1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Participante: Lisbeth Montilla, C.I.: 20.348.949.
Prof. Lourdes Brizuela
SAIA D
Barquisimeto Enero de 2016
2. MAPA CONCEPTUAL – PROCEDIMIENTOS DELITOS MENOS GRAVES
DELITOS MENOS GRAVES
Son aquellos delitos de acción pública en la
que su pena tiene un límite máximo que no
excede de ocho (08) años de privación de
libertad, tramitados por procedimientos
abreviado.
Delitos Excluidos: Los establecidos en el último aparte del
artículo 354 del Código Orgánico Procesal Penal.
Tribunal Competente: Tribunal de Control
en Primera Instancia Municipal.
Fundamento Jurídico: Articulo 354 al 371
del Código Orgánico Procesal Penal.
2. AUDIENCIA DE IMPUTACIÓN
Es la introducción del asunto ante los
tribunales competentes, puede realizarse
mediante: 1) Denuncia, 2) Querella, o, 3) De
Oficio
Inicio
Es la investigación preliminar que debe ser
realizada por parte del Ministerio Público para
la solicitud de juzgamiento del imputado.
Es la solicitud por parte del Ministerio Público
para la audiencia de presentación realizada
ante el Juez de Instancia Municipal.
Es el llamamiento que al imputado para la
fijación de audiencia dentro de las 48 horas
siguientes.
Investigación
Convocatoria
Citación
Extremos Legales del Art. 250 COPP.
Legitimidad de Aprehensión
Medida de Coerción
Verificación y Revisión
Ante la presencia de Imputado y Fiscal del
Ministerio Público se informa sobre el hecho
delictivo atribuido, hechos, y disposiciones.
Acta de Imputación
Imposición de Precepto Constitucional: para
garantizar el debido proceso.
Fórmulas Alternativas de Prosecución del Proceso:
para garantizar el uso de los MARC´S.
Resolución: para dar termino a la audiencia.
1. ACTO CONCLUSIVO
El Fiscal del Ministerio Público debe concluir la
investigación dentro del lapso de 60 días
continuos luego de la audiencia de imputación.
Conclusión de Investigación
Archivo Judicial: se
decreta en caso de que
el fiscal no presente la
acusación en el lapso
correspondiente.
3. AUDIENCIA
PRELIMINAR
Dentro de un plazo no
menor de 10 días, ni
mayor de 15 a partir de
la presentación de
acusación.
-Exposición Oral
-Auto de Apertura de
Juicio.
La Victima puede
presentar acusación
privada, o delegar
representación en el
Ministerio Público.
4. JUICIO ORAL
Ante el Tribunal de Juicio en Primera Instancia
Municipal, según el procedimiento ordinario (Art. 315
al 343 del COPP).
4. SENTENCIA
Decisión del Asunto (Art. 344 al 352 del COPP)
5. APELACIÓN
5 días hábiles para presentar recurso de apelación