Este documento contiene cinco decretos emitidos por el gobierno de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Argentina. El decreto 518 otorga una pensión por discapacidad. El decreto 519 otorga otra pensión por discapacidad a una menor. El decreto 520 fija las fechas para las próximas elecciones provinciales y municipales y convoca al electorado. El decreto 521 ratifica un acuerdo celebrado entre la provincia y la Universidad Tecnológica Nacional.
1. AÑO XXIV - Ushuaia, Lunes 09 de Marzo de 2015 - Nº 3436 1
AÑOXXIV Nº 3436
Ushuaia, Lunes 09 de Marzo de 2015
República Argentina
BOLETINOFICIALProvincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"
Lic. Sergio Daniel ARAQUE
MinistroJefedeGabinete
Lic.OsvaldoJulioMONTI
MinistrodeEconomía
Prof. Sandra Isabel MOLINA
Ministro de Educación
Dra.AdrianaCristinaCHAPPERON
MinistrodeSalud
PODER EJECUTIVO
C.P.AbrahamDaríoFARIAS
Secretario General de Gobierno
Dra.LeilaEleonoraGIADAS
Secretario Legal y Técnico
Dn. Roberto Luis CROCIANELLI
Vicegobernador
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Abg.GabrielaCarolinaMUÑIZSICCARDI
MinistrodeInfraestructura,ObrasyServiciosPúblicos
Sr.GerardoRaúlCHEKHERDEMIAN
Ministro de Trabajo
Sra.InésCarolinaYUTROVIC
Ministro de Industria e Innovación Productiva
Ing.Ftal.FabiánAndrésBOYERAS
Secretario de Desarrollo Sustentable yAmbiente
Dra.MarisaEmilceMONTERO
Ministro de Desarrollo Social
Sr.OmarDanielNOGAR
MinistrodeGobierno,JusticiaySeguridad
Glgo.EduardoAlejandroAmérico
AGUIRREGONZALEZ
Secretario de Energía e Hidrocarburos
Sra.NélidaBELOUS
Secretario de Derechos Humanos
Sr.GustavoSergioLONGHI
SecretariodeRepresentaciónOficialdelGobierno
en la CiudadAutónoma de BuenosAires
«2015 - AÑO DEL BICENTENARIO DEL CONGRESO DE LOS PUEBLOS LIBRES»
DECRETO N° 518 02-03-15
ARTÍCULO 1°.- Otorgar una
Pensión por Discapacidad a fa-
vor de la Sra. Jerusa María
REIS, D.N.I. N° 18.888.019, la
que comenzará a devengarse a
partir del mes siguiente de ha-
berse acreditado la renuncia al
beneficio del Plan PEL, que ac-
tualmente percibe. Ello por los
motivos expuestos en los consi-
derandos y el Dictamen D.A.J.
(MDS) N° 222/2014.
ARTÍCULO 2°.- Notificar a la in-
teresada con copia autenticada del
presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que de-
mandeelcumplimientodelpresen-
te será imputado a la U.G.G. 8373
- Inciso 512, del ejercicio econó-
mico financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4°.- De forma.
RIOS
Marisa E. MONTERO
DECRETO N° 519 02-03-15
ARTÍCULO 1°.- Otorgar una Pen-
sión por Discapacidad a favor de la
menor Zoe Aime GRAMAJO,
D.N.I. N° 53.464.505, la que co-
menzará a devengarse a partir del
primerdíadelmessiguientedelacto
que otorga el beneficio, de confor-
midad con lo establecido en el ar-
tículo 14 de la Ley Provincial N°
389.Elloporlosmotivosexpuestos
enlosconsiderandosyelDictamen
D.A.J. (M.D.S.) N° 224/2014.
ARTÍCULO 2°.- Dicha Pensión
deberá hacerse efectiva a nombre
delaseñoraDelmiraCarmenDEL-
GADO,D.N.I.N°20.615.222,pro-
genitora de la menor mencionada
en elArtículo 1°.
ARTÍCULO 3°.- Notificar a la in-
teresada con copia autenticada del
presente.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que de-
mandeelcumplimientodelpresen-
te será imputado a la U.G.G. 8373 -
Inciso512,delejercicioeconómico
financiero en vigencia.
ARTÍCULO5°.-Comunicaraquie-
nescorresponda,daralBoletínOfi-
cial de la Provincia y archivar.
RIOS
Marisa E. MONTERO
DECRETO N° 520 02-03-15
VISTO lo prescripto por los artícu-
los90,125,201,202,203yconcor-
dantesdelaConstituciónProvincial,
lo establecido en los artículos 37 a
39, 41, 42 y concordantes de la Ley
Provincial N° 201, la Ley Territo-
rial N° 236 Orgánica de Municipa-
lidades, las Leyes Provinciales N°
231, N° 892 y demás normativa
aplicable;y
CONSIDERANDO:
Queatentoalpróximovencimiento
delosperíodosdegobiernorespec-
tivos en la Provincia y los Munici-
pios, corresponde fijar las fechas y
convocaralelectoradoparalaelec-
ción de autoridades provinciales y
municipales, que se desempeñarán
en el siguiente período constitucio-
nal.
