derecho. Fuente: elaboración propia 9. ¿Cuáles son las bases para proponer una teoría filosófico-científica de la obligación? Universidad La Gran Colombia Grupo: 79
  • 10. P á g i n a | 10 Toda obligación encuentra su verdadero fundamento en una norma jurídica y ningún hecho físico o humano cualquiera que sea su naturaleza puede ser considerado como fuente autónoma de aquella. Son erróneas teorías como la clásica y la mayoría de las modernas que señalan que hechos como el contrato, el delito, el cuasidelito, enriquecimiento sin causa entre otras constituyen en si mismos fuentes de las obligaciones al igual que la ley. La ley por si sola tampoco puede ser considerada como fuente incondicional y suficiente de las obligaciones, porque toda norma jurídica es esencialmente “hipotética” en el sentido que su aplicación presupone necesariamente la existencia de una situación de hecho denominada situación jurídica y constituida por uno o más actos jurídicos, o por uno o más hechos jurídicos o por combinaciones de unos y otros. La teoría sobre la clasificación de las fuentes de las obligaciones en determinado sistema positivo no necesita hacer mención especial de la ley, porque esta es factor constante y necesario en la producción de cualquier efecto jurídico. Dicha teoría debe concretarse a la clasificación de las varias situaciones jurídicas establecidas por el sistema en cuestión para el nacimiento de las obligaciones, pero considerando que tales situaciones constituyen siempre manifestaciones particulares del acto jurídico y del hecho jurídico. 10. Comente y explique las fuentes de las obligaciones, según el código civil colombiano, en función del acto y hechos jurídicos. Según la teoría lógico jurídica implantada en el código civil colombiano el acto jurídico es la manifestación de la voluntad directa y el hecho jurídico son hechos físicos y actos voluntarios que se producen independientemente del querer de la gente. Teniendo en cuenta lo anterior las fuentes del las obligaciones son: Universidad La Gran Colombia Grupo: 79
  • 11. P á g i n a | 11 El contrato: concurso real de las voluntades de dos o más personas. El cuasicontrato: hecho voluntario licito de la persona que se obliga (herencia). El delito: hecho ilícito cometido con la intensión de dañar. El cuasidelito o culpa: hecho ilícito cometido son la intención de dañar. La ley: es fuente autónoma de ciertas obligaciones, como las existentes entre padres e hijos. 11. Según el código civil colombiano, comente y explique ¿Qué se entiende por efecto de las obligaciones? El contrato para las partes que adquieren ese vínculo puede ser inválido por consentimiento mutuo o por causas legales en esto consiste el efecto de las obligaciones en que un contrato se ambiente en ley para las partes quienes por consiguiente quedan obligadas a cumplir las prestaciones acordadas en el. 12. ¿Qué se entiende por ejecución coactiva y su eficacia d las obligaciones? Se entiende por ejecución coactiva a la violencia legítima, facultad que tiene el estado de ejercer sobre una persona ley, y cuando este incumpla la ley aprisionarla Universidad La Gran Colombia Grupo: 79
  • 12. P á g i n a | 12 Bibliografía Cubides C. & Cubides D., (1999) Obligaciones. Colombia: Ed. Ciencias Jurídicas Hinestrosa, F., (2007) Tratado de las obligaciones: Concepto, estructura, vicisitudes , Volumen 1. Colombia: Ed. Universidad Externado de Colombia. Ospina, F, (2008) Régimen general de las obligaciones. Colombia: Ed. Temis S.A. Tamayo, L.,(1997) Manual de obligaciones : teoría del acto jurídico y otras fuentes. Colombia: Ed. Temis S.A. Universidad La Gran Colombia Grupo: 79