SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 42
Descargar para leer sin conexión
1
RI 2018
GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN CUSCO
UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CUSCO
EMBLEMÁTICA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
INCA GARCILASO DE LA VEGA
REGLAMENTO INTERNO
CUSCO - PERU
2018
2
RI 2018
PRESENTACION
Siguiendo la idea de que construcción de la escuela que queremos necesita
cambios sistémicos y organizacionales que deben implementarse de manera paulatina.
Que implica a su vez, la promoción y desarrollo de una gestión centrado en un
liderazgo pedagógico tendiente a al logro de aprendizajes fundamentales, basados
en los seis compromisos de gestión.
La Ley Nº 28044 y Reglamento de la Ley General de Educación, establece los
lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruano, las
atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de las
personas y la sociedad en su función educadora, rige todas las actividades educativas
realizadas dentro del territorio nacional, desarrolladas por personas naturales o jurídicas,
públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
Teniendo en cuenta estos propósitos, la Comisión de Actualización y
Reestructuración del Reglamento Interno de la Institución Educativa Emblemática “Inca
Garcilaso de la Vega” del Cusco, pone a consideración el presente documento, el que
constituye un conjunto coherente de normas que reflejan la realidad institucional y
determina armónicamente roles y pautas de conducta de los agentes que participan en
el proceso educativo.
La Comisión
3
RI 2018
REGLAMENTO INTERNO
I. DATOS GENERALES DE LA INSTITUCION
1.1. DATOS INFORMATIVOS
INSTITUCION EDUCATIVA : Emblemática GUE “Inca Garcilaso de la Vega”
DIRECCION : Av. De La Cultura S/N
DISTRITO : Cusco
PROVINCIA : Cusco
REGIÓN : Cusco
1.2. IDENTIFICACION DE LA I.E
CODIGO DE LOCAL : 146187
CODIGO MODULAR : Sec. 0233056 Prim: 0206110
TELEFONO : 403848
WEB : http://www.colegiogarcilasocusco.edu.pe/
DIRECCIÓN ELECTRONICA : dg@colegiogarcilasocusco.edu.pe
NIVEL EDUCATIVO : EBR Primaria - Secundaria
TURNO : Mañana - Tarde
TIPO DE GESTIÓN : Estatal
POBLACIÓN ESTUDIANTIL:
 PRIMARIA : 1589
 SECUNDARIA : 2098
UGEL : Cusco
DRE : Cusco
1.3. EQUIPO DIRECTIVO
DIRECTOR : Prof. Humberto V. Suarez Ríos
PRIMARIA TURNO MAÑANA : Mgt. Herminio Rojas Zavaleta
PRIMARIA TURNO TARDE : Mgt. Antonia Estrada Echarri
FORMACIÓN GENERAL I : Mgt. Danilo, Jiménez Revollar
FORMACIÓN GENERAL II : Lic. Manuel, Condori Condori
FORMACION TECNICA : Lic. Marcelino, Arque Nina
ADMINISTRACION : Mgt. Edgard, Zavaleta
1.4. TALENTO HUMANO
JERARQUICOS : 19
DOCENTES PRIMARIA : 60
DOCENTES SECUNDARIA : 95
AUXILIARES DE EDUCACION : 14
ADMINISTRATIVOS : 32
PSICOLOGOS : 02
ENFERMERAS : 02
PROMOTORES PNP : 02
1.5. VISION- MISION
VISIÓN:
Visión al 2021: Institución Educativa Acreditada. Actores educativos comprometidos. Estudiantes competentes,
auténticos y felices con un sólido proyecto ético de vida orientados al buen vivir. Formación técnica y humanística
certificada. Gestión participativa, sostenible y eco eficiente.
MISIÓN:
“Formar ciudadanos competentes para el buen vivir o allin kausay”
PRINCIPIOS QUE ORIENTAN NUESTRA EXISTENCIA Y TRABAJO
 Llankay o Allin Ruray: Trabaja, trabaja bien
 Yachay o Allin Yachay: Aprende, aprende bien
 Sonqoy o Allin Munay : Ama a la madre tierra, ama al prójimo, quiere bien
OBJETIVOS ESTRATEGICOS AL 2021
1. Alcanzar la acreditación de la calidad de procesos y resultados educativos
2. Construir, compartir y encarnar la identidad institucional entre todos los actores educativos de la I.E.
3. Construir y compartir espacios seguros y saludables.
4. Establecer y encarnar una gestión participativa, por procesos, resultados y ecoeficiente
5. Formar hombres competentes, amantes de la libertad y felicidad con un sólido proyecto ético de vida
personal fundamentados en el allinta llankay (trabaja bien), el allinta yachay (aprende bien), allinta munay
(quiere bien) para el buen vivir o allín kausay.
4
RI 2018
REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EMBLEMATICA
“INCA GARCILASO DE LA VEGA” DE CUSCO
TITULO PRELIMINAR
NUESTRAS NORMAS DE CONVIVENCIA
ARTÍCULO I. Somos puntuales a la hora de ingreso, salida, cambio de hora, receso y en todas las
actividades de nuestra institución educativa.
ARTICULO II. Tratamos con respeto a las autoridades, colegas, compañeros, padres de familia y
demás miembros de nuestro colegio excluyendo toda forma de violencia.
ARTICULO III. Utilizamos adecuadamente y cuidamos el mobiliario, equipamiento y otros bienes
de nuestro colegio.
ARTICULO IV. Contribuimos a mantener limpio las aulas y los demás espacios de nuestro colegio
dejando los desperdicios en los tachos de basura.
ARTICULO V. Cuidamos nuestra presentación e higiene personal, mostrando buen
comportamiento dentro y fuera de nuestra institución.
ARTICULO VI. Participamos activa, responsable y oportunamente en el desarrollo de las sesiones
de aprendizaje y otras actividades programadas en nuestra institución.
ARTICULO VII. Evitamos el consumo de alimentos y bebidas no saludables dentro y fuera de las
aulas.
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
DE LA UBICACIÓN, DEPENDENCIA, NIVELES Y SERVICIOS
Art. 1. Ubicación, dependencia, niveles y servicios.
La institución educativa emblemática “INCA GARCILASO DE LA VEGA” fue creado mediante
Resolución De Creación N° R. S. Nº 1605 el 24 de agosto de 1949, está ubicado en Av. De la
Cultura s/n del distrito, provincia y región Cusco, La institución educativa tiene una extensión de
50 000 m2. Se ubica a los 13º 30´ de Latitud Sur y a los 72º00¨ de Longitud Oeste a partir del
meridiano de Greenwich, depende administrativamente de la Unidad de Gestión Educativa Local
de Cusco y DREC-C, ofrece servicio educativo en los niveles de educación básica regular; primaria
y secundaria y básica alternativa; inicial, intermedio y avanzado, y la modalidad de CETPRO. Con
servicio en los turnos mañana, tarde y nocturna.
CAPÍTULO II
DEL CONTENIDO Y ALCANCES
Art. 2. Contenido:
El presente Reglamento Interno es el documento normativo de la Institución Educativa “Inca
Garcilaso de la Vega” del Distrito, Provincia y Departamento del Cusco. El mismo que tiene su
base axiológica en los Principios de la Educación Peruana, al mismo tiempo tiene que priorizarse
los valores éticos fundamentales las cuales tienen que interiorizarse y practicarse cotidianamente,
por todos los miembros de la comunidad educativa, entre estos están: la solidaridad, la igualdad,
la responsabilidad, el respeto y la puntualidad.
5
RI 2018
Art. 3. Alcance:
El Reglamento Interno Norma las Funciones y Actividades de los Agentes Educativos de nuestro
plantel; Equipo directivo, jerárquico, docentes, administrativos, estudiantes, padres de familia, ex
alumnos, y demás estamentos.
CAPÍTULO III
DE SUS PRINCIPIOS. MISION Y VISION
Art. 4. Nuestros principios
La I.E. Emblemática es una institución centrada en formar un estudiante responsable, solidario,
competitivo y líder. Basado en la puntualidad y participación.
Art. 5. Nuestra Misión y Visión
5.1. Nuestra Misión
Nuestra Misión:
“Formar Ciudadanos Competentes, una Sólida Formación Técnica – Humanística y Poseedores de un
Proyecto de Vida Exitoso.
5.2. Nuestra Visión
Nuestra Visión a junio del 2021:
Institución Educativa Emblemática Acreditada. Talento Humano Comprometido y Apasionado por un
Servicio Educativo de Alta Calidad y una Formación Técnica y Humanística Competitivo y Certificado.
Estudiantes Seducidos por un Sólido Proyecto Ético de Vida, distinguidos por su coraje en la búsqueda del
bien común, la excelencia y el emprendimiento. Asumimos con pasión, un modelo de gestión:
Democrático, Participativo, por Procesos, Resultados, Sostenible y Eco eficiente.
CAPITULO IV
DE LOS FINES Y OBJETIVOS
Art. 6. La Institución Educativa Emblemática “Inca Garcilaso de la Vega” de Cusco es una
institución de derecho público, que no tiene fines de lucro y excluye toda forma de discriminación.
Art. 7. Presta servicios educativos en los niveles de educación: primaria y secundaria en educación
básica regular y en forma escolarizada, asimismo en modalidades de EBA Y CETPRO.
Art. 8. Lograr estudiantes altamente competitivos, con un sólido proyecto de vida personal y
social, caracterizado por la búsqueda del bien común la excelencia y el emprendimiento.
Art. 9. Inculcar en los estudiantes con el ejemplo, la puntualidad, responsabilidad, solidaridad,
CAPÍTULO V
BASES LEGALES Y ALCANCES
Art. 10. Base legal: Constituyen base legal del presente reglamento:
a) Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su Modificatoria D.S. Nº 013-2004-ED,
6
RI 2018
b) Ley N° 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales
c) Ley N° 27337, Código de los niños y adolescentes.
d) Ley N° 29944, Ley de reforma magisterial.
e) Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General
f) Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.
g) Ley N° 27815, Ley del código de ética de la función pública
h) Ley Nº 28628, Ley que Regula la Participación de las APAFAS en las Institución
Educativa Publicas.
i) Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones
educativas.
j) Ley Nº 28119, Ley que prohíbe el Acceso de Menos Edad a páginas Web de contenido
Pornográfico y a Cualquier otra forma de Comunicación en Red de Igual contenido, en las
Cabinas Públicas de Internet .
k) D.S. Nº 009-2005-ED, Reglamento de la carrera Administrativa
l) D.S. Nº 010-2012-ED, Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia
sin violencia en las instituciones educativas.
m) D.S. Nº 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación.
n) D.S. N° 033-2005-PCM, Reglamento de la Ley N° 27815, código de ética de la
función pública
o) D.S. N° 016-2002-ED, Reglamento de la Asociación de Padres de Familia (APAFA).
p) D.S. Nº 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias.
q) R.D. Nº 0343- 2010 ED, Normas para el desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación
Educativa en las Direcciones Regionales de Educación.
r) R.M. N° 0519-2012-ED, Lineamientos para la prevención y protección de las y los
estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas.
s) R.M. N° 0547-2012-ED “Marco del Buen Desempeño Docente para Docentes de
Educación Básica Regular”
t) RSG. N° 364-2014-MINEDU Lineamientos para la implementación de la estrategia
nacional contra la violencia escolar, denominada paz escolar en las instancias de gestión
educativa descentralizada.
u) Resolución Ministerial Nº ….. “Directiva para el Año Escolar 2018”.
v) R.M. Nº 0045-2009-ED, que aprueba las Normas para la distribución, Recepción,
Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de Educación Básica Regular;
Módulos de Comprensión Lectora (Textos, Cuadernos de Trabajo y Manuales Para
Docentes).
Art. 11. Alcance: El presente Reglamento Interno Norma las Funciones y Actividades de los
Agentes Educativos de nuestra Institución Educativa; Equipo directivo, jerárquico, docentes,
administrativos, estudiantes, padres de familia, ex alumnos, y demás estamentos.
TITULO II
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
CAPITULO VI
DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO
Art. 12.- De la estructura de la Institución Educativa
La institución educativa Inca Garcilaso de la vega del Cusco tiene la siguiente estructura orgánica:
a) ÓRGANO DE LA DIRECCIÓN.
 Dirección general.
 Sub-Direcciones.
b) ORGANO CONSULTIVO Y DE ASESORAMIENTO.
 Concejo Educativo Institucional (CONEI)
 Equipo Directivo.
c) ORGANO DE APOYO.
7
RI 2018
 Sub Dirección de Administración.
d) ORGANO DE EJECUCIÓN.
 Equipo de Docentes
 Coordinación de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar.
 Asesorías de Áreas Educativas.
 Jefaturas de laboratorio.
 Auxiliares de Educación.
e) ORGANO DE PARTICIPACION.
 Parlamento Estudiantil Garcilasiano
 Consejo directivo de estudiantes en cada aula
 Municipio Escolar.
 Asociación de Padres de Familia.
 Comités de Aula de padres de familia.
 Asociación de ex alumnos.
Art. 13.- Las funciones específicas de cada órgano son:
a) El Órgano de Dirección. Es el responsable de la organización y funcionamiento de la
Institución Educativa, así como de conducir el desarrollo de las acciones educativas de
acuerdo a la Visión, Misión, Propuesta de Gestión, y Propuesta Pedagógica del Proyecto de
Desarrollo Institucional.
b) El Órgano de participación, concertación y vigilancia. Contribuye a la promoción y
ejercicio de una gestión educativa de calidad con carácter transparente, moral y democrático,
orientado a fortalecer las capacidades decisorias del Director de la Institución Educativa.
c) El Órgano Técnico-Pedagógico. es responsable de las acciones educativas, así como de
brindar los servicios que posibiliten o crean las condiciones favorables para lograr la
formación integral de los educandos y/o participantes en base a la Propuesta Pedagógica, los
Objetivos, Valores, Principios planteados en el PEI y el Proyecto Curricular de Centro.
d) El Órgano de Apoyo. el encargado de brindar servicios administrativos y conexos,
proporcionando oportunamente los recursos necesarios para el adecuado desarrollo de las
acciones educativas.
e) El Órgano de Coordinación. es el órgano de ejecución que armoniza los criterios para la
formulación, ejecución, supervisión del plan anual y selecciona alternativas que contribuyan
al desarrollo de las actividades técnico-pedagógicas y administrativas del plantel.
f) El órgano de Participación. es el responsable de contribuir en el mejoramiento, calidad y
eficiencia de los servicios educativos
CAPITULO VII
DE LA ESTRUCTURA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA
Art. 14.- La estructura de la Institución Educativa emblemática “Inca Garcilaso de la Vega” es el
siguiente:
8
RI 2018
UGEL - CUSCO
UGEL - CUSCO
DIRECCION
I.E. “INCA GARCILASO DE LA VEGA”
CONEI
SECRETARIA
APAFA
SUB DIRECCION
AREA
ADMINISTRATIVA
CETPRO
IGV
SUB DIRECCION
AREAS
TECNICAS
SUB DIRECCION
PRIMARIA
ADULTOS
SUB DIRECCION
SECUNDARIA
ADULTOS
SUB DIRECCION
FORM. GENERAL
II PERIODO
SUB DIRECCION
FORM. GENERAL
I PERIODO
SUB DIRECCION
PRIMARIA
MENORES T.
TARDE
SUB DIRECCION
PRIMARIA
MENORES T.
MAÑANA
PROFESORES
DE AULA
PROFESORES DE
AULA
SECRETARIA
GENERAL
PROFESORES
DE ED. FISICA
PROFESORES DE
ED. FISICA AUTOMOTRIZ
PROFESORA
COMPUTACION
PROFESORA
COMPUTACION
MECANICA
J. TALLER
AUTOMOTRIZ
PCEI
COMITÉ DE
AULA
COMITÉ DE
AULA
AUXILIAR DE
EDUCACION
AUXILIAR DE
EDUCACION
CENTRO DE
RECURSOS
EDUCATIVOS
COORDINACION
DE TOE
COORDINACION
DE
ACTIVIDADES
ELECTRICIDAD
SOLDADURA
ELECTRICIDAD
MECANICA
COMPUTACION
SOLDADURA
CARPINTERIA
CARPINTERIA
COMPUTACION
JEFE DE
LABORATORIO
I I PERIODO
JEFE DE
LABORATORIO
I PERIODO
IND. VESTIDO
ELECTRONICA
ELECTRONICA
CONTABILIDAD
IND. VESTIDO
CONTABILIDADC. T. A
MESA DE
PARTES
TOPICO
TESORERIA
CERTIFICACION
EVALUACION
ED. F.
SOCIALES
REALIGIÓN
PROF. EDUC.
FISICA
PROFESORES
DE AULA
PROFESORESPROFESORES
DE AULAPROF. EDUC.
ARTISTICA
PROFESORES
DE AULA
ABASTECIMIENTOS
PERSONAL DE
SERVICIO
ALUMNOS DE AREAS TECNICASALUMNOS SECUNDARIA MENORES
AUXILIAR
BIBLIOTECA
AUXILIAR
EDUCACION
AUXILIAR
LABORATORI
O
AUXILIAR
LABORATORI
O
BANDA DE
MUSICOS
PROF. RELIGION
PROF. IDIOMA
EXTRANEJRO
ALUMNOS PRIMARIA
MENORES ALUMNOS
PROFESORES
9
RI 2018
TITULO III
DE LA GESTION PEGAGOGICA
CAPITULO VIII
DE LA CALENDARIZACION Y HORARIO ACADEMICO
Art. 15. El año escolar se inicia el primer día hábil del mes de marzo y termina el 31 de diciembre
y se calendariza de acuerdo a la norma técnica aprobada por el Ministerio de Educación y se
reajusta según directivas emanadas de la UGEL Cusco.
Art. 16. De acuerdo a la Norma técnica del año escolar, en el mes de diciembre, el personal
Directivo, Jerárquico, Docente y administrativo de la Institución Educativa, realizan el
planeamiento y la organización de las actividades para el siguiente año lectivo, cuya labor será
asumida por cada nivel.
Art. 17.- El período de planeamiento y organización, comprende las siguientes acciones:
a) Matrícula.
b) Evaluación de recuperación y subsanaciones.
c) Reformulación del Plan Anual de Trabajo para los Mejoramientos de los Aprendizajes
(PATMA).
d) Elaboración del cuadro de distribución de horas de clase y programación de fechas de entrega
y/o información de notas.
e) Formulación y elaboración de las programaciones curriculares anuales, unidades y sesiones
de aprendizaje, por grados y áreas.
f) Preparación y distribución de nóminas de alumnos por grados y secciones.
g) Distribución del Calendario Cívico Escolar, de acuerdo a la agenda de actividades.
h) y demás acciones precisadas en la norma técnica del año escolar aprobada por el Ministerio
de Educación.
Art. 18.- De la jornada laboral del alumnado. La jornada de trabajo para los alumnos es de lunes
a viernes, en los dos turnos (mañana y tarde) y en dos niveles (Primaria y Secundaria), y en EBA
y CETPRO según su naturaleza, como también se trabajará los días sábados si en caso hubiera
necesidad y pérdida de horas de clase, esto con el objetivo de dar cumplimiento a las horas
programadas según nivel y modalidad.
Art. 19.- El tiempo de labor del nivel Primaria está distribuido de la siguiente manera:
TURNO MAÑANA TURNO TARDE
Horario Normal:
Primera hora de 07:50 a.m. a 08:20 a.m. 13:00p.m a 13:30 p.m.
Segunda hora de 08:20 a.m. a 08:50 a.m. 13:30 p.m a 14:00 p.m.
Tercera hora de 08:50 a.m. a 09:20 a.m. 14:00 p.m a 14:15 p.m.
1er Receso de09:20a.m. a09:40 a.m. 14:15 p.m a 14:45 p.m.
Cuarta hora de 09:40 a.m. a 10:10 a.m. 14:45 p.m. a 15:15 p.m.
10
RI 2018
Quinta hora de 10:10 a.m. a 10:40 a.m. 15:15 p.m. a 15:30 p.m.
2do Receso de 10:35 a.m. a 10:30 p.m. 15:30 p.m a 16:00 p.m.
Sexta hora de 11: 30 p.m. a 12:00 p.m. 16:00p.m a 16:30 p.m.
Sétima hora de 12:00 p.m. a 12:30 p.m. 16:30p.m a 17:00 p.m.
Horario de invierno:
Primera hora de 08:00 a.m. a 08:40 a.m. 13:00 p.m a 13:40 p.m.
Segunda hora de 08:40 a.m. a 09:20 a.m. 13:40 p.m a 14:20 p.m.
Tercera hora de 09:20 a.m. a 10:00 a.m. 14:20 p.m a 15:00 p.m.
Cuarta hora de 10:00 a.m. a 10:40 a.m. 15:00 p.m a 15:40 p.m.
Receso de 10:40 a.m. a 11:00 a.m. 15:40 p.m a 16:00 p.m.
Quinta hora de 11:00 a.m. a 11:40 p.m. 16:00 p.m a 16:40 p.m.
Sexta hora de 11:40 p.m. a 12:20 p.m. 16:40 p.m a 17:20 p.m.
Sétima hora de 12:20 p.m. a 13:00 p.m. 17:20 p.m a 18:00 p.m.
Art. 20.- El tiempo de labor del nivel Secundario está distribuido de la siguiente manera:
TURNO MAÑANA TURNO TARDE
Horario Normal:
Primera hora 07:40 a.m. a 08:25 a.m. 13:00p.m a 13:45 p.m.
Segunda hora 08:25 a.m. a 09:10 a.m. 13:45p.m a 14:30 p.m.
Tercera hora 09:10 a.m. a 09:55 a.m. 14:30p.m a 15:15 p.m.
Cuarta hora 09:55 a.m. a 10:40 a.m 15:15 p.m. a 16:00 p.m.
Receso 10:40 a.m. a 11:00 a.m. 16:00 p.m. a 16:15 p.m.
Quinta hora 11:00 a.m. a 11:40 p.m. 16:0 p.m a 16:55 p.m.
Sexta hora 11: 40 p.m. a 12:20 p.m. 16:55 p.m a 17:35 p.m.
Sétima hora 12:20 p.m. a 13:00 p.m. 17:35 p.m a 18:15 p.m.
HORARIO DE INVIERNO:
Primera hora 08:00 a.m. a 08:40 a.m. 13:00 p.m a 13:40 p.m.
Segunda hora 08:40 a.m. a 09:20 a.m. 13:40 p.m a 14:20 p.m.
Tercera hora 09:20 a.m. a 10:00 a.m. 14:20 p.m a 15:00 p.m.
11
RI 2018
Cuarta hora 10:00 a.m. a 10:40 a.m. 15:00 p.m a 15:40 p.m.
Receso 10:40 a.m. a 11:00 a.m. 15:40 p.m a 15:55 p.m.
Quinta hora 11:00 a.m. a 11:40 a.m. 15:55p.m a 16:35 p.m.
Sexta hora 11:40 p.m. a 12:20 a.m. 16:35p.m a 17:15 p.m.
Sétima hora 12:20 p.m. a 13:00 p.a. 17:15p.m a 17:55 p.m.
CAPITULO IX
DEL PROYECTO CURRICULAR DE LA INSTITUCION
Art. 21.- El proyecto curricular de la institución será formulada por el equipo directivo tomando
en cuenta las necesidades, intereses de los estudiantes y la naturaleza de la institución educativa.
Es flexible y dinámico.
Art. 22.- El proyecto curricular formulado de la institución debe ser articulado entre el nivel
primaria y secundaria. Asimismo, se formulará tomando en cuenta el equipamiento de los talleres
y laboratorios.
CAPITULO X
DE LA PROGRAMACION Y DESARROLLO CURRICULAR
Art. 23.- La Institución Educativa Emblemática “Inca Garcilaso de la Vega” aplicará los planes de
estudio y los programas curriculares, oficiales vigentes de educación básica regular en los niveles
Primaria y Secundaria de menores, EBA Y CETPRO.
Art. 24.- La Programación Curricular en Educación Primaria y Secundaria será elaborada por el
docente de grado y/o ciclo-área en forma colegiada, diversificando y adecuando según a las
necesidades de los estudiantes y entregarán en forma física y virtual a la subdirección
correspondiente el primer día hábil del mes de marzo de cada año.
Art. 25. En el desarrollo del proceso enseñanza- aprendizaje, el docente utilizará estrategias que
promuevan la participación activa de los estudiantes y enfoque de derechos, partiendo siempre de
situaciones significativas.
Art. 26. Las tareas a domicilio serán excepcionales, siempre dosificadas, motivadoras, ágiles y
compatibles con las posibilidades y limitaciones de los estudiantes.
CAPITULO XI
DE LA EVALUACION Y RECUPERACION ACADEMICA
Art. 27. La evaluación de los educandos es permanente, continuo, sistemático, participativo y
flexible, que forma parte del proceso de enseñanza-aprendizaje y de acuerdo a las disposiciones
indicadas en la norma técnica que rige el año escolar. La evaluación del aprendizaje tiene dos
finalidades:
a) Formativa, donde el docente proporciona información continua, luego de un análisis
interpretación y valoración a fin de regular y realimentar los procesos de enseñanza y de
aprendizaje en coherencia con las necesidades, intereses y ritmos de aprendizaje y
característica de los estudiantes.
12
RI 2018
b) Informativa, que permita que las familias y la sociedad esté, informados de los resultados
académicos de los estudiantes para involucrarse en acciones educativas que posibiliten el
éxito de los mismos en la institución educativa y en su proyecto de vida.
Art. 28.- El uso de Registro auxiliar por los docentes es obligatorio en todas las sesiones de
aprendizaje.
Art. 29.- Los educandos y padres de familia del nivel primario y secundario, deben ser informados
de los resultados de aprendizajes durante cada trimestre, al término del mismo y del año escolar.
Las pruebas escritas serán aplicadas en clase y sus resultados serán informados a los padres de
familia para su control, el docente obligatoriamente archivara las pruebas de cada estudiante.
Art. 30.- Los docentes, al término de cada trimestre, registrarán las notas al sistema SIAGIE Y
entregarán bajo responsabilidad los registros auxiliares y los informes respectivos a la
Subdirecciones correspondientes.
Art. 31. Los Reportes de Información de resultados de evaluación serán entregados a los Padres
de Familia según cronograma establecido en la agenda por los respectivos docentes o tutores.
Art. 32.- Los aspectos vinculados a la promoción y repitencia, así como a los programas de
recuperación pedagógica o evaluación de recuperación, se establecen de acuerdo a la normatividad
respectiva.
CAPITULO XII
ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO TUTORIAL
Art. 33.- La tutoría y orientación educativa es un servicio al estudiante. La designación de tutores
y la organización y metodología se realiza conforme la normatividad especial vigente en esta
materia emanada del ministerio de educación.
Art. 34.- Funciones del Coordinador de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar:
a) Mostrar una conducta ejemplar dentro y fuera de la Institución Educativa, removiendo con su
ejemplo la disciplina y convivencia escolar.
b) Velar por la interiorización y el cumplimiento de las normas de convivencia y disciplina
establecidas en la Institución Educativa.
c) Verificar que los tutores lleven un registro escrito actualizado del comportamiento de los
estudiantes que incluya sus desempeños positivos y negativos.
d) Dirigir el Consejo de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar para contribuir a que las
actividades de tutoría y orientación educativa fortalezcan la convivencia y disciplina escolar
y, mediante la orientación grupal e individual.
e) Reunirse periódicamente con los profesores, tutores, asesores, profesores de aula (primaria) y
auxiliares de educación con el propósito de evaluar la convivencia y disciplina y así como
coordinar las acciones pertinentes para su mejoramiento.
f) Proponer a la Dirección de la Institución Educativa, estímulos y sanciones a los estudiantes,
de acuerdo al Reglamento Interno de la I.E. y el Reglamento de Convivencia Escolar
Democrática, luego de reunión del Consejo.
13
RI 2018
g) Recepcionar y canalizar las iniciativas de la Comunidad Educativa dirigidas a mejorar la
disciplina escolar.
h) Mediar en la solución de los conflictos que pudieran suscitarse en la Institución Educativa o
Programa.
Art. 35.- Funciones de los tutores; Son funciones de los docentes tutores:
a) Planificar, desarrollar y evaluar las actividades de la hora de tutoría, teniendo en cuenta las
áreas de la tutoría.
b) Coordinar con el cotutor del aula sobre estrategias de mejora de comportamientos
inadecuados de sus estudiantes.
c) Velar por el cumplimiento y la interiorización de las normas mediante la orientación
educativa permanente de manera grupal e individual.
d) Desarrollar en sus estudiantes el respeto hacia su propia persona, a sus pares, a los
profesores, padres, autoridades y demás personas con las que interactúen.
e) Promover las normas de respeto mutuo en las relaciones interpersonales.
f) Desarrollar en sus estudiantes las habilidades sociales de comunicación y resolución de
conflictos.
g) Organizar las siguientes organizaciones estudiantiles: Parlamento estudiantil garcilasiano,
Consejo directivo de estudiantes de cada aula, fiscalías escolares, DESNA, Policía escolar,
municipio escolar.
h) Organizar conjuntamente con el cotutor a los estudiantes para participar en las actividades
programadas en el PAT de la institución.
i) Otras precisadas en la normatividad vigente.
Art. 36.- Funciones de los cotutores. En el nivel secundaria, Los cotutores son docentes que no
tienen hora de tutoría, son designados por el sub Director, para fines de apoyo al tutor de la sección
y sus funciones son:
a) Organizar a los estudiantes en coordinación con el tutor para participar en las actividades
programadas en el PAT de la institución.
b) Conformar el comité de aula de los estudiantes y padres de familia en coordinación con el
tutor del aula.
CAPITULO XIII
DE LOS PROYECTOS DE INNOVACION PEDAGOGICA
Art. 37. La formulación y propuesta de proyectos de innovación pedagógica es iniciativa del
equipo directivo, jerárquico y docente de la Institución Educativa Emblemática Inca Garcilaso de
la Vega.
Art. 38.- Los proyectos de innovación pedagógica se proponen en la primera semana de marzo de
cada año y será aprobado mediante resolución para su inclusión en el PAT de la institución.
14
RI 2018
Art. 39.- El personal directivo, jerárquico o docente que propone y ejecuta un proyecto de
innovación pedagógica será reconocido mediante Resolución y premiado por la institución
educativa.
Art. 40.- La institución educativa promueve la implementación y funcionamiento de aulas de
innovación pedagógica en cada nivel y área curricular, designando un docente responsable.
Art. 41.- Funciones del Docente de aula de Innovaciones Pedagógicas:
Su labor realiza en el Aula de Innovaciones Pedagógicas, depende de los Sub Directores de
Primaria y Formación General.
a) Promueve uso de tecnología de Información y Comunicación en la institución educativa a fin
de optimizar el servicio y mejorar la calidad educativa.
b) Desarrollar, ejecutar y supervisar, con fines educativos, una red nacional, moderna, confiable,
con acceso a todas las fuentes de información y capaz de transmitir contenidos de multimedia,
a efectos de mejorar la calidad educativa en las zonas rurales y urbanas.
c) Garantizar la conectividad de los centros educativos con criterio de equidad y facilitar las
prestaciones técnicas en función de las necesidades educativas.
d) Articular y coordinar acciones intersectoriales y con otros organismos que permitan ampliar
la cobertura de los servicios educativos utilizando Tecnologías de Información y
Comunicación y Televisión Educativa.
e) Establecer lineamientos para la implementación de la plataforma tecnológica en las
instituciones educativas, en lo que corresponde a las aulas de innovación u otros ambientes en
los que debe impulsarse la integración de las TIC.
f) Difundir, promover y aplicar los planteamientos pedagógicos de la Dirección General de
Tecnologías Educativas en su Institución Educativa.
g) Incentivar a los docentes y estudiantes de la Institución Educativa en el desarrollo y
producción de materiales educativos, el trabajo colaborativo en la Institución Educativa y con
otras Instituciones Educativas permitiendo el aprovechamiento pedagógico de las TIC.
h) Orienta y asesora a los alumnos en la construcción de sus aprendizajes, en coordinación con
el docente del área.
i) Apoya al desarrollo de la cultura de las telecomunicaciones lo que significa capacitar a los
alumnos en la utilización de correo electrónico, tele conferencias, tele videos, etc.
j) Organiza capacitación para los docentes de la institución educativa emblemática Gran Unidad
Escolar “Inca Garcilaso de la Vega”.
k) Diseña y mantiene actualizada la página web de la Institución Educativa.
l) Realiza otras funciones a fines al cargo que desempeña.
CAPITULO XIV
DE LOS MATERIALES Y BIBLIOTECA ESCOLAR
Art. 42.- La biblioteca escolar constituye el principal aliado del trabajo pedagógico de los
docentes, es donde se gestiona, organiza y distribuye a los estudiantes y docentes oportunamente
todos los materiales educativos a su cargo de la institución, está a cargo de un coordinador.
Art. 43.- Funciones de la Coordinación del CRAE-Biblioteca:
Es el Docente Bibliotecario quien será el responsable de la conducción del CRAE – Biblioteca.
Depende del Director de la Institución Educativa y cumple las siguientes funciones:
15
RI 2018
a) Planificar, organizar, ordenar y mantener los recursos para que sean fácilmente accesibles y
utilizables. Pone en funcionamiento del CRAE y del servicio de biblioteca de acuerdo con las
necesidades y características de la institución educativa del que forma parte la biblioteca.
b) Establecer canales de difusión de la información en el centro educativo, que contribuyan a la
creación de una fluida red de comunicación interna.
c) Seleccionar, adquirir y procesar técnicamente las colecciones y demás materiales educativos,
de acuerdo con las normas establecidas.
d) Diseñar y llevar a cabo un proyecto de biblioteca escolar e idear actividades que favorezcan
el uso de la biblioteca y contribuyan a su dinamización.
e) Elaborar materiales diversos (reglamentos, normas etc.) además colaborar con el docente en
el diseño de materiales curriculares.
f) Promocionar la lectura como medio de entretenimiento y de ocio, para desarrollar en los
alumnos habilidades y destrezas en la elección de sus lecturas en diferentes soportes.
g) Participar en la capacitación de los alumnos en el uso de las fuentes de información. Deberá
organizar actividades para que los alumnos sean capaces de realizar la búsqueda, selección y
tratamiento de la información en diferentes tipos de documentos según su naturaleza, soporte,
complejidad o grado de elaboración.
h) Orientar a los alumnos el sentido de responsabilidad y el espíritu de solidaridad, ya que
comparten un patrimonio común cuya conservación depende en buena parte de ellos.
i) Recepcionar, seleccionar y codificar técnicamente los textos del sistema de banco de libros
del ministerio de educación y demás materiales educativos de la institución de acuerdo con
las normas establecidas.
j) Organiza y coordina las actividades del club de amigos de la biblioteca, lectura, ajedrez y
otros allegados a la biblioteca.
k) Coordina y programa con los docentes la utilización racional del material bibliográfico en
apoyo a los planes y programas curriculares.
l) Difunde a través de cartillas de información a los docentes, alumnos, usuarios etc. Sobre el
material de la biblioteca y la utilización racional de estos, así como prepara bibliografías,
boletines, guías de difusión y otros.
m) Coordina con otras bibliotecas escolares, publicas etc., asuntos de interés común en beneficio
de la institución educativa.
n) El docente bibliotecario es responsable de la programación, organización, funcionamiento,
evaluación, mantenimiento y conservación de los equipos y medios audiovisuales del
ambiente del CRAE.
o) Gestiona el carnet de biblioteca para los alumnos de la institución al inicio del año académico
para el préstamo del material bibliográfico del CRAE.
p) Elabora la relación de materiales bibliográficos y equipos necesarios para la biblioteca
informando a cada uno de los docentes por áreas.
16
RI 2018
q) Firma y autoriza la documentación de la biblioteca a su cargo, y resuelve problemas generados
por los usuarios.
r) Autoriza el préstamo de libros a domicilio solo cuando sea necesario al personal de la
