3. SUTEV El Sindicato Único de Trabajadores de la Educación en el Valle –SUTEV- , es un sindicato netamente gremial, que se identifica como una organización sindical clasista, democrática, unitaria, solidaria, autónoma y progresista.
4.
5. Comisiones de veeduría Hay un delegado por cada 250 afiliados 3ro. Las subdirectivas municipales. 11 miembros en los 42 municipios. Cuenta con 1428 maestros nombrados en propiedad y provisionales (docentes, directivos docentes)
6. EX PRESIDENTE DOS DECADAS José Cuevas – Presidente ACPES Rafael Arturo Paz – Presidente UMAVALCA Emiro Moreno Lozano – Presidente CENEDUCADORES y primer presidente SUTEV (1.948) Hernán De Jesús Molina (1985) Withney Chávez Sánchez (1987) (1995) Carlos Enrique Murillo (1990) Jairo Giraldo Echeverry (1993) Stella Domínguez Valverde (1998) Guillermo Gaviria (1999) Stella Domínguez (2003) Fernando Forero Cruz (2004) Danilo Jaramillo Ceballos (2005)
7. ESTATUTOS misión y visión Nombre y Domicilio Principios, Objetivos y Fines Condiciones de Admisión. Deberes y Derechos de los Afiliados Administración y Gobierno De la Asamblea General de Delegados Pleno Departamental Junta Directiva Central De las Secretarías Especiales Juntas Directivas Municipales Administración de Bienes y Fondos Sindicales. De las Sanciones Retiro de los asociados Disposiciones Generales De la Revisoría Fiscal
8. Centro Docente Purificación Trujillo Institución Educativa ubicada en el barrio Alfonso López II fundada en el año 1975. Ofrece educación preescolar, básica primaria y secundaria en los grados 6, 7 y 8,9 ,10 y 11. Información Comuna:07 Contacto: Myriam Erazo (Coordinadora) Teléfono: 662 9967 Dirección: Carrera 7 J Bis Calle 73 Esquina Alumnos: 714.323 Docentes: 26
9. SERVICIO EDUCATIVO El servicio educativo comprende el conjunto de normas jurídicas, los programas curriculares, la educación por niveles y grados, la educación no formal, la educación informal, los establecimientos educativos, las instituciones sociales (estatales o privadas) con funciones educativas, culturales y recreativas, los recursos humanos, tecnológicos, metodológicos, materiales, administrativos y financieros, articulados en procesos y estructuras para alcanzar los objetivos de la educación
10. PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO El servicio educativo será prestado en las instituciones educativas del Estado. Igualmente los particulares podrán fundar establecimientos educativos en las condiciones que para su creación y gestión establezcan las normas pertinentes y la reglamentación del Gobierno Nacional. De la misma manera el servicio educativo podrá prestarse en instituciones educativas de carácter comunitario, solidario, cooperativo o sin ánimo de lucro.
11. Se entiende por educación formal aquella que se imparte en establecimientos educativos aprobados, en una secuencia regular de ciclos lectivos, con sujeción a pautas curriculares progresivas, y conducente a grados y títulos. NIVELES DE LA EDUCACIÓN FORMAL Se organizará en tres (3) niveles: a) El preescolar que comprenderá mínimo un grado obligatorio; b) La educación básica con una duración de nueve (9) grados que se desarrollará en dos ciclos: La educación básica primaria de cinco (5) grados y la educación básica secundaria de cuatro (4) grados, y c) La educación media con una duración de dos (2) grados. La educación formal en sus distintos niveles, tiene por objeto desarrollar en el educando conocimientos, habilidades, aptitudes y valores mediante los cuales las personas puedan fundamentar su desarrollo en forma permanente. DEFINICIÓN DE EDUCACIÓN FORMAL
12. ORIGEN LEGAL El servicio educativo será prestado en las instituciones educativas del Estado, departamentales y municipales. Corresponde al Estado, a la sociedad y a la familia velar por la calidad de la educación y promover el acceso al servicio público educativo, y es responsabilidad de la Nación y de las entidades territoriales, garantizar su cubrimiento El centro docente Purificación Trujillo es una de las sedes de la Institución Educativa Alfonso López Pumarejo
13. ORDENAMIENTO JURIDICO LEY 115 DE 1994 LEY GENERAL DE EDUCACION LEY 715 DE 2001 NORMAS ORGANICAS EN MATERIA DE RECURSOS Y COMPETENCIAS – PRESTACION DE SERVICIOS DE EDUCACION Y SALUD.