El contribuyente Luis Chuquiruna Heras presenta un Recurso de Reclamación y solicita la suspensión de la cobranza coactiva por una orden de pago emitida por la SUNAT por el periodo abril 2012. Argumenta que hubo un error material en la Declaración Jurada original que reportó ingresos mayores, y que presentó una Declaración Rectificatoria y pagó el monto correcto. Solicita que se deje sin efecto la orden de pago y resolución de ejecución coactiva debido a que la deuda informada fue producto de un
PROCESOS EXTRAORDINARIOS EN EL DERECHO PROCESAL BOLIVIANO.pptx
Error material en dd jj al consignar ingresos del periodo sguiente chuquiruna heras luis
1. Interpongo Recurso de Reclamación
y Solicito la Suspensión de la
Cobranza Coactiva.
Señora Jefe de la Oficina Zonal–
SUNAT Cajamarca:
Luis Chuquiruna Heras, con
Registro Único de Contribuyente
Nº 10266742679, con domicilio
fiscal en la Av. Los Sauces Nº
490 de esta ciudad, ante Ud.
Respetuosamente digo:
He sido notificado con la Orden de Pago:
Orden de Pago Periodo Tributo Mto. Trib. Int. Capit. Interés Total
1630010105119 2012-04 IGV. 747.00 -.- 3.00 750.00
Que con fecha 16 de Mayo del 2012, he sido notificado con la
orden de pago, por omisión al pago del Impuesto General a las
Ventas, por la suma antes mencionada. Dicha deuda no existe,
por cuanto, la Administración Tributaria está considerando
como omisión la falta de pago del impuesto de este periodo,
el cual ha sido originado por un error material en la
Declaración Jurada. Dentro del término legal establecido por
el Art. 137º del Código Tributario, Interpongo Recurso de
Reclamación contra la Orden de Pago antes mencionada para que
sea dejada sin efecto y sin ningún valor; así mismo, solicito
se suspenda la Resolución de Ejecución Coactiva Nro.
1630060063960, dado que, median circunstancias que evidencian
que la cobranza podría ser improcedente
Mi reclamación se basa en los siguientes fundamentos de hecho
y de derecho:
2. Fundamentos de Hecho
1.- Con fecha 15 de mayo del 2012, se presentó la Declaración
Jurada de IGV-Renta, correspondiente al periodo
tributario abril-2012, lo cual consta en el formulario
Nro. 621, cuyo número de orden es 771150655; en donde se
consigna una base imponible de ventas por la suma de
S/4,151.00 y un impuesto calculado de IGV por la suma S/
747.00 e impuesto a la Renta régimen especial por la suma
de S/62.00
2.- Al verificar la información digitada en el Registro de
Ventas y la declaración jurada de IGV/RTA. Presentada se
determinó el error material de redacción en la
declaración jurada de IGV/RTA.
3.- Con fecha 21 de mayo del 2012, se presentó la Declaración
Jurada Rectificatoria de IGV-Renta, correspondiente al
periodo abril del 2012, lo cual consta en el formulario
Nro. 621, cuyo número de orden es 771617016, en donde se
consigna correctamente la base imponible de las ventas
del periodo por la suma de S/1,714.00 y un impuesto
calculado de IGV por la suma S/ 309.00. e impuesto a la
Renta régimen especial por la suma de S/26.00
4.- Con fecha 24 de mayo del 2012, se pago el IGV por la suma
de S/ 311.00, correspondiente al periodo abril-2012, lo
cual consta en el formulario virtual Nro. 1662, cuyo
número de orden es 141515652.
5.- Al emitirme la Orden de Pago, correspondiente al periodo
abril-2012 así como la Resolución de Ejecución Coactiva
esto hecho ha sido como consecuencia de un error material
de redacción en la declaración jurada al haber consignado
equivocadamente ingresos correspondientes al periodo
Mayo-2012.
3. 6.- Mi obligación respecto al IGV del periodo de abril 2012,
está determinada de la siguiente manera:
ABRIL 2012 DD.JJ.
FORM. 0621 Nº ORDEN 771150655
ABRIL 2012 DD.JJ.RECTIFICATORIA
FORM. 0621 Nº ORDEN 771617016
VENTAS NETAS 4,151.00 1,714.00
TRIBUTO 747.00 309.00
COMPRAS GRAVADAS 0.00 0.00
TRIBUTO 0.00 0.00
TRIBUTO RESULTANTE 747.00 309.00
SALDO A FAVOR
PERIODO ANTERIOR
0.00 0.00
PERCEPCIONES DE PER.
ANTERIOES 0.00 0.00
RETEN. DEL PERIODO 0.00 0.00
RETEN. PERIODOS
ANTERIORES 0.00 0.00
TOTAL DEUDA TRIBUT 747.00 309.00
MONTO A PAGAR 747.00 309.00
Fundamentos de derecho
Mi reclamación lo formulo al amparo de:
- Código Tributario:
Numeral 3) del Art. 78º
Inciso c) y d) del Art. 92º
Inciso d) y segundo párrafo del Art. 119º
Art. 136º y 137º.
- Tupa de la SUNAT D.S. 057-2009-EF
Procedimiento Nro. 48
4. - Nueva ley de procedimiento Administración-Ley 27444:
Artículo V.
Principio de Verdad material
Por lo expuesto, solicito que la Administración Tributaria
verifique la existencia del error material correspondiente
periodo de abril 2012.
Por lo tanto:
Señora Jefe de la Oficina Zonal de Sunat-Cajamarca, pido a
Usted tramitar el presente, de acuerdo a ley y oportunamente
declarando fundada mi reclamación, dejando sin efecto la
Orden de Pago materia del presente recurso.
Otro si: Adjunto los siguientes documentos:
1. Hoja de información sumaria debidamente llenada
2. Copia simple de DNI.
3. Copia simple de la orden de pago y resolución de ejecución
coactiva.
4. Copia de las declaraciones juradas mensuales de IGV/Renta
del periodo abril-2012.
5. Copia simple del registro de Ventas del periodo materia de
reclamo
Cajamarca, 12 de junio del 2012
……………………………………………………………
LUIS CHQUIRUNA HERAS
DNI 26603529