SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 23
Descargar para leer sin conexión
REGIMEN DISCIPLINARIO DE
LA POLICIAL NACIONAL DE
ACUERDO AL CÓDIGO
ORGÁNICO DE ENTIDADES DE
SEGURIDAD CIUDADANA Y
ORDEN PÚBLICO
Sgos. Abg, Javier G. Moyota Castañeda
DISCIPLINA POLICIAL
Consiste en la observancia de la Constitución de la República,
leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, actos administrativos y
disposiciones u órdenes legítimas, verbales o escritas
emanadas de la superioridad en el ámbito de la misión y
funciones de la Policía Nacional.
Orden legítima es aquella emitida por el superior jerárquico
dentro del ámbito de su competencia con relación a un
subordinado, la obediencia a las órdenes superiores no eximirá
de responsabilidad a quienes las ejecuten, cuando ésta no sea
legal.
Régimen Administrativo Disciplinario
Es el conjunto de principios, doctrina, normas e instancias
administrativas que de manera especial regulan, controlan y
sancionan la conducta de las y los servidores policiales, en el
ejercicio de sus cargos y funciones, con el fin de generar
medidas preventivas y correctivas.
Responsabilidad Administrativa
Consiste en la inobservancia de disposiciones legales,
reglamentarias u obligaciones. Las faltas administrativas
serán sancionadas administrativamente sin perjuicio de las
acciones penales o civiles a que hubiera lugar.
Falta Administrativa
Es toda acción u omisión imputable a un servidor o servidora
de las entidades de seguridad, establecida y sancionada de
conformidad con éste Código y debidamente comprobada.
FALTAS
LEVES.
FALTAS
GRAVES.
FALTAS MUY
GRAVES.
• Amonestación Verbal
• Amonestación Escrita
• Sanción Pecuniaria
menor
• Sanción pecuniaria
mayor.
• Suspensión de
funciones.
•Destitución.
TIPOS SANCIONES
Amonestació
n verbal
• Es el acto administrativo por medio del cual un superior
jerárquico llama la atención a un servidor o servidora a
su cargo, por haber cometido cualquiera de las faltas leves
previstas en este Código. La amonestación verbal, constará
en la respectiva hoja de vida del personal.
Amonestació
n Escrita
• La amonestación escrita se impone a la servidora o servidor
por el cometimiento de la segunda falta leve en un periodo
no superior a los trescientos sesenta y cinco días, contados a
partir de la primera falta.
Sanción
Pecuniaria
menor
• Es la imposición económica equivalente al cuatro por ciento
(4%) de la remuneración mensual del servidor público por
el cometimiento de una tercera falta leve en un periodo
no superior a los trescientos sesenta y cinco días, contados a
partir del cometimiento de la primera falta.
Sanción
Pecuniaria Mayor
• Es la imposición económica del ocho por ciento (8%) de
la remuneración mensual, por el cometimiento de una
falta grave; o por la reincidencia de tres o más faltas
leves en un periodo no superior a trescientos sesenta y
cinco días, contados desde el cometimiento de la primera
falta.
Suspensión de
Funciones
• Es la separación temporal de la o el servidor de las
entidades de seguridad reguladas por este Código, por un
plazo de hasta treinta días, sin goce de remuneración, por
la reiteración de dos faltas graves en un plazo de
