2. 1° Lineamientos sobre la Ley de Seguridad y Salud en el
Trabajo
• Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo – Ley N° 29783 del 19 de agosto de 2011.
• Reglamento de la Ley N° 29783 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo – D.S. 005-2012-TR.
• Con Resolución de Superintendencia N° 000176-2017-MIGRACIONES del 22 de agosto
de2017, se aprobó la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia
Nacional de Migraciones – MIGRACIONES.
3. 1° Lineamientos sobre la Ley de Seguridad y Salud en el
Trabajo
POLÍTICA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
MIGRACIONES considera que su capital más importante son los
trabajadores, para ello, ha establecido como objetivo priorizar la
seguridad y la salud de sus servidores y de aquellos que, no
teniendo vinculo laboral, prestan servicios en MIGRACIONES,
mediante la prevención de riesgos laborales, creando las
condiciones adecuadas para evitar que se produzcan accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales, que pueden afectar su
calidad de vida.
4. 1° Lineamientos sobre la Ley de Seguridad y Salud en el
Trabajo
En tal sentido MIGRACIONES se compromete a:
1. Identificar los peligros, evaluar y controlar los riesgos de seguridad y salud en el
trabajo, con la intención de prevenir los accidentes, incidentes y enfermedades
ocupacionales de nuestros servidores.
2. Garantizar las condiciones de seguridad, salvaguardar la vida, integridad física,
mental, social y el bienestar de los servidores.
3. Promover la participación activa de todos los servidores en la seguridad y salud
en el trabajo, involucrándose en la identificación de posibles riesgos en el lugar
de trabajo, que permitan la aplicación de medidas adecuadas de prevención y
control.
4. Implementar el Sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo
promoviendo la mejora continua del sistema a través de la existencia de canales
de comunicación entre los trabajadores y sus representantes en materia de
seguridad y salud en el trabajo.
5. Cumplir con la normativa vigente en nuestro país, relacionados con la Seguridad
y Salud en el Trabajo.
6. 2° Sistema de Control Interno
¿Qué es el sistema de control interno?
Es el conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas,
registros, procedimientos y métodos, incluido el entorno y actitudes
que desarrollan autoridades y su personal a cargo, con el objetivo de
prevenir posibles riesgos que afectan a una entidad pública.
Se fundamenta en una estructura basada en cinco componentes
funcionales:
1.Ambiente de control
2.Evaluación de riesgos
3.Actividades de control gerencial
4.Información y comunicación
5.Supervisión
8. 3° Sistema de Gestión de Calidad
Con fecha 28/12/2017, la prestigiosa Asociación Española de Normalización y Certificación
(AENOR), concedió a la Superintendencia Nacional de Migraciones la Certificación bajo la
norma ISO 9001:2015 de los procesos:
“Proceso de Emisión de Pasaporte Electrónico” y
“Proceso de Emisión del Carné de Extranjería”
11. 3° Sistema de Gestión de Calidad
Aprobado con
Acta N° 005-2017-
SGC – Comité de
Gestión de
Calidad
12. 4° Sistema de Gestión de Seguridad de la Información
13. 4° Sistema de Gestión de Seguridad de la Información
14. 4° Sistema de Gestión de Seguridad de la Información
TIPS DE ECO EFICIENCIA LABORAL
15. 4° Sistema de Gestión de Seguridad de la Información
TIPS DE ECO EFICIENCIA LABORAL
16. 4° Sistema de Gestión de Seguridad de la Información
TIPS DE ECO EFICIENCIA LABORAL
17. 5° Política de Seguridad y Defensa Nacional
La seguridad es la situación en la cual el Estado tiene garantizado su
independencia, soberanía e integridad y, la población los derechos
fundamentales establecidos en la Constitución.
Esto contribuye a la consolidación de la paz, al desarrollo integral y a
la justicia social, basada en los valores democráticos y en el respeto
a los derechos humanos.
La Defensa Nacional es el conjunto de medidas, previsiones y
acciones que el Estado genera, adopta y ejecuta en forma integral y
permanente, se desarrolla en los ámbitos externo e interno.
Toda persona natural y jurídica está obligada a participar en la
Defensa Nacional.
18. 5° Política de Seguridad y Defensa Nacional
Seguridad y Defensa Nacional
La Política de Seguridad y Defensa Nacional es una Política de
Estado que tiene por finalidad orientar la selección, preparación y
utilización de los medios del Estado para la obtención y
mantenimiento de la Seguridad Nacional, tanto en el frente
externo como en el interno.
Esta política esta constituida por el conjunto de lineamientos
generales para estructurar, coordinar y armonizar los esfuerzos de
los campos de acción del Estado: Defensa y Desarrollo, para hacer
frente a los obstáculos, riesgos, amenazas o desafíos contra la
seguridad y los intereses del Estado.
19. 5° Política de Seguridad y Defensa Nacional
Identificación de amenazas
a. Amenazas Externas
• Las que podrían generarse si se intentaran
aplicar en la subregión Sudamericana doctrinas
de seguridad incompatibles con la vigencia del
derecho internacional.
• Las que podrían surgir de crisis en función de
escasez de recursos naturales de valor
estratégico, tales como recursos vitales.
• El terrorismo, el narcotráfico y la delincuencia
internacional.
20. 5° Política de Seguridad y Defensa Nacional
Identificación de amenazas
b. Amenazas Internas
• Grupos terroristas y subversivos, contrarios
al ordenamiento constitucional, que optan
por la violencia.
• Grupos radicales que promueven la
violencia social y desbordes populares.
