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ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1
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BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA
PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN GENERAL
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY Nº30556,
Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN DE FICHA
TÉCNICA DEFINITIVA Y DESCOLMATACIÓN DEL CAUCE DEL RIO
LA LECHE - TRAMO 1, EN EL MARCO DE LO DISPUESTO EN LA
LEY N° 30556, LEY QUE APRUEBA DISPOSICIONES DE CARÁCTER
EXTRAORDINARIO PARA LAS INTERVENCIONES DEL GOBIERNO
NACIONAL FRENTE A DESASTRES Y QUE DISPONE LA CREACIÓN
DE LA AUTORIDAD PARA LA RECONSTRUCCIÓN CON CAMBIOS
SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
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DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante,
postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley
de Contrataciones del Estado.
En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y al Consejo
Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas, en todo momento según
corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y
corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y
demás actores que participan en el proceso de contratación.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Comisión de Defensa de la Libre
Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten
durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de
Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás
normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante,
postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o al Consejo
Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas el acceso a la información referida a
las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones
que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las
intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la
Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,
en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
- Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto.
- Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso
al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial.
- Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento
Administrativo General.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas
en las presentes bases.
En caso se emitan nuevos dispositivos en el marco de la norma de reconstrucción las bases y
los Términos de Referencia se ajustarán automáticamente a los mismos, no siendo materia
de impugnación de los postores.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el
artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de
selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta
antes del inicio de la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un
consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE.
El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse
como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP, conforme al
objeto de la contratación.
Importante
 Para registrarse como participante en un procedimiento de selección convocado por las
Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción
vigente y estar habilitados ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra
el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor
información, se puede ingresar a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.
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 Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando
su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones
señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes
electrónico” publicado en www.seace.gob.pe.
 En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren
inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE
restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su
participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo
establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o
quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.
1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado
en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a dos (2) días
hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido
en el artículo 67 del Reglamento.
Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas
vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el
objeto de contratación.
Para formular consultas y observaciones se debe emplear el formato incluido en el Anexo N°1
de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y
observaciones”.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del órgano encargado
de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, mediante pliego absolutorio
se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de
selección, en un plazo que no puede exceder de dos (2) días hábiles contados desde el
vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones.
La absolución se realiza de manera motivada, debiendo emplearse el formato incluido en el
Anexo N° 2 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y
observaciones”. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas
se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
Importante
No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten
extemporáneamente, en un lugar distinto al señalado en las bases o que sean formuladas por
quienes no se han registrado como participantes.
1.6. INTEGRACIÓN DE LAS BASES
La integración de las bases se realiza al día hábil siguiente de vencido el plazo para la
absolución de consultas y observaciones.
Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas
incorporan obligatoriamente, las modificaciones que se hayan producido como consecuencia
de las consultas, observaciones, así como las modificaciones requeridas por el OSCE en el
marco de sus acciones de supervisión, y se publican en el SEACE en la fecha establecida en
el calendario del procedimiento.
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Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por
autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las
acciones de supervisión a cargo del OSCE. Esta restricción no afecta la competencia del
Tribunal para declarar la nulidad del procedimiento por deficiencias en las bases.
El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, no
puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las
bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente,
conforme lo establece el artículo 52 del Reglamento.
Importante
 Los participantes pueden solicitar al OSCE en cualquier momento la emisión de Dictamen
sobre Cuestionamientos, cuando consideren de manera sustentada que las bases
integradas no recojan aquello que ha sido materia de aclaración y/o precisión en el pliego
de absolución de consultas y observaciones, según lo previsto en el numeral 8.8 de la
Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”, en el plazo previsto en la misma.
 Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el artículo 50 de la Ley,
presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de
absolución de consultas y/u observaciones.
1.7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los documentos que acompañan las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su
defecto, acompañados de traducción simple con la indicación y suscripción de quien oficie de
traductor debidamente identificado, salvo el caso de la información técnica complementaria
contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el
idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las ofertas se presentan por escrito, debidamente foliadas y en un (1) único sobre cerrado.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la
oferta deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser
rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal,
apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o
su apoderado.
El precio de la oferta debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones,
pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como
cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar,
excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el
precio de su oferta los tributos respectivos.
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos
decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales.
1.8. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
1
En caso la presentación de ofertas y apertura de sobres se realice en ACTO PÚBLICO,
debe tenerse en consideración lo siguiente:
La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia de notario o juez de paz
en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria.
La presentación puede realizarse por el mismo participante o a través de un tercero, sin que
1
De acuerdo a lo establecido en el numeral 4 del artículo 67 del Reglamento, la presentación de ofertas y apertura de
sobres se puede realizar en acto privado o público, lo que debe determinarse en la sección específica de las bases.
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se exija formalidad alguna para ello.
Importante
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de
un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de
procedimientos de selección según relación de ítems.
El acto público se inicia cuando el órgano encargado de las contrataciones o comité de
selección, según corresponda, empieza a llamar a los participantes en el orden en que se
registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser
llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido.
En la apertura del sobre que contiene la oferta, el órgano encargado de las contrataciones o
comité de selección, según corresponda, debe anunciar el nombre de cada participante y el
precio de la misma. Asimismo, verifica la presentación de los documentos requeridos en la
sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53º del Reglamento. De no
cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida. Esta información debe
consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público.
En caso el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según
corresponda, no admita la oferta el postor puede solicitar que se anote tal circunstancia en el
acta, debiendo el notario o juez de paz mantenerla en custodia hasta el consentimiento de la
buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor
solicite su devolución.
Después de abierto cada sobre que contiene la oferta, el notario o juez de paz procederá a
sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta.
Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o juez de
paz, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 53º del Reglamento, en el acto de presentación de
ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien
participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente.
En caso la presentación de ofertas y apertura de sobres se realice en ACTO PRIVADO,
debe tenerse en consideración lo siguiente:
La presentación de las ofertas en acto privado se realiza en la Unidad de Trámite
Documentario de la Entidad, dentro del plazo estipulado en la sección específica de las
bases. La Entidad entrega al postor un cargo de recepción de la oferta en el que conste fecha
y hora.
Importante
 La Entidad debe preservar la seguridad, integridad y confidencialidad de toda oferta,
encargándose de que el contenido de la misma sea revisado únicamente después de
su apertura.
 Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar
más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem
cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems.
En la apertura del sobre que contiene la oferta, el órgano encargado de las contrataciones o
comité de selección, según corresponda, verifica la presentación de los documentos
requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53º del
Reglamento y determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y
condiciones de los Términos de Referencia, detallados en la sección específica de las bases.
De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida.
En caso las ofertas no sean admitidas serán devueltas una vez consentida la buena pro,
salvo que el postor solicite su devolución previamente.
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1.9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas que cumplan con lo señalado en el numeral anterior tiene por
objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según
los factores y el procedimiento de evaluación enunciados en la sección específica de las
bases.
El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, puede
rechazar una oferta cuando se encuentre por debajo del valor referencial, siempre que de la
revisión del detalle de la composición de la oferta, acredite mediante razones objetivas un
probable incumplimiento por parte del postor, de conformidad con lo previsto en el artículo 47º
del Reglamento.
Para estos efectos, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según
corresponda, debe solicitar al postor la descripción a detalle de todos los elementos
constitutivos de su oferta, otorgándole un plazo mínimo de dos (2) días hábiles de recibida
dicha solicitud; así como contar con información adicional que resulte pertinente para
determinar si rechaza la oferta, decisión que debe ser fundamentada.
En el supuesto de ofertas que superen el valor referencial de la convocatoria, para efectos
que el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda,
considere válida la oferta económica debe contar con la certificación de crédito
presupuestario correspondiente y la aprobación del Titular de la Entidad, que no puede
exceder de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el
otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad, salvo que el postor acepte reducir su
oferta económica.
En caso no se cuente con la certificación de crédito presupuestario se rechaza la oferta.
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos, considerando la ponderación
establecida en el numeral 2.3 del Capítulo II y en el Capítulo IV de la sección específica de
las bases.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo siguiente:
a) Cuando la evaluación del precio sea el único factor, se le otorga el máximo puntaje a la
oferta de precio más bajo y otorga a las demás ofertas puntajes inversamente
proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula:
Pi= Om x PMP
Oi
Donde:
i = Oferta.
Pi = Puntaje de la oferta a evaluar.
Oi = Precio i.
Om = Precio de la oferta más baja.
PMP = Puntaje máximo del precio.
b) Cuando existan otros factores de evaluación además del precio, aquella que resulte con
el mejor puntaje, en función de los criterios y procedimientos de evaluación enunciados
en la sección específica de las bases.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de
prelación de las ofertas empatadas se efectúa siguiendo estrictamente el orden establecido
en el numeral 1 del artículo 69º del Reglamento.
Para la aplicación del criterio de desempate a través de sorteo se requiere la citación
oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un
representante del Sistema Nacional de Control, notario o juez de paz.
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Importante
En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems cuando la contratación del
servicio en general va a ser prestado fuera de la provincia de Lima y Callao y el monto del valor
referencial del ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), a solicitud del postor se
asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido en
dicho ítem por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las
provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio
es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP2
.
1.10. CALIFICACIÓN DE OFERTAS
Luego de culminada la evaluación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de
selección, según corresponda, debe determinar si los postores que obtuvieron el primer y
segundo lugar según el orden de prelación cumplen con los requisitos de calificación
detallados en la sección específica de las bases. La oferta del postor que no cumpla con los
requisitos de calificación debe ser descalificada. Si ninguno de los dos postores cumple con
los requisitos de calificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de
selección, según corresponda, debe verificar los requisitos de calificación de los postores
admitidos, según el orden de prelación obtenido en la evaluación.
1.11. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39º del
Reglamento.
Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de
la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días
hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite
Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su
representante legal o apoderado acreditado.
1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Luego de la calificación de las ofertas, el órgano encargado de las contrataciones o comité de
selección, según corresponda, otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de
las bases mediante su publicación en el SEACE.
El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través
del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la
buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.
1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se
produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento en el
SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se
produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil
siguiente de producido.
2
La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:
www.rnp.gob.pe
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Importante
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, la Entidad realiza la inmediata verificación
de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. En caso de comprobar
inexactitud o falsedad en las declaraciones, información o documentación presentada, la
Entidad declara la nulidad del otorgamiento de la buena pro o del contrato, dependiendo de la
oportunidad en que se hizo la comprobación, de conformidad con lo establecido en la Ley y en
el Reglamento. Adicionalmente, la Entidad comunica al Tribunal de Contrataciones del Estado
para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y al Ministerio Público para que
interponga la acción penal correspondiente.
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el
desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante la Entidad convocante, y es conocido y resuelto por
su Titular, cuando el valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. Cuando el valor
referencial sea mayor a dicho monto, el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto
por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del
procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación.
Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad
que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el
Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con
anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de
haberse notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro,
contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento,
debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado
conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III
DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento
de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la
buena pro debe presentar la totalidad de los requisitos para perfeccionar el contrato. En un plazo
que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la
Entidad debe suscribir el contrato, u otorgar un plazo adicional para subsanar los requisitos, el
que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación
de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el
contrato.
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene, salvo en los
contratos cuyo monto del valor referencial no supere los cien mil Soles (S/ 100,000.00), en los
que se puede perfeccionar con la recepción de la orden de servicios, conforme a lo previsto en la
sección específica de las bases.
En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, se puede perfeccionar el
contrato con la suscripción del documento o con la recepción de una orden de servicios, cuando
el valor referencial del ítem corresponda al parámetro establecido en el párrafo anterior.
Importante
El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, debe
consignar en la sección específica de las bases la forma en que se perfeccionará el contrato, sea
con la suscripción del contrato o la recepción de la orden de servicios. En caso la Entidad
perfeccione el contrato con la recepción de la orden de servicios no debe incluir la proforma del
contrato establecida en el Capítulo V de la sección específica de las bases.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos
señalados en el artículo 117º del Reglamento y los previstos en la sección específica de las
bases.
3.2. PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 120º del Reglamento, el plazo de ejecución
contractual se inicia el día siguiente del perfeccionamiento del contrato, desde la fecha que se
establezca en el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el
contrato, según sea el caso.
3.3. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel
cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe
entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma
equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe
mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del
contratista.
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Importante
En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las
Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como
garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original,
porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de
pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la
finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento.
3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como
mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional
por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el
cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su
presentación en ningún caso.
Importante
En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no
corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento
por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de
procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la
sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente,
conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del Reglamento.
3.3.3. GARANTÍA POR ADELANTO
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos,
el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo
estipulado en el artículo 129º del Reglamento. La presentación de esta garantía no
puede ser exceptuada en ningún caso.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de
realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser
emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas
para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera
categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Importante
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena
pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y
eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que
correspondan.
ADVERTENCIA
LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS
BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL.
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3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados
en el artículo 131º del Reglamento.
3.6. ADELANTOS
La Entidad entregará un adelanto directo al contratista, el cual en ningún caso excede el treinta
por ciento (30%) del monto del contrato original.
3.7. PENALIDADES
3.7.1. PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto
del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día
de atraso, de conformidad con en el artículo 133º del Reglamento.
3.7.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral
precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales
con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección
específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de
la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el
supuesto a penalizar.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una
un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el
caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.8. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36º
de la Ley y 135º del Reglamento.
3.9. PAGOS
El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos
a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato.
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los
quince (15) días calendarios siguientes a la conformidad de los servicios, siempre que se
verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un
plazo máximo de diez (10) días de producida la recepción.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo
que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza
mayor, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los intereses legales correspondientes
conforme a lo establecido en el artículo 39º de la Ley y en el artículo 149º del Reglamento.
3.10. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán
supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS
INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I
GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI
RUC Nº : 20414868216
Domicilio legal : Jr. Teniente Emilio Fernandez N° 130, Urb. Santa Beatriz -Lima
Teléfono: : 424-4488
Correo electrónico: : dir.especialista1@psi.gob.pe, ccarhuamaca@psi.gob.pe,
jvaldiviezo@psi.gob.pe.
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del SERVICIO DE
ELABORACIÓN DE FICHA TÉCNICA DEFINITIVA Y DESCOLMATACION DEL CAUCE DEL
RIO LA LECHE - TRAMO 1
1.3. VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a S/ 30’787,921.25 (Treinta Millones Setecientos Ochenta y Siete
Mil Novecientos Veintiuno con 25/100 Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro
concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes
de Agosto de 2017.
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Formato de Aprobación de Expediente Nº
111-2017-MINAGRI-PSI-OAF/AE
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
RECURSOS ORDINARIOS
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de Esquema Mixto: SUMA ALZADA para la
elaboración de la FICHA TECNICA DEFINITIVA y PRECIOS UNITARIOS para la ejecución de
las actividades de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Se contempla una duración efectiva del plazo total del servicio de hasta ochenta y cinco (85) días
calendarios, dispuestos de la forma siguiente:
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Elaboración de Ficha Técnica Definitiva:
De hasta veintiún (21) días calendarios. Debiendo tener en consideración, que a partir del día 13
se inicia la ejecución de las actividades, entendiéndose que a partir de esa fecha se
desarrollarán paralelamente, las actividades de elaboración de la Ficha Técnica Definitiva y la
Ejecución de las actividades.
Ejecución de las Actividades:
De hasta setenta y tres (73) días calendario.
El plazo para la elaboración de la Ficha Técnica Definitiva se iniciará al día siguiente de la firma
del contrato.
Con el objetivo de que se terminen o concluyan los trabajos antes de la época de lluvias; se
dispone que, para la elaboración de la Ficha Técnica Definitiva, el Contratista estará obligado a
presentar, dentro de los primeros siete (7) días calendario, desde el siguiente día de la firma del
contrato, una Ficha Técnica Parcial que considere como mínimo el veinte por ciento (20%) del
tramo contratado; con la finalidad de iniciar la ejecución de la actividad de descolmatación, previa
revisión y aprobación de la supervisión y de la Entidad.
Asimismo, a los veintiún (21) días posteriores a la firma del contrato, el Contratista deberá
presentar la Ficha Técnica Definitiva de todo el tramo contratado, que incluirá el tramo mínimo
parcial del 20% que fuera presentado para el inicio de la ejecución de la actividad contratada.
El plazo de la ejecución de las Actividades se inicia a partir del día siguiente de notificado al
contratista que se ha procedido aprobar la Ficha Técnica Parcial que corresponde al 20%
mínimo del tramo contratado y que, también, se hayan cumplido las siguientes condiciones:
a) Que la Entidad notifique al contratista la designación del supervisor.
b) Que la Entidad haya hecho entrega total o parcial del Sector o terreno a intervenir, según el
objeto del contrato.