trescientos sesenta y cinco días, contados desde la fecha
del cometimiento de la primera falta; no podrá ejercer
actividades atribuibles a su cargo y su función, ni podrá
hacer uso de los bienes institucionales.
DESTITUCIÓN
• Es el acto administrativo mediante el cual las
servidoras o servidores son cesados
definitivamente de la entidad de la que
dependan orgánicamente por haber cometido
una falta administrativa muy grave o por la
reincidencia de dos faltas graves en un
período de trescientos sesenta y cinco días
contados desde el cometimiento de la primera
falta, o por otras causas señaladas en la ley que
regula el servicio público y demás leyes
vigentes que incluyan causales de destitución.
POTESTAD SANCIONATORIA
FACULTAD de conocer, sancionar y hacer cumplir lo resuelto
de acuerdo con sus atribuciones, por la comisión de todo acto
tipificado como falta administrativa disciplinaria.
El plazo de PRESCRIPCIÓN de la potestad sancionadora de la
administración comenzará a contarse desde el día en que la
infracción se hubiera cometido. En el caso de que la
infracción sea continua, permanente o concurran varios tipos
de infracciones, el plazo comenzará a correr desde que finalizó
la conducta infractora.
1. Tratándose de faltas administrativas disciplinarias leves, en el plazo de
30 días;
2. Tratándose de faltas administrativas disciplinarias graves, en el plazo
de 120 días; y,
3. Tratándose de faltas administrativas disciplinarias muy graves, en el
plazo de 180 días.
La COMPETENCIA (facultad), para sancionar, en las FALTAS LEVES
corresponde al superior jerárquico de la institución.
En FALTAS GRAVES Y MUY GRAVES, la competencia corresponde al
Componente de Asuntos Internos en cuanto a la investigación de la
infracción; a la IGPN le corresponde imponer la sanción con base a la
investigación realizada, sin perjuicio de las demás acciones legales que
correspondan.
LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS: deben tener
Motivación.- deberán contener la identificación de la o el
servidor; la descripción de los hechos facticos que motivaron el
procedimiento; la descripción y análisis de los medios
probatorios de cargo y descargo; la motivación del hecho y
derecho; la adecuación al tipo de falta incurrida; la sanción
impuesta en el caso de haberla; y la fe de notificación de la
sanción.
Prohibiciones.- Se prohíbe realizar directamente o a través de
terceros , castigos corporales, injurias, trabajo humillante o
cualquier otra forma que atente contra la integridad y dignidad a
los derechos Constitucionales.
PROCEDIMIENTOS PARA
JUZGAR LAS FALTAS
DISCIPLINARIAS
TRÁMITE DE LA INFORMACIÓN O DENUNCIA EN FALTAS
ADMINISTRATIVAS DISCIPLINARIAS LEVES
SUPERIOR
JERARQUICO
Notifica al
ADMINISTRADO
INFORMACION;
O DENUNCIA.
DISPARADOR
SANCIONA O NO
AL
ADMINISTRADO
Tiene 3 días para
emitir su
resolución
COMUNICA AL
ADMINISTRADO SU
RESOLUCIÓN.
2 días
Término
Pruebas de
descargo
Mediante una
NOTIFICACION
Tiene 3 días para recurrir de la
sanción impuesta ante el superior
del servidor policial que la
impuso.
De lo que resuelva el superior
Jerárquico, comunicará al
sancionador y sancionado.
Revoque o ratifique
Si hay ratificación de la sanción,
