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LA PREVENCIÓN DE RIESGOS:
LEGISLACIÓN Y ORGANIZACIÓN
Javier Latorre López-Villalta
UNIDAD 9
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.1. Marco normativo
4 Niveles
sobre PRL
Normas internacionales
(Directiva UE 1989)
Constitución española
(Seguridad e higiene en
el trabajo)
Legislación básica (Ley
de PRL)
Legislación específica
(Reales Decretos)
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.1. Marco normativo
4 Niveles
sobre PRL
Normas internacionales
(Directiva UE 1989)
Constitución española
(Seguridad e higiene en
el trabajo)
Legislación básica (Ley
de PRL)
Legislación específica
(Reales Decretos)
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.1. Marco normativo
Normas internacionales
(Directiva UE 1989)
Constitución española
(Seguridad e higiene en
el trabajo)
Legislación básica (Ley
de PRL)
Legislación específica
(Reales Decretos)
- Convenios
internacionales
de la OIT.
- Normas de la UE
(Directiva Marco
89/391/CEE).
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.1. Marco normativo
Normas internacionales
(Directiva UE 1989)
Constitución española
(Seguridad e higiene en
el trabajo)
Legislación básica (Ley
de PRL)
Legislación específica
(Reales Decretos)
- Artículo 40.2 de
la Constitución.
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.1. Marco normativo
Normas internacionales
(Directiva UE 1989)
Constitución española
(Seguridad e higiene en
el trabajo)
Legislación básica (Ley
de PRL)
Legislación específica
(Reales Decretos)
- Ley de Prevención de
Riesgos Laborales, ley
31/1991
- Real Decreto 39/1997.
Reglamento de la
regulación de los
Servicios de Prevención
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.1. Marco normativo
Normas internacionales
(Directiva UE 1989)
Constitución española
(Seguridad e higiene en
el trabajo)
Legislación básica (Ley
de PRL)
Legislación específica
(Reales Decretos)
- Reales Decretos que
desarrollan cada uno de los
RL, así como sus medidas
de prevención y protección.
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.1. Marco normativo
http://www.insht.es
¿Dónde buscar la normativa sobre prevención de RL?
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
Deber general del empresario en proteger al trabajador
frente a RL que puedan ocurrir en el trabajo
Derechos de los trabajadores en materia de prevención
Obligaciones por parte de los trabajadores sobre PRL
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de
los empresarios
B) Obligaciones de
los trabajadores
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
Obligación de
información y formación
Obligación de consulta y
participación
Obligación de vigilancia
de la salud
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Obligación de protección
de grupos especiales
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
Obligación de
información y formación
Obligación de consulta y
participación
Obligación de vigilancia
de la salud
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Obligación de protección
de grupos especiales
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Plan de prevención de riesgos
define:
- ¿Qué hacer?
- ¿Cómo hacerlo?
- ¿Con qué recursos?
- ¿Quiénes lo van a hacer?
- ¿Cuándo se va a hacer?
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
Obligación de
información y formación
Obligación de consulta y
participación
Obligación de vigilancia
de la salud
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Obligación de protección
de grupos especiales
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
- Qué riesgos no se pueden evitar
- Evaluación inicial y periódicas
- Evaluación de riesgos por cada PT
- Evaluación de riesgo en función la
probabilidad y la severidad.
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
Obligación de
información y formación
Obligación de consulta y
participación
Obligación de vigilancia
de la salud
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Obligación de protección
de grupos especiales
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
- Equipos de trabajo seguros
- Adopción de medidas de
seguridad al utilizar dichos equipos
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
Obligación de
información y formación
Obligación de consulta y
participación
Obligación de vigilancia
de la salud
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Obligación de protección
de grupos especiales
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
- Entregados gratuitamente por la empresa
- Adecuados al PT
- CE marcado como garantía de calidad…
- … y con la Declaración de Conformidad
- Adaptados, ergonómicos y de uso
personal.
- Empresa debe informar y formar sobre su
uso y vigilar para que se utilicen
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Curiosidad sobre el CE (enlace)
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Caso práctico 1
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
Obligación de
información y formación
Obligación de consulta y
participación
Obligación de vigilancia
de la salud
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Obligación de protección
de grupos especiales
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
- Análisis de las posibles situaciones de
emergencia y medidas necesarias.
- Formación del personal sobre dichas
medidas.
- Coordinación con servicios externos.
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
Obligación de
información y formación
Obligación de consulta y
participación
Obligación de vigilancia
de la salud
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Obligación de protección
de grupos especiales
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
- Informar a los trabajadores sobre posibles riesgos y
sus medidas en el plan de emergencias.
- Dar instrucciones para que los trabajadores que no
puedan ponerse en contacto con sus superiores sepan
qué hacer.
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Caso práctico 2
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
Obligación de
información y formación
Obligación de consulta y
participación
Obligación de vigilancia
de la salud
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Obligación de protección
de grupos especiales
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de
información y formación
- Riesgos generales, específicos y medidas.
- Formación teórica y práctica adaptada al PT.
- Realización: Contratación, modificación de PT,
nuevas tecnologías o cambios en equipos de trabajo.
- Formación descuenta tiempo de jornada laboral.
- Trabajador obligado a participar en la formación.
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
Obligación de
información y formación
Obligación de consulta y
participación
Obligación de vigilancia
de la salud
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Obligación de protección
de grupos especiales
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de consulta y
participación
- Los representantes de los trabajadores
tienen derecho a ser consultados y a
participar en las decisiones que tome la
empresa en la PRL.
- Papel de los delegados de prevención y
del comité de seguridad y salud.
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Caso práctico 3
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
Obligación de
información y formación
Obligación de consulta y
participación
Obligación de vigilancia
de la salud
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Obligación de protección
de grupos especiales
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de vigilancia
de la salud
- Controles médicos periódicos.
- Al inicio, después de ausencia prolongada
por motivos de salud y al finalizar la
actividad laboral cuando puedan aparecer
secuelas a largo plazo.
- Pruebas imprescindibles y necesarias,
comunicándose sólo apto o no apto.
- Trabajador puede negarse y firmar que no
quiere realizarla.
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
Obligación de
información y formación
Obligación de consulta y
participación
Obligación de vigilancia
de la salud
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Obligación de protección
de grupos especiales
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Protección de la maternidad y la lactancia:
- Evaluación específica de riesgos.
- Anexos VII y VIII del RD 39/97.
- Adaptar las condiciones de trabajo.
- Ante la imposibilidad de esta
adaptación, se intentará cambiar a un PT
compatible.
- Si lo anterior tampoco es posible,
suspensión de contrato cobrando el
100% de la base reguladora.
