RETO MES DE ABRIL .............................docx
Normas legales de la educación argentina y bonaerense
1. NORMAS LEGALES DE LANORMAS LEGALES DE LA
EDUCACIÓN ARGENTINA YEDUCACIÓN ARGENTINA Y
BONAERENSEBONAERENSE
Perspectiva Política – Institucional
Profesor: Carlos Bernardez
2015 Estudiantes:
-González Miriam
-Landriel Elisabeth
-La Torre Gabriela
-Ortíz Melisa
2. LA EDUCACI ÓN ES UN BI ENLA EDUCACI ÓN ES UN BI EN
PÚBLI CO, UN DERECHO PERSONALPÚBLI CO, UN DERECHO PERSONAL
Y SOCI ALY SOCI AL
La responsabilidad principal e indelegable de
proveerla es del Estado Nacional, la provincia y la
ciudad autónoma de Bs. As., junto a los municipios,
instituciones religiosas, sociales y familiares.
3. FINES Y OBJETIVOS DE LA
EDUCACIÓN
esarrollo de capacidades personales.
ducación de calidad inculcando valores de libertad, solidaridad, igualdad, respeto,
etc.
ducación de calidad que brinde igualdad de oportunidades.
ducación integral, y continua
4. La educación pública de gestión oficial es gratuita
en todos los niveles.
Es obligatoria en el nivel básico, desde los 4 años
hasta la secundaria.
Los responsables de la educación deben garantizar
la igualdad, gratuidad y la equidad en el ejercicio
del derecho a enseñar y aprender.
5. Estado Nacional, Provincial y Municipal
El encargado de fijar la política educativa y controlar su cumplimiento es
el Estado Nacional.
El gobierno y la administración del sistema cultural y educativo
provincial, estarán a cargo de una Dirección de Cultura y Educación,
autártica , que contará con el asesoramiento de un Consejo General de
Cultura y Educación.
La administración de los servicios educativos, en el ámbito de
competencia territorial distrital está a cargo de los Consejos Escolares. El
Fondo Provincial de Educación (presupuesto de gastos, recursos) están a
cargo de la D.C.C. y E.
6. La estructura del sistema educativo nacional
y provincial
Comprende cuatro niveles: Con ocho modalidades:
- Educación Inicial -Educación Técnico Profesional
- Educación Primaria -Educación Artística
- Educación Secundaria -Educación Especial
- Educación Superior -Educación Rural
-Educación Permanente de Jóvenes y Adultos
-Educación Intercultural Bilingüe
-Educación en Contextos de
Privación de Libertad
-Educación Domiciliaria y Hospitalaria.
7. NIVEL SECUNDARIO
La Educación Secundaria es obligatoria, de 6 años de duración en la Provincia de
Bs As; y constituye una unidad pedagógica y organizativa destinada a los/as
adolescentes y jóvenes que hayan cumplido con el nivel de Educación Primaria.
Está dividida en dos ciclos: un Ciclo Básico y un Ciclo orientado.
Sus objetivos son:
-Brindar una formación ética y ciudadana y formar sujetos responsables
-Desarrollar y consolidar en cada estudiante las capacidades de estudio,
aprendizaje e investigación, de trabajo individual y en equipo, de esfuerzo,
iniciativa y responsabilidad.
-Vincular a los/as estudiantes con el mundo del trabajo, la producción, la
ciencia y la tecnología.
-Estimular la creación artística, la libre expresión, y el placer estético.
8. DERECHOS DE LOS ALUMNOS
-Educación integral, igualitaria, que contribuya al desarrollo de su personalidad
y favorezca la adquisición de conocimientos y habilidades.
-Igualdad de oportunidades, ingreso, permanencia y egreso de la educación
pública.
-Ser protegidos contra toda agresión o abuso físico, psicológico o moral.
Recibir el apoyo social, cultural y pedagógico necesario.
-Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional.
-Participar en la formulación de proyectos y en la elección de espacios
curriculares complementarios.
9. OBLIGACIONES DE LOS
ALUMNOS
-Concurrir a la escuela, regularmente y con puntualidad.
-Estudiar y esforzarse .Participar en todas las actividades.
-Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa.
-Respetar el proyecto institucional de la Escuela y cumplir las normas de
organización, convivencia y disciplina del establecimiento escolar.
10. DERECHOS DE LOS DOCENTES
Debe actuar conforme al régimen de derechos y obligaciones que establece
la normativa específica (Ley Nº 10.430)
Derecho a:
-Participar en el gobierno de
las instituciones educativas.
-La capacitación estatal
gratuita, permanente e integral.
-Estabilidad en el cargo titular
en tanto su desempeño sea
satisfactorio.
-Un salario digno.
Derecho a:
-La libertad de cátedra y
la libertad de enseñanza
-La participación en los
procesos de diseño
curricular.
11. Obligaciones de los
docentes:
-Enseñar saberes y promover valores que aseguren la
totalidad de los derechos educativos, reafirmando los
preceptos constitucionales.
-Cumplir con los lineamientos de la política
educativa provincial.
-Capacitarse y actualizarse en forma permanente.
-Ejercer su trabajo de manera idónea y responsable.