componente de Talento Humano
registro en su hoja de vida.
EN CASO DE
SANCIÓN
TRÁMITE DE LA INFORMACIÓN O DENUNCIA EN
FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES Y MUY GRAVES
SUMARIO ADMINISTRATIVO
Es un procedimiento administrativo orientado a investigar
para comprobar o descartar conforme a derecho la
existencia de una falta administrativa disciplinaria
grave o muy grave y la responsabilidad de quien la
cometió, cumpliendo con el debido proceso.
MEDIDA ESPECIAL ADMINISTRATIVA
Se aplica a los servidores policiales que presuntamente
cometan faltas muy graves.
Suspensión inmediata de funciones con remuneración hasta
por 90 días. No puede hacer uso de uniforme, cargo o función
y mando policial, así como de armas y bienes institucionales.
Dependerá de la resolución del sumario administrativo el
que el servidor policial pueda retomar sus funciones
ordinarias.
PROCEDIMIENTO PARA EL SUMARIO
ADMINISTRATIVO
• Dicta el AUTO INICIAL del sumario
Administrativo
• NOMBRA SECRETARIO O SECRETARIO
AD-HOC.- Ab. de la UAI.
• Designa al Sustanciador del caso.
EL TITULAR
DE ASUNTOS
INTERNOS
Autoridad
Sustanciadora
• Dentro de las 72h. siguientes notifica al
sumariado/a mediante boleta (donde
labora) y en el mail Institucional
registrado en la DGP, o el lugar donde
labora, o en el domicilio civil.
EL
SECRETARIO
AD-HOC
• Se concede 10 días para que
conteste sobre los hechos
que se le imputan.
• Nombre abogado y señale
domicilio legal para las
notificaciones.
• Solicite práctica de pruebas
de ser necesario.
• Si no contesta incurre en
rebeldía (que termina
cuando se presente
formalmente al sumario
administrativo)
• Podrá ejercer su defensa
activamente en adelante.
AL
SUMARIADO
LA AUDIENCIA
Transcurrido el plazo de la investigación (hasta
07 días) la autoridad sustanciadora del sumario,
mediante providencia notificará en el término de
3 días al sumariado que no se encuentre en
rebeldía el día y hora que se llevará a efecto la
audiencia.
La audiencia será fijada
máximo 7 días después
de dictada la providencia.
En la audiencia las partes
sustentarán las pruebas de
cargo y descargo.
NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
El responsable del componente de Inspectoría General de la
Policía Nacional, o quien haga sus veces, resolverá en la
audiencia de manera motivada la imposición de la sanción
disciplinaria o la absolución de la persona sumariada.
La resolución sancionatoria o absolutoria (de forma escrita)
será notificada al servidor en el término de tres días.
La resolución absolutoria levantará la suspensión de la
servidora o servidor sumariado quien se incorporará, de
manera inmediata una vez que haya sido notificado.
APELACIONES
La Resolución Sancionatoria puede ser susceptible de
apelación. Es competente para conocer apelaciones sobre
FALTAS GRAVES O MUY GRAVES, el Ministerio Rector de
Seguridad Ciudadana, la impugnación se interpondrá en el
termino de 5 días si se encuentra en el país y de 10 días si se
encuentra fuera de él, a partir de la fecha de NOTIFICACIÓN.
La resolución que adopte la autoridad del Ministerio Rector
será de última instancia en vía administrativa.
GRACIAS POR SU
ATENCION
UNIDAD ZONAL DE ASUNTOS
INTERNOS DMQ