institución y usuarios plenamente identificados.
s) Promueve aportes y donaciones de material bibliográfico y audiovisual y la adquisición
permanente de por lo menos un diario oficial Local, Nacional y el diario El Peruano,
seleccionando las normas correspondientes al sector educación.
t) Establece el horario de atención en coordinación al horario del alumnado desde las 8.00 a.m.
a 18.00 p.m. en forma permanente.
u) Promueve hábitos de lectura intensiva y ejecuta actividades culturales, concursos, talleres de
lectura, ajedrez etc., en la institución educativa.
v) Planifica, organiza, coordina las actividades del comité de biblioteca, comisión consultiva,
etc.
Art. 44.- Funciones del Auxiliar de Biblioteca:
Depende del Coordinador del Centro de Recursos para el Aprendizaje Educativo CRAE-
Biblioteca.
a) Ejecuta tareas relacionadas con los servicios de la biblioteca (sala de lectura).
b) Lleva control estadístico de los servicios de la biblioteca.
c) Cumple funciones que le asigne el Coordinador del CRA-Biblioteca de la Institución
Educativa.
CAPITULO XV
DEL CALENDARIO CIVICO
Art. 45.- El calendario cívico escolar se formula según la norma técnica para el desarrollo del año
escolar, tomando en cuenta que algunas actividades por su naturaleza (día del maestro y el
aniversario institucional) se deben llevar a cabo en un solo acto, con la participación de todos los
niveles y modalidades.
Art. 46.- La programación y ejecución está a cargo del coordinador de actividades y el equipo
directivo.
CAPITULO XVI
DE LAS ACTIVIDADES RECREATIVAS Y DEPORTIVAS
Art. 47.- El personal docente y administrativo gozará de las facilidades para organizar, y participar
en programas deportivos, culturales, sociales y científicos propios de su especialidad, siempre y
cuando no interrumpa su jornada laboral.
Art. 48.- El Director de la Institución Educativa en coordinación con los docentes del área de
educación física organizará por lo menos un paseo o programa de visitas o actividades de
esparcimiento donde participa el personal docente y administrativo.
Art. 49.- Es política prioritaria de la institución promover actividades deportivas entre estudiantes,
docentes y administrativos.
17
RI 2018
TITULO III
DE LA GESTION ADMINISTRATIVA Y ORGANIZATIVA
CAPITULO XVII
DE LA MATRICULA Y HORARIO DEL PERSONAL
Art. 50.- Del Ingreso y matrícula. La matrícula es el proceso que consiste en establecer las
acciones y formalidades relacionadas con el acceso e ingreso de los alumnos, para cursar
oficialmente estudios en la institución educativa con sujeción a las Normas vigentes.
Art. 51.- La matrícula se efectúa por única vez al ingresar al primer grado de educación primaria
y/o secundaria y procede para quienes hayan cumplido con los requisitos exigidos de acuerdo a la
Norma y por excepción con la autorización de la Sub Dirección respectiva.
Art. 52.- Son requisitos para el traslado de matrícula en el primer grado de primaria y secundaria:
a) Certificado de estudios del nivel inmediato anterior.
b) Ficha única de matrícula.
c) Presencia del padre o apoderado del alumno.
d) Partida o certificado de nacimiento en original.
e) Dos fotografías de frente, tamaño carnet.
Art. 53.- Para traslado de matrícula de alumnos procedentes de otras Instituciones Educativas,
además de los requisitos establecidos, presentarán ficha única de matrícula y podrán matricularse
siempre y cuando existan vacantes.
Art. 54.- El Sub Director está obligado a la atención de la matrícula de los alumnos sin
discriminación ni preferencia alguna, procediendo a matricular a los alumnos expuestos al
abandono, peligro físico o moral, dando cuenta de este hecho a la Dirección General.
Art. 55.- Ingresará al primer grado de secundaria los alumnos no mayores de quince años de edad
que tengan concluido satisfactoriamente el sexto grado de educación primaria.
Art. 56.- La desaprobación del alumno en el grado, no es causal para negar la ratificación de la
matrícula en el mismo plantel. Sin embargo, el padre de familia firmara un acta de compromiso de
apoyo a su menor hijo.
Art. 57.- Si el traslado es de la Institución Educativa a otra institución, el interesado presentará la
constancia de vacante otorgado por la Institución de destino.
CAPITULO XVIII
DEL PEI Y DEL PAT
Art. 58.- El PEI como instrumento de gestión es formulado a mediano y largo plazo por iniciativa
del equipo directivo, con participación de todos los actores de la institución. Es flexible, abierto y
progresivo.
Art. 59.- El PAT de la institución educativa es formulado en forma participativa, tomando en
cuenta el PEI de la institución, planteando acciones y actividades para hacer realidad la propuesta
pedagógica y propuesta de gestión planteadas.
CAPITULO XIX
18
RI 2018
DE LOS DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL
Art. 60.- Funciones del director de la institución educativa. Son Funciones del Director de la
Institución Educativa:
a) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo en
coordinación con el equipo directivo.
b) Conduce la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan
Anual de Trabajo y Reglamento Interno, de manera participativa.
c) Diseña, ejecuta y evalúa proyectos de innovación pedagógica y de gestión,
experimentación e investigación educativa.
d) Aprueba, por Resolución Directoral, los instrumentos de gestión de la Institución
Educativa.
e) Promueve y preside el Consejo Educativo Institucional.
f) Coordina con la asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos, de conformidad con
lo establecido la ley que regula la participación de la APAFA.
g) Estimula el buen desempeño docente estableciendo en la Institución Educativa prácticas y
estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias
exitosas.
h) Promover en el ámbito de su competencia, acuerdos, pactos, consensos con otras
instituciones u organizaciones de la comunidad y cautelar su cumplimiento.
i) Velar por el mantenimiento y la conservación del mobiliario, equipamiento e
infraestructura de la institución educativa, y gestionar la adquisición y/o donación de
mobiliario y equipamiento así como la rehabilitación de la infraestructura escolar.
j) Presidir el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal
docente y administrativo.
k) Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la Institución y
representarlo legalmente.
l) Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan espacios de ínter aprendizaje y reflexión,
así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes y el servicio
educativo en el marco del PEI.
m) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrículas, visitas de estudio,
excursiones y expedir certificados de estudio. Dentro de lo normando, aprobar las nóminas
y actas, rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos pedagógicos
oficiales, así como las exoneración de áreas y aplicación de pruebas de ubicación, asimismo
autorizar exámenes de convalidación y revalidación.
n) Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado y coordinar acciones de ayuda con
diversas instituciones.
o) Formular el presupuesto del Centro Educativo y velar por la correcta administración de los
recursos propios informando a la autoridad competente del Ministerio de Educación.
19
RI 2018
p) Adjudicar la administración de kioscos y cafetines y autorizar el uso eventual de otros
ambientes y/o equipos del centro Educativo
q) Estimular y organizar la participación de los alumnos de la I.E. en eventos deportivos y
culturales, convocados por el MED y otras instituciones.
r) Desarrollar acciones de capacitación del personal.
s) Otras funciones inherentes a su cargo y los que se le asigne por norma específica del sector.
Art. 61.- De las funciones de los sub directores. Son funciones de los Sub-Directores:
a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación del PEI, Plan de Trabajo y Proyecto
Curricular de Centro y demás Instrumentos de Planeación Estratégica.
b) Programar, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones técnico-pedagógicas y
administrativas.
c) Orientar el trabajo de Asesores, Jefe de Laboratorio, Bibliotecario, brindando asesoramiento
d) Programar y realizar jornadas de actualización para el personal a su cargo.
e) Establecer los horarios y turnos de trabajo
f) Controlar la asistencia y puntualidad del personal a su cargo disponer el reemplazo de los
ausentes con los asesores o docentes disponibles.
g) Informar trimestralmente al Director, a los profesores, alumnos y padres de familia sobre el
desarrollo de proceso de enseñanza aprendizaje.
h) Organizar las actividades de recuperación académica del educando.
i) Informar periódicamente al Director sobre la situación de la sub dirección a su cargo.
j) Emitir la primera semana de cada mes la consolidación de la asistencia e inasistencia del
personal docente y/o administrativo.
k) Encargar la Sub-Dirección en caso de ausencia al personal que le sigue en jerarquía.
l) Cumplir demás funciones que la superioridad le encomienda.
Art. 62.- Funciones De Los Sub Directores De Formación General I, II y de Áreas Técnicas.
Las Sub Direcciones de Formación General y de Áreas Técnicas, pertenecen al órgano de dirección
encargado del aspecto técnico pedagógico; depende del Director. Son funciones del Sub Director
de Formación General I, II y Áreas Técnicas.
a) Participar en la formulación y evaluación del PEI, Plan Anual de Trabajo y Proyecto
Curricular de Centro y demás Instrumentos de Planeación Estratégica.
b) Planifica, organiza, supervisa y evalúa las actividades técnico -pedagógicas del Área de su
competencia de acuerdo a los lineamientos curriculares en coordinación con el Director, Sub-
Directores, Asesores y Coordinadores de Área. Es el líder pedagógico por excelencia.
20
RI 2018
c) Monitorea, supervisa, asesora y acompaña el trabajo de los Coordinadores, Asesores, Jefes de
Talleres, Jefes de Laboratorio, Biblioteca y Docentes, según las funciones que establece el
reglamento.
d) Elaborar el cronograma de entrega de libretas en coordinación con la Sub Dirección de
Administración.
e) Organizar la distribución de horas en coordinación con los asesores de área, estando a su cargo
la distribución de horas de las áreas que no tiene asesoría.
f) Programa y realiza jornadas de fortalecimiento de capacidades para los docentes,
trimestralmente.
g) Convoca a los docentes, por cada área curricular cada dos meses a reuniones técnico –
pedagógicas con el propósito de evaluar el trabajo realizado y reprogramar acciones.
h) Coordina la elaboración de documentos para la evaluación del educando, asimismo la
elaboración de cuadros estadísticos y gráficos referentes al rendimiento. Publica el cuadro de
méritos de los alumnos trimestralmente y toma medidas para el mejoramiento continuo.
i) Organizar las evaluaciones de recuperación, subsanación y cargo.
j) Mantiene actualizada las nóminas de matrículas, respetando los procedimientos
administrativos, vigilando la adecuada administrativa del SIAGIE. Supervisa la correcta
elaboración de las actas: finales, de recuperación y subsanación.
k) Informa a la Dirección y a los padres de familia en forma trimestral, sobre resultados de la
evaluación de los educandos, en base a los informes recibidos de los Asesores y Jefes de
Taller.
l) Controla la Asistencia en coordinación con la administración general y permanencia diaria
del personal a su cargo, así como otorga los permisos respectivos, según lo establece el
presente reglamento.
m) Ejecuta el cronograma del trabajo pedagógico conforme al plan de estudios y el cuadro de
distribución de horas, horario de clases y turnos de acuerdo a la normatividad vigente. Así
como vela por el cumplimiento de las horas efectivas de clase.
n) Coordina con el Director en el aspecto técnico pedagógico de su competencia e informa las
acciones de su gestión, al finalizar de cada semestre, siendo responsable del día del logro en
la institución educativa dando a conocer al consejo académico y al CONEI.
o) Elaborar el cuadro de méritos de los alumnos por bimestres en coordinación con los tutores
de cada sección.
p) Desarrollar acciones de sensibilización a la comunidad educativa en la conservación y
mantenimiento de la infraestructura, ambientes, equipos, mobiliario y material educativo
dando algunas orientaciones al personal de servicio.
q) Vela por el orden y disciplina en la Institución Educativa Emblemática Gran Unidad Escolar
Inca Garcilaso de la Vega Cusco, coordinando con el Comité de disciplina y convivencia
escolar.
21
RI 2018
Art. 63.- Funciones de los sub directores de EBR primaria. Son funciones del Sub Director de
Primaria de Menores:
a) Cumplir por delegación funciones técnico pedagógicas y administrativas del Director de la
Institución Educativa.
b) Delegar algunas funciones específicas del Nivel al profesor de turno en caso de ausencia del
titular.
c) Registrar bajo cargo la devolución de los documentos correspondientes a la matrícula del
educando que ha egresado del Nivel.
Art. 64.- Funciones del sub director de educación básica alternativa. Son funciones del Sub
Director de la modalidad de Educación Básica Alternativa:
a) Cumplir por delegación de funciones técnico - pedagógicas y administrativas del Director de
la Institución Educativa de la modalidad a su cargo.
b) Cumplir con las funciones que se indican en los incisos inherentes a su cargo.
c) Fomentar un agradable Clima Institucional entre todos los miembros de la comunidad
educativa a su cargo, redundando en la buena marcha de la institución.
Art. 65.- Funciones del sub director de administración:
a) Programar, organizar, coordinar, dirigir y evaluar las actividades de carácter administrativo,
económico y financiero tendientes a la provisión de recursos para el óptimo funcionamiento
del colegio.
b) Organizar el archivo de escalafón del personal y documentos
c) Formular el Plan Anual de Trabajo del área y el cuadro de necesidades de la planta física,
infraestructura y requerimientos de la administración tomando en cuenta las sugerencias del
personal docente priorizando las necesidades inmediatas.
d) Organizar, actualizar y administrar el inventario físico de todos los bienes del colegio, así
como el registro de altas y bajas remitiéndolas a la superioridad, disponiendo lo conveniente
para su conservación y seguridad y poner el inventario a disposición del personal docente,
administrativo y de servicio que lo solicite.
e) Administrar el abastecimiento de bienes, mantenimiento de maquinarias suministros y
recursos propios generados mediante disposiciones legales vigentes y particularmente de
actividades productivas elevando la contabilidad correspondiente
f) Racionalizar y administrar la infraestructura del Centro Educativo proponiendo al Director lo
conveniente previa coordinación con los Sub-Directores.
g) Racionalizar y supervisar el trabajo el trabajo del personal administrativo y el personal de
servicio
h) Promover la capacitación permanente del personal a su cargo
i) Administrar el proceso de matrícula, certificación del alumnado y usuarios.
22
RI 2018
j) Realizar la recepción y verificación de los bienes ingresados al almacén de acuerdo a las
especificaciones de las facturas.
k) Supervisar, asesorar la organización y funcionamiento de la biblioteca escolar
l) Coordinar con los docentes, con los niveles y modalidades a fin brindar recursos por el mejor
logro de las acciones educativas
m) Programar el presupuesto general de gasto para el año entrante.
n) Realizar otras funciones a fines a su cargo según ley y funciones que le encomiende el Órgano
de Dirección.
Art. 66.- Funciones del Coordinador de Actividades y Promoción Comunal:
El coordinador de actividades es el Docente Jerárquico que tiene la responsabilidad de la
programación, organización, supervisión, prevención, ejecución y evaluación de las actividades
de promoción comunal, depende del Sub Director de Formación General. Tiene las siguientes
funciones:
a) Participar en la formulación y ejecución de documentos de Planeación.
b) Colaborar en el programa de promoción educativa comunal en los dos turnos.
c) Promover y desarrollar actividades de carácter cultural, científico artístico, social, deportivo,
recreativo y otras similares en coordinación con los diferentes niveles y modalidades.
d) Organizar actividades de carácter cívico – patriótico.
e) Promover, orientar, supervisar, apoyar el desarrollo de las acciones de extensión educativa
comunal con participación directa de la comunidad educativa.
f) Impulsar los órganos de participación a fin de lograr la integración y la proyección hacia el
desarrollo de la sociedad.
g) Coordinar con las demás áreas técnico pedagógicas la programación, el desarrollo y
evaluación de las acciones de extensión educativa y promoción comunal.
h) Organizar en coordinación con el área de OBE. el Consejo Escolar, brigadas de defensa civil,
clubes deportivos, culturales y artísticos.
i) Realizar otras acciones que le asigne el Director o Sub-Director de Formación General.
Art. 67.- Funciones de los Asesores De Área: Los asesores de área dependen del Sub-Director
de Formación General.
a) Los Asesores son profesionales de Educación de la plana jerárquica, responsables de coordinar,
supervisar, evaluar la programación curricular de acuerdo al PCC, la elaboración de materiales
educativos y el proceso de enseñanza aprendizaje en una determina especialidad e informar a
la Sub Dirección de formación General.
b) Presentar el Plan Anual de Trabajo de la Asesoría a su cargo.
c) Orienta, monitorea, elabora material educativo, y el proceso técnico pedagógico del personal
a su cargo.
23
RI 2018
d) Promueve el desarrollo de métodos, técnicas y material educativo en base al intercambio de
experiencias entre los docentes del área a su cargo y su actualización y capacitación
permanente.
e) Participar en el análisis, adecuación, desarrollo y evaluación de la programación curricular
brindando asesoramiento y acompañamiento técnico-pedagógico a los docentes a su cargo en
la preparación de clases y en los diferentes aspectos del desarrollo del Aprendizaje.
f) Convoca mensualmente a los docentes a su cargo para que informen sobre el trabajo académico
efectuado y tomar decisiones tendientes a mejorar el nivel educativo sin interrumpir labores.
g) Supervisar la labor educativa y el avance curricular de los docentes de la asignatura
correspondiente, utilizando las fichas respectivas, propiciar el diálogo ético-profesional y el
consejo oportuno.
h) Desarrollar el seguimiento periódico de la actividad educativa entre el equipo de docentes de
la línea para su análisis y procesamiento correspondiente, impartiendo las nuevas técnicas
metodológicas de la enseñanza en la especialidad y la correcta administración de los registros
de evaluación del área de su especialidad.
i) Revisar y supervisar los instrumentos de evaluación periódicamente y dar sugerencia oportuna
en el manejo de los registros de evaluación.
j) Participar y Formular el proyecto de distribución de horas con el equipo de profesores de la
línea correspondiente.
k) Realizar funciones afines a su cargo que le asigne el Director y Sub-Director del Área de
Formación General.
l) Informar trimestralmente la labor desarrollada de la actividad educativa y las acciones de
monitoreo y supervisión.
m) Apoyar el control de asistencia y puntualidad diaria de los docentes de su línea a fin de
preservar el normal desarrollo de las acciones pedagógicas.
n) Apoyar decididamente en las actividades programadas por el coordinador de TOE., en las
acciones tendientes a mejorar los niveles conductuales en los educandos y Extensión
Educativa.
o) Previene, soluciona problemas generados en su área, caso contrario informa a la Sub Dirección
de Formación General sobre las faltas cometidas por su personal docente.
p) Colaborar con el orden y disciplina en el plantel.
Art. 68.- Funciones del Jefe De Taller:
El jefe de taller es el responsable de la organización, coordinación, supervisión, ejecución y
evaluación del proceso aprendizaje en el taller de acuerdo a su especialidad. Depende del Sub
Director de Áreas Técnicas.
a) Programa, organiza y coordina el uso de los talleres a su cargo.
b) Planifica, ejecuta y evalúa el programa curricular que corresponda, considerando un proyecto
de aprendizaje en la especialidad.
24
RI 2018
c) Supervisa la labor del personal docente y/o técnico a su cargo.
d) Mantiene actualizado el inventario de equipo o módulos del taller a su cargo, bajo
responsabilidad.
e) Vela por el adecuado funcionamiento de los talleres y actualiza los manuales de operación y
normas de seguridad en el uso de maquinaria si hubiera.
f) Elabora y ejecuta el programa de mantenimiento y conservación de la infraestructura, equipo
e insumos de los talleres.
g) Informa periódicamente e inmediato superior sobre el funcionamiento de la infraestructura,
equipo e insumos de los talleres.
h) Elabora proyectos de área de acuerdo con el nuevo enfoque pedagógico.
i) Realiza otras funciones afines a su cargo que le asigne su jefe inmediato.
Art. 69.- De Las Jefaturas del Laboratorio.
El jefe de laboratorio tiene la responsabilidad de organizar, orientar, supervisar y evaluar el
proceso de enseñanza y aprendizaje en el laboratorio, así como de elaborar el programa de
mantenimiento, conservación de los equipos e insumos y de llevar el inventario correspondiente.
Depende del Sub Director de Formación General de su respectivo turno.
El Jefe de Laboratorio tiene una jornada laboral de 40 horas, distribuida: 12 horas en el dictado de
clases y 28 horas para las funciones y actividades propias de su cargo, bajo responsabilidad.
Art. 70.- Funciones del Jefe de Laboratorio:
a) El jefe de laboratorio, tiene la responsabilidad de organizar, orientar, supervisar y evaluar el
proceso de enseñanza-aprendizaje en los laboratorios, así como de elaborar el programa de
mantenimiento conservación de los equipos e insumos y de llevar el inventario
correspondiente.
b) Depende del Sub-Director de Formación General y Supervisa la labor de los auxiliares de
laboratorio a su cargo.
c) Presentar el Plan Anual de Trabajo, Promover actividades para lo auto implementación y
mejoramiento de los equipos y materiales de trabajo en coordinación con el asesor.
d) Organiza, orienta, y evalúa el proceso de enseñanza – aprendizaje de las prácticas de
laboratorio.
e) Elabora el cronograma de mantenimiento del uso, mantenimiento, conservación y
requerimiento de mobiliario, equipo, materiales y reactivos, e informar, en coordinación con
el Asesor de C.T.A. a su autoridad superior inmediato.
f) Establecer y hacer cumplir las medidas de seguridad para evitar accidentes físicos en horas de
trabajo de laboratorio.
g) Informar al Sub-Director de Formación General, Sub Directora de Administración y Asesor
sobre el incremento, deterioro, sustracción y baja de línea a su cargo.
25
RI 2018
h) Supervisar permanentemente las áreas críticas, fluidos eléctricos, agua, desagüe, instrumentos
y materiales de laboratorio.
i) Mantener actualizado el inventario de laboratorio, el movimiento de materiales perecibles,
fungibles de los deterioros de materiales y equipos, y da de baja aquellos materiales
inoperativos.
j) Registrar la entrada y salida de instrumentos, insumos, materiales fungibles y no fungibles de
laboratorio
k) Asesorar al personal docente y a los alumnos, en el uso adecuado de los instrumentos de
laboratorio.
l) Formula y difunde normas de convivencia de los alumnos en el laboratorio y difunde las
medidas de seguridad.
m) Apoya a los profesores del área en la elaboración de las guías de práctica y orienta su
ejecución.
n) Presente los requerimientos de materiales renovables, la reparación de los equipos
deteriorados y compra de nuevos equipos de acuerdo a las necesidades curriculares.
o) Hacer cumplir el reglamento interno del uso de laboratorio
p) Atender la solicitud de los profesores de los diferentes turnos
q) Realizar otras acciones afines al cargo que lo asigne el Director o Sub-Director de Formación
General.
Art. 71.- Funciones de los Auxiliares de Laboratorio.
El auxiliar de laboratorio es el personal encargado de la conservación mantenimiento y seguridad
de los módulos equipos y gabinetes. Depende del jefe de laboratorio, del Sub-Director
Administrativo y/o Director del plantel, según corresponda, cumple las siguientes funciones:
a) Limpiar y esterilizar los materiales, instrumentos, en las aulas especializadas y los ambientes
del laboratorio, según cronograma y distribución para cada turno pre establecido.
b) Participar en la elaboración del PLAN ANUAL DE TRABAJO, y el cronograma de Prácticas
del Laboratorio.
c) Llevar el registro de prácticas de Laboratorio e informar por escrito en forma permanente
sobre las ocurrencias a los Jefes de Laboratorio según al turno que corresponda.
d) Apoyar a los docentes durante las prácticas de laboratorio, con la preparación de las muestras
o pre-prácticas y otros similares.
e) Elaborar el cuadro de requerimiento de materiales, registrando las altas y bajas de los
mismos.
f) Distribuir y/o llevar los materiales del laboratorio, módulos, maquetas y otros a las aulas
especializadas, según las prácticas programadas y recoger bajo responsabilidad en el mismo
día de acuerdo al turno.
26
RI 2018
g) Actualizar la codificación de todos los materiales, bienes y enseres de los laboratorios, de
acuerdo al nuevo inventario existente, a su vez actualizar el inventario físico de los bienes y
enseres anualmente.
h) Al salir de vacaciones y/o reincorporarse, ser destacados o requeridos por las Instancias
Superiores, antes y a su retorno, deberán informar por escrito a los Jefes de Laboratorio.
i) Informar periódicamente por escrito después de haber verificado la existencia de los
materiales.
Art. 72.- Son derechos de los profesores: Todos los derechos señalados en el art. 41 de la ley N°
29944 ley de Reforma magisterial y su reglamento además:
a. Solicitar Licencias y permisos, oportunamente.
b. Ser estimulado por sus méritos en el cumplimiento de su labor docente, por parte de la
institución
c. Ser tratado con respeto a su dignidad personal y trayectoria profesional, Ser considerado, en
forma prioritaria, en estricto orden de méritos y capacidad, en proyectos que desarrolle la
institución.
d. Ser informado oportunamente para participar en eventos educativos como: Becas, Seminario,
Concursos de Proyectos y otros.
e. Los demás derechos pertinentes establecidos en la legislación laboral y en la Constitución
Política del Perú.
Art. 73.- Son deberes de los profesores: todos los señalados en el art. 40 de la ley N° 29944 ley
de Reforma magisterial y su reglamento, el art 7 de la Ley N° 27815 ley del código de ética de
función pública y.
a) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del P.E.l., P.A.T., RI de la Institución
Educativa.
b) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares con puntualidad informando
oportunamente al sub director del nivel y turno correspondiente.
c) Integrar los comités o comisiones de trabajo y colaborar con todos los órganos de la
Institución Educativa. para el logro de sus objetivos y metas.
d) Atender a los padres de familia en los horarios establecidos, para informar sobre el
rendimiento de sus hijos.
e) Cumplir con el desarrollo de clases en sus horarios establecidos; estando 5 minutos antes
del ingreso a aula.
f) Utilizar estrategias, métodos, técnicas, materiales educativos y recursos tecnológicos que
aseguren la calidad y eficiencia del servicio educativo.
g) Participar en la planificación, organización y desarrollo del Calendario Cívico Escolar y
otras actividades programadas por la Institución Educativa.
h) Promover y apoyar la realización de certámenes de carácter académico, artístico, religioso,
deportivo y social, entre los estudiantes.
i) Organizar, ambientar el aula y preparar el material educativo con la colaboración de los
educandos y padres de familia.
j) Absolver con cordialidad y en forma oportuna las consultas de los estudiantes.
k) Colaborar con el personal directivo y jerárquico, en la realización de iniciativas que tiendan
al mejoramiento de la institución; asistiendo al mismo tiempo con puntualidad a reuniones
convocadas por el Director, Sub-Director o asesores y Coordinadores.
l) Colaborar con el mantenimiento de la disciplina fuera y dentro de la Institución Educativa
y estar presente durante las formaciones al lado de sus estudiantes, a fin de controlar la
disciplina y colaborar con el auxiliar de educación del turno.
27
RI 2018
m) Emplear con el estudiante un trato firme, enérgico, cortés y amistoso, respetando siempre
la dignidad del educando.
n) Registrar su asistencia entrada y salida en forma digital y firmar la ficha de aula semáforo
anotando el campo temático a desarrollar de acuerdo a la naturaleza del área.
o) Presentarse con la indumentaria adecuada para realizar su labor docente, dentro del criterio
que exige el buen ejemplo.
p) Exigir a los estudiantes la limpieza y conservación de las aulas y del mobiliario en general
que posee la Institución Educativa.
q) Cumplir puntualmente las actividades permanentes, concurrir obligatoriamente al
desarrollo de las actividades cívicas y las ceremonias públicas cuando la Institución
Educativa tenga que participar.
r) Ser puntuales con la entrega de registros auxiliares e informe pedagógicos a las
subdirecciones de cada nivel y turno.
Art. 74. Está prohibido a los profesores, los señalados en el art. 8 de la Ley N° 25815 Ley del
código de la función pública y;
a) Delegar en cualquier forma sus funciones docentes; sin la previa autorización del Director.
b) Atentar en cualquier forma contra la integridad física, intelectual de los educandos.
c) Recibir visitas durante el desarrollo de clases, salvo caso urgente: las visitas se harán en
horas de recreo.
d) Recibir, sugerir o exigir obsequios, emolumentos a sus estudiantes, padres de familia o
apoderados.
e) Censurar en forma destructiva las órdenes de las autoridades superiores y tratar en clases
sobre asuntos extraños a la enseñanza.
f) Ausentarse de la Institución Educativa sin la autorización del Sub Director del nivel y turno
en horas de labor docente.
g) Enviar a los estudiantes a sus domicilios, por cualquier motivo sin la autorización del Sub
Director.
h) Imponer castigos corporales.
i) Hacer colectas de cualquier tipo sin la autorización del Director.
j) Llamar a los estudiantes por números.
k) Dedicar las horas de clase a la calificación de las pruebas u otras actividades de orden
personal.
l) Realizar modificaciones en la distribución del tiempo y lugar de trabajo, sin la autorización
del Director.
m) Ejecutar visitas de estudio dirigido, prácticas deportivas fuera de la Institución Educativa
sin la presentación previa del plan de estudio y la autorización del Director o Sub Director.
n) Otras contrarias a la normatividad vigente.
Art. 75.- Son deberes de los Auxiliares de Educación. Todos los deberes señalados en el art.
219° del D.S. N° 04-2013-ED modificado por el D.S. N° 008-2014-MINEDU, los señalados en la
norma técnica que regula el año escolar 2018 y:
a) Participar en la elaboración de los documentos de Planeación y Plan de Trabajo de TOE.
b) Velar por el buen comportamiento y disciplina de todos los estudiantes.
c) Vigilar a los estudiantes en las horas de estudio, formación y recreos.
d) Realizar el control diario de la asistencia de los estudiantes, exigiéndoles la justificación
respectiva en caso de inasistencia, reportando al coordinador de TOE para su seguimiento.
e) Controlar la higiene, la correcta presentación de los estudiantes y el cultivo de los buenos
modales en todo momento.
28
RI 2018
f) Visar y monitorear diariamente el adecuado uso de las Agendas Escolares de los estudiantes
a su cargo.
g) Dar cuenta al Coordinador de TOE los casos de reincidencia en faltas de conducta o problemas
especiales que presenten los estudiantes.
h) Cooperar con los profesores y especialmente con los tutores en las acciones que requieran su
concurso.
i) Asumir la vigilancia de las aulas en horas de ausencia del profesor; asegurando la adecuada
utilización del tiempo e informar a la sub dirección respectiva.
j) Tratar al estudiante en forma cortés pero firme, respetando en todo momento su dignidad.
k) Abstenerse de promover o participar en actividades que contravengan a los fines y objetivos
de la Institución Educativa.
l) Estar en la Institución Educativa 30 minutos antes de la hora de entrada y salir con el último
estudiante.
m) Participar en reuniones de padres de familia y dar informes sobre el comportamiento y
conducta de sus hijos.
n) Vigilar que no haya estudiantes en los corredores, patios, campos deportivos durante las horas
de clase.
o) Conducir al estudiante a ceremonias públicas fuera de la Institución Educativa bajo
responsabilidad.
p) Organizar y dar funcionalidad a los brigadieres de aula y la Policía Escolar.
