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Articulo sobre Declaracion Universal de los Derechos Indigenas - 15 de Setiembre 2007
1. Declaración Internacional de los Derechos Indígenas:
Instrumento a Aplicar.
El 13 de Septiembre del 2007 se aprobó, la Declaración Internacional de los Derechos
Indígenas las por las Naciones Unidas, siendo un documento aún inédito tanto para la
sociedad civil americana y peruana como para sus funcionarios y autoridades.
Generalmente, entendemos que estas normas internacionales no son sino marcos de
referencia o “bases teóricas” del derecho internacional difícilmente aplicables a
nuestros país y de carácter académico que tienen ser conocidas y difundidas sólo en
esferas intelectuales. Pero, tanto la Declaración Internacional de los Derechos
Indígenas, como, la de los Derechos Humanos son instrumentos que tienen que ser
utilizados por los gobiernos nacionales, debido, a que garantiza la protección de los
derechos de pueblos indígenas y se encuentran aprobados mundialmente por países
que buscan favorecer la construcción de la paz social dentro de un escenario
progresivamente mas justo e intercultural.
El Perú y casi todos los países americanos, están caracterizados por una pluralidad
lingüística - cultural y de esta forma, componemos una sola sociedad en la estructura
de un Estado – Nación (que se encuentra actualmente en discusión) y que no
corresponde a esta realidad. Además, se puede mencionar que hasta la fecha e
históricamente no se ha llegado a comprender, vincular y valorar los aportes de esta
pluralidad y correspondientemente en los campos jurídicos, sociales y culturales no se
han logrado crear mecanismos legales, ni políticas sociales de desarrollo y proyectos
culturales que contribuyan a un intercambio igual con los pueblos indígenas sino que
se ha uniformizado la lectura del Perú, omitiendo, conciente e inconcientemente las
diferencias culturales que se encuentran en nuestro país sin detenernos en la
diferencia y sin comprender la riqueza de la desigualdad, como es el caso de los
pueblos indígenas de la Amazonía del Perú
Por ello, es importante citar al Secretario General de la ONU, Ban Ki-moon, que se
manifestó en su último comunicado: “La declaración será vinculante para los gobiernos
si promulgan leyes nacionales para reconocer el documento en tanto, las naciones y la
sociedad civil integren en las agendas de los derechos humanos y desarrollo los
asuntos relacionados a pueblos indígenas porque creerlo de justa razón para una paz
mundial y justicia social y con el fin de favorecer un mundo más humano”.
Por último, esta Declaración se convierte en un instrumento legal de carácter universal
que pueda revertir y recomponer nuestra visión de conjunto y por consecuencia de
país, sin resquebrajar nuestra unidad sino apropiarnos de la unidad heterogénea e
intercultural. Por ello, la insistencia de que la difusión y conocimiento provenga del
interés del ciudadano común que convive y conoce (a veces superficialmente y otra
veces no) con las poblaciones indígenas y que en algunas oportunidades han
desarrollado sistemas de solidaridad y reciprocidad, a partir, del cotidiano y demandas
conjuntas.
Majed Velásquez Veliz.