La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
Seguridad y defensa example
1. 1. ¿CUÁLES SON LAS PARTES DEL PROCESO?
DEMANDANTE: SHEYLA EVELYN YSLA RUBIO a favor de JEAN PHILIPPE CAYRO
DEMANDADO:
Integrantes de la Primera Sala Penal en Carcel de la Corte Superior de Justicia de Lima.
SEÑORES:
- FIGUEROA NAVARRO
- QUISPE ALCALÁ
- ESPINOZA SÁNCHEZ
Integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Republica.
SEÑORES:
- SALAS GAMBOA
- BARRIENTOS PEÑA
- PRÍNCIPE TRUJILLO
- PARIONA PASTRANA
- URBINA GAVINI
2. ¿QUÉ ESTA PIDIENDO EL DEMANDANTE?
El demandante está Pidiendo al Tribunal Constitucional la Nulidad de la Sentencia de fecha
6 de enero de 2006 en la cual se le condena con una condena de 30 años de pena privativa
de la Libertad. Asi como también la nulidad de la ejecutoria suprema de fecha 21 de
diciembre de 2006, en el extremo que declara no haber nulidad en cuanto a la pena
impuesta al recurrente, alegándose que tales resoluciones vulneran sus derechos
constitucionales a la libertad individual y los derechos a probar, de defensa, al
contradictorio e igualdad sustancial en el proceso.
3. ¿QUÉ DICE EL DEMANDADO?
El demandado manifiesta que en el Proceso penal no se advierte afectación a los derechos
del favorecido y que no puede admitirse que el proceso constitucional sea considerado
como una suprainstancia capaz de revisar lo actuado en sede ordinaria.
4. ¿CUÁLES SONLOS FALLOS PRECEDIDOSPOR LOS JUZGADOSDELA PRIMER Y SEGUNDA
INSTANCIA?
El fallo precedido en la primera instancia, el cual se dio el 6 de enero del 2006 es una
condena de 30 años de pena privativa de la libertad.
El fallo precedido en la segunda instancia, el cual se dio el 21 de diciembre del 2006 se
rectifica la condena dispuesta en la primera instancia.
5. ¿QUÉ ES EL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS?
El trafico Ilícito de Drogas es un delito de acción múltiple que socava las bases culturales,
políticas y económicas de la sociedad, pues su existencia y propagación afecta en grado
sumo diversos valores e instituciones básicas de todo Estado social y democrático de
derecho, tales como el principio-derecho de dignidad de la persona, la familia, la educación,
el trabajo, la paz social, entre otros.
Se trata de una actividad ilícita en la que sus miembros, haciendo gala de su poder
corruptor, influencias y suficientes recursos económicos, impiden que sus organizaciones
2. sean descubiertas y sus integrantes identificados. Es, pues, el poder económico de estas
organizaciones lo que les permite corromper a las fuerzas del orden y a la administración de
justicia, y enfrentar públicamente a los gobiernos, atacando a las fuerzas armadas, a los
miembros del sistema judicial y a la policía, y atentando contra las personas y los bienes
públicos y privados. Este poder les permite también, a través de artilugios, alterar el orden
legal, a fin de evadir sanciones y coopta los órganos del poder político con el propósito de
manipular las decisiones o de orientarlas hacia rumbos que favorecen su accionar delictivo.
6. ¿CUÁL ES LA POLÍTICA DEL ESTADO PERUANO CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE
DROGAS?
La Política del Estado contra El Tráfico Ilícito de Drogas es la POLITICA DE SEGURIDAD Y
DEFENSA NACIONAL
7. ¿HAY ALGUNA REGULACIÓN CONSTITUCIONAL O DERECHO QUE ESTE VINCULADO CON
ESTE CASO?
Si, entre ellas se encuentran La Ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas (Decreto
Legislativo N.º 824) que regula los procedimientos especiales de investigación policial, tales
como el de agente encubierto y la remesa controlada, cuya autorización, el control de su
actuación y la decisión de su culminación corresponde, según sea el caso, al Ministerio
Público o a la autoridad judicial.
A su vez también en la Constitución política en el artículo 8, el cual dice que es deber
constitucional del Estado peruano diseñar su política criminal frente al tráfico ilícito de
drogas. En efecto, esta norma impone al Estado la obligación constitucional de sancionar el
tráfico ilícito de drogas, lo que ha quedado plasmado en el Código Penal y en las leyes
especiales en los cuales se criminaliza el delito de tráfico ilícito de drogas con penas severas.
8. ¿CUÁL ES EL FALLO?
El fallo del Tribunal Constitucional es dar INFUNDADA la demanda de Habeas Corpus.
9.¿CUÁLES SON LOS ARGUMENTOS MEDULARES QUE SEÑALA EL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL PARA ESTIMAR O DESESTIMAR LA DEMANDA?
Los Argumentos por los cuales el Tribunal Constitucional declara infundada la demanda, son
que las las resoluciones impugnadas, que condenan al recurrente a la pena privativa de la
libertad, no son incompatibles con la Constitución y las leyes pertinentes, pues no se
advierte que afecten los derechos constitucionales conexos a la libertad individual
invocados por el recurrente.