q) Ser responsables del toque de campana para cambios de hora, recreos ingresos y salidas de
estudiantes.
r) Preocuparse por la limpieza y el orden de los ambientes designados.
s) Participar en la elaboración y difusión constante en los educandos del Reglamento Interno
(normas de convivencia) para su cumplimiento.
t) Tener al Día: la carpeta de trabajo, Las fichas de consejo y seguimiento a los alumnos con
problemas de conducta en especial los que se encuentra con matrícula condicional. Y Otros
de acuerdo al nivel o modalidad.
u) Es de su responsabilidad el orden y la disciplina del alumnado y/o participante durante las
formaciones en las actividades Cívico Patriótico, literario musical, deportivo y otros que el
plantel organice.
v) Participar en la organización y preparación de las delegaciones que representen a la institución
en los desfiles cívicos.
w) Realizar demás funciones que le asigne la superioridad.
Art. 76.- Las prohibiciones de los auxiliares de educación, señalados en el art. 8 de la Ley N°
27815 ley del código de ética de función pública y:
29
RI 2018
a. Requisar objetos personales de los estudiantes sin conocimiento de la dirección y
subdirecciones y/o coordinadores de TOE.
b. Abandonar a los estudiantes, en horario de trabajo.
c. Promover actividades lucrativas en beneficio propio o de terceros con los estudiantes
valiéndose de su cargo.
d. Atender a los padres de familia en los pasillos o campos deportivos.
Art. 77.- Funciones del profesional en psicología. Son funciones del profesional de psicología.
a. Sensibilizar a los integrantes de la comunidad educativa sobre la importancia de la
convivencia democrática.
b. Participar en el proceso de incorporación de la convivencia democrática en los instrumentos
de gestión de la institución educativa.
c. Contribuir a la elaboración, implementación, ejecución, y evaluación del plan de convivencia
democrática de la institución educativa participando en:
- El diagnóstico de la situación de la convivencia democrática y el clima institucional.
- El diseño, implementación, ejecución, y evaluación del plan de prevención e intervención
ante situaciones que afectan la convivencia escolar y el clima institucional.
- La producción de material educativo pertinente para la comunidad educativa.
d. Participar en la implementación de los programas y proyectos que el ministerio de educación,
en coordinación con los gobiernos regionales, promueve para fortalecer la convivencia
democrática en las instituciones educativas.
e. Coordinar con los docentes y tutores a fin de orientar su acción en los casos de violencia y
acoso entre estudiantes.
f. Promover y participar en redes de inter aprendizaje e intercambio profesional y laboral.
g. Presentar el informe de sus acciones profesionales a la dirección y subdirección
correspondiente y contribuir a la elaboración del informe de la implementación y ejecución
del plan de convivencia democrática dela institución educativa.
Art. 78.- Funciones del Profesor de Banda:
En la Institución Educativa el profesor de banda, es el responsable de la enseñanza a los alumnos
y conducción de la banda de música. Depende del Coordinador de Actividades, tiene las siguientes
funciones:
a) Es responsable de la organización y funcionamiento de la banda de músicos en cada turno de
trabajo.
b) Al inicio del año escolar presenta a la Dirección y a la Coordinación de actividades su Plan
de Trabajo y su horario especificando las horas de ensayo en forma alterna tanto en la mañana
como en la tarde, para completar su jornada de trabajo deberá programar ensayos los días
sábados.
30
RI 2018
c) Capacita a los alumnos de la banda de músicos en los contenidos teóricos y prácticos de
música.
d) Establece el horario más adecuado para los ensayos en coordinación con el área de actividades
(fuera del horario de clases).
e) Asume la responsabilidad de la administración, conservación y mantenimiento de los
instrumentos musicales y enseres de la banda de músicos en coordinación con el comité de
apoyo.
f) Informa a la Dirección y coordinación de Actividades de la Institución Educativa, sobre
cualquier incidente ocurrido, que afecta el normal desempeño de la banda.
g) Sostiene reuniones de coordinación, cada mes con la coordinación de actividades y Dirección.
h) Alcanza trimestralmente las evaluaciones solamente de los alumnos integrantes de la banda
de músicos, a la Sub Dirección respectiva para validar en las áreas de educación por el arte,
los integrantes de la banda de músicos deben ser reconocidos por resolución directoral,
emitida oportunamente.
i) Informa oportunamente en coordinación con los docentes del área de educación por el arte, el
calificativo correspondiente al alumno para su validación.
j) Cuida la integridad física de los integrantes de la banda de músicos y controla la disciplinan a
la hora de los ensayos y en los eventos que se participa.
k) Informa sobre el estado de conservación de los instrumentos, solicitando a la dirección la
reparación del instrumental deteriorado cada semestre para su reparación.
l) Propone la distinción a los alumnos destacados de la banda de músicos, mediante un
certificado otorgado por la institución.
m) Organiza, coordina y gestiona con el comité de apoyo de la banda de músicos, en la reparación
de instrumentos consiguiendo donaciones y realizando actividades de carácter económico para
la compra de nuevo instrumentos.
n) Promueve la participación del alumnado en la banda de músicos y la banda de guerra.
o) Participa y coordina las acciones necesarias para que la banda de músicos pueda animar las
formaciones de los días lunes y en las actividades programadas, tanto en el turno mañana y
tarde.
p) Lleva un estricto control de los estudiantes que participan en la banda de músicos, de tal
manera que se cuide su rendimiento académico, asistencia a sus clases, determinando el
horario de ensayos que debe ser comunicado con anticipación a los profesores.
q) Comunica inmediatamente a la Coordinación de TOE la lista de alumnos que no asisten a
clases por asistir a compromisos institucionales como integrante dela Banda de Músicos para
su justificación de inasistencias y que se le brinde oportunidades académicas y de evaluación
por parte de los docentes de las diferentes áreas.
Art. 79.- Funciones de secretaria de la dirección:
31
RI 2018
Es la persona encargada de la ejecución de actividades variables de apoyo secretarial. Depende del
Director y/o Sub Director Administrativo de la Institución según corresponda, cumple las
siguientes funciones:
a) Preparar la agenda y despacho de la Dirección de la Institución Educativa.
b) Redactar documentos variados de acuerdo a las indicaciones del Director y/o Sub Director de
la Institución, para la firma del Director.
c) Elaborar el cuadro de necesidades, así como mantener la existencia y la distribución de útiles
de escritorio y oficina de la dirección.
d) Atender al público usuario y alumnos sobre trámites, gestiones y consultas que se formulen.
e) Llevar actas de reuniones internas de CONEI y otros internos I-II.
f) Apoyar otras tareas afines al cargo.
g) Llevar actualizado inventario de su oficina.
h) Sistematizar en forma mecanizada, automatizada el registro de expedientes y archivos de la
oficina por años y meses.
Art. 80.- Funciones del técnico administrativo II - (SECRETARIA GENERAL)
Persona encargada de la administración y supervisión del desarrollo de actividades de trámite, así
como velar por la seguridad, integridad, conservación de los documentos y bienes a su cargo.
Depende del Director y/o Sub Director Administrativo del colegio según corresponda, cumple las
siguientes funciones:
a) Velar por la seguridad e integridad de los documentos reservados y confidenciales del Centro
Educativo.
b) Analizar expedientes, proyectos, resoluciones, y emite informes técnicos, decretos, proveídos,
disponiendo la proyección de resoluciones.
c) Supervisar las actividades relacionadas con el movimiento del trámite documentario,
matrícula, certificación, evaluación y otros afines.
d) Proyectar Resoluciones y decretos sobre procedimientos que se dan a nivel del centro
educativo.
e) Verificar y visar los certificados de estudios y así como las constancias de estudios.
f) Revisar las tareas administrativas que fueran asignadas.
g) Llevar Inventario actualizado de su oficina.
h) Remitir a la Sub-Dirección de Administración los permisos y/o licencias que soliciten el
personal Administrativo, para el respectivo control de los mismos.
i) Participa en las acciones de asesoramiento.
j) Elaborar documentos oficiales externos.
Art. 81.- Funciones del oficinista II:
a) Realizar el proceso de matrícula de los alumnos del plantel, formar los diferentes equipos de
trabajo.
b) Abrir la ficha de cada alumno haciéndola refrendar por el Director del Plantel.
c) Formular la nómina de alumnos por grado y secciones, ubicando las asignaciones de
recuperación y subsanación previa verificación con las actas de evaluación
d) Elaborar la nómina de matrículas en los formatos oficiales.
e) Formular el cuadro de aprobación de matrículas, estableciendo los alumnos observados con
indicación de los motivos para su aprobación mediante Decreto Directoral.
f) Efectuar la regularización de las matrículas observadas.
32
RI 2018
g) Distribuir la nómina de alumnos a las diferentes dependencias del plantel, así como a los
docentes.
h) Realizar el procedimiento de traslado de matrículas.
i) Recepcionar las notas de evaluación periódica del Sub-Director de Formación General para
su registro en la Base de datos del Sistema Computarizado y devolver en planillas.
j) Preparar tarjetas de información del educando y/o participantes con la evaluación
correspondiente de cada período trimestral.
k) Entregar las tarjetas de información a la Sub-Dirección de Administración.
l) Preparar las pre-actas de subsanación y recuperación para la evaluación respectiva.
m) Preparar las actas consolidadas de evaluación integral por duplicado con la información
relativa al número de matrícula, condición y sexo, datos del plantel, apellidos y nombres,
estableciendo los alumnos retirados y trasladados.
n) Elaborar después de la evaluación promocional el cuadro estadístico con datos relativos al
número de alumnos invictos, aplazados de uno a tres cursos, repitentes y retirados por grados
y secciones con relación al número total de matriculados.
o) Expedir los certificados en un plazo no mayor de cinco días.
p) Preparar Decretos Directorales para la rectificación de nombres y apellidos, exoneraciones,
autorización para evaluación y otros inherentes a su cargo.
q) Elaborar los Certificados de estudios, conducta, constancia bajo responsabilidad y con visto
bueno del Director del Plantel.
r) Elaborar informes que solicite la superioridad relacionado al estudiantado.
s) Organizar técnicamente los archivos de actas de evaluación y subsanación.
t) Participar en reuniones de coordinación de carácter interno convocado por el Sub-Director
respectivo, realizar las demás funciones a fines a su cargo.
u) Efectuar el mantenimiento y conservación del equipo a su cargo e informar en su oportunidad
sobre el extravío o deterioro de estos a la superioridad.
v) Solicitar y disponer el material necesario de impresión para las acciones educativas y llevar
archivo del material impreso.
w) Realizar demás funciones afines a su cargo que le asigne la superioridad.
Art. 82.- Funciones del oficinista (OFICINA DE EVALUACIONES – SIAGIE)
Es el personal encargado de elaboración de planillones, Nómina de matrículas, libreta de notas,
actas consolidadas, actas de recuperación, cargo, traslados, rectificaciones de nombres y apellidos,
depende del Sub Director Administrativo y/o coordina con los Sub-Director de Formación General
I, II , Primaria Turnos Tarde y Mañana, según corresponda, cumple las siguientes funciones:
a) Recepcionar, clasificar, registrar, distribuir y archivar la documentación que corresponda a las
Sub-Direcciones Formación General I, II, Primaria Turnos Mañana y Tarde.
33
RI 2018
b) Registrar y llevar el control de los alumnos que no han ratificado su matrícula y de los alumnos
retirados por diferentes motivos.
c) Elaborar actas promocionales, de recuperación y de cargo, para promocionar a los alumnos.
d) Registrar las notas finales y las de cargo, en las actas promocionales, para trasladarlas a
las tarjetas de información y/o certificado de estudios.
e) Velar por el orden y conservación de los archivos, de toda la documentación de escolaridad
de los alumnos de esta institución educativa, revisando las partidas de nacimiento para ver si
están registrados sus nombres y apellidos conforme figuran en las partidas de nacimiento.
f) Elaborar el cuadro de méritos `por grados y secciones en un lugar visible.
g) Informar por escrito a la Dirección y/o a la Sub Dirección de Administración del colegio,
sobre los errores detectados en los registros, actas, nóminas y fichas de evaluación para su
rectificación y acciones correspondientes.
h) Llevar inventario actualizado de la oficina a su cargo.
Art. 83.- Funciones del oficinista (OFICINA DE CERTIFICACIONES):
Personal encargado de velar la conservación, seguridad de las actas promocionales, subsanaciones,
recuperaciones, curso a cargo y archivos en general, depende de la Dirección y Sub Dirección de
Administración y cumple las siguientes funciones:
a) Elaboración de Resoluciones para las Subsanaciones
b) Elaborar certificados de estudios y conducta de los Niveles EBR Primaria y Secundaria
c) Facilitar actas de subsanación a la oficina de evaluaciones en fotocopias.
d) Velar por el orden y conservación de los archivos de las actas que se encuentran a su cargo.
e) Informar por escrito a la Dirección y sub Dirección de Administración sobre los errores
detectados en los registros, actas, nóminas y fichas de evaluación para la rectificación y
acciones correspondientes.
f) Elaborar las actas consolidadas de recuperación para ser trasladadas a los certificados de
estudios.
g) Llevar el inventario actualizado de la oficina a su cargo.
Art. 84.- Funciones de la oficinista (oficina de trámite documentario):
Personal encargado de velar por la conservación, seguridad y distribución de los documentos
recepcionados y el cargo de los entregados de la Institución Educativa depende la Dirección y/o
Sub Dirección de Administración según corresponda, cumple las funciones siguientes:
a) Ingresar y registrar los documentos previa verificación de acuerdo a los requisitos establecidos
y exigidos por la Institución, tomando en cuenta el motivo y/o asunto que se solicita.
b) Entregar al usuario la documentación previamente requerida y/o solicitada con el proveído
correspondiente y su respectiva identificación personal tal como estipula en la norma 27744
del proceso Administrativo.
c) Recepcionar, clasificar, distribuir documentos oficiales y de trámite, a las Áreas
correspondientes
d) Informar y orientar al usuario y Público en general sobre la tramitación de sus documentos.
e) Entregar al usuario la documentación previamente requerida y/o solicitada con el proveído
correspondiente.
f) Llevar inventariado los bienes actualizados de la oficina a su cargo
Art. 85.- Funciones de la oficinista (oficina de tesorería – caja):
Persona encargada de la ejecución del libro contable y/o caja depende del Sub Director De
Administración y del Director de la I.E. según corresponda, cumple las siguientes funciones:
a) Efectuar los registros y arqueos de caja diarios, de ingresos y egresos.
34
RI 2018
b) Recepcionar yregistrar los comprobantes de pago con el visto bueno del director y sub director
administrativo, indicando por qué y para que se realizó el gasto, en la parte reversa del
documento.
c) Registrar la recaudación por diferentes conceptos, en los recibos de ingresos en forma
ordenada y con la numeración correlativa, sin enmendaduras ni correcciones.
d) Llevar ordenadamente los archivos de los documentos sustentándolos los ingresos y egresos.
e) Recaudar y hacer los empoces diarios en la cuenta de ahorros que tiene la Institución
educativa, de los recaudos por los ingresos propios, alquileres, o por producción.
f) Confrontar y chequear los comprobantes y otros documentos contables.
g) Velar por la seguridad y mantenimiento y conservación de los documentos contables y de los
bienes asignados a su cargo.
h) Registrar en el libro de caja los ingresos y egresos mensuales.
i) Elaborar balances anuales para informar a la autoridades competentes.
j) Evacuar informes mensuales del movimiento económico a la Sub Dirección de
Administración y/o Dirección del colegio, debidamente sustentado.
k) Llevar actualizado el inventario de bienes a su cargo.
l) Depositar en la entidad bancaria respectiva la recaudación diaria, en el transcurso de las 24
hrs.
Art. 86.- Funciones del técnico administrativo (secretaria de sub dirección de
administración):
Persona encargada en elaborar el inventario general de la Institución Educativa, controla la
asistencia diaria del personal Directivo y Administrativo, para el informe mensual, depende
directamente del Sub-Director Administrativo y cumple las siguientes funciones:
a) Mantiene actualizado el escalafón del personal de la Institución Educativa.
b) Tener actualizado el CAP.
c) Consolidar el cuadro de requerimiento de materiales de las diferentes oficinas de la institución.
d) Consolidar el inventario general de bienes, muebles, equipos de computación, sonido y otros
que posea la Institución Educativa, con su respectiva depreciación.
e) Realizar el control diario de las tarjetas de asistencia del personal administrativo
f) Llevar el registro diario, semanal y mensual de la asistencia, permisos, licencias del
personal administrativo.
g) Consolidar mensualmente sobre la asistencia del personal Administrativo al Sub Director
Administrativo.
h) Elaborar toda la documentación inherente a la labor que se realiza en el Sub- Dirección de
Administración.
i) Elaborar y consolidar el trabajo estadístico para la UGEL.
Art. 87.- Funciones de jefe del personal de servicio:
Es el encargado de la supervisión de las labores de mantenimiento, conservación y seguridad de
los bienes de la Institución Educativa. Depende del Sub-Director Administrativo, cumple las
siguientes funciones:
a) Planificar, organizar, dirigir y controlar las labores de mantenimiento y de conservación del
local, mobiliarios y equipos.
b) Supervisar y verificar los trabajos referentes a la limpieza y mantenimiento, reparación y
conservación del local, mobiliarios y equipos.
c) Elaborar el cuadro de necesidades de materiales para la ejecución de labores de limpieza,
mantenimiento y conservación.
d) Elaborar el presupuesto para la reparación de servicios de agua, luz y otros trabajos pequeños.
e) Verificar la cantidad y calidad de los materiales de trabajo de reparación.
35
RI 2018
f) Velar por la seguridad e integridad de los bienes de la Institución Educativa, así como informar
a la autoridad superior las ocurrencias producidas durante la jornada laboral.
g) Elaborar juntamente con el Sub-Director Administrativo, el rol de turnos para los días
feriados y el cambio de turnos durante el año escolar, de los trabajadores de servicio de la
Institución.
h) Preparar e instalar equipos de sonido, banderas para izamiento etc. para las actividades
permanentes y eventuales externas.
Art. 88.- Funciones del trabajador de servicio:
Personal encargado de la ejecución de las actividades de vigilancia, control y seguridad de los
bienes materiales del local de la Institución Educativa. Depende del Jefe de personal de servicio
y del Sub-Director de Administrativo o según corresponda, cumple las siguientes funciones:
a) Realiza la custodia del local a través de rondas permanentes en los ambientes y de todo el
local, cuya responsabilidad en su jornada de trabajo es total.
b) Cumple con los turnos programados registrando las incidencias y sucesos, en el cuaderno
de registro de ocurrencias, comunicando en forma oportuna a su jefe inmediato.
c) Realizar la limpieza de aulas, pasadizos y otros ambientes designados.
d) Controlar el ingreso y salida del alumnado en el horario establecido.
e) Controlar que los muebles, enseres y otros bienes que pertenecen a la Institución Educativa,
no salgan de esta, sin la autorización escrita (mediante memorándum) del Sub Director
administrativo y/o Director del Plantel.
f) Velar por el mantenimiento y conservación de los bienes muebles, equipos, herramientas y
de la infraestructura del plantel.
g) Cumplir estrictamente la guardianía de los días sábados, domingos y feriados de acuerdo al
rol establecido.
h) Comunicar oportunamente a la Sub Dirección de Administración, a la Dirección General si
hubiera algún cambio en el rol establecido, caso contrario, será responsable de algún hecho
negativo que se sucediera en el turno que le corresponda laborar.
Art. 89.- Funciones del oficinista de la modalidad de EBA:
Asume todas las funciones que anteceden establecidos en lo que corresponde al de Secundaria de
Menores.
Art. 90.- Funciones del auxiliar de laboratorio de áreas técnicas: Depende de Sub Dirección
de Áreas Técnicas. Sus funciones son:
a) Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de Talleres.
b) Es el directo responsable de apoyo del manejo y utilización del material de laboratorio y/o
gabinete de taller.
c) La programación de las prácticas debe alcanzar a los dos turnos. Los días que no tiene
programado el rol de atención a los alumnos apoyará de oficinista, para justificar el trabajo de
acuerdo a la necesidad de servicio.
Art. 91. Funciones de la Servidora de Enfermería: Depende del Coordinador de TOE y sus
funciones son:
a) Velar por la salud de los educandos mediante la prestación de primeros auxilios.
36
RI 2018
b) Participar en la planificación, programación, desarrollo y evaluación de las acciones del
área de TOE en coordinación del responsable de la presidente del Comité de Gestión de
riesgos de la institución.
c) Llevar y/o transportar a los estudiantes que requieran atención médica en situaciones de
enfermedad o cuando se suscite accidentes en la Institución educativa, a los
establecimientos de salud.
d) Programar, coordinar y ejecutar talleres de capacitación sobre temas de prevención de
salud.
e) Velar por el mantenimiento de previsión del botiquín de la Institución educativa,
procurando que tenga los medicamentos e implementos necesarios e indispensables.
f) Llevar al día la historia clínica de los estudiantes atendidos en su servicio y si fue
derivado a algún centro de atención de salud registrar el motivo, hora, responsable y el
diagnóstico.
g) Llevar el cuaderno de control de entrada y salida de medicamentos e implementos de
salud, no siendo posible la venta al usuario.
h) Participar en todas las actividades programadas en la Agenda de Actividades y otras en
las que participe la Institución Educativa donde se requiera su servicio.
i) Elaborar un plan de trabajo, que garantice la prevención de enfermedades y accidentes.
j) Realizar funciones afines al cargo cuando se le asigne.
CAPITULO XX
DE LOS ESTIMULOS Y SANCIONES
Art. 92.- Son estímulos para los docentes los estipulados en el art. 42 De la ley N° 29944 y su
reglamento y lo que se indica en el art.76° del reglamento de la citada ley y adicionalmente A nivel
de la institución se otorgara.
i. Felicitación verbal del director en acto público
ii. Felicitación por Resolución Directoral por el director
iii. Entrega de medalla de Palma Garcilasianas
iv. Otras acciones que determine la autoridad.
Art. 93.- Las sanciones a los docentes están establecidas en el artículo 43 De la ley N° 29944 ley
de reforma magisterial y su reglamento.
CAPITULO XXI
DEL MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO
Art. 94.- el monitoreo pedagógico es un proceso organizado de recojo y análisis de información
sobre los procesos pedagógicos que ocurren en cada aula, el acompañamiento pedagógico es el
acto de ofrecer asesoría continua al docente en temas relevantes en su práctica, es realizada por los
asesores del área y el equipo directivo para tomar decisiones en mejora de los aprendizajes. El
monitoreo y acompañamiento se realiza en forma planificada y consensuada.
37
RI 2018
Art. 95.- La supervisión es la verificación del cumplimiento de la normatividad que rigen a los
docentes es realizada por el equipo directivo en forma diaria.
CAPITULO XXII
DEL PRESUPUESTO Y RECURSOS
Art. 96.- El presupuesto anual de la institución es formulada por iniciativa del comité de recursos
económicos de la institución en coordinación con el equipo directivo. Es aprobada en reunión de
CONEI y formalizada mediante resolución directoral.
Art. 97.- En la formulación del presupuesto anual de la institución la asignación de recursos se
prioriza a los aprendizajes de los estudiantes. Tomando en cuenta los recursos propios de la
institución conforme lo establecido en la normatividad vigente.
CAPITULO XXIII
DEL CLIMA, COORDINACION Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
Art. 98.- Todos los agentes educativos están comprometidos a cultivar un clima institucional
favorable en el marco del respeto mutuo y el dialogo.
TITULO IV
DE LAS RELACIONES Y COORDINACION CON LA COMUNIDAD
CAPITULO XXIV
DEBERES, DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE
DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Y PARTICIPACIÓN
Art 99.- Son deberes del estudiante:
a) Cumplir el reglamento interno y las normas de convivencia aprobadas en la institución.
b) Respetar a sus profesores(as), condiscípulos, personal de la institución y otras personas y
no usar el nombre de la misma en actividad o acciones no autorizadas por la Dirección.
c) Participar en forma responsable en las actividades educativas de su institución,
absteniéndose de intervenir en actividades político partidarista dentro del plantel y en actos
reñidos con la moral y buenas costumbres o que atenten contra la salud física o mental.
d) Cuidar los ambientes, talleres, equipos, mobiliario y demás instalaciones de la institución
o programa.
e) Cumplir el reglamento y otras disposiciones relativas a la institución o programa educativo.
f) Demostrar honestidad, respeto, responsabilidad y puntualidad.
g) Demostrar conciencia ecológica y práctica de valores.
h) Demostrar buen comportamiento al interno y externo del plantel.
i) Promover entre sus compañeros reglas de urbanidad y disposiciones para la mejora de la
disciplina y presentación personal del estudiante..
j) Portar obligatoria y diariamente para poder ingresar a la Institución Educativa su Agenda
de Estudiante.
k) Presentar autorización de la Dirección y/o de TOE cuando se va participar en eventos
representando a la institución.
38
RI 2018
l) Portar el uniforme como un gesto de identificación y compromiso con la Institución
Educativa.
Art. 100.- Son derechos del estudiante:
a) Recibir formación integral, científica y humanística en cada grado de estudio dentro de un
ambiente que le brinde seguridad moral y física, así como los servicios de tutoría, disciplina
y convivencia escolar.
b) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado de las disposiciones
que le conciernen como alumno.
c) Ser informado oportunamente del resultado de sus evaluaciones
d) Ser informado de todas sus acciones, logros, triunfos, desaciertos que pueda tener en la
Institución Educativa.
e) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus funciones y acciones extraordinarias.
f) Participar en las actividades de índole académico, cívico – patriótico e institucional.
g) Denunciar sobre alguna irregularidad cometida por los docentes y personal de la
Institución.
Art. 101.- Son prohibiciones para el estudiante:
a. No obedecer ni acatar las órdenes del personal Institucional.
b. Abandonar la Institución o aula en horas de clase.
c. Expresarse con un lenguaje soez obsceno y grosero. o realizar actos reñidos con la moral
dentro de la institución.
d. Consumir cualquier tipo de estupefacientes, drogas o alcohol dentro y/o fuera de la
Institución.
e. Fomentar indisciplina fuera o dentro de la Institución formando grupos que atenten contra
la moral y buenas costumbres.
f. Faltar el respeto al personal Directivo, Jerárquico, Administrativo y Docente de la
Institución.
g. Llamar o poner apelativos a los Docentes, sus compañeros o a algún trabajador de la
Institución.
h. Permanecer uniformados en las calles, cometiendo escándalos en horas de entrada, salida
y fuera del horario escolar.
i. Promover rifas, colectas y ventas sin autorización de la Dirección.
j. Participar sin permiso en reuniones o competencias que altere su condición de alumno o
que estén en contradicciones con las orientaciones de la institución.
k. Apropiarse de los útiles y bienes de sus compañeros o del Plantel.
l. Deteriorar la Agenda del estudiante con inscripciones, borrones, manchas, otros.
m. Causar deterioro a la planta física, mobiliario y demás enseres de la Institución.
n. Traer al plantel instrumentos que puedan ocasionar daño.
o. Traer celulares u otros objetos de valor para ser usados en hora de clase contraviniendo las
disposiciones institucionales.
Art. 102.- Son estímulos para los estudiantes: Los estímulos que se hacen acreedores los alumnos
que realicen acciones extraordinarias dentro o fuera de la institución, son los siguientes:
a. Felicitación verbal en público.
b. Diplomas de honor en mérito a su aprovechamiento, conducta, participación en
eventos deportivos, sociales, culturales y religiosos.
c. Acreedor de medalla de Palmas Garcilasianas.
d. Asumir cargos dentro de la organización y en representación de la Institución.
Art. 103.- Son faltas del estudiante el quebrantamiento de una norma u orden establecido, que
dificulta o entorpece el proceso educativo individual o colectivo, en el orden moral, social, docente
o disciplinario:
39
RI 2018
a) Evasión de la institución educativa o salir del plantel sin autorización y llegar
constantemente tarde.
b) Adulterar las calificaciones de las evaluaciones o falsificar las firmas del padre de familia
o apoderado.
c) Deteriorar o atentar la infraestructura y mobiliario escolar. realizando trazos, escritos u otro
en las paredes, carpetas, baños e instalaciones de la institución.
d) Traer revistas pornográficas, videos, CD, MP3 y otros que atenten contra la moral y vender
dentro de la institución.
e) Utilizar otra identificación personal.
f) Utilizar el nombre de la institución educativa para realizar actividades no autorizadas por
la Dirección.
g) Inasistir a clases estando dentro del plantel.
h) Intención de fraude y/o plagio (copiar en los exámenes). Llevar información falsa y
malintencionada a sus padres en relación a sus calificaciones, tareas, comportamiento y
otros.
i) Calumniar o difamar a sus compañeros o personal de la institución.
j) Inducir a dar o recibir bienes y/o dinero en beneficio personal o de otros.
k) Faltar de palabra u obra al Auxiliar de Educación, Profesores y/o personal del plantel.
l) Fomentar desorden en la vía pública estando uniformado.
m) Portar y/o consumir sustancias nocivas para la salud.
n) Portar y/o emplear objetos punzo cortantes y armas de fuego.
o) Atentar contra la integridad física, sexual y moral de sus compañeros.
p) Participar en actos de pandillaje comprobado.
q) Incumplimiento de trabajos encomendados por sus docentes y personal del Colegio, que
vaya en bien de la Institución.
r) Incumplimiento del presente Reglamento Interno.
Art. 104.- Sanciones para el estudiante: Las sanciones que se aplican al alumno por el
incumplimiento, con conocimiento del padre de familia y del profesor tutor, las mismas que serán
especificadas en la Agenda del Estudiante, son las siguientes:
a) Llamada de atención verbal en el aula.
b) Llamada de atención verbal en el aula por segunda vez, con informe a la Coordinación de
Tutoría, Disciplina y Convivencia del Educando y la anotación respectiva en su Agenda,
para conocimiento del padre de familia.
c) Firma de un documento de compromiso por reincidencia en falta.
d) En caso de participar en acciones de deterioro de la imagen de la Institución Educativa, se
sugerirá el traslado a otra I.E.
e) En caso de hostigamiento y agresión física a sus compañeros en el aula, se registrará en el
libro de incidencias y se comunicará a la comisaria PNP y se sugerirá a los padres de familia
una ayuda psicológica.
f) En caso de deterioro, del mobiliario, equipos e infraestructura, el Padre y/o Apoderado del
alumno infractor, deberá reponer en forma inmediata sin opción a reclamo alguno.
CAPITULO XXVII
DE LOS ORGANOS DE PARTICIPACION ESTUDIANTIL
DEL MUNICIPIO ESCOLAR
Art. 105.- Organización estudiantil constituido por el alcalde escolar y cinco regidores; constituye
un órgano de coordinación y participación. Sus funciones son:
1. Promover la participación para el ejercicio de sus deberes y derechos y planificar acciones en
coordinación con el Director del Plantel y municipalidad de su jurisdicción.
REGLAMENTO INTERNO IGV 2018
REGLAMENTO INTERNO IGV 2018
REGLAMENTO INTERNO IGV 2018