Las notificaciones por parte de la Entidad al Contratista pueden ser también, vía correo
electrónico, y tendrán la misma validez y eficacia que una comunicación escrita. Para dicho
efecto, las partes acreditarán los correos electrónicos oficiales de comunicación en la firma del
contrato, siendo responsabilidad del contratista mantener vigente y activo dicho correo
electrónico, desde la suscripción del contrato hasta la emisión de la conformidad del servicio,
toda vez que, la Entidad entenderá como notificada la comunicación con el solo envío del correo
electrónico. Sin embargo, se DEBE tomar en cuenta su regularización formal documentada en
físico, en cumplimiento de los procedimientos normativos y administrativos en consideración a la
Ley de Procedimiento Administrativo General. Para lo cual, en la notificación en físico, se
adjuntará la copia del correo electrónico de comunicación.
1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES
Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo
efecto deben cancelar la suma de S/ 5.00 (Cinco Soles) en la caja de la entidad sitio Jr.
Teniente Emilio Fernandez N° 130, Urb. Santa Beatriz -Lima.
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Importante
El costo de entrega de un ejemplar de las bases no puede exceder el costo de su reproducción.
1.10. BASE LEGAL
- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.
- Ley Nº 30519 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal
2017.
- Ley N° 28411, Ley General del sistema Nacional de Presupuesto.
- Ley N°30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario paras las
intervenciones del gobierno nacional frente a desastres y que dispone la creación de la
autoridad para la reconstrucción con cambios.
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su modificación mediante Decreto
Legislativo 1341en adelante la Ley
- Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF y
su modificación efectuada mediante Decreto Supremo Nº 056-2017-EF.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
En caso se emitan nuevos dispositivos en el marco de la norma de reconstrucción las bases y
los Términos de Referencia se ajustarán automáticamente a los mismos, no siendo materia
de impugnación de los postores.
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2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta se presenta en un (1) sobre cerrado en original, dirigido al comité de selección de la
Adjudicación Simplificada - LEY Nº 30556, N°0020-2017-MINAGRI-PSI – PRIMERA
CONVOCATORIA, conforme al siguiente detalle:
La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Etapa Fecha, hora y lugar
Convocatoria : 24 de agosto de 2017
Registro de participantes
A través del SEACE
: Desde las: 00:01 horas del 25 de agosto 2017
Hasta las: 09:59 horas del 07 de setiembre de 2017
Formulación de consultas y
observaciones a las bases
A través del
En Mesa de Partes o la que haga
sus veces en la Entidad en
Adicionalmente, remitir el archivo
electrónico a la siguiente dirección
:
:
:
:
Del: 25 de agosto de 2017
Al: 28 de agosto de 2017
Formato para formular consultas y observaciones del Anexo
N° 01 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y
absolución de consultas y observaciones”
Jr. Teniente Emilio Fernandez N° 130, Urb. Santa Beatriz -
Lima , desde las 08:30 hasta las 16:30 horas.
dir.especialista1@psi.gob.pe, ccarhuamaca@psi.gob.pe,
jvaldiviezo@psi.gob.pe.
Absolución de consultas y
observaciones a las bases
: El 31 de agosto de 2017
Integración de bases : El 01 de setiembre de 2017
Presentación de ofertas* : El 07 de setiembre de 2,017
En acto público : Sala de Actos Públicos del PSI, sito en Jr. Teniente Emilio
Fernandez N° 130, Urb. Santa Beatriz -Lima, a las 10:00
horas.
Evaluación y calificación de ofertas : Desde el 07 al 08 de setiembre de 2017
Otorgamiento de la buena pro : El 08 de setiembre de 2017, A través del SEACE
Señores
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Jr. Teniente Emilio Fernández N° 130, Urb. Santa Beatriz - Lima.
Atte.: Comité de Selección
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CONVOCATORIA
Denominación de la convocatoria: SERVICIO DE ELABORACIÓN DE FICHA TÉCNICA
DEFINITIVA Y DESCOLMATACION DEL CAUCE DEL RIO LA LECHE – TRAMO I
OFERTA
[NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
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2.2.1. Documentación de presentación obligatoria
2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta
a) Declaración jurada de datos del Postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por
cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1)
b) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31º del
Reglamento.(Anexo Nº 2)
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración
jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
c) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos
en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)
d) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio.(Anexo Nº 4)
3
e) El precio de la oferta en soles señalando el monto total de la elaboración de la
Ficha Técnica de Prevención a suma alzada y el detalle de precios unitarios de
las actividades previstas para la ejecución de la actividad, las cuales pueden ser
expresados con más de dos decimales. (Anexo Nº5).
f) Carta de compromiso del personal clave con firma legalizada, según lo previsto
en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección.
Importante
El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según
corresponda, verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con
lo requerido, la oferta se considera no admitida.
2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación
El postor debe incorporar en su oferta los documentos que acreditan los “Requisitos
de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente
sección de las bases.
Importante
Cabe subsanación de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del
Reglamento. La legalización de las firmas en la promesa de consorcio y en la carta de
compromiso del personal clave, son subsanables.
2.3. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS
La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos.
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se
considera lo siguiente:
Precio :
80 puntos
Plazo de prestación del servicio : 10 puntos
Mejora a los Términos de Referencia : 10 puntos
3
En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de prestación del servicio, el plazo ofertado en dicho
anexo servirá también para acreditar este factor.
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21
Importante
Luego de culminada la evaluación según los factores de evaluación señalados en el Capítulo IV de
esta sección, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda,
debe determinar si el postor que obtuvo el primer lugar según el orden de prelación cumple con los
requisitos de calificación especificados en el numeral 3.2 del capítulo III de la sección específica de
las bases. Si dicho postor no cumple con los requisitos de calificación su oferta será descalificada.
2.4. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar
el contrato:
a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. CARTA FIANZA
b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los integrantes, de ser el
caso.
c) Código de cuenta interbancaria (CCI).
d) Copia simple de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite
que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
e) Copia simple de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en
caso de persona jurídica.
f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.
g) Estructura de costos o detalle del precio ofertado (Elaboración de Ficha Técnica
Definitiva)
4
.
h) Copia simple de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de
compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento
estratégico requerido. No se aceptará declaraciones juradas.
i) Consignar el sustento del plazo de ejecución ofrecido con un Gráfico PERT CPM
congruente con los Análisis.
j) Consignar para efectos de las notificaciones la dirección de correo electrónico, la cual se
deberá mantener activa durante la vigencia del contrato.
Importante
 En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente
este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de
ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley,
deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los
integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser
aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna
únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva
Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
 En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades
con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel
cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es
retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de
forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo,
conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento. En caso que el postor ganador de la
buena pro no haya presentado el certificado de inscripción en el REMYPE en su oferta,
puede presentarlo con los documentos para el perfeccionamiento del contrato.
 En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no
corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel
cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos
derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem
adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto
4
Incluir solo en caso que la convocatoria del procedimiento sea bajo el sistema a suma alzada.
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señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del
Reglamento.
 De conformidad con la Décima Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento,
dentro del supuesto de hecho de la infracción establecida en el literal h) del artículo 50.1 de
la Ley, referida a la presentación de información inexacta, se encuentra comprendida la
presentación de garantías que no hayan sido emitidas por las empresas indicadas en el
segundo párrafo del artículo 33 de la Ley.
Adicionalmente, debe presentar:
a) Copia simple de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente
actualizado.
b) Certificado de calibración del equipo topográfico y miras.
Importante
 De conformidad con el artículo 234 del Reglamento, las Entidades son responsables de
verificar la vigencia de la inscripción en el RNP del postor ganador de la buena pro en el
perfeccionamiento del contrato, ingresando al portal web del OSCE www.osce.gob.pe sección
RNP.
 Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la
buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual
ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que
correspondan.
 La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el
presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
2.5. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto
el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección
general de las bases, debe presentar la documentación requerida en Mesa de Partes de la
Entidad, sito en Jr. Emilio Fernández N°130 – Santa Beatriz, en el horario de 08:30 a 16:30
horas.
2.6. ADELANTOS
La Entidad otorgará un (1) adelanto directo de hasta el treinta por ciento (30%) del monto del
Contrato Original.
El contratista debe solicitar el adelanto dentro de los primeros ocho (8) días siguientes,
contados a partir de la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por
adelantos mediante Carta Fianza emitida por empresas que se encuentren bajo la supervisión
directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última
lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central
de Reserva del Perú, acompañada del comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho
plazo no procede la solicitud.
La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días calendarios siguientes
a la presentación de la solicitud del contratista.
2.7. FORMA DE PAGO
La forma de pago se realizará de la siguiente manera:
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a) Elaboración de Ficha Técnica Definitiva. – En una sola armada (pago único), previa
validación por parte de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y presentada ante la
Dirección de Infraestructura y Riego del PSI.
Para ello, deberá presentar junto con su solicitud de pago, lo siguiente:
 Documento de validación de la Ficha Técnica Definitiva por parte de la ANA y
comunicado por la Entidad.
 Comprobante de pago
 Código de Cuenta Interbancario.
 No habrá pago por la Ficha Técnica Parcial.
b) Ejecución de las Actividades. – Se pagarán en valorizaciones quincenales, como pagos
a cuenta, según el avance correspondiente al cronograma de ejecución de las
actividades presentadas en el Informe Quincenal respectivo, y con la Conformidad de la
Dirección de Infraestructura y Riego del PSI, previa opinión favorable de conformidad de
la empresa de Supervisión encargada.
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de
los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que
se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. Para lo cual la Entidad
requerirá la siguiente información:
 Informe Quincenal del Servicio.
 Informe de Conformidad de la persona natural o empresa encargada de la
Supervisión.
 Comprobante de Pago.
 Código de Cuenta Interbancario.
2.8. PLAZO PARA EL PAGO
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los
quince (15) días hábiles siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen
las condiciones establecidas en el contrato para ello.
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CAPÍTULO III
REQUERIMIENTO
Importante
De conformidad con el artículo 8 del Reglamento, el área usuaria es responsable de la adecuada
formulación del requerimiento, debiendo asegurar la calidad técnica y reducir la necesidad de su
reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de contratación.
3.1 TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONTRATACION DEL SERVICIO DENOMINADO:
DESCOLMATACIÓN DE CAUCE Y REHABILITACIÓN DE DIQUES DEL RÍO LA LECHE TRAMO
I – COORDENADAS ESTE:620,335 NORTE: 9,288,168 (INICIO DEL TRAMO) AL ESTE: 648,571
NORTE: 9,285,551(FIN DEL TRAMO).
1. FINALIDAD PÚBLICA
Mejorar temporalmente la capacidad del cauce con el propósito de mitigar los daños que podrían
sobrevenir por la probable ocurrencia de lluvias y caudales extraordinarias, como lo sucedido
entre los meses de enero a abril del 2017, y con ello reducir los riesgos de inundaciones, por la
ocurrencia de eventos hidroclimáticos extremos.
2. ANTECEDENTES
Políticamente, la cuenca se encuentra ubicada El Rio La Leche, nace a la altura de Mochumi
Viejo- Pitipo, de la confluencia del Rio Moyan, que viene de las alturas de Incawasi - Uyurpampa,
y del Rio Sangana, que viene de los andes de Miracosta- Chota.
El Fenómeno “El Niño” 1997-1998, causo daños similares al Niño 1982/1983. Las pérdidas
directas fueron del orden de US $ 2,000 millones, de los cuales US $ 1,024 millones (51.2%)
correspondieron a los sectores Agricultura, Vivienda, Transporte y Comunicaciones. En el
análisis no se incluyen pérdidas personales, pérdidas de empleo ni enfermedades, es decir, las
perdidas indirectas y sus consecuencias.
A diferencia de los años con Niño, la inusual alta precipitación en la zona costera norte y centro
del Perú y como consecuencia de ello la activación de quebradas normalmente secas, ocurrido
entre enero y abril del 2017, se debió al calentamiento del mar Pacífico, como resultado de las
ondas Kelvin (ondas calientes) que llegaron de las costas del Pacífico oeste y la ausencia de los
vientos fríos del anticiclón del pacífico sur que normalmente se desplazan de sur a norte. La
elevación de la temperatura de las aguas marinas (en la zona litoral centro) fue de hasta 2°C por
encima del promedio normal y en el litoral norte (Tumbes, Piura y Lambayeque), donde sí se
registró el efecto de un Niño moderado, el calentamiento fue de hasta 5°C por encima del
promedio normal.
Por lo expuesto el gobierno ha decidido realizar inversiones importantes en la ejecución de
actividades y obras de “Prevención y reconstrucción con cambios” que permita a futuro minimizar
los daños a la infraestructura, a las actividades económicas, lograr ciudades más seguras y
buena calidad de vida.
3. OBJETIVO DEL SERVICIO
El presente requerimiento tiene por objeto la contratación del Servicio denominado:
“DESCOLMATACIÓN DE CAUCE Y REHABILITACIÓN DE DIQUES DEL RÍO LA LECHE
TRAMO I – COORDENADAS ESTE:620,335 NORTE: 9,288,168 (INICIO DEL TRAMO) AL
ESTE: 648,571 NORTE: 9,285,551(FIN DEL TRAMO)”; el cual tiene como componentes la
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Elaboración de la FICHA TÉCNICA DEFINITIVA y la EJECUCIÓN DE LA ACTIVIDAD DE
DESCOLMATACIÓN.
4. DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
Las actividades que se han contemplado en el presente servicio son las siguientes:
4.1 ELABORACIÓN DE FICHA TÉCNICA DEFINITIVA
Como parte de la Ficha Técnica Definitiva (FTD) que preparará la Empresa Contratista, se
indicará en planos de planta y perfil del río o quebrada a descolmatar, teniendo en cuenta
los tramos que se encuentran con cursos de agua a través de una batimetría, permitiendo
contar con una plantilla o sección transversal (cada 10 ml en curvas y 20 ml en tramos
rectos), para lo cual deberá definirse rasante con una pendiente que garantice una eficiente
conducción del flujo de agua en condiciones de máximos eventos, determinándose el área
transversal y su correspondiente volumen a ser removido o evacuado del cauce del rio.
Las actividades de conformación y/o rehabilitación de diques y las otras actividades de
prevención previstos en la ficha referencial, será precisadas en planos (ubicación,
preparación de la superficie, origen del material a utilizar, forma y grado de compactación).
Contenido de la Ficha Técnica Definitiva
El esquema del contenido mínimo que se requiere para la Ficha Técnica Definitiva será el
siguiente:
1) Secciones transversales cada 10 m en curvas y 20 m en línea recta, por cada uno de
los Tramos indicados en el numeral 4.3 de estos Términos de Referencia.
2) Alineamiento del eje de la sección proyectada
3) Perfil longitudinal de la rasante, con cota de inicio y fin en cada Sección transversal.
4) Metrados
5) Presupuesto
6) Equipo mínimo
7) Especificaciones Técnicas de la(s) Actividad(es).
La Ficha Técnica Definitiva, deberán presentarse, además de forma física, en formato digital
con archivos ejecutables.
Volumen de Corte -
Descolmatacióna removerse
Nivel de fondo descolmatado
Nivel de fondo actual
ESQUEMA DE SECCIÓN TRANSVERSAL TÍPICA Y ACTIVIDADES
Conformación/Rehabilitación
de Bordo y/o Diques de
Protección y Encauzamiento
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4.2 EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES
La propuesta técnica planteada en estas acciones de prevención, con el propósito de mitigar
los daños que podrían ocurrir en el año 2018, por la probable ocurrencia de lluvias y
caudales extraordinarios, es la descolmatación del cauce del río La Leche se requiere la
descolmatación del cauce en una longitud de 35 km, ancho promedio de 60 m, profundidad
de corte 1.20m, con la finalidad de recuperar la capacidad hidráulica del río ante las
próxima temporada de avenidas. Además en encimado de diques con material de préstamo
en una longitud de 2.23 km. El encimado de dique se desarrollará en 04 tramos que suman
2.23 km (Huaca La Ventana 0.18 km, La Cirila0.60 km, Culpón 1.2 km y San Isidro 0.25
kml); utilizando excavadora hidráulica y transportando material del cerro Escute y
encimándolo sobre los bordos conformados logrando una sección trapezoidal semi
compactada hasta lograr una altura total de 3.5 m con talud de la cara húmeda de 1:15 y
corona de 3.0 ml
Los trabajos consisten en el corte del material acumulado producto de la sedimentación del
río, empleándose un tractor sobre orugas, el cual además empujará y arrastrará el material
de corte hacia las márgenes del cauce, priorizando la margen más erosionada o con mayor
riesgo de desbordes de flujo.