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de planificar
la prevención de riesgos
Obligación de evaluar los
riesgos laborales
Obligación de proveer
equipos de trabajo y
medidas de protección
Obligación de proveer
equipos de protección
individual (EPIs)
Obligación de elaborar
un plan de emergencia
Obligación de adoptar
medidas en caso de
riesgo grave e inminente
Obligación de
información y formación
Obligación de consulta y
participación
Obligación de vigilancia
de la salud
Obligación de protección
de grupos especiales de
riesgo
Obligación de protección
de grupos especiales
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Obligación de protección
de grupos especiales
Menores y trabajadores especialmente sensibles:
- Evaluación específica de riesgos.
- Menores no pueden trabajar en unas condiciones.
Protección trabajadores contratados por ETTs:
- Obligaciones de la ETT.
- Responsabilidades de la empresa.
- ETTs tienen prohibida la contratación de
determinados trabajos considerados
peligrosos.
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de los empresarios
Caso práctico 5
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
A) Obligaciones de
los empresarios
B) Obligaciones de
los trabajadores
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.2. Obligaciones en materia de prevención
B) Obligaciones del trabajador
Usar adecuadamente equipos de trabajo, herramientas y EPIs
Informar de inmediato a sus superiores o a los delegados de
prevención de cualquier situación que entrañe un riesgo para
los trabajadores.
Cooperar con el empresario en materia de prevención
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.3. Responsabilidades en materia preventiva
A) Empresario B) Trabajador
C) El papel de la
Inspección de trabajo
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.3. Responsabilidades en materia preventiva
A) Empresario
4 tipos de
responsabilidad
Responsabilidad
Administrativa
Responsabilidad Civil
Responsabilidad Penal
Recargo en prestaciones
de la SS
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.3. Responsabilidades en materia preventiva
A) Empresario
4 tipos de
responsabilidad
Responsabilidad
Administrativa
Responsabilidad Civil
Responsabilidad Penal
Recargo en prestaciones
de la SS
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.3. Responsabilidades en materia preventiva
A) Empresario
Responsabilidad
Administrativa
Responsabilidad Civil
Responsabilidad Penal
Recargo en prestaciones
de la SS
- Varían en función de su
gravedad (leve, grave y
muy grave)
- 4 tipos de sanción:
Económica, suspensión
temporal de actividades,
paralización de trabajos o
cierre centro de trabajo.
- RD Legislativo 5/2000
Articulos 46-53
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.3. Responsabilidades en materia preventiva
A) Empresario
Responsabilidad
Administrativa
Responsabilidad Civil
Responsabilidad Penal
Recargo en prestaciones
de la SS
- Daño a trabajadores =
indemnización económica
a éstos o sus familiares
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.3. Responsabilidades en materia preventiva
A) Empresario
Responsabilidad
Administrativa
Responsabilidad Civil
Responsabilidad Penal
Recargo en prestaciones
de la SS
- Peligro grave a la vida, salud
o integridad física del
trabajador.
- 3 tipos de sanción: multa,
inhabilitación o cárcel
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.3. Responsabilidades en materia preventiva
A) Empresario
Responsabilidad
Administrativa
Responsabilidad Civil
Responsabilidad Penal
Recargo en prestaciones
de la SS
- Accidente como
consecuencia directa de la
falta de medidas preventivas
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.3. Responsabilidades en materia preventiva
B) Trabajador
- RD Legislativo 5/2000 Artículo 29
- Señaladas en el convenio colectivo (leves, graves, muy
graves)
- Sanciones: Amonestación verbal/escrita, despido
disciplinario, multa y/o cárcel
1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL
1.3. Responsabilidades en materia preventiva
C) El papel de la inspección de trabajo
Organismo encargado de vigilar que se cumpla la
normativa laboral y de PRL:
- Visita empresas para comprobar que se cumple la
normativa vigente.
- Levanta actas de infracción y propone sanciones.
- Realiza advertencias y requerimientos.
- Puede ordenar la paralización inmediata de la actividad
y cierre temporal de la empresa.
- Elabora informes en caso de accidentes mortales,
graves o muy graves.
4 modalidades
de organizar la
prevención en la
empresa
Asunción por parte del
propio empresario
Designar a uno o varios
trabajadores
Crear un Servicio de
Prevención Propio
Acudir a un Servicio de
Prevención Ajeno
2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN
EN LA EMPRESA
Asunción por parte del
propio empresario
Designar a uno o varios
trabajadores
Crear un Servicio de
Prevención Propio
Acudir a un Servicio de
Prevención Ajeno
2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN
EN LA EMPRESA
4 modalidades
de organizar la
prevención en la
empresa
Asunción por parte del
propio empresario
Designar a uno o varios
trabajadores
Crear un Servicio de
Prevención Propio
Acudir a un Servicio de
Prevención Ajeno
- Menos de 25 trabajadores y un
solo centro de trabajo.
- Formación en PRL básica
2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN
EN LA EMPRESA
- Funciones de vigilancia de la
salud (reconocimientos
médicos)  Otras modalidades
- Actividad de Riesgo especial
Caso práctico
2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN
EN LA EMPRESA
Asunción por parte del
propio empresario
Designar a uno o varios
trabajadores
Crear un Servicio de
Prevención Propio
Acudir a un Servicio de
Prevención Ajeno
- Uno o más trabajadores
(en función del tamaño de
la empresa)
2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN
EN LA EMPRESA
- Formación PRL básica,
tiempo y medios.
- Garantías de los
representantes de los
trabajadores
Asunción por parte del
propio empresario
Designar a uno o varios
trabajadores
Crear un Servicio de
Prevención Propio
Acudir a un Servicio de
Prevención Ajeno
Se debe crear en los siguientes
casos:
- Empresa mayor de 500
trabajadores
2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN
EN LA EMPRESA
- Riesgo especial (250-500
trabajadores)
- Peligrosidad/Estadísticas.
Asunción por parte del
propio empresario
Designar a uno o varios
trabajadores
Crear un Servicio de
Prevención Propio
Acudir a un Servicio de
Prevención Ajeno
Realiza las siguientes funciones:
- Elaborar Plan de PRL
2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN
EN LA EMPRESA
- Evaluar riesgos
- Determinar prioridades de
actuación
- Formación e información de
los trabajadores
- Vigilancia de la salud
- Actuación en caso de primeros
auxilios o emergencia
Asunción por parte del
propio empresario
Designar a uno o varios
trabajadores
Crear un Servicio de
Prevención Propio
Acudir a un Servicio de
Prevención Ajeno
- Entidades especializadas y
contratadas por las
empresas
2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN
EN LA EMPRESA
3. PARTICIPACIÓN DE LOS
TRABAJADORES EN LA PRL
A) Delegados de
prevención:
B) Comité de
seguridad y salud:
- Designados por los
representantes de los
trabajadores
- Se crea cuando existe un
Comité de empresa (>50
trabajadores).
