1. Derecho internacional
humanitario
El Derecho Internacional Humanitario (DIH) es la rama del derecho internacional
destinado a limitar y evitar el sufrimiento humano en tiempo de conflicto armado. En
este sentido, el DIH limita los métodos y el alcance de guerra por medio de normas
universales, tratados y costumbres, que limitan los efectos del conflicto armado con
el objetivo de proteger a personas civiles y personas que ya no estén participando en
hostilidades.
Dentro de la OEA, EL Departamento de Derecho Internacional juega un papel
importante en el avance y diseminación del DIH en las Americas, asiste al Consejo
Permanente y a sus Comisiones y Estados miembros en la elaboración y negociación
de resoluciones respecto la promoción y respecto del derecho internacional
humanitario y otras materias relacionas.
La Oficina también coordina sus actividades con el Comité Internacional de la Cruz
Roja para dar apoyo a las decisiones adoptadas por los Estados miembros en material
de DIH. Asimismo, en colaboración con el CICR, esta Oficina organiza cursos y
seminarios sobre DIH en las Américas.
2. LOS DEBERES Y OBLIGACIONES
La libertad y el derecho no son posibles sin restricciones
El hombre no obligado, no comprometido, no responsable de su libertad y de sus derechos,
es hipotético, irreal, inexistente.
Para que haya un adecuado funcionamiento del orden social, no solo se da el reconocimiento
de unos derechos sino que correlativamente a éstos se deben tener en cuenta unos deberes.
Artículo 95 de la C.P.
Adicional a los enunciados por el artículo 95, la corte constitucional ha dicho que el servicio
militar “está instituido en el ordenamiento jurídico-político del Estado como un deber.
▪ Al cual están sometidos todos los ciudadanos para contribuir al mantenimiento del orden
público.
▪ Es una manera de que los ciudadanos participen en la tarea de asegurar la convivencia
pacífica de los habitantes del territorio colombiano.
▪ El servicio militar no debe mirarse como una vulneración a los derechos de los
particulares,Es un servicio especial que requiere, en todos los tiempos la sociedad”
3. Que es la
OIT
Organización de los Estados Americanos es el organismo regional más
antiguo del mundo, cuyo origen se remonta a la Primera Conferencia
Internacional Americana, celebrada en Washington, D.C., de octubre de 1889
a abril de 1890. En esta reunión, se acordó crear la Unión Internacional de
Repúblicas Americanas y se empezó a tejer una red de disposiciones e
instituciones que llegaría a conocerse como “sistema interamericano”, el más
antiguo sistema institucional internacional.
4.
5. CARTA DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS
ESTADOS AMERICANOS (A-41)
Reformada por el Protocolo de Reformas a la Carta de la
Organización de los Estados Americanos "Protocolo de Buenos
Aires", suscrito el 27 de febrero de 1967, en la Tercera Conferencia
Interamericana Extraordinaria, por el Protocolo de Reformas a la
Carta de la Organización de los Estados Americanos "Protocolo de
Cartagena de Indias", aprobado el 5 de diciembre de 1985, en el
decimocuarto período extraordinario de sesiones de la Asamblea
General, por el Protocolo de Reformas a la Carta de la
Organización de los Estados Americanos "Protocolo de
Washington", aprobado el 14 de diciembre de 1992.