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FUNDACIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES
                           UNIVERSITARIOS DE URABA
                          ANTONIO ROLDAN BETANCUR

BIENESTAR UNIVERSITARIO

                   REGLAMENTO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
                     Acuerdo No. 004 de noviembre 27 de 1998


Por medio del cual se adopta el Reglamento de bienestar Universitario de la Fundación
de Estudios Superiores Universitarios de Urabá Antonio Roldán Betancur FESU.
El Consejo Superior Universitario, en uso de sus atribuciones legales estatutarias.

                                       ACUERDA:

Art. 1. DEFINICIÓN. Se entiende por bienestar el conjunto de actividades que se
       orientan al desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual y social de los estudiantes,
       docentes y personal administrativo adscritos a la entidad propiciando una mejor
       calidad de vida como garantía de la calidad y excelencia académica.

Art. 2. OBJETIVOS. A través de Bienestar Universitario se busca:

 1.   Obtener el desarrollo personal, social, espiritual y material de la comunidad
       universitaria que integra a la Fundación de estudios Superiores Universitarios de
       Urabá Antonio Roldán Betancur FESU.
  2.      Promover el bienestar individual y colectivo de los docentes, estudiantes,
       directivos y administrativos. En las áreas social, económica, salud, cultural,
       recreativa y deportiva, como elemento fundamental del proceso integral.
  3. Lograr un afianzamiento en la formación de la cultura democrática y ciudadana,
en la exaltación de los valores humanos, en las formas de pensar, actuar y sentir que
propendan por un desarrollo armónico.

Art. 3. CAMPO DE APLICACIÓN. Tendrán derecho a participar de los programas que
            se desarrollen de bienestar social que ofrezca la Institución:

  a.  Los estudiantes con matrícula vigente en cualquiera de los programas             que
     ofrece la entidad.
  b.   El personal directivo, administrativo y docente vinculado a la Institución.

Art. 4. OBJETIVOS ESPECIFICOS. Las actividades de bienestar estarán
        orientadas así:

   1. Ofrecer programas de prevención y servicios de salud.
           2. Apoyar y complementar los programas de formación académica.
   3. Participar activamente en la formación integral y desarrollo profesional de los
      miembros de la comunidad estudiantil procurando bases y principios que
sean garantía social de honestidad, ética y sabiduría.
   4. Organizar        congresos,    seminarios,     actos culturales,  deportivos,
      recreativos, de integración y cooperación que procuren el bienestar general y
      la satisfacción de las necesidades de la comunidad.

Art. 5.      PROGRAMAS.        Los programas de bienestar universitario comprende las
           siguientes áreas:

          Salud
          Actividades culturales y Artísticas
          Actividades deportivas y recreativas
          Integración Académica
          Promoción Social
          Orientación y Consejería
          Servicio de Cafetería
          Otros

Art. 6 FUNCIONAMIENTO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO. Se creará una
       Oficina para el jefe de bienestar universitario, el cual tendrá las siguientes
       funciones:

          Funciones del Jefe de bienestar social

   1. Es responsable de la buena planeación, coordinación, evaluación, control       y
      normal funcionamiento de los recursos, que para el bienestar estudiantil y en
      general toda la comunidad universitaria asigna o planea         la Fundación de
      Estudios Superiores Universitarios de Urabá Antonio Roldán Betancur FESU.
   2. Debe fijar políticas en materia deportiva, de salud, de prevención y de    apoyo
      a todos los estamentos universitarios.
   3. Es responsable de los recursos asignados a su departamento y además de la
      correcta utilización de dineros que puede requerir y que para tal efecto
      entregue la fundación.
   4. Elaborar     conjuntamente con       sus     coordinadores    la programación y
      coordinación de actividades y servicios que se brinda a la comunidad
      universitaria.
   5. Presentar semestralmente un plan de actividades velar por su
      realización y efectuar una evaluación al final del periodo.
   6. Solicitar las necesidades que en materia de recursos requieren para el buen
      funcionamiento.
   7. Establecer las políticas que en materia de representación al exterior
      Tendrán los grupos y equipos.
   8. Las demás asignadas por su jefe inmediato, los reglamentos y políticas de la
      Fundación de Estudios Superiores Universitarios de Urabá Antonio Roldán
      Betancur FESU.