Más contenido relacionado

Similar a Régimen disciplinario policía nacional

RÉGIMEN Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO C...
RÉGIMEN Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO C...RÉGIMEN Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO C...
RÉGIMEN Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO C...JOSE LUIS JARA BAUTISTA
 
RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL (I PARTE)
RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL (I PARTE)RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL (I PARTE)
RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL (I PARTE)JOSE LUIS JARA BAUTISTA
 
Protocolo básico contra expedientes disciplinarios
Protocolo básico contra expedientes disciplinariosProtocolo básico contra expedientes disciplinarios
Protocolo básico contra expedientes disciplinariosCGT Correos
 
La Prescripción Administrativa en la legislación peruana
La Prescripción Administrativa en la legislación peruanaLa Prescripción Administrativa en la legislación peruana
La Prescripción Administrativa en la legislación peruanaMarco Vargas
 
Ley que regula la responsabilidad administrativa de personas juridicas por co...
Ley que regula la responsabilidad administrativa de personas juridicas por co...Ley que regula la responsabilidad administrativa de personas juridicas por co...
Ley que regula la responsabilidad administrativa de personas juridicas por co...Massey Abogados (Oscar Massey)
 
Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas l...
Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas  l...Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas  l...
Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas l...Massey Abogados (Oscar Massey)
 
PTT- DPC TAREA ACADEMICA.ppt
PTT- DPC TAREA ACADEMICA.pptPTT- DPC TAREA ACADEMICA.ppt
PTT- DPC TAREA ACADEMICA.pptGladysRios22
 
U II. Procedimientos Administrativos.
U II.  Procedimientos Administrativos.U II.  Procedimientos Administrativos.
U II. Procedimientos Administrativos.perezaguige
 
U ii procedimientos disciplinarios.
U ii procedimientos disciplinarios.U ii procedimientos disciplinarios.
U ii procedimientos disciplinarios.perezaguige
 
7. LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PUBLICA
7. LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PUBLICA7. LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PUBLICA
7. LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PUBLICAperezaguige
 
7.LEY ESTATUTO DE LA FUNCION PUBLICA
7.LEY ESTATUTO DE LA FUNCION PUBLICA7.LEY ESTATUTO DE LA FUNCION PUBLICA
7.LEY ESTATUTO DE LA FUNCION PUBLICAperezaguige
 
17 Procedimiento Fiscal Clausura Administrativa
17   Procedimiento Fiscal Clausura Administrativa17   Procedimiento Fiscal Clausura Administrativa
17 Procedimiento Fiscal Clausura Administrativaguillermofares
 
Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo
Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del TrabajoProcedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo
Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del TrabajoDarwin Cedeño
 

Similar a Régimen disciplinario policía nacional (20)

RÉGIMEN Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO C...
RÉGIMEN Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO C...RÉGIMEN Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO C...
RÉGIMEN Y PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO C...
 
RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL (I PARTE)
RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL (I PARTE)RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL (I PARTE)
RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL (I PARTE)
 
Protocolo básico contra expedientes disciplinarios
Protocolo básico contra expedientes disciplinariosProtocolo básico contra expedientes disciplinarios
Protocolo básico contra expedientes disciplinarios
 
Función Pública
Función PúblicaFunción Pública
Función Pública
 
110512
110512110512
110512
 
La Prescripción Administrativa en la legislación peruana
La Prescripción Administrativa en la legislación peruanaLa Prescripción Administrativa en la legislación peruana
La Prescripción Administrativa en la legislación peruana
 
Ley que regula la responsabilidad administrativa de personas juridicas por co...
Ley que regula la responsabilidad administrativa de personas juridicas por co...Ley que regula la responsabilidad administrativa de personas juridicas por co...
Ley que regula la responsabilidad administrativa de personas juridicas por co...
 
Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas l...
Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas  l...Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas  l...
Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas l...
 
El regimen disciplinario
El regimen disciplinarioEl regimen disciplinario
El regimen disciplinario
 
PTT- DPC TAREA ACADEMICA.ppt
PTT- DPC TAREA ACADEMICA.pptPTT- DPC TAREA ACADEMICA.ppt
PTT- DPC TAREA ACADEMICA.ppt
 
20200724090754.pdf
20200724090754.pdf20200724090754.pdf
20200724090754.pdf
 
PRINCIPIOS.pdf
PRINCIPIOS.pdfPRINCIPIOS.pdf
PRINCIPIOS.pdf
 
U II. Procedimientos Administrativos.
U II.  Procedimientos Administrativos.U II.  Procedimientos Administrativos.
U II. Procedimientos Administrativos.
 
U ii procedimientos disciplinarios.
U ii procedimientos disciplinarios.U ii procedimientos disciplinarios.
U ii procedimientos disciplinarios.
 
