2. Definición de salud.
http://es.wikipedia.org/wiki/Salud
La salud es el estado de completo bienestar
físico, mental y social, y no solamente la
ausencia de enfermedad o dolencia, según la
definición presentada por la Organización
Mundial de la Salud en su constitución
aprobada en 1948.1 2 Este concepto se amplía
a: "La salud es un estado de completo
bienestar físico, mental y social, y no solamente
la ausencia de afecciones o enfermedades."
3. Salud ocupacional
http://definicion.de/salud-ocupacional/
a Organización Mundial de la Salud (OMS) define a
la salud ocupacional como una actividad
multidisciplinaria que promueve y protege la salud de
los trabajadores. Esta disciplina busca controlar los
accidentes y las enfermedades mediante la
reducción de las condiciones de riesgo.
La salud ocupacional no se
limita a cuidar las condiciones
físicas del trabajador, sino que
también se ocupa de la
cuestión psicológica
4. 9:gestion-de-la-salud-ocupacional-&Itemid=47
http://www.arpsura.com/index.php?option=com_content&view=article&id=336&catid=5
Que es un programa de
salud ocupacional
El Programa de Salud Ocupacional, consiste en
la planeación y ejecución de actividades de
medicina, seguridad e higiene industrial , que
tienen como objetivo mantener y mejorar la
salud de los trabajadores en las empresas.
En todas las empresas debe existir un Comité
Paritario de Salud Ocupacional, cuya razón de
ser es hacer seguimiento para que las
actividades planeadas en el Programa de Salud
Ocupacional si se cumplan.
5. 9:gestion-de-la-salud-ocupacional-&Itemid=47
http://www.arpsura.com/index.php?option=com_content&view=article&id=336&catid=5
Los objetivos que tiene el Programa
de Salud Ocupacional son:
1. Definir las actividades de promoción y
prevención que permitan mejorar las condiciones
de trabajo y de salud de los empleados.
2. Identificar el origen de los accidentes de
trabajo y las enfermedades profesionales y
controlar los factores de riesgo relacionados .
6. ocupacional-%E2%80%93copaso-empresas-obligadas-a-tenerlo/
http://actualicese.com/actualidad/2009/06/23/comite-paritario-de-salud-
Comité paritario de salud
ocupacional (COPASO).
El Comité Paritario de Salud Ocupacional es el
organismo que debe velar por la promoción y
vigilancia de las normas y reglamentos de salud
ocupacional (medicina, higiene, medio
ambiente laboral y seguridad industrial) dentro
de la empresa, minimizando los riesgos
profesionales.
7. ocupacional-%E2%80%93copaso-empresas-obligadas-a-tenerlo/
http://actualicese.com/actualidad/2009/06/23/comite-paritario-de-salud-
Integración del Copaso
Como ya lo mencionamos, está integrado por
empresario y trabajadores, pero según el número
de trabajadores, se determina el número de
integrantes del Copaso, veamos:
Empresas con 10 y hasta 49: (1 representante de
los trabajadores y 1 del empleador)
Empresas con 50 y hasta 499: (2 representantes de
los trabajadores y 2 del empleador)
Empresas con 500 y hasta 999: (3 representantes
de los trabajadores y 3 del empleador)
Empresas con más de 1.000 empleados: (4
representantes de los trabajadores y 4 del
empleador)
8. ocupacional-%E2%80%93copaso-empresas-obligadas-a-tenerlo/
http://actualicese.com/actualidad/2009/06/23/comite-paritario-de-salud-
¿Y las empresas con menos
de 10 trabajadores?
No están obligadas a
tener Copaso, pero si
deben tener un Vigía
Ocupacional, quien
cumplirá las mismas
funciones del Comité
Paritario (Decreto 1295
de 1994, parágrafo).
9. ocupacional-%E2%80%93copaso-empresas-obligadas-a-tenerlo/
http://actualicese.com/actualidad/2009/06/23/comite-paritario-de-salud-
Periodo e inscripción de
los miembros del Copaso
Elperiodo de los miembros del Copaso
es de 2 años. (Decreto 1295 de 1994,
artículo 63).
El acta de constitución y sus miembros,
debe ser inscrito ante las oficinas del
trabajo del domicilio de la empresa.
10. ocupacional-%E2%80%93copaso-empresas-obligadas-a-tenerlo/
http://actualicese.com/actualidad/2009/06/23/comite-paritario-de-salud-
Las empresas obligadas a tener
Copaso y no lo constituyen,
¿tienen sanción?
SÍ. El artículo 91, numeral 2º del Decreto
1295 de 1994 establece multas hasta de 500
s.m.m.l.v. para el empleador que incumpla
toda la normatividad existente sobre Riesgos
Profesionales, además de la posibilidad de
suspensión de actividades y hasta el cierre
definitivo de acuerdo a la omisión.
11. http://www.cecar.edu.co/docs/FOLLETO_CONVOCATORIA_COPASO.pdf
Funciones del copaso
Proponer actividades que procuren la salud de los
trabajadores y un ambiente adecuado en los sitios de
trabajo.
Proponer y participar en las actividades de capacitación
en materia de Salud Ocupacional.
Vigilar el cumplimiento de las normas, en materia de
Medicina, Higiene y Seguridad Industrial que debe realizar
la empresa, de acuerdo con el reglamento de Higiene y
Seguridad Industrial y las normas vigentes.
Colaborar con el análisis de las causas de accidentes y
enfermedades profesionales, proponer medidas
correctivas para evitar o eliminar factores de riesgos.
Servir como organismo de coordinación entre el
empleador y los trabajadores en la solución de problemas
sobre Salud Ocupacional.