- También designados por
los representantes de los
trabajadores.
- Formado por delegados
de prevención y por igual
número de representantes
de la empresa.
3. PARTICIPACIÓN DE LOS
TRABAJADORES EN LA PRL
¡Ojo! Tanto los delegados de prevención como los
miembros del Comité de seguridad y salud, deben
tener una formación básica en PRL.
Trabajadores Delegados
Hasta 50 1
Hasta 100 2
Hasta 500 3
Hasta 1000 4
Hasta 2000 5
Hasta 3000 6
Hasta 4000 7
Más de 4000 8
Caso práctico
3. PARTICIPACIÓN DE LOS
TRABAJADORES EN LA PRL
3. PARTICIPACIÓN DE LOS
TRABAJADORES EN LA PRL
C) Competencias y facultades genéricas (funciones):
- Ser consultado en lo referente a la PRL.
- Participar en la planificación de riesgos.
- Efectuar propuestas en materia de prevención y
protección.
- Ser informados sobre los accidentes de trabajo, así
como personarse en el lugar del accidente.
- Conocer toda la documentación sobre prevención PRL
de la empresa.
- Acompañar a la inspección en las visitas que realice.
- Proponer paralización de actividades en caso de riesgo
grave o inminente.
4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN
LA EMPRESA
Principios de acción preventiva generales.
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no se pueden evitar.
- Combatir los riesgos desde su origen.
- Sustituir lo peligroso por lo menos o nada peligroso.
- Planificar la prevención y la protección.
- Anteponer la protección colectiva a la individual.
- Dar instrucciones adecuadas al trabajador.
- Adaptar el trabajo a la persona.
- Tener en cuenta la evolución de la técnica.
4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN
LA EMPRESA
4.1. Evaluación de los Riesgos Laborales.
¿Cómo evaluar si existen o no riesgos laborales?
Método de evaluación de riesgos del INSHT
4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN
LA EMPRESA
4.1. Evaluación de los Riesgos Laborales.
El INSHT establece prioridad de actuación según el nivel
de riesgo detectado en la evaluación:
Nivel de riesgo Acciones preventivas
Trivial No requiere acción específica
Tolerable No se necesita mejorar la acción preventiva, si
bien se pueden considerar mejoras.
Comprobaciones periódicas.
Moderado Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo.
Importante No debe comenzarse el trabajo hasta que se
haya reducido el riesgo.
Intolerable No se debe continuar ni comenzar el trabajo
hasta que se reduzca el riesgo.
4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN
LA EMPRESA
4.2. La gestión de los accidentes de trabajo.
Investigación de
accidentes
Registro y notificación de
accidentes
4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN
LA EMPRESA
4.2. La gestión de los accidentes de trabajo.
La ley obliga a investigar los
accidentes de trabajo.
El INSH sugiere investigar los
accidentes en este orden:
1. Mortales y graves
Investigación de
accidentes
Registro y notificación de
accidentes
2. Leves y blancos
(daños materiales
sin lesiones)
4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN
LA EMPRESA
4.2. La gestión de los accidentes de trabajo.
Notificación vía Internet a
través del sistema ‘Delt@’
Investigación de
accidentes
Registro y notificación de
accidentes
Obligatorio notificar las bajas
laborales por accidente.
Obligatorio relación mensual
de accidentes sin baja y
voluntario su registro
internamente.
4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN
LA EMPRESA
4.3. Costes de los accidentes
Costes para la empresa
Costes para el trabajador
y la sociedad
4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN
LA EMPRESA
Costes para la empresa
Costes para el trabajador
y la sociedad
4.3. Costes de los accidentes
- Salarios e indemnizaciones
- Pérdida de productividad
- Tiempos perdidos durante
auxilio
- Tiempos en investigación y
notificación del accidente
- Aumento de conflictividad
laboral
- Sanciones económicas penales
- Pérdida de imagen
4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN
LA EMPRESA
Trabajador/su familia: Dolor
y sufrimiento, pérdida de
capacidad profesional y/o
disminución de ingresos.
Costes para la empresa
Costes para el trabajador
y la sociedad
Sociedad: Pérdida de RRHH
por muerte, pago de
indemnizaciones por SS,
juicios laborales, etc.
4.3. Costes de los accidentes
MUCHAS GRACIAS POR
VUESTRA ATENCIÓN 
Javier Latorre López-Villalta

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Prevención de Riesgos: Legislación y Organización

  • 1. LA PREVENCIÓN DE RIESGOS: LEGISLACIÓN Y ORGANIZACIÓN Javier Latorre López-Villalta UNIDAD 9
  • 2. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.1. Marco normativo 4 Niveles sobre PRL Normas internacionales (Directiva UE 1989) Constitución española (Seguridad e higiene en el trabajo) Legislación básica (Ley de PRL) Legislación específica (Reales Decretos)
  • 3. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.1. Marco normativo 4 Niveles sobre PRL Normas internacionales (Directiva UE 1989) Constitución española (Seguridad e higiene en el trabajo) Legislación básica (Ley de PRL) Legislación específica (Reales Decretos)
  • 4. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.1. Marco normativo Normas internacionales (Directiva UE 1989) Constitución española (Seguridad e higiene en el trabajo) Legislación básica (Ley de PRL) Legislación específica (Reales Decretos) - Convenios internacionales de la OIT. - Normas de la UE (Directiva Marco 89/391/CEE).
  • 5. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.1. Marco normativo Normas internacionales (Directiva UE 1989) Constitución española (Seguridad e higiene en el trabajo) Legislación básica (Ley de PRL) Legislación específica (Reales Decretos) - Artículo 40.2 de la Constitución.
  • 6. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.1. Marco normativo Normas internacionales (Directiva UE 1989) Constitución española (Seguridad e higiene en el trabajo) Legislación básica (Ley de PRL) Legislación específica (Reales Decretos) - Ley de Prevención de Riesgos Laborales, ley 31/1991 - Real Decreto 39/1997. Reglamento de la regulación de los Servicios de Prevención
  • 7. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.1. Marco normativo Normas internacionales (Directiva UE 1989) Constitución española (Seguridad e higiene en el trabajo) Legislación básica (Ley de PRL) Legislación específica (Reales Decretos) - Reales Decretos que desarrollan cada uno de los RL, así como sus medidas de prevención y protección.
  • 8. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.1. Marco normativo http://www.insht.es ¿Dónde buscar la normativa sobre prevención de RL?