Derecho tributario
Derecho tributario Derecho tributario
Derecho tributario
 
7. LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PUBLICA
7. LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PUBLICA7. LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PUBLICA
7. LEY DEL ESTATUTO DE LA FUNCIÓN PUBLICA
 
7.LEY ESTATUTO DE LA FUNCION PUBLICA
7.LEY ESTATUTO DE LA FUNCION PUBLICA7.LEY ESTATUTO DE LA FUNCION PUBLICA
7.LEY ESTATUTO DE LA FUNCION PUBLICA
 
17 Procedimiento Fiscal Clausura Administrativa
17   Procedimiento Fiscal Clausura Administrativa17   Procedimiento Fiscal Clausura Administrativa
17 Procedimiento Fiscal Clausura Administrativa
 
105845
105845105845
105845
 
Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo
Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del TrabajoProcedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo
Procedimientos Judiciales Especiales en Materia Del Trabajo
 

Último

TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSjlorentemartos
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscaeliseo91
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxMaritzaRetamozoVera
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dstEphaniiie
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Carlos Muñoz
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxjosetrinidadchavez
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzprofefilete
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADauxsoporte
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónLourdes Feria
 
UNIDAD DPCC. 2DO. DE SECUNDARIA DEL 2024
UNIDAD DPCC. 2DO. DE  SECUNDARIA DEL 2024UNIDAD DPCC. 2DO. DE  SECUNDARIA DEL 2024
UNIDAD DPCC. 2DO. DE SECUNDARIA DEL 2024AndreRiva2
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosCesarFernandez937857
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 

Último (20)

TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
 
Dinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes dDinámica florecillas a María en el mes d
Dinámica florecillas a María en el mes d
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
 
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDADCALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
CALENDARIZACION DE MAYO / RESPONSABILIDAD
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
 
UNIDAD DPCC. 2DO. DE SECUNDARIA DEL 2024
UNIDAD DPCC. 2DO. DE  SECUNDARIA DEL 2024UNIDAD DPCC. 2DO. DE  SECUNDARIA DEL 2024
UNIDAD DPCC. 2DO. DE SECUNDARIA DEL 2024
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 

