Este documento resume los conceptos clave del derecho administrativo. Explica que el derecho administrativo regula la administración pública y se caracteriza por ser común, autónomo, local y exorbitante. Detalla los orígenes históricos del derecho administrativo desde las primeras civilizaciones hasta la Revolución Francesa. Además, distingue el derecho administrativo de otras ramas como el derecho constitucional, internacional, civil y penal.
2. En esta Unidad, se hablará de los antecedentes históricos y evolución del Derecho
Administrativo, además de la conceptualización de sus obejtivos y como rama del Derecho
Público, a partir de las cuales emana este Derecho y la relación que guarda con diversas
ramas del Derecho.
El Derecho administrativo impone a la Administración una vinculación más fuerte a la ley. Los
gobernantes y administradores públicos, están obligados siempre a perseguir los intereses
generales, en los términos establecidos por la ley u el resto de las normas jurídicas. Incluso
cuando la ley atribuye a la Administración una amplia capacidad de decisión o de iniciativa
para el cumplimiento de sus fines, los gobernantes y administradores deben respetar
principios y reglas jurídicas generales (la objetividad o imparcialidad, la igualdad de los
ciudadanos, la proporcionalidad de sus decisiones,…) De ahí que la Constitución imponga la
vinculación plena de la Administración a la ley y al Derecho. (Art. 103.1)
3. • DERECHO
ADMINISTRATIVO
• ORIGEN • ANTECEDENTES • OBJETO • DISTINCIÓN CON
OTRAS RAMAS
• OTRAS
RAMAS
Es la rama
del Derecho que se
encarga de
la regulación de
la administración
pública.
El derecho
administrativo puede
enmarcarse dentro
del derecho público
interno y se
caracteriza por
ser común (es
aplicable a todas las
actividades
municipales,
tributarias,
etc.), autónomo (tiene
sus propios principios
generales), local (est
á vinculado a la
organización política
de una región)
y exorbitante.
Los orígenes del
derecho
administrativo se
remontan al siglo
XVIII, con las
revoluciones
liberales que
terminaron por
derrocar al
denominado Anti
guo Régimen.
Los nuevos
sistemas políticos
contemplaron la
existencia de
normas jurídicas
abstractas,
generales y
permanentes
para regular las
relaciones entre
el Estado y los
ciudadanos.
Los primeros
antecedentes de
Derecho Administrativo
se identifican desde los
orígenes de las
primeras civilizaciones.
Desde el Imperio
Romano, los Estados
monárquicos
absolutistas de la Edad
Media y el período de
colonización de
América, cuando tienen
inicio las primeras
instituciones y normas
del poder político
público.
Fue la Revolución
Francesa de 1789 y el
concepto jurídico de
“Estado de Derecho”
que ésta impuso en el
ordenamiento jurídico
francés
La organización y
la estructura de
un poder que
realiza funciones
administrativas.
Los recursos
financieros y
patrimoniales que
dicho poder o
administración
usa para su
funcionamiento.
El uso que hace el
poder ejecutivo de
sus funciones
administrativas.
La influencia de
los entes
particulares con
respecto a la
administración.
El Derecho
Administrativo nace en el
Derecho Constitucional:
ya que en un Estado
democrático todos los
organismos públicos, las
normas que los
fundamentan y las
funciones y actividades que
la administración pública
realiza, tienen su origen
constitucionalmente.
Derecho Administrativo y
Derecho
Internacional: tenemos
las embajadas ,
consulados, los cuales
cumplen también
actividades administrativas.
Derecho Administrativo y
Derecho Civil: las
resoluciones, las
impugnaciones y la
ejecución de resoluciones
administrativas, las cuales
pueden ser cuestionadas
en los procesos
contenciosos
administrativos.
Derecho
Administrativo y
Derecho Penal: (
Delitos contra la
Administración
Pública). El
régimen
disciplinario
administrativo
tiene sanción y se
vincula a lo penal.
Derecho
Administrativo y
Derecho
Registral y
Notarial
El Derecho
Registral y
Notarial forma
parte de los entes
públicos que
constituyen la
organización
jurídica del
Estado al servicio
de la colectividad
y de la
administración
pública.
4. Teoría de la Separación de los poderes dentro
del ámbito del derecho administrativo
• Con esta división no se está haciendo otra cosa que resaltar las fuerzas
políticas y sociales, que en aquel tiempo tenían poder real, y organizarlas
dentro de una estructura constitucional, pues era necesario evitar la
concentración en una sola mano de dos o más fuerzas políticas. Conforme a
esta organización, él pensaba que se podrían resolver los problemas político-
constitucionales que se presentasen, teniendo en cuenta, según parece, que en
su teoría subyacía el modelo inglés, el cual había afrontado aproximadamente
las mismas dificultades que se creía se presentarían en Francia y funcionaba
en la práctica.