El nivel de corte o nivel de fondo descolmatado, por debajo del nivel de fondo actual, estará
determinado por la pendiente de la rasante de fondo, de tal forma que su continuidad a lo
largo de todo el tramo del río intervenido permita un flujo continuo y eficiente del caudal
máximo a conducir sin que se produzcan derrames o fugas por las márgenes.
Una parte del material de corte, producto de las actividades de descolmatación, será
empleada en la conformación y/o rehabilitación de un Dique de protección y encauzamiento,
ya sea en ambas o una margen críticas, con riesgos de desbordes. Para esta actividad se
empleará una excavadora sobre orugas, la cual además deberá compactar con el
“cucharón” el dique conformado o rehabilitado. Se realizarán trabajos de nivelación de la
corona, con desplazamientos longitudinales del tractor a lo largo de la corona, de manera
que se logre dar forma y un semi compactado al bordo.
4.3 TRAMOS A INTERVENIR - RESUMEN DE METRADOS A EJECUTAR
La propuesta de descolmatación, señalados desde aguas abajo hacia aguas arriba,
considera un total de 35 Km de descolmatación, de acuerdo al siguiente detalle:
 Punto Inicial Este: 620,335 m. Norte 9, 288,168 m. (Inicio del tramo)
 Punto Final Este: 648,571 m. Norte 9, 285,551 m. (Fin del tramo)
La sumatoria total, en kilómetros, de los tramos a intervenir es: 35
METRADOS A EJECUTAR:
DESCRIPCIÓN UND CANTIDAD
TRABAJOS PRELIMINARES
Caseta de guardianía y almacén Gbl 1
Cartel de identificación de la actividad Und 1
Movilización y desmovilización de maquinaria GBL 1
Rehabilitación de caminos de acceso Km 0.5
Replanteo topográfico del trazo Km 35.0
Control topográfico Km 35.0
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27
DESCRIPCIÓN UND CANTIDAD
MOVIMIENTO DE TIERRAS
Excavación, Corte, Descolmatación ( *) m3 3'150,000.00
Conformación - Rehabilitación de Bordos, Diques (**) m3 1'334,375.00
ENCIMADO DE DIQUE
Extracción de material de afirmado en cantera m3 21,854.00
Carguío y transporte de material de préstamo m3 21,854.00
Colocación de afirmado en Talud m3 21,854.00
(*) Referencial: Ancho promedio de 60 m; Altura variable de 0.80 m a 0.90 m
(**) Referencial. El Volumen requerido para la Conformación y/o Rehabilitación de Bordos y
Diques de protección estará en función de lo establecido por el Contratista en la Ficha
Técnica Definitiva, con aprobación del Supervisor.
4.4 TIPO DE MAQUINARIA Y POTENCIA MÍNIMA REQUERIDA Y EQUIPOS
TIPO DE MAQUINARIA POTENCIA CAPACIDAD CANTIDAD
Camioneta Pick UP 4x4 ≥ 100 HP ≥ C.U. 0.8 T 03
Tractor de orugas ≥ 300 HP - 32
Excavadora sobre orugas 170m - 250 HP 05
Camión Volquete ≥ 15 m3 05
Estación Total (Incluye Prismas)(*) - - 03
Nivel (Incluye Miras)(*) - - 03
Equipo de Dron con GPS, con las
siguientes características mínimas
(Alcance mínimo 2 km, Cámara de
18 MP, RGB, Píxeles de 1.5 cm de
resolución, 50 minutos de
autonomía de vuelo, resistente a
mínimo 40 Km/h de velocidad del
viento, aproximado de 10 km2-12
km2 de recubrimiento por vuelo)
- - 01
(*)Incluye Certificado de Calibración con una anticipación no mayor de 06 meses
Acreditación: Copia de documentos que sustenten la propiedad, el compromiso de compra
venta a futuro, arrendamiento financiero o alquiler u otro documento que acredite la
disponibilidad de la maquinaria pesada y equipos requeridos y donde se precise las
características técnicas mínimas que identifiquen al bien, las mismas que no deben ser
menores a lo solicitado.
La antigüedad de la maquinaria pesada y equipos no deberá ser mayor de siete (7) años
contados a la fecha de presentación de ofertas.
Al inicio de la ejecución de las actividades, la maquinaria pesada y equipos ofrecidos deben
encontrarse en la zona de trabajo, y estar 100% operativos, lo que será verificado por la
Empresa Supervisora e informado a la Entidad. De no ser así, el Contratista se hará
acreedor a una penalidad diaria tal como se indica en el Item 15.
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El Contratista tendrá 24 horas para reemplazar la maquinaria pesada y/o equipo que no
cumple con lo estipulado en los presentes Términos de Referencia.
De acumularse las Penalidades y alcanzar el 10% del monto del contrato, la Entidad podrá
resolver el contrato sin necesidad de requerimiento previo.
Requerimientos adicionales:
Si como resultado del control de avance en la ejecución de las actividades, se determina por
parte del supervisor un retraso injustificado del contratista, en donde el monto valorizado
acumulado ejecutado a una fecha determinada sea menor al ochenta por ciento (80%) del
monto de la valorización acumulada programada a dicha fecha; el contratista deba
presentar, dentro de los dos (2) días siguientes, un calendario acelerado de modo que se
garantice el cumplimiento del servicio dentro del plazo previsto. En ese caso, de ser
necesario, la Entidad podrá requerir al Contratista, a través del Supervisor, maquinaria
pesada y/o equipos adicionales, de iguales o mejores características a las ofertadas, así
como el respectivo personal, a fin de garantizar la culminación de los trabajos dentro del
plazo máximo La Entidad determinará el plazo máximo para la puesta en servicio de dicha
maquinaria pesada, equipos y personal adicionales El plazo mínimo para la provisión de
dichos equipos, maquinaria y personal adicionales será de siete (7) días calendarios,
contados desde el requerimiento del Supervisor.
El requerimiento antes indicado podrá realizarse por parte de la Entidad, a través del
Supervisor, en caso se requiera culminar con anterioridad al Cronograma Contractual,
incluyendo el caso de trabajos nocturnos, según las necesidades del servicio.
El requerimiento antes indicado podrá realizarse por parte de la Entidad, a través del
Supervisor, en caso se requiera culminar con anterioridad al Cronograma Contractual,
incluyendo el caso de trabajos nocturnos, según las necesidades del servicio.
5. LUGAR DE EJECUCION DEL SERVICIO
Departamento de Lambayeque, provincia de Lambayeque:
COORDENADAS ESTE:620,335 NORTE: 9,288,168 (INICIO DEL TRAMO) AL ESTE: 648,571
NORTE: 9,285,551(FIN DEL TRAMO).
6. SISTEMA DE CONTRATACION
Esquema Mixto:
- SUMA ALZADA para la elaboración de la FICHA TECNICA DEFINITIVA
- A PRECIOS UNITARIOS para la ejecución de las actividades.
7. PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO
Se contempla una duración efectiva del plazo total del servicio de hasta ochenta y cinco (85) días
calendario, dispuestos de la forma siguiente:
Elaboración de Ficha Técnica Definitiva:
De hasta veintiún (21) días calendario. Debiendo tener en consideración, que a partir del día 13
se inicia la ejecución de las actividades, entendiéndose que a partir de esa fecha se
desarrollarán paralelamente, las actividades de elaboración de la Ficha Técnica Definitiva y la
Ejecución de las actividades.
Ejecución de las Actividades:
De hasta setenta y tres (73) días calendario.
El plazo para la elaboración de la Ficha Técnica Definitiva se iniciará al día siguiente de la firma
del contrato.
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Con el objetivo de que se terminen o concluyan los trabajos antes de la época de lluvias; se
dispone que, para la elaboración de la Ficha Técnica Definitiva, el Contratista estará obligado a
presentar, dentro de los primeros siete (7) días calendario, desde el siguiente día de la firma del
contrato, una Ficha Técnica Parcial que considere como mínimo el veinte por ciento (20%) del
tramo contratado; con la finalidad de iniciar la ejecución de la actividad de descolmatación, previa
revisión y aprobación de la supervisión y de la Entidad.
Asimismo, a los veintiún (21) días posteriores a la firma del contrato, el Contratista deberá
presentar la Ficha Técnica Definitiva de todo el tramo contratado, que incluirá el tramo mínimo
parcial del 20% que fuera presentado para el inicio de la ejecución de la actividad contratada.
El plazo de la ejecución de las Actividades se inicia a partir del día siguiente de notificado al
contratista que se ha procedido aprobar la Ficha Técnica Parcial que corresponde al 20%
mínimo del tramo contratado y que, también, se hayan cumplido las siguientes condiciones:
a) Que la Entidad notifique al contratista la designación del supervisor.
b) Que la Entidad haya hecho entrega total o parcial del Sector o terreno a intervenir, según el
objeto del contrato.
El plazo máximo para el término de ejecución de las actividades será el 15 de diciembre de
2017.
Las notificaciones por parte de la Entidad al Contratista pueden ser también, vía correo
electrónico, y tendrán la misma validez y eficacia que una comunicación escrita. Para dicho
efecto, las partes acreditarán los correos electrónicos oficiales de comunicación en la firma del
contrato, siendo responsabilidad del contratista mantener vigente y activo dicho correo
electrónico, desde la suscripción del contrato hasta la emisión de la conformidad del servicio,
toda vez que, la Entidad entenderá como notificada la comunicación con el solo envío del correo
electrónico. Sin embargo, se DEBE tomar en cuenta su regularización formal documentada en
físico, en cumplimiento de los procedimientos normativos y administrativos en consideración a la
Ley de Procedimiento Administrativo General. Para lo cual, en la notificación en físico, se
adjuntará la copia del correo electrónico de comunicación.
8. ALCANCE DEL SERVICIO
8.1. El Servicio de elaboración de la Ficha Técnica Definitiva se desarrollará de acuerdo con la
Ficha Técnica Referencial que se adjunta.
8.2. El desarrollo de las actividades de descolmatación y las actividades de conformación y/o
rehabilitación de diques y las otras actividades de prevención se desarrollará de acuerdo a
la Ficha Técnica Definitiva elaborada por el Contratista.
9. CONFORMIDAD DE SERVICIO
La conformidad del servicio será emitida por la Dirección de Infraestructura de Riego del
Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, previa opinión favorable de conformidad de la
Supervisión encargada, una vez culminado el servicio.
9.1 Con respecto a la Elaboración de Fichas Técnicas Parcial y Definitiva:
La Ficha Técnica Definitiva, así como la Ficha Técnica Parcial equivalente al 20% mínimo del
tramo contratado, deben ser presentadas en un (1) original y tres (3) copias. Esta información
deberá ser presentada en formato físico y digital.
La Autoridad Nacional del Agua (ANA), es la entidad encargada de la validación de la Ficha
Técnica Definitiva; la que incluye también la Ficha Técnica Parcial equivalente al 20% mínimo del
tramo contratado. Para ello, dentro del plazo establecido para ambos casos, el Contratista
presentará la Ficha correspondiente (un original y una copia, en formato físico y digital) ante la
oficina de la ANA de la localidad, para su revisión y, simultáneamente, a la Supervisión (dos
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30
copias, en formato físico y digital), la cual el mismo día la remitirá a la Entidad (oficina de
coordinación local) para el control de plazos.
La Autoridad Nacional del Agua (ANA) tendrá dos (2) días hábiles, a partir del día siguiente de
recibida la Ficha, para revisar y pronunciarse validando u observando la Ficha presentada por el
Contratista:
a) Si esta es observada, la ANA comunicará a la Entidad (oficina de coordinación local) para que
esta, en el plazo de un (1) día hábil de recibido el pronunciamiento, notifique al Contratista
para que subsane las observaciones.
b) Si la ANA la encuentra conforme y valida la Ficha, lo comunica a la Entidad (sede Lima), para
que esta última, vía correo electrónico con copia a la supervisión y a la oficina de
coordinación local, comunique al contratista la aprobación de la Ficha; luego de ello, la
entidad cumplirá con la remisión formal de la documentación en físico.
De encontrarse observaciones, el Contratista tiene un plazo de 48 horas, a partir de la
notificación por parte de la Entidad (oficina de coordinación local), para subsanarlas y
presentarlas nuevamente a la ANA, luego de lo cual, se sigue el procedimiento descrito en el
presente ítem, por una única vez más.
Si nuevamente la Ficha Técnica es observada, por encontrarse nuevas observaciones a
consecuencia del levantamiento de observaciones o que aun persistan las anteriores; se tomará
como no presentada la Ficha Técnica correspondiente aplicándose la penalidad por mora en la
ejecución de la prestación para este Ítem, contados a partir del día siguiente de su plazo original
de presentación. Esta penalidad diaria se computará hasta la fecha en que se haya presentado
el levantamiento de las observaciones y que, luego de esto, la Ficha haya sido declarada
conforme y validada. De llegarse a acumular la penalidad diaria hasta el monto máximo de 10%
del contrato, se procederá a resolver el contrato sin necesidad de requerimiento previo.
De suceder esto, y ante la necesidad urgente de culminar con la ejecución de las prestaciones
derivadas de este, sin perjuicio de que dicha resolución se encuentre sometida a alguno de los
medios de solución de controversias, la entidad puede contratar a alguno de los postores que
participaron en el procedimiento de selección. Para estos efectos, la Entidad debe determinar el
precio de dichas prestaciones, incluyendo todos los costos necesarios para su ejecución,
debidamente sustentados Una vez determinado el precio y las condiciones de ejecución, y de
existir disponibilidad presupuestal, la Entidad invita a los postores que participaron en el
procedimiento de selección para que, en un plazo máximo de cinco (5) días, manifiesten su
intención de ejecutar las prestaciones pendientes de ejecución por el precio y condiciones
señalaos en el documento de la invitación. De presentarse más de una aceptación a la invitación,
la Entidad contrata con aquel postor que ocupó una mejor posición en el orden de prelación en el
procedimiento de selección correspondiente. En ese caso, el órgano encargado de las
contrataciones debe realizar la calificación del proveedor con el que se va a contratar, una vez
culminada la calificación, se procederá a perfeccionarse el contrato de acuerdo a los
lineamientos establecidos el numeral 2.4 de la Sección Específica de las Bases.
10. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
10.1 Mantenimiento Preventivo: Realizar el mantenimiento diario de cada una de las máquinas
pesadas y equipos.
10.2 Soporte Técnico: Disponer, como apoyo mecánico, de personal técnico especializado en la
zona de prestación o ejecución del servicio y de un equipo mínimo móvil que solucione o
realice reparaciones menores y/o elementos de desgaste en cada frente de trabajo, según
corresponda.
10.3 Del Proveedor:
Será una persona jurídica, que cuente RUC y RNP en el capítulo de servicios y que no se
encuentre impedido, suspendido, ni inhabilitado para contratar con el Estado. Con
experiencia en servicios similares, tales como:
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 Se considerará servicios similares a los Servicios o ejecución de obras de
descolmatación de ríos y/o servicios o ejecución de obras de descolmatación de
quebradas y/o servicios o ejecución de obras de encauzamiento de ríos y/o servicios
o ejecución de obras de encauzamiento de quebradas y/o servicios o ejecución de
obras de defensa ribereña de ríos tales como diques, gaviones, ennrocados,
espigones y/o servicios o ejecución de obras de conformación de bordos.
10.4 Plantel Profesional requerido para el Postor
 Para la elaboración de la Ficha Técnica Definitiva:
Personal Clave:
 Jefe de Proyecto. - Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil.
 Especialista en Mecánica de Suelos. – Ingeniero Civil o Geólogo.
 Jefe de Topografía. –Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil.
Personal de Apoyo:
 Topógrafos. –Tres (03) topógrafos con certificación a nombre de la Nación
emitido por cualquier Instituto de Educación Superior.
 Para la Ejecución de las Actividades:
Personal Clave:
 Dirección Técnica. - Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil.
 Asistente Técnico.–Dos (2) Ingenieros Agrícolas o Ingenieros Civiles.
 Administrador de contrato. – Ingeniero Civil o Licenciado en Administración
o Contador Público.
 Especialista en Seguridad. - Ingeniero Civil o Ingeniero Industrial o
Ingeniero de Higiene y Salud Industrial.
 Jefe de Topografía. – Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil.
Personal de Apoyo:
 Topógrafos. – Tres (03) topógrafos con certificación a nombre de la Nación
emitido por cualquier Instituto de Educación Superior.