Régimen disciplinario policía nacional

  • 1. REGIMEN DISCIPLINARIO DE LA POLICIAL NACIONAL DE ACUERDO AL CÓDIGO ORGÁNICO DE ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA Y ORDEN PÚBLICO Sgos. Abg, Javier G. Moyota Castañeda
  • 2. DISCIPLINA POLICIAL Consiste en la observancia de la Constitución de la República, leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, actos administrativos y disposiciones u órdenes legítimas, verbales o escritas emanadas de la superioridad en el ámbito de la misión y funciones de la Policía Nacional. Orden legítima es aquella emitida por el superior jerárquico dentro del ámbito de su competencia con relación a un subordinado, la obediencia a las órdenes superiores no eximirá de responsabilidad a quienes las ejecuten, cuando ésta no sea legal.
  • 3. Régimen Administrativo Disciplinario Es el conjunto de principios, doctrina, normas e instancias administrativas que de manera especial regulan, controlan y sancionan la conducta de las y los servidores policiales, en el ejercicio de sus cargos y funciones, con el fin de generar medidas preventivas y correctivas.
  • 4. Responsabilidad Administrativa Consiste en la inobservancia de disposiciones legales, reglamentarias u obligaciones. Las faltas administrativas serán sancionadas administrativamente sin perjuicio de las acciones penales o civiles a que hubiera lugar. Falta Administrativa Es toda acción u omisión imputable a un servidor o servidora de las entidades de seguridad, establecida y sancionada de conformidad con éste Código y debidamente comprobada.
  • 5. FALTAS LEVES. FALTAS GRAVES. FALTAS MUY GRAVES. • Amonestación Verbal • Amonestación Escrita • Sanción Pecuniaria menor • Sanción pecuniaria mayor. • Suspensión de funciones. •Destitución. TIPOS SANCIONES
  • 6. Amonestació n verbal • Es el acto administrativo por medio del cual un superior jerárquico llama la atención a un servidor o servidora a su cargo, por haber cometido cualquiera de las faltas leves previstas en este Código. La amonestación verbal, constará en la respectiva hoja de vida del personal. Amonestació n Escrita • La amonestación escrita se impone a la servidora o servidor por el cometimiento de la segunda falta leve en un periodo no superior a los trescientos sesenta y cinco días, contados a partir de la primera falta. Sanción Pecuniaria menor • Es la imposición económica equivalente al cuatro por ciento (4%) de la remuneración mensual del servidor público por el cometimiento de una tercera falta leve en un periodo no superior a los trescientos sesenta y cinco días, contados a partir del cometimiento de la primera falta.
  • 7. Sanción Pecuniaria Mayor • Es la imposición económica del ocho por ciento (8%) de la remuneración mensual, por el cometimiento de una falta grave; o por la reincidencia de tres o más faltas leves en un periodo no superior a trescientos sesenta y cinco días, contados desde el cometimiento de la primera falta. Suspensión de Funciones • Es la separación temporal de la o el servidor de las entidades de seguridad reguladas por este Código, por un plazo de hasta treinta días, sin goce de remuneración, por la reiteración de dos faltas graves en un plazo de trescientos sesenta y cinco días, contados desde la fecha del cometimiento de la primera falta; no podrá ejercer actividades atribuibles a su cargo y su función, ni podrá hacer uso de los bienes institucionales.
  • 8. DESTITUCIÓN • Es el acto administrativo mediante el cual las servidoras o servidores son cesados definitivamente de la entidad de la que dependan orgánicamente por haber cometido una falta administrativa muy grave o por la reincidencia de dos faltas graves en un período de trescientos sesenta y cinco días contados desde el cometimiento de la primera falta, o por otras causas señaladas en la ley que regula el servicio público y demás leyes vigentes que incluyan causales de destitución.
  • 9. POTESTAD SANCIONATORIA FACULTAD de conocer, sancionar y hacer cumplir lo resuelto de acuerdo con sus atribuciones, por la comisión de todo acto tipificado como falta administrativa disciplinaria. El plazo de PRESCRIPCIÓN de la potestad sancionadora de la administración comenzará a contarse desde el día en que la infracción se hubiera cometido. En el caso de que la infracción sea continua, permanente o concurran varios tipos de infracciones, el plazo comenzará a correr desde que finalizó la conducta infractora.
  • 10. 1. Tratándose de faltas administrativas disciplinarias leves, en el plazo de 30 días; 2. Tratándose de faltas administrativas disciplinarias graves, en el plazo de 120 días; y, 3. Tratándose de faltas administrativas disciplinarias muy graves, en el plazo de 180 días. La COMPETENCIA (facultad), para sancionar, en las FALTAS LEVES corresponde al superior jerárquico de la institución. En FALTAS GRAVES Y MUY GRAVES, la competencia corresponde al Componente de Asuntos Internos en cuanto a la investigación de la infracción; a la IGPN le corresponde imponer la sanción con base a la investigación realizada, sin perjuicio de las demás acciones legales que correspondan.