• Delincuencia común organizada.
• Trafico ilícito de drogas.
• Corrupción.
• Depredación del medio ambiente.
21. 5° Política de Seguridad y Defensa Nacional
Objetivo y Políticas del Estado para la
Seguridad Nacional
Objetivo:
Permanencia y continuidad de la Nación, del Estado en el que se
organiza y del territorio en el que se asienta, en un marco de paz y
seguridad.
Para alcanzar este único objetivo de seguridad se elaboran dos
políticas:
Políticas:
a. Preservar la independencia, soberanía, integridad del territorio y los
intereses nacionales.
b. Maximizar el poder nacional y proyectarlo, para mantener al país
libre de amenazas o en condiciones de enfrentarlas exitosamente.
22. 5° Política de Seguridad y Defensa Nacional
Objetivos y Políticas del Estado para la
Defensa Nacional
Objetivo
1. Mantenimiento de la independencia, soberanía, integridad
territorial y defensa de los intereses nacionales.
2. Fortalecimiento del sistema político democrático.
3. Condiciones Económico-Estratégicas que aseguren la paz, la
integración y la prosperidad.
4. Fortalecimiento de la conciencia e identidad nacional.
5. Protección y promoción de los intereses nacionales en el ámbito
internacional.
23. 6° Igualdad de Género y Medidas de Prevención y Sanción del
Hostigamiento Sexual
Igualdad de Género
LEY Nº 28983 LEY DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE
MUJERES Y HOMBRES
En su artículo 1°, precisa que la Ley tiene por objeto establecer
el marco normativo, institucional y de políticas públicas en los
ámbitos nacional, regional y local, para garantizar a mujeres y
hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad,
libre desarrollo, bienestar y autonomía, impidiendo la
discriminación en todas las esferas de su vida, pública y
privada, propendiendo a la plena igualdad.
24. 6° Igualdad de Género y Medidas de Prevención y Sanción del
Hostigamiento Sexual
En su artículo 3° e la Ley, el Estado impulsa la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres, considerando
básicamente los siguientes principios:
a) El reconocimiento de la equidad de género, desterrando
prácticas, concepciones y lenguajes que justifiquen la
superioridad de alguno de los sexos, así como todo tipo de
discriminación y exclusión sexual o social.
b) La prevalencia de los derechos humanos, en su concepción
integral, resaltando los derechos de las mujeres a lo largo de
su ciclo de vida.
Igualdad de Género
25. 6° Igualdad de Género y Medidas de Prevención y Sanción del
Hostigamiento Sexual
c) El respeto a la realidad pluricultural, multilingüe y
multiétnica, promoviendo la inclusión social, la
interculturalidad, el diálogo e intercambio en
condiciones de equidad, democracia y
enriquecimiento mutuo.
d) El reconocimiento y respeto a los niños, niñas,
adolescentes, jóvenes, personas adultas y personas
adultas mayores, personas con discapacidad o grupos
etarios más afectados por la discriminación.
Igualdad de Género
26. 6° Igualdad de Género y Medidas de Prevención y Sanción del
Hostigamiento Sexual
El hostigamiento sexual se ejerce
mayoritariamente contra la mujer por lo que
es propiamente una violencia de género.
Se presenta en situaciones de privilegio y
abuso de poder, basado en una cultura en la
cual las mujeres son percibidas como objeto
sexual y subordinadas a los hombres.
El hostigamiento sexual afecta la dignidad de la
mujer con serias implicancias en su salud y
desarrollo de capacidades y potencialidades.
Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual
27. 6° Igualdad de Género y Medidas de Prevención y Sanción del
Hostigamiento Sexual
Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual
El Hostigamiento Sexual tiene efectos directos muy
graves en la persona hostigada, pues menoscaba su
moral y autoestima, originando la pérdida de
interés en el trabajo, la educación, reduce la
productividad; así como efectos indirectos al Estado
pues se incrementa el gasto estatal en la
tramitación de denuncias administrativas y/o
judiciales, aumenta los reclamos por
compensaciones o indemnizaciones, entre otros.
28. 6° Igualdad de Género y Medidas de Prevención y Sanción del
Hostigamiento Sexual
Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual
Al promulgarse la Ley Nº 27942 “Ley de Prevención y Sanción del
Hostigamiento Sexual el 27 de febrero del año 2003, reglamentada por
el D.S. Nº 010-2003-MIMDES del 26/11/2003, la legislación peruana
amplía el marco de protección contra la violencia de género en el
ámbito laboral.
El MIMDES, a través de la Dirección General de la Mujer, busca motivar
a los empleadores y las empleadoras, así como a los trabajadores y las
trabajadoras, no solo el cumplimiento de la norma sino también en la
implementación de una política de prevención que asegure que el lugar
de trabajo, sea siempre un ámbito de trabajo digno con calidad, libre de
Hostigamiento Sexual como un imperativo ético y legal.
29. 6° Igualdad de Género y Medidas de Prevención y Sanción del
Hostigamiento Sexual
Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual
En el artículo 29°, de la Ley Nº 27942 menciona que los actos de
hostigamiento sancionables por el presente procedimiento son
aquellos realizados por funcionarios o servidores públicos,
independientemente del vínculo contractual al que pertenezca
la persona presuntamente hostigada.
En su Art. 33° menciona que de acuerdo a la gravedad de la
falta, los servidores o funcionarios pueden ser sancionados con
suspensión, cese temporal o destitución, previo proceso
administrativo, conforme a los dispuesto por el artóculo 26° de
la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones
del Sector Público.