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Modelos de resoluciones 2019
Modelos de resoluciones 2019Modelos de resoluciones 2019
Modelos de resoluciones 2019Juan Pinto
 
Rd aprobacion Plan de GRD
Rd aprobacion Plan de GRDRd aprobacion Plan de GRD
Rd aprobacion Plan de GRDAllpanchis
 
Funciones coordinador-jec
Funciones coordinador-jecFunciones coordinador-jec
Funciones coordinador-jecciencias2016
 
Comités de gestión escolar 2022 (1).pdf
Comités de gestión escolar 2022 (1).pdfComités de gestión escolar 2022 (1).pdf
Comités de gestión escolar 2022 (1).pdfJasonMarcelinoZambra
 
Resolución Directoral CAE 2024 DE LA IE 34452.docx
Resolución Directoral  CAE 2024 DE LA IE 34452.docxResolución Directoral  CAE 2024 DE LA IE 34452.docx
Resolución Directoral CAE 2024 DE LA IE 34452.docxErickJaimeCASROROSAS
 
09-02-2023 I AATT SEMANAS DE GESTION DIGE-EBR Minedu 2023.pptx
09-02-2023 I AATT SEMANAS DE GESTION DIGE-EBR Minedu 2023.pptx09-02-2023 I AATT SEMANAS DE GESTION DIGE-EBR Minedu 2023.pptx
09-02-2023 I AATT SEMANAS DE GESTION DIGE-EBR Minedu 2023.pptxNiltonPeaAnampa
 
Resolución Directoral Institucional 2015 - Brigada de Defensa Civil
Resolución Directoral Institucional 2015 - Brigada de Defensa CivilResolución Directoral Institucional 2015 - Brigada de Defensa Civil
Resolución Directoral Institucional 2015 - Brigada de Defensa CivilJosé García Minguillo
 
IGA HUANZA 2022 PRIMARIA.docx
IGA HUANZA 2022 PRIMARIA.docxIGA HUANZA 2022 PRIMARIA.docx
IGA HUANZA 2022 PRIMARIA.docxWillyFlores25
 
2022 carta de renovacion de contrato por servicio educativo iep galileo
2022 carta de renovacion de contrato por servicio educativo   iep galileo2022 carta de renovacion de contrato por servicio educativo   iep galileo
2022 carta de renovacion de contrato por servicio educativo iep galileoFred Bello
 
Plan de actividades por el xxxvi aniversario de la ie 1206
Plan de actividades por el xxxvi aniversario de la ie 1206Plan de actividades por el xxxvi aniversario de la ie 1206
Plan de actividades por el xxxvi aniversario de la ie 1206polo777
 
Resolucion-03-Municipio-Escolar.docx
Resolucion-03-Municipio-Escolar.docxResolucion-03-Municipio-Escolar.docx
Resolucion-03-Municipio-Escolar.docxHumberto Perez Cubas
 
PLAN DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO IE 30173 2022.pdf
PLAN DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO IE 30173 2022.pdfPLAN DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO IE 30173 2022.pdf
PLAN DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO IE 30173 2022.pdfLuis Jesús Herrera Mendoza
 

La actualidad más candente (20)

Modelos de resoluciones 2019
Modelos de resoluciones 2019Modelos de resoluciones 2019
Modelos de resoluciones 2019
 
Rd aprobacion Plan de GRD
Rd aprobacion Plan de GRDRd aprobacion Plan de GRD
Rd aprobacion Plan de GRD
 
Resolución 06 traslado primaria
Resolución 06 traslado primariaResolución 06 traslado primaria
Resolución 06 traslado primaria
 
Funciones coordinador-jec
Funciones coordinador-jecFunciones coordinador-jec
Funciones coordinador-jec
 
Memorando 044 rrhh
Memorando 044 rrhhMemorando 044 rrhh
Memorando 044 rrhh
 
Comités de gestión escolar 2022 (1).pdf
Comités de gestión escolar 2022 (1).pdfComités de gestión escolar 2022 (1).pdf
Comités de gestión escolar 2022 (1).pdf
 
Resolución 43 calendarización
Resolución 43 calendarizaciónResolución 43 calendarización
Resolución 43 calendarización
 
Resolución Directoral CAE 2024 DE LA IE 34452.docx
Resolución Directoral  CAE 2024 DE LA IE 34452.docxResolución Directoral  CAE 2024 DE LA IE 34452.docx
Resolución Directoral CAE 2024 DE LA IE 34452.docx
 
elecciones-apafa (1).ppt
elecciones-apafa (1).pptelecciones-apafa (1).ppt
elecciones-apafa (1).ppt
 
09-02-2023 I AATT SEMANAS DE GESTION DIGE-EBR Minedu 2023.pptx
09-02-2023 I AATT SEMANAS DE GESTION DIGE-EBR Minedu 2023.pptx09-02-2023 I AATT SEMANAS DE GESTION DIGE-EBR Minedu 2023.pptx
09-02-2023 I AATT SEMANAS DE GESTION DIGE-EBR Minedu 2023.pptx
 
Plan de monitoreo y Asesoramiento Pedagódgico
Plan de monitoreo y Asesoramiento PedagódgicoPlan de monitoreo y Asesoramiento Pedagódgico
Plan de monitoreo y Asesoramiento Pedagódgico
 
Resolución Directoral Institucional 2015 - Brigada de Defensa Civil
Resolución Directoral Institucional 2015 - Brigada de Defensa CivilResolución Directoral Institucional 2015 - Brigada de Defensa Civil
Resolución Directoral Institucional 2015 - Brigada de Defensa Civil
 
Papeleta de salida
Papeleta de salidaPapeleta de salida
Papeleta de salida
 
Informe plan de monitoreo
Informe plan de monitoreoInforme plan de monitoreo
Informe plan de monitoreo
 
IGA HUANZA 2022 PRIMARIA.docx
IGA HUANZA 2022 PRIMARIA.docxIGA HUANZA 2022 PRIMARIA.docx
IGA HUANZA 2022 PRIMARIA.docx
 
2022 carta de renovacion de contrato por servicio educativo iep galileo
2022 carta de renovacion de contrato por servicio educativo   iep galileo2022 carta de renovacion de contrato por servicio educativo   iep galileo
2022 carta de renovacion de contrato por servicio educativo iep galileo
 
Dia del logro
Dia del logroDia del logro
Dia del logro
 
Plan de actividades por el xxxvi aniversario de la ie 1206
Plan de actividades por el xxxvi aniversario de la ie 1206Plan de actividades por el xxxvi aniversario de la ie 1206
Plan de actividades por el xxxvi aniversario de la ie 1206
 
Resolucion-03-Municipio-Escolar.docx
Resolucion-03-Municipio-Escolar.docxResolucion-03-Municipio-Escolar.docx
Resolucion-03-Municipio-Escolar.docx
 
PLAN DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO IE 30173 2022.pdf
PLAN DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO IE 30173 2022.pdfPLAN DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO IE 30173 2022.pdf
PLAN DE MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO IE 30173 2022.pdf
 

Similar a REGLAMENTO INTERNO IGV 2018

Reglamento interno jb- jec-2017
Reglamento interno  jb- jec-2017Reglamento interno  jb- jec-2017
Reglamento interno jb- jec-2017Nilton Castillo
 
Manual de convivencia
Manual de convivenciaManual de convivencia
Manual de convivenciahildebon
 
Manual de convivencia. proyecto 2011
Manual de convivencia. proyecto 2011Manual de convivencia. proyecto 2011
Manual de convivencia. proyecto 2011hildebon
 
Manual de convivencia
Manual de convivenciaManual de convivencia
Manual de convivenciahildebon
 
RIN-2017..doc
RIN-2017..docRIN-2017..doc
RIN-2017..docisoe1
 
GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CONVIVENCIA DIARIA EN LA I.E. DE JORNADA ESCOLAR CO...
GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CONVIVENCIA DIARIA EN LA I.E. DE JORNADA ESCOLAR CO...GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CONVIVENCIA DIARIA EN LA I.E. DE JORNADA ESCOLAR CO...
GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CONVIVENCIA DIARIA EN LA I.E. DE JORNADA ESCOLAR CO...ADICEPSH
 
REGLAMENTO INTERNO2022- 1.docx
REGLAMENTO INTERNO2022- 1.docxREGLAMENTO INTERNO2022- 1.docx
REGLAMENTO INTERNO2022- 1.docxVila Chaca
 
Reglamento interno 2020
Reglamento interno 2020 Reglamento interno 2020
Reglamento interno 2020 Jose Chero
 
peicesarvallejo2023actualizadoparael2024-231129173749-029ac385.pdf
peicesarvallejo2023actualizadoparael2024-231129173749-029ac385.pdfpeicesarvallejo2023actualizadoparael2024-231129173749-029ac385.pdf
peicesarvallejo2023actualizadoparael2024-231129173749-029ac385.pdfJustoNiloPadnChumpit
 
PEI CESAR VALLEJO 2023 actualizado para el 2024.docx
PEI CESAR VALLEJO 2023 actualizado para el 2024.docxPEI CESAR VALLEJO 2023 actualizado para el 2024.docx
PEI CESAR VALLEJO 2023 actualizado para el 2024.docxAngelParihuanaSolorz1
 
Reglamento interno 2017 2021 de la I E Huaca Blanca
Reglamento interno 2017 2021 de la  I E Huaca BlancaReglamento interno 2017 2021 de la  I E Huaca Blanca
Reglamento interno 2017 2021 de la I E Huaca BlancaMarieta Juarez
 

Similar a REGLAMENTO INTERNO IGV 2018 (20)

Reglamento interno jb- jec-2017
Reglamento interno  jb- jec-2017Reglamento interno  jb- jec-2017
Reglamento interno jb- jec-2017
 
Reglamento interno 2015
Reglamento interno 2015Reglamento interno 2015
Reglamento interno 2015
 
Manual de convivencia
Manual de convivenciaManual de convivencia
Manual de convivencia
 
Manual de convivencia. proyecto 2011
Manual de convivencia. proyecto 2011Manual de convivencia. proyecto 2011
Manual de convivencia. proyecto 2011
 
Manual de convivencia
Manual de convivenciaManual de convivencia
Manual de convivencia
 
Reglamento interno 2017
Reglamento interno 2017Reglamento interno 2017
Reglamento interno 2017
 
Reglamento 2010
Reglamento 2010Reglamento 2010
Reglamento 2010
 
Nuevo reglamento interno
Nuevo reglamento internoNuevo reglamento interno
Nuevo reglamento interno
 
RIN-2017..doc
RIN-2017..docRIN-2017..doc
RIN-2017..doc
 
RI PRIMARIA 2022.docx
RI PRIMARIA 2022.docxRI PRIMARIA 2022.docx
RI PRIMARIA 2022.docx
 
Ri. 2017
Ri. 2017Ri. 2017
Ri. 2017
 
GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CONVIVENCIA DIARIA EN LA I.E. DE JORNADA ESCOLAR CO...
GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CONVIVENCIA DIARIA EN LA I.E. DE JORNADA ESCOLAR CO...GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CONVIVENCIA DIARIA EN LA I.E. DE JORNADA ESCOLAR CO...
GESTIÓN ESTRATÉGICA DE LA CONVIVENCIA DIARIA EN LA I.E. DE JORNADA ESCOLAR CO...
 