Art. 7.      DEFINICIÓN DE LOS PROGRAMAS. Los                    programas   que   brinden
           bienestar universitario se definirán de la siguiente manera:
DEPORTES
Actividades tendientes a planear , organizar, coordinar, desarrollar y
controlar la práctica deportiva al interior y exterior de la universidad a
nivel recreativo, formativo, competitivo, uso del tiempo libre y
programas especiales, con cubrimiento a toda la comunidad
universitaria.

 SALUD
Tiene por función atender y mantener la salud de los miembros de
nuestra comunidad universitaria, mediante el ofrecimiento de programas de
atención médica, sociológica, y de psico-orientación, en los niveles de
promoción, prevención, curación y habilitación, con el concurso del trabajo
interdisciplinario de otras dependencias que desarrollan actividades de docencia,
asistencia investigación y extensión.

PSICOLOGÍA
1. Desarrollar actividades relacionadas con la salud emocional de las personas
   que componen la comunidad universitaria.
2. Planear y desarrollar programas de prevención en el área psicológica.
3. Velar por la permanente asistencia        psicológica del estudiante de la
   fundación.
4. Asesorar, diagnosticar o intervenir, de acuerdo a las necesidades de las
   personas que acudan a este servicio.
5. Realizar actividades grupal a nivelo preventivo, proyectadas a la comunidad
   universitaria.

TRABAJO SOCIAL
El trabajo social realizará actividades de apoyo al bienestar de la comunidad
universitaria, encaminadas hacia el desarrollo personal, familiar, académico y
laboral.

   1. Planeando actividades o programas encaminados a elevar la calidad de
      vida de la comunidad universitaria y su familia .
   2. Diseñar los instrumentos que se utilizaran para llevar a cabo los
      programas, así como las estrategias que se implementarán para el logro
      de los objetivos propuestos.
   3. Asesorar a los estudiantes, empleados y docentes en el estudio y
      búsqueda de soluciones a situaciones sociofamiliares que puedan
      interferir con su desarrollo personal, familiar, académico y laboral.
   4. Propiciar la participación de la comunidad en el reconocimiento y solución
      de sus problemas.
   5. Fomentar el desarrollo integral de la comunidad universitaria por medio de
      programas encaminados a prevenir, detectar y reconocer factores o
      situaciones de riesgos que pueden interferir en su normal desarrollo en
      cada una de las etapas de ciclo vital, como en el área personal, familiar,
      académica y laboral.
6. Colaborar activamente a nivel preventivo e investigativo en el grupo
      interdisciplinario de prevención de la fármaco dependencia, así como en
      otros grupos interdisciplinarios que a nivel preventivo y asistencial puedan
      surgir.

ATENCIÓN INDIVIDUAL
Se realizará análisis dirigido a estudiantes, empleados y docentes, para la
atención de problemas familiares que puedan afectar el buen desarrollo del
individuo en todos los campos que se desenvuelve. Se hace estudio del caso,
se buscan la posibles soluciones y dada la necesidad urgente del mismo, se
remite a la instituciones especializadas en atender estos casos.

REALIZACIÓN DE TALLERES
Con el animo de capacitar aun mas a la comunidad universitaria en el manejo de
situaciones familiares y personales que se le presenten durante el transcurso de
su vida, se realizaran talleres, ampliando la cobertura del semestre anterior, con
temas orientados al desarrollo personal y familiar, estudiantes, empleados y
familiares.

PARTICIPACIÓN EN EL GRUPO INTERDISCIPLINARIO DE PREVENCIÓN DE
LA FARMACODEPENDENCIA
Se trabaja en el análisis de los resultados arrojados por la encuesta sobre
índices de consumo y factores de deseo que presenta la población universitaria,
se llevo a cabo el semestre pasado, con el fin de implementar estrategias a nivel
preventivo y de una campaña de prevención que cubrir diversos aspectos.