Que en razón de haberse sanciona-
dolaCartaOrgánicadelosmunici-
piosdeUshuaiayRíoGrandeysus
respectivoscódigoselectoralesyde
acuerdo a lo dispuesto por el ar-
tículo 175, inciso 3° de la Constitu-
ción de la Provincia, es facultad de
lasautoridadesmunicipalesconvo-
car a comicios para la elección de
sus autoridades.
Que de acuerdo con lo previsto en
el artículo 42 de la Ley Provincial
N° 201, cuando la finalización de
los mandatos de los cargos electi-
vosdelaProvinciayMunicipiosco-
incidan, el Poder Ejecutivo podrá
convocar a elecciones en forma si-
multánea.
Que, por otra parte, la necesidad y
convenienciadeproducirunahorro
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en el gasto público aconsejan deci-
dir la unificación de los actos
eleccionarios provinciales y muni-
cipales, invitando para ello a los
municipiosdeUshuaiayRíoGran-
de a adherir al presente.
QuelaConstitucióndelaProvincia
establece en el primer párrafo del
artículo202quelaseleccionespro-
vincialesdeberánanticiparseporlo
menos tres (3) meses a las eleccio-
nes nacionales.
Que en ese mismo sentido, el ar-
tículo43delaLeyElectoral201dis-
poneque«laseleccionesordinarias
deberán realizarse entre la última
semana de septiembre y el segun-
do domingo del mes de octubre an-
teriores al vencimiento de los man-
datos», pero que «si una elección
nacional fuera convocada para esa
misma época, los comicios provin-
ciales deberán realizarse entre tres
(3) y cinco (5) meses antes de la
establecida para la nacional».
Que la fecha y convocatoria elec-
toral nacional para la elección de
Presidente y Vicepresidente de la
Naciónhasidofijadatentativamente
paracldíaveinticinco(25)deoctu-
bre de 2015.
Que para la elección de Goberna-
dor y Vicegobernador, de confor-
midad con lo establecido en el ar-
tículo 203 de la Constitución Pro-
vincialyelartículo32delaLeyPro-
vincial N° 201, debe preverse la
contingencia de una segunda elec-
ción entre las dos (2) fórmulas más
votadasenprimeravueltayfijarfe-
cha a efectos de convocar al elec-
toradoparalarealizacióndelamis-
ma dentro de los quince (15) días
de ocurrida aquella.
Quetambién,elartículo44delaLey
Provincial N° 201 mencionada, es-
tablecequelaconvocatoriaporpar-
te del Poder Ejecutivo Provincial
para la elección de autoridades de-
berá efectuarse con un mínimo de
noventa(90)díasdeanticipaciónal
acto electoral.
Que de conformidad a lo estableci-
doporelartículo129delaLeyElec-
toral Provincial N° 201, los plazos
dispuestosseránconsideradoscomo
días corridos; estimándose proce-
dente disponerlo así en este caso.
Que por su parte, resulta necesario
aclarar que al momento de realizar
las elecciones se utilizará el siste-
ma electoral vigente.
Que, asimismo, resulta oportuno
determinar los períodos en que las
autoridades electas deberán cum-
plir sus mandatos.
Que también corresponde determi-
nar que el Gobernador y Vicego-
bernador electos deberán asumir
suscargoscumplidosloscuatro(4)
años de mandato de la suscripta,
según lo establecido en el artículo
125delaConstituciónProvincialy
teniendo presente que el mandato
actual transcurre desde el 17 de di-
ciembre de 2011.
Que la suscripta se encuentra fa-
cultada para el dictado del presen-
te en virtud de lo establecido por el
artículo 41 de la Ley Provincial N°
201yelartículo135,inciso13dela
ConstituciónProvincial.
Porello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO,ANTÁRTIDAE ISLAS
DELATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO1°.-Fíjaselafechadel
día veintiuno (21) de junio de 2015
para la elección de Gobernador,
Vicegobernador,quince(15)Legis-
ladores Provinciales y ocho (8) su-
plentes; Intendente para el Munici-
pio de Tolhuin; cinco (5) Conceja-
lestitularesytres(3)suplentespara
elMunicipiodeTolhuin.
ARTICULO2°.-Fíjaselafechadel
díaveintiocho(28)dejuniode2015
para la eventual segunda elección
de Gobernador y Vicegobernador
prevista en el artículo 203 de la
Constitución Provincial y en el ar-
tículo 32 de la Ley Provincial N°
201.