4.- RIN I.E. 30173 2022 FINAL.pdf
4.- RIN I.E.  30173 2022 FINAL.pdf4.- RIN I.E.  30173 2022 FINAL.pdf
4.- RIN I.E. 30173 2022 FINAL.pdf
 
REGLAMENTO INTERNO2022- 1.docx
REGLAMENTO INTERNO2022- 1.docxREGLAMENTO INTERNO2022- 1.docx
REGLAMENTO INTERNO2022- 1.docx
 
Reglamento interno 2020
Reglamento interno 2020 Reglamento interno 2020
Reglamento interno 2020
 
peicesarvallejo2023actualizadoparael2024-231129173749-029ac385.pdf
peicesarvallejo2023actualizadoparael2024-231129173749-029ac385.pdfpeicesarvallejo2023actualizadoparael2024-231129173749-029ac385.pdf
peicesarvallejo2023actualizadoparael2024-231129173749-029ac385.pdf
 
PEI CESAR VALLEJO 2023 actualizado para el 2024.docx
PEI CESAR VALLEJO 2023 actualizado para el 2024.docxPEI CESAR VALLEJO 2023 actualizado para el 2024.docx
PEI CESAR VALLEJO 2023 actualizado para el 2024.docx
 
PLAN ANUAL DE TRABAJO.doc
PLAN ANUAL DE TRABAJO.docPLAN ANUAL DE TRABAJO.doc
PLAN ANUAL DE TRABAJO.doc
 
CHORRILLOS-RI-2024.pdf
CHORRILLOS-RI-2024.pdfCHORRILLOS-RI-2024.pdf
CHORRILLOS-RI-2024.pdf
 
Reglamento interno 2017 2021 de la I E Huaca Blanca
Reglamento interno 2017 2021 de la  I E Huaca BlancaReglamento interno 2017 2021 de la  I E Huaca Blanca
Reglamento interno 2017 2021 de la I E Huaca Blanca
 

Más de Mg. Edgar Zavaleta Portillo

Directiva de admision y actualización de datos año escolar 2018 igv
Directiva de  admision y actualización de datos año escolar 2018 igvDirectiva de  admision y actualización de datos año escolar 2018 igv
Directiva de admision y actualización de datos año escolar 2018 igvMg. Edgar Zavaleta Portillo
 

Más de Mg. Edgar Zavaleta Portillo (20)

Proyecto garcilasianos leen
Proyecto garcilasianos leenProyecto garcilasianos leen
Proyecto garcilasianos leen
 
Diario_de_lectura_Primaria
Diario_de_lectura_PrimariaDiario_de_lectura_Primaria
Diario_de_lectura_Primaria
 
Diario_de_lectura_secundaria
Diario_de_lectura_secundariaDiario_de_lectura_secundaria
Diario_de_lectura_secundaria
 
Comprensión Lectora en Matemática
Comprensión Lectora en MatemáticaComprensión Lectora en Matemática
Comprensión Lectora en Matemática
 
Plan seguridad y salud con rm 239 minsa ed
Plan seguridad y salud con rm 239 minsa edPlan seguridad y salud con rm 239 minsa ed
Plan seguridad y salud con rm 239 minsa ed
 
Plan Trabajo Remoto Administración_Ed
Plan Trabajo Remoto Administración_EdPlan Trabajo Remoto Administración_Ed
Plan Trabajo Remoto Administración_Ed
 
FUT de la IE Inca Garcilaso de la Vega
FUT de la IE Inca Garcilaso de la VegaFUT de la IE Inca Garcilaso de la Vega
FUT de la IE Inca Garcilaso de la Vega
 
Evaluación_aprendizajes_difods_ed
Evaluación_aprendizajes_difods_edEvaluación_aprendizajes_difods_ed
Evaluación_aprendizajes_difods_ed
 
Evaluación de Aprendizajes_ed
Evaluación de Aprendizajes_edEvaluación de Aprendizajes_ed
Evaluación de Aprendizajes_ed
 
Dia del Bibliotecario Peruano
Dia del Bibliotecario PeruanoDia del Bibliotecario Peruano
Dia del Bibliotecario Peruano
 
Reseña Histórica IE Inca Garcilaso de la Vega
Reseña Histórica IE Inca Garcilaso de la VegaReseña Histórica IE Inca Garcilaso de la Vega
Reseña Histórica IE Inca Garcilaso de la Vega
 
PEI 2018_IGV
PEI 2018_IGVPEI 2018_IGV
PEI 2018_IGV
 
Directiva de admision y actualización de datos año escolar 2018 igv
Directiva de  admision y actualización de datos año escolar 2018 igvDirectiva de  admision y actualización de datos año escolar 2018 igv
Directiva de admision y actualización de datos año escolar 2018 igv
 
Curriculo Nacional IGV_EZP.
Curriculo Nacional IGV_EZP.Curriculo Nacional IGV_EZP.
Curriculo Nacional IGV_EZP.
 
Curriculo Nacional IGV_EZP.
Curriculo Nacional IGV_EZP.Curriculo Nacional IGV_EZP.
Curriculo Nacional IGV_EZP.
 
Curriculo Nacional 2017
Curriculo Nacional 2017Curriculo Nacional 2017
Curriculo Nacional 2017
 
Programa de fiestas del cusco 2017
Programa de fiestas del cusco 2017Programa de fiestas del cusco 2017
Programa de fiestas del cusco 2017
 
Rubricas de evaluación docente 2017
Rubricas de evaluación docente 2017Rubricas de evaluación docente 2017
Rubricas de evaluación docente 2017
 
Modelo plan de-mejora-2016_ed
Modelo plan de-mejora-2016_edModelo plan de-mejora-2016_ed
Modelo plan de-mejora-2016_ed
 
Ficha de evaluacion de desempeño 2015 ed
Ficha de evaluacion de desempeño 2015 edFicha de evaluacion de desempeño 2015 ed
Ficha de evaluacion de desempeño 2015 ed
 

Último

GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdfGUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdfPaolaRopero2
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxYadi Campos
 
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesPIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesYanirisBarcelDelaHoz
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptxLA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptxlclcarmen
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñotapirjackluis
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfInfografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfAlfaresbilingual
 
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdfAbril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdfValeriaCorrea29
 
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptPINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptAlberto Rubio
 
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docxEliaHernndez7
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICAÁngel Encinas
 
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024Juan Martín Martín
 
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAFORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAEl Fortí
 
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosCriterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosJonathanCovena1
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 

Último (20)

GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdfGUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
GUIA DE CIRCUNFERENCIA Y ELIPSE UNDÉCIMO 2024.pdf
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
 
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
 
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonablesPIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
 
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptxLA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfInfografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
 
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdfAbril 2024 -  Maestra Jardinera Ediba.pdf
Abril 2024 - Maestra Jardinera Ediba.pdf
 
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).pptPINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
PINTURA DEL RENACIMIENTO EN ESPAÑA (SIGLO XVI).ppt
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdfTema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
 
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
 
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
Prueba libre de Geografía para obtención título Bachillerato - 2024
 
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURAFORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
FORTI-MAYO 2024.pdf.CIENCIA,EDUCACION,CULTURA
 
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficiosCriterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
Criterios ESG: fundamentos, aplicaciones y beneficios
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 