  • 9. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención Deber general del empresario en proteger al trabajador frente a RL que puedan ocurrir en el trabajo Derechos de los trabajadores en materia de prevención Obligaciones por parte de los trabajadores sobre PRL
  • 10. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios B) Obligaciones de los trabajadores
  • 11. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Obligación de evaluar los riesgos laborales Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) Obligación de elaborar un plan de emergencia Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente Obligación de información y formación Obligación de consulta y participación Obligación de vigilancia de la salud Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Obligación de protección de grupos especiales
  • 12. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Obligación de evaluar los riesgos laborales Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) Obligación de elaborar un plan de emergencia Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente Obligación de información y formación Obligación de consulta y participación Obligación de vigilancia de la salud Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Obligación de protección de grupos especiales
  • 13. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Plan de prevención de riesgos define: - ¿Qué hacer? - ¿Cómo hacerlo? - ¿Con qué recursos? - ¿Quiénes lo van a hacer? - ¿Cuándo se va a hacer?
  • 14. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Obligación de evaluar los riesgos laborales Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) Obligación de elaborar un plan de emergencia Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente Obligación de información y formación Obligación de consulta y participación Obligación de vigilancia de la salud Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Obligación de protección de grupos especiales
  • 15. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de evaluar los riesgos laborales - Qué riesgos no se pueden evitar - Evaluación inicial y periódicas - Evaluación de riesgos por cada PT - Evaluación de riesgo en función la probabilidad y la severidad.
  • 16. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Obligación de evaluar los riesgos laborales Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) Obligación de elaborar un plan de emergencia Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente Obligación de información y formación Obligación de consulta y participación Obligación de vigilancia de la salud Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Obligación de protección de grupos especiales
  • 17. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección - Equipos de trabajo seguros - Adopción de medidas de seguridad al utilizar dichos equipos
  • 18. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Obligación de evaluar los riesgos laborales Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) Obligación de elaborar un plan de emergencia Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente Obligación de información y formación Obligación de consulta y participación Obligación de vigilancia de la salud Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Obligación de protección de grupos especiales
  • 19. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) - Entregados gratuitamente por la empresa - Adecuados al PT - CE marcado como garantía de calidad… - … y con la Declaración de Conformidad - Adaptados, ergonómicos y de uso personal. - Empresa debe informar y formar sobre su uso y vigilar para que se utilicen
  • 20. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Curiosidad sobre el CE (enlace)
  • 21. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Caso práctico 1
  • 22. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Obligación de evaluar los riesgos laborales Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) Obligación de elaborar un plan de emergencia Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente Obligación de información y formación Obligación de consulta y participación Obligación de vigilancia de la salud Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Obligación de protección de grupos especiales
  • 23. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de elaborar un plan de emergencia - Análisis de las posibles situaciones de emergencia y medidas necesarias. - Formación del personal sobre dichas medidas. - Coordinación con servicios externos.
  • 24. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Obligación de evaluar los riesgos laborales Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) Obligación de elaborar un plan de emergencia Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente Obligación de información y formación Obligación de consulta y participación Obligación de vigilancia de la salud Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Obligación de protección de grupos especiales
  • 25. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente - Informar a los trabajadores sobre posibles riesgos y sus medidas en el plan de emergencias. - Dar instrucciones para que los trabajadores que no puedan ponerse en contacto con sus superiores sepan qué hacer.
  • 26. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Caso práctico 2
  • 27. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Obligación de evaluar los riesgos laborales Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) Obligación de elaborar un plan de emergencia Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente Obligación de información y formación Obligación de consulta y participación Obligación de vigilancia de la salud Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Obligación de protección de grupos especiales
  • 28. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de información y formación - Riesgos generales, específicos y medidas. - Formación teórica y práctica adaptada al PT. - Realización: Contratación, modificación de PT, nuevas tecnologías o cambios en equipos de trabajo. - Formación descuenta tiempo de jornada laboral. - Trabajador obligado a participar en la formación.
  • 29. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Obligación de evaluar los riesgos laborales Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) Obligación de elaborar un plan de emergencia Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente Obligación de información y formación Obligación de consulta y participación Obligación de vigilancia de la salud Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Obligación de protección de grupos especiales
  • 30. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de consulta y participación - Los representantes de los trabajadores tienen derecho a ser consultados y a participar en las decisiones que tome la empresa en la PRL. - Papel de los delegados de prevención y del comité de seguridad y salud.
  • 31. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Caso práctico 3
  • 32. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Obligación de evaluar los riesgos laborales Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) Obligación de elaborar un plan de emergencia Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente Obligación de información y formación Obligación de consulta y participación Obligación de vigilancia de la salud Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Obligación de protección de grupos especiales
  • 33. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de vigilancia de la salud - Controles médicos periódicos. - Al inicio, después de ausencia prolongada por motivos de salud y al finalizar la actividad laboral cuando puedan aparecer secuelas a largo plazo. - Pruebas imprescindibles y necesarias, comunicándose sólo apto o no apto. - Trabajador puede negarse y firmar que no quiere realizarla.
  • 34. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Obligación de evaluar los riesgos laborales Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) Obligación de elaborar un plan de emergencia Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente Obligación de información y formación Obligación de consulta y participación Obligación de vigilancia de la salud Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Obligación de protección de grupos especiales
  • 35. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Protección de la maternidad y la lactancia: - Evaluación específica de riesgos. - Anexos VII y VIII del RD 39/97. - Adaptar las condiciones de trabajo. - Ante la imposibilidad de esta adaptación, se intentará cambiar a un PT compatible. - Si lo anterior tampoco es posible, suspensión de contrato cobrando el 100% de la base reguladora.
  • 36. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de planificar la prevención de riesgos Obligación de evaluar los riesgos laborales Obligación de proveer equipos de trabajo y medidas de protección Obligación de proveer equipos de protección individual (EPIs) Obligación de elaborar un plan de emergencia Obligación de adoptar medidas en caso de riesgo grave e inminente Obligación de información y formación Obligación de consulta y participación Obligación de vigilancia de la salud Obligación de protección de grupos especiales de riesgo Obligación de protección de grupos especiales
  • 37. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Obligación de protección de grupos especiales Menores y trabajadores especialmente sensibles: - Evaluación específica de riesgos. - Menores no pueden trabajar en unas condiciones. Protección trabajadores contratados por ETTs: - Obligaciones de la ETT. - Responsabilidades de la empresa. - ETTs tienen prohibida la contratación de determinados trabajos considerados peligrosos.