 Jefe de Mantenimiento de Maquinaria Pesada. – con certificado, curso o
capacitación en mantenimiento de maquinaria pesada.
IMPORTANTE:
 El personal asignado al servicio deberá contar con el Seguro Complementario de
Trabajo Riesgo (SCTR) vigente durante la prestación del servicio. Dichos seguros
deberán ser presentados en copia simple a la Dirección de Infraestructura de Riego y
a la Oficina de Administración y Finanzas del PSI.
 El persona del contratista deberá contar con los equipos e implementos de seguridad,
de acuerdo a las normas vigentes.
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 Teniendo en consideración que el servicio se desarrollará a doble turno, es necesario
contar con mano de obra no calificada de la zona para el inmediato reemplazo. En
ese sentido se solicita que con motivo de la presentación de la oferta, el postor
presente una Declaración Jurada, en la que se comprometa a contratar a no menos
del 80% de la mano de obra no calificada que resida en las localidades aledañas de
la zona a trabajar.
10.5 Equipos y Maquinaria: Los equipos y maquinaria a utilizar por parte del proveedor
deberán encontrarse operativos, en buen estado y con certificados de calibración no
mayor a seis (6) meses de antigüedad (solo en el caso del equipo de topografía, señalado
en el numeral 4.4 de los Términos de la Referencia).
En caso la maquinaria señalada en el numeral 4.4 de estos Términos de Referencia no se
encuentre operativo, por razones de mantenimiento, el contratista tiene la obligación de
reemplazar momentánea o permanentemente dicho equipamiento, pero sin dejar de
prestar los servicios pactados en ninguno de los días del plazo. En cualquier caso de
reemplazo debe tratarse cuando menos de las mismas características de equipamiento.
10.6 Adelantos: Se establece un (1) adelanto directo de hasta el 30%del monto del contrato
original; para lo cual el contratista tiene un plazo de ocho (8) días hábiles, contados a partir
de la suscripción del Contrato, para solicitar formalmente la entrega del mismo, adjuntando
a su solicitud la garantía (entiéndase CARTA FIANZA emitida por empresas que se
encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir
garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera
categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú, por el monto
de adelanto) y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procede
la solicitud del adelanto. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete
(7) días contados a partir del día siguiente de recibida la mencionada documentación.
La entrega de este adelanto NO se considerará como condición para que el
contratista inicie la etapa de ejecución de ninguna de las actividades.
10.7 El servicio: El Precio de la Oferta comprende la Ficha Técnica Definitiva y la Ejecución de
las Actividades, el mismo que incluye: combustible, seguros para la maquinaria pesada,
equipos y el personal, autorizaciones, licencias, permisos, accesos, operadores,
guardianía, el plantel profesional mínimo requerido para el postor, mantenimientos,
traslados, elementos de protección y de servicios para su personal, entre otros necesarios
para la efectiva prestación del servicio a contratar.
10.8 Garantía de Fiel Cumplimiento: El postor ganador deberá proporcionar al Programa
Subsectorial de Irrigaciones - PSI una Carta Fianza como garantía de Fiel Cumplimiento
por el monto equivalente al 10% del monto adjudicado.
10.9 Otras Consideraciones: El proveedor del servicio será responsable por los daños y/o
perjuicios causados a terceros y responderá directamente, excluyendo al PSI de cualquier
responsabilidad por su acción u omisión.
11. FORMA DE PAGO
La forma de pago se realizará de la siguiente manera:
a) Elaboración de Ficha Técnica Definitiva. – En una sola armada (pago único), previa
validación por parte de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y presentada ante la
Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del PSI.
Para ello, deberá presentar junto con su solicitud de pago, lo siguiente:
 Documento de validación de la Ficha Técnica Definitiva por parte de la ANA y
comunicado por la Entidad.
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 Comprobante de pago
 Código de Cuenta Interbancario.
 No habrán pagos por las Fichas Técnicas Parciales
b) Ejecución de las Actividades. – Se pagarán en valorizaciones quincenales, como pagos
a cuenta, según el avance correspondienteal cronograma de ejecución de las
actividades presentadas en el Informe Quincenal respectivo, y con la Conformidad de la
Dirección de Infraestructura Agraria y Riego delPSI, previa opinión favorable de
conformidad delaempresa de Supervisión encargada.
La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de
los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que
se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. Para lo cual la Entidad
requerirá la siguiente información:
 Informe Quincenal del Servicio.
 Informe de Conformidad delaempresa encargada de la Supervisión.
 Comprobante de Pago.
 Código de Cuenta Interbancario.
12. SUPERVISION DEL SERVICIO
Se realizará a través de la Supervisión, persona jurídica, que encargará la Dirección de
Infraestructura de Riego del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI.
13. INFORMES QUINCENALES Y FINAL DEL CONTRATISTA
Los informes deberán ser presentados en Mesa de Partes de la Entidad en un original y dos
copias, en formato físico y digital; dentro de los cinco (05) días siguientes Se realizará a través
de la Supervisión, persona natural o jurídica, que encargará la Dirección de Infraestructura de
Riego del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI del periodo a valorizar o a la culminación
de la actividad contratada.
Para este efecto, estos informes deben ser culminados y presentados a la Supervisión el último
día del periodo a valorizar; para que la Supervisión los revise y apruebe, recomendando la
cancelación del servicio parcial o total, según corresponda.
En los informes a presentar por el proveedor del servicio o contratista, se deberá comprender,
entre otros aspectos, el siguiente contenido:
1) Resumen General
2) Descripción de la Actividad
3) Del Control de la Actividad
4) Avance Físico de la Actividad por Partida
5) Metrados y Valorización
6) Personal, maquinaria pesada y equipos del Contratista
7) Informe del estado de operatividad de la maquinaria
8) Resumen de Documentación y Reuniones Técnicas
9) Conclusiones y Recomendaciones
10) Anexos
11) Panel Fotográfico
12) Planos
13) Informe de aprobación por parte de la Supervisión.
Se debe realizar una descripción de las ocurrencias del trabajo, en los que se indicarán
detalladamente, entre otros, los métodos utilizados, personal en la Actividad, valorizaciones,
cronogramas de avance, fotografías (panel fotográfico digital que registre día a día el desarrollo
de la actividad); videos filmados con Drones que muestren las zonas a intervenir antes, durante y
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34
después de la actividad, incidencias en la labor de la Dirección Técnica, comentarios y
recomendaciones del contratista, resumen comentado de los problemas presentados y la forma
de cómo se resolvieron.
14. PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCION DE LA PRESTACION DEL SERVICIO
En caso de retraso injustificado del Contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del
Contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso.
La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo con la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x monto
F x plazo en días
Donde F tiene los siguientes valores:
a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general,
consultorías y ejecución de obras: F = 0.40.
b) Para plazos mayores a sesenta (60) días:
b.1) Para bienes, servicios en general y consultorías: F = 0.25.
Esta penalidad también se aplicará en caso de retraso de las “Actividades” que correspondan a
los “Trabajos Preliminares”.
15. OTRAS PENALIDADES
Con el objeto de asegurar una mejor calidad de la ejecución de los trabajos; se establecen estas
otras penalidades:
Penalidades
N° Supuestos de aplicación de
penalidad
Forma de cálculo Procedimiento
1
Cuando el contratista cambie al
personal propuesto sin contar con la
autorización previa de la Entidad,
excepto en Caso Fortuito o Fuerza
Mayor, debidamente acreditado.
= 1*UIT
Por cada cambio de
personal.
Según informe de la
Supervisión o de la
DIR.
2
No cumple con proveer el personal o
maquinaria ofrecida o en las
condiciones ofrecidas, en su
propuesta o que esta última no se
encuentre 100% operativa.
= 0.001*M
Por cada día de
incumplimiento y por
cada personal y/o
maquinaria
Según informe de la
Supervisión o de la
DIR.
3
Cuando el personal del contratista no
cuenta con los equipos e
implementos de seguridad, de
acuerdo con las normas vigentes a la
fecha de suscripción de contrato.
= 0.002*M
Por cada ocurrencia.
Según informe de la
Supervisión o de la
DIR.
4
En caso el responsable de la
Dirección Técnica no se encuentre
presente en el lugar de la prestación
= 0.002*M
Por cada día de
Según informe de la
Supervisión o de la
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35
de la actividad, excepto en Caso
Fortuito o Fuerza Mayor,
debidamente acreditado.
incumplimiento. DIR.
5
Cuando el Contratista no cumple en
presentar el informe correspondiente,
dentro del plazo señalado
= 0.001*M
Por cada día de
incumplimiento.
Según informe de la
Supervisión o de la
DIR.
6
No reporta los accidentes de trabajo
de acuerdo con lo estipulado en la
Ley Nº29783 de Seguridad y Salud
en el Trabajo.
= 0.002*M
Por cada ocurrencia.
Según informe de la
Supervisión o de la
DIR.
7
Incumplimiento en las medidas de
Seguridad y Señalización, cuando el
Contratista no cuente con los
dispositivos de seguridad, tanto
peatonal o vehicular incumpliendo las
normas.
= 0.002*M
Por cada ocurrencia.
Según informe de la
Supervisión o de la
DIR.
8
Reemplazar al Ingeniero Director
Técnico propuesto en su oferta
técnica, en el periodo comprendido
desde la firma del contrato y hasta el
50% del plazo de ejecución
trascurrido, por considerarse
determinante, entre otros, que con
dicho Director Técnico en ese periodo
se debe garantizar que el servicio se
efectué en forma oportuna y bajo las
mejores condiciones de precio y
calidad, excepto en Caso Fortuito o
Fuerza Mayor, debidamente
acreditado.
= 0.01*M
Por cada ocurrencia
Según informe de la
Supervisión o de la
DIR.
9
Falta de presentación o presentación
tardía de las Fichas Técnica
Parciales o Ficha Técnica Definitiva,
según corresponda
=0.015*M
Por cada día de
atraso
Según informe de la
Supervisión o de la
DIR.
10
Falta de subsanación oportuna de las
observaciones a las Fichas Técnicas
Parciales o Ficha Técnica Definitiva,
según corresponda
=0.015*M
Por cada día de
atraso
Según informe de la
Supervisión o de la
DIR.
11 Reemplazo de maquinaria que no
cumple con las mismas
características de las solicitadas
=0.001*M
Por cada de día de
funcionamiento de
cada máquina
reemplazada
Según informe de la
Supervisión o de la
DIR.
Nota: El PSI durante la etapa de ejecución contractual, tomará las medidas preventivas
necesarias, a fin de verificar el cumplimiento en lo concerniente a la maquinaria, equipo y
personal propuesto.
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36
Donde M: Monto del Contrato Vigente
Nota.- Se adjunta a los Términos de Referencia, la Ficha Referencial del servicio de descolmatación
de ríos.
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37
16. REQUISITOS DE CALIFICACION
A CAPACIDAD LEGAL
A.1 REPRESENTACIÓN
Requisitos:
 Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe
la oferta.
En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno
de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según
corresponda.
 Promesa de consorcio con firmas legalizadas5
, en la que se consigne los
integrantes, el representante común, el domicilio común, correo electrónico para
comunicaciones y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los
integrantes del consorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas
obligaciones. (Anexo Nº 6).
 Asimismo, el porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato,
para el integrante del consorcio que acredite mayor experiencia, es de 50%.
La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
El representante común o legal del consorcio se encuentra facultado para
actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al
procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y
suficientes facultades.
Acreditación:
 Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del
representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto,
expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30)
días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de
emisión.
 Promesa de consorcio con firmas legalizadas.
A.2 HABILITACIÓN
Requisitos:
El Postor deberá tener su RNP en el Capítulo de Servicios.
Acreditación:
Copia de la Constancia RNP en el Capítulo de Servicios.
5
En caso de presentarse en consorcio.
PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1
38
Importante
En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera
comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al
objeto de la convocatoria debe acreditar este requisito.
B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL
B.1 EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO
Requisitos:
TIPO DE MAQUINARIA POTENCIA CAPACIDAD CANTIDAD
Camioneta Pick UP 4x4 ≥ 100 HP ≥ C.U. 0.8 T 03
Tractor de orugas ≥ 300 HP - 32
Excavadora sobre orugas 170m - 250
HP
05
Camión Volquete ≥ 15 m3 05
Estación Total (Incluye Prismas)(*) - - 03
Nivel (Incluye Miras)(*) - - 03
Equipo de Dron con GPS, con las
siguientes características mínimas
(Alcance mínimo 2 km, Cámara de
18 MP, RGB, Píxeles de 1.5 cm de
resolución, 50 minutos de
autonomía de vuelo, resistente a
mínimo 40 Km/h de velocidad del
viento, aproximado de 10 km2-12
km2 de recubrimiento por vuelo)
- - 01
(*)Incluye Certificado de Calibración con una anticipación no mayor de 06 meses
La antigüedad de los equipos o maquinaria no será mayor a los siete (07) años, a
la fecha de presentación de ofertas.
Acreditación:
Copia de documentos que sustenten la propiedad, el compromiso de compra venta a
futuro, arrendamiento financiero o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad
del equipamiento estratégico requerido. De donde también se pueda verificar la
antigüedad de los equipos o maquinaria.
B.3 CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE
B.3.1 FORMACIÓN ACADÉMICA
Para la Elaboración de la Ficha Técnica Definitiva:
PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI
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JEFE DE PROYECTO:
Requisitos:
Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil.
ESPECIALISTA EN MECÁNICA DE SUELOS:
Requisitos:
Ingeniero Civil o Geólogo.
JEFE DE TOPOGRAFÍA:
Requisitos:
Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil.
Para la Ejecución de la Actividad:
DIRECCIÓN TÉCNICA:
Requisitos:
Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil.
ASISTENTE TÉCNICO - DOS (02) PROFESIONALES:
Requisitos:
Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil.
ADMINISTRADOR DE CONTRATO:
Requisitos:
Ingeniero Civil o Licenciado en Administración o Contador Público.
ESPECIALISTA EN SEGURIDAD:
Requisitos:
Ingeniero Civil o Ingeniero Industrial o Ingeniero de Higiene y Salud Industrial.
JEFE DE TOPOGRAFÍA:
Requisitos:
Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil.
Acreditación:
- La formación académica solicitada a los profesionales, se acreditarán con copia
simple del Título Profesional.
Se precisa que al inicio de su participación efectiva, el citado personal
deberá remitir las constancias de habilidad correspondientes a la Entidad.
B.4 EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE
Para la Elaboración de la Ficha Técnica Definitiva:
JEFE DE PROYECTO:
Acreditar 3 años de experiencia profesional como Jefe de Proyecto y/o residente
y/o supervisor, en servicios y/u obras similares.
PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1
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ESPECIALISTA EN MECÁNICA DE SUELOS:
Acreditar 3 años de experiencia profesional como Especialista en Mecánica de
Suelos y/o residente y/o supervisor, en servicios y/u obras similares.
JEFE DE TOPOGRAFÍA:
Acreditar 3 años de experiencia profesional como Jefe de Topografía y/o
residente y/o supervisor, en servicios y/u obras similares.
Para la Ejecución de la Actividad:
DIRECCIÓN TÉCNICA:
Acreditar 3 años de experiencia profesional como Director Técnico y/o residente
y/o supervisor, en servicios y/u obras similares.
ASISTENTE TÉCNICO:
Acreditar 3 años de experiencia profesional como Asistente Técnico y/o residente
y/o supervisor y/o asistente, en servicios y/u obras similares.
ADMINISTRADOR DE CONTRATO:
Acreditar 3 años de experiencia profesional como Administrador de Contratos y/o
residente y/o supervisor, en servicios y/u obras en general.
ESPECIALISTA EN SEGURIDAD:
Acreditar experiencia profesional como Especialista en Seguridad y/o residente
y/o supervisor, en obras y/o servicios en general, por un plazo no menor de 3
años.
JEFE DE TOPOGRAFÍA:
Acreditar 3 años de experiencia profesional como Jefe de Topografía y/o
residente y/o supervisor, en servicios y/u obras similares.
Acreditación:
La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes
documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii)
constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera
fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.
Servicios similares:
Se considerará servicios similares a los Servicios o ejecución de obras de
PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1
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descolmatación de ríos y/o servicios o ejecución de obras de descolmatación de
quebradas y/o servicios o ejecución de obras de encauzamiento de ríos y/o
servicios o ejecución de obras de encauzamiento de quebradas y/o servicios o
ejecución de obras de defensa ribereña de ríos tales como diques, gaviones,
ennrocados, espigones y/o servicios o ejecución de obras de conformación de
bordos.
