Derecho administrativo como verdadero Derecho público destinado a la Administración
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Derecho administrativo, Derecho público, Derecho garantizador 1
Sentado que la norma administrativa tiene como destinatario a una Administración
Pública, esa norma debe ser considerada de Derecho público, si entendemos por tales las que
presuponen en todo caso como destinatario al Estado o a las Administraciones públicas. Por
tanto, el Derecho administrativo es el verdadero Derecho público, del que debe excluirse la
parte del ordenamiento jurídico que regula el sistema de fuentes y la que tiene por finalidad
garantizar tanto el Derecho público como el Derecho privado, pues el Derecho
Constitucional, el Derecho penal y el Derecho procesal no están destinados al Estado como
sujeto de Derecho.
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Fuente consultada, PARADA, R. (2008). Concepto y fuentes del Derecho administrativo. Madrid: Marcial Pons.
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