1. 21 de marzo Día Mundial contra la discriminación racial y la xenofobia
La Asamblea General de las Naciones Unidas en octubre de 1966, proclamó el 21 de marzo como el Día
Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial e instó a los Estados a poner en marcha
programas de acción para eliminar la discriminación racial.
Desde el Área Internacional en esta fecha tan significativa denunciamos que: El anteproyecto de
reforma del Código Penal pretende igualar conductas ilícitas e inmorales como la trata de seres humanos
y los abusos sobre las personas migrantes con prácticas humanitarias de solidaridad, hospitalidad y
asistencia hacia aquellas personas que transitan o permanecen de forma irregular “sin papeles” en/por
España.
El apartado primero del proyecto art. 318 bis establece que pueden ser perseguidos y castigados
penalmente quienes ayuden por motivos estrictamente humanitarios a una persona que no
sea nacional de un Estado miembro de la UE y se deja en manos del Ministerio Fiscal la
posibilidad de acusar o no cuando se actúa por motivos humanitarios.
El Anteproyecto, al tipificar en su apartado segundo la ayuda a la permanencia con ánimo de lucro,
Defendamos
permite el castigo de comportamientos carentes de lesividad y desvalor social, como pueden
ser, alquilar una vivienda a un inmigrante sin papeles, admitirle en un hotel, llevarle en un taxi, etc. o
la hospitalidad
cualquier otra conducta que guiada por un ánimo de lucro lícito permita al inmigrante sin papeles
prolongar su estancia en nuestro país o en otro Estado miembro. En ellos no se detecta el menor atisbo
de lesión alguna de los derechos de los ciudadanos extranjeros.
No se está protegiendo a los ciudadanos extranjeros, sino que se están estrangulando sus
derechos, tratando a la víctima como delincuente y a quienes les auxilian como verdugos. El
derecho penal no puede ser utilizado para semejante fin. La propuesta de redacción del art. 318 bis
incurriría a nuestro juicio en inconstitucionalidad.
Igualdad
Por ello, esta norma repercutiría negativamente en la situación, ya suficientemente vulnerable, de
las personas inmigrantes en situación para vivir Diversidad
irregular, afectando a sus derechos fundamentales básicos: la vida,
la salud, la dignidad, etc. de los que los ciudadanos extranjeros son titulares con independencia de su
situación administrativa. para convivir
Solicitamos al Gobierno de la Nación que deje claro en la futura ley que estarán exentos de
responsabilidad criminal todos los supuestos de auxilio por razones humanitarias.
Todos por la dignidad de las personas
Encendamos una vela como símbolo de la luz que debe guiar nuestros sentimientos de
igualdad, justicia, solidaridad y hospitalidad.
“Jesús ordena que nos amemos unos a otros como Él nos ha amado (Juan
13:34). Si Dios es imparcial, y nos ama imparcialmente, significa que
necesitamos amar a los demás de la misma manera. Jesús nos enseña al
final de Mateo 25 que todo lo que hagamos por el más pequeño de sus
hermanos, lo hacemos por Él. Si tratamos a las personas con desprecio,
estamos maltratando a una persona creada a la imagen de Dios; estamos
lastimando a alguien a quien Dios ama y por quien Jesús murió.
Todos por la dignidad de las personas