5. Guerra civil
-Castilla cansada de que el esfuerzo militar y económico siempre había recaído sobre ella.
-Aragón, Valencia y Cataluña rechazaban el centralismo francés. Reconocen como rey al archiduque
Carlos.
-El ejército franco-español derrotó a los aliados en la Batalla de Almansa (1707), Brihuega y
Villaviciosa (1710).
- Barcelona fue ocupada el 11 de septiembre de 1714.
6. Consecuencias para la Corona de Aragón.
-Pérdida de sus fueros.
-Imposición del centralismo castellano.
-Disolución de sus órganos políticos.
7. Consecuencias para España
- Pérdida de la hegemonía de España en Europa.
- Inglaterra y Francia serán las potencias dominantes.
- Nuevo monarca: Felipe V (Casa Borbón).
- La nueva dinastía impulsará reformas sociales, económicas y la llegada de la Ilustración.
8. Reformas en la organización del estado. La monarquía
centralista.
• Los Borbones introdujeron en España los modelos administrativos franceses, esto
significaba que la administración tendería a ser más racional, eficaz y centralista.
• Los Decretos de Nueva Planta (1707-1714) fueron el principal medio de centralizar la
administración. Felipe V aprovechó la “traición” de la Corona de Aragón para abolir
sus fueros y cortes y reducir estos territorios a las leyes castellanas. De hecho, la
Corona de Aragón no apoyó a Felipe V precisamente pues temía la actitud centralista
de los Borbones. Tras los Decretos de Nueva Planta ya sólo quedaban Navarra y los
territorios vascos con fueros propios.
• Se eliminó el antiguo sistema de Consejos de los Austrias. El único que se mantuvo
fue el Consejo de Castilla que se convirtió en una especie de “Ministerio de
Gobernación o del Interior”. Las Secretarías de Estado y de Despacho sustituyeron al
resto de los Consejos. Estas secretarías eran similares a los actuales ministerios,
pues al frente de éstas se situaba un secretario que despachaba directamente con el
rey (Secretarías e Estado, Justicia, Hacienda, Guerra, Marina e Indias).
• Las reformas de la hacienda también permitieron descargar a Castilla de todo el peso
fiscal, pues los Decretos de Nueva Planta extendieron esta carga a la Corona e
Aragón.
9.
10. He juzgado conveniente(…) abolir y derogar
enteramente, como desde luego doy por abolidos y
derogados, todos los referidos fueros, privilegios,
práctica y costumbre hasta aquí observados en los
referidos reinos de Aragón y Valencia; siendo mi
voluntad que éstos se reduzcan a las leyes de Castilla, y
al uso, práctica y forma de gobierno que se tiene y se
ha tenido en ella y en sus Tribunales sin diferencia
alguna en nada; pudiendo obtener por estas razón mis
fidelísimos vasallos, los castellanos, oficios y empleos
en Aragón y en Valencia, de la misma manera que los
aragoneses y valencianos han de poder en adelante
gozarlos en Castilla sin ninguna distinción.
Decreto de Nueva Planta para Aragón y Valencia.
Felipe V, junio de 1707.