Este documento describe los principios fundamentales de la legislación laboral en Colombia. Establece que el derecho laboral garantiza los derechos de empleadores y trabajadores en una relación laboral mediante normas que protegen la libertad de trabajo, la obligatoriedad del trabajo con condiciones dignas, y la igualdad de derechos e irrenunciabilidad de beneficios mínimos para los trabajadores. También presenta mecanismos como la petición, la acción de tutela, y la conciliación y transacción laboral para garantizar los derechos laborales.
2. DERECHO LABORAL
• Es el conjunto de normas y
principios que van a garantizar
el cumplimiento de las
obligaciones de las partes, ya sea
persona natural o jurídica, que
interfieren en una relación
laboral, por lo tanto, se
manifiesta una dependencia y
subordinación mediante una
remuneración.
3. PRINCIPIOS MÍNIMOS Y GENERALES DE LA
LEGISLACIÓN LABORAL
• LIBERTAD DE TRABAJO: en Colombia
los trabajadores tienen el derecho a elegir
la actividad laboral en la cual se van a
desempeñar. (Art 26 CP)
• OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO: toda
persona tiene derecho de gozar de un
trabajo en condiciones dignas y justas,
para ayudar al desarrollo socioeconómico
del estado. (Art 25 CP)
• PROTECCIÓN DEL TRABAJO: el estado
debe garantizar la protección de los
derechos mínimos de los trabajadores,
para permitir un desarrollo personal y
colectivo. (Art. 9 CST)
4. • IGUALDAD DE DERECHOS: todos
los trabajadores deben ser tratados en
condiciones de igualdad, con la misma
protección y garantía, sin ningún tipo
de distinción. Ya sea por sexo, edad,
estado de embarazo, discapacidad, etc.
(Art 10 CST).
• PRIMACÍA DE LA REALIDAD: es
cuando se reúnen los requisitos para
llevar a cabo un contrato de trabajo, se
presume que este ya existe y no deja de
serlo así se le asigne otro nombre,
condición o modalidad. (Art 23 N 2
CST)
• ESTABILIDAD: si el trabajador
cumple con sus labores asignadas en
su contrato laboral, puede seguir
prestando su servicios, salvo que el
empleador los de por terminados, pero
debe indemnizarlo.
• FAVORABILIDAD: cuando haya un
conflicto laboral, se tendrá en cuenta la
norma mas favorable para el
trabajador (Art 21 CST)
• IRRENUNCIABILIDAD DE BENEFICIOS
MÍNIMOS: protege al trabajador, el cual
queda imposibilitado de renunciar a las
garantías que le otorga la ley, porque son
obligatorias para la dignidad humana y
libre desarrollo. (Art 13, 14 y 340 CST)
5. MECANISMOS DE GARANTÍA DE LOS
DERECHOS LABORALES
• DERECHOS DE PETICIÓN (Art 23
CP Ley 1755 de 2015)
• ACCIÓN DE TUTELA (Art 23 CP)
• CONCILIACIÓN Y TRANSACCIÓN
LABORAL (ART 13 CST- Art 53 CP)
TRANSACCIÓN: contrato mediante el cual las
partes ceden a solucionar una disputa.
CONCILIACIÓN: mecanismo de solución a un
conflicto, con ayuda de un tercero calificado.
Cuando se presenta la vulneración de un
derecho fundamental por una autoridad pública
Presentar petición respetuosa a las
autoridades,para llegar a una pronta solución