C EXPERIENCIA DEL POSTOR
C.1 FACTURACIÓN
Requisitos:
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 55'000,000.00
soles, por la contratación de servicios iguales y/o similares al objeto de la convocatoria y/o
en la actividad, durante un periodo de ocho (8) años a la fecha de la presentación de
ofertas.
Se consideran servicios similares a los siguientes:
Se considerará servicios similares a los Servicios o ejecución de obras de descolmatación
de ríos y/o servicios o ejecución de obras de descolmatación de quebradas y/o servicios o
ejecución de obras de encauzamiento de ríos y/o servicios o ejecución de obras de
encauzamiento de quebradas y/o servicios o ejecución de obras de defensa ribereña de
ríos tales como diques, gaviones, ennrocados, espigones y/o servicios o ejecución de
obras de conformación de bordos.
Acreditación:
Copia simple de contratos u órdenes de servicios, y su respectiva conformidad por la
prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental
y fehacientemente, con VOUCHER DE DEPÓSITO, REPORTE DE ESTADO DE
CUENTA, CANCELACIÓN EN EL DOCUMENTO, correspondientes a un máximo de
veinte (20) contrataciones.
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola
contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se
asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso
solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas
en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor.
En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la
parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas,
debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los
respectivos comprobantes de pago cancelados.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la
promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente
el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario,
no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.
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  • 1. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 1 BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EN GENERAL ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY Nº30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI PRIMERA CONVOCATORIA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN DE FICHA TÉCNICA DEFINITIVA Y DESCOLMATACIÓN DEL CAUCE DEL RIO LA LECHE - TRAMO 1, EN EL MARCO DE LO DISPUESTO EN LA LEY N° 30556, LEY QUE APRUEBA DISPOSICIONES DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO PARA LAS INTERVENCIONES DEL GOBIERNO NACIONAL FRENTE A DESASTRES Y QUE DISPONE LA CREACIÓN DE LA AUTORIDAD PARA LA RECONSTRUCCIÓN CON CAMBIOS SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
  • 2. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 2 DEBER DE COLABORACIÓN La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de Contrataciones del Estado. En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas, en todo momento según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y demás actores que participan en el proceso de contratación. De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N° 1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las demás normas de la materia. La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o al Consejo Multisectorial de Monitoreo de las Contrataciones Públicas el acceso a la información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
  • 3. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 3 SECCIÓN GENERAL DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
  • 4. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 4 CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 1.1. BASE LEGAL - Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios. - Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N° 350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. - Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE. - Decreto Supremo N° 304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. - Decreto Supremo Nº 013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial. - Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, TUO de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. - Código Civil. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases. En caso se emitan nuevos dispositivos en el marco de la norma de reconstrucción las bases y los Términos de Referencia se ajustarán automáticamente a los mismos, no siendo materia de impugnación de los postores. 1.2. CONVOCATORIA Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo. 1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes. El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE. El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP, conforme al objeto de la contratación. Importante  Para registrarse como participante en un procedimiento de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente y estar habilitados ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, se puede ingresar a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.
  • 5. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 5  Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes electrónico” publicado en www.seace.gob.pe.  En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado. 1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Todo participante puede formular consultas y observaciones a las bases, en el plazo señalado en el calendario del procedimiento de selección, que no puede ser menor a dos (2) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 del Reglamento. Las observaciones a las bases, se realizan de manera fundamentada, por supuestas vulneraciones a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación. Para formular consultas y observaciones se debe emplear el formato incluido en el Anexo N°1 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”. 1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La absolución simultánea de las consultas y observaciones por parte del órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, mediante pliego absolutorio se notifica a través del SEACE en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, en un plazo que no puede exceder de dos (2) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir consultas y observaciones. La absolución se realiza de manera motivada, debiendo emplearse el formato incluido en el Anexo N° 2 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones”. Cabe precisar que en el caso de las observaciones se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen. Importante No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten extemporáneamente, en un lugar distinto al señalado en las bases o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes. 1.6. INTEGRACIÓN DE LAS BASES La integración de las bases se realiza al día hábil siguiente de vencido el plazo para la absolución de consultas y observaciones. Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas incorporan obligatoriamente, las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas, observaciones, así como las modificaciones requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión, y se publican en el SEACE en la fecha establecida en el calendario del procedimiento.
  • 6. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 6 Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las acciones de supervisión a cargo del OSCE. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del procedimiento por deficiencias en las bases. El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, no puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las bases integradas en el SEACE, bajo sanción de nulidad de todo lo actuado posteriormente, conforme lo establece el artículo 52 del Reglamento. Importante  Los participantes pueden solicitar al OSCE en cualquier momento la emisión de Dictamen sobre Cuestionamientos, cuando consideren de manera sustentada que las bases integradas no recojan aquello que ha sido materia de aclaración y/o precisión en el pliego de absolución de consultas y observaciones, según lo previsto en el numeral 8.8 de la Directiva “Acciones de Supervisión a Pedido de Parte”, en el plazo previsto en la misma.  Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al pliego de absolución de consultas y/u observaciones. 1.7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS Los documentos que acompañan las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción simple con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las ofertas se presentan por escrito, debidamente foliadas y en un (1) único sobre cerrado. Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la oferta deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser rubricados (visados) por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado. El precio de la oferta debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos. El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos decimales. 1.8. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS 1 En caso la presentación de ofertas y apertura de sobres se realice en ACTO PÚBLICO, debe tenerse en consideración lo siguiente: La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia de notario o juez de paz en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria. La presentación puede realizarse por el mismo participante o a través de un tercero, sin que 1 De acuerdo a lo establecido en el numeral 4 del artículo 67 del Reglamento, la presentación de ofertas y apertura de sobres se puede realizar en acto privado o público, lo que debe determinarse en la sección específica de las bases.
  • 7. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 7 se exija formalidad alguna para ello. Importante Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. El acto público se inicia cuando el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido. En la apertura del sobre que contiene la oferta, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, debe anunciar el nombre de cada participante y el precio de la misma. Asimismo, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53º del Reglamento. De no cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida. Esta información debe consignarse en acta, con lo cual se da por finalizado el acto público. En caso el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, no admita la oferta el postor puede solicitar que se anote tal circunstancia en el acta, debiendo el notario o juez de paz mantenerla en custodia hasta el consentimiento de la buena pro, salvo que en el acto de presentación de ofertas o en fecha posterior el postor solicite su devolución. Después de abierto cada sobre que contiene la oferta, el notario o juez de paz procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta. Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el notario o juez de paz, los miembros del comité de selección, el veedor y los postores que lo deseen. De acuerdo a lo previsto en el artículo 53º del Reglamento, en el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y debe suscribir el acta correspondiente. En caso la presentación de ofertas y apertura de sobres se realice en ACTO PRIVADO, debe tenerse en consideración lo siguiente: La presentación de las ofertas en acto privado se realiza en la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad, dentro del plazo estipulado en la sección específica de las bases. La Entidad entrega al postor un cargo de recepción de la oferta en el que conste fecha y hora. Importante  La Entidad debe preservar la seguridad, integridad y confidencialidad de toda oferta, encargándose de que el contenido de la misma sea revisado únicamente después de su apertura.  Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems. En la apertura del sobre que contiene la oferta, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, verifica la presentación de los documentos requeridos en la sección específica de las bases de conformidad con el artículo 53º del Reglamento y determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los Términos de Referencia, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. En caso las ofertas no sean admitidas serán devueltas una vez consentida la buena pro, salvo que el postor solicite su devolución previamente.
  • 8. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 8 1.9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La evaluación de las ofertas que cumplan con lo señalado en el numeral anterior tiene por objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según los factores y el procedimiento de evaluación enunciados en la sección específica de las bases. El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, puede rechazar una oferta cuando se encuentre por debajo del valor referencial, siempre que de la revisión del detalle de la composición de la oferta, acredite mediante razones objetivas un probable incumplimiento por parte del postor, de conformidad con lo previsto en el artículo 47º del Reglamento. Para estos efectos, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, debe solicitar al postor la descripción a detalle de todos los elementos constitutivos de su oferta, otorgándole un plazo mínimo de dos (2) días hábiles de recibida dicha solicitud; así como contar con información adicional que resulte pertinente para determinar si rechaza la oferta, decisión que debe ser fundamentada. En el supuesto de ofertas que superen el valor referencial de la convocatoria, para efectos que el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, considere válida la oferta económica debe contar con la certificación de crédito presupuestario correspondiente y la aprobación del Titular de la Entidad, que no puede exceder de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha prevista en el calendario para el otorgamiento de la buena pro, bajo responsabilidad, salvo que el postor acepte reducir su oferta económica. En caso no se cuente con la certificación de crédito presupuestario se rechaza la oferta. La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos, considerando la ponderación establecida en el numeral 2.3 del Capítulo II y en el Capítulo IV de la sección específica de las bases. Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo siguiente: a) Cuando la evaluación del precio sea el único factor, se le otorga el máximo puntaje a la oferta de precio más bajo y otorga a las demás ofertas puntajes inversamente proporcionales a sus respectivos precios, según la siguiente fórmula: Pi= Om x PMP Oi Donde: i = Oferta. Pi = Puntaje de la oferta a evaluar. Oi = Precio i. Om = Precio de la oferta más baja. PMP = Puntaje máximo del precio. b) Cuando existan otros factores de evaluación además del precio, aquella que resulte con el mejor puntaje, en función de los criterios y procedimientos de evaluación enunciados en la sección específica de las bases. En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación de las ofertas empatadas se efectúa siguiendo estrictamente el orden establecido en el numeral 1 del artículo 69º del Reglamento. Para la aplicación del criterio de desempate a través de sorteo se requiere la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar en calidad de veedor un representante del Sistema Nacional de Control, notario o juez de paz.
  • 9. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 9 Importante En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems cuando la contratación del servicio en general va a ser prestado fuera de la provincia de Lima y Callao y el monto del valor referencial del ítem no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido en dicho ítem por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el servicio, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP2 . 1.10. CALIFICACIÓN DE OFERTAS Luego de culminada la evaluación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, debe determinar si los postores que obtuvieron el primer y segundo lugar según el orden de prelación cumplen con los requisitos de calificación detallados en la sección específica de las bases. La oferta del postor que no cumpla con los requisitos de calificación debe ser descalificada. Si ninguno de los dos postores cumple con los requisitos de calificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, debe verificar los requisitos de calificación de los postores admitidos, según el orden de prelación obtenido en la evaluación. 1.11. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 39º del Reglamento. Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de tres (3) días hábiles. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado. 1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Luego de la calificación de las ofertas, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación. 1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento en el SEACE, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento. El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil siguiente de producido. 2 La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores: www.rnp.gob.pe
  • 10. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 10 Importante Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, la Entidad realiza la inmediata verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. En caso de comprobar inexactitud o falsedad en las declaraciones, información o documentación presentada, la Entidad declara la nulidad del otorgamiento de la buena pro o del contrato, dependiendo de la oportunidad en que se hizo la comprobación, de conformidad con lo establecido en la Ley y en el Reglamento. Adicionalmente, la Entidad comunica al Tribunal de Contrataciones del Estado para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente.
  • 11. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 11 CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 2.1. RECURSO DE APELACIÓN A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato. El recurso de apelación se presenta ante la Entidad convocante, y es conocido y resuelto por su Titular, cuando el valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. Cuando el valor referencial sea mayor a dicho monto, el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación. Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado. 2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse notificado el otorgamiento de la buena pro. La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
  • 12. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 12 CAPÍTULO III DEL CONTRATO 3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Dentro del plazo de ocho (8) días hábiles siguientes al registro en el SEACE del consentimiento de la buena pro o de que esta haya quedado administrativamente firme, el postor ganador de la buena pro debe presentar la totalidad de los requisitos para perfeccionar el contrato. En un plazo que no puede exceder de los tres (3) días hábiles siguientes de presentados los documentos la Entidad debe suscribir el contrato, u otorgar un plazo adicional para subsanar los requisitos, el que no puede exceder de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la Entidad. Al día siguiente de subsanadas las observaciones, las partes suscriben el contrato. El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene, salvo en los contratos cuyo monto del valor referencial no supere los cien mil Soles (S/ 100,000.00), en los que se puede perfeccionar con la recepción de la orden de servicios, conforme a lo previsto en la sección específica de las bases. En el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, se puede perfeccionar el contrato con la suscripción del documento o con la recepción de una orden de servicios, cuando el valor referencial del ítem corresponda al parámetro establecido en el párrafo anterior. Importante El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, debe consignar en la sección específica de las bases la forma en que se perfeccionará el contrato, sea con la suscripción del contrato o la recepción de la orden de servicios. En caso la Entidad perfeccione el contrato con la recepción de la orden de servicios no debe incluir la proforma del contrato establecida en el Capítulo V de la sección específica de las bases. Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 117º del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases. 3.2. PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL En aplicación de lo dispuesto en el artículo 120º del Reglamento, el plazo de ejecución contractual se inicia el día siguiente del perfeccionamiento del contrato, desde la fecha que se establezca en el contrato o desde la fecha en que se cumplan las condiciones previstas en el contrato, según sea el caso. 3.3. GARANTÍAS Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos. 3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.
  • 13. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 13 Importante En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento. 3.3.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso. Importante En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del Reglamento. 3.3.3. GARANTÍA POR ADELANTO En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129º del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso. 3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. Importante Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan. ADVERTENCIA LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL.
  • 14. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 14 3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el artículo 131º del Reglamento. 3.6. ADELANTOS La Entidad entregará un adelanto directo al contratista, el cual en ningún caso excede el treinta por ciento (30%) del monto del contrato original. 3.7. PENALIDADES 3.7.1. PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133º del Reglamento. 3.7.2. OTRAS PENALIDADES La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar. Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. 3.8. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36º de la Ley y 135º del Reglamento. 3.9. PAGOS El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato. La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello. La conformidad se emite en un plazo máximo de diez (10) días de producida la recepción. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. En caso de retraso en el pago por parte de la Entidad, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, el contratista tendrá derecho al reconocimiento de los intereses legales correspondientes conforme a lo establecido en el artículo 39º de la Ley y en el artículo 149º del Reglamento. 3.10. DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
  • 15. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 15 SECCIÓN ESPECÍFICA CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
  • 16. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 16 CAPÍTULO I GENERALIDADES 1.1. ENTIDAD CONVOCANTE Nombre : PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI RUC Nº : 20414868216 Domicilio legal : Jr. Teniente Emilio Fernandez N° 130, Urb. Santa Beatriz -Lima Teléfono: : 424-4488 Correo electrónico: : dir.especialista1@psi.gob.pe, ccarhuamaca@psi.gob.pe, jvaldiviezo@psi.gob.pe. 1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del SERVICIO DE ELABORACIÓN DE FICHA TÉCNICA DEFINITIVA Y DESCOLMATACION DEL CAUCE DEL RIO LA LECHE - TRAMO 1 1.3. VALOR REFERENCIAL El valor referencial asciende a S/ 30’787,921.25 (Treinta Millones Setecientos Ochenta y Siete Mil Novecientos Veintiuno con 25/100 Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes de Agosto de 2017. 1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante Formato de Aprobación de Expediente Nº 111-2017-MINAGRI-PSI-OAF/AE 1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS ORDINARIOS 1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente procedimiento se rige por el sistema de Esquema Mixto: SUMA ALZADA para la elaboración de la FICHA TECNICA DEFINITIVA y PRECIOS UNITARIOS para la ejecución de las actividades de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo. 1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases. 1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Se contempla una duración efectiva del plazo total del servicio de hasta ochenta y cinco (85) días calendarios, dispuestos de la forma siguiente:
  • 17. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 17 Elaboración de Ficha Técnica Definitiva: De hasta veintiún (21) días calendarios. Debiendo tener en consideración, que a partir del día 13 se inicia la ejecución de las actividades, entendiéndose que a partir de esa fecha se desarrollarán paralelamente, las actividades de elaboración de la Ficha Técnica Definitiva y la Ejecución de las actividades. Ejecución de las Actividades: De hasta setenta y tres (73) días calendario. El plazo para la elaboración de la Ficha Técnica Definitiva se iniciará al día siguiente de la firma del contrato. Con el objetivo de que se terminen o concluyan los trabajos antes de la época de lluvias; se dispone que, para la elaboración de la Ficha Técnica Definitiva, el Contratista estará obligado a presentar, dentro de los primeros siete (7) días calendario, desde el siguiente día de la firma del contrato, una Ficha Técnica Parcial que considere como mínimo el veinte por ciento (20%) del tramo contratado; con la finalidad de iniciar la ejecución de la actividad de descolmatación, previa revisión y aprobación de la supervisión y de la Entidad. Asimismo, a los veintiún (21) días posteriores a la firma del contrato, el Contratista deberá presentar la Ficha Técnica Definitiva de todo el tramo contratado, que incluirá el tramo mínimo parcial del 20% que fuera presentado para el inicio de la ejecución de la actividad contratada. El plazo de la ejecución de las Actividades se inicia a partir del día siguiente de notificado al contratista que se ha procedido aprobar la Ficha Técnica Parcial que corresponde al 20% mínimo del tramo contratado y que, también, se hayan cumplido las siguientes condiciones: a) Que la Entidad notifique al contratista la designación del supervisor. b) Que la Entidad haya hecho entrega total o parcial del Sector o terreno a intervenir, según el objeto del contrato. Las notificaciones por parte de la Entidad al Contratista pueden ser también, vía correo electrónico, y tendrán la misma validez y eficacia que una comunicación escrita. Para dicho efecto, las partes acreditarán los correos electrónicos oficiales de comunicación en la firma del contrato, siendo responsabilidad del contratista mantener vigente y activo dicho correo electrónico, desde la suscripción del contrato hasta la emisión de la conformidad del servicio, toda vez que, la Entidad entenderá como notificada la comunicación con el solo envío del correo electrónico. Sin embargo, se DEBE tomar en cuenta su regularización formal documentada en físico, en cumplimiento de los procedimientos normativos y administrativos en consideración a la Ley de Procedimiento Administrativo General. Para lo cual, en la notificación en físico, se adjuntará la copia del correo electrónico de comunicación. 1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo efecto deben cancelar la suma de S/ 5.00 (Cinco Soles) en la caja de la entidad sitio Jr. Teniente Emilio Fernandez N° 130, Urb. Santa Beatriz -Lima.
