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Expediente: N° 21277-2011-0-1801-JR-LA-04
Secretaria Sala: BUSTAMANTE ADVINCULA INGER
Cuaderno: Principal
Escrito: S/N
Sumilla: CUMPLE MANDATO
A LA SALA LABORAL TRANSITORIA LEY N° 26636 DE LIMA:
ABRAHAM MAXIMO CANDELA GONZALEZ, en los seguidos con LUZ DEL
SUR S.A.A., sobre PARTICIPACION DE UTILIDADES, con respeto decimos:
Que, mediante Resolución N° 49 de fecha 30 de enero de 2020 la Sala ha
resuelto CONFIRMAR la Resolución N° 41, del 24 de abril del 2019, que
resuelve fijar por concepto de costos la suma de S/.2,000.00 soles, más el 5%
destinado al Colegio de Abogados de Lima, debiendo para ello el letrado de la
parte demandada (sic) adjuntar el recibo correspondiente del pago de impuesto
a la renta o en su defecto la exoneración.
Que, la parte demandante cumpliendo con el mandato conferido adjunto copia
del Formulario 1609 N° 11666949 de fecha 13/01/2020 mediante el cual la
SUNAT autoriza al abogado FELIX FAUSTO GUERRA LA TORRE a suspender
el pago del impuesto a la renta en este ejercicio 2020, al cumplir los requisitos
exigido por las normas tributarias para suspender el impuesto a la renta de 4ta.
Categoría durante el año 2020.
Que, asimismo en nuestro escrito de fecha 20 de julio de 2017 de solicitud de
costos y costas, presentado el 11 de agosto de 2017 y que obra en el
expediente, adjuntamos copia del Formulario 1609 N° 7965912 de fecha
21/07/2017 mediante el cual SUNAT autoriza al abogado FELIX FAUSTO
GUERRA LA TORRE a suspender el pago del impuesto a la renta del ejercicio
2017, en que se realizó el pago de honorarios al terminar el proceso principal.
POR TANTO:
A la Sala Laboral Transitoria solicito se sirva tener presente lo expuesto y
proveer de acuerdo a Ley.
Lima, 29 de Julio del 2020