El documento resume los derechos humanos fundamentales como inherentes a la dignidad humana según pactos internacionales. Define los derechos humanos como universales, absolutos e inalienables, protegidos por el estado de derecho. Menciona que la privación ilegítima de libertad y la violación de domicilio violan los derechos humanos consagrados en pactos y la constitución, siendo tipificados en el código penal.
2. Los Derechos Humanos son el conjunto de
prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona.
FUNDAMENTO: Emanan de la dignidad de la persona
humana. Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos
7. Activos
• Los Funcionarios Públicos o
Agentes del Estado Venezolano.
Pasivos
• Cualquier persona de la especie
humana
Bien Jurídico
Protegido
• La Dignidad Humana
8. LA PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD.
IGUALMENTE CONSAGRADOS EN LA CONVENCIÓN
AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS (ARTÍCULO 7) Y EN EL
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
(ARTÍCULO 9) Y EN LA CONSTITUCIÓN (ARTÍCULO 44).
LAS EXCEPCIONES A ESTE DERECHO ESTAN DADAS POR LA
CIRCUNSTANCIA DEL DELITO FLAGRANTE Y DE LA ORDEN
JUDICIAL.
EL CODIGO PENAL VIGENTE TIPIFICA Y SANCIONA ESTE DELITO
EN EL ARTÍCULO 176,
9. LA VIOLACIÓN DE DOMICILIO.
ES OTRO HECHO GRAVE CONTRA EL DERECHO A LA
INVIOLABILIDAD DEL HOGAR. LOS MISMOS PACTOS
INTERNACIONALES REFERIDOS Y LA CONSTITUCIÓN (ARTÍCULO
47) LO PROHÍBE.
EL ARTÍCULO 184 DEL CODIGO PENAL VIGENTE PREVÉ Y
SANCIONA ESTE DELITO.