  • 18. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 18 Importante El costo de entrega de un ejemplar de las bases no puede exceder el costo de su reproducción. 1.10. BASE LEGAL - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. - Ley Nº 30519 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2017. - Ley N° 28411, Ley General del sistema Nacional de Presupuesto. - Ley N°30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario paras las intervenciones del gobierno nacional frente a desastres y que dispone la creación de la autoridad para la reconstrucción con cambios. - Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su modificación mediante Decreto Legislativo 1341en adelante la Ley - Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF y su modificación efectuada mediante Decreto Supremo Nº 056-2017-EF. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. En caso se emitan nuevos dispositivos en el marco de la norma de reconstrucción las bases y los Términos de Referencia se ajustarán automáticamente a los mismos, no siendo materia de impugnación de los postores.
  • 19. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 19 2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS La oferta se presenta en un (1) sobre cerrado en original, dirigido al comité de selección de la Adjudicación Simplificada - LEY Nº 30556, N°0020-2017-MINAGRI-PSI – PRIMERA CONVOCATORIA, conforme al siguiente detalle: La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación: CAPÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Etapa Fecha, hora y lugar Convocatoria : 24 de agosto de 2017 Registro de participantes A través del SEACE : Desde las: 00:01 horas del 25 de agosto 2017 Hasta las: 09:59 horas del 07 de setiembre de 2017 Formulación de consultas y observaciones a las bases A través del En Mesa de Partes o la que haga sus veces en la Entidad en Adicionalmente, remitir el archivo electrónico a la siguiente dirección : : : : Del: 25 de agosto de 2017 Al: 28 de agosto de 2017 Formato para formular consultas y observaciones del Anexo N° 01 de la Directiva “Disposiciones sobre la formulación y absolución de consultas y observaciones” Jr. Teniente Emilio Fernandez N° 130, Urb. Santa Beatriz - Lima , desde las 08:30 hasta las 16:30 horas. dir.especialista1@psi.gob.pe, ccarhuamaca@psi.gob.pe, jvaldiviezo@psi.gob.pe. Absolución de consultas y observaciones a las bases : El 31 de agosto de 2017 Integración de bases : El 01 de setiembre de 2017 Presentación de ofertas* : El 07 de setiembre de 2,017 En acto público : Sala de Actos Públicos del PSI, sito en Jr. Teniente Emilio Fernandez N° 130, Urb. Santa Beatriz -Lima, a las 10:00 horas. Evaluación y calificación de ofertas : Desde el 07 al 08 de setiembre de 2017 Otorgamiento de la buena pro : El 08 de setiembre de 2017, A través del SEACE Señores PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI Jr. Teniente Emilio Fernández N° 130, Urb. Santa Beatriz - Lima. Atte.: Comité de Selección ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY Nº 30556, N°0020-2017-MINAGRI-PSI – PRIMERA CONVOCATORIA Denominación de la convocatoria: SERVICIO DE ELABORACIÓN DE FICHA TÉCNICA DEFINITIVA Y DESCOLMATACION DEL CAUCE DEL RIO LA LECHE – TRAMO I OFERTA [NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
  • 20. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 20 2.2.1. Documentación de presentación obligatoria 2.2.1.1. Documentos para la admisión de la oferta a) Declaración jurada de datos del Postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada debe ser presentada por cada uno de los integrantes del consorcio. (Anexo Nº 1) b) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 1 del artículo 31º del Reglamento.(Anexo Nº 2) En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio. c) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3) d) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio.(Anexo Nº 4) 3 e) El precio de la oferta en soles señalando el monto total de la elaboración de la Ficha Técnica de Prevención a suma alzada y el detalle de precios unitarios de las actividades previstas para la ejecución de la actividad, las cuales pueden ser expresados con más de dos decimales. (Anexo Nº5). f) Carta de compromiso del personal clave con firma legalizada, según lo previsto en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. Importante El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida. 2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de calificación El postor debe incorporar en su oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases. Importante Cabe subsanación de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento. La legalización de las firmas en la promesa de consorcio y en la carta de compromiso del personal clave, son subsanables. 2.3. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS La evaluación se realiza sobre la base de cien (100) puntos. Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera lo siguiente: Precio : 80 puntos Plazo de prestación del servicio : 10 puntos Mejora a los Términos de Referencia : 10 puntos 3 En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de prestación del servicio, el plazo ofertado en dicho anexo servirá también para acreditar este factor.
  • 21. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 21 Importante Luego de culminada la evaluación según los factores de evaluación señalados en el Capítulo IV de esta sección, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, debe determinar si el postor que obtuvo el primer lugar según el orden de prelación cumple con los requisitos de calificación especificados en el numeral 3.2 del capítulo III de la sección específica de las bases. Si dicho postor no cumple con los requisitos de calificación su oferta será descalificada. 2.4. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato: a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. CARTA FIANZA b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de los integrantes, de ser el caso. c) Código de cuenta interbancaria (CCI). d) Copia simple de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda. e) Copia simple de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica. f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. g) Estructura de costos o detalle del precio ofertado (Elaboración de Ficha Técnica Definitiva) 4 . h) Copia simple de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento estratégico requerido. No se aceptará declaraciones juradas. i) Consignar el sustento del plazo de ejecución ofrecido con un Gráfico PERT CPM congruente con los Análisis. j) Consignar para efectos de las notificaciones la dirección de correo electrónico, la cual se deberá mantener activa durante la vigencia del contrato. Importante  En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.  En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 126 del Reglamento. En caso que el postor ganador de la buena pro no haya presentado el certificado de inscripción en el REMYPE en su oferta, puede presentarlo con los documentos para el perfeccionamiento del contrato.  En los contratos cuyos montos sean iguales o menores a cien mil Soles (S/ 100,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias. Dicha excepción también aplica a los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados no supere el monto 4 Incluir solo en caso que la convocatoria del procedimiento sea bajo el sistema a suma alzada.
  • 22. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 22 señalado anteriormente, conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 128 del Reglamento.  De conformidad con la Décima Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento, dentro del supuesto de hecho de la infracción establecida en el literal h) del artículo 50.1 de la Ley, referida a la presentación de información inexacta, se encuentra comprendida la presentación de garantías que no hayan sido emitidas por las empresas indicadas en el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley. Adicionalmente, debe presentar: a) Copia simple de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. b) Certificado de calibración del equipo topográfico y miras. Importante  De conformidad con el artículo 234 del Reglamento, las Entidades son responsables de verificar la vigencia de la inscripción en el RNP del postor ganador de la buena pro en el perfeccionamiento del contrato, ingresando al portal web del OSCE www.osce.gob.pe sección RNP.  Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.  La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato. 2.5. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección general de las bases, debe presentar la documentación requerida en Mesa de Partes de la Entidad, sito en Jr. Emilio Fernández N°130 – Santa Beatriz, en el horario de 08:30 a 16:30 horas. 2.6. ADELANTOS La Entidad otorgará un (1) adelanto directo de hasta el treinta por ciento (30%) del monto del Contrato Original. El contratista debe solicitar el adelanto dentro de los primeros ocho (8) días siguientes, contados a partir de la suscripción del contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos mediante Carta Fianza emitida por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú, acompañada del comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procede la solicitud. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días calendarios siguientes a la presentación de la solicitud del contratista. 2.7. FORMA DE PAGO La forma de pago se realizará de la siguiente manera:
  • 23. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 23 a) Elaboración de Ficha Técnica Definitiva. – En una sola armada (pago único), previa validación por parte de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y presentada ante la Dirección de Infraestructura y Riego del PSI. Para ello, deberá presentar junto con su solicitud de pago, lo siguiente:  Documento de validación de la Ficha Técnica Definitiva por parte de la ANA y comunicado por la Entidad.  Comprobante de pago  Código de Cuenta Interbancario.  No habrá pago por la Ficha Técnica Parcial. b) Ejecución de las Actividades. – Se pagarán en valorizaciones quincenales, como pagos a cuenta, según el avance correspondiente al cronograma de ejecución de las actividades presentadas en el Informe Quincenal respectivo, y con la Conformidad de la Dirección de Infraestructura y Riego del PSI, previa opinión favorable de conformidad de la empresa de Supervisión encargada. La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. Para lo cual la Entidad requerirá la siguiente información:  Informe Quincenal del Servicio.  Informe de Conformidad de la persona natural o empresa encargada de la Supervisión.  Comprobante de Pago.  Código de Cuenta Interbancario. 2.8. PLAZO PARA EL PAGO La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días hábiles siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato para ello.
  • 24. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 24 CAPÍTULO III REQUERIMIENTO Importante De conformidad con el artículo 8 del Reglamento, el área usuaria es responsable de la adecuada formulación del requerimiento, debiendo asegurar la calidad técnica y reducir la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de contratación. 3.1 TÉRMINOS DE REFERENCIA CONTRATACION DEL SERVICIO DENOMINADO: DESCOLMATACIÓN DE CAUCE Y REHABILITACIÓN DE DIQUES DEL RÍO LA LECHE TRAMO I – COORDENADAS ESTE:620,335 NORTE: 9,288,168 (INICIO DEL TRAMO) AL ESTE: 648,571 NORTE: 9,285,551(FIN DEL TRAMO). 1. FINALIDAD PÚBLICA Mejorar temporalmente la capacidad del cauce con el propósito de mitigar los daños que podrían sobrevenir por la probable ocurrencia de lluvias y caudales extraordinarias, como lo sucedido entre los meses de enero a abril del 2017, y con ello reducir los riesgos de inundaciones, por la ocurrencia de eventos hidroclimáticos extremos. 2. ANTECEDENTES Políticamente, la cuenca se encuentra ubicada El Rio La Leche, nace a la altura de Mochumi Viejo- Pitipo, de la confluencia del Rio Moyan, que viene de las alturas de Incawasi - Uyurpampa, y del Rio Sangana, que viene de los andes de Miracosta- Chota. El Fenómeno “El Niño” 1997-1998, causo daños similares al Niño 1982/1983. Las pérdidas directas fueron del orden de US $ 2,000 millones, de los cuales US $ 1,024 millones (51.2%) correspondieron a los sectores Agricultura, Vivienda, Transporte y Comunicaciones. En el análisis no se incluyen pérdidas personales, pérdidas de empleo ni enfermedades, es decir, las perdidas indirectas y sus consecuencias. A diferencia de los años con Niño, la inusual alta precipitación en la zona costera norte y centro del Perú y como consecuencia de ello la activación de quebradas normalmente secas, ocurrido entre enero y abril del 2017, se debió al calentamiento del mar Pacífico, como resultado de las ondas Kelvin (ondas calientes) que llegaron de las costas del Pacífico oeste y la ausencia de los vientos fríos del anticiclón del pacífico sur que normalmente se desplazan de sur a norte. La elevación de la temperatura de las aguas marinas (en la zona litoral centro) fue de hasta 2°C por encima del promedio normal y en el litoral norte (Tumbes, Piura y Lambayeque), donde sí se registró el efecto de un Niño moderado, el calentamiento fue de hasta 5°C por encima del promedio normal. Por lo expuesto el gobierno ha decidido realizar inversiones importantes en la ejecución de actividades y obras de “Prevención y reconstrucción con cambios” que permita a futuro minimizar los daños a la infraestructura, a las actividades económicas, lograr ciudades más seguras y buena calidad de vida. 3. OBJETIVO DEL SERVICIO El presente requerimiento tiene por objeto la contratación del Servicio denominado: “DESCOLMATACIÓN DE CAUCE Y REHABILITACIÓN DE DIQUES DEL RÍO LA LECHE TRAMO I – COORDENADAS ESTE:620,335 NORTE: 9,288,168 (INICIO DEL TRAMO) AL ESTE: 648,571 NORTE: 9,285,551(FIN DEL TRAMO)”; el cual tiene como componentes la
  • 25. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 25 Elaboración de la FICHA TÉCNICA DEFINITIVA y la EJECUCIÓN DE LA ACTIVIDAD DE DESCOLMATACIÓN. 4. DESCRIPCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO Las actividades que se han contemplado en el presente servicio son las siguientes: 4.1 ELABORACIÓN DE FICHA TÉCNICA DEFINITIVA Como parte de la Ficha Técnica Definitiva (FTD) que preparará la Empresa Contratista, se indicará en planos de planta y perfil del río o quebrada a descolmatar, teniendo en cuenta los tramos que se encuentran con cursos de agua a través de una batimetría, permitiendo contar con una plantilla o sección transversal (cada 10 ml en curvas y 20 ml en tramos rectos), para lo cual deberá definirse rasante con una pendiente que garantice una eficiente conducción del flujo de agua en condiciones de máximos eventos, determinándose el área transversal y su correspondiente volumen a ser removido o evacuado del cauce del rio. Las actividades de conformación y/o rehabilitación de diques y las otras actividades de prevención previstos en la ficha referencial, será precisadas en planos (ubicación, preparación de la superficie, origen del material a utilizar, forma y grado de compactación). Contenido de la Ficha Técnica Definitiva El esquema del contenido mínimo que se requiere para la Ficha Técnica Definitiva será el siguiente: 1) Secciones transversales cada 10 m en curvas y 20 m en línea recta, por cada uno de los Tramos indicados en el numeral 4.3 de estos Términos de Referencia. 2) Alineamiento del eje de la sección proyectada 3) Perfil longitudinal de la rasante, con cota de inicio y fin en cada Sección transversal. 4) Metrados 5) Presupuesto 6) Equipo mínimo 7) Especificaciones Técnicas de la(s) Actividad(es). La Ficha Técnica Definitiva, deberán presentarse, además de forma física, en formato digital con archivos ejecutables. Volumen de Corte - Descolmatacióna removerse Nivel de fondo descolmatado Nivel de fondo actual ESQUEMA DE SECCIÓN TRANSVERSAL TÍPICA Y ACTIVIDADES Conformación/Rehabilitación de Bordo y/o Diques de Protección y Encauzamiento
  • 26. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 26 4.2 EJECUCION DE LAS ACTIVIDADES La propuesta técnica planteada en estas acciones de prevención, con el propósito de mitigar los daños que podrían ocurrir en el año 2018, por la probable ocurrencia de lluvias y caudales extraordinarios, es la descolmatación del cauce del río La Leche se requiere la descolmatación del cauce en una longitud de 35 km, ancho promedio de 60 m, profundidad de corte 1.20m, con la finalidad de recuperar la capacidad hidráulica del río ante las próxima temporada de avenidas. Además en encimado de diques con material de préstamo en una longitud de 2.23 km. El encimado de dique se desarrollará en 04 tramos que suman 2.23 km (Huaca La Ventana 0.18 km, La Cirila0.60 km, Culpón 1.2 km y San Isidro 0.25 kml); utilizando excavadora hidráulica y transportando material del cerro Escute y encimándolo sobre los bordos conformados logrando una sección trapezoidal semi compactada hasta lograr una altura total de 3.5 m con talud de la cara húmeda de 1:15 y corona de 3.0 ml Los trabajos consisten en el corte del material acumulado producto de la sedimentación del río, empleándose un tractor sobre orugas, el cual además empujará y arrastrará el material de corte hacia las márgenes del cauce, priorizando la margen más erosionada o con mayor riesgo de desbordes de flujo. El nivel de corte o nivel de fondo descolmatado, por debajo del nivel de fondo actual, estará determinado por la pendiente de la rasante de fondo, de tal forma que su continuidad a lo largo de todo el tramo del río intervenido permita un flujo continuo y eficiente del caudal máximo a conducir sin que se produzcan derrames o fugas por las márgenes. Una parte del material de corte, producto de las actividades de descolmatación, será empleada en la conformación y/o rehabilitación de un Dique de protección y encauzamiento, ya sea en ambas o una margen críticas, con riesgos de desbordes. Para esta actividad se empleará una excavadora sobre orugas, la cual además deberá compactar con el “cucharón” el dique conformado o rehabilitado. Se realizarán trabajos de nivelación de la corona, con desplazamientos longitudinales del tractor a lo largo de la corona, de manera que se logre dar forma y un semi compactado al bordo. 4.3 TRAMOS A INTERVENIR - RESUMEN DE METRADOS A EJECUTAR La propuesta de descolmatación, señalados desde aguas abajo hacia aguas arriba, considera un total de 35 Km de descolmatación, de acuerdo al siguiente detalle:  Punto Inicial Este: 620,335 m. Norte 9, 288,168 m. (Inicio del tramo)  Punto Final Este: 648,571 m. Norte 9, 285,551 m. (Fin del tramo) La sumatoria total, en kilómetros, de los tramos a intervenir es: 35 METRADOS A EJECUTAR: DESCRIPCIÓN UND CANTIDAD TRABAJOS PRELIMINARES Caseta de guardianía y almacén Gbl 1 Cartel de identificación de la actividad Und 1 Movilización y desmovilización de maquinaria GBL 1 Rehabilitación de caminos de acceso Km 0.5 Replanteo topográfico del trazo Km 35.0 Control topográfico Km 35.0
  • 27. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 27 DESCRIPCIÓN UND CANTIDAD MOVIMIENTO DE TIERRAS Excavación, Corte, Descolmatación ( *) m3 3'150,000.00 Conformación - Rehabilitación de Bordos, Diques (**) m3 1'334,375.00 ENCIMADO DE DIQUE Extracción de material de afirmado en cantera m3 21,854.00 Carguío y transporte de material de préstamo m3 21,854.00 Colocación de afirmado en Talud m3 21,854.00 (*) Referencial: Ancho promedio de 60 m; Altura variable de 0.80 m a 0.90 m (**) Referencial. El Volumen requerido para la Conformación y/o Rehabilitación de Bordos y Diques de protección estará en función de lo establecido por el Contratista en la Ficha Técnica Definitiva, con aprobación del Supervisor. 4.4 TIPO DE MAQUINARIA Y POTENCIA MÍNIMA REQUERIDA Y EQUIPOS TIPO DE MAQUINARIA POTENCIA CAPACIDAD CANTIDAD Camioneta Pick UP 4x4 ≥ 100 HP ≥ C.U. 0.8 T 03 Tractor de orugas ≥ 300 HP - 32 Excavadora sobre orugas 170m - 250 HP 05 Camión Volquete ≥ 15 m3 05 Estación Total (Incluye Prismas)(*) - - 03 Nivel (Incluye Miras)(*) - - 03 Equipo de Dron con GPS, con las siguientes características mínimas (Alcance mínimo 2 km, Cámara de 18 MP, RGB, Píxeles de 1.5 cm de resolución, 50 minutos de autonomía de vuelo, resistente a mínimo 40 Km/h de velocidad del viento, aproximado de 10 km2-12 km2 de recubrimiento por vuelo) - - 01 (*)Incluye Certificado de Calibración con una anticipación no mayor de 06 meses Acreditación: Copia de documentos que sustenten la propiedad, el compromiso de compra venta a futuro, arrendamiento financiero o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad de la maquinaria pesada y equipos requeridos y donde se precise las características técnicas mínimas que identifiquen al bien, las mismas que no deben ser menores a lo solicitado. La antigüedad de la maquinaria pesada y equipos no deberá ser mayor de siete (7) años contados a la fecha de presentación de ofertas. Al inicio de la ejecución de las actividades, la maquinaria pesada y equipos ofrecidos deben encontrarse en la zona de trabajo, y estar 100% operativos, lo que será verificado por la Empresa Supervisora e informado a la Entidad. De no ser así, el Contratista se hará acreedor a una penalidad diaria tal como se indica en el Item 15.