INDUCCIÓN
Se realizara a estudiantes y empleados nuevos, conjuntamente con la demás
áreas de universidad. Se trabajara en la reestructuración de la inducción
especial a estudiantes que provienen de otros municipios o ciudades diferentes a
Apartado, donde no hay unidades descentralizadas, ubicándolos en la ciudad, en
la universidad y en los nuevos roles se deben desempeñar.

SERVICIO DE CAFETERIA
   1. OBJETIVOS
           Facilitar a la comunidad universitaria los servicios de cafetería y
           restaurante.
           Suministrar a la comunidad universitaria dentro de sus honorarios
           diurnos y nocturnos, incluyendo festivos y feriados los servicios
           antes mencionados.
           Buscar agilidad y nuevos productos para lograr el bienestar del
           usuario.
           Brindar una atención eficiente y mejorar la calidad del servicio
           para bien de todos su usuarios.

    2. RECURSOS
Los locales destinados a cafetería y su dotación física serán de propiedad de la
      fundación.

          3. REGLAMENTACIÓN
      La Fundación de Estudios Superiores Universitarios de Urabá Antonio Roldan
      Betancur FESU, presta el servicio de cafetería y restaurante a través de
      concesionarios, los cuales deben cumplir ante la jefatura de bienestar
      universitario con:
             Responsabilizarse de toda obligación laboral o comercial o de cualquier
             índole, con ocasión del funcionamiento de las cafeterías.
             Someter a la aprobación de bienestar universitario la lista de los artículos
             y sus precios.
             Queda totalmente prohibida la venta de bebidas embriagantes y no
             pueden participar o tolerar juegos de azar, loterías, rifas y en general todo
             o que sea extraño a los fines de funcionamiento de las cafeterías y
             restaurantes universitarios.

Art. 8. PRESUPUESTO. Para el desarrollo de las actividades de bienestar universitario
         se dispone del cinco por ciento (5%) del total de los ingresos por concepto de
         matricula y otros servicios de extensión que venda la fundación anualmente, la
         partida debe ser incorporada en el presupuesto de egresos de la fundación.
         Los recursos que no alcancen a ejecutarse en la vigencia se acumularan para
         la vigencia siguiente.
         Este presupuesto será manejado por el encargado de la oficina de bienestar
         universitario.

Art. 9. DE LA VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de la fecha.


Dado en Apartado a los 27 días del mes de noviembre de 1998

ORLANDO OCAMPO RODAS                        MANUEL ANTONIO BEDOYA DUQUE
PRESIDENTE                                           SECRETARIO GENERAL

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Reglamento de Bienestar Universitario FESU