  • 38. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios Caso práctico 5
  • 39. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención A) Obligaciones de los empresarios B) Obligaciones de los trabajadores
  • 40. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.2. Obligaciones en materia de prevención B) Obligaciones del trabajador Usar adecuadamente equipos de trabajo, herramientas y EPIs Informar de inmediato a sus superiores o a los delegados de prevención de cualquier situación que entrañe un riesgo para los trabajadores. Cooperar con el empresario en materia de prevención
  • 41. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.3. Responsabilidades en materia preventiva A) Empresario B) Trabajador C) El papel de la Inspección de trabajo
  • 42. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.3. Responsabilidades en materia preventiva A) Empresario 4 tipos de responsabilidad Responsabilidad Administrativa Responsabilidad Civil Responsabilidad Penal Recargo en prestaciones de la SS
  • 43. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.3. Responsabilidades en materia preventiva A) Empresario 4 tipos de responsabilidad Responsabilidad Administrativa Responsabilidad Civil Responsabilidad Penal Recargo en prestaciones de la SS
  • 44. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.3. Responsabilidades en materia preventiva A) Empresario Responsabilidad Administrativa Responsabilidad Civil Responsabilidad Penal Recargo en prestaciones de la SS - Varían en función de su gravedad (leve, grave y muy grave) - 4 tipos de sanción: Económica, suspensión temporal de actividades, paralización de trabajos o cierre centro de trabajo. - RD Legislativo 5/2000 Articulos 46-53
  • 45. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.3. Responsabilidades en materia preventiva A) Empresario Responsabilidad Administrativa Responsabilidad Civil Responsabilidad Penal Recargo en prestaciones de la SS - Daño a trabajadores = indemnización económica a éstos o sus familiares
  • 46. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.3. Responsabilidades en materia preventiva A) Empresario Responsabilidad Administrativa Responsabilidad Civil Responsabilidad Penal Recargo en prestaciones de la SS - Peligro grave a la vida, salud o integridad física del trabajador. - 3 tipos de sanción: multa, inhabilitación o cárcel
  • 47. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.3. Responsabilidades en materia preventiva A) Empresario Responsabilidad Administrativa Responsabilidad Civil Responsabilidad Penal Recargo en prestaciones de la SS - Accidente como consecuencia directa de la falta de medidas preventivas
  • 48. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.3. Responsabilidades en materia preventiva B) Trabajador - RD Legislativo 5/2000 Artículo 29 - Señaladas en el convenio colectivo (leves, graves, muy graves) - Sanciones: Amonestación verbal/escrita, despido disciplinario, multa y/o cárcel
  • 49. 1. LEGISLACIÓN SOBRE PRL 1.3. Responsabilidades en materia preventiva C) El papel de la inspección de trabajo Organismo encargado de vigilar que se cumpla la normativa laboral y de PRL: - Visita empresas para comprobar que se cumple la normativa vigente. - Levanta actas de infracción y propone sanciones. - Realiza advertencias y requerimientos. - Puede ordenar la paralización inmediata de la actividad y cierre temporal de la empresa. - Elabora informes en caso de accidentes mortales, graves o muy graves.
  • 50. 4 modalidades de organizar la prevención en la empresa Asunción por parte del propio empresario Designar a uno o varios trabajadores Crear un Servicio de Prevención Propio Acudir a un Servicio de Prevención Ajeno 2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN EN LA EMPRESA
  • 51. Asunción por parte del propio empresario Designar a uno o varios trabajadores Crear un Servicio de Prevención Propio Acudir a un Servicio de Prevención Ajeno 2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN EN LA EMPRESA 4 modalidades de organizar la prevención en la empresa
  • 52. Asunción por parte del propio empresario Designar a uno o varios trabajadores Crear un Servicio de Prevención Propio Acudir a un Servicio de Prevención Ajeno - Menos de 25 trabajadores y un solo centro de trabajo. - Formación en PRL básica 2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN EN LA EMPRESA - Funciones de vigilancia de la salud (reconocimientos médicos)  Otras modalidades - Actividad de Riesgo especial
  • 53. Caso práctico 2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN EN LA EMPRESA
  • 54. Asunción por parte del propio empresario Designar a uno o varios trabajadores Crear un Servicio de Prevención Propio Acudir a un Servicio de Prevención Ajeno - Uno o más trabajadores (en función del tamaño de la empresa) 2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN EN LA EMPRESA - Formación PRL básica, tiempo y medios. - Garantías de los representantes de los trabajadores
  • 55. Asunción por parte del propio empresario Designar a uno o varios trabajadores Crear un Servicio de Prevención Propio Acudir a un Servicio de Prevención Ajeno Se debe crear en los siguientes casos: - Empresa mayor de 500 trabajadores 2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN EN LA EMPRESA - Riesgo especial (250-500 trabajadores) - Peligrosidad/Estadísticas.
  • 56. Asunción por parte del propio empresario Designar a uno o varios trabajadores Crear un Servicio de Prevención Propio Acudir a un Servicio de Prevención Ajeno Realiza las siguientes funciones: - Elaborar Plan de PRL 2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN EN LA EMPRESA - Evaluar riesgos - Determinar prioridades de actuación - Formación e información de los trabajadores - Vigilancia de la salud - Actuación en caso de primeros auxilios o emergencia
  • 57. Asunción por parte del propio empresario Designar a uno o varios trabajadores Crear un Servicio de Prevención Propio Acudir a un Servicio de Prevención Ajeno - Entidades especializadas y contratadas por las empresas 2. ORGANIZACIÓN DE PREVENCIÓN EN LA EMPRESA
  • 58. 3. PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA PRL A) Delegados de prevención: B) Comité de seguridad y salud: - Designados por los representantes de los trabajadores - Se crea cuando existe un Comité de empresa (>50 trabajadores). - También designados por los representantes de los trabajadores. - Formado por delegados de prevención y por igual número de representantes de la empresa.
  • 59. 3. PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA PRL ¡Ojo! Tanto los delegados de prevención como los miembros del Comité de seguridad y salud, deben tener una formación básica en PRL. Trabajadores Delegados Hasta 50 1 Hasta 100 2 Hasta 500 3 Hasta 1000 4 Hasta 2000 5 Hasta 3000 6 Hasta 4000 7 Más de 4000 8
  • 60. Caso práctico 3. PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA PRL
  • 61. 3. PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LA PRL C) Competencias y facultades genéricas (funciones): - Ser consultado en lo referente a la PRL. - Participar en la planificación de riesgos. - Efectuar propuestas en materia de prevención y protección. - Ser informados sobre los accidentes de trabajo, así como personarse en el lugar del accidente. - Conocer toda la documentación sobre prevención PRL de la empresa. - Acompañar a la inspección en las visitas que realice. - Proponer paralización de actividades en caso de riesgo grave o inminente.
  • 62. 4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA Principios de acción preventiva generales. - Evitar los riesgos. - Evaluar los riesgos que no se pueden evitar. - Combatir los riesgos desde su origen. - Sustituir lo peligroso por lo menos o nada peligroso. - Planificar la prevención y la protección. - Anteponer la protección colectiva a la individual. - Dar instrucciones adecuadas al trabajador. - Adaptar el trabajo a la persona. - Tener en cuenta la evolución de la técnica.