REGLAMENTO INTERNO IGV 2018

  • 1. 1 RI 2018 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN CUSCO UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CUSCO EMBLEMÁTICA INSTITUCIÓN EDUCATIVA INCA GARCILASO DE LA VEGA REGLAMENTO INTERNO CUSCO - PERU 2018
  • 2. 2 RI 2018 PRESENTACION Siguiendo la idea de que construcción de la escuela que queremos necesita cambios sistémicos y organizacionales que deben implementarse de manera paulatina. Que implica a su vez, la promoción y desarrollo de una gestión centrado en un liderazgo pedagógico tendiente a al logro de aprendizajes fundamentales, basados en los seis compromisos de gestión. La Ley Nº 28044 y Reglamento de la Ley General de Educación, establece los lineamientos generales de la educación y del Sistema Educativo Peruano, las atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora, rige todas las actividades educativas realizadas dentro del territorio nacional, desarrolladas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Teniendo en cuenta estos propósitos, la Comisión de Actualización y Reestructuración del Reglamento Interno de la Institución Educativa Emblemática “Inca Garcilaso de la Vega” del Cusco, pone a consideración el presente documento, el que constituye un conjunto coherente de normas que reflejan la realidad institucional y determina armónicamente roles y pautas de conducta de los agentes que participan en el proceso educativo. La Comisión
  • 3. 3 RI 2018 REGLAMENTO INTERNO I. DATOS GENERALES DE LA INSTITUCION 1.1. DATOS INFORMATIVOS INSTITUCION EDUCATIVA : Emblemática GUE “Inca Garcilaso de la Vega” DIRECCION : Av. De La Cultura S/N DISTRITO : Cusco PROVINCIA : Cusco REGIÓN : Cusco 1.2. IDENTIFICACION DE LA I.E CODIGO DE LOCAL : 146187 CODIGO MODULAR : Sec. 0233056 Prim: 0206110 TELEFONO : 403848 WEB : http://www.colegiogarcilasocusco.edu.pe/ DIRECCIÓN ELECTRONICA : dg@colegiogarcilasocusco.edu.pe NIVEL EDUCATIVO : EBR Primaria - Secundaria TURNO : Mañana - Tarde TIPO DE GESTIÓN : Estatal POBLACIÓN ESTUDIANTIL:  PRIMARIA : 1589  SECUNDARIA : 2098 UGEL : Cusco DRE : Cusco 1.3. EQUIPO DIRECTIVO DIRECTOR : Prof. Humberto V. Suarez Ríos PRIMARIA TURNO MAÑANA : Mgt. Herminio Rojas Zavaleta PRIMARIA TURNO TARDE : Mgt. Antonia Estrada Echarri FORMACIÓN GENERAL I : Mgt. Danilo, Jiménez Revollar FORMACIÓN GENERAL II : Lic. Manuel, Condori Condori FORMACION TECNICA : Lic. Marcelino, Arque Nina ADMINISTRACION : Mgt. Edgard, Zavaleta 1.4. TALENTO HUMANO JERARQUICOS : 19 DOCENTES PRIMARIA : 60 DOCENTES SECUNDARIA : 95 AUXILIARES DE EDUCACION : 14 ADMINISTRATIVOS : 32 PSICOLOGOS : 02 ENFERMERAS : 02 PROMOTORES PNP : 02 1.5. VISION- MISION VISIÓN: Visión al 2021: Institución Educativa Acreditada. Actores educativos comprometidos. Estudiantes competentes, auténticos y felices con un sólido proyecto ético de vida orientados al buen vivir. Formación técnica y humanística certificada. Gestión participativa, sostenible y eco eficiente. MISIÓN: “Formar ciudadanos competentes para el buen vivir o allin kausay” PRINCIPIOS QUE ORIENTAN NUESTRA EXISTENCIA Y TRABAJO  Llankay o Allin Ruray: Trabaja, trabaja bien  Yachay o Allin Yachay: Aprende, aprende bien  Sonqoy o Allin Munay : Ama a la madre tierra, ama al prójimo, quiere bien OBJETIVOS ESTRATEGICOS AL 2021 1. Alcanzar la acreditación de la calidad de procesos y resultados educativos 2. Construir, compartir y encarnar la identidad institucional entre todos los actores educativos de la I.E. 3. Construir y compartir espacios seguros y saludables. 4. Establecer y encarnar una gestión participativa, por procesos, resultados y ecoeficiente 5. Formar hombres competentes, amantes de la libertad y felicidad con un sólido proyecto ético de vida personal fundamentados en el allinta llankay (trabaja bien), el allinta yachay (aprende bien), allinta munay (quiere bien) para el buen vivir o allín kausay.
  • 4. 4 RI 2018 REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EMBLEMATICA “INCA GARCILASO DE LA VEGA” DE CUSCO TITULO PRELIMINAR NUESTRAS NORMAS DE CONVIVENCIA ARTÍCULO I. Somos puntuales a la hora de ingreso, salida, cambio de hora, receso y en todas las actividades de nuestra institución educativa. ARTICULO II. Tratamos con respeto a las autoridades, colegas, compañeros, padres de familia y demás miembros de nuestro colegio excluyendo toda forma de violencia. ARTICULO III. Utilizamos adecuadamente y cuidamos el mobiliario, equipamiento y otros bienes de nuestro colegio. ARTICULO IV. Contribuimos a mantener limpio las aulas y los demás espacios de nuestro colegio dejando los desperdicios en los tachos de basura. ARTICULO V. Cuidamos nuestra presentación e higiene personal, mostrando buen comportamiento dentro y fuera de nuestra institución. ARTICULO VI. Participamos activa, responsable y oportunamente en el desarrollo de las sesiones de aprendizaje y otras actividades programadas en nuestra institución. ARTICULO VII. Evitamos el consumo de alimentos y bebidas no saludables dentro y fuera de las aulas. TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I DE LA UBICACIÓN, DEPENDENCIA, NIVELES Y SERVICIOS Art. 1. Ubicación, dependencia, niveles y servicios. La institución educativa emblemática “INCA GARCILASO DE LA VEGA” fue creado mediante Resolución De Creación N° R. S. Nº 1605 el 24 de agosto de 1949, está ubicado en Av. De la Cultura s/n del distrito, provincia y región Cusco, La institución educativa tiene una extensión de 50 000 m2. Se ubica a los 13º 30´ de Latitud Sur y a los 72º00¨ de Longitud Oeste a partir del meridiano de Greenwich, depende administrativamente de la Unidad de Gestión Educativa Local de Cusco y DREC-C, ofrece servicio educativo en los niveles de educación básica regular; primaria y secundaria y básica alternativa; inicial, intermedio y avanzado, y la modalidad de CETPRO. Con servicio en los turnos mañana, tarde y nocturna. CAPÍTULO II DEL CONTENIDO Y ALCANCES Art. 2. Contenido: El presente Reglamento Interno es el documento normativo de la Institución Educativa “Inca Garcilaso de la Vega” del Distrito, Provincia y Departamento del Cusco. El mismo que tiene su base axiológica en los Principios de la Educación Peruana, al mismo tiempo tiene que priorizarse los valores éticos fundamentales las cuales tienen que interiorizarse y practicarse cotidianamente, por todos los miembros de la comunidad educativa, entre estos están: la solidaridad, la igualdad, la responsabilidad, el respeto y la puntualidad.
  • 5. 5 RI 2018 Art. 3. Alcance: El Reglamento Interno Norma las Funciones y Actividades de los Agentes Educativos de nuestro plantel; Equipo directivo, jerárquico, docentes, administrativos, estudiantes, padres de familia, ex alumnos, y demás estamentos. CAPÍTULO III DE SUS PRINCIPIOS. MISION Y VISION Art. 4. Nuestros principios La I.E. Emblemática es una institución centrada en formar un estudiante responsable, solidario, competitivo y líder. Basado en la puntualidad y participación. Art. 5. Nuestra Misión y Visión 5.1. Nuestra Misión Nuestra Misión: “Formar Ciudadanos Competentes, una Sólida Formación Técnica – Humanística y Poseedores de un Proyecto de Vida Exitoso. 5.2. Nuestra Visión Nuestra Visión a junio del 2021: Institución Educativa Emblemática Acreditada. Talento Humano Comprometido y Apasionado por un Servicio Educativo de Alta Calidad y una Formación Técnica y Humanística Competitivo y Certificado. Estudiantes Seducidos por un Sólido Proyecto Ético de Vida, distinguidos por su coraje en la búsqueda del bien común, la excelencia y el emprendimiento. Asumimos con pasión, un modelo de gestión: Democrático, Participativo, por Procesos, Resultados, Sostenible y Eco eficiente. CAPITULO IV DE LOS FINES Y OBJETIVOS Art. 6. La Institución Educativa Emblemática “Inca Garcilaso de la Vega” de Cusco es una institución de derecho público, que no tiene fines de lucro y excluye toda forma de discriminación. Art. 7. Presta servicios educativos en los niveles de educación: primaria y secundaria en educación básica regular y en forma escolarizada, asimismo en modalidades de EBA Y CETPRO. Art. 8. Lograr estudiantes altamente competitivos, con un sólido proyecto de vida personal y social, caracterizado por la búsqueda del bien común la excelencia y el emprendimiento. Art. 9. Inculcar en los estudiantes con el ejemplo, la puntualidad, responsabilidad, solidaridad, CAPÍTULO V BASES LEGALES Y ALCANCES Art. 10. Base legal: Constituyen base legal del presente reglamento: a) Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su Modificatoria D.S. Nº 013-2004-ED,
  • 6. 6 RI 2018 b) Ley N° 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales c) Ley N° 27337, Código de los niños y adolescentes. d) Ley N° 29944, Ley de reforma magisterial. e) Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General f) Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. g) Ley N° 27815, Ley del código de ética de la función pública h) Ley Nº 28628, Ley que Regula la Participación de las APAFAS en las Institución Educativa Publicas. i) Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas. j) Ley Nº 28119, Ley que prohíbe el Acceso de Menos Edad a páginas Web de contenido Pornográfico y a Cualquier otra forma de Comunicación en Red de Igual contenido, en las Cabinas Públicas de Internet . k) D.S. Nº 009-2005-ED, Reglamento de la carrera Administrativa l) D.S. Nº 010-2012-ED, Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas. m) D.S. Nº 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación. n) D.S. N° 033-2005-PCM, Reglamento de la Ley N° 27815, código de ética de la función pública o) D.S. N° 016-2002-ED, Reglamento de la Asociación de Padres de Familia (APAFA). p) D.S. Nº 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias. q) R.D. Nº 0343- 2010 ED, Normas para el desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa en las Direcciones Regionales de Educación. r) R.M. N° 0519-2012-ED, Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas. s) R.M. N° 0547-2012-ED “Marco del Buen Desempeño Docente para Docentes de Educación Básica Regular” t) RSG. N° 364-2014-MINEDU Lineamientos para la implementación de la estrategia nacional contra la violencia escolar, denominada paz escolar en las instancias de gestión educativa descentralizada. u) Resolución Ministerial Nº ….. “Directiva para el Año Escolar 2018”. v) R.M. Nº 0045-2009-ED, que aprueba las Normas para la distribución, Recepción, Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de Educación Básica Regular; Módulos de Comprensión Lectora (Textos, Cuadernos de Trabajo y Manuales Para Docentes). Art. 11. Alcance: El presente Reglamento Interno Norma las Funciones y Actividades de los Agentes Educativos de nuestra Institución Educativa; Equipo directivo, jerárquico, docentes, administrativos, estudiantes, padres de familia, ex alumnos, y demás estamentos. TITULO II ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO CAPITULO VI DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO Art. 12.- De la estructura de la Institución Educativa La institución educativa Inca Garcilaso de la vega del Cusco tiene la siguiente estructura orgánica: a) ÓRGANO DE LA DIRECCIÓN.  Dirección general.  Sub-Direcciones. b) ORGANO CONSULTIVO Y DE ASESORAMIENTO.  Concejo Educativo Institucional (CONEI)  Equipo Directivo. c) ORGANO DE APOYO.
  • 7. 7 RI 2018  Sub Dirección de Administración. d) ORGANO DE EJECUCIÓN.  Equipo de Docentes  Coordinación de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar.  Asesorías de Áreas Educativas.  Jefaturas de laboratorio.  Auxiliares de Educación. e) ORGANO DE PARTICIPACION.  Parlamento Estudiantil Garcilasiano  Consejo directivo de estudiantes en cada aula  Municipio Escolar.  Asociación de Padres de Familia.  Comités de Aula de padres de familia.  Asociación de ex alumnos. Art. 13.- Las funciones específicas de cada órgano son: a) El Órgano de Dirección. Es el responsable de la organización y funcionamiento de la Institución Educativa, así como de conducir el desarrollo de las acciones educativas de acuerdo a la Visión, Misión, Propuesta de Gestión, y Propuesta Pedagógica del Proyecto de Desarrollo Institucional. b) El Órgano de participación, concertación y vigilancia. Contribuye a la promoción y ejercicio de una gestión educativa de calidad con carácter transparente, moral y democrático, orientado a fortalecer las capacidades decisorias del Director de la Institución Educativa. c) El Órgano Técnico-Pedagógico. es responsable de las acciones educativas, así como de brindar los servicios que posibiliten o crean las condiciones favorables para lograr la formación integral de los educandos y/o participantes en base a la Propuesta Pedagógica, los Objetivos, Valores, Principios planteados en el PEI y el Proyecto Curricular de Centro. d) El Órgano de Apoyo. el encargado de brindar servicios administrativos y conexos, proporcionando oportunamente los recursos necesarios para el adecuado desarrollo de las acciones educativas. e) El Órgano de Coordinación. es el órgano de ejecución que armoniza los criterios para la formulación, ejecución, supervisión del plan anual y selecciona alternativas que contribuyan al desarrollo de las actividades técnico-pedagógicas y administrativas del plantel. f) El órgano de Participación. es el responsable de contribuir en el mejoramiento, calidad y eficiencia de los servicios educativos CAPITULO VII DE LA ESTRUCTURA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA Art. 14.- La estructura de la Institución Educativa emblemática “Inca Garcilaso de la Vega” es el siguiente:
  • 8. 8 RI 2018 UGEL - CUSCO UGEL - CUSCO DIRECCION I.E. “INCA GARCILASO DE LA VEGA” CONEI SECRETARIA APAFA SUB DIRECCION AREA ADMINISTRATIVA CETPRO IGV SUB DIRECCION AREAS TECNICAS SUB DIRECCION PRIMARIA ADULTOS SUB DIRECCION SECUNDARIA ADULTOS SUB DIRECCION FORM. GENERAL II PERIODO SUB DIRECCION FORM. GENERAL I PERIODO SUB DIRECCION PRIMARIA MENORES T. TARDE SUB DIRECCION PRIMARIA MENORES T. MAÑANA PROFESORES DE AULA PROFESORES DE AULA SECRETARIA GENERAL PROFESORES DE ED. FISICA PROFESORES DE ED. FISICA AUTOMOTRIZ PROFESORA COMPUTACION PROFESORA COMPUTACION MECANICA J. TALLER AUTOMOTRIZ PCEI COMITÉ DE AULA COMITÉ DE AULA AUXILIAR DE EDUCACION AUXILIAR DE EDUCACION CENTRO DE RECURSOS EDUCATIVOS COORDINACION DE TOE COORDINACION DE ACTIVIDADES ELECTRICIDAD SOLDADURA ELECTRICIDAD MECANICA COMPUTACION SOLDADURA CARPINTERIA CARPINTERIA COMPUTACION JEFE DE LABORATORIO I I PERIODO JEFE DE LABORATORIO I PERIODO IND. VESTIDO ELECTRONICA ELECTRONICA CONTABILIDAD IND. VESTIDO CONTABILIDADC. T. A MESA DE PARTES TOPICO TESORERIA CERTIFICACION EVALUACION ED. F. SOCIALES REALIGIÓN PROF. EDUC. FISICA PROFESORES DE AULA PROFESORESPROFESORES DE AULAPROF. EDUC. ARTISTICA PROFESORES DE AULA ABASTECIMIENTOS PERSONAL DE SERVICIO ALUMNOS DE AREAS TECNICASALUMNOS SECUNDARIA MENORES AUXILIAR BIBLIOTECA AUXILIAR EDUCACION AUXILIAR LABORATORI O AUXILIAR LABORATORI O BANDA DE MUSICOS PROF. RELIGION PROF. IDIOMA EXTRANEJRO ALUMNOS PRIMARIA MENORES ALUMNOS PROFESORES
  • 9. 9 RI 2018 TITULO III DE LA GESTION PEGAGOGICA CAPITULO VIII DE LA CALENDARIZACION Y HORARIO ACADEMICO Art. 15. El año escolar se inicia el primer día hábil del mes de marzo y termina el 31 de diciembre y se calendariza de acuerdo a la norma técnica aprobada por el Ministerio de Educación y se reajusta según directivas emanadas de la UGEL Cusco. Art. 16. De acuerdo a la Norma técnica del año escolar, en el mes de diciembre, el personal Directivo, Jerárquico, Docente y administrativo de la Institución Educativa, realizan el planeamiento y la organización de las actividades para el siguiente año lectivo, cuya labor será asumida por cada nivel. Art. 17.- El período de planeamiento y organización, comprende las siguientes acciones: a) Matrícula. b) Evaluación de recuperación y subsanaciones. c) Reformulación del Plan Anual de Trabajo para los Mejoramientos de los Aprendizajes (PATMA). d) Elaboración del cuadro de distribución de horas de clase y programación de fechas de entrega y/o información de notas. e) Formulación y elaboración de las programaciones curriculares anuales, unidades y sesiones de aprendizaje, por grados y áreas. f) Preparación y distribución de nóminas de alumnos por grados y secciones. g) Distribución del Calendario Cívico Escolar, de acuerdo a la agenda de actividades. h) y demás acciones precisadas en la norma técnica del año escolar aprobada por el Ministerio de Educación. Art. 18.- De la jornada laboral del alumnado. La jornada de trabajo para los alumnos es de lunes a viernes, en los dos turnos (mañana y tarde) y en dos niveles (Primaria y Secundaria), y en EBA y CETPRO según su naturaleza, como también se trabajará los días sábados si en caso hubiera necesidad y pérdida de horas de clase, esto con el objetivo de dar cumplimiento a las horas programadas según nivel y modalidad. Art. 19.- El tiempo de labor del nivel Primaria está distribuido de la siguiente manera: TURNO MAÑANA TURNO TARDE Horario Normal: Primera hora de 07:50 a.m. a 08:20 a.m. 13:00p.m a 13:30 p.m. Segunda hora de 08:20 a.m. a 08:50 a.m. 13:30 p.m a 14:00 p.m. Tercera hora de 08:50 a.m. a 09:20 a.m. 14:00 p.m a 14:15 p.m. 1er Receso de09:20a.m. a09:40 a.m. 14:15 p.m a 14:45 p.m. Cuarta hora de 09:40 a.m. a 10:10 a.m. 14:45 p.m. a 15:15 p.m.
  • 10. 10 RI 2018 Quinta hora de 10:10 a.m. a 10:40 a.m. 15:15 p.m. a 15:30 p.m. 2do Receso de 10:35 a.m. a 10:30 p.m. 15:30 p.m a 16:00 p.m. Sexta hora de 11: 30 p.m. a 12:00 p.m. 16:00p.m a 16:30 p.m. Sétima hora de 12:00 p.m. a 12:30 p.m. 16:30p.m a 17:00 p.m. Horario de invierno: Primera hora de 08:00 a.m. a 08:40 a.m. 13:00 p.m a 13:40 p.m. Segunda hora de 08:40 a.m. a 09:20 a.m. 13:40 p.m a 14:20 p.m. Tercera hora de 09:20 a.m. a 10:00 a.m. 14:20 p.m a 15:00 p.m. Cuarta hora de 10:00 a.m. a 10:40 a.m. 15:00 p.m a 15:40 p.m. Receso de 10:40 a.m. a 11:00 a.m. 15:40 p.m a 16:00 p.m. Quinta hora de 11:00 a.m. a 11:40 p.m. 16:00 p.m a 16:40 p.m. Sexta hora de 11:40 p.m. a 12:20 p.m. 16:40 p.m a 17:20 p.m. Sétima hora de 12:20 p.m. a 13:00 p.m. 17:20 p.m a 18:00 p.m. Art. 20.- El tiempo de labor del nivel Secundario está distribuido de la siguiente manera: TURNO MAÑANA TURNO TARDE Horario Normal: Primera hora 07:40 a.m. a 08:25 a.m. 13:00p.m a 13:45 p.m. Segunda hora 08:25 a.m. a 09:10 a.m. 13:45p.m a 14:30 p.m. Tercera hora 09:10 a.m. a 09:55 a.m. 14:30p.m a 15:15 p.m. Cuarta hora 09:55 a.m. a 10:40 a.m 15:15 p.m. a 16:00 p.m. Receso 10:40 a.m. a 11:00 a.m. 16:00 p.m. a 16:15 p.m. Quinta hora 11:00 a.m. a 11:40 p.m. 16:0 p.m a 16:55 p.m. Sexta hora 11: 40 p.m. a 12:20 p.m. 16:55 p.m a 17:35 p.m. Sétima hora 12:20 p.m. a 13:00 p.m. 17:35 p.m a 18:15 p.m. HORARIO DE INVIERNO: Primera hora 08:00 a.m. a 08:40 a.m. 13:00 p.m a 13:40 p.m. Segunda hora 08:40 a.m. a 09:20 a.m. 13:40 p.m a 14:20 p.m. Tercera hora 09:20 a.m. a 10:00 a.m. 14:20 p.m a 15:00 p.m.
  • 11. 11 RI 2018 Cuarta hora 10:00 a.m. a 10:40 a.m. 15:00 p.m a 15:40 p.m. Receso 10:40 a.m. a 11:00 a.m. 15:40 p.m a 15:55 p.m. Quinta hora 11:00 a.m. a 11:40 a.m. 15:55p.m a 16:35 p.m. Sexta hora 11:40 p.m. a 12:20 a.m. 16:35p.m a 17:15 p.m. Sétima hora 12:20 p.m. a 13:00 p.a. 17:15p.m a 17:55 p.m. CAPITULO IX DEL PROYECTO CURRICULAR DE LA INSTITUCION Art. 21.- El proyecto curricular de la institución será formulada por el equipo directivo tomando en cuenta las necesidades, intereses de los estudiantes y la naturaleza de la institución educativa. Es flexible y dinámico. Art. 22.- El proyecto curricular formulado de la institución debe ser articulado entre el nivel primaria y secundaria. Asimismo, se formulará tomando en cuenta el equipamiento de los talleres y laboratorios. CAPITULO X DE LA PROGRAMACION Y DESARROLLO CURRICULAR Art. 23.- La Institución Educativa Emblemática “Inca Garcilaso de la Vega” aplicará los planes de estudio y los programas curriculares, oficiales vigentes de educación básica regular en los niveles Primaria y Secundaria de menores, EBA Y CETPRO. Art. 24.- La Programación Curricular en Educación Primaria y Secundaria será elaborada por el docente de grado y/o ciclo-área en forma colegiada, diversificando y adecuando según a las necesidades de los estudiantes y entregarán en forma física y virtual a la subdirección correspondiente el primer día hábil del mes de marzo de cada año. Art. 25. En el desarrollo del proceso enseñanza- aprendizaje, el docente utilizará estrategias que promuevan la participación activa de los estudiantes y enfoque de derechos, partiendo siempre de situaciones significativas. Art. 26. Las tareas a domicilio serán excepcionales, siempre dosificadas, motivadoras, ágiles y compatibles con las posibilidades y limitaciones de los estudiantes. CAPITULO XI DE LA EVALUACION Y RECUPERACION ACADEMICA Art. 27. La evaluación de los educandos es permanente, continuo, sistemático, participativo y flexible, que forma parte del proceso de enseñanza-aprendizaje y de acuerdo a las disposiciones indicadas en la norma técnica que rige el año escolar. La evaluación del aprendizaje tiene dos finalidades: a) Formativa, donde el docente proporciona información continua, luego de un análisis interpretación y valoración a fin de regular y realimentar los procesos de enseñanza y de aprendizaje en coherencia con las necesidades, intereses y ritmos de aprendizaje y característica de los estudiantes.
  • 12. 12 RI 2018 b) Informativa, que permita que las familias y la sociedad esté, informados de los resultados académicos de los estudiantes para involucrarse en acciones educativas que posibiliten el éxito de los mismos en la institución educativa y en su proyecto de vida. Art. 28.- El uso de Registro auxiliar por los docentes es obligatorio en todas las sesiones de aprendizaje. Art. 29.- Los educandos y padres de familia del nivel primario y secundario, deben ser informados de los resultados de aprendizajes durante cada trimestre, al término del mismo y del año escolar. Las pruebas escritas serán aplicadas en clase y sus resultados serán informados a los padres de familia para su control, el docente obligatoriamente archivara las pruebas de cada estudiante. Art. 30.- Los docentes, al término de cada trimestre, registrarán las notas al sistema SIAGIE Y entregarán bajo responsabilidad los registros auxiliares y los informes respectivos a la Subdirecciones correspondientes. Art. 31. Los Reportes de Información de resultados de evaluación serán entregados a los Padres de Familia según cronograma establecido en la agenda por los respectivos docentes o tutores. Art. 32.- Los aspectos vinculados a la promoción y repitencia, así como a los programas de recuperación pedagógica o evaluación de recuperación, se establecen de acuerdo a la normatividad respectiva. CAPITULO XII ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO TUTORIAL Art. 33.- La tutoría y orientación educativa es un servicio al estudiante. La designación de tutores y la organización y metodología se realiza conforme la normatividad especial vigente en esta materia emanada del ministerio de educación. Art. 34.- Funciones del Coordinador de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar: a) Mostrar una conducta ejemplar dentro y fuera de la Institución Educativa, removiendo con su ejemplo la disciplina y convivencia escolar. b) Velar por la interiorización y el cumplimiento de las normas de convivencia y disciplina establecidas en la Institución Educativa. c) Verificar que los tutores lleven un registro escrito actualizado del comportamiento de los estudiantes que incluya sus desempeños positivos y negativos. d) Dirigir el Consejo de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar para contribuir a que las actividades de tutoría y orientación educativa fortalezcan la convivencia y disciplina escolar y, mediante la orientación grupal e individual. e) Reunirse periódicamente con los profesores, tutores, asesores, profesores de aula (primaria) y auxiliares de educación con el propósito de evaluar la convivencia y disciplina y así como coordinar las acciones pertinentes para su mejoramiento. f) Proponer a la Dirección de la Institución Educativa, estímulos y sanciones a los estudiantes, de acuerdo al Reglamento Interno de la I.E. y el Reglamento de Convivencia Escolar Democrática, luego de reunión del Consejo.
  • 13. 13 RI 2018 g) Recepcionar y canalizar las iniciativas de la Comunidad Educativa dirigidas a mejorar la disciplina escolar. h) Mediar en la solución de los conflictos que pudieran suscitarse en la Institución Educativa o Programa. Art. 35.- Funciones de los tutores; Son funciones de los docentes tutores: a) Planificar, desarrollar y evaluar las actividades de la hora de tutoría, teniendo en cuenta las áreas de la tutoría. b) Coordinar con el cotutor del aula sobre estrategias de mejora de comportamientos inadecuados de sus estudiantes. c) Velar por el cumplimiento y la interiorización de las normas mediante la orientación educativa permanente de manera grupal e individual. d) Desarrollar en sus estudiantes el respeto hacia su propia persona, a sus pares, a los profesores, padres, autoridades y demás personas con las que interactúen. e) Promover las normas de respeto mutuo en las relaciones interpersonales. f) Desarrollar en sus estudiantes las habilidades sociales de comunicación y resolución de conflictos. g) Organizar las siguientes organizaciones estudiantiles: Parlamento estudiantil garcilasiano, Consejo directivo de estudiantes de cada aula, fiscalías escolares, DESNA, Policía escolar, municipio escolar. h) Organizar conjuntamente con el cotutor a los estudiantes para participar en las actividades programadas en el PAT de la institución. i) Otras precisadas en la normatividad vigente. Art. 36.- Funciones de los cotutores. En el nivel secundaria, Los cotutores son docentes que no tienen hora de tutoría, son designados por el sub Director, para fines de apoyo al tutor de la sección y sus funciones son: a) Organizar a los estudiantes en coordinación con el tutor para participar en las actividades programadas en el PAT de la institución. b) Conformar el comité de aula de los estudiantes y padres de familia en coordinación con el tutor del aula. CAPITULO XIII DE LOS PROYECTOS DE INNOVACION PEDAGOGICA Art. 37. La formulación y propuesta de proyectos de innovación pedagógica es iniciativa del equipo directivo, jerárquico y docente de la Institución Educativa Emblemática Inca Garcilaso de la Vega. Art. 38.- Los proyectos de innovación pedagógica se proponen en la primera semana de marzo de cada año y será aprobado mediante resolución para su inclusión en el PAT de la institución.
  • 14. 14 RI 2018 Art. 39.- El personal directivo, jerárquico o docente que propone y ejecuta un proyecto de innovación pedagógica será reconocido mediante Resolución y premiado por la institución educativa. Art. 40.- La institución educativa promueve la implementación y funcionamiento de aulas de innovación pedagógica en cada nivel y área curricular, designando un docente responsable. Art. 41.- Funciones del Docente de aula de Innovaciones Pedagógicas: Su labor realiza en el Aula de Innovaciones Pedagógicas, depende de los Sub Directores de Primaria y Formación General. a) Promueve uso de tecnología de Información y Comunicación en la institución educativa a fin de optimizar el servicio y mejorar la calidad educativa. b) Desarrollar, ejecutar y supervisar, con fines educativos, una red nacional, moderna, confiable, con acceso a todas las fuentes de información y capaz de transmitir contenidos de multimedia, a efectos de mejorar la calidad educativa en las zonas rurales y urbanas. c) Garantizar la conectividad de los centros educativos con criterio de equidad y facilitar las prestaciones técnicas en función de las necesidades educativas. d) Articular y coordinar acciones intersectoriales y con otros organismos que permitan ampliar la cobertura de los servicios educativos utilizando Tecnologías de Información y Comunicación y Televisión Educativa. e) Establecer lineamientos para la implementación de la plataforma tecnológica en las instituciones educativas, en lo que corresponde a las aulas de innovación u otros ambientes en los que debe impulsarse la integración de las TIC. f) Difundir, promover y aplicar los planteamientos pedagógicos de la Dirección General de Tecnologías Educativas en su Institución Educativa. g) Incentivar a los docentes y estudiantes de la Institución Educativa en el desarrollo y producción de materiales educativos, el trabajo colaborativo en la Institución Educativa y con otras Instituciones Educativas permitiendo el aprovechamiento pedagógico de las TIC. h) Orienta y asesora a los alumnos en la construcción de sus aprendizajes, en coordinación con el docente del área. i) Apoya al desarrollo de la cultura de las telecomunicaciones lo que significa capacitar a los alumnos en la utilización de correo electrónico, tele conferencias, tele videos, etc. j) Organiza capacitación para los docentes de la institución educativa emblemática Gran Unidad Escolar “Inca Garcilaso de la Vega”. k) Diseña y mantiene actualizada la página web de la Institución Educativa. l) Realiza otras funciones a fines al cargo que desempeña. CAPITULO XIV DE LOS MATERIALES Y BIBLIOTECA ESCOLAR Art. 42.- La biblioteca escolar constituye el principal aliado del trabajo pedagógico de los docentes, es donde se gestiona, organiza y distribuye a los estudiantes y docentes oportunamente todos los materiales educativos a su cargo de la institución, está a cargo de un coordinador. Art. 43.- Funciones de la Coordinación del CRAE-Biblioteca: Es el Docente Bibliotecario quien será el responsable de la conducción del CRAE – Biblioteca. Depende del Director de la Institución Educativa y cumple las siguientes funciones:
  • 15. 15 RI 2018 a) Planificar, organizar, ordenar y mantener los recursos para que sean fácilmente accesibles y utilizables. Pone en funcionamiento del CRAE y del servicio de biblioteca de acuerdo con las necesidades y características de la institución educativa del que forma parte la biblioteca. b) Establecer canales de difusión de la información en el centro educativo, que contribuyan a la creación de una fluida red de comunicación interna. c) Seleccionar, adquirir y procesar técnicamente las colecciones y demás materiales educativos, de acuerdo con las normas establecidas. d) Diseñar y llevar a cabo un proyecto de biblioteca escolar e idear actividades que favorezcan el uso de la biblioteca y contribuyan a su dinamización. e) Elaborar materiales diversos (reglamentos, normas etc.) además colaborar con el docente en el diseño de materiales curriculares. f) Promocionar la lectura como medio de entretenimiento y de ocio, para desarrollar en los alumnos habilidades y destrezas en la elección de sus lecturas en diferentes soportes. g) Participar en la capacitación de los alumnos en el uso de las fuentes de información. Deberá organizar actividades para que los alumnos sean capaces de realizar la búsqueda, selección y tratamiento de la información en diferentes tipos de documentos según su naturaleza, soporte, complejidad o grado de elaboración. h) Orientar a los alumnos el sentido de responsabilidad y el espíritu de solidaridad, ya que comparten un patrimonio común cuya conservación depende en buena parte de ellos. i) Recepcionar, seleccionar y codificar técnicamente los textos del sistema de banco de libros del ministerio de educación y demás materiales educativos de la institución de acuerdo con las normas establecidas. j) Organiza y coordina las actividades del club de amigos de la biblioteca, lectura, ajedrez y otros allegados a la biblioteca. k) Coordina y programa con los docentes la utilización racional del material bibliográfico en apoyo a los planes y programas curriculares. l) Difunde a través de cartillas de información a los docentes, alumnos, usuarios etc. Sobre el material de la biblioteca y la utilización racional de estos, así como prepara bibliografías, boletines, guías de difusión y otros. m) Coordina con otras bibliotecas escolares, publicas etc., asuntos de interés común en beneficio de la institución educativa. n) El docente bibliotecario es responsable de la programación, organización, funcionamiento, evaluación, mantenimiento y conservación de los equipos y medios audiovisuales del ambiente del CRAE. o) Gestiona el carnet de biblioteca para los alumnos de la institución al inicio del año académico para el préstamo del material bibliográfico del CRAE. p) Elabora la relación de materiales bibliográficos y equipos necesarios para la biblioteca informando a cada uno de los docentes por áreas.