  • 1. FUNDACIÓN DE ESTUDIOS SUPERIORES UNIVERSITARIOS DE URABA ANTONIO ROLDAN BETANCUR BIENESTAR UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO Acuerdo No. 004 de noviembre 27 de 1998 Por medio del cual se adopta el Reglamento de bienestar Universitario de la Fundación de Estudios Superiores Universitarios de Urabá Antonio Roldán Betancur FESU. El Consejo Superior Universitario, en uso de sus atribuciones legales estatutarias. ACUERDA: Art. 1. DEFINICIÓN. Se entiende por bienestar el conjunto de actividades que se orientan al desarrollo físico, psicoafectivo, espiritual y social de los estudiantes, docentes y personal administrativo adscritos a la entidad propiciando una mejor calidad de vida como garantía de la calidad y excelencia académica. Art. 2. OBJETIVOS. A través de Bienestar Universitario se busca: 1. Obtener el desarrollo personal, social, espiritual y material de la comunidad universitaria que integra a la Fundación de estudios Superiores Universitarios de Urabá Antonio Roldán Betancur FESU. 2. Promover el bienestar individual y colectivo de los docentes, estudiantes, directivos y administrativos. En las áreas social, económica, salud, cultural, recreativa y deportiva, como elemento fundamental del proceso integral. 3. Lograr un afianzamiento en la formación de la cultura democrática y ciudadana, en la exaltación de los valores humanos, en las formas de pensar, actuar y sentir que propendan por un desarrollo armónico. Art. 3. CAMPO DE APLICACIÓN. Tendrán derecho a participar de los programas que se desarrollen de bienestar social que ofrezca la Institución: a. Los estudiantes con matrícula vigente en cualquiera de los programas que ofrece la entidad. b. El personal directivo, administrativo y docente vinculado a la Institución. Art. 4. OBJETIVOS ESPECIFICOS. Las actividades de bienestar estarán orientadas así: 1. Ofrecer programas de prevención y servicios de salud. 2. Apoyar y complementar los programas de formación académica. 3. Participar activamente en la formación integral y desarrollo profesional de los miembros de la comunidad estudiantil procurando bases y principios que
  • 2. sean garantía social de honestidad, ética y sabiduría. 4. Organizar congresos, seminarios, actos culturales, deportivos, recreativos, de integración y cooperación que procuren el bienestar general y la satisfacción de las necesidades de la comunidad. Art. 5. PROGRAMAS. Los programas de bienestar universitario comprende las siguientes áreas: Salud Actividades culturales y Artísticas Actividades deportivas y recreativas Integración Académica Promoción Social Orientación y Consejería Servicio de Cafetería Otros Art. 6 FUNCIONAMIENTO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO. Se creará una Oficina para el jefe de bienestar universitario, el cual tendrá las siguientes funciones: Funciones del Jefe de bienestar social 1. Es responsable de la buena planeación, coordinación, evaluación, control y normal funcionamiento de los recursos, que para el bienestar estudiantil y en general toda la comunidad universitaria asigna o planea la Fundación de Estudios Superiores Universitarios de Urabá Antonio Roldán Betancur FESU. 2. Debe fijar políticas en materia deportiva, de salud, de prevención y de apoyo a todos los estamentos universitarios. 3. Es responsable de los recursos asignados a su departamento y además de la correcta utilización de dineros que puede requerir y que para tal efecto entregue la fundación. 4. Elaborar conjuntamente con sus coordinadores la programación y coordinación de actividades y servicios que se brinda a la comunidad universitaria. 5. Presentar semestralmente un plan de actividades velar por su realización y efectuar una evaluación al final del periodo. 6. Solicitar las necesidades que en materia de recursos requieren para el buen funcionamiento. 7. Establecer las políticas que en materia de representación al exterior Tendrán los grupos y equipos. 8. Las demás asignadas por su jefe inmediato, los reglamentos y políticas de la Fundación de Estudios Superiores Universitarios de Urabá Antonio Roldán Betancur FESU. Art. 7. DEFINICIÓN DE LOS PROGRAMAS. Los programas que brinden bienestar universitario se definirán de la siguiente manera:
  • 3. DEPORTES Actividades tendientes a planear , organizar, coordinar, desarrollar y controlar la práctica deportiva al interior y exterior de la universidad a nivel recreativo, formativo, competitivo, uso del tiempo libre y programas especiales, con cubrimiento a toda la comunidad universitaria. SALUD Tiene por función atender y mantener la salud de los miembros de nuestra comunidad universitaria, mediante el ofrecimiento de programas de atención médica, sociológica, y de psico-orientación, en los niveles de promoción, prevención, curación y habilitación, con el concurso del trabajo interdisciplinario de otras dependencias que desarrollan actividades de docencia, asistencia investigación y extensión. PSICOLOGÍA 1. Desarrollar actividades relacionadas con la salud emocional de las personas que componen la comunidad universitaria. 2. Planear y desarrollar programas de prevención en el área psicológica. 