  • 63. 4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA 4.1. Evaluación de los Riesgos Laborales. ¿Cómo evaluar si existen o no riesgos laborales? Método de evaluación de riesgos del INSHT
  • 64. 4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA 4.1. Evaluación de los Riesgos Laborales. El INSHT establece prioridad de actuación según el nivel de riesgo detectado en la evaluación: Nivel de riesgo Acciones preventivas Trivial No requiere acción específica Tolerable No se necesita mejorar la acción preventiva, si bien se pueden considerar mejoras. Comprobaciones periódicas. Moderado Se deben hacer esfuerzos para reducir el riesgo. Importante No debe comenzarse el trabajo hasta que se haya reducido el riesgo. Intolerable No se debe continuar ni comenzar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo.
  • 65. 4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA 4.2. La gestión de los accidentes de trabajo. Investigación de accidentes Registro y notificación de accidentes
  • 66. 4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA 4.2. La gestión de los accidentes de trabajo. La ley obliga a investigar los accidentes de trabajo. El INSH sugiere investigar los accidentes en este orden: 1. Mortales y graves Investigación de accidentes Registro y notificación de accidentes 2. Leves y blancos (daños materiales sin lesiones)
  • 67. 4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA 4.2. La gestión de los accidentes de trabajo. Notificación vía Internet a través del sistema ‘Delt@’ Investigación de accidentes Registro y notificación de accidentes Obligatorio notificar las bajas laborales por accidente. Obligatorio relación mensual de accidentes sin baja y voluntario su registro internamente.
  • 68. 4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA 4.3. Costes de los accidentes Costes para la empresa Costes para el trabajador y la sociedad
  • 69. 4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA Costes para la empresa Costes para el trabajador y la sociedad 4.3. Costes de los accidentes - Salarios e indemnizaciones - Pérdida de productividad - Tiempos perdidos durante auxilio - Tiempos en investigación y notificación del accidente - Aumento de conflictividad laboral - Sanciones económicas penales - Pérdida de imagen
  • 70. 4. LA GESTIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA Trabajador/su familia: Dolor y sufrimiento, pérdida de capacidad profesional y/o disminución de ingresos. Costes para la empresa Costes para el trabajador y la sociedad Sociedad: Pérdida de RRHH por muerte, pago de indemnizaciones por SS, juicios laborales, etc. 4.3. Costes de los accidentes
  • 71. MUCHAS GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN  Javier Latorre López-Villalta

Notas del editor

  1. 3.- Fuentes de derecho del trabajo: (págs 8-10) LIBRO 1. Normativa de la UE -> 1989 se aprobó la directiva en materia a la PRL 2. Constitución Española. Derechos laborales: El derecho a la seguridad social, a una política de empleo, a la seguridad e higiene en el trabajo, descanso necesario limitando la jornada y el derecho a unas vacaciones retribuidas periódicas. 3. Tratados Internacionales. Convenios de la OIT. 4. Leyes. Leyes (Orgánicas y Ordinarias) y Reales Decretos (Legislativos y de Ley) 5. Reglamentos. 6. Convenios Colectivos. 7. Contrato de Trabajo. 8. Usos y costumbres.
  2. 3.- Fuentes de derecho del trabajo: (págs 8-10) LIBRO 1. Normativa de la UE. 1989 se aprobó la directiva en materia a la PRL 2. Constitución Española. Derechos laborales: El derecho a la seguridad social, a una política de empleo, a la seguridad e higiene en el trabajo, descanso necesario limitando la jornada y el derecho a unas vacaciones retribuidas periódicas. 3. Tratados Internacionales. Convenios de la OIT. 4. Leyes. Leyes (Orgánicas y Ordinarias) y Reales Decretos (Legislativos y de Ley) 5. Reglamentos. 6. Convenios Colectivos. 7. Contrato de Trabajo. 8. Usos y costumbres.
  3. Normas de la UE: Directiva Marco 89/391/CEE, aborda: Tema de la organización del trabajo en la empresa, Los derechos y las obligaciones y La participación de los trabajadores en materia de prevención. OIT: Organización Internacional del Trabajo  Tratado Internacional Busca proteger y normalizar los derechos de los trabajadores y de las organizaciones sindicales en el mundo. Ejemplos: http://www.oj.gob.gt/estadisticalaboral/index.php?option=com_content&view=article&id=201&Itemid=528 3.- Fuentes de derecho del trabajo: (págs 8-10) LIBRO 1. Normativa de la UE -> 1989 se aprobó la directiva en materia a la PRL 2. Constitución Española. Derechos laborales: El derecho a la seguridad social, a una política de empleo, a la seguridad e higiene en el trabajo, descanso necesario limitando la jornada y el derecho a unas vacaciones retribuidas periódicas. 3. Tratados Internacionales. Convenios de la OIT. 4. Leyes. Leyes (Orgánicas y Ordinarias) y Reales Decretos (Legislativos y de Ley) 5. Reglamentos. 6. Convenios Colectivos. 7. Contrato de Trabajo. 8. Usos y costumbres.
  4. Artículo 40.2 . Los poderes públicos deben velar por la seguridad e higiene de los trabajadores. 3.- Fuentes de derecho del trabajo: (págs 8-10) LIBRO 1. Normativa de la UE -> 1989 se aprobó la directiva en materia a la PRL 2. Constitución Española. Derechos laborales: El derecho a la seguridad social, a una política de empleo, a la seguridad e higiene en el trabajo, descanso necesario limitando la jornada y el derecho a unas vacaciones retribuidas periódicas. 3. Tratados Internacionales. Convenios de la OIT. 4. Leyes. Leyes (Orgánicas y Ordinarias) y Reales Decretos (Legislativos y de Ley) 5. Reglamentos. 6. Convenios Colectivos. 7. Contrato de Trabajo. 8. Usos y costumbres.
  5. 3.- Fuentes de derecho del trabajo: (págs 8-10) LIBRO 1. Normativa de la UE -> 1989 se aprobó la directiva en materia a la PRL 2. Constitución Española. Derechos laborales: El derecho a la seguridad social, a una política de empleo, a la seguridad e higiene en el trabajo, descanso necesario limitando la jornada y el derecho a unas vacaciones retribuidas periódicas. 3. Tratados Internacionales. Convenios de la OIT. 4. Leyes. Leyes (Orgánicas y Ordinarias) y Reales Decretos (Legislativos y de Ley) 5. Reglamentos. 6. Convenios Colectivos. 7. Contrato de Trabajo. 8. Usos y costumbres.