  • 16. 16 RI 2018 q) Firma y autoriza la documentación de la biblioteca a su cargo, y resuelve problemas generados por los usuarios. r) Autoriza el préstamo de libros a domicilio solo cuando sea necesario al personal de la institución y usuarios plenamente identificados. s) Promueve aportes y donaciones de material bibliográfico y audiovisual y la adquisición permanente de por lo menos un diario oficial Local, Nacional y el diario El Peruano, seleccionando las normas correspondientes al sector educación. t) Establece el horario de atención en coordinación al horario del alumnado desde las 8.00 a.m. a 18.00 p.m. en forma permanente. u) Promueve hábitos de lectura intensiva y ejecuta actividades culturales, concursos, talleres de lectura, ajedrez etc., en la institución educativa. v) Planifica, organiza, coordina las actividades del comité de biblioteca, comisión consultiva, etc. Art. 44.- Funciones del Auxiliar de Biblioteca: Depende del Coordinador del Centro de Recursos para el Aprendizaje Educativo CRAE- Biblioteca. a) Ejecuta tareas relacionadas con los servicios de la biblioteca (sala de lectura). b) Lleva control estadístico de los servicios de la biblioteca. c) Cumple funciones que le asigne el Coordinador del CRA-Biblioteca de la Institución Educativa. CAPITULO XV DEL CALENDARIO CIVICO Art. 45.- El calendario cívico escolar se formula según la norma técnica para el desarrollo del año escolar, tomando en cuenta que algunas actividades por su naturaleza (día del maestro y el aniversario institucional) se deben llevar a cabo en un solo acto, con la participación de todos los niveles y modalidades. Art. 46.- La programación y ejecución está a cargo del coordinador de actividades y el equipo directivo. CAPITULO XVI DE LAS ACTIVIDADES RECREATIVAS Y DEPORTIVAS Art. 47.- El personal docente y administrativo gozará de las facilidades para organizar, y participar en programas deportivos, culturales, sociales y científicos propios de su especialidad, siempre y cuando no interrumpa su jornada laboral. Art. 48.- El Director de la Institución Educativa en coordinación con los docentes del área de educación física organizará por lo menos un paseo o programa de visitas o actividades de esparcimiento donde participa el personal docente y administrativo. Art. 49.- Es política prioritaria de la institución promover actividades deportivas entre estudiantes, docentes y administrativos.
  • 17. 17 RI 2018 TITULO III DE LA GESTION ADMINISTRATIVA Y ORGANIZATIVA CAPITULO XVII DE LA MATRICULA Y HORARIO DEL PERSONAL Art. 50.- Del Ingreso y matrícula. La matrícula es el proceso que consiste en establecer las acciones y formalidades relacionadas con el acceso e ingreso de los alumnos, para cursar oficialmente estudios en la institución educativa con sujeción a las Normas vigentes. Art. 51.- La matrícula se efectúa por única vez al ingresar al primer grado de educación primaria y/o secundaria y procede para quienes hayan cumplido con los requisitos exigidos de acuerdo a la Norma y por excepción con la autorización de la Sub Dirección respectiva. Art. 52.- Son requisitos para el traslado de matrícula en el primer grado de primaria y secundaria: a) Certificado de estudios del nivel inmediato anterior. b) Ficha única de matrícula. c) Presencia del padre o apoderado del alumno. d) Partida o certificado de nacimiento en original. e) Dos fotografías de frente, tamaño carnet. Art. 53.- Para traslado de matrícula de alumnos procedentes de otras Instituciones Educativas, además de los requisitos establecidos, presentarán ficha única de matrícula y podrán matricularse siempre y cuando existan vacantes. Art. 54.- El Sub Director está obligado a la atención de la matrícula de los alumnos sin discriminación ni preferencia alguna, procediendo a matricular a los alumnos expuestos al abandono, peligro físico o moral, dando cuenta de este hecho a la Dirección General. Art. 55.- Ingresará al primer grado de secundaria los alumnos no mayores de quince años de edad que tengan concluido satisfactoriamente el sexto grado de educación primaria. Art. 56.- La desaprobación del alumno en el grado, no es causal para negar la ratificación de la matrícula en el mismo plantel. Sin embargo, el padre de familia firmara un acta de compromiso de apoyo a su menor hijo. Art. 57.- Si el traslado es de la Institución Educativa a otra institución, el interesado presentará la constancia de vacante otorgado por la Institución de destino. CAPITULO XVIII DEL PEI Y DEL PAT Art. 58.- El PEI como instrumento de gestión es formulado a mediano y largo plazo por iniciativa del equipo directivo, con participación de todos los actores de la institución. Es flexible, abierto y progresivo. Art. 59.- El PAT de la institución educativa es formulado en forma participativa, tomando en cuenta el PEI de la institución, planteando acciones y actividades para hacer realidad la propuesta pedagógica y propuesta de gestión planteadas. CAPITULO XIX
  • 18. 18 RI 2018 DE LOS DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL Art. 60.- Funciones del director de la institución educativa. Son Funciones del Director de la Institución Educativa: a) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo en coordinación con el equipo directivo. b) Conduce la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Interno, de manera participativa. c) Diseña, ejecuta y evalúa proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa. d) Aprueba, por Resolución Directoral, los instrumentos de gestión de la Institución Educativa. e) Promueve y preside el Consejo Educativo Institucional. f) Coordina con la asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos, de conformidad con lo establecido la ley que regula la participación de la APAFA. g) Estimula el buen desempeño docente estableciendo en la Institución Educativa prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas. h) Promover en el ámbito de su competencia, acuerdos, pactos, consensos con otras instituciones u organizaciones de la comunidad y cautelar su cumplimiento. i) Velar por el mantenimiento y la conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura de la institución educativa, y gestionar la adquisición y/o donación de mobiliario y equipamiento así como la rehabilitación de la infraestructura escolar. j) Presidir el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo. k) Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por la Institución y representarlo legalmente. l) Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan espacios de ínter aprendizaje y reflexión, así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes y el servicio educativo en el marco del PEI. m) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrículas, visitas de estudio, excursiones y expedir certificados de estudio. Dentro de lo normando, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos pedagógicos oficiales, así como las exoneración de áreas y aplicación de pruebas de ubicación, asimismo autorizar exámenes de convalidación y revalidación. n) Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones. o) Formular el presupuesto del Centro Educativo y velar por la correcta administración de los recursos propios informando a la autoridad competente del Ministerio de Educación.
  • 19. 19 RI 2018 p) Adjudicar la administración de kioscos y cafetines y autorizar el uso eventual de otros ambientes y/o equipos del centro Educativo q) Estimular y organizar la participación de los alumnos de la I.E. en eventos deportivos y culturales, convocados por el MED y otras instituciones. r) Desarrollar acciones de capacitación del personal. s) Otras funciones inherentes a su cargo y los que se le asigne por norma específica del sector. Art. 61.- De las funciones de los sub directores. Son funciones de los Sub-Directores: a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación del PEI, Plan de Trabajo y Proyecto Curricular de Centro y demás Instrumentos de Planeación Estratégica. b) Programar, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones técnico-pedagógicas y administrativas. c) Orientar el trabajo de Asesores, Jefe de Laboratorio, Bibliotecario, brindando asesoramiento d) Programar y realizar jornadas de actualización para el personal a su cargo. e) Establecer los horarios y turnos de trabajo f) Controlar la asistencia y puntualidad del personal a su cargo disponer el reemplazo de los ausentes con los asesores o docentes disponibles. g) Informar trimestralmente al Director, a los profesores, alumnos y padres de familia sobre el desarrollo de proceso de enseñanza aprendizaje. h) Organizar las actividades de recuperación académica del educando. i) Informar periódicamente al Director sobre la situación de la sub dirección a su cargo. j) Emitir la primera semana de cada mes la consolidación de la asistencia e inasistencia del personal docente y/o administrativo. k) Encargar la Sub-Dirección en caso de ausencia al personal que le sigue en jerarquía. l) Cumplir demás funciones que la superioridad le encomienda. Art. 62.- Funciones De Los Sub Directores De Formación General I, II y de Áreas Técnicas. Las Sub Direcciones de Formación General y de Áreas Técnicas, pertenecen al órgano de dirección encargado del aspecto técnico pedagógico; depende del Director. Son funciones del Sub Director de Formación General I, II y Áreas Técnicas. a) Participar en la formulación y evaluación del PEI, Plan Anual de Trabajo y Proyecto Curricular de Centro y demás Instrumentos de Planeación Estratégica. b) Planifica, organiza, supervisa y evalúa las actividades técnico -pedagógicas del Área de su competencia de acuerdo a los lineamientos curriculares en coordinación con el Director, Sub- Directores, Asesores y Coordinadores de Área. Es el líder pedagógico por excelencia.
  • 20. 20 RI 2018 c) Monitorea, supervisa, asesora y acompaña el trabajo de los Coordinadores, Asesores, Jefes de Talleres, Jefes de Laboratorio, Biblioteca y Docentes, según las funciones que establece el reglamento. d) Elaborar el cronograma de entrega de libretas en coordinación con la Sub Dirección de Administración. e) Organizar la distribución de horas en coordinación con los asesores de área, estando a su cargo la distribución de horas de las áreas que no tiene asesoría. f) Programa y realiza jornadas de fortalecimiento de capacidades para los docentes, trimestralmente. g) Convoca a los docentes, por cada área curricular cada dos meses a reuniones técnico – pedagógicas con el propósito de evaluar el trabajo realizado y reprogramar acciones. h) Coordina la elaboración de documentos para la evaluación del educando, asimismo la elaboración de cuadros estadísticos y gráficos referentes al rendimiento. Publica el cuadro de méritos de los alumnos trimestralmente y toma medidas para el mejoramiento continuo. i) Organizar las evaluaciones de recuperación, subsanación y cargo. j) Mantiene actualizada las nóminas de matrículas, respetando los procedimientos administrativos, vigilando la adecuada administrativa del SIAGIE. Supervisa la correcta elaboración de las actas: finales, de recuperación y subsanación. k) Informa a la Dirección y a los padres de familia en forma trimestral, sobre resultados de la evaluación de los educandos, en base a los informes recibidos de los Asesores y Jefes de Taller. l) Controla la Asistencia en coordinación con la administración general y permanencia diaria del personal a su cargo, así como otorga los permisos respectivos, según lo establece el presente reglamento. m) Ejecuta el cronograma del trabajo pedagógico conforme al plan de estudios y el cuadro de distribución de horas, horario de clases y turnos de acuerdo a la normatividad vigente. Así como vela por el cumplimiento de las horas efectivas de clase. n) Coordina con el Director en el aspecto técnico pedagógico de su competencia e informa las acciones de su gestión, al finalizar de cada semestre, siendo responsable del día del logro en la institución educativa dando a conocer al consejo académico y al CONEI. o) Elaborar el cuadro de méritos de los alumnos por bimestres en coordinación con los tutores de cada sección. p) Desarrollar acciones de sensibilización a la comunidad educativa en la conservación y mantenimiento de la infraestructura, ambientes, equipos, mobiliario y material educativo dando algunas orientaciones al personal de servicio. q) Vela por el orden y disciplina en la Institución Educativa Emblemática Gran Unidad Escolar Inca Garcilaso de la Vega Cusco, coordinando con el Comité de disciplina y convivencia escolar.
  • 21. 21 RI 2018 Art. 63.- Funciones de los sub directores de EBR primaria. Son funciones del Sub Director de Primaria de Menores: a) Cumplir por delegación funciones técnico pedagógicas y administrativas del Director de la Institución Educativa. b) Delegar algunas funciones específicas del Nivel al profesor de turno en caso de ausencia del titular. c) Registrar bajo cargo la devolución de los documentos correspondientes a la matrícula del educando que ha egresado del Nivel. Art. 64.- Funciones del sub director de educación básica alternativa. Son funciones del Sub Director de la modalidad de Educación Básica Alternativa: a) Cumplir por delegación de funciones técnico - pedagógicas y administrativas del Director de la Institución Educativa de la modalidad a su cargo. b) Cumplir con las funciones que se indican en los incisos inherentes a su cargo. c) Fomentar un agradable Clima Institucional entre todos los miembros de la comunidad educativa a su cargo, redundando en la buena marcha de la institución. Art. 65.- Funciones del sub director de administración: a) Programar, organizar, coordinar, dirigir y evaluar las actividades de carácter administrativo, económico y financiero tendientes a la provisión de recursos para el óptimo funcionamiento del colegio. b) Organizar el archivo de escalafón del personal y documentos c) Formular el Plan Anual de Trabajo del área y el cuadro de necesidades de la planta física, infraestructura y requerimientos de la administración tomando en cuenta las sugerencias del personal docente priorizando las necesidades inmediatas. d) Organizar, actualizar y administrar el inventario físico de todos los bienes del colegio, así como el registro de altas y bajas remitiéndolas a la superioridad, disponiendo lo conveniente para su conservación y seguridad y poner el inventario a disposición del personal docente, administrativo y de servicio que lo solicite. e) Administrar el abastecimiento de bienes, mantenimiento de maquinarias suministros y recursos propios generados mediante disposiciones legales vigentes y particularmente de actividades productivas elevando la contabilidad correspondiente f) Racionalizar y administrar la infraestructura del Centro Educativo proponiendo al Director lo conveniente previa coordinación con los Sub-Directores. g) Racionalizar y supervisar el trabajo el trabajo del personal administrativo y el personal de servicio h) Promover la capacitación permanente del personal a su cargo i) Administrar el proceso de matrícula, certificación del alumnado y usuarios.
  • 22. 22 RI 2018 j) Realizar la recepción y verificación de los bienes ingresados al almacén de acuerdo a las especificaciones de las facturas. k) Supervisar, asesorar la organización y funcionamiento de la biblioteca escolar l) Coordinar con los docentes, con los niveles y modalidades a fin brindar recursos por el mejor logro de las acciones educativas m) Programar el presupuesto general de gasto para el año entrante. n) Realizar otras funciones a fines a su cargo según ley y funciones que le encomiende el Órgano de Dirección. Art. 66.- Funciones del Coordinador de Actividades y Promoción Comunal: El coordinador de actividades es el Docente Jerárquico que tiene la responsabilidad de la programación, organización, supervisión, prevención, ejecución y evaluación de las actividades de promoción comunal, depende del Sub Director de Formación General. Tiene las siguientes funciones: a) Participar en la formulación y ejecución de documentos de Planeación. b) Colaborar en el programa de promoción educativa comunal en los dos turnos. c) Promover y desarrollar actividades de carácter cultural, científico artístico, social, deportivo, recreativo y otras similares en coordinación con los diferentes niveles y modalidades. d) Organizar actividades de carácter cívico – patriótico. e) Promover, orientar, supervisar, apoyar el desarrollo de las acciones de extensión educativa comunal con participación directa de la comunidad educativa. f) Impulsar los órganos de participación a fin de lograr la integración y la proyección hacia el desarrollo de la sociedad. g) Coordinar con las demás áreas técnico pedagógicas la programación, el desarrollo y evaluación de las acciones de extensión educativa y promoción comunal. h) Organizar en coordinación con el área de OBE. el Consejo Escolar, brigadas de defensa civil, clubes deportivos, culturales y artísticos. i) Realizar otras acciones que le asigne el Director o Sub-Director de Formación General. Art. 67.- Funciones de los Asesores De Área: Los asesores de área dependen del Sub-Director de Formación General. a) Los Asesores son profesionales de Educación de la plana jerárquica, responsables de coordinar, supervisar, evaluar la programación curricular de acuerdo al PCC, la elaboración de materiales educativos y el proceso de enseñanza aprendizaje en una determina especialidad e informar a la Sub Dirección de formación General. b) Presentar el Plan Anual de Trabajo de la Asesoría a su cargo. c) Orienta, monitorea, elabora material educativo, y el proceso técnico pedagógico del personal a su cargo.
  • 23. 23 RI 2018 d) Promueve el desarrollo de métodos, técnicas y material educativo en base al intercambio de experiencias entre los docentes del área a su cargo y su actualización y capacitación permanente. e) Participar en el análisis, adecuación, desarrollo y evaluación de la programación curricular brindando asesoramiento y acompañamiento técnico-pedagógico a los docentes a su cargo en la preparación de clases y en los diferentes aspectos del desarrollo del Aprendizaje. f) Convoca mensualmente a los docentes a su cargo para que informen sobre el trabajo académico efectuado y tomar decisiones tendientes a mejorar el nivel educativo sin interrumpir labores. g) Supervisar la labor educativa y el avance curricular de los docentes de la asignatura correspondiente, utilizando las fichas respectivas, propiciar el diálogo ético-profesional y el consejo oportuno. h) Desarrollar el seguimiento periódico de la actividad educativa entre el equipo de docentes de la línea para su análisis y procesamiento correspondiente, impartiendo las nuevas técnicas metodológicas de la enseñanza en la especialidad y la correcta administración de los registros de evaluación del área de su especialidad. i) Revisar y supervisar los instrumentos de evaluación periódicamente y dar sugerencia oportuna en el manejo de los registros de evaluación. j) Participar y Formular el proyecto de distribución de horas con el equipo de profesores de la línea correspondiente. k) Realizar funciones afines a su cargo que le asigne el Director y Sub-Director del Área de Formación General. l) Informar trimestralmente la labor desarrollada de la actividad educativa y las acciones de monitoreo y supervisión. m) Apoyar el control de asistencia y puntualidad diaria de los docentes de su línea a fin de preservar el normal desarrollo de las acciones pedagógicas. n) Apoyar decididamente en las actividades programadas por el coordinador de TOE., en las acciones tendientes a mejorar los niveles conductuales en los educandos y Extensión Educativa. o) Previene, soluciona problemas generados en su área, caso contrario informa a la Sub Dirección de Formación General sobre las faltas cometidas por su personal docente. p) Colaborar con el orden y disciplina en el plantel. Art. 68.- Funciones del Jefe De Taller: El jefe de taller es el responsable de la organización, coordinación, supervisión, ejecución y evaluación del proceso aprendizaje en el taller de acuerdo a su especialidad. Depende del Sub Director de Áreas Técnicas. a) Programa, organiza y coordina el uso de los talleres a su cargo. b) Planifica, ejecuta y evalúa el programa curricular que corresponda, considerando un proyecto de aprendizaje en la especialidad.
  • 24. 24 RI 2018 c) Supervisa la labor del personal docente y/o técnico a su cargo. d) Mantiene actualizado el inventario de equipo o módulos del taller a su cargo, bajo responsabilidad. e) Vela por el adecuado funcionamiento de los talleres y actualiza los manuales de operación y normas de seguridad en el uso de maquinaria si hubiera. f) Elabora y ejecuta el programa de mantenimiento y conservación de la infraestructura, equipo e insumos de los talleres. g) Informa periódicamente e inmediato superior sobre el funcionamiento de la infraestructura, equipo e insumos de los talleres. h) Elabora proyectos de área de acuerdo con el nuevo enfoque pedagógico. i) Realiza otras funciones afines a su cargo que le asigne su jefe inmediato. Art. 69.- De Las Jefaturas del Laboratorio. El jefe de laboratorio tiene la responsabilidad de organizar, orientar, supervisar y evaluar el proceso de enseñanza y aprendizaje en el laboratorio, así como de elaborar el programa de mantenimiento, conservación de los equipos e insumos y de llevar el inventario correspondiente. Depende del Sub Director de Formación General de su respectivo turno. El Jefe de Laboratorio tiene una jornada laboral de 40 horas, distribuida: 12 horas en el dictado de clases y 28 horas para las funciones y actividades propias de su cargo, bajo responsabilidad. Art. 70.- Funciones del Jefe de Laboratorio: a) El jefe de laboratorio, tiene la responsabilidad de organizar, orientar, supervisar y evaluar el proceso de enseñanza-aprendizaje en los laboratorios, así como de elaborar el programa de mantenimiento conservación de los equipos e insumos y de llevar el inventario correspondiente. b) Depende del Sub-Director de Formación General y Supervisa la labor de los auxiliares de laboratorio a su cargo. c) Presentar el Plan Anual de Trabajo, Promover actividades para lo auto implementación y mejoramiento de los equipos y materiales de trabajo en coordinación con el asesor. d) Organiza, orienta, y evalúa el proceso de enseñanza – aprendizaje de las prácticas de laboratorio. e) Elabora el cronograma de mantenimiento del uso, mantenimiento, conservación y requerimiento de mobiliario, equipo, materiales y reactivos, e informar, en coordinación con el Asesor de C.T.A. a su autoridad superior inmediato. f) Establecer y hacer cumplir las medidas de seguridad para evitar accidentes físicos en horas de trabajo de laboratorio. g) Informar al Sub-Director de Formación General, Sub Directora de Administración y Asesor sobre el incremento, deterioro, sustracción y baja de línea a su cargo.
  • 25. 25 RI 2018 h) Supervisar permanentemente las áreas críticas, fluidos eléctricos, agua, desagüe, instrumentos y materiales de laboratorio. i) Mantener actualizado el inventario de laboratorio, el movimiento de materiales perecibles, fungibles de los deterioros de materiales y equipos, y da de baja aquellos materiales inoperativos. j) Registrar la entrada y salida de instrumentos, insumos, materiales fungibles y no fungibles de laboratorio k) Asesorar al personal docente y a los alumnos, en el uso adecuado de los instrumentos de laboratorio. l) Formula y difunde normas de convivencia de los alumnos en el laboratorio y difunde las medidas de seguridad. m) Apoya a los profesores del área en la elaboración de las guías de práctica y orienta su ejecución. n) Presente los requerimientos de materiales renovables, la reparación de los equipos deteriorados y compra de nuevos equipos de acuerdo a las necesidades curriculares. o) Hacer cumplir el reglamento interno del uso de laboratorio p) Atender la solicitud de los profesores de los diferentes turnos q) Realizar otras acciones afines al cargo que lo asigne el Director o Sub-Director de Formación General. Art. 71.- Funciones de los Auxiliares de Laboratorio. El auxiliar de laboratorio es el personal encargado de la conservación mantenimiento y seguridad de los módulos equipos y gabinetes. Depende del jefe de laboratorio, del Sub-Director Administrativo y/o Director del plantel, según corresponda, cumple las siguientes funciones: a) Limpiar y esterilizar los materiales, instrumentos, en las aulas especializadas y los ambientes del laboratorio, según cronograma y distribución para cada turno pre establecido. b) Participar en la elaboración del PLAN ANUAL DE TRABAJO, y el cronograma de Prácticas del Laboratorio. c) Llevar el registro de prácticas de Laboratorio e informar por escrito en forma permanente sobre las ocurrencias a los Jefes de Laboratorio según al turno que corresponda. d) Apoyar a los docentes durante las prácticas de laboratorio, con la preparación de las muestras o pre-prácticas y otros similares. e) Elaborar el cuadro de requerimiento de materiales, registrando las altas y bajas de los mismos. f) Distribuir y/o llevar los materiales del laboratorio, módulos, maquetas y otros a las aulas especializadas, según las prácticas programadas y recoger bajo responsabilidad en el mismo día de acuerdo al turno.
  • 26. 26 RI 2018 g) Actualizar la codificación de todos los materiales, bienes y enseres de los laboratorios, de acuerdo al nuevo inventario existente, a su vez actualizar el inventario físico de los bienes y enseres anualmente. h) Al salir de vacaciones y/o reincorporarse, ser destacados o requeridos por las Instancias Superiores, antes y a su retorno, deberán informar por escrito a los Jefes de Laboratorio. i) Informar periódicamente por escrito después de haber verificado la existencia de los materiales. Art. 72.- Son derechos de los profesores: Todos los derechos señalados en el art. 41 de la ley N° 29944 ley de Reforma magisterial y su reglamento además: a. Solicitar Licencias y permisos, oportunamente. b. Ser estimulado por sus méritos en el cumplimiento de su labor docente, por parte de la institución c. Ser tratado con respeto a su dignidad personal y trayectoria profesional, Ser considerado, en forma prioritaria, en estricto orden de méritos y capacidad, en proyectos que desarrolle la institución. d. Ser informado oportunamente para participar en eventos educativos como: Becas, Seminario, Concursos de Proyectos y otros. e. Los demás derechos pertinentes establecidos en la legislación laboral y en la Constitución Política del Perú. Art. 73.- Son deberes de los profesores: todos los señalados en el art. 40 de la ley N° 29944 ley de Reforma magisterial y su reglamento, el art 7 de la Ley N° 27815 ley del código de ética de función pública y. a) Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del P.E.l., P.A.T., RI de la Institución Educativa. b) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares con puntualidad informando oportunamente al sub director del nivel y turno correspondiente. c) Integrar los comités o comisiones de trabajo y colaborar con todos los órganos de la Institución Educativa. para el logro de sus objetivos y metas. d) Atender a los padres de familia en los horarios establecidos, para informar sobre el rendimiento de sus hijos. e) Cumplir con el desarrollo de clases en sus horarios establecidos; estando 5 minutos antes del ingreso a aula. f) Utilizar estrategias, métodos, técnicas, materiales educativos y recursos tecnológicos que aseguren la calidad y eficiencia del servicio educativo. g) Participar en la planificación, organización y desarrollo del Calendario Cívico Escolar y otras actividades programadas por la Institución Educativa. h) Promover y apoyar la realización de certámenes de carácter académico, artístico, religioso, deportivo y social, entre los estudiantes. i) Organizar, ambientar el aula y preparar el material educativo con la colaboración de los educandos y padres de familia. j) Absolver con cordialidad y en forma oportuna las consultas de los estudiantes. k) Colaborar con el personal directivo y jerárquico, en la realización de iniciativas que tiendan al mejoramiento de la institución; asistiendo al mismo tiempo con puntualidad a reuniones convocadas por el Director, Sub-Director o asesores y Coordinadores. l) Colaborar con el mantenimiento de la disciplina fuera y dentro de la Institución Educativa y estar presente durante las formaciones al lado de sus estudiantes, a fin de controlar la disciplina y colaborar con el auxiliar de educación del turno.
  • 27. 27 RI 2018 m) Emplear con el estudiante un trato firme, enérgico, cortés y amistoso, respetando siempre la dignidad del educando. n) Registrar su asistencia entrada y salida en forma digital y firmar la ficha de aula semáforo anotando el campo temático a desarrollar de acuerdo a la naturaleza del área. o) Presentarse con la indumentaria adecuada para realizar su labor docente, dentro del criterio que exige el buen ejemplo. p) Exigir a los estudiantes la limpieza y conservación de las aulas y del mobiliario en general que posee la Institución Educativa. q) Cumplir puntualmente las actividades permanentes, concurrir obligatoriamente al desarrollo de las actividades cívicas y las ceremonias públicas cuando la Institución Educativa tenga que participar. r) Ser puntuales con la entrega de registros auxiliares e informe pedagógicos a las subdirecciones de cada nivel y turno. Art. 74. Está prohibido a los profesores, los señalados en el art. 8 de la Ley N° 25815 Ley del código de la función pública y; a) Delegar en cualquier forma sus funciones docentes; sin la previa autorización del Director. b) Atentar en cualquier forma contra la integridad física, intelectual de los educandos. c) Recibir visitas durante el desarrollo de clases, salvo caso urgente: las visitas se harán en horas de recreo. d) Recibir, sugerir o exigir obsequios, emolumentos a sus estudiantes, padres de familia o apoderados. e) Censurar en forma destructiva las órdenes de las autoridades superiores y tratar en clases sobre asuntos extraños a la enseñanza. f) Ausentarse de la Institución Educativa sin la autorización del Sub Director del nivel y turno en horas de labor docente. g) Enviar a los estudiantes a sus domicilios, por cualquier motivo sin la autorización del Sub Director. h) Imponer castigos corporales. i) Hacer colectas de cualquier tipo sin la autorización del Director. j) Llamar a los estudiantes por números. k) Dedicar las horas de clase a la calificación de las pruebas u otras actividades de orden personal. l) Realizar modificaciones en la distribución del tiempo y lugar de trabajo, sin la autorización del Director. m) Ejecutar visitas de estudio dirigido, prácticas deportivas fuera de la Institución Educativa sin la presentación previa del plan de estudio y la autorización del Director o Sub Director. n) Otras contrarias a la normatividad vigente. Art. 75.- Son deberes de los Auxiliares de Educación. Todos los deberes señalados en el art. 219° del D.S. N° 04-2013-ED modificado por el D.S. N° 008-2014-MINEDU, los señalados en la norma técnica que regula el año escolar 2018 y: a) Participar en la elaboración de los documentos de Planeación y Plan de Trabajo de TOE. b) Velar por el buen comportamiento y disciplina de todos los estudiantes. c) Vigilar a los estudiantes en las horas de estudio, formación y recreos. d) Realizar el control diario de la asistencia de los estudiantes, exigiéndoles la justificación respectiva en caso de inasistencia, reportando al coordinador de TOE para su seguimiento. e) Controlar la higiene, la correcta presentación de los estudiantes y el cultivo de los buenos modales en todo momento.
  • 28. 28 RI 2018 f) Visar y monitorear diariamente el adecuado uso de las Agendas Escolares de los estudiantes a su cargo. g) Dar cuenta al Coordinador de TOE los casos de reincidencia en faltas de conducta o problemas especiales que presenten los estudiantes. h) Cooperar con los profesores y especialmente con los tutores en las acciones que requieran su concurso. i) Asumir la vigilancia de las aulas en horas de ausencia del profesor; asegurando la adecuada utilización del tiempo e informar a la sub dirección respectiva. j) Tratar al estudiante en forma cortés pero firme, respetando en todo momento su dignidad. k) Abstenerse de promover o participar en actividades que contravengan a los fines y objetivos de la Institución Educativa. l) Estar en la Institución Educativa 30 minutos antes de la hora de entrada y salir con el último estudiante. m) Participar en reuniones de padres de familia y dar informes sobre el comportamiento y conducta de sus hijos. n) Vigilar que no haya estudiantes en los corredores, patios, campos deportivos durante las horas de clase. o) Conducir al estudiante a ceremonias públicas fuera de la Institución Educativa bajo responsabilidad. p) Organizar y dar funcionalidad a los brigadieres de aula y la Policía Escolar. q) Ser responsables del toque de campana para cambios de hora, recreos ingresos y salidas de estudiantes. r) Preocuparse por la limpieza y el orden de los ambientes designados. s) Participar en la elaboración y difusión constante en los educandos del Reglamento Interno (normas de convivencia) para su cumplimiento. t) Tener al Día: la carpeta de trabajo, Las fichas de consejo y seguimiento a los alumnos con problemas de conducta en especial los que se encuentra con matrícula condicional. Y Otros de acuerdo al nivel o modalidad. u) Es de su responsabilidad el orden y la disciplina del alumnado y/o participante durante las formaciones en las actividades Cívico Patriótico, literario musical, deportivo y otros que el plantel organice. v) Participar en la organización y preparación de las delegaciones que representen a la institución en los desfiles cívicos. w) Realizar demás funciones que le asigne la superioridad. Art. 76.- Las prohibiciones de los auxiliares de educación, señalados en el art. 8 de la Ley N° 27815 ley del código de ética de función pública y:
  • 29. 29 RI 2018 a. Requisar objetos personales de los estudiantes sin conocimiento de la dirección y subdirecciones y/o coordinadores de TOE. b. Abandonar a los estudiantes, en horario de trabajo. c. Promover actividades lucrativas en beneficio propio o de terceros con los estudiantes valiéndose de su cargo. d. Atender a los padres de familia en los pasillos o campos deportivos. Art. 77.- Funciones del profesional en psicología. Son funciones del profesional de psicología. a. Sensibilizar a los integrantes de la comunidad educativa sobre la importancia de la convivencia democrática. b. Participar en el proceso de incorporación de la convivencia democrática en los instrumentos de gestión de la institución educativa. c. Contribuir a la elaboración, implementación, ejecución, y evaluación del plan de convivencia democrática de la institución educativa participando en: - El diagnóstico de la situación de la convivencia democrática y el clima institucional. - El diseño, implementación, ejecución, y evaluación del plan de prevención e intervención ante situaciones que afectan la convivencia escolar y el clima institucional. - La producción de material educativo pertinente para la comunidad educativa. d. Participar en la implementación de los programas y proyectos que el ministerio de educación, en coordinación con los gobiernos regionales, promueve para fortalecer la convivencia democrática en las instituciones educativas. e. Coordinar con los docentes y tutores a fin de orientar su acción en los casos de violencia y acoso entre estudiantes. f. Promover y participar en redes de inter aprendizaje e intercambio profesional y laboral. g. Presentar el informe de sus acciones profesionales a la dirección y subdirección correspondiente y contribuir a la elaboración del informe de la implementación y ejecución del plan de convivencia democrática dela institución educativa. Art. 78.- Funciones del Profesor de Banda: En la Institución Educativa el profesor de banda, es el responsable de la enseñanza a los alumnos y conducción de la banda de música. Depende del Coordinador de Actividades, tiene las siguientes funciones: a) Es responsable de la organización y funcionamiento de la banda de músicos en cada turno de trabajo. b) Al inicio del año escolar presenta a la Dirección y a la Coordinación de actividades su Plan de Trabajo y su horario especificando las horas de ensayo en forma alterna tanto en la mañana como en la tarde, para completar su jornada de trabajo deberá programar ensayos los días sábados.
  • 30. 30 RI 2018 c) Capacita a los alumnos de la banda de músicos en los contenidos teóricos y prácticos de música. d) Establece el horario más adecuado para los ensayos en coordinación con el área de actividades (fuera del horario de clases). e) Asume la responsabilidad de la administración, conservación y mantenimiento de los instrumentos musicales y enseres de la banda de músicos en coordinación con el comité de apoyo. f) Informa a la Dirección y coordinación de Actividades de la Institución Educativa, sobre cualquier incidente ocurrido, que afecta el normal desempeño de la banda. g) Sostiene reuniones de coordinación, cada mes con la coordinación de actividades y Dirección. h) Alcanza trimestralmente las evaluaciones solamente de los alumnos integrantes de la banda de músicos, a la Sub Dirección respectiva para validar en las áreas de educación por el arte, los integrantes de la banda de músicos deben ser reconocidos por resolución directoral, emitida oportunamente. i) Informa oportunamente en coordinación con los docentes del área de educación por el arte, el calificativo correspondiente al alumno para su validación. j) Cuida la integridad física de los integrantes de la banda de músicos y controla la disciplinan a la hora de los ensayos y en los eventos que se participa. k) Informa sobre el estado de conservación de los instrumentos, solicitando a la dirección la reparación del instrumental deteriorado cada semestre para su reparación. l) Propone la distinción a los alumnos destacados de la banda de músicos, mediante un certificado otorgado por la institución. m) Organiza, coordina y gestiona con el comité de apoyo de la banda de músicos, en la reparación de instrumentos consiguiendo donaciones y realizando actividades de carácter económico para la compra de nuevo instrumentos. n) Promueve la participación del alumnado en la banda de músicos y la banda de guerra. o) Participa y coordina las acciones necesarias para que la banda de músicos pueda animar las formaciones de los días lunes y en las actividades programadas, tanto en el turno mañana y tarde. p) Lleva un estricto control de los estudiantes que participan en la banda de músicos, de tal manera que se cuide su rendimiento académico, asistencia a sus clases, determinando el horario de ensayos que debe ser comunicado con anticipación a los profesores. q) Comunica inmediatamente a la Coordinación de TOE la lista de alumnos que no asisten a clases por asistir a compromisos institucionales como integrante dela Banda de Músicos para su justificación de inasistencias y que se le brinde oportunidades académicas y de evaluación por parte de los docentes de las diferentes áreas. Art. 79.- Funciones de secretaria de la dirección:
  • 31. 31 RI 2018 Es la persona encargada de la ejecución de actividades variables de apoyo secretarial. Depende del Director y/o Sub Director Administrativo de la Institución según corresponda, cumple las siguientes funciones: a) Preparar la agenda y despacho de la Dirección de la Institución Educativa. b) Redactar documentos variados de acuerdo a las indicaciones del Director y/o Sub Director de la Institución, para la firma del Director. c) Elaborar el cuadro de necesidades, así como mantener la existencia y la distribución de útiles de escritorio y oficina de la dirección. d) Atender al público usuario y alumnos sobre trámites, gestiones y consultas que se formulen. e) Llevar actas de reuniones internas de CONEI y otros internos I-II. f) Apoyar otras tareas afines al cargo. g) Llevar actualizado inventario de su oficina. h) Sistematizar en forma mecanizada, automatizada el registro de expedientes y archivos de la oficina por años y meses. Art. 80.- Funciones del técnico administrativo II - (SECRETARIA GENERAL) Persona encargada de la administración y supervisión del desarrollo de actividades de trámite, así como velar por la seguridad, integridad, conservación de los documentos y bienes a su cargo. Depende del Director y/o Sub Director Administrativo del colegio según corresponda, cumple las siguientes funciones: a) Velar por la seguridad e integridad de los documentos reservados y confidenciales del Centro Educativo. b) Analizar expedientes, proyectos, resoluciones, y emite informes técnicos, decretos, proveídos, disponiendo la proyección de resoluciones. c) Supervisar las actividades relacionadas con el movimiento del trámite documentario, matrícula, certificación, evaluación y otros afines. d) Proyectar Resoluciones y decretos sobre procedimientos que se dan a nivel del centro educativo. e) Verificar y visar los certificados de estudios y así como las constancias de estudios. f) Revisar las tareas administrativas que fueran asignadas. g) Llevar Inventario actualizado de su oficina. h) Remitir a la Sub-Dirección de Administración los permisos y/o licencias que soliciten el personal Administrativo, para el respectivo control de los mismos. i) Participa en las acciones de asesoramiento. j) Elaborar documentos oficiales externos. Art. 81.- Funciones del oficinista II: a) Realizar el proceso de matrícula de los alumnos del plantel, formar los diferentes equipos de trabajo. b) Abrir la ficha de cada alumno haciéndola refrendar por el Director del Plantel. c) Formular la nómina de alumnos por grado y secciones, ubicando las asignaciones de recuperación y subsanación previa verificación con las actas de evaluación d) Elaborar la nómina de matrículas en los formatos oficiales. e) Formular el cuadro de aprobación de matrículas, estableciendo los alumnos observados con indicación de los motivos para su aprobación mediante Decreto Directoral. f) Efectuar la regularización de las matrículas observadas.
  • 32. 32 RI 2018 g) Distribuir la nómina de alumnos a las diferentes dependencias del plantel, así como a los docentes. h) Realizar el procedimiento de traslado de matrículas. i) Recepcionar las notas de evaluación periódica del Sub-Director de Formación General para su registro en la Base de datos del Sistema Computarizado y devolver en planillas. j) Preparar tarjetas de información del educando y/o participantes con la evaluación correspondiente de cada período trimestral. k) Entregar las tarjetas de información a la Sub-Dirección de Administración. l) Preparar las pre-actas de subsanación y recuperación para la evaluación respectiva. m) Preparar las actas consolidadas de evaluación integral por duplicado con la información relativa al número de matrícula, condición y sexo, datos del plantel, apellidos y nombres, estableciendo los alumnos retirados y trasladados. n) Elaborar después de la evaluación promocional el cuadro estadístico con datos relativos al número de alumnos invictos, aplazados de uno a tres cursos, repitentes y retirados por grados y secciones con relación al número total de matriculados. o) Expedir los certificados en un plazo no mayor de cinco días. p) Preparar Decretos Directorales para la rectificación de nombres y apellidos, exoneraciones, autorización para evaluación y otros inherentes a su cargo. q) Elaborar los Certificados de estudios, conducta, constancia bajo responsabilidad y con visto bueno del Director del Plantel. r) Elaborar informes que solicite la superioridad relacionado al estudiantado. s) Organizar técnicamente los archivos de actas de evaluación y subsanación. t) Participar en reuniones de coordinación de carácter interno convocado por el Sub-Director respectivo, realizar las demás funciones a fines a su cargo. u) Efectuar el mantenimiento y conservación del equipo a su cargo e informar en su oportunidad sobre el extravío o deterioro de estos a la superioridad. v) Solicitar y disponer el material necesario de impresión para las acciones educativas y llevar archivo del material impreso. w) Realizar demás funciones afines a su cargo que le asigne la superioridad. Art. 82.- Funciones del oficinista (OFICINA DE EVALUACIONES – SIAGIE) Es el personal encargado de elaboración de planillones, Nómina de matrículas, libreta de notas, actas consolidadas, actas de recuperación, cargo, traslados, rectificaciones de nombres y apellidos, depende del Sub Director Administrativo y/o coordina con los Sub-Director de Formación General I, II , Primaria Turnos Tarde y Mañana, según corresponda, cumple las siguientes funciones: a) Recepcionar, clasificar, registrar, distribuir y archivar la documentación que corresponda a las Sub-Direcciones Formación General I, II, Primaria Turnos Mañana y Tarde.
  • 33. 33 RI 2018 b) Registrar y llevar el control de los alumnos que no han ratificado su matrícula y de los alumnos retirados por diferentes motivos. c) Elaborar actas promocionales, de recuperación y de cargo, para promocionar a los alumnos. d) Registrar las notas finales y las de cargo, en las actas promocionales, para trasladarlas a las tarjetas de información y/o certificado de estudios. e) Velar por el orden y conservación de los archivos, de toda la documentación de escolaridad de los alumnos de esta institución educativa, revisando las partidas de nacimiento para ver si están registrados sus nombres y apellidos conforme figuran en las partidas de nacimiento. f) Elaborar el cuadro de méritos `por grados y secciones en un lugar visible. g) Informar por escrito a la Dirección y/o a la Sub Dirección de Administración del colegio, sobre los errores detectados en los registros, actas, nóminas y fichas de evaluación para su rectificación y acciones correspondientes. h) Llevar inventario actualizado de la oficina a su cargo. Art. 83.- Funciones del oficinista (OFICINA DE CERTIFICACIONES): Personal encargado de velar la conservación, seguridad de las actas promocionales, subsanaciones, recuperaciones, curso a cargo y archivos en general, depende de la Dirección y Sub Dirección de Administración y cumple las siguientes funciones: a) Elaboración de Resoluciones para las Subsanaciones b) Elaborar certificados de estudios y conducta de los Niveles EBR Primaria y Secundaria c) Facilitar actas de subsanación a la oficina de evaluaciones en fotocopias. d) Velar por el orden y conservación de los archivos de las actas que se encuentran a su cargo. e) Informar por escrito a la Dirección y sub Dirección de Administración sobre los errores detectados en los registros, actas, nóminas y fichas de evaluación para la rectificación y acciones correspondientes. f) Elaborar las actas consolidadas de recuperación para ser trasladadas a los certificados de estudios. g) Llevar el inventario actualizado de la oficina a su cargo. Art. 84.- Funciones de la oficinista (oficina de trámite documentario): Personal encargado de velar por la conservación, seguridad y distribución de los documentos recepcionados y el cargo de los entregados de la Institución Educativa depende la Dirección y/o Sub Dirección de Administración según corresponda, cumple las funciones siguientes: a) Ingresar y registrar los documentos previa verificación de acuerdo a los requisitos establecidos y exigidos por la Institución, tomando en cuenta el motivo y/o asunto que se solicita. b) Entregar al usuario la documentación previamente requerida y/o solicitada con el proveído correspondiente y su respectiva identificación personal tal como estipula en la norma 27744 del proceso Administrativo. c) Recepcionar, clasificar, distribuir documentos oficiales y de trámite, a las Áreas correspondientes d) Informar y orientar al usuario y Público en general sobre la tramitación de sus documentos. e) Entregar al usuario la documentación previamente requerida y/o solicitada con el proveído correspondiente. f) Llevar inventariado los bienes actualizados de la oficina a su cargo Art. 85.- Funciones de la oficinista (oficina de tesorería – caja): Persona encargada de la ejecución del libro contable y/o caja depende del Sub Director De Administración y del Director de la I.E. según corresponda, cumple las siguientes funciones: a) Efectuar los registros y arqueos de caja diarios, de ingresos y egresos.
  • 34. 34 RI 2018 b) Recepcionar yregistrar los comprobantes de pago con el visto bueno del director y sub director administrativo, indicando por qué y para que se realizó el gasto, en la parte reversa del documento. c) Registrar la recaudación por diferentes conceptos, en los recibos de ingresos en forma ordenada y con la numeración correlativa, sin enmendaduras ni correcciones. d) Llevar ordenadamente los archivos de los documentos sustentándolos los ingresos y egresos. e) Recaudar y hacer los empoces diarios en la cuenta de ahorros que tiene la Institución educativa, de los recaudos por los ingresos propios, alquileres, o por producción. f) Confrontar y chequear los comprobantes y otros documentos contables. g) Velar por la seguridad y mantenimiento y conservación de los documentos contables y de los bienes asignados a su cargo. h) Registrar en el libro de caja los ingresos y egresos mensuales. i) Elaborar balances anuales para informar a la autoridades competentes. j) Evacuar informes mensuales del movimiento económico a la Sub Dirección de Administración y/o Dirección del colegio, debidamente sustentado. k) Llevar actualizado el inventario de bienes a su cargo. l) Depositar en la entidad bancaria respectiva la recaudación diaria, en el transcurso de las 24 hrs. Art. 86.- Funciones del técnico administrativo (secretaria de sub dirección de administración): Persona encargada en elaborar el inventario general de la Institución Educativa, controla la asistencia diaria del personal Directivo y Administrativo, para el informe mensual, depende directamente del Sub-Director Administrativo y cumple las siguientes funciones: a) Mantiene actualizado el escalafón del personal de la Institución Educativa. b) Tener actualizado el CAP. c) Consolidar el cuadro de requerimiento de materiales de las diferentes oficinas de la institución. d) Consolidar el inventario general de bienes, muebles, equipos de computación, sonido y otros que posea la Institución Educativa, con su respectiva depreciación. e) Realizar el control diario de las tarjetas de asistencia del personal administrativo f) Llevar el registro diario, semanal y mensual de la asistencia, permisos, licencias del personal administrativo. g) Consolidar mensualmente sobre la asistencia del personal Administrativo al Sub Director Administrativo. h) Elaborar toda la documentación inherente a la labor que se realiza en el Sub- Dirección de Administración. i) Elaborar y consolidar el trabajo estadístico para la UGEL. Art. 87.- Funciones de jefe del personal de servicio: Es el encargado de la supervisión de las labores de mantenimiento, conservación y seguridad de los bienes de la Institución Educativa. Depende del Sub-Director Administrativo, cumple las siguientes funciones: a) Planificar, organizar, dirigir y controlar las labores de mantenimiento y de conservación del local, mobiliarios y equipos. b) Supervisar y verificar los trabajos referentes a la limpieza y mantenimiento, reparación y conservación del local, mobiliarios y equipos. c) Elaborar el cuadro de necesidades de materiales para la ejecución de labores de limpieza, mantenimiento y conservación. d) Elaborar el presupuesto para la reparación de servicios de agua, luz y otros trabajos pequeños. e) Verificar la cantidad y calidad de los materiales de trabajo de reparación.
  • 35. 35 RI 2018 f) Velar por la seguridad e integridad de los bienes de la Institución Educativa, así como informar a la autoridad superior las ocurrencias producidas durante la jornada laboral. g) Elaborar juntamente con el Sub-Director Administrativo, el rol de turnos para los días feriados y el cambio de turnos durante el año escolar, de los trabajadores de servicio de la Institución. h) Preparar e instalar equipos de sonido, banderas para izamiento etc. para las actividades permanentes y eventuales externas. Art. 88.- Funciones del trabajador de servicio: Personal encargado de la ejecución de las actividades de vigilancia, control y seguridad de los bienes materiales del local de la Institución Educativa. Depende del Jefe de personal de servicio y del Sub-Director de Administrativo o según corresponda, cumple las siguientes funciones: a) Realiza la custodia del local a través de rondas permanentes en los ambientes y de todo el local, cuya responsabilidad en su jornada de trabajo es total. b) Cumple con los turnos programados registrando las incidencias y sucesos, en el cuaderno de registro de ocurrencias, comunicando en forma oportuna a su jefe inmediato. c) Realizar la limpieza de aulas, pasadizos y otros ambientes designados. d) Controlar el ingreso y salida del alumnado en el horario establecido. e) Controlar que los muebles, enseres y otros bienes que pertenecen a la Institución Educativa, no salgan de esta, sin la autorización escrita (mediante memorándum) del Sub Director administrativo y/o Director del Plantel. f) Velar por el mantenimiento y conservación de los bienes muebles, equipos, herramientas y de la infraestructura del plantel. g) Cumplir estrictamente la guardianía de los días sábados, domingos y feriados de acuerdo al rol establecido. h) Comunicar oportunamente a la Sub Dirección de Administración, a la Dirección General si hubiera algún cambio en el rol establecido, caso contrario, será responsable de algún hecho negativo que se sucediera en el turno que le corresponda laborar. Art. 89.- Funciones del oficinista de la modalidad de EBA: Asume todas las funciones que anteceden establecidos en lo que corresponde al de Secundaria de Menores. Art. 90.- Funciones del auxiliar de laboratorio de áreas técnicas: Depende de Sub Dirección de Áreas Técnicas. Sus funciones son: a) Participar en la elaboración del Plan de Trabajo de Talleres. b) Es el directo responsable de apoyo del manejo y utilización del material de laboratorio y/o gabinete de taller. c) La programación de las prácticas debe alcanzar a los dos turnos. Los días que no tiene programado el rol de atención a los alumnos apoyará de oficinista, para justificar el trabajo de acuerdo a la necesidad de servicio. Art. 91. Funciones de la Servidora de Enfermería: Depende del Coordinador de TOE y sus funciones son: a) Velar por la salud de los educandos mediante la prestación de primeros auxilios.
  • 36. 36 RI 2018 b) Participar en la planificación, programación, desarrollo y evaluación de las acciones del área de TOE en coordinación del responsable de la presidente del Comité de Gestión de riesgos de la institución. c) Llevar y/o transportar a los estudiantes que requieran atención médica en situaciones de enfermedad o cuando se suscite accidentes en la Institución educativa, a los establecimientos de salud. d) Programar, coordinar y ejecutar talleres de capacitación sobre temas de prevención de salud. e) Velar por el mantenimiento de previsión del botiquín de la Institución educativa, procurando que tenga los medicamentos e implementos necesarios e indispensables. f) Llevar al día la historia clínica de los estudiantes atendidos en su servicio y si fue derivado a algún centro de atención de salud registrar el motivo, hora, responsable y el diagnóstico. g) Llevar el cuaderno de control de entrada y salida de medicamentos e implementos de salud, no siendo posible la venta al usuario. h) Participar en todas las actividades programadas en la Agenda de Actividades y otras en las que participe la Institución Educativa donde se requiera su servicio. i) Elaborar un plan de trabajo, que garantice la prevención de enfermedades y accidentes. j) Realizar funciones afines al cargo cuando se le asigne. CAPITULO XX DE LOS ESTIMULOS Y SANCIONES Art. 92.- Son estímulos para los docentes los estipulados en el art. 42 De la ley N° 29944 y su reglamento y lo que se indica en el art.76° del reglamento de la citada ley y adicionalmente A nivel de la institución se otorgara. i. Felicitación verbal del director en acto público ii. Felicitación por Resolución Directoral por el director iii. Entrega de medalla de Palma Garcilasianas iv. Otras acciones que determine la autoridad. Art. 93.- Las sanciones a los docentes están establecidas en el artículo 43 De la ley N° 29944 ley de reforma magisterial y su reglamento. CAPITULO XXI DEL MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO Art. 94.- el monitoreo pedagógico es un proceso organizado de recojo y análisis de información sobre los procesos pedagógicos que ocurren en cada aula, el acompañamiento pedagógico es el acto de ofrecer asesoría continua al docente en temas relevantes en su práctica, es realizada por los asesores del área y el equipo directivo para tomar decisiones en mejora de los aprendizajes. El monitoreo y acompañamiento se realiza en forma planificada y consensuada.
  • 37. 37 RI 2018 Art. 95.- La supervisión es la verificación del cumplimiento de la normatividad que rigen a los docentes es realizada por el equipo directivo en forma diaria. CAPITULO XXII DEL PRESUPUESTO Y RECURSOS Art. 96.- El presupuesto anual de la institución es formulada por iniciativa del comité de recursos económicos de la institución en coordinación con el equipo directivo. Es aprobada en reunión de CONEI y formalizada mediante resolución directoral. Art. 97.- En la formulación del presupuesto anual de la institución la asignación de recursos se prioriza a los aprendizajes de los estudiantes. Tomando en cuenta los recursos propios de la institución conforme lo establecido en la normatividad vigente. CAPITULO XXIII DEL CLIMA, COORDINACION Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL Art. 98.- Todos los agentes educativos están comprometidos a cultivar un clima institucional favorable en el marco del respeto mutuo y el dialogo. TITULO IV DE LAS RELACIONES Y COORDINACION CON LA COMUNIDAD CAPITULO XXIV DEBERES, DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES Y PARTICIPACIÓN Art 99.- Son deberes del estudiante: a) Cumplir el reglamento interno y las normas de convivencia aprobadas en la institución. b) Respetar a sus profesores(as), condiscípulos, personal de la institución y otras personas y no usar el nombre de la misma en actividad o acciones no autorizadas por la Dirección. c) Participar en forma responsable en las actividades educativas de su institución, absteniéndose de intervenir en actividades político partidarista dentro del plantel y en actos reñidos con la moral y buenas costumbres o que atenten contra la salud física o mental. d) Cuidar los ambientes, talleres, equipos, mobiliario y demás instalaciones de la institución o programa. e) Cumplir el reglamento y otras disposiciones relativas a la institución o programa educativo. f) Demostrar honestidad, respeto, responsabilidad y puntualidad. g) Demostrar conciencia ecológica y práctica de valores. h) Demostrar buen comportamiento al interno y externo del plantel. i) Promover entre sus compañeros reglas de urbanidad y disposiciones para la mejora de la disciplina y presentación personal del estudiante.. j) Portar obligatoria y diariamente para poder ingresar a la Institución Educativa su Agenda de Estudiante. k) Presentar autorización de la Dirección y/o de TOE cuando se va participar en eventos representando a la institución.
  • 38. 38 RI 2018 l) Portar el uniforme como un gesto de identificación y compromiso con la Institución Educativa. Art. 100.- Son derechos del estudiante: a) Recibir formación integral, científica y humanística en cada grado de estudio dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral y física, así como los servicios de tutoría, disciplina y convivencia escolar. b) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado de las disposiciones que le conciernen como alumno. c) Ser informado oportunamente del resultado de sus evaluaciones d) Ser informado de todas sus acciones, logros, triunfos, desaciertos que pueda tener en la Institución Educativa. e) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus funciones y acciones extraordinarias. f) Participar en las actividades de índole académico, cívico – patriótico e institucional. g) Denunciar sobre alguna irregularidad cometida por los docentes y personal de la Institución. Art. 101.- Son prohibiciones para el estudiante: a. No obedecer ni acatar las órdenes del personal Institucional. b. Abandonar la Institución o aula en horas de clase. c. Expresarse con un lenguaje soez obsceno y grosero. o realizar actos reñidos con la moral dentro de la institución. d. Consumir cualquier tipo de estupefacientes, drogas o alcohol dentro y/o fuera de la Institución. e. Fomentar indisciplina fuera o dentro de la Institución formando grupos que atenten contra la moral y buenas costumbres. f. Faltar el respeto al personal Directivo, Jerárquico, Administrativo y Docente de la Institución. g. Llamar o poner apelativos a los Docentes, sus compañeros o a algún trabajador de la Institución. h. Permanecer uniformados en las calles, cometiendo escándalos en horas de entrada, salida y fuera del horario escolar. i. Promover rifas, colectas y ventas sin autorización de la Dirección. j. Participar sin permiso en reuniones o competencias que altere su condición de alumno o que estén en contradicciones con las orientaciones de la institución. k. Apropiarse de los útiles y bienes de sus compañeros o del Plantel. l. Deteriorar la Agenda del estudiante con inscripciones, borrones, manchas, otros. m. Causar deterioro a la planta física, mobiliario y demás enseres de la Institución. n. Traer al plantel instrumentos que puedan ocasionar daño. o. Traer celulares u otros objetos de valor para ser usados en hora de clase contraviniendo las disposiciones institucionales. Art. 102.- Son estímulos para los estudiantes: Los estímulos que se hacen acreedores los alumnos que realicen acciones extraordinarias dentro o fuera de la institución, son los siguientes: a. Felicitación verbal en público. b. Diplomas de honor en mérito a su aprovechamiento, conducta, participación en eventos deportivos, sociales, culturales y religiosos. c. Acreedor de medalla de Palmas Garcilasianas. d. Asumir cargos dentro de la organización y en representación de la Institución. Art. 103.- Son faltas del estudiante el quebrantamiento de una norma u orden establecido, que dificulta o entorpece el proceso educativo individual o colectivo, en el orden moral, social, docente o disciplinario:
  • 39. 39 RI 2018 a) Evasión de la institución educativa o salir del plantel sin autorización y llegar constantemente tarde. b) Adulterar las calificaciones de las evaluaciones o falsificar las firmas del padre de familia o apoderado. c) Deteriorar o atentar la infraestructura y mobiliario escolar. realizando trazos, escritos u otro en las paredes, carpetas, baños e instalaciones de la institución. d) Traer revistas pornográficas, videos, CD, MP3 y otros que atenten contra la moral y vender dentro de la institución. e) Utilizar otra identificación personal. f) Utilizar el nombre de la institución educativa para realizar actividades no autorizadas por la Dirección. g) Inasistir a clases estando dentro del plantel. h) Intención de fraude y/o plagio (copiar en los exámenes). Llevar información falsa y malintencionada a sus padres en relación a sus calificaciones, tareas, comportamiento y otros. i) Calumniar o difamar a sus compañeros o personal de la institución. j) Inducir a dar o recibir bienes y/o dinero en beneficio personal o de otros. k) Faltar de palabra u obra al Auxiliar de Educación, Profesores y/o personal del plantel. l) Fomentar desorden en la vía pública estando uniformado. m) Portar y/o consumir sustancias nocivas para la salud. n) Portar y/o emplear objetos punzo cortantes y armas de fuego. o) Atentar contra la integridad física, sexual y moral de sus compañeros. p) Participar en actos de pandillaje comprobado. q) Incumplimiento de trabajos encomendados por sus docentes y personal del Colegio, que vaya en bien de la Institución. r) Incumplimiento del presente Reglamento Interno. Art. 104.- Sanciones para el estudiante: Las sanciones que se aplican al alumno por el incumplimiento, con conocimiento del padre de familia y del profesor tutor, las mismas que serán especificadas en la Agenda del Estudiante, son las siguientes: a) Llamada de atención verbal en el aula. b) Llamada de atención verbal en el aula por segunda vez, con informe a la Coordinación de Tutoría, Disciplina y Convivencia del Educando y la anotación respectiva en su Agenda, para conocimiento del padre de familia. c) Firma de un documento de compromiso por reincidencia en falta. d) En caso de participar en acciones de deterioro de la imagen de la Institución Educativa, se sugerirá el traslado a otra I.E. e) En caso de hostigamiento y agresión física a sus compañeros en el aula, se registrará en el libro de incidencias y se comunicará a la comisaria PNP y se sugerirá a los padres de familia una ayuda psicológica. f) En caso de deterioro, del mobiliario, equipos e infraestructura, el Padre y/o Apoderado del alumno infractor, deberá reponer en forma inmediata sin opción a reclamo alguno. CAPITULO XXVII DE LOS ORGANOS DE PARTICIPACION ESTUDIANTIL DEL MUNICIPIO ESCOLAR Art. 105.- Organización estudiantil constituido por el alcalde escolar y cinco regidores; constituye un órgano de coordinación y participación. Sus funciones son: 1. Promover la participación para el ejercicio de sus deberes y derechos y planificar acciones en coordinación con el Director del Plantel y municipalidad de su jurisdicción.