3. Velar por la permanente asistencia psicológica del estudiante de la fundación. 4. Asesorar, diagnosticar o intervenir, de acuerdo a las necesidades de las personas que acudan a este servicio. 5. Realizar actividades grupal a nivelo preventivo, proyectadas a la comunidad universitaria. TRABAJO SOCIAL El trabajo social realizará actividades de apoyo al bienestar de la comunidad universitaria, encaminadas hacia el desarrollo personal, familiar, académico y laboral. 1. Planeando actividades o programas encaminados a elevar la calidad de vida de la comunidad universitaria y su familia . 2. Diseñar los instrumentos que se utilizaran para llevar a cabo los programas, así como las estrategias que se implementarán para el logro de los objetivos propuestos. 3. Asesorar a los estudiantes, empleados y docentes en el estudio y búsqueda de soluciones a situaciones sociofamiliares que puedan interferir con su desarrollo personal, familiar, académico y laboral. 4. Propiciar la participación de la comunidad en el reconocimiento y solución de sus problemas. 5. Fomentar el desarrollo integral de la comunidad universitaria por medio de programas encaminados a prevenir, detectar y reconocer factores o situaciones de riesgos que pueden interferir en su normal desarrollo en cada una de las etapas de ciclo vital, como en el área personal, familiar, académica y laboral.
  • 4. 6. Colaborar activamente a nivel preventivo e investigativo en el grupo interdisciplinario de prevención de la fármaco dependencia, así como en otros grupos interdisciplinarios que a nivel preventivo y asistencial puedan surgir. ATENCIÓN INDIVIDUAL Se realizará análisis dirigido a estudiantes, empleados y docentes, para la atención de problemas familiares que puedan afectar el buen desarrollo del individuo en todos los campos que se desenvuelve. Se hace estudio del caso, se buscan la posibles soluciones y dada la necesidad urgente del mismo, se remite a la instituciones especializadas en atender estos casos. REALIZACIÓN DE TALLERES Con el animo de capacitar aun mas a la comunidad universitaria en el manejo de situaciones familiares y personales que se le presenten durante el transcurso de su vida, se realizaran talleres, ampliando la cobertura del semestre anterior, con temas orientados al desarrollo personal y familiar, estudiantes, empleados y familiares. PARTICIPACIÓN EN EL GRUPO INTERDISCIPLINARIO DE PREVENCIÓN DE LA FARMACODEPENDENCIA Se trabaja en el análisis de los resultados arrojados por la encuesta sobre índices de consumo y factores de deseo que presenta la población universitaria, se llevo a cabo el semestre pasado, con el fin de implementar estrategias a nivel preventivo y de una campaña de prevención que cubrir diversos aspectos. INDUCCIÓN Se realizara a estudiantes y empleados nuevos, conjuntamente con la demás áreas de universidad. Se trabajara en la reestructuración de la inducción especial a estudiantes que provienen de otros municipios o ciudades diferentes a Apartado, donde no hay unidades descentralizadas, ubicándolos en la ciudad, en la universidad y en los nuevos roles se deben desempeñar. SERVICIO DE CAFETERIA 1. OBJETIVOS Facilitar a la comunidad universitaria los servicios de cafetería y restaurante. Suministrar a la comunidad universitaria dentro de sus honorarios diurnos y nocturnos, incluyendo festivos y feriados los servicios antes mencionados. Buscar agilidad y nuevos productos para lograr el bienestar del usuario. Brindar una atención eficiente y mejorar la calidad del servicio para bien de todos su usuarios. 2. RECURSOS
  • 5. Los locales destinados a cafetería y su dotación física serán de propiedad de la fundación. 3. REGLAMENTACIÓN La Fundación de Estudios Superiores Universitarios de Urabá Antonio Roldan Betancur FESU, presta el servicio de cafetería y restaurante a través de concesionarios, los cuales deben cumplir ante la jefatura de bienestar universitario con: Responsabilizarse de toda obligación laboral o comercial o de cualquier índole, con ocasión del funcionamiento de las cafeterías. Someter a la aprobación de bienestar universitario la lista de los artículos y sus precios. Queda totalmente prohibida la venta de bebidas embriagantes y no pueden participar o tolerar juegos de azar, loterías, rifas y en general todo o que sea extraño a los fines de funcionamiento de las cafeterías y restaurantes universitarios. Art. 8. PRESUPUESTO. Para el desarrollo de las actividades de bienestar universitario se dispone del cinco por ciento (5%) del total de los ingresos por concepto de matricula y otros servicios de extensión que venda la fundación anualmente, la partida debe ser incorporada en el presupuesto de egresos de la fundación. Los recursos que no alcancen a ejecutarse en la vigencia se acumularan para la vigencia siguiente. Este presupuesto será manejado por el encargado de la oficina de bienestar universitario. Art. 9. DE LA VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de la fecha. Dado en Apartado a los 27 días del mes de noviembre de 1998 ORLANDO OCAMPO RODAS MANUEL ANTONIO BEDOYA DUQUE PRESIDENTE SECRETARIO GENERAL