  6. Reales Decretos que desarrollan cada uno de los riesgos laborales, así como sus medidas de prevención y protección. 3.- Fuentes de derecho del trabajo: (págs 8-10) LIBRO 1. Normativa de la UE -> 1989 se aprobó la directiva en materia a la PRL 2. Constitución Española. Derechos laborales: El derecho a la seguridad social, a una política de empleo, a la seguridad e higiene en el trabajo, descanso necesario limitando la jornada y el derecho a unas vacaciones retribuidas periódicas. 3. Tratados Internacionales. Convenios de la OIT. 4. Leyes. Leyes (Orgánicas y Ordinarias) y Reales Decretos (Legislativos y de Ley) 5. Reglamentos. 6. Convenios Colectivos. 7. Contrato de Trabajo. 8. Usos y costumbres.
  7. INSHT, Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. 3.- Fuentes de derecho del trabajo: (págs 8-10) LIBRO 1. Normativa de la UE -> 1989 se aprobó la directiva en materia a la PRL 2. Constitución Española. Derechos laborales: El derecho a la seguridad social, a una política de empleo, a la seguridad e higiene en el trabajo, descanso necesario limitando la jornada y el derecho a unas vacaciones retribuidas periódicas. 3. Tratados Internacionales. Convenios de la OIT. 4. Leyes. Leyes (Orgánicas y Ordinarias) y Reales Decretos (Legislativos y de Ley) 5. Reglamentos. 6. Convenios Colectivos. 7. Contrato de Trabajo. 8. Usos y costumbres.
  8. Evaluaciones periódicas: Cada vez que se produzca un cambio en las condiciones de trabajo o aparezcan daños o indicios de que las medidas que se están tomando no son suficientes. Probabilidad de ocurrencia del daño y severidad del mismo.
  9. Ejemplo de Ébola en España.
  10. - EPIs adecuados al PT. Se evaluará qué PT los requieren y se seleccionarán los adecuados - CE marcado como garantía de calidad. Para aquellos que protegen de riesgos muy graves, deben ir acompañados de 4 dígitos, que muestran el control realizado por una entidad certificadora. - Declaración de Conformidad. Documento del fabricante que acredita que el EPI cumple con los requisitos de calidad, así como con las instrucciones que permiten su uso correcto.
  11. - EPIs adecuados al PT. Se evaluará qué PT los requieren y se seleccionarán los adecuados - CE marcado como garantía de calidad. Para aquellos que protegen de riesgos muy graves, deben ir acompañados de 4 dígitos, que muestran el control realizado por una entidad certificadora. - Declaración de Conformidad. Documento del fabricante que acredita que el EPI cumple con los requisitos de calidad, así como con las instrucciones que permiten su uso correcto.
  12. Montar equipos informáticos componente a componente. Guantes usados. Grandes. Quedan holgados. Con un agujero en el dedo índice. ‘X’ está pensando en comprarse unos nuevos. ¿Qué obligaciones está incumpliendo ? EPIs son de uso personal y NO compartido. (usados) Tienen que ser adaptados y ergonómicos para cada trabajador. (grandes) Tienen que ser adecuados para proteger del riesgo. (rotura) Los proporciona la empresa gratuítamente. (pensamiento en comprar unos nuevos)
  13. - Análisis de las posibles situaciones de emergencia (incendio, explosión) y medidas necesarias (Primeros auxilios, lucha contra incendios, medidas de evacuación). - Servicios externos (bomberos, urgencias, protección civil)
  14. Huele a quemado, pues yo no he sido! El ordenador está ardiendo. Llamáis a vuestro jefe por teléfono, puesto que no sabéis qué hay que hacer ¡pero no responde!. ¿Qué obligaciones tiene la empresa en una situación como esta? ¿Qué se ha hecho mal? La empresa debe de tener un plan de emergencia que indique cómo deben actuar los trabajadores ante este tipo de riesgo. Trabajadores y representantes deben tienen que ser informados de que existe ese posible riesgo. En el plan de emergencia debería estar señalado también qué personas son las encargadas de actuar en este tipo de situación.
  15. Formación descuenta tiempo de jornada laboral. Si es posible, se realiza dentro del periodo de jornada laboral. Si se realiza fuera del horario de trabajo, se descuenta el tiempo invertido en el mismo.
  16. Papel de los delegados de prevención y del comité de seguridad y salud. Son los representantes que tienen el derecho del punto anterior. Se verá más detenidamente sus funciones al final de este tema.
  17. ‘X’ es contrado como Backend de una nueva empresa informática de Jaén. El primer día, después de firmar el contrato, el jefe de la empresa proporciona a ‘X’ un manual de prevención y un test sobre dicho manual con la solución a las preguntas para que lo firme y lo entregue. ¿Ha incumplido alguna obligación la empresa? Sí: Además del manual, se debe proporcionar una formación teórica y práctica adecuada a los riesgos de su PT dentro del horario laboral. Rellenar el tipo test sobre el manual con las soluciones no es lo más adecuado.
  18. Empresa obligada a realizar controles médicos periódicos a sus trabajadores a través de los servicios de prevención. Pruebas imprescindibles y necesarias. Respetando dignidad, intimidad y confidencialidad, (apto o no apto) a los empresarios. Trabajador puede negarse y firmar que no quiere realizarla. Salvo que sea obligatorio por ley y su no realización conlleve graves riesgos para su salud.
  19. Evaluación específica de riesgos. Determinar que PT específicos, exentos de riesgo, se puede destinar a la trabajadora. Anexos VII y VIII del RD 39/97. Listado no exhaustivo de agentes y condiciones de trabajo que pueden ocasionar un riesgo para las trabajadoras embarazadas y en periodo de lactancia, así como un listado de riesgos a los que nunca están expuestas. Adaptar las condiciones de trabajo. Trabajo nocturno prohibido y trabajo a turnos se hará cuando sea necesario.
  20. Evaluación específica de riesgos. Que puedan afectar a los menores a estos grupos de trabajadores especialmente sensibles (por ej, por discapacidad). Menores no pueden trabajar en trabajos peligrosos, nocivos tóxicos, insalubres, ni en horario nocturno. Obligaciones ETT: Informar de los riesgos específicos y las medidas de prevención y de protección. Formar a los trabajadores en el momento de la contratación. Vigilancia de la salud y entrega de los EPIs previamente a la contratación. Responsabilidades de la empresa: Condiciones de ejecución de trabajo informando a la ETT y a los trabajadores de los riesgos y medidas de prevención y protección.
  21. Siguiendo el ejemplo de nuestra hipotética empresa, Sandra y Rocío se han quedado embarazadas al mismo tiempo ¡Enhorabuena! Ambas han oído que pueden pedirse una ‘baja por estar embarazadas’ y cobrar un 100% ¿Están en lo cierto? No: 1. Intentar adaptar el PT para que este no suponga un riesgo ni a la madre ni al feto. Sino, 2. Cambiar a la trabajadora a un PT compatible. Si tampoco es posible, 3. Ahora sí. Se suspende el contrato cobrando el 100% de la base reguladora.