  • 28. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 28 El Contratista tendrá 24 horas para reemplazar la maquinaria pesada y/o equipo que no cumple con lo estipulado en los presentes Términos de Referencia. De acumularse las Penalidades y alcanzar el 10% del monto del contrato, la Entidad podrá resolver el contrato sin necesidad de requerimiento previo. Requerimientos adicionales: Si como resultado del control de avance en la ejecución de las actividades, se determina por parte del supervisor un retraso injustificado del contratista, en donde el monto valorizado acumulado ejecutado a una fecha determinada sea menor al ochenta por ciento (80%) del monto de la valorización acumulada programada a dicha fecha; el contratista deba presentar, dentro de los dos (2) días siguientes, un calendario acelerado de modo que se garantice el cumplimiento del servicio dentro del plazo previsto. En ese caso, de ser necesario, la Entidad podrá requerir al Contratista, a través del Supervisor, maquinaria pesada y/o equipos adicionales, de iguales o mejores características a las ofertadas, así como el respectivo personal, a fin de garantizar la culminación de los trabajos dentro del plazo máximo La Entidad determinará el plazo máximo para la puesta en servicio de dicha maquinaria pesada, equipos y personal adicionales El plazo mínimo para la provisión de dichos equipos, maquinaria y personal adicionales será de siete (7) días calendarios, contados desde el requerimiento del Supervisor. El requerimiento antes indicado podrá realizarse por parte de la Entidad, a través del Supervisor, en caso se requiera culminar con anterioridad al Cronograma Contractual, incluyendo el caso de trabajos nocturnos, según las necesidades del servicio. El requerimiento antes indicado podrá realizarse por parte de la Entidad, a través del Supervisor, en caso se requiera culminar con anterioridad al Cronograma Contractual, incluyendo el caso de trabajos nocturnos, según las necesidades del servicio. 5. LUGAR DE EJECUCION DEL SERVICIO Departamento de Lambayeque, provincia de Lambayeque: COORDENADAS ESTE:620,335 NORTE: 9,288,168 (INICIO DEL TRAMO) AL ESTE: 648,571 NORTE: 9,285,551(FIN DEL TRAMO). 6. SISTEMA DE CONTRATACION Esquema Mixto: - SUMA ALZADA para la elaboración de la FICHA TECNICA DEFINITIVA - A PRECIOS UNITARIOS para la ejecución de las actividades. 7. PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO Se contempla una duración efectiva del plazo total del servicio de hasta ochenta y cinco (85) días calendario, dispuestos de la forma siguiente: Elaboración de Ficha Técnica Definitiva: De hasta veintiún (21) días calendario. Debiendo tener en consideración, que a partir del día 13 se inicia la ejecución de las actividades, entendiéndose que a partir de esa fecha se desarrollarán paralelamente, las actividades de elaboración de la Ficha Técnica Definitiva y la Ejecución de las actividades. Ejecución de las Actividades: De hasta setenta y tres (73) días calendario. El plazo para la elaboración de la Ficha Técnica Definitiva se iniciará al día siguiente de la firma del contrato.
  • 29. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 29 Con el objetivo de que se terminen o concluyan los trabajos antes de la época de lluvias; se dispone que, para la elaboración de la Ficha Técnica Definitiva, el Contratista estará obligado a presentar, dentro de los primeros siete (7) días calendario, desde el siguiente día de la firma del contrato, una Ficha Técnica Parcial que considere como mínimo el veinte por ciento (20%) del tramo contratado; con la finalidad de iniciar la ejecución de la actividad de descolmatación, previa revisión y aprobación de la supervisión y de la Entidad. Asimismo, a los veintiún (21) días posteriores a la firma del contrato, el Contratista deberá presentar la Ficha Técnica Definitiva de todo el tramo contratado, que incluirá el tramo mínimo parcial del 20% que fuera presentado para el inicio de la ejecución de la actividad contratada. El plazo de la ejecución de las Actividades se inicia a partir del día siguiente de notificado al contratista que se ha procedido aprobar la Ficha Técnica Parcial que corresponde al 20% mínimo del tramo contratado y que, también, se hayan cumplido las siguientes condiciones: a) Que la Entidad notifique al contratista la designación del supervisor. b) Que la Entidad haya hecho entrega total o parcial del Sector o terreno a intervenir, según el objeto del contrato. El plazo máximo para el término de ejecución de las actividades será el 15 de diciembre de 2017. Las notificaciones por parte de la Entidad al Contratista pueden ser también, vía correo electrónico, y tendrán la misma validez y eficacia que una comunicación escrita. Para dicho efecto, las partes acreditarán los correos electrónicos oficiales de comunicación en la firma del contrato, siendo responsabilidad del contratista mantener vigente y activo dicho correo electrónico, desde la suscripción del contrato hasta la emisión de la conformidad del servicio, toda vez que, la Entidad entenderá como notificada la comunicación con el solo envío del correo electrónico. Sin embargo, se DEBE tomar en cuenta su regularización formal documentada en físico, en cumplimiento de los procedimientos normativos y administrativos en consideración a la Ley de Procedimiento Administrativo General. Para lo cual, en la notificación en físico, se adjuntará la copia del correo electrónico de comunicación. 8. ALCANCE DEL SERVICIO 8.1. El Servicio de elaboración de la Ficha Técnica Definitiva se desarrollará de acuerdo con la Ficha Técnica Referencial que se adjunta. 8.2. El desarrollo de las actividades de descolmatación y las actividades de conformación y/o rehabilitación de diques y las otras actividades de prevención se desarrollará de acuerdo a la Ficha Técnica Definitiva elaborada por el Contratista. 9. CONFORMIDAD DE SERVICIO La conformidad del servicio será emitida por la Dirección de Infraestructura de Riego del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, previa opinión favorable de conformidad de la Supervisión encargada, una vez culminado el servicio. 9.1 Con respecto a la Elaboración de Fichas Técnicas Parcial y Definitiva: La Ficha Técnica Definitiva, así como la Ficha Técnica Parcial equivalente al 20% mínimo del tramo contratado, deben ser presentadas en un (1) original y tres (3) copias. Esta información deberá ser presentada en formato físico y digital. La Autoridad Nacional del Agua (ANA), es la entidad encargada de la validación de la Ficha Técnica Definitiva; la que incluye también la Ficha Técnica Parcial equivalente al 20% mínimo del tramo contratado. Para ello, dentro del plazo establecido para ambos casos, el Contratista presentará la Ficha correspondiente (un original y una copia, en formato físico y digital) ante la oficina de la ANA de la localidad, para su revisión y, simultáneamente, a la Supervisión (dos
  • 30. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 30 copias, en formato físico y digital), la cual el mismo día la remitirá a la Entidad (oficina de coordinación local) para el control de plazos. La Autoridad Nacional del Agua (ANA) tendrá dos (2) días hábiles, a partir del día siguiente de recibida la Ficha, para revisar y pronunciarse validando u observando la Ficha presentada por el Contratista: a) Si esta es observada, la ANA comunicará a la Entidad (oficina de coordinación local) para que esta, en el plazo de un (1) día hábil de recibido el pronunciamiento, notifique al Contratista para que subsane las observaciones. b) Si la ANA la encuentra conforme y valida la Ficha, lo comunica a la Entidad (sede Lima), para que esta última, vía correo electrónico con copia a la supervisión y a la oficina de coordinación local, comunique al contratista la aprobación de la Ficha; luego de ello, la entidad cumplirá con la remisión formal de la documentación en físico. De encontrarse observaciones, el Contratista tiene un plazo de 48 horas, a partir de la notificación por parte de la Entidad (oficina de coordinación local), para subsanarlas y presentarlas nuevamente a la ANA, luego de lo cual, se sigue el procedimiento descrito en el presente ítem, por una única vez más. Si nuevamente la Ficha Técnica es observada, por encontrarse nuevas observaciones a consecuencia del levantamiento de observaciones o que aun persistan las anteriores; se tomará como no presentada la Ficha Técnica correspondiente aplicándose la penalidad por mora en la ejecución de la prestación para este Ítem, contados a partir del día siguiente de su plazo original de presentación. Esta penalidad diaria se computará hasta la fecha en que se haya presentado el levantamiento de las observaciones y que, luego de esto, la Ficha haya sido declarada conforme y validada. De llegarse a acumular la penalidad diaria hasta el monto máximo de 10% del contrato, se procederá a resolver el contrato sin necesidad de requerimiento previo. De suceder esto, y ante la necesidad urgente de culminar con la ejecución de las prestaciones derivadas de este, sin perjuicio de que dicha resolución se encuentre sometida a alguno de los medios de solución de controversias, la entidad puede contratar a alguno de los postores que participaron en el procedimiento de selección. Para estos efectos, la Entidad debe determinar el precio de dichas prestaciones, incluyendo todos los costos necesarios para su ejecución, debidamente sustentados Una vez determinado el precio y las condiciones de ejecución, y de existir disponibilidad presupuestal, la Entidad invita a los postores que participaron en el procedimiento de selección para que, en un plazo máximo de cinco (5) días, manifiesten su intención de ejecutar las prestaciones pendientes de ejecución por el precio y condiciones señalaos en el documento de la invitación. De presentarse más de una aceptación a la invitación, la Entidad contrata con aquel postor que ocupó una mejor posición en el orden de prelación en el procedimiento de selección correspondiente. En ese caso, el órgano encargado de las contrataciones debe realizar la calificación del proveedor con el que se va a contratar, una vez culminada la calificación, se procederá a perfeccionarse el contrato de acuerdo a los lineamientos establecidos el numeral 2.4 de la Sección Específica de las Bases. 10. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR 10.1 Mantenimiento Preventivo: Realizar el mantenimiento diario de cada una de las máquinas pesadas y equipos. 10.2 Soporte Técnico: Disponer, como apoyo mecánico, de personal técnico especializado en la zona de prestación o ejecución del servicio y de un equipo mínimo móvil que solucione o realice reparaciones menores y/o elementos de desgaste en cada frente de trabajo, según corresponda. 10.3 Del Proveedor: Será una persona jurídica, que cuente RUC y RNP en el capítulo de servicios y que no se encuentre impedido, suspendido, ni inhabilitado para contratar con el Estado. Con experiencia en servicios similares, tales como:
  • 31. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 31  Se considerará servicios similares a los Servicios o ejecución de obras de descolmatación de ríos y/o servicios o ejecución de obras de descolmatación de quebradas y/o servicios o ejecución de obras de encauzamiento de ríos y/o servicios o ejecución de obras de encauzamiento de quebradas y/o servicios o ejecución de obras de defensa ribereña de ríos tales como diques, gaviones, ennrocados, espigones y/o servicios o ejecución de obras de conformación de bordos. 10.4 Plantel Profesional requerido para el Postor  Para la elaboración de la Ficha Técnica Definitiva: Personal Clave:  Jefe de Proyecto. - Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil.  Especialista en Mecánica de Suelos. – Ingeniero Civil o Geólogo.  Jefe de Topografía. –Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil. Personal de Apoyo:  Topógrafos. –Tres (03) topógrafos con certificación a nombre de la Nación emitido por cualquier Instituto de Educación Superior.  Para la Ejecución de las Actividades: Personal Clave:  Dirección Técnica. - Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil.  Asistente Técnico.–Dos (2) Ingenieros Agrícolas o Ingenieros Civiles.  Administrador de contrato. – Ingeniero Civil o Licenciado en Administración o Contador Público.  Especialista en Seguridad. - Ingeniero Civil o Ingeniero Industrial o Ingeniero de Higiene y Salud Industrial.  Jefe de Topografía. – Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil. Personal de Apoyo:  Topógrafos. – Tres (03) topógrafos con certificación a nombre de la Nación emitido por cualquier Instituto de Educación Superior.  Jefe de Mantenimiento de Maquinaria Pesada. – con certificado, curso o capacitación en mantenimiento de maquinaria pesada. IMPORTANTE:  El personal asignado al servicio deberá contar con el Seguro Complementario de Trabajo Riesgo (SCTR) vigente durante la prestación del servicio. Dichos seguros deberán ser presentados en copia simple a la Dirección de Infraestructura de Riego y a la Oficina de Administración y Finanzas del PSI.  El persona del contratista deberá contar con los equipos e implementos de seguridad, de acuerdo a las normas vigentes.