12. TAREAS DOCENTESTAREAS DOCENTES
-El cuidado de todos y
cada uno de los alumnos.
-La enseñanza
-La formación
continua.
-Concurrir a las reuniones
institucionales
-Concurrir y participar en
los actos y actividades.
-Conocer, cumplir y hacer
cumplir la normativa dela
institución.
Integrar en el
aula, los
Acuerdos de
Convivencia.
-Promover el derecho a la
educación.
- Planificar, preparar y
dictar clases evaluando su
tarea de enseñanza.
-Cumplir las indicaciones
del equipo de conducción
en el marco de los
acuerdos institucionales.
13. PROHIBICIONESPROHIBICIONES
-Adoptar actitudes
antidemocráticas y
contrarias a la
constitución.
-Promover actitudes
discriminatorias.
-Permitir la salida del
establecimiento dentro
del horario escolar.
-Hacer
demostraciones
que impliquen un
afecto o
desafecto
inapropiados a
los alumnos.
-Agredir física,
psicológicamente
y/o mediante
calumnias o injurias.
-Descalificar
mediante agravio a
cualquier miembro
de la comunidad
educativa.
14. OBLIGACIÓN DEOBLIGACIÓN DE
CUIDADO DECUIDADO DE
ALUMNOSALUMNOS
El docente es responsable indelegable del
cuidado de los alumnos.
La obligación se inicia a la entrada de los
alumnos al establecimiento y finaliza cuando el
último de ellos se retira o es retirado por el
padre o responsable.
Comprende el seguimiento técnico pedagógico y administrativo que contribuyeComprende el seguimiento técnico pedagógico y administrativo que contribuye
a:a:
-asegurar la calidad del proceso de aprendizaje
-la permanencia de los alumnos
-la atención de las situaciones de discontinuidad
-la generación de hábitos de convivencia.
15. LEY 26206:
“La institución educativa es la unidad pedagógica del sistema
responsable de los procesos de enseñanza-aprendizaje destinados al
logro de los objetivos establecidos por esta ley.
Favorece y articula la participación de los distintos actores que
constituyen la comunidad educativa: directivos, docentes, padres,
madres y/o tutores/as, alumnos/as, ex alumnos/as, personal
administrativo y auxiliar de la docencia, profesionales de los equipos
de apoyo que garantizan el carácter integral de la educación,
cooperadoras escolares y otras organizaciones vinculadas a la
institución.”
16. EQUIPOS DE TRABAJO DE LA INSTITUCIÓN:
EQUIPO DE CONDUCCIÓN INSTITUCIONAL
Está compuesto por el Director, Vicedirector, Regente (Técnico y de
Estudio) y Secretario.
OTROS CARGOS DE CONDUCCIÓN EN LA INSTITUCIÓN
Prosecretario, Jefe de área/Jefe de departamento de integración curricular,
Subjefe de área, Jefe de preceptores, Subjefe de preceptores, Jefe de medios de
apoyo, Preceptor residente
CARGOS DOCENTES DE BASE:
-PROFESOR-MAESTRO
-PRECEPTOR
-BIBLIOTECARIO
-ENCARGADO DE MEDIOS DE
APOYO TÉCNICO
PEDAGÓGICOS
CARGOS TÉCNICO DOCENTES DE BASE
ADMINISTRATIVOS Y/O
AUXILIARES DE LA EDUCACIÓN
Personal auxiliar que cuida y limpia el
establecimiento, sus instalaciones y distintas
dependencias
17. PROYECTO
INSTITUCIONAL
PLAN DE CONTINUIDAD
PEDAGÓGICA
“El Plan de Continuidad Pedagógica
es la herramienta de intervención
institucional para asegurar los actos
educativos necesarios para el
proceso de aprendizaje de los
alumnos y dar cumplimiento efectivo
a la jornada escolar.” (Art 103,
decreto 2299/11)
En su elaboración
participa todo el
equipo docente
institucional.
18. ACUERDOS DE CONVIVENCIA
Se elaboran con la participación activa de todos los miembros
de la comunidad educativa.
Regulan las relaciones entre sus miembros.
Su finalidad es facilitar la tarea sustantiva de la escuela: enseñar
y aprender; además del cuidado integral de todos los miembros.
Deben garantizar la participación democrática, se deben
actualizar periódicamente, respetar la inclusión educativa y el
Proyecto Institucional.
19. OBLIGATORIEDAD ESCOLAR
Implica que se
garanticen las
condiciones de acceso, y
la trayectoria por los
distintos niveles.
Educación
de calidad.
La institución debe realizar acciones para relevar
situaciones de no escolaridad. También deben
realizar acciones para regularizar la situación de
alumnos con discontinuidad en la asistencia.
20. JORNADA ESCOLAR
Es el horario de funcionamiento de la institución.
Puede ser simple, completa o extendida.
Está dividida en distintas franjas horarias, llamadas turnos.
Estos pueden ser: diurnos (mañana y tarde), vespertinos o
nocturnos.
El director, junto con el equipo de conducción, decide la
organización de los horarios. Se alternan horas de clase
con recreos. La distribución debe ser notificada a los
Consejos Escolares del distrito.