  • 11. LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS: deben tener Motivación.- deberán contener la identificación de la o el servidor; la descripción de los hechos facticos que motivaron el procedimiento; la descripción y análisis de los medios probatorios de cargo y descargo; la motivación del hecho y derecho; la adecuación al tipo de falta incurrida; la sanción impuesta en el caso de haberla; y la fe de notificación de la sanción. Prohibiciones.- Se prohíbe realizar directamente o a través de terceros , castigos corporales, injurias, trabajo humillante o cualquier otra forma que atente contra la integridad y dignidad a los derechos Constitucionales.
  • 12. PROCEDIMIENTOS PARA JUZGAR LAS FALTAS DISCIPLINARIAS
  • 13. TRÁMITE DE LA INFORMACIÓN O DENUNCIA EN FALTAS ADMINISTRATIVAS DISCIPLINARIAS LEVES SUPERIOR JERARQUICO Notifica al ADMINISTRADO INFORMACION; O DENUNCIA. DISPARADOR SANCIONA O NO AL ADMINISTRADO Tiene 3 días para emitir su resolución COMUNICA AL ADMINISTRADO SU RESOLUCIÓN. 2 días Término Pruebas de descargo
  • 14. Mediante una NOTIFICACION Tiene 3 días para recurrir de la sanción impuesta ante el superior del servidor policial que la impuso. De lo que resuelva el superior Jerárquico, comunicará al sancionador y sancionado. Revoque o ratifique Si hay ratificación de la sanción, componente de Talento Humano registro en su hoja de vida. EN CASO DE SANCIÓN
  • 15. TRÁMITE DE LA INFORMACIÓN O DENUNCIA EN FALTAS ADMINISTRATIVAS GRAVES Y MUY GRAVES SUMARIO ADMINISTRATIVO Es un procedimiento administrativo orientado a investigar para comprobar o descartar conforme a derecho la existencia de una falta administrativa disciplinaria grave o muy grave y la responsabilidad de quien la cometió, cumpliendo con el debido proceso.
  • 16. MEDIDA ESPECIAL ADMINISTRATIVA Se aplica a los servidores policiales que presuntamente cometan faltas muy graves. Suspensión inmediata de funciones con remuneración hasta por 90 días. No puede hacer uso de uniforme, cargo o función y mando policial, así como de armas y bienes institucionales. Dependerá de la resolución del sumario administrativo el que el servidor policial pueda retomar sus funciones ordinarias.
  • 17. PROCEDIMIENTO PARA EL SUMARIO ADMINISTRATIVO • Dicta el AUTO INICIAL del sumario Administrativo • NOMBRA SECRETARIO O SECRETARIO AD-HOC.- Ab. de la UAI. • Designa al Sustanciador del caso. EL TITULAR DE ASUNTOS INTERNOS Autoridad Sustanciadora • Dentro de las 72h. siguientes notifica al sumariado/a mediante boleta (donde labora) y en el mail Institucional registrado en la DGP, o el lugar donde labora, o en el domicilio civil. EL SECRETARIO AD-HOC
  • 18. • Se concede 10 días para que conteste sobre los hechos que se le imputan. • Nombre abogado y señale domicilio legal para las notificaciones. • Solicite práctica de pruebas de ser necesario. • Si no contesta incurre en rebeldía (que termina cuando se presente formalmente al sumario administrativo) • Podrá ejercer su defensa activamente en adelante. AL SUMARIADO
  • 19. LA AUDIENCIA Transcurrido el plazo de la investigación (hasta 07 días) la autoridad sustanciadora del sumario, mediante providencia notificará en el término de 3 días al sumariado que no se encuentre en rebeldía el día y hora que se llevará a efecto la audiencia. La audiencia será fijada máximo 7 días después de dictada la providencia. En la audiencia las partes sustentarán las pruebas de cargo y descargo.
  • 20. NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN El responsable del componente de Inspectoría General de la Policía Nacional, o quien haga sus veces, resolverá en la audiencia de manera motivada la imposición de la sanción disciplinaria o la absolución de la persona sumariada. La resolución sancionatoria o absolutoria (de forma escrita) será notificada al servidor en el término de tres días. La resolución absolutoria levantará la suspensión de la servidora o servidor sumariado quien se incorporará, de manera inmediata una vez que haya sido notificado.
  • 21. APELACIONES La Resolución Sancionatoria puede ser susceptible de apelación. Es competente para conocer apelaciones sobre FALTAS GRAVES O MUY GRAVES, el Ministerio Rector de Seguridad Ciudadana, la impugnación se interpondrá en el termino de 5 días si se encuentra en el país y de 10 días si se encuentra fuera de él, a partir de la fecha de NOTIFICACIÓN. La resolución que adopte la autoridad del Ministerio Rector será de última instancia en vía administrativa.
  • 22.
  • 23. GRACIAS POR SU ATENCION UNIDAD ZONAL DE ASUNTOS INTERNOS DMQ