ARTÍCULO 3°.- Convócase al
electorado de la Provincia de Tie-
rra del Fuego,Antártida e Islas del
Atlántico Sur, para que el día vein-
tiuno(21)dejuniode2015proceda
a elegir Gobernador,Vicegoberna-
dor, quince (15) Legisladores Pro-
vinciales y ocho (8) suplentes; In-
tendente para el Municipio deTol-
huin y cinco (5) Concejales titula-
res y tres (3) suplentes para el
MunicipiodeTolhuin.
ARTICULO 4°.- Convócase al
electorado de la Provincia de Tie-
rra del Fuego,Antártida e Islas del
Atlántico Sur para que el día vein-
tiocho (28) de junio de 2015, en el
caso de que ello corresponda y de
conformidad a lo establecido por
el artículo 203 de la Constitución
Provincialyelartículo32delaLey
Provincial N° 201, proceda a ele-
gir en segunda elección Goberna-
dor y Vicegobernador de la Pro-
vincia.
ARTICULO 5°.- Las autoridades
mencionadas en el artículo 3° del
presente ejercerán sus respectivos
cargos en los períodos que se de-
tallan:
1. Gobernador y Vicegobernador
de la Provincia: desde el diecisiete
(17) de diciembre de 2015 hasta el
diecisiete (17) de diciembre de
2019.
2. Legisladores Provinciales: des-
de el diecisiete (17) de diciembre
de 2015 hasta el diecisiete (17) de
diciembre de 2019.
3.IntendentedelMunicipiodeTol-
huin: desde el once (11) de diciem-
bre de 2015 hasta el once (11) de
diciembre de 2019.
4.ConcejalesdelMunicipiodeTol-
huin: desde el once (11) de diciem-
bre de 2015 hasta el once (11) de
diciembre de 2019.
ARTICULO 6°.- Para la elección
de los Legisladores Provinciales y
Concejales del Municipio de Tol-
huin será de aplicación el sistema
«D’Hont» y de tachas.
ARTICULO 7°.- Se utilizará al
momento de realizarse el acto
eleccionario convocado en los ar-
tículos precedentes el sistema elec-
toral vigente a dicho momento.
ARTICULO 8°.- Invítase al Mu-
nicipio de Ushuaia y al Municipio
de Río Grande a convocar a las
elecciones de Intendente y Con-
cejales en la misma fecha que es-
tablece el presente.
ARTICULO 9°.- El gasto que de-
mande el presente se imputará a la
partida correspondiente del ejerci-
cioeconómicofinancierovigente.
ARTÍCULO 10.- Comuníquese al
Juzgado Electoral y de Registro de
la Provincia, dése al Boletín Ofi-
cial de la Provincia y archívese.
RIOS
Omar D. NOGAR
DECRETO N° 521 02-03-15
VISTO elAcuerdo celebrado entre
la Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas delAtlántico Sur,
representada por el Señor Ministro
de Economía Lic. Osvaldo Julio
MONTI,D.N.I.N°24.981.163yla
U.T.N.FacultadRíoGrande,repre-
sentada por suApoderado, Dr. Da-
nielOmarMANDOLINI,D.N.IN°
10.744.774;y
CONSIDERANDO:
QuedichoAcuerdohasidosuscrip-
to con fecha veintisiete (27) de fe-
brero de 2015 y se encuentra regis-
trado bajo el número 17.101, por lo
que resulta procedente su ratifica-
ción.
Que la suscripta se encuentra fa-
cultada para dictar el presente acto
administrativo en virtud de lo dis-
puesto por el artículo 135 de la
ConstituciónProvincial.
Porello:
LA GOBERNADORA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO,ANTÁRTIDAE ISLAS
DELATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Ratificar en to-
dos sus términos elAcuerdo cele-
brado entre la Provincia de Tierra
del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, representada por el
Señor Ministro de Economía Lic.
Osvaldo Julio MONTI, D.N.I. N°
24.981.163 y la U.T.N. Facultad
Río Grande, representada por su
Apoderado, Dr. Daniel Omar
MANDOLINI, D.N.I. N°
10.744.774,defechaveintisiete(27)
de febrero de 2015, registrado bajo
el número 17.101, cuya copia au-
tenticada forma parte del presente.
Elloporloexpuestoenlosconside-
randos del presente.
ARTÍCULO2°.-Remitir copia del
presente a la Legislatura Provin-
cial, a los fines previstos por el ar-
tículo 105, inciso 7) y artículo 135,
inciso1) de la Constitución Provin-
cial.
ARTÍCULO 3°.- Notificar a la
U.T.N.FacultaddeRíoGrande,co-
municar,daralBoletínOficialdela
Provincia y archivar.
RIOS
Osvaldo J. MONTI