  22. En las 35 últimas diapositivas hemos las obligaciones de los empresarios. Ahora tocan las Obligaciones de los trabajadores:
  23. Los trabajadores, de acuerdo con su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deben…
  24. Existen 4 tipos de responsabilidad que tienen las empresas por el incumplimiento de las normas de PRL…
  25. Existen 4 tipos de responsabilidad que tienen las empresas por el incumplimiento de las normas de PRL…
  26. Leve (40-405€) Muy grave (409.891-819.780€)
  27. Ejemplo libro: 150.000€ por la caída de un andamio sin medidas de seguridad (aunque no especifica si hay muerte, daño leve, grave…)
  28. No es necesario que exista daño, sólo con que exista peligro grave a la vida, salud o integridad física del trabajador por culpa del trabajador, existe responsabilidad Penal.
  29. Accidente como consecuencia directa de la falta de medidas preventivas: El empresario debe pagar un recargo que puede variar del 30% al 50% en la prestación que recibe el trabajador por baja laboral u otras prestaciones (incapacidad permanente, viudedad u orfandad) Ej. Si un trabajador por baja debe cobrar 1000€  con sanción máxima cobraría 1500€, siendo estos 500€ a cargo de la empresa por falta de medidas preventivas.
  30. Levanta actas de infracción y propone sanciones. Su propuesta de sanción suele ratificarse po el órgano de la administración correspondiente. Realiza advertencias y requerimientos. Escritos para que la empresa modifique ciertas condiciones de trabajo, las cuales, sino son modificadas en un plazo, conducen a una sanción. Puede ordenar la paralización inmediata de la actividad y cierre temporal de la empresa. En caso de que se detecte un riesgo grave e inminente para la salud de los trabajadores.
  31. Las empresas tienen la obligación de planificar y organizar la PRL. Para ello deben seguir una o varias modalidades de cómo organizar dicha prevención. Existen 4 modalidades:
  32. Existen 4 tipos de responsabilidad que tienen las empresas por el incumplimiento de las normas de PRL…
  33. Formación en PRL básica. 30-50 horas. Funciones de vigilancia de la salud (reconocimientos médicos)  Otras modalidades. Como por ejemplo el Servicio de Prevención Ajeno (que se describirá en el último punto) Actividad de Riesgo especial. Empresarios que desarrollan este tipo de actividad, no podrán asumir la PRL. (Ver lista lateral izq las actividades de riesgo especial o siguiente diapositiva).
  34. ¿Se encuentra nuestro ciclo formativo dentro las actividades que se consideran de riesgo especial? Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes. Trabajos con exposición a agentes tóxicos y muy tóxicos, y en particular a agentes cancerígenos, mutagénicos o tóxicos para la reproducción, de primera y segunda categoría Actividades en que intervienen productos químicos de alto riesgo Trabajos con exposición a agentes biológicos de los grupos 3 y 4 Actividades de fabricación, manipulación y utilización de explosivos, incluidos los artículos pirotécnicos y otros objetos o instrumentos que contengan explosivos. Trabajos propios de minería a cielo abierto y de interior, y sondeos en superficie terrestre o en plataformas marinas. Actividades en inmersión bajo el agua. Actividades en obras de construcción, excavación, movimientos de tierras y túneles, con riesgo de caída de altura o sepultamiento. Actividades en la industria siderúrgica y en la construcción naval. Producción de gases comprimidos, licuados o disueltos o utilización significativa de los mismos. Trabajos que produzcan concentraciones elevadas de polvo siliceo. Trabajos con riesgos eléctricos en alta tensión.
  35. Garantías de los representantes de los trabajadores. No pueden ser despedidos por la realización de sus funciones en lo relativo a la PRL.
  36. No es necesario que exista daño, sólo con que exista peligro grave a la vida, salud o integridad física del trabajador por culpa del trabajador, existe responsabilidad Penal. Debido a la peligrosidad de la actividad o a las estadísticas de accidentes ocurridos, la Autoridad laboral, decida que se debe crear un Sercicio de Prevención Propio, o Ajeno.
  37. No es necesario que exista daño, sólo con que exista peligro grave a la vida, salud o integridad física del trabajador por culpa del trabajador, existe responsabilidad Penal. Debido a la peligrosidad de la actividad o a las estadísticas de accidentes ocurridos, la Autoridad laboral, decida que se debe crear un Sercicio de Prevención Propio, o Ajeno.
  38. Accidente como consecuencia directa de la falta de medidas preventivas: El empresario debe pagar un recargo que puede variar del 30% al 50% en la prestación que recibe el trabajador por baja laboral u otras prestaciones (incapacidad permanente, viudedad u orfandad) Ej. Si un trabajador por baja debe cobrar 1000€  con sanción máxima cobraría 1500€, siendo estos 500€ a cargo de la empresa por falta de medidas preventivas.
  39. NO CONFUNDIR Delegados de prevención y el Comité de seguridad y salud con Comité de empresa o de los Delegados de personal (Págs 101-103 ).
  40. Imaginaos que una vez terminamos los estudios de DAW y terminamos todos juntos en una empresa de 60 trabajadores. ¿Cuántos Delegados de prevención serían necesarios? 2 ¿Sería necesario formar un Comité de seguridad y salud? Sí, ya que hay más de 50 trabajadores. ¿Y cuál sería el número de miembros del Comité de Seguridad y salud? 2x2=4 (Los 2 delegados y 2 representantes de la empresa elegidos por el comité de empresa) ¿Podríamos ser miembros del Comité de Seguridad y salud cualquiera de los que terminásemos este módulo de DAW? Sí, precisamente el bloque que estamos viendo ahora de PRL se ajusta a la formación básica mínima necesaria en PRL para desempeñar dichos cargos.
  41. Competencias y facultades de los delegados de prevención y los miembros del Comité de seguridad y salud.
  42. Principios de acción preventiva generales. Obligación de la empresa para prevenir y proteger a los trabajadores de los RL en los que se encuentran.
  43. Ligeramente dañino: Pequeño corte, irritación de ojos, dolores de cabeza… Dañino: Quemaduras, asma, sordera… Extremadamente dañina: Fracturas graves, intoxicaciones, amputaciones, accidentes mortales.
  44. INSHT: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
  45. Una vez ocurrido un accidente:
  46. INSH- Instituto Nacional de Seguridad e Higiene
  47. Delt@, del Ministerio de Trabajo, que sirve de base para elaborar estadísticas de accidentes de trabajo.
  48. INSH- Instituto Nacional de Seguridad e Higiene