  • 32. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 32  Teniendo en consideración que el servicio se desarrollará a doble turno, es necesario contar con mano de obra no calificada de la zona para el inmediato reemplazo. En ese sentido se solicita que con motivo de la presentación de la oferta, el postor presente una Declaración Jurada, en la que se comprometa a contratar a no menos del 80% de la mano de obra no calificada que resida en las localidades aledañas de la zona a trabajar. 10.5 Equipos y Maquinaria: Los equipos y maquinaria a utilizar por parte del proveedor deberán encontrarse operativos, en buen estado y con certificados de calibración no mayor a seis (6) meses de antigüedad (solo en el caso del equipo de topografía, señalado en el numeral 4.4 de los Términos de la Referencia). En caso la maquinaria señalada en el numeral 4.4 de estos Términos de Referencia no se encuentre operativo, por razones de mantenimiento, el contratista tiene la obligación de reemplazar momentánea o permanentemente dicho equipamiento, pero sin dejar de prestar los servicios pactados en ninguno de los días del plazo. En cualquier caso de reemplazo debe tratarse cuando menos de las mismas características de equipamiento. 10.6 Adelantos: Se establece un (1) adelanto directo de hasta el 30%del monto del contrato original; para lo cual el contratista tiene un plazo de ocho (8) días hábiles, contados a partir de la suscripción del Contrato, para solicitar formalmente la entrega del mismo, adjuntando a su solicitud la garantía (entiéndase CARTA FIANZA emitida por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú, por el monto de adelanto) y el comprobante de pago correspondiente. Vencido dicho plazo no procede la solicitud del adelanto. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días contados a partir del día siguiente de recibida la mencionada documentación. La entrega de este adelanto NO se considerará como condición para que el contratista inicie la etapa de ejecución de ninguna de las actividades. 10.7 El servicio: El Precio de la Oferta comprende la Ficha Técnica Definitiva y la Ejecución de las Actividades, el mismo que incluye: combustible, seguros para la maquinaria pesada, equipos y el personal, autorizaciones, licencias, permisos, accesos, operadores, guardianía, el plantel profesional mínimo requerido para el postor, mantenimientos, traslados, elementos de protección y de servicios para su personal, entre otros necesarios para la efectiva prestación del servicio a contratar. 10.8 Garantía de Fiel Cumplimiento: El postor ganador deberá proporcionar al Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI una Carta Fianza como garantía de Fiel Cumplimiento por el monto equivalente al 10% del monto adjudicado. 10.9 Otras Consideraciones: El proveedor del servicio será responsable por los daños y/o perjuicios causados a terceros y responderá directamente, excluyendo al PSI de cualquier responsabilidad por su acción u omisión. 11. FORMA DE PAGO La forma de pago se realizará de la siguiente manera: a) Elaboración de Ficha Técnica Definitiva. – En una sola armada (pago único), previa validación por parte de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y presentada ante la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego del PSI. Para ello, deberá presentar junto con su solicitud de pago, lo siguiente:  Documento de validación de la Ficha Técnica Definitiva por parte de la ANA y comunicado por la Entidad.
  • 33. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 33  Comprobante de pago  Código de Cuenta Interbancario.  No habrán pagos por las Fichas Técnicas Parciales b) Ejecución de las Actividades. – Se pagarán en valorizaciones quincenales, como pagos a cuenta, según el avance correspondienteal cronograma de ejecución de las actividades presentadas en el Informe Quincenal respectivo, y con la Conformidad de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego delPSI, previa opinión favorable de conformidad delaempresa de Supervisión encargada. La Entidad debe pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los quince (15) días calendario siguiente a la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. Para lo cual la Entidad requerirá la siguiente información:  Informe Quincenal del Servicio.  Informe de Conformidad delaempresa encargada de la Supervisión.  Comprobante de Pago.  Código de Cuenta Interbancario. 12. SUPERVISION DEL SERVICIO Se realizará a través de la Supervisión, persona jurídica, que encargará la Dirección de Infraestructura de Riego del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI. 13. INFORMES QUINCENALES Y FINAL DEL CONTRATISTA Los informes deberán ser presentados en Mesa de Partes de la Entidad en un original y dos copias, en formato físico y digital; dentro de los cinco (05) días siguientes Se realizará a través de la Supervisión, persona natural o jurídica, que encargará la Dirección de Infraestructura de Riego del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI del periodo a valorizar o a la culminación de la actividad contratada. Para este efecto, estos informes deben ser culminados y presentados a la Supervisión el último día del periodo a valorizar; para que la Supervisión los revise y apruebe, recomendando la cancelación del servicio parcial o total, según corresponda. En los informes a presentar por el proveedor del servicio o contratista, se deberá comprender, entre otros aspectos, el siguiente contenido: 1) Resumen General 2) Descripción de la Actividad 3) Del Control de la Actividad 4) Avance Físico de la Actividad por Partida 5) Metrados y Valorización 6) Personal, maquinaria pesada y equipos del Contratista 7) Informe del estado de operatividad de la maquinaria 8) Resumen de Documentación y Reuniones Técnicas 9) Conclusiones y Recomendaciones 10) Anexos 11) Panel Fotográfico 12) Planos 13) Informe de aprobación por parte de la Supervisión. Se debe realizar una descripción de las ocurrencias del trabajo, en los que se indicarán detalladamente, entre otros, los métodos utilizados, personal en la Actividad, valorizaciones, cronogramas de avance, fotografías (panel fotográfico digital que registre día a día el desarrollo de la actividad); videos filmados con Drones que muestren las zonas a intervenir antes, durante y
  • 34. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 34 después de la actividad, incidencias en la labor de la Dirección Técnica, comentarios y recomendaciones del contratista, resumen comentado de los problemas presentados y la forma de cómo se resolvieron. 14. PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCION DE LA PRESTACION DEL SERVICIO En caso de retraso injustificado del Contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso. La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo con la siguiente fórmula: Penalidad diaria = 0.10 x monto F x plazo en días Donde F tiene los siguientes valores: a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general, consultorías y ejecución de obras: F = 0.40. b) Para plazos mayores a sesenta (60) días: b.1) Para bienes, servicios en general y consultorías: F = 0.25. Esta penalidad también se aplicará en caso de retraso de las “Actividades” que correspondan a los “Trabajos Preliminares”. 15. OTRAS PENALIDADES Con el objeto de asegurar una mejor calidad de la ejecución de los trabajos; se establecen estas otras penalidades: Penalidades N° Supuestos de aplicación de penalidad Forma de cálculo Procedimiento 1 Cuando el contratista cambie al personal propuesto sin contar con la autorización previa de la Entidad, excepto en Caso Fortuito o Fuerza Mayor, debidamente acreditado. = 1*UIT Por cada cambio de personal. Según informe de la Supervisión o de la DIR. 2 No cumple con proveer el personal o maquinaria ofrecida o en las condiciones ofrecidas, en su propuesta o que esta última no se encuentre 100% operativa. = 0.001*M Por cada día de incumplimiento y por cada personal y/o maquinaria Según informe de la Supervisión o de la DIR. 3 Cuando el personal del contratista no cuenta con los equipos e implementos de seguridad, de acuerdo con las normas vigentes a la fecha de suscripción de contrato. = 0.002*M Por cada ocurrencia. Según informe de la Supervisión o de la DIR. 4 En caso el responsable de la Dirección Técnica no se encuentre presente en el lugar de la prestación = 0.002*M Por cada día de Según informe de la Supervisión o de la
  • 35. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 35 de la actividad, excepto en Caso Fortuito o Fuerza Mayor, debidamente acreditado. incumplimiento. DIR. 5 Cuando el Contratista no cumple en presentar el informe correspondiente, dentro del plazo señalado = 0.001*M Por cada día de incumplimiento. Según informe de la Supervisión o de la DIR. 6 No reporta los accidentes de trabajo de acuerdo con lo estipulado en la Ley Nº29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo. = 0.002*M Por cada ocurrencia. Según informe de la Supervisión o de la DIR. 7 Incumplimiento en las medidas de Seguridad y Señalización, cuando el Contratista no cuente con los dispositivos de seguridad, tanto peatonal o vehicular incumpliendo las normas. = 0.002*M Por cada ocurrencia. Según informe de la Supervisión o de la DIR. 8 Reemplazar al Ingeniero Director Técnico propuesto en su oferta técnica, en el periodo comprendido desde la firma del contrato y hasta el 50% del plazo de ejecución trascurrido, por considerarse determinante, entre otros, que con dicho Director Técnico en ese periodo se debe garantizar que el servicio se efectué en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, excepto en Caso Fortuito o Fuerza Mayor, debidamente acreditado. = 0.01*M Por cada ocurrencia Según informe de la Supervisión o de la DIR. 9 Falta de presentación o presentación tardía de las Fichas Técnica Parciales o Ficha Técnica Definitiva, según corresponda =0.015*M Por cada día de atraso Según informe de la Supervisión o de la DIR. 10 Falta de subsanación oportuna de las observaciones a las Fichas Técnicas Parciales o Ficha Técnica Definitiva, según corresponda =0.015*M Por cada día de atraso Según informe de la Supervisión o de la DIR. 11 Reemplazo de maquinaria que no cumple con las mismas características de las solicitadas =0.001*M Por cada de día de funcionamiento de cada máquina reemplazada Según informe de la Supervisión o de la DIR. Nota: El PSI durante la etapa de ejecución contractual, tomará las medidas preventivas necesarias, a fin de verificar el cumplimiento en lo concerniente a la maquinaria, equipo y personal propuesto.
  • 36. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 36 Donde M: Monto del Contrato Vigente Nota.- Se adjunta a los Términos de Referencia, la Ficha Referencial del servicio de descolmatación de ríos.
  • 37. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 37 16. REQUISITOS DE CALIFICACION A CAPACIDAD LEGAL A.1 REPRESENTACIÓN Requisitos:  Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta. En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda.  Promesa de consorcio con firmas legalizadas5 , en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común, correo electrónico para comunicaciones y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 6).  Asimismo, el porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato, para el integrante del consorcio que acredite mayor experiencia, es de 50%. La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes. El representante común o legal del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. Acreditación:  Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.  Promesa de consorcio con firmas legalizadas. A.2 HABILITACIÓN Requisitos: El Postor deberá tener su RNP en el Capítulo de Servicios. Acreditación: Copia de la Constancia RNP en el Capítulo de Servicios. 5 En caso de presentarse en consorcio.
  • 38. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 38 Importante En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria debe acreditar este requisito. B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL B.1 EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO Requisitos: TIPO DE MAQUINARIA POTENCIA CAPACIDAD CANTIDAD Camioneta Pick UP 4x4 ≥ 100 HP ≥ C.U. 0.8 T 03 Tractor de orugas ≥ 300 HP - 32 Excavadora sobre orugas 170m - 250 HP 05 Camión Volquete ≥ 15 m3 05 Estación Total (Incluye Prismas)(*) - - 03 Nivel (Incluye Miras)(*) - - 03 Equipo de Dron con GPS, con las siguientes características mínimas (Alcance mínimo 2 km, Cámara de 18 MP, RGB, Píxeles de 1.5 cm de resolución, 50 minutos de autonomía de vuelo, resistente a mínimo 40 Km/h de velocidad del viento, aproximado de 10 km2-12 km2 de recubrimiento por vuelo) - - 01 (*)Incluye Certificado de Calibración con una anticipación no mayor de 06 meses La antigüedad de los equipos o maquinaria no será mayor a los siete (07) años, a la fecha de presentación de ofertas. Acreditación: Copia de documentos que sustenten la propiedad, el compromiso de compra venta a futuro, arrendamiento financiero o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento estratégico requerido. De donde también se pueda verificar la antigüedad de los equipos o maquinaria. B.3 CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE B.3.1 FORMACIÓN ACADÉMICA Para la Elaboración de la Ficha Técnica Definitiva:
  • 39. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 39 JEFE DE PROYECTO: Requisitos: Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil. ESPECIALISTA EN MECÁNICA DE SUELOS: Requisitos: Ingeniero Civil o Geólogo. JEFE DE TOPOGRAFÍA: Requisitos: Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil. Para la Ejecución de la Actividad: DIRECCIÓN TÉCNICA: Requisitos: Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil. ASISTENTE TÉCNICO - DOS (02) PROFESIONALES: Requisitos: Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil. ADMINISTRADOR DE CONTRATO: Requisitos: Ingeniero Civil o Licenciado en Administración o Contador Público. ESPECIALISTA EN SEGURIDAD: Requisitos: Ingeniero Civil o Ingeniero Industrial o Ingeniero de Higiene y Salud Industrial. JEFE DE TOPOGRAFÍA: Requisitos: Ingeniero Agrícola o Ingeniero Civil. Acreditación: - La formación académica solicitada a los profesionales, se acreditarán con copia simple del Título Profesional. Se precisa que al inicio de su participación efectiva, el citado personal deberá remitir las constancias de habilidad correspondientes a la Entidad. B.4 EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE Para la Elaboración de la Ficha Técnica Definitiva: JEFE DE PROYECTO: Acreditar 3 años de experiencia profesional como Jefe de Proyecto y/o residente y/o supervisor, en servicios y/u obras similares.
  • 40. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 40 ESPECIALISTA EN MECÁNICA DE SUELOS: Acreditar 3 años de experiencia profesional como Especialista en Mecánica de Suelos y/o residente y/o supervisor, en servicios y/u obras similares. JEFE DE TOPOGRAFÍA: Acreditar 3 años de experiencia profesional como Jefe de Topografía y/o residente y/o supervisor, en servicios y/u obras similares. Para la Ejecución de la Actividad: DIRECCIÓN TÉCNICA: Acreditar 3 años de experiencia profesional como Director Técnico y/o residente y/o supervisor, en servicios y/u obras similares. ASISTENTE TÉCNICO: Acreditar 3 años de experiencia profesional como Asistente Técnico y/o residente y/o supervisor y/o asistente, en servicios y/u obras similares. ADMINISTRADOR DE CONTRATO: Acreditar 3 años de experiencia profesional como Administrador de Contratos y/o residente y/o supervisor, en servicios y/u obras en general. ESPECIALISTA EN SEGURIDAD: Acreditar experiencia profesional como Especialista en Seguridad y/o residente y/o supervisor, en obras y/o servicios en general, por un plazo no menor de 3 años. JEFE DE TOPOGRAFÍA: Acreditar 3 años de experiencia profesional como Jefe de Topografía y/o residente y/o supervisor, en servicios y/u obras similares. Acreditación: La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto. Servicios similares: Se considerará servicios similares a los Servicios o ejecución de obras de
  • 41. PROGRAMA SUBSECTORIAL DE IRRIGACIONES - PSI ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA - LEY N°30556, Nº 0020-2017-MINAGRI-PSI-1 41 descolmatación de ríos y/o servicios o ejecución de obras de descolmatación de quebradas y/o servicios o ejecución de obras de encauzamiento de ríos y/o servicios o ejecución de obras de encauzamiento de quebradas y/o servicios o ejecución de obras de defensa ribereña de ríos tales como diques, gaviones, ennrocados, espigones y/o servicios o ejecución de obras de conformación de bordos. C EXPERIENCIA DEL POSTOR C.1 FACTURACIÓN Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/ 55'000,000.00 soles, por la contratación de servicios iguales y/o similares al objeto de la convocatoria y/o en la actividad, durante un periodo de ocho (8) años a la fecha de la presentación de ofertas. Se consideran servicios similares a los siguientes: Se considerará servicios similares a los Servicios o ejecución de obras de descolmatación de ríos y/o servicios o ejecución de obras de descolmatación de quebradas y/o servicios o ejecución de obras de encauzamiento de ríos y/o servicios o ejecución de obras de encauzamiento de quebradas y/o servicios o ejecución de obras de defensa ribereña de ríos tales como diques, gaviones, ennrocados, espigones y/o servicios o ejecución de obras de conformación de bordos. Acreditación: Copia simple de contratos u órdenes de servicios, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con VOUCHER DE DEPÓSITO, REPORTE DE ESTADO DE CUENTA, CANCELACIÓN EN EL DOCUMENTO, correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 7 referido a la Experiencia del Postor. En el caso de servicios de ejecución periódica, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.