2. La llegada de la nueva dinastía borbónica
propició importantes cambios en la
estructura del Estado. Estos cambios fueron
introducidos esencialmente durante el
reinado de Felipe V (1700-1746).
Medidas centralizadoras, con el objetivo de
hacer un estado más eficaz. En este sentido
se adoptaron novedades importantes:
3. Decretos de Nueva Planta (1707 Aragón y
Valencia, 1715 Mallorca, 1716 Cataluña):
Abolición de los fueros e instituciones
propias de los reinos de la Corona de
Aragón. Los fueros de las provincias vascas
y Navarra se mantuvieron ya que apoyaron a
Felipe V durante la Guerra de Sucesión.
4. Nuevo modelo de administración territorial, basado
en la siguiente estructura: división del territorio en
provincias; sustitución de los Virreyes por los
Capitanes Generales como gobernadores políticos
de las provincias; las Reales
Audiencias se mantienen para las cuestiones
judiciales; y siguiendo el modelo francés, se creó la
figura de los Intendentes, funcionarios encargados
de las cuestiones económicas. Finalmente, en los
Ayuntamientos se mantuvieron los cargos de
Corregidor, Alcalde Mayor y Síndicos personeros
del común (elegidos por el pueblo para su defensa).
5. Reforma de la administración central
consolidando el establecimiento de una plena
monarquía absoluta. Se suprimieron todos los
Consejos, exceptuando el Consejo de Castilla
que se convirtió en el gran órgano asesor del
rey. Se crearon las Secretarías de Despacho
(Estado, Guerra, Marina, Hacienda, Justicia e
Indias), antecedentes de los ministerios. En
1787 se establece la Junta Suprema de
Estado, antecedente del Consejo de Ministros.
6. La nueva dinastía intensificó la política
regalista, buscando la supremacía de la
Corona, poder civil, sobre la Iglesia. Las dos
medidas principales fue el establecimiento
de un mayor control sobre la Inquisición y,
sobre todo, la expulsión de la Compañía de
Jesús adoptada por Carlos III en 1778.
7. Hubo intentos no demasiado eficaces de
reformar el sistema de Hacienda. Se trató
de unificar y racionalizar el sistema de
impuestos y, para ello, se llevó a cabo el
Catastro de Ensenada en 1749 en la Corona
de Castilla. Este Catastro es un censo de
todas las propiedades del reino, muy útil
para los historiadores. Se buscó también la
unificación monetaria, estableciéndose el
Real de a dos.
8. Resumen
Con los Borbones se introdujeron en España una modernización de las
estructuras políticas administrativas y económicas. Se impone el modelo
francés basado en el Absolutismo monárquico y en la centralización
administrativa. Los reyes tendrán poderes absolutos aunque en la
práctica, tendrán ciertas limitaciones, pero la figura de los Reyes queda
reforzada con el nuevo modelo importado.
Se inicia la implantación del modelo con la supresión de los fueros y
autonomías de los reinos de la Corona de Aragón. La escusa para abolir
estas peculiaridades estará en haber apoyado la causa del pretendiente
austriaco. El nuevo modelo en el que se fundamentaba toda la estructura
administrativa serán LOS DECRETOS DE NUEVA PLANTA donde
todos los reinos de la monarquía quedaban homogeneizados en las leyes
de Castilla.
Las nuevas reformas afectarán a todos los campos de la administración
tanto central como provincial y municipal. Se centralizan con ello las
decisiones y la administración se vuelve más dinámica y efectiva. Este
reforzzmiento de la autoridad del rey les llevó a desarrollar una defensa de
la soberanía real frente a la iglesia, no en materia de fe, sino en el control
y administración.
9. FETÉN
Con la llegada de Felipe V de Borbón se produce un cambio tanto de
dinastía como en la estructura del Estado. El rey tiene poderes ilimitados
sobre sus súbditos. En 1707 se publica el decreto de Nueva Planta, a través
del cual se suprimen los derechos, los fueros y los privilegios de la corona
de Aragón imponiendo los derechos, leyes e instituciones propios del reino
de Castilla. Tras la toma de Barcelona 1715 la Nueva Planta se impone en
Cataluña (1716) pese a las garantías dadas en el T. de Utrech pierden su
autogobierno. Sin embargo en Navarra y País Vasco, que apoyaron al nuevo
rey, se mantienen los privilegios. Con esto España se convirtió en un Estado
centralista con una monarquía absoluta, se suprimen todos los consejos
excepto el de Castilla, el rey gobierna a través de secretarios, creándose las
Secretarias de Despacho: Estado, Hacienda, Marina, Industria... El territorio
nacional se divide en provincias. Sustitución del Virrey por un Capitán
General con competencias militares y civiles, aparece la figura del
Intendente encargado de la economía. Se mantienen las Reales Audiencias
para impartir justicia. Las relaciones con la iglesia están marcadas por las
reivindicaciones de las regalías se trataba de dejar bien sentado que la
soberanía de la monarquía debía ser plena en el país y a su autoridad debía
someterse la Iglesia igual que sus súbditos.
10. FETÉN
Con la llegada de Felipe V de Borbón se produce un cambio tanto de
dinastía como en la estructura del Estado. El rey tiene poderes ilimitados
sobre sus súbditos. En 1707 se publica el decreto de Nueva Planta, a través
del cual se suprimen los derechos, los fueros y los privilegios de la corona
de Aragón imponiendo los derechos, leyes e instituciones propios del reino
de Castilla. Tras la toma de Barcelona 1715 la Nueva Planta se impone en
Cataluña (1716) pese a las garantías dadas en el T. de Utrech pierden su
autogobierno. Sin embargo en Navarra y País Vasco, que apoyaron al nuevo
rey, se mantienen los privilegios. Con esto España se convirtió en un Estado
centralista con una monarquía absoluta, se suprimen todos los consejos
excepto el de Castilla, el rey gobierna a través de secretarios, creándose las
Secretarias de Despacho: Estado, Hacienda, Marina, Industria... El territorio
nacional se divide en provincias. Sustitución del Virrey por un Capitán
General con competencias militares y civiles, aparece la figura del
Intendente encargado de la economía. Se mantienen las Reales Audiencias
para impartir justicia. Las relaciones con la iglesia están marcadas por las
reivindicaciones de las regalías se trataba de dejar bien sentado que la
soberanía de la monarquía debía ser plena en el país y a su autoridad debía
someterse la Iglesia igual que sus súbditos.